Este documento discute la naturaleza del derecho y el método jurídico. Sostiene que el derecho consiste en problemas singulares y concretos, no en reglas generales. Los principios como el debido proceso legal y la razonabilidad son más importantes que los conceptos. El documento también contrasta las aproximaciones del common law y el derecho continental europeo al derecho, señalando que el common law se enfoca más en los casos individuales mientras que el derecho continental se enfoca más en los sistemas y reglas generales.