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OFICINA DE PROTECCION DE DERECHOS- Infancia  IQUIQUE OPD
Objetivo General Proteger integralmente los Derechos de los niños, niñas y adolescentes excluidos, y/o vulnerados, dentro de un determinado territorio, mediante la implementación de un modelo de intervención administrativo, no jurisdiccional.  Usuario Niños, Niñas y Adolescentes excluidos y o vulnerados en sus derechos y sus familias OPD
Ámbitos de acción en lo local Protección administrativade derechos. Representación ante tribunales de justicia. Articulación del circuito local de protección de derechos ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Unidad de Protección Atención Psicosocial y Legal ,[object Object],[object Object],[object Object],Area de Protección
Unidad de Gestión Comunitaria Generar condiciones que favorezcan una cultura de reconocimiento de niños/as y adolescentes  como sujetos de derecho Articulación, fortalecimiento e instalación de redes sociales y circuitos formales de atención orientadas a: Establecer mecanismos para un derivación oportuna y efectiva contribuyendo a garantizar la protección de derechos esenciales de la población Infanto-adolescente . Area de Gestión Comunitaria
Fortalecimiento  de actores locales:  familia,  comunidad Difusión y formación en enfoque  de derechos Trabajo intersectorial Contribuir al fortalecimiento y/o instalación de redes sociales y circuitos formales de atención Area de Gestión Comunitaria
Colegio Equipo de Prevención Especializada Tribunal Casa de Acogida Equipo de diagnóstico Centro de Reparación Ambulatorio Familia Grupo Infanto-Juvenil ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],Consultorio Espacios Públicos OPD
¿ Cómo Acudir? La OPD se encuentra ubicada en dependencias de la Ilustre Municipalidad de Iquique, en la Dirección de Desarrollo Comunitario, Tarapacá 369 y su teléfono es 514551.   La población beneficiaria son todos los menores de 0 a 17 años 11meses y 29 días, existiendo como vía de ingreso tanto la demanda espontánea como la derivación desde la red comunitaria. La OPD dispone de los medios que le permitirán a sus usuarios(as) encontrar soluciones en conjunto con los agentes territoriales, la familia, la comunidad e instituciones públicas o privadas, en la restitución de los derechos vulnerados.
¿Cuales son los derechos de los niños y niñas de mi Ciudad?
¿Qué es la Convención sobre los Derechos del Niño? Es un convenio de las Naciones Unidas que describe los derechos que tienen todos los niños y niñas, y establece normas básicas para su bienestar en diferentes etapas de su desarrollo. La Convención constituye el primer código universal del niño, y los países que la firman aceptan someterse legalmente a sus estipulaciones e informar regularmente a un Comité de los Derechos del Niño sobre sus avances.
La Convención fue promulgada como ley de la República mediante el Decreto Supremo Nº 830 del Ministerio de Relaciones Exteriores y publicada en el Diario Oficial el 27 de septiembre de ese año, cuando entró en vigencia. Nuestro país firmó y ratificó ese acuerdo internacional en enero de 1990 junto a otros 57 países, el que luego fue aprobado por el Congreso Nacional (julio de 1990) y ratificado ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) un mes más tarde (14 de agosto de 1990). La Convención sobre los Derechos del Niño está vigente en Chile desde 1990.
Antecedentes históricos En 1948, la Organización de las Naciones Unidas aprobó una Declaración Universal de los Derechos Humanos que incluía los derechos de los niños, pero se llegó a un consenso mundial para que las necesidades particulares de la infancia fuesen especialmente definidas. A partir de entonces se realizaron diversos estudios, reflexiones y negociaciones para obtener un texto definitivo. Finalmente, en 1989 se redactó la actual Convención, que fue adoptada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de ese año y que refleja intereses sociales contemporáneos como el consumo de drogas y la explotación sexual.
DERECHOS GENERALES Artículo 1 Niños y niñas somos las personas menores de 18 años Artículo 3. Nuestros intereses deben ser considerados en primer lugar. Tenemos Derecho a recibir protección y atención necesaria para nuestro bienestar. Artículo 4 Todos los gobiernos que firman una ley para hacer valer nuestros derechos deben tomar las medidas necesarias para cumplirla Artículo 5 Nuestros padres o quienes los sustituyan, tienen la responsabilidad a elegir que enseñarnos Artículo 27 Nuestros padres tienen responsabilidad de ofrecernos una vida adecuada a nuestro desarrollo, físico, mental, espiritual, moral y social. Si ellos no pueden hacerlo , el estado debe ayudarlos..
Artículo 5 Nuestros padres o quienes los sustituyan, tienen la responsabilidad a elegir que enseñarnos Artículo 27 Nuestros padres tienen responsabilidad de ofrecernos una vida adecuada a nuestro desarrollo, físico, mental, espiritual, moral y social. Si ellos no pueden hacerlo , el estado debe ayudarlos..  Artículo 41 Si en un país hay leyes que nos protejan mas que estos derechos, se aplicaran esas leyes
DERECHO A LA EDUCACION Artículo 17 Tanto la radio, el cine, la televisión, diarios y revistas, deben dar información que nos ayude a mejorar,física, social, cultural y espiritualmente (debe ser fomentado por el estado).  Artículo 28 Todos tenemos Derecho a la educación. A la enseñanza primaria gratuita y obligatoria. En la escuela NO deben ponernos castigos que vayan en contra de nuestra dignidad. En caso de necesidad nos deben dar asistencia económica para educarnos.  Artículo 29 Tenemos Derecho a recibir una educación que nos desarrolle nuestras capacidades y que nos enseñe sobre la paz, la amistad, la igualdad y el respeto por el ambiente natural.
DERECHOS DE IDENTIDAD Artículo 12 Tenemos Derecho a decir nuestra opinión y que tengan en cuenta que pensamos, en las decisiones que nos afectan. Artículo 7 Tenemos Derecho a tener un nombre y una nacionalidad y a conocer a nuestros padres.   Artículo 8 A ningún niña o niño se le puede privar de su identidad, que es su nombre, su nacionalidad y sus relaciones familiares.
DERECHOS DE FAMILIA Artículo 9 Cuando nuestros padres nos cuidan bien, nadie puede separarnos de ellos. Si nuestros padres deciden separarse y vivir en casas diferentes, tenemos Derecho de ver a los dos.  Artículo 10 Si alguno de nuestros padres o los dos viven en otro país, los gobiernos deben  facilitarnos reunirnos con ellos. Artículo 18 Nuestros padres tienen la obligación  de cuidarnos y el estado debe brindar  la ayuda necesaria para esto
DERECHO A LA PROTECCIÓN Artículo 19 Nadie,ni nuestros padres ni ninguna persona, puede descuidarnos, abandonarnos, maltratarnos o explotarnos, ni ejercer violencia sobre nosotros de ninguna clase. En caso que esto pase estamos protegidos por la ley.   Artículo 20 Si no podemos estar con nuestra familia , las  autoridades nos deben ofrecer protección y  cuidados especiales.    Artículo 22 En caso de ser refugiados, se debe garantizar que gocemos de todos los derechos que estan en esta convención. Y el estado, en caso de no encontrar a nuestros padres nos ayudara a buscarlos.
Artículo 32 Nadie puede obligarnos a hacer trabajos que peligren nuestra salud y que no nos permita nuestro desarrollo y educación. El estado tiene que establecer la edad mínima para trabajar y las condiciones y horas de trabajo  Artículo 34 Nuestro cuerpo debe ser respetado Artículo 35 A que nos protejan contra la falta de libertad (secuestro) nadie puede comprarnos o vendernos.  Artículo 36 Debemos ser protegidos contra la explotación o aquello que nos dañe.
Artículo 37 Ninguno de nosotros debe ser torturado, castigado inhumanamente o condenado a muerte. Si algún niño o niña es acusado de desobedecer la ley, debe recibir la ayuda legal adecuada y comunicarse con su familia. Artículo 38 A ser protegido en caso de guerra. A que los países en guerra no utilicen a los niños menores de 15 años, para ir al ejercito, ni combatir en la guerra Artículo 40 Si alguno de nosotros se lo acusa de no cumplir con las leyes, se tiene Derecho a recibir ayuda de un abogado para la defensa. Si se lo encuentra culpable, tiene Derecho a recibir un tratamiento acorde a nuestra edad y que lo ayuden para poder vivir con los otros.
DERECHO A LA PARTICIPACIÓN Artículo 12 Tenemos Derecho a ser escuchados y considerados. Artículo 13 A que podamos buscar,recibir, hablar y contar lo que queremos mientras que se respete los derechos de los demás. Artículo 14 1 )Tenemos Derecho a tener Libertad de pensamiento, de conciencia, de religión. 2) Nuestros padres tienen Derecho y el deber de guiarnos y tienen que tener libertad para hacerlo Artículo 15 Tenemos Derecho a reunirnos en forma pacifica.
DERECHOS A LA SALUD Derecho 6 Tenemos Derecho a la vida. Tenemos Derecho a nuestro desarrollo  Derecho 23 1)Si alguno de nosotros tenemos problemas físicos o mentales , tenemos Derecho a vivir con los otros niños y a estar junto a ellos. 2) tenemos Derecho a ser atendidos 3) tenemos Derecho de ir a la escuela, de prepararse para el trabajo, de divertirnos. Derecho 24 Tenemos Derecho de recibir comida adecuada a  nuestro desarrollo, así como agua potable y  vacunas para no enfermarnos.
Artículo 25 Si estamos internados en un hospital, tenemos Derecho a que nos atiendan, que nos protejan y que nos traten nuestros problemas de salud. Artículo 26. Tenemos Derecho de tener seguridad social Artículo 31 a)Tenemos Derecho a descansar, a divertirnos, a jugar b) A tener una vida cultural y artística , deportiva y de esparcimiento. Artículo 33 Tenemos Derecho a ser protegidos contra el uso ilícito de drogas e impedir que los adultos nos empleen para vender o producir esas sustancias. Artículo 39 Cuando suframos de maltrato o agresión, debemos recibir un tratamiento adecuado para volver a vivir sanos y felices
 

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  • 1. OFICINA DE PROTECCION DE DERECHOS- Infancia IQUIQUE OPD
  • 2. Objetivo General Proteger integralmente los Derechos de los niños, niñas y adolescentes excluidos, y/o vulnerados, dentro de un determinado territorio, mediante la implementación de un modelo de intervención administrativo, no jurisdiccional. Usuario Niños, Niñas y Adolescentes excluidos y o vulnerados en sus derechos y sus familias OPD
  • 3.
  • 4.
  • 5. Unidad de Gestión Comunitaria Generar condiciones que favorezcan una cultura de reconocimiento de niños/as y adolescentes como sujetos de derecho Articulación, fortalecimiento e instalación de redes sociales y circuitos formales de atención orientadas a: Establecer mecanismos para un derivación oportuna y efectiva contribuyendo a garantizar la protección de derechos esenciales de la población Infanto-adolescente . Area de Gestión Comunitaria
  • 6. Fortalecimiento de actores locales: familia, comunidad Difusión y formación en enfoque de derechos Trabajo intersectorial Contribuir al fortalecimiento y/o instalación de redes sociales y circuitos formales de atención Area de Gestión Comunitaria
  • 7.
  • 8. ¿ Cómo Acudir? La OPD se encuentra ubicada en dependencias de la Ilustre Municipalidad de Iquique, en la Dirección de Desarrollo Comunitario, Tarapacá 369 y su teléfono es 514551. La población beneficiaria son todos los menores de 0 a 17 años 11meses y 29 días, existiendo como vía de ingreso tanto la demanda espontánea como la derivación desde la red comunitaria. La OPD dispone de los medios que le permitirán a sus usuarios(as) encontrar soluciones en conjunto con los agentes territoriales, la familia, la comunidad e instituciones públicas o privadas, en la restitución de los derechos vulnerados.
  • 9. ¿Cuales son los derechos de los niños y niñas de mi Ciudad?
  • 10. ¿Qué es la Convención sobre los Derechos del Niño? Es un convenio de las Naciones Unidas que describe los derechos que tienen todos los niños y niñas, y establece normas básicas para su bienestar en diferentes etapas de su desarrollo. La Convención constituye el primer código universal del niño, y los países que la firman aceptan someterse legalmente a sus estipulaciones e informar regularmente a un Comité de los Derechos del Niño sobre sus avances.
  • 11. La Convención fue promulgada como ley de la República mediante el Decreto Supremo Nº 830 del Ministerio de Relaciones Exteriores y publicada en el Diario Oficial el 27 de septiembre de ese año, cuando entró en vigencia. Nuestro país firmó y ratificó ese acuerdo internacional en enero de 1990 junto a otros 57 países, el que luego fue aprobado por el Congreso Nacional (julio de 1990) y ratificado ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) un mes más tarde (14 de agosto de 1990). La Convención sobre los Derechos del Niño está vigente en Chile desde 1990.
  • 12. Antecedentes históricos En 1948, la Organización de las Naciones Unidas aprobó una Declaración Universal de los Derechos Humanos que incluía los derechos de los niños, pero se llegó a un consenso mundial para que las necesidades particulares de la infancia fuesen especialmente definidas. A partir de entonces se realizaron diversos estudios, reflexiones y negociaciones para obtener un texto definitivo. Finalmente, en 1989 se redactó la actual Convención, que fue adoptada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de ese año y que refleja intereses sociales contemporáneos como el consumo de drogas y la explotación sexual.
  • 13. DERECHOS GENERALES Artículo 1 Niños y niñas somos las personas menores de 18 años Artículo 3. Nuestros intereses deben ser considerados en primer lugar. Tenemos Derecho a recibir protección y atención necesaria para nuestro bienestar. Artículo 4 Todos los gobiernos que firman una ley para hacer valer nuestros derechos deben tomar las medidas necesarias para cumplirla Artículo 5 Nuestros padres o quienes los sustituyan, tienen la responsabilidad a elegir que enseñarnos Artículo 27 Nuestros padres tienen responsabilidad de ofrecernos una vida adecuada a nuestro desarrollo, físico, mental, espiritual, moral y social. Si ellos no pueden hacerlo , el estado debe ayudarlos..
  • 14. Artículo 5 Nuestros padres o quienes los sustituyan, tienen la responsabilidad a elegir que enseñarnos Artículo 27 Nuestros padres tienen responsabilidad de ofrecernos una vida adecuada a nuestro desarrollo, físico, mental, espiritual, moral y social. Si ellos no pueden hacerlo , el estado debe ayudarlos.. Artículo 41 Si en un país hay leyes que nos protejan mas que estos derechos, se aplicaran esas leyes
  • 15. DERECHO A LA EDUCACION Artículo 17 Tanto la radio, el cine, la televisión, diarios y revistas, deben dar información que nos ayude a mejorar,física, social, cultural y espiritualmente (debe ser fomentado por el estado). Artículo 28 Todos tenemos Derecho a la educación. A la enseñanza primaria gratuita y obligatoria. En la escuela NO deben ponernos castigos que vayan en contra de nuestra dignidad. En caso de necesidad nos deben dar asistencia económica para educarnos. Artículo 29 Tenemos Derecho a recibir una educación que nos desarrolle nuestras capacidades y que nos enseñe sobre la paz, la amistad, la igualdad y el respeto por el ambiente natural.
  • 16. DERECHOS DE IDENTIDAD Artículo 12 Tenemos Derecho a decir nuestra opinión y que tengan en cuenta que pensamos, en las decisiones que nos afectan. Artículo 7 Tenemos Derecho a tener un nombre y una nacionalidad y a conocer a nuestros padres. Artículo 8 A ningún niña o niño se le puede privar de su identidad, que es su nombre, su nacionalidad y sus relaciones familiares.
  • 17. DERECHOS DE FAMILIA Artículo 9 Cuando nuestros padres nos cuidan bien, nadie puede separarnos de ellos. Si nuestros padres deciden separarse y vivir en casas diferentes, tenemos Derecho de ver a los dos. Artículo 10 Si alguno de nuestros padres o los dos viven en otro país, los gobiernos deben facilitarnos reunirnos con ellos. Artículo 18 Nuestros padres tienen la obligación de cuidarnos y el estado debe brindar la ayuda necesaria para esto
  • 18. DERECHO A LA PROTECCIÓN Artículo 19 Nadie,ni nuestros padres ni ninguna persona, puede descuidarnos, abandonarnos, maltratarnos o explotarnos, ni ejercer violencia sobre nosotros de ninguna clase. En caso que esto pase estamos protegidos por la ley. Artículo 20 Si no podemos estar con nuestra familia , las autoridades nos deben ofrecer protección y cuidados especiales. Artículo 22 En caso de ser refugiados, se debe garantizar que gocemos de todos los derechos que estan en esta convención. Y el estado, en caso de no encontrar a nuestros padres nos ayudara a buscarlos.
  • 19. Artículo 32 Nadie puede obligarnos a hacer trabajos que peligren nuestra salud y que no nos permita nuestro desarrollo y educación. El estado tiene que establecer la edad mínima para trabajar y las condiciones y horas de trabajo Artículo 34 Nuestro cuerpo debe ser respetado Artículo 35 A que nos protejan contra la falta de libertad (secuestro) nadie puede comprarnos o vendernos. Artículo 36 Debemos ser protegidos contra la explotación o aquello que nos dañe.
  • 20. Artículo 37 Ninguno de nosotros debe ser torturado, castigado inhumanamente o condenado a muerte. Si algún niño o niña es acusado de desobedecer la ley, debe recibir la ayuda legal adecuada y comunicarse con su familia. Artículo 38 A ser protegido en caso de guerra. A que los países en guerra no utilicen a los niños menores de 15 años, para ir al ejercito, ni combatir en la guerra Artículo 40 Si alguno de nosotros se lo acusa de no cumplir con las leyes, se tiene Derecho a recibir ayuda de un abogado para la defensa. Si se lo encuentra culpable, tiene Derecho a recibir un tratamiento acorde a nuestra edad y que lo ayuden para poder vivir con los otros.
  • 21. DERECHO A LA PARTICIPACIÓN Artículo 12 Tenemos Derecho a ser escuchados y considerados. Artículo 13 A que podamos buscar,recibir, hablar y contar lo que queremos mientras que se respete los derechos de los demás. Artículo 14 1 )Tenemos Derecho a tener Libertad de pensamiento, de conciencia, de religión. 2) Nuestros padres tienen Derecho y el deber de guiarnos y tienen que tener libertad para hacerlo Artículo 15 Tenemos Derecho a reunirnos en forma pacifica.
  • 22. DERECHOS A LA SALUD Derecho 6 Tenemos Derecho a la vida. Tenemos Derecho a nuestro desarrollo Derecho 23 1)Si alguno de nosotros tenemos problemas físicos o mentales , tenemos Derecho a vivir con los otros niños y a estar junto a ellos. 2) tenemos Derecho a ser atendidos 3) tenemos Derecho de ir a la escuela, de prepararse para el trabajo, de divertirnos. Derecho 24 Tenemos Derecho de recibir comida adecuada a nuestro desarrollo, así como agua potable y vacunas para no enfermarnos.
  • 23. Artículo 25 Si estamos internados en un hospital, tenemos Derecho a que nos atiendan, que nos protejan y que nos traten nuestros problemas de salud. Artículo 26. Tenemos Derecho de tener seguridad social Artículo 31 a)Tenemos Derecho a descansar, a divertirnos, a jugar b) A tener una vida cultural y artística , deportiva y de esparcimiento. Artículo 33 Tenemos Derecho a ser protegidos contra el uso ilícito de drogas e impedir que los adultos nos empleen para vender o producir esas sustancias. Artículo 39 Cuando suframos de maltrato o agresión, debemos recibir un tratamiento adecuado para volver a vivir sanos y felices
  • 24.