El documento proporciona información sobre la historia y características generales de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de México. La SEP fue creada en 1921 y se encarga de la educación científica, artística y deportiva en todos los niveles en México. Tiene como objetivos extender la educación a todos, afirmar los principios de laicidad, gratuidad y obligatoriedad, y asegurar igualdad de oportunidades. El documento también describe la organización de la SEP.
2. HISTORIA
La SEP fue creada mediante ley de fecha 29 de septiembre de
1921. Vasconcelos había sido efímero secretario de Instrucción
Pública y Bellas Artes del primer gobierno de la Convención, a
cargo de Eulalio Gutiérrez, del 7 de diciembre de 1914 al 15 de
enero de 1915. Vasconcelos permaneció como titular de la
cartera de educación en el gobierno de Obregón, del 2 de
octubre de 1921 al 2 de julio de 1924. Con la creación de la SEP
dio inicio una etapa trascendental que condujo a la
conformación del sistema educativo nacional
3. CARACTERISTICAS GENERALES
es una secretaría encargada de la educación tanto
científica como artística y deportiva en todos los
niveles, así como de sus contenidos, programas de
estudio y calendarios. Además, se encarga de la
manutención de la cultura y sus centros de exhibición
(museos, bibliotecas, escuelas de arte); y tiene en su
control los registros de derecho de autor y marcas
registradas. Sus operaciones tienen sede única en la
Ciudad de México.
4. OBJETIVOS:
A)-- EXTENDER LA EDUCACIÓN A TODOS LOS HABITANTES DEL PAÍS.
B)--AFIRMAR LOS PRINCIPIOS DE LAICIDAD, GRATUIDAD Y
OBLIGATORIEDAD DE LA ENSEÑANZA.
C)--ASEGURAR IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA TODOS LOS
EDUCANDOS.
D)--ATENDER LA FORMACIÓN DEL CARÁCTER MORAL Y CÍVICO DE LOS
EDUCANDOS.
6. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR
OBJETIVO:
Planear, coordinar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de educación media superior y
superior, en apego a las políticas, planes y programas establecidos por la Secretaría de Educación
Pública y por la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de México, con el fin de garantizar
la mejora continua de la calidad de los servicios en los niveles mencionados.
FUNCIONES:
- Integrar, con la participación de los organismos auxiliares adscritos a la Subsecretaría, el Programa
Estatal de Educación Media Superior y Superior, implementando mecanismos que coadyuven a su
seguimiento y control.
- Definir, implantar y supervisar la normatividad que regula la operación de los servicios de educación
media superior y superior en la Entidad en coordinación con la Secretaría de Educación Pública.
- Identificar los requerimientos del sector productivo de bienes y servicios, en materia de formación de
profesionales en coordinación con las instituciones de educación media superior y superior.
- Coordinar el desarrollo de programas de vinculación (prácticas profesionales, servicio social,
estadías y residencias profesionales) de las instituciones de Educación Media Superior y Superior,
con los sectores productivos de bienes y servicios.
7. SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
OFRECER A LA POBLACIÓN ESCOLAR DEL PAÍS
UNA EDUCACIÓN BÁSICA QUE PERMITA
CONSTRUIR APRENDIZAJES PARA ENFRENTAR
LOS RETOS ACTUALES DE LA VIDA Y QUE A LA
VEZ POSEA BASES PARA ADAPTARSE A LA
SOCIEDAD DEL FUTURO.
9. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se
fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y
de sus deberes.
La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que
cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y
de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la
educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y
cátedra y en su carácter de servicio público.
De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y
la prestación de la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y
media, no formal e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a
grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades
excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social.
La Educación Superior es regulada por ley especial, excepto lo dispuesto en la presente ley
10. ARTICULO 3° CONSTITUCIONAL
TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A RECIBIR EDUCACION. EL
ESTADO -FEDERACION, ESTADOS Y MUNICIPIOS- IMPARTIRA
EDUCACION PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA. LA
EDUCACION PRIMARIA Y LA SECUNDARIA SON OBLIGATORIAS. LA
EDUCACION QUE IMPARTA EL ESTADO TENDERA A DESARROLLAR
ARMONICAMENTE TODAS LAS FACULTADES DEL SER HUMANO Y
FOMENTARA EN EL, A LA VEZ, EL AMOR A LA PATRIA Y LA
CONCIENCIA DE LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL, EN LA
INDEPENDENCIA Y EN LA JUSTICIA.