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LOS DERECHOS Y DEBERES DEL NIÑO
Para proteger a los niños de situaciones de segregación y maltrato, los países del mundo
acordaron que la defensa de sus derechos constituía una prioridad que se sustenta en las
siguientes razones:
a) Los niños son individuos y por lo tanto tienen la misma categoría de los adultos como
miembros del género humano.
b) El desarrollo estable de los niños es fundamental para el bienestar futuro de cualquier
sociedad.
c) Los niños comienzan sus vidas como seres completamente dependientes, por lo que
necesitan de los adultos para desarrollar y recibir orientación que les permita crecer y
obtener independencia.
d) Muchos cambios que se producen en la sociedad, transforma la estructura y repercuten
en los niños.
DERECHOS DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE
UN POCO DE HISTORIA
Los derechos del niño fueron enunciados en la
Declaración de Ginebra de 1924 y reconocidos en
la Declaración Universal de los Derechos
Humanos. El 20 de noviembre de 1959 se aprobó la
Declaración de los derechos del Niño y
posteriormente en 1989 la asamblea General de las
Naciones Unidas adoptó la Convención
Internacional de los Derechos del Niño, que
incorporó y amplió los principios de la Declaración.
Nuestro país se suscribió a la Convención de los
Derechos del Niño en 1990 y a partir de esa fecha
se han ido creado las leyes necesarias para su
cumplimiento.
UN POCO DE HISTORIA
Los derechos del niño fueron enunciados en la
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Humanos. El 20 de noviembre de 1959 se aprobó la
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Naciones Unidas adoptó la Convención
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Nuestro país se suscribió a la Convención de los
Derechos del Niño en 1990 y a partir de esa fecha
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cumplimiento.
El 24 de noviembre se promulgo el código del
Niño y el Adolescente.
Los derechos de los niños y el adolescente,
establecidos en la Declaración de Ginebra,
estipulan en el principio 1º que estos deben ser
aplicados a todos los niños, sin excepción ni
distinción alguna.
Sin embargo algunos derechos se ven restringidos
por la falta de medios económicos de las familias
a las cuales pertenecen los niños. Por ejemplo, el
derecho de recreación se vuelven muchas veces
un privilegio y por la misma razón muchos niños
tienen que trabajar porque sus padres no pueden
mantenerlos.
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Niño y el Adolescente.
Los derechos de los niños y el adolescente,
establecidos en la Declaración de Ginebra,
estipulan en el principio 1º que estos deben ser
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Sin embargo algunos derechos se ven restringidos
por la falta de medios económicos de las familias
a las cuales pertenecen los niños. Por ejemplo, el
derecho de recreación se vuelven muchas veces
un privilegio y por la misma razón muchos niños
tienen que trabajar porque sus padres no pueden
mantenerlos.
LOS DERECHOS IMPLICAN OBLIGACIONES
Los derechos llevan implícitamente sus obligaciones y exigen a los adultos inculcar
en los niños y adolescentes el respeto por sus padres, las leyes, los derechos
humanos y las libertades fundamentales.
Esto ayudara a los niños asumir una vida responsable.
Reconocer las obligaciones implica también aprender a cuidar de sí mismo y de los
espacios que lo rodean, además cuidar de su país y constituirse en una persona
independiente y preparada para vivir en sociedad.
Derechos es
la Facultad
de exigir
aquello que
la ley
establece en
nuestro favor.
DERECHOS VS. DEBERES
Los deberes de los niños y adolescentes se encuentran estipulados en el Art. 24 del Código de los Niños y
Adolescente. Así tenemos que:
 El derecho a no ser discriminado implica la obligación a no discriminara a los demás.
 Frente al derecho de la alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos, el niño ha de aprender a
alimentarse. A cuidar de su hogar, su entorno, a disfrutar sanamente y mantenerse sano.
 El derecho a la educación exige al niño estudiar y cumplir sus obligaciones como estudiante.
 Respetar a los padres y/o mayores que se ocupan de un niño es la obligación frente al derecho de recibir
protección y afecto.
 El derecho de ser escuchado y no ser discriminado por sus ideas y creencias trae consigo la obligación de
respetar las ideas, derechos de los demás y creencias religiosas distintas a las suyas.
Art.1 Se entiende por Niño a todo ser humano
menor de 18 años de edad.
Art.2 Los Estados parte respetaran los derechos
enunciados en la presente convención y aseguraran
su aplicación sin distinción de raza, color, sexo,
idioma, religión, etc.
Art. 3 Se asegura la protección y el cuidado
necesario para su protección.
Art.6 Tiene derecho a la vida.
Art.7 Derecho a un nombre, adquirir una
nacionalidad y en la medida de lo posible a conocer
a sus padres y a ser cuidado por ellos.
Art.14 Tiene derecho a la libertad de pensamiento,
conciencia y de religión.
Art. 16. El niño tiene derecho a la protección de la
ley contra la injerencia o ataques de su vida
privada, su familia.
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menor de 18 años de edad.
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Art. 16. El niño tiene derecho a la protección de la
ley contra la injerencia o ataques de su vida
privada, su familia.
Art. 20 Los niños temporal o permanentemente privados de su
medio familiar, tendrán derecho a la protección y asistencia del
Estado.
Art. 23. El niño mental o físicamente deberá disfrutar de una vida
plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, tiene el
derecho de recibir cuidados especiales.
Art. 24.El niño tiene derecho a recibir asistencia médica y
sanitaria.
Art. 27 El niño tiene derecho a un nivel de vida adecuado para su
desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
Art. 28 El niño tiene derecho a la educación, a recibir orientación
y a una disciplina escolar compatible con su dignidad.
Art. 32 El niño tiene derecho a ser protegido contra la exploración
económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda
ser peligroso o entorpecer su educación o sea nocivo para su
salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o
social.
Art. 20 Los niños temporal o permanentemente privados de su
medio familiar, tendrán derecho a la protección y asistencia del
Estado.
Art. 23. El niño mental o físicamente deberá disfrutar de una vida
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económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda
ser peligroso o entorpecer su educación o sea nocivo para su
salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o
social.
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
LOS DEBERES
CONCEPTO: Los deberes son las obligaciones que tiene el hombre consigo mismo, con su familia, con su localidad, con
su centro educativo, con la sociedad y el estado.
Estas obligaciones deben cumplirse de acuerdo a las normas culturales, sociales y jurídicas para garantizar la
convivencia social.
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL PERÚ
Art. 6º “Es deber y derecho de las
padres, educar y dar seguridad a los
hijos, así como los hijos tienen el
deber de respetar y asistir a sus
padres.
Art. 454º “Los hijos están obligados
a obedecer, respetar y honrar a sus
padres.
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL PERÚ
Art. 6º “Es deber y derecho de las
padres, educar y dar seguridad a los
hijos, así como los hijos tienen el
deber de respetar y asistir a sus
padres.
Art. 454º “Los hijos están obligados
a obedecer, respetar y honrar a sus
padres.
DEBERES CON LA FAMILIA
 DEBERES DE LOS PADRES:
a) El deber de prodigar alimento a sus hijos.
b) El deber de cuidar de la salud de sus hijos.
c) El deber de vestirlos.
d) El deber de cobijarlos bajo un techo.
e) El deber de educarlos para lograr la formación integral de su personalidad.
f) El deber de prodigarles seguridad, protegiéndolos de las adversidades que pudieran
afectar el normal desarrollo de su personalidad.
g) El deber de dar a los hijos una formación integral para la práctica de valores y virtudes
como elementos básicos para la realización de la democracia y la justicia social.
h) El deber de brindarles afecto a los hijos.
Así se logran establecer las normas morales, sociales y las leyes de la república para garantizar
el cumplimiento de las obligaciones.
DEBERES DE LOS HIJOS:
a) El deber de honrar a sus padres, es decir de realizar un
conjunto de actos positivos que dignifiquen sus nombres formando
una familia respetada y ejemplar.
b) El deber de respetarlos, esto es, tratarlos con suma
consideración, producto del amor recíproco que vincula a los padres
con los hijos.
c) El deber de obedecerlos que consiste en cumplir las ordenes y
consejos que los padres dan a los hijos.
d) El deber de asistirlos cuando los padres lleguen a una edad
avanzada y les sea imposible valerse por si mismo.
e) El deber de conservar su memoria, manteniendo siempre sus
consejos, enseñanzas que deben constituirse en guías de nuestra
DEBERES EN EL COLEGIO:
El colegio es el segundo hogar de los niños, donde se complementa la formación
integral del hombre con la enseñanza de los maestro.
 DEBERES CON LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
a. El deber de honrar al colegio como institución, contribuyendo a darle
renombre y prestigio.
b. El deber de cumplir en los horarios establecidos tanto para la entrada
como la salida.
c. El deber de cumplir los reglamentos y normas establecidas.
d. El deber de mantener la disciplina al interior del plantel.
e. El deber de mantener en buen estado el ornato y la limpieza del plantel.
f. El deber de comportarse con rectitud, honradez y respeto dentro y fuera
de la institución,
g. Honrar y defender los símbolos de la institución.
h. El deber de cuidar los bienes del colegio: no destruir el mobiliario ni
sus instalaciones, etc.
Respetar y obedecer
a las autoridades,
profesores de la I.E.
Cumplir con las
tareas educativas.
Contribuir con el
orden, la disciplina
dentro y fuera del aula
Imitar a los buenos
profesores y
autoridades.
DEBERES CON LAS AUTORIDADES Y PROFESORES
ACTIVIDADES INDIVIDUALES
¿Por qué los niños son considerados como una prioridad a los
países?
Explica ¿Por qué los derechos implican obligaciones?
Explica ¿Qué son los deberes?
¿Cuáles son los deberes que cumplen dentro de tu familia, escuela
y comunidad?
Según tu criterio ¿Qué derechos no se cumplen en la actualidad?
En un mapa conceptual detalla los Deberes y Derechos del Niño y
del Adolescente.
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y comunidad?
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En un mapa conceptual detalla los Deberes y Derechos del Niño y
del Adolescente.
DEBERES CON LOS
COMPAÑEROS DEL COLEGIO
Deber de l respeto mutuo entre
compañeros de aula y plantel.
Ayudar y orientar a los compañeros
que lo necesiten.
Cuidar y proteger la integridad física
de los compañeros del plantel.
Respetar y obedecer a los brigadieres
y policías escolares.
DEBERES EN LA COMUNIDAD
Los deberes tienen que ver
fundamentalmente con la necesidad
de conocerla, mediante el estudio de
los problemas que aquejan a la
comunidad, con el fin de buscar una
solución a la problemática que sufre.

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  • 1. LOS DERECHOS Y DEBERES DEL NIÑO Para proteger a los niños de situaciones de segregación y maltrato, los países del mundo acordaron que la defensa de sus derechos constituía una prioridad que se sustenta en las siguientes razones: a) Los niños son individuos y por lo tanto tienen la misma categoría de los adultos como miembros del género humano. b) El desarrollo estable de los niños es fundamental para el bienestar futuro de cualquier sociedad. c) Los niños comienzan sus vidas como seres completamente dependientes, por lo que necesitan de los adultos para desarrollar y recibir orientación que les permita crecer y obtener independencia. d) Muchos cambios que se producen en la sociedad, transforma la estructura y repercuten en los niños. DERECHOS DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE UN POCO DE HISTORIA Los derechos del niño fueron enunciados en la Declaración de Ginebra de 1924 y reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El 20 de noviembre de 1959 se aprobó la Declaración de los derechos del Niño y posteriormente en 1989 la asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que incorporó y amplió los principios de la Declaración. Nuestro país se suscribió a la Convención de los Derechos del Niño en 1990 y a partir de esa fecha se han ido creado las leyes necesarias para su cumplimiento. UN POCO DE HISTORIA Los derechos del niño fueron enunciados en la Declaración de Ginebra de 1924 y reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El 20 de noviembre de 1959 se aprobó la Declaración de los derechos del Niño y posteriormente en 1989 la asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que incorporó y amplió los principios de la Declaración. Nuestro país se suscribió a la Convención de los Derechos del Niño en 1990 y a partir de esa fecha se han ido creado las leyes necesarias para su cumplimiento. El 24 de noviembre se promulgo el código del Niño y el Adolescente. Los derechos de los niños y el adolescente, establecidos en la Declaración de Ginebra, estipulan en el principio 1º que estos deben ser aplicados a todos los niños, sin excepción ni distinción alguna. Sin embargo algunos derechos se ven restringidos por la falta de medios económicos de las familias a las cuales pertenecen los niños. Por ejemplo, el derecho de recreación se vuelven muchas veces un privilegio y por la misma razón muchos niños tienen que trabajar porque sus padres no pueden mantenerlos. El 24 de noviembre se promulgo el código del Niño y el Adolescente. Los derechos de los niños y el adolescente, establecidos en la Declaración de Ginebra, estipulan en el principio 1º que estos deben ser aplicados a todos los niños, sin excepción ni distinción alguna. Sin embargo algunos derechos se ven restringidos por la falta de medios económicos de las familias a las cuales pertenecen los niños. Por ejemplo, el derecho de recreación se vuelven muchas veces un privilegio y por la misma razón muchos niños tienen que trabajar porque sus padres no pueden mantenerlos. LOS DERECHOS IMPLICAN OBLIGACIONES Los derechos llevan implícitamente sus obligaciones y exigen a los adultos inculcar en los niños y adolescentes el respeto por sus padres, las leyes, los derechos humanos y las libertades fundamentales. Esto ayudara a los niños asumir una vida responsable. Reconocer las obligaciones implica también aprender a cuidar de sí mismo y de los espacios que lo rodean, además cuidar de su país y constituirse en una persona independiente y preparada para vivir en sociedad. Derechos es la Facultad de exigir aquello que la ley establece en nuestro favor.
  • 2. DERECHOS VS. DEBERES Los deberes de los niños y adolescentes se encuentran estipulados en el Art. 24 del Código de los Niños y Adolescente. Así tenemos que:  El derecho a no ser discriminado implica la obligación a no discriminara a los demás.  Frente al derecho de la alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos, el niño ha de aprender a alimentarse. A cuidar de su hogar, su entorno, a disfrutar sanamente y mantenerse sano.  El derecho a la educación exige al niño estudiar y cumplir sus obligaciones como estudiante.  Respetar a los padres y/o mayores que se ocupan de un niño es la obligación frente al derecho de recibir protección y afecto.  El derecho de ser escuchado y no ser discriminado por sus ideas y creencias trae consigo la obligación de respetar las ideas, derechos de los demás y creencias religiosas distintas a las suyas. Art.1 Se entiende por Niño a todo ser humano menor de 18 años de edad. Art.2 Los Estados parte respetaran los derechos enunciados en la presente convención y aseguraran su aplicación sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, etc. Art. 3 Se asegura la protección y el cuidado necesario para su protección. Art.6 Tiene derecho a la vida. Art.7 Derecho a un nombre, adquirir una nacionalidad y en la medida de lo posible a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Art.14 Tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y de religión. Art. 16. El niño tiene derecho a la protección de la ley contra la injerencia o ataques de su vida privada, su familia. Art.1 Se entiende por Niño a todo ser humano menor de 18 años de edad. Art.2 Los Estados parte respetaran los derechos enunciados en la presente convención y aseguraran su aplicación sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, etc. Art. 3 Se asegura la protección y el cuidado necesario para su protección. Art.6 Tiene derecho a la vida. Art.7 Derecho a un nombre, adquirir una nacionalidad y en la medida de lo posible a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Art.14 Tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y de religión. Art. 16. El niño tiene derecho a la protección de la ley contra la injerencia o ataques de su vida privada, su familia. Art. 20 Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar, tendrán derecho a la protección y asistencia del Estado. Art. 23. El niño mental o físicamente deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, tiene el derecho de recibir cuidados especiales. Art. 24.El niño tiene derecho a recibir asistencia médica y sanitaria. Art. 27 El niño tiene derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Art. 28 El niño tiene derecho a la educación, a recibir orientación y a una disciplina escolar compatible con su dignidad. Art. 32 El niño tiene derecho a ser protegido contra la exploración económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación o sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. Art. 20 Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar, tendrán derecho a la protección y asistencia del Estado. Art. 23. El niño mental o físicamente deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, tiene el derecho de recibir cuidados especiales. Art. 24.El niño tiene derecho a recibir asistencia médica y sanitaria. Art. 27 El niño tiene derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Art. 28 El niño tiene derecho a la educación, a recibir orientación y a una disciplina escolar compatible con su dignidad. Art. 32 El niño tiene derecho a ser protegido contra la exploración económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación o sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO LOS DEBERES CONCEPTO: Los deberes son las obligaciones que tiene el hombre consigo mismo, con su familia, con su localidad, con su centro educativo, con la sociedad y el estado. Estas obligaciones deben cumplirse de acuerdo a las normas culturales, sociales y jurídicas para garantizar la convivencia social.
  • 3. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Art. 6º “Es deber y derecho de las padres, educar y dar seguridad a los hijos, así como los hijos tienen el deber de respetar y asistir a sus padres. Art. 454º “Los hijos están obligados a obedecer, respetar y honrar a sus padres. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Art. 6º “Es deber y derecho de las padres, educar y dar seguridad a los hijos, así como los hijos tienen el deber de respetar y asistir a sus padres. Art. 454º “Los hijos están obligados a obedecer, respetar y honrar a sus padres. DEBERES CON LA FAMILIA  DEBERES DE LOS PADRES: a) El deber de prodigar alimento a sus hijos. b) El deber de cuidar de la salud de sus hijos. c) El deber de vestirlos. d) El deber de cobijarlos bajo un techo. e) El deber de educarlos para lograr la formación integral de su personalidad. f) El deber de prodigarles seguridad, protegiéndolos de las adversidades que pudieran afectar el normal desarrollo de su personalidad. g) El deber de dar a los hijos una formación integral para la práctica de valores y virtudes como elementos básicos para la realización de la democracia y la justicia social. h) El deber de brindarles afecto a los hijos. Así se logran establecer las normas morales, sociales y las leyes de la república para garantizar el cumplimiento de las obligaciones. DEBERES DE LOS HIJOS: a) El deber de honrar a sus padres, es decir de realizar un conjunto de actos positivos que dignifiquen sus nombres formando una familia respetada y ejemplar. b) El deber de respetarlos, esto es, tratarlos con suma consideración, producto del amor recíproco que vincula a los padres con los hijos. c) El deber de obedecerlos que consiste en cumplir las ordenes y consejos que los padres dan a los hijos. d) El deber de asistirlos cuando los padres lleguen a una edad avanzada y les sea imposible valerse por si mismo. e) El deber de conservar su memoria, manteniendo siempre sus consejos, enseñanzas que deben constituirse en guías de nuestra DEBERES EN EL COLEGIO: El colegio es el segundo hogar de los niños, donde se complementa la formación integral del hombre con la enseñanza de los maestro.  DEBERES CON LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: a. El deber de honrar al colegio como institución, contribuyendo a darle renombre y prestigio. b. El deber de cumplir en los horarios establecidos tanto para la entrada como la salida. c. El deber de cumplir los reglamentos y normas establecidas. d. El deber de mantener la disciplina al interior del plantel. e. El deber de mantener en buen estado el ornato y la limpieza del plantel. f. El deber de comportarse con rectitud, honradez y respeto dentro y fuera de la institución, g. Honrar y defender los símbolos de la institución. h. El deber de cuidar los bienes del colegio: no destruir el mobiliario ni sus instalaciones, etc. Respetar y obedecer a las autoridades, profesores de la I.E. Cumplir con las tareas educativas. Contribuir con el orden, la disciplina dentro y fuera del aula Imitar a los buenos profesores y autoridades. DEBERES CON LAS AUTORIDADES Y PROFESORES
  • 4. ACTIVIDADES INDIVIDUALES ¿Por qué los niños son considerados como una prioridad a los países? Explica ¿Por qué los derechos implican obligaciones? Explica ¿Qué son los deberes? ¿Cuáles son los deberes que cumplen dentro de tu familia, escuela y comunidad? Según tu criterio ¿Qué derechos no se cumplen en la actualidad? En un mapa conceptual detalla los Deberes y Derechos del Niño y del Adolescente. ACTIVIDADES INDIVIDUALES ¿Por qué los niños son considerados como una prioridad a los países? Explica ¿Por qué los derechos implican obligaciones? Explica ¿Qué son los deberes? ¿Cuáles son los deberes que cumplen dentro de tu familia, escuela y comunidad? Según tu criterio ¿Qué derechos no se cumplen en la actualidad? En un mapa conceptual detalla los Deberes y Derechos del Niño y del Adolescente. DEBERES CON LOS COMPAÑEROS DEL COLEGIO Deber de l respeto mutuo entre compañeros de aula y plantel. Ayudar y orientar a los compañeros que lo necesiten. Cuidar y proteger la integridad física de los compañeros del plantel. Respetar y obedecer a los brigadieres y policías escolares. DEBERES EN LA COMUNIDAD Los deberes tienen que ver fundamentalmente con la necesidad de conocerla, mediante el estudio de los problemas que aquejan a la comunidad, con el fin de buscar una solución a la problemática que sufre.