Pregunta parlamentaria. Legalización de las devoluciones en caliente
12032014 com denegación de asistencia sanitaria a inmigrantes en situación regular
1. PARLAMENTO EUROPEO
FICHA DE PRESENTACIÓN DE UNA PREGUNTA PARLAMENTARIA
PREGUNTAS ORALES
Destinatario:
CONSEJO
COMISIÓN
Pregunta con solicitud de respuesta oral
seguida de debate (art. 115)
PREGUNTAS ESCRITAS
Destinatario:
PRESIDENTE DEL CONSEJO EUROPEO
CONSEJO
COMISIÓN
VICEPRESIDENTA / ALTA REPRESENTANTE
Pregunta con solicitud de respuesta
escrita (art. 117)
Pregunta prioritaria (art. 117, apart. 4)
AUTOR(ES): Francisco Sosa Wagner
ASUNTO:
(especifíquese)
Denegación de derecho a la asistencia sanitaria a inmigrantes en situación regular y
residentes en España
TEXTO:
El 24 de abril de 2012 el Gobierno español aprobó el Real Decreto-Ley por el que se excluía a los
inmigrantes en situación irregular de la asistencia sanitaria normalizada. En diciembre de 2013 el Comité
Europeo de Derechos Sociales, vinculado al Consejo de Europa elaboró un informe en el que
consideraba que "la exclusión de acceso a la Sanidad a los extranjeros en situación irregular es contraria
a la Carta Social Europea". Estos dos artículos reconocen el derecho a la protección de la salud y el
derecho a la asistencia social y médica, respectivamente.
Lamentablemente, la regresión en la cobertura ofrecida por el Sistema Nacional de Salud español se
extiende a otros colectivos. De acuerdo con recientes informaciones, el Real Decreto-Ley aprobado por
el Gobierno español extiende la denegación del derecho a la asistencia sanitaria a extranjeros en situación
regular en España, concretamente a los familiares de extranjeros a los que les fue concedido permiso de
residencia por reagrupación familiar con posterioridad a esa reforma.
El derecho a la protección de la salud se recoge en el artículo 35 de la Carta de Derechos Fundamentales
de la UE, estableciendo que "toda persona" tiene derecho a beneficiarse de la atención sanitaria en las
condiciones que fije la legislación nacional. España puede establecer la regulación que considere oportuno
pero deberá respetar los pactos y convenciones internacionales de los que es parte, como son la
Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 25), el Pacto Internacional de los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (artículo 12), o la Carta Social Europea (artículos 11 a 13); esta
última establece en su artículo 13.4 el derecho a la asistencia social y médica de las personas que se
encuentran legalmente en el territorio de un Estado, quienes deberán recibir el mismo trato que sus
nacionales. Por todo lo expuesto, pregunto a esta Comisión,
¿Conoce el contenido del informe emitido por el Comité Europeo de Derechos Sociales, vinculado al
Consejo de Europa, relativo a la exclusión de los inmigrantes de la Sanidad en España? ¿Considera que el
contenido del Real Decreto-Ley aprobado por el Gobierno español puede vulnerar la Carta de Derechos
Fundamentales de la UE, o cualquier otro pacto o convención internacional, al denegar el derecho de
asistencia sanitaria a un colectivo de extranjeros en situación regular y con permiso de residencia en
España?
Firma(s): Fecha: 12 de marzo de 2014
ES