El documento resume las reglas para la contratación de instituciones educativas oficiales en Colombia. Explica que si la cuantía del contrato es inferior a 20 salarios mínimos, la institución puede seguir procedimientos internos, pero si es superior, debe usar las modalidades de selección de la ley 80/93 o 1150/07. También cubre temas como la Ley de Garantías, compras en grandes superficies y régimen de inhabilidades.
El régimen de contrataciones públicas en el Paraguay se encuentra regulado por la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y sus decretos reglamentarios.
La normativa establece expresamente los tipos de procedimientos y las modalidades complementarias con el objeto de realizar las adquisiciones y contrataciones requeridas por los distintos órganos de la Administración Pública que se encuentran sometidos a la Ley 2051/03, salvo las excepciones establecidas en el Art. 2 de la referida ley.
El régimen de contrataciones públicas en el Paraguay se encuentra regulado por la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y sus decretos reglamentarios.
La normativa establece expresamente los tipos de procedimientos y las modalidades complementarias con el objeto de realizar las adquisiciones y contrataciones requeridas por los distintos órganos de la Administración Pública que se encuentran sometidos a la Ley 2051/03, salvo las excepciones establecidas en el Art. 2 de la referida ley.
Este documento describe 9 causales para la contratación directa por parte de entidades estatales, incluyendo casos de urgencia manifiesta, contratos de empréstitos, contratos interadministrativos, bienes y servicios relacionados con la defensa nacional, contratos para el desarrollo científico y tecnológico, encargos fiduciarios durante procesos de reestructuración, cuando no exista pluralidad de oferentes, contratos profesionales y artísticos, y arriendos o adquisiciones de inmuebles.
Conversatorio sobre contrataciones publicasCarmen Flores
1) El documento establece las regulaciones para los procesos de contratación pública, incluyendo las modalidades de selección, requisitos de los expedientes, estimación de montos, y reglas sobre anticipos y garantías. 2) Describe los principios que rigen las contrataciones como economía, transparencia e igualdad, y excluye ciertos tipos de contratos de estas regulaciones. 3) Incluye definiciones clave como servicio profesional, contrato, pliego de condiciones, y roles como unidad usuaria y unidad contratante.
Ley de Contrataciones Públicas Gráficos Universales Venezuelaemarino86
Este documento contiene la información de contacto de Edgar Mariño, quien actúa como facilitador. Incluye su número de teléfono y correo electrónico. Además, el documento hace referencia a nuevos decretos sobre contrataciones públicas del mes de marzo de 2012 y a disposiciones transitorias de un reglamento de contrataciones de 2009.
El documento describe los principales aspectos de las contrataciones y adquisiciones del Estado en Perú. Explica el marco normativo que rige este proceso, incluyendo la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el SEACE, el RNP, y los tipos de procesos de selección. También describe los pasos del proceso de selección, los tipos de contratos, las sanciones aplicables y los principios de la Gestión para Resultados en el Desarrollo que rigen la gestión pública.
Este documento es la Ley 1150 de 2007 de Colombia, la cual introduce medidas para mejorar la eficiencia y transparencia en la contratación pública. La ley modifica la Ley 80 de 1993 y establece diferentes modalidades de selección de contratistas como licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. También define casos específicos en los cuales se puede utilizar cada modalidad y establece principios como dar publicidad a los procesos y evaluar ofertas de manera objetiva.
Esta ley introduce medidas para mejorar la eficiencia y transparencia en la contratación con recursos públicos en Colombia. Establece cuatro modalidades de selección de contratistas: licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. Define casos específicos en los cuales se puede utilizar cada modalidad y establece reglas y procedimientos para garantizar la transparencia. El objetivo general es lograr una mayor eficiencia en la gestión contractual del Estado colombiano.
El régimen de contrataciones públicas en el Paraguay se encuentra regulado por la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y sus decretos reglamentarios.
La normativa establece expresamente los tipos de procedimientos y las modalidades complementarias con el objeto de realizar las adquisiciones y contrataciones requeridas por los distintos órganos de la Administración Pública que se encuentran sometidos a la Ley 2051/03, salvo las excepciones establecidas en el Art. 2 de la referida ley.
El régimen de contrataciones públicas en el Paraguay se encuentra regulado por la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y sus decretos reglamentarios.
La normativa establece expresamente los tipos de procedimientos y las modalidades complementarias con el objeto de realizar las adquisiciones y contrataciones requeridas por los distintos órganos de la Administración Pública que se encuentran sometidos a la Ley 2051/03, salvo las excepciones establecidas en el Art. 2 de la referida ley.
Este documento describe 9 causales para la contratación directa por parte de entidades estatales, incluyendo casos de urgencia manifiesta, contratos de empréstitos, contratos interadministrativos, bienes y servicios relacionados con la defensa nacional, contratos para el desarrollo científico y tecnológico, encargos fiduciarios durante procesos de reestructuración, cuando no exista pluralidad de oferentes, contratos profesionales y artísticos, y arriendos o adquisiciones de inmuebles.
Conversatorio sobre contrataciones publicasCarmen Flores
1) El documento establece las regulaciones para los procesos de contratación pública, incluyendo las modalidades de selección, requisitos de los expedientes, estimación de montos, y reglas sobre anticipos y garantías. 2) Describe los principios que rigen las contrataciones como economía, transparencia e igualdad, y excluye ciertos tipos de contratos de estas regulaciones. 3) Incluye definiciones clave como servicio profesional, contrato, pliego de condiciones, y roles como unidad usuaria y unidad contratante.
Ley de Contrataciones Públicas Gráficos Universales Venezuelaemarino86
Este documento contiene la información de contacto de Edgar Mariño, quien actúa como facilitador. Incluye su número de teléfono y correo electrónico. Además, el documento hace referencia a nuevos decretos sobre contrataciones públicas del mes de marzo de 2012 y a disposiciones transitorias de un reglamento de contrataciones de 2009.
El documento describe los principales aspectos de las contrataciones y adquisiciones del Estado en Perú. Explica el marco normativo que rige este proceso, incluyendo la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el SEACE, el RNP, y los tipos de procesos de selección. También describe los pasos del proceso de selección, los tipos de contratos, las sanciones aplicables y los principios de la Gestión para Resultados en el Desarrollo que rigen la gestión pública.
Este documento es la Ley 1150 de 2007 de Colombia, la cual introduce medidas para mejorar la eficiencia y transparencia en la contratación pública. La ley modifica la Ley 80 de 1993 y establece diferentes modalidades de selección de contratistas como licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. También define casos específicos en los cuales se puede utilizar cada modalidad y establece principios como dar publicidad a los procesos y evaluar ofertas de manera objetiva.
Esta ley introduce medidas para mejorar la eficiencia y transparencia en la contratación con recursos públicos en Colombia. Establece cuatro modalidades de selección de contratistas: licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. Define casos específicos en los cuales se puede utilizar cada modalidad y establece reglas y procedimientos para garantizar la transparencia. El objetivo general es lograr una mayor eficiencia en la gestión contractual del Estado colombiano.
Esta ley introduce medidas para mejorar la eficiencia y transparencia en la contratación con recursos públicos en Colombia. Modifica la Ley 80 de 1993 e incluye disposiciones sobre las modalidades de selección de contratistas como licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. Además, establece las circunstancias específicas en las cuales se pueden utilizar cada una de estas modalidades de selección.
SE RELACIONAN LOS PROCEDIMIENTOS QUE DEBEN APLICARSE PARA SELECCIONAR EL CONTRATISTA A PARTIR DE LA LEY 80 DE 1993, LA LEY 1150 DE 2007 Y EL DECRETO 2474 DE 2008
Este documento presenta la selección abreviada como una modalidad de selección objetiva para contratos con características específicas o cuantías bajas según la Ley 1150 de 2007. Describe las causales de selección abreviada como contratos de bienes y servicios uniformes, de menor cuantía o por urgencia manifiesta. Explica los procedimientos de selección abreviada como compra por catálogo, subasta inversa y adquisición en bolsas de productos.
1) El documento presenta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, el cual regula la actividad del Estado para la adquisición de bienes, servicios y obras. 2) Se establecen los principios de economía, planificación, transparencia y otros que deben guiar las contrataciones públicas. 3) También se definen términos clave como órgano contratante, oferente, modalidades de contratación y otros.
Este documento es un aviso de convocatoria para el suministro de combustible del parque automotor de la Alcaldía de Santa Fe de Antioquia y otros entes de seguridad en el municipio. Se llevará a cabo una selección abreviada para contratar este servicio por un plazo de 7 meses. Los interesados pueden presentar sus ofertas hasta el plazo indicado en el cronograma y deben cumplir con los requisitos legales y financieros establecidos para participar.
Este documento presenta los diferentes procedimientos de selección que pueden utilizarse para la contratación con el Estado según la Ley y el Reglamento, incluyendo licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios, subasta inversa electrónica y contratación directa. También describe los requisitos y pasos para cada procedimiento, así como disposiciones generales como la convocatoria y publicación en el SEACE.
Reglamento de la_ley_de__contr_jhonata_vasquezjhonatavm25
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas de Venezuela. Establece disposiciones generales como las definiciones de términos clave como contrato marco, lista de precios, unidad usuaria, unidad contratante, proyectos productivos sustentables, entre otros. También regula aspectos como la contratación entre órganos del estado, alianzas comerciales y estratégicas, normativa aplicable a acuerdos internacionales, comunicación con el órgano contratante, actividades previas a la contratación,
El documento presenta información sobre el régimen de contratación estatal en Colombia y los procedimientos del concurso de méritos. Incluye definiciones legales clave, principios de la contratación pública, una descripción detallada del procedimiento del concurso de méritos con precalificación en 20 pasos, información sobre otros tipos de concurso de méritos y sobre el manual de contratación de las entidades.
El documento proporciona información sobre las modalidades de contratación pública establecidas en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas. Explica que existen siete modalidades, incluyendo la licitación pública nacional e internacional para contratos que superen los 10,000 jornales mínimos, y la licitación por concurso de ofertas para contratos entre 2,000 y 10,000 jornales mínimos. También describe los procedimientos y documentos requeridos para cada modalidad.
PanamaCompra es una herramienta tecnológica administrada por la Dirección General de Contrataciones Públicas para promover la transparencia en las compras gubernamentales. Ofrece más de 1,000 oportunidades de negocios diarias y adjudica mensualmente más de 60 millones de dólares en contrataciones. Los proveedores interesados deben registrarse en el Registro de Proponentes administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas y cumplir con requisitos como presentar paz y salvo de la Caja
El documento presenta información sobre la Ley de Contrataciones Públicas y su reglamento en Ecuador. Resume aspectos clave como los montos mínimos para diferentes tipos de procedimientos de contratación, los requisitos de garantías, el inicio y modificaciones de los contratos, entre otros. El expositor explica detalles sobre la aplicación de esta normativa en el ejercicio de la ingeniería civil.
LA CONTRATACION PUBLICA DE CONSULTORIA 1utplgestion
Este documento resume la nueva ley del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Centraliza la contratación pública y somete a todas las entidades estatales al sistema, con algunas excepciones. Establece principios como legalidad, igualdad y transparencia. Crea el Registro Único de Proveedores y el portal de compras públicas para los procesos de contratación. Detalla los procedimientos, roles de las instituciones involucradas y normas para la contratación de consultoría.
Este documento resume las modalidades para la escogencia del contratista en los procesos de contratación estatal en Colombia, incluyendo la licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa y mínima cuantía. Explica las etapas de la licitación pública como procedimiento reglado que garantiza la igualdad, transparencia y economía. Finalmente, enlista los principios que rigen la licitación pública en Colombia.
LA CONTRATACION PUBLICA DE CONSULTORIA 1utplgestion
La ley establece el Sistema Nacional de Contratación Pública para regular la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluida la consultoría, por parte de entidades públicas. El objetivo es promover la transparencia, eficiencia y participación nacional en las contrataciones del Estado.
Este documento resume los principales tipos de contratos administrativos y procedimientos de contratación pública en Ecuador, incluyendo contratación directa, mediante lista corta, concurso público, convenios marco, subasta inversa, licitación, cotización, contrataciones por menor cuantía, contratación integral por precio fijo, en situaciones de emergencia, arrendamiento y adquisición de bienes inmuebles, y arrendamiento de bienes muebles.
Este documento presenta la Ley de Contrataciones Públicas de Venezuela. Establece las disposiciones generales, los principios, el ámbito de aplicación y exclusiones de la ley. También define términos clave como órgano contratante, contratista, oferta, modalidades de contratación y otros. El objetivo es regular la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado venezolano de manera transparente.
El documento resume los diferentes procedimientos de selección que pueden utilizarse para la contratación con el Estado según la Ley de Contrataciones del Estado, incluyendo licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios, subasta inversa electrónica y contratación directa. También describe los requisitos y formalidades para cada procedimiento de selección y disposiciones generales como la convocatoria y el registro de participantes.
Este documento es un aviso de convocatoria pública emitido por el Municipio de Santa Fe de Antioquia para contratar los servicios de interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción de un Centro de Integración Ciudadana (CIC) mediante el proceso de selección de Concurso de Méritos. El objeto del contrato tiene un presupuesto oficial de $37.075.800 COP e incluye un plazo de ejecución de 90 días. Los interesados pueden presentar sus ofertas hasta la fecha indicada en el
1. El documento describe los cambios introducidos por el Decreto 1510 de 2013 en la reglamentación de la contratación estatal en Colombia, el cual derogó el decreto anterior de 2012. 2. Entre los cambios se encuentran nuevos requisitos para el Registro Único de Proponentes, criterios de desempate en los procesos de selección, y un régimen de transición para la aplicación del nuevo decreto. 3. El decreto busca estandarizar y simplificar los procesos de contratación del Estado colombiano.
El documento resume los principales aspectos relacionados a la fase de ejecución contractual según la normativa peruana, incluyendo plazos para perfeccionar el contrato, requisitos, casos en los que se puede declarar la nulidad del contrato, límites a la subcontratación y supuestos en los que no se requiere garantía de cumplimiento. Explica en detalle temas como la obligación de contratar una vez consentida la buena pro, documentos que conforman el contrato y responsabilidades de las partes ante incumplimientos.
Esta ley introduce medidas para mejorar la eficiencia y transparencia en la contratación con recursos públicos en Colombia. Modifica la Ley 80 de 1993 e incluye disposiciones sobre las modalidades de selección de contratistas como licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. Además, establece las circunstancias específicas en las cuales se pueden utilizar cada una de estas modalidades de selección.
SE RELACIONAN LOS PROCEDIMIENTOS QUE DEBEN APLICARSE PARA SELECCIONAR EL CONTRATISTA A PARTIR DE LA LEY 80 DE 1993, LA LEY 1150 DE 2007 Y EL DECRETO 2474 DE 2008
Este documento presenta la selección abreviada como una modalidad de selección objetiva para contratos con características específicas o cuantías bajas según la Ley 1150 de 2007. Describe las causales de selección abreviada como contratos de bienes y servicios uniformes, de menor cuantía o por urgencia manifiesta. Explica los procedimientos de selección abreviada como compra por catálogo, subasta inversa y adquisición en bolsas de productos.
1) El documento presenta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, el cual regula la actividad del Estado para la adquisición de bienes, servicios y obras. 2) Se establecen los principios de economía, planificación, transparencia y otros que deben guiar las contrataciones públicas. 3) También se definen términos clave como órgano contratante, oferente, modalidades de contratación y otros.
Este documento es un aviso de convocatoria para el suministro de combustible del parque automotor de la Alcaldía de Santa Fe de Antioquia y otros entes de seguridad en el municipio. Se llevará a cabo una selección abreviada para contratar este servicio por un plazo de 7 meses. Los interesados pueden presentar sus ofertas hasta el plazo indicado en el cronograma y deben cumplir con los requisitos legales y financieros establecidos para participar.
Este documento presenta los diferentes procedimientos de selección que pueden utilizarse para la contratación con el Estado según la Ley y el Reglamento, incluyendo licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios, subasta inversa electrónica y contratación directa. También describe los requisitos y pasos para cada procedimiento, así como disposiciones generales como la convocatoria y publicación en el SEACE.
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Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas de Venezuela. Establece disposiciones generales como las definiciones de términos clave como contrato marco, lista de precios, unidad usuaria, unidad contratante, proyectos productivos sustentables, entre otros. También regula aspectos como la contratación entre órganos del estado, alianzas comerciales y estratégicas, normativa aplicable a acuerdos internacionales, comunicación con el órgano contratante, actividades previas a la contratación,
El documento presenta información sobre el régimen de contratación estatal en Colombia y los procedimientos del concurso de méritos. Incluye definiciones legales clave, principios de la contratación pública, una descripción detallada del procedimiento del concurso de méritos con precalificación en 20 pasos, información sobre otros tipos de concurso de méritos y sobre el manual de contratación de las entidades.
El documento proporciona información sobre las modalidades de contratación pública establecidas en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas. Explica que existen siete modalidades, incluyendo la licitación pública nacional e internacional para contratos que superen los 10,000 jornales mínimos, y la licitación por concurso de ofertas para contratos entre 2,000 y 10,000 jornales mínimos. También describe los procedimientos y documentos requeridos para cada modalidad.
PanamaCompra es una herramienta tecnológica administrada por la Dirección General de Contrataciones Públicas para promover la transparencia en las compras gubernamentales. Ofrece más de 1,000 oportunidades de negocios diarias y adjudica mensualmente más de 60 millones de dólares en contrataciones. Los proveedores interesados deben registrarse en el Registro de Proponentes administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas y cumplir con requisitos como presentar paz y salvo de la Caja
El documento presenta información sobre la Ley de Contrataciones Públicas y su reglamento en Ecuador. Resume aspectos clave como los montos mínimos para diferentes tipos de procedimientos de contratación, los requisitos de garantías, el inicio y modificaciones de los contratos, entre otros. El expositor explica detalles sobre la aplicación de esta normativa en el ejercicio de la ingeniería civil.
LA CONTRATACION PUBLICA DE CONSULTORIA 1utplgestion
Este documento resume la nueva ley del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Centraliza la contratación pública y somete a todas las entidades estatales al sistema, con algunas excepciones. Establece principios como legalidad, igualdad y transparencia. Crea el Registro Único de Proveedores y el portal de compras públicas para los procesos de contratación. Detalla los procedimientos, roles de las instituciones involucradas y normas para la contratación de consultoría.
Este documento resume las modalidades para la escogencia del contratista en los procesos de contratación estatal en Colombia, incluyendo la licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa y mínima cuantía. Explica las etapas de la licitación pública como procedimiento reglado que garantiza la igualdad, transparencia y economía. Finalmente, enlista los principios que rigen la licitación pública en Colombia.
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La ley establece el Sistema Nacional de Contratación Pública para regular la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluida la consultoría, por parte de entidades públicas. El objetivo es promover la transparencia, eficiencia y participación nacional en las contrataciones del Estado.
Este documento resume los principales tipos de contratos administrativos y procedimientos de contratación pública en Ecuador, incluyendo contratación directa, mediante lista corta, concurso público, convenios marco, subasta inversa, licitación, cotización, contrataciones por menor cuantía, contratación integral por precio fijo, en situaciones de emergencia, arrendamiento y adquisición de bienes inmuebles, y arrendamiento de bienes muebles.
Este documento presenta la Ley de Contrataciones Públicas de Venezuela. Establece las disposiciones generales, los principios, el ámbito de aplicación y exclusiones de la ley. También define términos clave como órgano contratante, contratista, oferta, modalidades de contratación y otros. El objetivo es regular la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado venezolano de manera transparente.
El documento resume los diferentes procedimientos de selección que pueden utilizarse para la contratación con el Estado según la Ley de Contrataciones del Estado, incluyendo licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios, subasta inversa electrónica y contratación directa. También describe los requisitos y formalidades para cada procedimiento de selección y disposiciones generales como la convocatoria y el registro de participantes.
Este documento es un aviso de convocatoria pública emitido por el Municipio de Santa Fe de Antioquia para contratar los servicios de interventoría técnica, administrativa y financiera para la construcción de un Centro de Integración Ciudadana (CIC) mediante el proceso de selección de Concurso de Méritos. El objeto del contrato tiene un presupuesto oficial de $37.075.800 COP e incluye un plazo de ejecución de 90 días. Los interesados pueden presentar sus ofertas hasta la fecha indicada en el
1. El documento describe los cambios introducidos por el Decreto 1510 de 2013 en la reglamentación de la contratación estatal en Colombia, el cual derogó el decreto anterior de 2012. 2. Entre los cambios se encuentran nuevos requisitos para el Registro Único de Proponentes, criterios de desempate en los procesos de selección, y un régimen de transición para la aplicación del nuevo decreto. 3. El decreto busca estandarizar y simplificar los procesos de contratación del Estado colombiano.
El documento resume los principales aspectos relacionados a la fase de ejecución contractual según la normativa peruana, incluyendo plazos para perfeccionar el contrato, requisitos, casos en los que se puede declarar la nulidad del contrato, límites a la subcontratación y supuestos en los que no se requiere garantía de cumplimiento. Explica en detalle temas como la obligación de contratar una vez consentida la buena pro, documentos que conforman el contrato y responsabilidades de las partes ante incumplimientos.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Contrataciones Públicas de Venezuela. Explica el ámbito de aplicación de la ley, los principios generales como la transparencia y la economía, y las modalidades y procedimientos de selección de contratistas como las licitaciones abiertas, cerradas, contratación directa y consulta de precios. También cubre aspectos como la celebración, modificación y terminación de los contratos públicos.
Este documento establece las regulaciones para los contratos administrativos de servicios en el sector público peruano. Define este tipo de contrato como un régimen especial de contratación laboral que vincula a una entidad pública con un trabajador individual. Describe los procedimientos de contratación, los derechos y obligaciones de los trabajadores bajo este régimen como la duración de los contratos, jornada laboral, descansos, y afiliación a la seguridad social.
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas de Venezuela. Define términos clave como contrato marco, lista de precios, unidad usuaria, unidad contratante y establece disposiciones generales sobre contrataciones entre órganos del Estado, alianzas, normativa aplicable a acuerdos internacionales y comunicación con órganos contratantes. También incluye medidas de promoción de desarrollo económico como aplicación de preferencias temporales, promoción de encuentros y planes excepcionales.
Tomando en consideración el régimen optativo de consulta vinculante dispuesto por el artículo 145 del Código Fiscal (t.o. 2013), que originalmente introdujo la Ley 4.039, la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo reglamentó a los efectos de que los contribuyentes y responsables puedan solicitar ante la AGIP la interpretación, con alcance individual, y la consiguiente
aplicación del derecho a una situación de hecho real y actual.
La Institución Educativa Cárdenas Centro está invitando ofertas públicas para adjudicar los espacios de tienda escolar, fotocopiadora y bicicletero. Los interesados deben cumplir con los requisitos establecidos y presentar su propuesta económica antes del 13 de enero de 2012. La adjudicación recaerá en la oferta más beneficiosa para la institución que cumpla también con los requisitos mínimos.
1) En Colombia, la selección objetiva es el principio rector de la contratación estatal, lo que implica que las entidades públicas deben siempre escoger la oferta más favorable para el interés general.
2) Los extranjeros pueden participar en procesos de selección estatal en igualdad de condiciones que los colombianos, siempre y cuando exista un acuerdo de reciprocidad entre los países.
3) Todas las personas naturales o jurídicas deben registrarse en el Registro Único de Proponentes (RUP) para contratar
Este documento resume las causales de exoneración de procesos de selección con el Estado, como contrataciones entre entidades públicas, situaciones de emergencia, proveedores únicos, y servicios personalísimos. Explica que las exoneraciones no son inaplicaciones de la ley sino excepciones al proceso de selección, por lo que deben seguir los requisitos de contratación. Finalmente, detalla los pasos del trámite de una contratación exonerada, que incluyen invitación, presentación de propuestas, y verificación de
Este documento presenta un resumen de la Ley de Contratación del Estado de Honduras. Establece los principios de eficiencia, publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia que rigen los procesos de contratación estatal. También describe los órganos competentes para celebrar y adjudicar contratos, los requisitos para que personas naturales y jurídicas puedan contratar con el estado, y los registros de proveedores y contratistas.
La ley modifica varios artículos de la Ley de Contrataciones Públicas para establecer nuevos plazos para la manifestación de voluntad de participar en concursos, requisitos para la publicación de llamados a concursos abiertos nacionales e internacionales, y procedimientos para la contratación directa en casos excepcionales. También establece sanciones para funcionarios y particulares por incumplimiento de la ley.
PRIMERA SESIÓN - ASPECTOS GENERALES (1) (1).pptxMrnnNunez
El documento presenta varias opiniones y documentos legales relacionados con temas de contrataciones públicas en Perú. Incluye aspectos generales sobre un abogado, opiniones sobre artículos de ley relacionados con licitaciones públicas, principios de gestión por resultados, y principios que rigen las contrataciones como transparencia, igualdad de trato y libre concurrencia.
Este documento resume el análisis e interpretación de los capítulos V, VI y VII del título II de la Ley de Contrataciones del Estado. El capítulo V trata sobre los requisitos y presentación de propuestas. El capítulo VI cubre la calificación y evaluación de propuestas. El capítulo VII discute el otorgamiento de la Buena Pro, la solución de empates, la distribución y notificación de la Buena Pro.
Este documento resume los principales cambios introducidos por la Ley 1150 de 2007 a la contratación estatal en Colombia. Introdujo modalidades de selección como la selección abreviada y contratación mínima cuantía. También estableció que la selección debe realizarse de manera objetiva basada en criterios técnicos y económicos, y creó el Sistema Electrónico para la Contratación Pública para centralizar la información contractual. Además, reguló aspectos como la verificación de proponentes, garantías y la adjudic
Equipo 3 de legislación mañana leyes y mas.pptx037ca20
Este documento presenta un resumen de tres oraciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. En primer lugar, establece que la ley tiene el objetivo de promover el desarrollo sustentable y establecer las bases para garantizar el derecho a un medio ambiente sano, preservar la biodiversidad y realizar un aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Luego, enumera algunas de las disposiciones generales de la ley, como que es de orden público e interés social. Finalmente, señala
El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) dio opinión al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) referente a la elaboración de bases de licitación para promover competencia en igualdad de condiciones en procedimientos de adquisiciones y contrataciones públicas.
Este documento presenta un taller sobre contratación pública según la Ley 80 de 1993 y el Decreto 4747 de 2007. Explica conceptos como objeto de la ley 80, entidades estatales, servidores públicos, derechos y deberes de contratistas y entidades estatales, inhabilidades e incompatibilidades, mecanismos de selección de contratistas, elementos esenciales de un contrato y redes de prestación de servicios. Adicionalmente, hace énfasis en la comprobación de derechos de los usuarios para garantizar el p
Sesión 14 - Contratos de La Administración Pública, proveedores.pdfLuisNolascoArmas2
El documento habla sobre los contratos de la administración pública y los proveedores. Explica los diferentes mecanismos de contratación que puede usar una entidad pública como licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica. También describe quiénes están impedidos de participar como proveedores del Estado, como funcionarios públicos y personas relacionadas. Finalmente, menciona las excepciones en las que se permite la contratación directa.
Sesión 14 - Contratos de La Administración Pública, proveedores.pdfLuisNolascoArmas2
El documento habla sobre los contratos de la administración pública y los proveedores. Explica los diferentes mecanismos de contratación que puede usar una entidad pública como licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica. También describe quiénes están impedidos de participar como proveedores del Estado, como funcionarios públicos y personas relacionadas. Finalmente, menciona las excepciones en las que se permite la contratación directa.
El documento describe el régimen de contratación administrativa establecido en el Decreto Legislativo 1057, incluyendo la naturaleza jurídica de los contratos administrativos de servicios (CAS), los requisitos y procedimientos de contratación, los derechos y obligaciones de los contratados, así como disposiciones sobre duración, extinción y resolución de controversias de los CAS.
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El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
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“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
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1. Estimada Señora Cruz:
Colombia Compra Eficiente no es competente para responder su consulta sobre las reglas de
presentación de la oferta en un caso particular, teniendo en cuenta que dentro de nuestras
funciones está absolver consultas sobre la aplicación de normas de carácter general. A pesar de lo
anterior, procederemos a realizar las siguientes consideraciones, sin pronunciarnos sobre la
situación particular.
1. Régimen de Contratación de las Instituciones Educativas Oficiales
Si es con recursos del Fondo de Servicios Educativos, de conformidad con el Decreto 4791 de
2008 que reglamenta la Ley 715 de 2001, el tratamiento varía según la cuantía. Si la cuantía es
superior a 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes –SMMLV–, la celebración de contratos
debe realizarse conforme a las leyes 80 y 1150. Pero, si la cuantía es inferior a 20 SMMLV, las
instituciones educativas estatales deben seguir los procedimientos establecidos en el reglamento
expedido por el consejo directivo de la misma, tal como lo establece el artículo13 de la citada Ley.
Así, cuando el contrato supere este monto, el fondo de servicios educativos deberá acudir a las
modalidades de selección establecida en la ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007. En este aspecto,
se recuerda que la licitación pública es la regla general imperante a seguir cuando se contrata con
el Estado (Artículo 2, numeral 1 de la ley 1150 de 2007) No obstante, excepcionalmente en razón
al monto del presupuesto oficial, naturaleza, finalidad, objeto o circunstancias especiales, la
escogencia puede adelantarse a través de un proceso de selección abreviada de menor o mínima
cuantía. Estos elementos deberán ser determinados en el pliego de condiciones, en donde debe
establecerse la modalidad de selección para el proceso de contratación teniendo en cuenta las
circunstancias particulares del proceso de contratación y lo establecido en la ley.
De esta manera, para la contratación del mantenimiento de una Institución Educativa podrá
realizarse con base en las reglas del derecho privado, si la cuantía de dicho contrato no supera los
veinte salarios mínimos legales. En caso de que la cuantía sea superior, la Entidad Estatal deberá
determinar la modalidad de selección para cada caso concreto, de acuerdo con lo establecido en la
ley. De forma general, se observa que el objeto contractual al que hace referencia su consulta
puede desarrollarse a través de esta un contrato de prestación de servicios y por lo tanto, podrá
acudirse a la modalidad de selección de contratación directa, sin perjuicio de lo establecido en la
ley de garantías, puesto que el contrato en comento tiene por objeto desarrollar actividades
operativas, logísticas o asistenciales (Decreto 1510 de 2013, artículo 81).
Igualmente, debe recordarse que en un Proceso de Contratación realizado con cargo a recursos de
los Fondos de Servicios Educativos se debe hacer, entre otros, durante la etapa de planeación el
análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la
perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de Análisis de Riesgo (artículo
15, Decreto 1510 de 2013).
Para realizar lo anterior, Colombia Compra Eficiente ha puesto a disposición del público una serie
de guías y manuales para: la identificación y cobertura del riesgo; la modalidad de selección de
mínima cuantía; determinación y verificación de requisitos habilitantes, entre otros. Igualmente, el
proyecto de guía para la elaboración de Estudios del Sector ya se encuentra disponible en nuestra
página web http://www.colombiacompra.gov.co, con el fin de que los interesados puedan enviar
sus comentarios hasta el 17 de Enero del 2014. Así las cosas, dentro de los siguientes días y con
posterioridad a esta fecha, será publicada en nuestra página web la guía definitiva para la
elaboración de Estudios del Sector, por lo tanto lo invitamos a que consulte periódicamente nuestra
página.
2. Adquisición de productos en Grandes Superficies y Compras Especializadas.
2. Respecto de su pregunta sobre la posibilidad de adquirir televisores, DVDs, video proyectores y
grabadoras mediante grandes contribuyentes, le informamos que no existe dicha modalidad de
selección. Los grandes contribuyentes son aquellos contribuyentes o agentes retenedores
clasificados como tal en razón de su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en
el recaudo y actividad económica. Estos grandes contribuyentes son establecidos mediante
resolución expedida por el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (Artículo
562 del Estatuto Tributario). Teniendo en cuenta lo expuesto, esta Entidad considera que su
pregunta se refiere a la adquisición de productos en Grandes Superficies y por lo tanto la respuesta
se dará en este sentido.
El Artículo 86 del Decreto 1510 de 2013 establece que las entidades pueden adquirir bienes de
consumo masivo y al detal en grandes superficies cuando se trate de mínima cuantía y establece
las reglas aplicables para este tipo de contratación. De esta manera, la Entidad Estatal deberá
enviar invitación a por lo menos dos grandes superficies en donde debe incluir: a) la descripción
técnica, detallada y completa del bien, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y
Servicios; b) la forma de pago; c) el lugar de entrega; d) el plazo para la entrega de la cotización
que debe ser de un (1) día hábil; d) la forma y el lugar de presentación de la cotización, y e) la
disponibilidad presupuestal. De esta manera, la Entidad Estatal deberá evaluar las cotizaciones
presentadas y seleccionar a quien cumpla con las condiciones establecidas en la invitación y
ofrezca la mejor oferta.
En razón de lo expuesto, una Entidad Educativa de carácter oficial puede adquirir los elementos
mencionados teniendo en cuenta que si la adquisición no supera los veinte salarios mínimos
legales, podrá realizarla mediante las reglas del derecho privado. En caso de que el contrato
supere este monto pero no supere la mínima cuantía de la Entidad, podrá acudir a la modalidad de
adquisición de productos en Grandes Superficies.
Respecto de su pregunta sobre las compras especializadas, no existe en la ley 80 de 1993, la ley
1150 de 2007 y demás disposiciones y decretos reglamentarios, una disposición que trate el tema
de las compras especializadas. De esta manera, no es una modalidad de selección a la que pueda
acudirse para la adquisición de productos por parte de las Entidades Estatales.
3. Ley de Garantías
Durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial, es decir desde el 25 de enero
de 2014 –teniendo en cuenta el calendario electoral publicado por la Registraduría en su página
web- y hasta la realización de la elección en la segunda vuelta en caso de que sea necesaria, está
prohibido a todos los entes del Estado, incluidos los territoriales, independientemente de su
régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, su pertenencia a una u otra rama del poder
público o su autonomía, acudir a cualquier modalidad de contratación directa. (Artículo 33 de la Ley
996 de 2005)
En relación con el presidente o el vicepresidente, cuando alguno de ellos decide ser candidato
presidencial estando en ejercicio de su cargo, deben manifestarlo así, seis meses antes de la
elección en primera vuelta. A partir de ese momento, la prohibición opera para ellos, lo cual debe
entenderse sobre el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República DAPRE.
Teniendo en cuenta el calendario electoral, el presidente o el vicepresidente deben manifestar su
intención a más tardar el 25 de noviembre de 2013, por lo que a partir de esa fecha, el DAPRE no
puede realizar ninguna contratación directa.
Se exceptúa de la prohibición señalada en la ley, la celebración de contratos que versen sobre
defensa y seguridad del Estado, crédito público, atención de emergencias educativas, sanitarias y
desastres, reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de
comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres
3. naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y
hospitalarias.
Finalmente, las prórrogas, modificaciones o adiciones de los contratos suscritos antes de la
entrada en vigencia de las prohibiciones anotadas, así como la cesión de los mismos, pueden
tener lugar en el período de aplicación de la Ley de Garantías, sin que ello haga nugatoria la
restricción de la contratación directa y siempre que cumplan los principios de planeación,
transparencia y responsabilidad.
En razón de lo expuesto, es claro que las Entidades Educativas de carácter oficial se encuentran
sometidas a la restricción contemplada en la ley de garantías para la selección de contratistas
mediante la modalidad de contratación directa. Durante la vigencia de esta restricción para la
contratación, establecidas por la Ley de Garantías Electorales, las Entidades Educativas pueden
acudir a las demás modalidades de selección de contratistas pues están permanecen incólumes,
de manera que en caso de requerir la contratación de bienes o servicios durante los periodos
estudiados, las entidades públicas pueden acudir a estas sin limitación alguna.
4. Régimen de Inhabilidades e Incompatibilidades
El régimen de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado implica una
restricción para el derecho a la personalidad jurídica, razón por la cual son de carácter taxativo, es
decir que solo pueden configurarse en determinadas circunstancias, de acuerdo con lo establecido
por la ley (Corte Constitucional, Sentencia C-489 de 1996, M.P. Antonio Barrera Carbonell). A
pesar de que los establecimientos educativos tienen un régimen de contratación especial que varía
de acuerdo con la cuantía, estas instituciones se encuentran sometidas al régimen de inhabilidades
e incompatibilidades, pues la ley 1150 de 2007 establece que son aplicables a las Entidades
Estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional, los principios
de la función administrativa y de la gestión fiscal, establecidos en los artículos 209 y 267 de la
Constitución Política. Igualmente, estarán sometidas al régimen de inhabilidades e
incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal. (Artículo 13 de la ley 1150 de
2007)
Así, los fondos de servicios educativos están sometidos al régimen de inhabilidades e
incompatibilidades previsto en la ley, incluso para el caso de la contratación inferior a veinte
salarios mínimos y que por lo tanto se rige por las reglas del derecho privado. Es por esto que con
base en el artículo 8 de la ley 80 de 1993, no pueden celebrar contratos con la respectiva entidad
las personas que tengan vinculo de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad,
segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles directivo, asesor,
ejecutivo o con los miembros del consejo directivo, o con las personas que ejerzan el control fiscal
de la Entidad Contratante. (Literal b, numeral 2 del artículo 8 de la ley 80 de 1993). En razón de lo
anterior, no es posible contratar a la hija del rector de un establecimiento educativo, pues esto
vulneraría el régimen de inhabilidades e incompatibilidades establecido en la ley.
Colombia Compra Eficiente atiende esta consulta en cumplimiento del numeral 5° del artículo 3°
del Decreto 4170 de 2011, en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por lo cual la presente comunicación no
compromete la responsabilidad de ésta entidad ni es de obligatorio cumplimiento.
Estaremos atentos a atender cualquier solicitud adicional sobre la materia.
Le agradecemos su pregunta.