1. LA CONTAMINACIÓN ATMOSFERICA OCASIONDA POR LOS
BUQUES BAJO CONTEXTO DEL CONVENIO INTERNACIONAL
MARPOL 73/78: EL PUERTO DE LA GUAIRA
Barrios, Corabel., & Garcia, Julio.
Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe. Vicerrectorado Académico. Dirección de Escuela Náutica e Ingeniería.
Coordinación de Ciencias Ambientales. corabele@gmail.com
INTRODUCCIÓN RESULTADOS Y DISCUSIÓN
La mayoría de la actividad comercial de los países se realizan a través del mar y Los resultados se relatan de acuerdo a la opinión emitida por los funcionarios en relación con
el punto de conexión está establecido por sus puertos, el medio de transporte que se los elementos éticos que ellos pueden apreciar en las actividades gerenciales del sector
emplea para el traslado son los buques, que realizan navegaciones internacionales y portuario sobre el Convenio Internacional Marpol 73/78 Anexo VI, para la prevención de la
de cabotaje entre puerto y puerto, tales puertos poseen dentro de su infraestructura contaminación por buques, en un primer momento se presenta la dimensión sobre exigencias
muelles, los cuales permiten que los buques ejecuten sus maniobras de atraque y del Convenio Internacional Marpol 73/78 Anexo VI, en un segundo momento se relata los
zarpe durante su estadía en éstos. Uno de los puertos más importantes del Estado resultantes sobre los ítems planteados acerca de los planes de Adecuación del Convenio
Venezolano y del Caribe es él del Puerto de Guiara. Todos los buques dentro de sus Internacional Marpol 73/78 Anexo VI, en un tercer momento se presentan los resultados sobre
operaciones y el tiempo de navegación que duran de un puerto a otro generan La percepción que se tiene sobre el desempeño de las autoridades portuarias
desechos sólidos, líquidos, gaseosos. Venezuela como estado signatario al convenio
MARPOL 73/78 está en la obligación de darle cumplimiento a lo establecido en su
contenido, que establece cono objetivo principal de su Anexo VI que se refiere a la
contaminación atmosférica. Este anexo entró en vigor el 21 de septiembre del 2001,
y su un plazo de adecuación al convenio está comprendido por 5 años para su
entrada total en vigor. A la luz del interés de la OMI en torno a las medidas que se
implantaran en el corto plazo, Venezuela no debe permanecer ajena ni ignorante
frente a la gravedad del problema. La República Bolivariana de Venezuela como
signatario a través de la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.924 de fecha 29/06/1995
donde se ratifican de los convenios internacionales que protegen el ambiente,
específicamente el MARPOL 73/78, está obligado a cumplir y hacer cumplir las
reglas y estatutos que en ella se establecen.
OBJETIVO
Analizar el Contexto Actual del Convenio Internacional Marpol 73/78 Anexo VI,
Figura 2. Conocimiento y cumplimiento del Convenio Internacional Marpol 73/78 Anexo VI
Para la Prevención de la Contaminación por Buques en el Puerto de la Guaira.
Como se puede apreciar en la figura 2 podemos señalar que existe un alto porcentaje de las
METODOLOGÍA personas encuestadas, afirmaron conocer el Convenio Internacional MARPOL 73/78 Anexo
VI, por lo tanto se pudo determinar que existe un conocimientos sobre la Normativas
La investigación de tipo descriptivo y exploratorio, consistió en un trabajo Nacionales e Internacionales, a pesar de poseer un personal calificado, en las instalaciones del
bibliográfico y de campo ya que se tomaron los datos recolectados de fuentes Puerto de La Guaira no se cumple a cabalidad debido a que el puerto no posee con equipos y
documentales y se empleó como fuente secundaria, la observación y se aplicó para la la infraestructura adecuada para su implementación.
recolección de datos una encuesta como fuente primaria, el desarrollo del análisis de la
información de los datos obtenidos fue cuantitativo, de esta información se presentó el
análisis para la aplicación del mismo. La muestra es de tipo intencional, ya que se
utiliza con criterio para su aplicación el cual consistió para esta investigación en cada
una de instituciones de alta y media gerencia, la cual poseen experiencia en el tema
sobre el Convenio Internacional Marpol 73/78 Anexo VI, para la prevención de la
contaminación por buques.
ÁREA DE ESTUDIO
La Guaira, en el Estado Vargas, se ubica a sólo 35 kilómetros de Caracas y a 12
kilómetros, al Este del principal aeropuerto del país: Aeropuerto Internacional
Simón Bolívar. El Puerto de La Guaira está situado en el Litoral Central, de la
Región Centro-Norte Costera, una Latitud: 10° 36' 10" N y Longitud: 66° 55' 59" O
conectado a la ciudad de Caracas a través de la autopista Caracas-La Guaira. El
puerto está constituido por dos sectores principales: uno para la atención de buques
y el manejo de la carga y otro para las actividades complementarias. Ambos sectores
comprenden un área total de 926.368 m² y tienen 28 puestos de atraque, para una Figura 3. Percepción y expectativas para establecimientos del Convenio Internacional
longitud total de muelle de 3.087 mts. La altura del muelle sobre el nivel del mar es Marpol 73/78 Anexo VI
de 2,40 metros. Las áreas de almacenaje cerrado, 120.000 m², las vías de
comunicación, 90.000 m², y el resto de las áreas, 136.000 m² (Figura 1).
En la Figura 3 se observa que las autoridades portuarias poseen las expectativas necesarias
para desarrollar las metas enmarcadas por el Convenio Internacional Marpol 73/78 Anexo VI,
afirmadas por el conocimiento que poseen del dicho convenio, aunque la percepción de sus
competencias no están precisadas porque no han generado la vinculación necesaria entre las
instituciones intervinientes de la problemática en el Puerto de La Guaira.
CONCLUSIONES
El Puerto de la Guaira no cumple a su totalidad con las reglas del Convenio Internacional
Marpol 73/78 en su Anexo VI, para la prevención de la contaminación atmosférica generada
por los buques, sin embargo posee el recurso humano dentro de las autoridades portuarias,
con conocimiento sobre el Convenio Internacional, y las medidas de supervisión y control
enmarcadas en este. Existen la planificación portuaria emanadas por el ente rector el INEA,
establecida en las normativas, donde se le conmina a todos los puertos, a desarrollar Planes,
tomando en cuenta los aspectos sociales, económicos y ambientales. Sin embargo, en la
Latitud: 10° 36' 10" N y Longitud: 66° 55' 59" O actualidad el Puerto de la Guaira no posee con políticas ni procedimientos desarrollados por
las autoridades portuarias que coadyuven al cumplimiento del Convenio Internacional
Marpol 73/78 en su Anexo VI en sus instalaciones, no permitiendo la consecución de los
objetivos y metas previstos en las presentes leyes.Se manifiesta poca percepción de las
autoridades portuarias acerca de las competencias, aunque poseen suficientes expectativas
para la consecución de las metas, esto apoyado en los conocimientos que manejan para
Figura 1. Área de Estudio Ubicación Geográfica de Puerto de La Guiara
cumplirlas, estas metas propuestas en este caso se verá reflejada en el cumplimento en su
totalidad del Convenio Internacional Marpol 73/78 Anexo VI.