1. La pirámide de Kelsen representa gráficamente la relación jerárquica entre normas jurídicas. En la cima se encuentra la constitución, seguida por las leyes en diferentes niveles, y en la base las sentencias judiciales.
2. Las fuentes del derecho en Colombia son la constitución, las leyes, las costumbres, y los principios generales del derecho.
3. Los atributos de la personalidad incluyen la capacidad jurídica, el nombre, el domicilio, la nacionalidad, el patrimonio y el
Rudolf von Jhering hablaba de anatomía y fisiología jurídica y existe una gramática jurídica como el estudio del lenguaje del derecho o de sus conceptos fundamentales.
Principios fundamentales del derecho constitucionallisandro alchebli
Los principios fundamentales del derecho constitucional son todos aquellos que se encuentran inmersos en la carta magna, y que sirven para regular la conducta y actuacion tanto de las personas, como de los organismos publicos, organizaciones privadas, y garantizar por parte del estado la proteccion de los derecho y garantias constitucionales.
Rudolf von Jhering hablaba de anatomía y fisiología jurídica y existe una gramática jurídica como el estudio del lenguaje del derecho o de sus conceptos fundamentales.
Principios fundamentales del derecho constitucionallisandro alchebli
Los principios fundamentales del derecho constitucional son todos aquellos que se encuentran inmersos en la carta magna, y que sirven para regular la conducta y actuacion tanto de las personas, como de los organismos publicos, organizaciones privadas, y garantizar por parte del estado la proteccion de los derecho y garantias constitucionales.
Fundamentalmente, el término fuente surge de una metáfora, pues remontarse a las fuentes de un río, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho, en tal sentido Fuentes del Derecho se puede definir como los diferentes procesos por los cuales se origina una ley o norma jurídica.
Posteriormente, cuando se habla de fuentes del derecho, se hace referencia a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los habitantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o nace.
Por ende, se considera como fuentes del derecho: La Constitución, la ley, el tratado Reglamentos, decreto ley, la costumbre, jurisprudencia y las doctrinas
Los principios constitucionales, son un mecanismo u herramientas que permiten la mejor convivencia social, y el mejor desempeño de las potestades del Estado dentro del territorio.
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Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
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1. CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR
(CUN)
INTRODUCCIÓN AL DERECHO
ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN APLICADA (ACA) PRIMERA ENTREGA:
DOCENTE:
MARIA FERNANDA BUSTOS
GRUPO: 51236
INTEGRANTE
DIEGO ARMANDO SIERRA ATENCIA
PROGRAMA:
CONTADURÍA PÚBLICA
2021
2. INTRODUCCIÓN
Para describir los elementos de la pirámide de Kelsen es
necesario saber que la pirámide kelseniana o pirámide de la
jerearquia representa gráficamente la idea de sistema jurídico
escalonado, ya que, de acuerdo con Kelsen, el sistema no es
otra cosa que la forma en que se relacionan un conjunto de
normas jurídicas y la principal forma de relacionarse éstas,
dentro de un sistema, es sobre la base del principio de
jerarquía. La pirámide de Kelsen está segmentada en diversos estratos o niveles,
ya que representa una relación vertical entre las distintas normas jurídicas, esta
pirámide normativa surge de la idea de que toda norma jurídica obtiene su valor de
una norma superior en jerarquía, de acuerdo a tres niveles jerárquicos distintos en
los que Kelsen dividía su pirámide.
El derecho colombiano es el conjunto de normas que constituyen el ordenamiento
jurídico vigente en Colombia.
Los atributos de la personalidad son derechos personales que nacen y mueren con
la persona que no se gastan, se venden, ni se transmiten. Los atributos de la
personalidad hacen posible que el ser humano se reconozca como un ser único e
irrepetible en la sociedad.
3. 1. Describa cada uno los elementos de la pirámide de Kelsen y diga quien
los emite.
El nivel fundamental. En la punta de la pirámide es donde se halla la Carta Magna,
Constitución Nacional o la parte jurídica base del cual surgen todas las demás leyes
y disposiciones. Es el texto clave sobre el cual no tiene jerarquía ninguna institución
jurídica.
El nivel legal. Ubicado en un peldaño intermedio y pudiendo dividirse en muchos
subpeldaños, a lo largo de los cuales se ordenarán según jerarquía el conjunto de
las leyes que hacen vida dentro del marco legal constitucional, desde las más
(arriba) hasta las menos fundamentales (abajo).
El nivel base. Al final de la pirámide, siendo el más ancho, pues contiene las
sentencias de los organismos jurídicos, las cuales son mucho más abundantes en
comparación con los peldaños anteriores, al mismo tiempo que menos
fundamentales.
Esto quiere decir que las normas o leyes que componen un sistema jurídico, se
relacionan unas con otras según el principio de jerarquía, por lo que una ley que se
encuentra por debajo no puede contradecirse con otra que esté por encima ya que
la misma no tendría efecto jurídico o no debería tenerlos.
4. 2. Describa cuales son las fuentes del derecho en Colombia
Las fuentes del derecho colombiano son:
La constitución política colombiana, la ley, las costumbres y los principios
generales del derecho, dado que el artículo cuarto la constitución política es
considerada como la norma de normas y a su vez fuente indispensable de derecho,
ya que, en ella se encuentra cada derecho con sujeción a la ley fundamental, las
cuales obligan a gobernantes y gobernados a cumplir cada una de ellas.
La ley está consagrada en el artículo cuarto la cual establece que “la ley es una
declaración de voluntad soberana manifestada en la forma prevenida en la
constitución nacional. El carácter de la ley es mandar, prohibir, permitir o castigar”
Las costumbres, se define “siendo general y conforme a la moral cristiana,
constituye derecho, a falta de legislación positiva”
Los principios generales de derecho se consignan en el artículo octavo el cual
se define “cuando no hay ley exactamente aplicable al caso controvertido, se
aplicaran las leyes que regulen casos o materias semejantes y en su defecto la
doctrina constitucional y las reglas generales del derecho”
3. Enumere y de ejemplos sobre “Los atributos de la personalidad”
Desde un punto de vista lingüístico, la palabra “atributo”, hace referencia cada una
de las cualidades o propiedades de un ser, así, jurídicamente hablando, los atributos
de la personalidad son cualidades que identifican e individualizan a un sujeto de
derecho, a fin de ubicarlo dentro del orden social y jurídico.
La doctrina establece como atributos de la personalidad, los siguientes: capacidad
jurídica, nombre, domicilio, nacionalidad, patrimonio y estado civil, en cuanto a las
personas físicas, así como todos ellos, excepto el estado civil, con relación a las
personas morales.
Capacidad Jurídica
La capacidad, es la aptitud que tiene la persona para ser titular de derechos, sujeto
de obligaciones y, en su caso, ejercer esos derechos, cumplir esas obligaciones y
celebrar actos jurídicos por si misma, se debe tener en cuenta que de este concepto
genérico, se desprende dos especies de capacidad:
1. Capacidad de Goce, es decir, la aptitud para ser titular de derechos y
sujeto de obligaciones. Todo sujeto debe tenerla, ya que de suprimirse
carecería de razón de ser la personalidad porque impediría al ente la
posibilidad jurídica de actuar.
5. 2. Capacidad de Ejercicio, a la cual también se le llama capacidad negocial
y que puede definirse como la aptitud para ser titular de derechos, sujeto
de obligaciones, celebrar actos jurídicos, así como exigir aquellos
derechos y cumplir aquellas obligaciones por si mismo.
Nombre
Teniendo en cuenta que toda relación jurídica impone deberes y atribuye derechos
a los sujetos de dicha relación; de allí que sea necesario, en cada relación jurídica,
precisar concretamente que persona o personas son sujetas de esa relación, quién
o quiénes puede exigir, un ejemplo claro de ello es acreedor o acreedores, deudor
o deudores.
En ese sentido, puede definirse al nombre como las palabras que identifican a una
persona, a fin de que sus actos generen consecuencias que le sean atribuidas a
ella y a nadie más.
Domicilio
El domicilio es, el lugar en el que, para determinados efectos del Derecho, una
persona se asienta de manera permanente.
En la legislación civil vigente se reconocen tres tipos de domicilios:
1. Domicilio voluntario, que es aquel que se elige libremente, siempre que no se
perjudiquen intereses de terceros.
2. Domicilio legal, que es el que atribuye la ley a una persona, aun cuando de hecho
no se encuentre allí. (artículo 32 del Código Civil de Guanajuato)
3. Domicilio convencional, que, de acuerdo con el artículo 35 del Código Civil de
Estado, es el que se designa para el cumplimiento de determinadas obligaciones.
Patrimonio
Puede definirse a este atributo como la universalidad jurídica, compuesta por un
conjunto de bienes, derechos y obligaciones, susceptibles de valoración económica.
Nacionalidad
La nacionalidad es un atributo de la persona que rebasa la materia civil, para
6. ubicarse en el contexto legal del Derecho Constitucional. La nacionalidad es el
vínculo jurídico y político que une a una persona con un Estado-Nación.
Los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución General de la República establecen,
respectivamente, los requisitos para ser considerado mexicana o mexicano, quienes
son extranjeros y las causas de pérdida de la nacionalidad, todo ello con relación a
las personas físicas.
Estado Civil
El estado civil o de familia es un atributo exclusivo de las personas físicas que
implica la situación que guarda un individuo dentro de su grupo familiar, con
respecto a sus relaciones de matrimonio o parentesco. Así, “el estado se determina
en función del grupo o de los grupos sociales a los que una persona pertenece,
porque el ordenamiento jurídico atribuye esa pertenencia, como inherente a la
persona misma”
Bibliografía
- Fuente: https://concepto.de/piramide-de-kelsen/
https://sc.jalisco.gob.mx/sites/sc.jalisco.gob.mx/files/el_imperio_del_derecho_pone
ncia_0.pdf
http://huitoto.udea.edu.co/derecho/metodologiaI/derecho_colombiano.pdf