Este documento presenta un reglamento para establecer la reserva de unidades de vivienda para personas con impedimentos y de edad avanzada, y para conceder beneficios contributivos a los desarrolladores. Define términos clave como "persona con impedimento", "vivienda adecuada", y establece que los desarrolladores deben reservar un 5% de unidades para estas poblaciones. También describe los procedimientos para que los desarrolladores obtengan una certificación de cumplimiento del Departamento de Vivienda y una exención contributiva del
Este documento declara de utilidad pública la ejecución de acciones de mejoramiento urbano y edificación de vivienda de interés social y popular en dos inmuebles ubicados en la Ciudad de México. Se determinó que ambos inmuebles presentan alto riesgo estructural para sus ocupantes según dictámenes técnicos. La declaratoria permite al gobierno expropiar los inmuebles para demolerlos y construir nuevas viviendas dignas y seguras para los residentes actuales.
Este documento presenta un borrador de propuesta de ley de inquilinato en Bolivia. Establece disposiciones generales sobre el objeto y ámbito de aplicación de la ley, define los tipos de inquilinato e incluye capítulos sobre los derechos, deberes y obligaciones de propietarios e inquilinos, programas estatales de residencias transitorias en alquiler social, y viviendas en alquiler social. El propósito general es garantizar a los inquilinos el derecho a una vivienda digna mediante la protección de sus
El documento presenta información sobre un examen de derecho agrario. Incluye preguntas sobre la diferencia entre la propiedad civil y agraria, el procedimiento de adjudicación de tierras, el régimen de afectación de uso de las tierras con vocación agraria y los elementos del Registro Agrario.
El documento establece la creación del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) como una entidad autárquica de derecho público. Su objetivo es promover el desarrollo de la población campesina a través de mejorar el acceso a la tierra, regularizar la tenencia de la tierra, y apoyar la organización y capacitación de los agricultores. El INDERT estará dirigido por un Presidente y contará con una Junta Asesora y de Control de Gestión para asesorar al Presidente en la toma de decisiones
Ley de tierras y desarrollo agrario de venezuelaRafaelMendoza121
1) La ley modifica varios artículos de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para fortalecer el desarrollo rural sustentable y la soberanía alimentaria en Venezuela. 2) Se establece que todas las tierras públicas y privadas con vocación agrícola estarán sujetas a un régimen que promueva la producción de alimentos y la justa distribución. 3) También se garantiza la permanencia de campesinos y organizaciones campesinas en las tierras que han ocupado y se beneficiará preferentemente a mujeres jefas
1) El documento presenta las disposiciones generales de la Ley de Estatuto Agrario de Paraguay, incluyendo los requisitos para ser beneficiario de tierras, las facilidades de pago, el régimen hereditario de tierras adjudicadas, y la prohibición de venta de derechos antes de los 10 años.
2) También cubre la parcelación de propiedades mayores, las colonizaciones y urbanizaciones de hecho, y el régimen aplicable a las transferencias a terceros de tierras sometidas a colonización privada.
3) Finalmente,
Proyecto de ley de arrendamientos inmobiliariosRafael Verde)
Este documento presenta la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios en Venezuela. La ley establece el marco jurídico para los arrendamientos de viviendas y locales comerciales. Incluye definiciones clave, principios como la justicia social y los derechos de los inquilinos, y prohibiciones como los desalojos arbitrarios. También crea un órgano administrativo para la protección de inquilinos y mecanismos como un censo de contratos de arrendamiento. El objetivo general es garantizar el derecho a la
Este documento presenta una ley para regular y controlar los arrendamientos inmobiliarios en Venezuela. Establece principios como la justicia social y proteger el derecho a la vivienda. Crea un órgano administrativo para hacer cumplir la ley y proteger los derechos de inquilinos. También prohíbe desalojos arbitrarios y establece regulaciones sobre anuncios de arrendamientos para prevenir la discriminación.
Este documento declara de utilidad pública la ejecución de acciones de mejoramiento urbano y edificación de vivienda de interés social y popular en dos inmuebles ubicados en la Ciudad de México. Se determinó que ambos inmuebles presentan alto riesgo estructural para sus ocupantes según dictámenes técnicos. La declaratoria permite al gobierno expropiar los inmuebles para demolerlos y construir nuevas viviendas dignas y seguras para los residentes actuales.
Este documento presenta un borrador de propuesta de ley de inquilinato en Bolivia. Establece disposiciones generales sobre el objeto y ámbito de aplicación de la ley, define los tipos de inquilinato e incluye capítulos sobre los derechos, deberes y obligaciones de propietarios e inquilinos, programas estatales de residencias transitorias en alquiler social, y viviendas en alquiler social. El propósito general es garantizar a los inquilinos el derecho a una vivienda digna mediante la protección de sus
El documento presenta información sobre un examen de derecho agrario. Incluye preguntas sobre la diferencia entre la propiedad civil y agraria, el procedimiento de adjudicación de tierras, el régimen de afectación de uso de las tierras con vocación agraria y los elementos del Registro Agrario.
El documento establece la creación del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) como una entidad autárquica de derecho público. Su objetivo es promover el desarrollo de la población campesina a través de mejorar el acceso a la tierra, regularizar la tenencia de la tierra, y apoyar la organización y capacitación de los agricultores. El INDERT estará dirigido por un Presidente y contará con una Junta Asesora y de Control de Gestión para asesorar al Presidente en la toma de decisiones
Ley de tierras y desarrollo agrario de venezuelaRafaelMendoza121
1) La ley modifica varios artículos de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para fortalecer el desarrollo rural sustentable y la soberanía alimentaria en Venezuela. 2) Se establece que todas las tierras públicas y privadas con vocación agrícola estarán sujetas a un régimen que promueva la producción de alimentos y la justa distribución. 3) También se garantiza la permanencia de campesinos y organizaciones campesinas en las tierras que han ocupado y se beneficiará preferentemente a mujeres jefas
1) El documento presenta las disposiciones generales de la Ley de Estatuto Agrario de Paraguay, incluyendo los requisitos para ser beneficiario de tierras, las facilidades de pago, el régimen hereditario de tierras adjudicadas, y la prohibición de venta de derechos antes de los 10 años.
2) También cubre la parcelación de propiedades mayores, las colonizaciones y urbanizaciones de hecho, y el régimen aplicable a las transferencias a terceros de tierras sometidas a colonización privada.
3) Finalmente,
Proyecto de ley de arrendamientos inmobiliariosRafael Verde)
Este documento presenta la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios en Venezuela. La ley establece el marco jurídico para los arrendamientos de viviendas y locales comerciales. Incluye definiciones clave, principios como la justicia social y los derechos de los inquilinos, y prohibiciones como los desalojos arbitrarios. También crea un órgano administrativo para la protección de inquilinos y mecanismos como un censo de contratos de arrendamiento. El objetivo general es garantizar el derecho a la
Este documento presenta una ley para regular y controlar los arrendamientos inmobiliarios en Venezuela. Establece principios como la justicia social y proteger el derecho a la vivienda. Crea un órgano administrativo para hacer cumplir la ley y proteger los derechos de inquilinos. También prohíbe desalojos arbitrarios y establece regulaciones sobre anuncios de arrendamientos para prevenir la discriminación.
Este documento presenta una serie de modificaciones a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela. Los cambios incluyen ampliar el alcance de la ley para establecer las bases del desarrollo rural integral y sustentable, afectar el uso de todas las tierras con vocación agrícola, definir el latifundio y la tercerización, reconocer derechos de permanencia y adjudicación de tierras, y promover la organización colectiva en la producción agrícola. El objetivo general es eliminar el latifundio y
Decreto 4196 sobre cuarentena en BoliviaErbol Digital
El Gobierno emitió este martes el Decreto 4196, con el cual declara cuarentena nacional con la orden de que todos los habitantes permanezcan en sus domicilios a partir de las 17:00, bajo sanción de arresto de ocho horas.
Convenio Seguridad Social España y Ecuador IntegraLocal
El convenio de seguridad social entre España y Ecuador, publicado en el Boletín Oficial del Estado y que entró en vigor el 1 de enero de 2010, permite a los trabajadores ecuatorianos que cotizan en España disfrutar de las mismas prestaciones que los afiliados nacionales.
El decreto autoriza transferencias de fondos del gobierno boliviano para apoyar la recuperación de áreas afectadas por desastres naturales. Se autorizan transferencias a la Administradora Boliviana de Carreteras, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, y la Institución Pública Desconcentrada de Pesca y Acuicultura para rehabilitar infraestructura, cultivos y capacidad productiva perdidos. También se autorizan transferencias público-privadas para apoyar la recuperación agrícola y pecuaria.
Este documento contiene extractos del Código Civil peruano relacionados con los principios de la persona, fuentes de las obligaciones y contratos. Establece que toda persona es sujeto de derecho desde su nacimiento y que el varón y la mujer tienen igual capacidad de goce y ejercicio de derechos civiles. Además, define el contrato como un acuerdo entre dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial y establece disposiciones generales sobre su perfeccionamiento, contenido y efectos
Este documento presenta un proyecto grupal sobre la Política Nacional de Vivienda en Colombia. Describe los instrumentos de la política, incluyendo subsidios para vivienda, financiamiento, y apoyo a constructores. También analiza los elementos de la política como programas de subsidios y financiamiento de vivienda, así como los actores involucrados en su implementación. Finalmente, hace un diagnóstico de los esfuerzos del estado colombiano para establecer una política de vivienda que facilite el acceso a vivienda digna.
Este documento discute la protección de la vivienda en el Código Civil y Comercial de Argentina. Resume varios tratados internacionales y constituciones provinciales que reconocen el derecho a la vivienda. También examina la legislación de otros países latinoamericanos sobre el bien de familia. Finalmente, analiza las novedades que introduce el nuevo Código respecto al anterior régimen de bien de familia, como permitir afectaciones parciales de un inmueble.
Proyecto de Resolución: Subasta predio en el Barrio La Angelita en BeccarBrest Fabian Dario
Proyecto manifestando preocupación y solidarizacion con el reclamo de los vecinos del Barrio “La Angelita” con relación a la decisión de colocar en Subasta Pública Nacional 05/2017 para su posterior venta al predio ubicado en la intersección de las calles Tomkinson y Neuquén, perteneciente al mencionado barrio de acuerdo a lo establecido por Decreto del PEN N° 156/92 (Plan Arraigo) destinado originariamente para la urbanización social y regularización dominial, que actualmente la comunidad utiliza como espacio de recreación y actividades deportivas.
Cerros Orientales: Conocimiento de la reserva y Derechos Adquiridosmequedoenbogota
El documento describe las entidades a las que se puede solicitar documentación sobre la Reserva Forestal Protectora Bogotá Orientales y los tipos de derechos adquiridos reconocidos en la zona. Se reconocen derechos adquiridos para licencias obtenidas legalmente antes de la suspensión de la resolución que afectó la zona y para actuaciones radicadas antes o después de dicha suspensión, dependiendo de si se trata de licencias de urbanización o construcción.
El documento presenta una lista de medidas chilenas que afectan obligaciones en materia de inversión extranjera y comercio transfronterizo de servicios. Estas medidas incluyen restricciones a la propiedad de tierras estatales por parte de extranjeros, requisitos de empleo local para empresas y limitaciones a investigaciones científicas en zonas fronterizas y marítimas sin autorización gubernamental.
El documento discute una propuesta de ley de arrendamientos en Venezuela. Varios actores del sector inmobiliario argumentan que la ley perjudicaría desproporcionadamente a los propietarios e inquilinos al no mantener un equilibrio entre los derechos de ambas partes. También advierten que la ley podría reducir la oferta de viviendas en alquiler y aumentar el déficit habitacional en el país.
Este documento trata sobre la protección posesoria agraria en Venezuela. Define la posesión agraria como el ejercicio directo y continuo de actividades agrarias en tierras propias o ajenas. Explica que la protección posesoria agraria incluye acciones por la vía administrativa, como la garantía de permanencia, y por la vía judicial, mediante interdictos y la pretensión de permanencia agraria. El objetivo final es proteger la posesión de la tierra por parte de quien la trabaja.
Tuo expropiación de inmueblesd.s.011 2019-viviendaCarlosCaMor
Este decreto supremo aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. El texto único ordenado sistematiza las modificaciones realizadas por decretos legislativos anteriores a la ley original. El decreto supremo contiene tres artículos que aprueban el texto único ordenado, disponen su publicación y establecen su refrend
Este documento es un pagaré en el que Mario Alberto Correa Cerda se compromete a devolver un préstamo de $8.360.050 a CCAF Los Andes en 60 cuotas mensuales de $609.987 cada una, con un interés de 2,48% anual. Correa Cerda autoriza a su empleador a descontar las cuotas de su sueldo y, en caso de terminar su contrato laboral, del monto de su indemnización. Además, otorga un aval solidario a favor de CCAF Los Andes.
Aplicación
Art. 1.- La presente Ley se aplicará a los contratos de arrendamiento financiero y a los sujetos que los celebren.
En el texto de esta Ley, el arrendador financiero se denominará "el arrendador" y el arrendatario financiero se denominará "el arrendatario".
No se sujetarán a la presente Ley las operaciones de arrendamiento civil.
se entiende por arrendamiento financiero, el contrato mediante el cual el arrendador concede el uso y goce de determinados bienes, muebles e inmuebles, por un plazo de cumplimiento forzoso al arrendatario, obligándose este último a pagar un canon de arrendamiento y otros costos establecidos por el arrendador. Al final del plazo estipulado el arrendatario tendrá la opción de comprar el bien a un precio predefinido, devolverlo o prorrogar el plazo del contrato por períodos ulteriores.
Para efectos de la presente Ley, el objeto del arrendamiento financiero se denominarán "bien" o "bienes".
En la operación de arrendamiento financiero, es el arrendatario quien elige al proveedor y quien selecciona el bien. Por lo tanto, el arrendador no es responsable por los efectos jurídicos favorables o desfavorables de la elección del bien y del proveedor, salvo en los casos en que el arrendador sea el proveedor.
http://elcontadorpublico.com/
Decreto prorroga distanciamiento desde el 18 de sept. 2020Santiago Montiveros
Este decreto establece restricciones a la circulación en Mendoza del 20 al 22 de septiembre debido al aumento de casos de COVID-19. Se declara asueto en el sector público y privado de salud el 21 de septiembre para reconocer la labor de los trabajadores durante la pandemia. También se prorrogan las medidas de distanciamiento social hasta que se emita una nueva norma.
Este documento define y compara la propiedad civil y la propiedad agraria según la legislación venezolana. Explica que la propiedad agraria otorga el derecho de uso y disfrute de la tierra con fines agrícolas pero prohíbe su enajenación. También describe las manifestaciones del derecho de permanencia de acuerdo a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual garantiza a los campesinos la permanencia en las tierras que ocupan si se dedican a la producción agrícola.
Este documento describe diferentes tipos de envases y empaques, incluyendo micro corrugados, plegadizos, metálicos, de madera, vidrio, lata, papel y cartón y Tetra Brik. Explica que el material del envase debe adaptarse a las condiciones del producto. Concluye que el vidrio es el material más inocuo e inherente, ya que es más duradero y menos propenso a deteriorar el contenido con el tiempo.
Este documento resume diferentes métodos filosóficos a través de la historia, incluyendo la mayéutica de Sócrates, la dialéctica de Platón, la lógica de Aristóteles, la intuición de Descartes y otros filósofos. También discute métodos como la intuición, el discurso, el conocimiento holístico y la experiencia trascendental. Finalmente, clasifica diferentes métodos de investigación como deductivos, inductivos, fenomenológicos y cuantitativos/cualitativos.
Este documento presenta una serie de modificaciones a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela. Los cambios incluyen ampliar el alcance de la ley para establecer las bases del desarrollo rural integral y sustentable, afectar el uso de todas las tierras con vocación agrícola, definir el latifundio y la tercerización, reconocer derechos de permanencia y adjudicación de tierras, y promover la organización colectiva en la producción agrícola. El objetivo general es eliminar el latifundio y
Decreto 4196 sobre cuarentena en BoliviaErbol Digital
El Gobierno emitió este martes el Decreto 4196, con el cual declara cuarentena nacional con la orden de que todos los habitantes permanezcan en sus domicilios a partir de las 17:00, bajo sanción de arresto de ocho horas.
Convenio Seguridad Social España y Ecuador IntegraLocal
El convenio de seguridad social entre España y Ecuador, publicado en el Boletín Oficial del Estado y que entró en vigor el 1 de enero de 2010, permite a los trabajadores ecuatorianos que cotizan en España disfrutar de las mismas prestaciones que los afiliados nacionales.
El decreto autoriza transferencias de fondos del gobierno boliviano para apoyar la recuperación de áreas afectadas por desastres naturales. Se autorizan transferencias a la Administradora Boliviana de Carreteras, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, y la Institución Pública Desconcentrada de Pesca y Acuicultura para rehabilitar infraestructura, cultivos y capacidad productiva perdidos. También se autorizan transferencias público-privadas para apoyar la recuperación agrícola y pecuaria.
Este documento contiene extractos del Código Civil peruano relacionados con los principios de la persona, fuentes de las obligaciones y contratos. Establece que toda persona es sujeto de derecho desde su nacimiento y que el varón y la mujer tienen igual capacidad de goce y ejercicio de derechos civiles. Además, define el contrato como un acuerdo entre dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial y establece disposiciones generales sobre su perfeccionamiento, contenido y efectos
Este documento presenta un proyecto grupal sobre la Política Nacional de Vivienda en Colombia. Describe los instrumentos de la política, incluyendo subsidios para vivienda, financiamiento, y apoyo a constructores. También analiza los elementos de la política como programas de subsidios y financiamiento de vivienda, así como los actores involucrados en su implementación. Finalmente, hace un diagnóstico de los esfuerzos del estado colombiano para establecer una política de vivienda que facilite el acceso a vivienda digna.
Este documento discute la protección de la vivienda en el Código Civil y Comercial de Argentina. Resume varios tratados internacionales y constituciones provinciales que reconocen el derecho a la vivienda. También examina la legislación de otros países latinoamericanos sobre el bien de familia. Finalmente, analiza las novedades que introduce el nuevo Código respecto al anterior régimen de bien de familia, como permitir afectaciones parciales de un inmueble.
Proyecto de Resolución: Subasta predio en el Barrio La Angelita en BeccarBrest Fabian Dario
Proyecto manifestando preocupación y solidarizacion con el reclamo de los vecinos del Barrio “La Angelita” con relación a la decisión de colocar en Subasta Pública Nacional 05/2017 para su posterior venta al predio ubicado en la intersección de las calles Tomkinson y Neuquén, perteneciente al mencionado barrio de acuerdo a lo establecido por Decreto del PEN N° 156/92 (Plan Arraigo) destinado originariamente para la urbanización social y regularización dominial, que actualmente la comunidad utiliza como espacio de recreación y actividades deportivas.
Cerros Orientales: Conocimiento de la reserva y Derechos Adquiridosmequedoenbogota
El documento describe las entidades a las que se puede solicitar documentación sobre la Reserva Forestal Protectora Bogotá Orientales y los tipos de derechos adquiridos reconocidos en la zona. Se reconocen derechos adquiridos para licencias obtenidas legalmente antes de la suspensión de la resolución que afectó la zona y para actuaciones radicadas antes o después de dicha suspensión, dependiendo de si se trata de licencias de urbanización o construcción.
El documento presenta una lista de medidas chilenas que afectan obligaciones en materia de inversión extranjera y comercio transfronterizo de servicios. Estas medidas incluyen restricciones a la propiedad de tierras estatales por parte de extranjeros, requisitos de empleo local para empresas y limitaciones a investigaciones científicas en zonas fronterizas y marítimas sin autorización gubernamental.
El documento discute una propuesta de ley de arrendamientos en Venezuela. Varios actores del sector inmobiliario argumentan que la ley perjudicaría desproporcionadamente a los propietarios e inquilinos al no mantener un equilibrio entre los derechos de ambas partes. También advierten que la ley podría reducir la oferta de viviendas en alquiler y aumentar el déficit habitacional en el país.
Este documento trata sobre la protección posesoria agraria en Venezuela. Define la posesión agraria como el ejercicio directo y continuo de actividades agrarias en tierras propias o ajenas. Explica que la protección posesoria agraria incluye acciones por la vía administrativa, como la garantía de permanencia, y por la vía judicial, mediante interdictos y la pretensión de permanencia agraria. El objetivo final es proteger la posesión de la tierra por parte de quien la trabaja.
Tuo expropiación de inmueblesd.s.011 2019-viviendaCarlosCaMor
Este decreto supremo aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. El texto único ordenado sistematiza las modificaciones realizadas por decretos legislativos anteriores a la ley original. El decreto supremo contiene tres artículos que aprueban el texto único ordenado, disponen su publicación y establecen su refrend
Este documento es un pagaré en el que Mario Alberto Correa Cerda se compromete a devolver un préstamo de $8.360.050 a CCAF Los Andes en 60 cuotas mensuales de $609.987 cada una, con un interés de 2,48% anual. Correa Cerda autoriza a su empleador a descontar las cuotas de su sueldo y, en caso de terminar su contrato laboral, del monto de su indemnización. Además, otorga un aval solidario a favor de CCAF Los Andes.
Aplicación
Art. 1.- La presente Ley se aplicará a los contratos de arrendamiento financiero y a los sujetos que los celebren.
En el texto de esta Ley, el arrendador financiero se denominará "el arrendador" y el arrendatario financiero se denominará "el arrendatario".
No se sujetarán a la presente Ley las operaciones de arrendamiento civil.
se entiende por arrendamiento financiero, el contrato mediante el cual el arrendador concede el uso y goce de determinados bienes, muebles e inmuebles, por un plazo de cumplimiento forzoso al arrendatario, obligándose este último a pagar un canon de arrendamiento y otros costos establecidos por el arrendador. Al final del plazo estipulado el arrendatario tendrá la opción de comprar el bien a un precio predefinido, devolverlo o prorrogar el plazo del contrato por períodos ulteriores.
Para efectos de la presente Ley, el objeto del arrendamiento financiero se denominarán "bien" o "bienes".
En la operación de arrendamiento financiero, es el arrendatario quien elige al proveedor y quien selecciona el bien. Por lo tanto, el arrendador no es responsable por los efectos jurídicos favorables o desfavorables de la elección del bien y del proveedor, salvo en los casos en que el arrendador sea el proveedor.
http://elcontadorpublico.com/
Decreto prorroga distanciamiento desde el 18 de sept. 2020Santiago Montiveros
Este decreto establece restricciones a la circulación en Mendoza del 20 al 22 de septiembre debido al aumento de casos de COVID-19. Se declara asueto en el sector público y privado de salud el 21 de septiembre para reconocer la labor de los trabajadores durante la pandemia. También se prorrogan las medidas de distanciamiento social hasta que se emita una nueva norma.
Este documento define y compara la propiedad civil y la propiedad agraria según la legislación venezolana. Explica que la propiedad agraria otorga el derecho de uso y disfrute de la tierra con fines agrícolas pero prohíbe su enajenación. También describe las manifestaciones del derecho de permanencia de acuerdo a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual garantiza a los campesinos la permanencia en las tierras que ocupan si se dedican a la producción agrícola.
Este documento describe diferentes tipos de envases y empaques, incluyendo micro corrugados, plegadizos, metálicos, de madera, vidrio, lata, papel y cartón y Tetra Brik. Explica que el material del envase debe adaptarse a las condiciones del producto. Concluye que el vidrio es el material más inocuo e inherente, ya que es más duradero y menos propenso a deteriorar el contenido con el tiempo.
Este documento resume diferentes métodos filosóficos a través de la historia, incluyendo la mayéutica de Sócrates, la dialéctica de Platón, la lógica de Aristóteles, la intuición de Descartes y otros filósofos. También discute métodos como la intuición, el discurso, el conocimiento holístico y la experiencia trascendental. Finalmente, clasifica diferentes métodos de investigación como deductivos, inductivos, fenomenológicos y cuantitativos/cualitativos.
The document describes FAST (Forsythe Advanced Solution Tire), a company that recycles worn tires through a devulcanization process. It then manufactures new tires from the recycled material. The document outlines FAST's tire purchase process and recycling centers/dealerships. It also mentions a tire service app.
This document summarizes analytical work done to characterize the thickness and composition of thin semiconducting films. Rutherford backscattering spectroscopy (RBS) was used to non-destructively analyze film layer structure and elemental composition. Data from RBS was modeled using SIMNRA to determine film thickness, stoichiometry, and elemental layering. Some films showed uniform structure while others had non-uniformities that complicated analysis. Results from RBS and energy-dispersive X-ray spectroscopy (EDS) were complementary. Film characterization allows determining electrical properties and provides feedback for improving fabrication methods.
El documento habla sobre la aprobación de una nueva ley en la provincia de San Luis llamada Plan de Viviendas Radicar Salud. Esta ley proveerá viviendas a médicos y personal sanitario del interior de la provincia a través de créditos hipotecarios a bajo interés. Los municipios también donarán tierras para la construcción de estas viviendas con el objetivo de retener a los profesionales en las localidades donde trabajan.
Este documento establece facilidades administrativas para la regularización y escrituración de viviendas construidas o financiadas por instituciones públicas a través de la constitución del régimen de propiedad en condominio. Se otorgan trámites simplificados para la regularización de la construcción y propiedad de las unidades, y se emite una resolución de carácter general para condonar el pago de contribuciones y aprovechamientos. El Instituto de Vivienda será el encargado de expedir constancias de beneficiario y dar seguimiento a
En esta guía encontrarán todo lo que un ciudadano debe de conocer para sanear física y legalmente su propiedad.
Muchos peruanos no tienen títulos de propiedad, ello genera inestabilidad emocional, social, económica y política.
La propiedad es un refugio previsional, es una manera de capitalizarse e incrementar el patrimonio pero también un título de propiedad es un medio de financiamiento y de desarrollo de actividades empresariales. Al estar saneada la propiedad uno accede a créditos para desarrollar nuevos emprendimientos. Se alienta la inversión y mejora de las condiciones de vida.
Genera estabilidad emocional y los propietarios aseguran la transferencia de su propiedad a sus herederos, todo ello mejora el clima de confianza y da esperanza.
Convertir al Perú en un País de Propietarios es parte de la ansiada justicia social tan importante para alcanzar el desarrollo que nuestro país necesita.
Por un País de Propietarios con justicia social.
Eco. Juan Carlos Sánchez Montes de Oca
Este documento presenta el decreto 27 que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios en Chile. El objetivo del programa es mejorar la calidad de vida de las familias a través de obras de construcción y mejoramiento de equipamiento comunitario, viviendas y barrios. Se establecen cuatro capítulos que describen los diferentes tipos de proyectos elegibles para el programa. Adicionalmente, se define una serie de términos clave relacionados con el programa.
Este documento describe las diferentes modalidades del contrato de compraventa y las características de los bienes que pueden ser objeto de una compraventa. Explica que la compraventa puede ser de bienes existentes o futuros, y que en el caso de bienes futuros, el contrato está sujeto a una condición suspensiva de que el bien llegue a existir. También cubre temas como la compraventa de bienes del Estado y la posibilidad de gravar bienes futuros con hipotecas condicionales.
Este documento propone la creación de un programa llamado "Procrear Rural" para ofrecer créditos a tasa cero para la construcción, ampliación o refacción de viviendas de trabajadores rurales, contratistas y pequeños productores agrícolas. El programa busca mejorar la calidad de vida en zonas rurales y fomentar el arraigo de familias en esas áreas. Los créditos se otorgarían a través de los municipios y se enfocarían en viviendas básicas, compra de terrenos y conexión de servic
La ley establece un régimen especial para la titularización de viviendas construidas por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo que aún no han sido escrituradas. El régimen busca regularizar la situación jurídica de los beneficiarios para que obtengan el dominio pleno de las viviendas a través de escrituras. Se definen los sujetos legitimados y excluidos, los procedimientos de escrituración, la determinación de precios y facilidades de pago, y se faculta al poder ejecutivo a reglamentar la le
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...Oscar Carmona Beltrán
Este documento presenta un programa general mediante el cual se condonará el pago del impuesto predial para la regularización fiscal de inmuebles constituidos bajo el régimen de propiedad en condominio antes del 31 de diciembre de 2009 y que no se encuentren registrados en el padrón catastral. Los interesados deberán presentar durante 2014 una solicitud con documentación específica para acceder a la condonación del 100% de los adeudos prediales y sus accesorios. El objetivo es apoyar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus oblig
El documento describe una solicitud de medida cautelar presentada ante un juzgado para evitar el desalojo de varias familias de unos terrenos en los que se habían establecido. El juzgado considera que existe verosimilitud en el derecho invocado a la vivienda digna y que el desalojo pondría en peligro a las familias. Por lo tanto, se dispone una medida precautelar hasta tanto se puedan recabar más informes y analizar adecuadamente la situación, a fin de proteger los derechos de los grupos vulnerables.
El documento describe una solicitud de medida cautelar presentada ante un juzgado para evitar el desalojo de varias familias de unos terrenos en los que se habían establecido. El juzgado considera que existe verosimilitud en el derecho invocado a la vivienda digna y que el desalojo pondría en peligro a las familias. Por lo tanto, se dispone una medida precautelar hasta tanto se puedan recabar más informes y analizar adecuadamente el caso, a fin de proteger el derecho en juego.
1) El documento establece un Sistema Federal de Vivienda en Argentina con el objetivo de facilitar el acceso a viviendas dignas para personas con recursos insuficientes. 2) Se crea un Fondo Nacional de Vivienda financiado por impuestos a combustibles y otros recursos para ser distribuido entre provincias. 3) También se establece un Consejo Nacional de Vivienda para coordinar el sistema y regularización dominial de viviendas construidas con anterioridad.
En esta guía encontrarán todo lo que un ciudadano debe de conocer para sanear física y legalmente su propiedad.
Muchos peruanos no tienen títulos de propiedad, ello genera inestabilidad emocional, social, económica y política.
La propiedad es un refugio previsional, es una manera de capitalizarse e incrementar el patrimonio pero también un título de propiedad es un medio de financiamiento y de desarrollo de actividades empresariales. Al estar saneada la propiedad uno accede a créditos para desarrollar nuevos emprendimientos. Se alienta la inversión y mejora de las condiciones de vida.
Genera estabilidad emocional y los propietarios aseguran la transferencia de su propiedad a sus herederos, todo ello mejora el clima de confianza y da esperanza.
Convertir al Perú en un País de Propietarios es parte de la ansiada justicia social tan importante para alcanzar el desarrollo que nuestro país necesita.
Por un País de Propietarios con justicia social.
Eco. Juan Carlos Sánchez Montes de Oca
Precandidato al Congreso de la República
Este decreto reglamenta un programa municipal para mejorar las viviendas de la población más vulnerable de Santa Fe de Antioquía. El programa asigna recursos del presupuesto para proyectos de mejoramiento de vivienda dirigidos a familias pobres que cumplan ciertos requisitos como estar en el Sisbén y a paz y salvo con el impuesto predial. El decreto establece un comité de adjudicación, especifica los materiales y mano de obra que se usarán, y entrega subsidios en especie para mejorar viviendas deficientes en sect
Minuta de reforma al reglamento de propiedad horizontal finalcantapiedra
Este documento propone reformas al reglamento de propiedad horizontal de la urbanización Canta Piedra. Las reformas incluyen: 1) Asignar el uso exclusivo de terrazas contiguas a los apartamentos 301 y 302; 2) Modificar artículos relacionados con el presupuesto, cuotas de mantenimiento, mora e incumplimiento de pagos; 3) Actualizar artículos sobre derechos, deberes y prohibiciones de los propietarios. Las reformas fueron aprobadas por la asamblea de propietarios.
Por el cual se decretan medidas sobre fuentes de financiamiento en virtud del estado de emergencia económica, social, y ecológica declarado mediante el Decreto 4580 de 2010
Este documento presenta la Ley de Expropiación de México. Establece las causas de utilidad pública que justifican la expropiación de bienes, como la construcción de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos. Describe el proceso de expropiación, incluyendo la declaración de utilidad pública, la notificación a propietarios, la determinación de la indemnización y la impugnación judicial. También regula la ocupación temporal de bienes y la limitación de derechos de propiedad por razones de interés público.
El documento resume los principales aspectos de la Ley 6186 sobre crédito agrícola en la República Dominicana. Explica que la ley tiene como objetivo fomentar la producción agrícola mediante el crédito. Describe los tipos de crédito y garantías que establece la ley, incluyendo la prenda sin desapoderamiento, y los procedimientos para la constitución y ejecución de estos contratos de garantía.
Este decreto establece disposiciones para hacer frente a la emergencia económica, social y ecológica en Colombia debido a los efectos de La Niña 2010-2011. Faculta al Fondo Nacional de Vivienda para ejecutar proyectos de vivienda para familias afectadas por las inundaciones a través de contratos de fiducia mercantil. También modifica los subsidios de vivienda para que las familias afectadas puedan acceder nuevamente a ellos y aplicarlos a cualquier proyecto de vivienda social o prioritaria.
El documento resume los principales beneficios tributarios para proyectos de vivienda de interés social (VIS) y vivienda de interés prioritario (VIP) en Colombia. Estos incluyen la exención del impuesto sobre la renta para la utilidad generada por proyectos VIS/VIP desarrollados a través de patrimonios autónomos, así como la exención en la ganancia ocasional para la enajenación de predios destinados a dichos proyectos. También se mencionan devoluciones parciales del IVA y valores máxim
Este documento presenta la Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico aprobando las nuevas Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico. El Tribunal designó un Comité Asesor Permanente en 2005 para evaluar y actualizar las reglas vigentes. Luego de un extenso proceso de revisión e input de la comunidad jurídica, el Comité presentó su informe final en 2007. El Tribunal realizó varios esfuerzos adicionales de divulgación y recopilación de comentarios. Finalmente, el Tribunal aprobó las nuevas reglas, con algunos
Este documento resume un caso sobre discrimen por discapacidad presentado contra el Departamento de la Familia bajo la Ley Núm. 44. El Tribunal de Primera Instancia falló a favor del demandante y ordenó el pago de $100,000, incluyendo una doble penalidad. El Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia pero redujo la cuantía a $75,000. El Tribunal Supremo debe determinar si procede imponerle al Estado el pago de una doble penalidad a pesar de la prohibición de daños punitivos contra el Estado en la Ley Núm
The document is a letter from Enigma Club DJs and its president José Luis Rosario Vargas to Ms. Jill M. Rapp proposing two concert events featuring artists from different decades of music. They request a meeting to discuss the proposal for a "Dance Music Extravaganza Concert" and "Golden Icons Music Concert" that would showcase artists like Barbara Streisand, Tina Turner, Banarama, Depeche Mode, Culture Club, and Billy Idol over multiple nights and stages to provide an experience never before seen.
Enigma Club DJs and its president José Luis Rosario Vargas offer a firm and professional musical greeting. They invite the recipient to join them in making history through collaborative live concerts that will leave a tremendous musical legacy and break conventions in music industries worldwide by uniting societies on a single exclusive stage. Together through music, they can communicate a message of universal oneness and identity.
Este documento proporciona una guía para convertirse en un defensor efectivo y marcar una diferencia. Explica los cinco pasos de la autodefensa, incluyendo conocer las leyes, desarrollar recursos, hacer valer sus derechos, solicitar cambios y realizar seguimiento. También ofrece consejos sobre qué hacer y qué no hacer, ejemplos comunes de reclamos relacionados con la accesibilidad y las leyes aplicables, y escenarios que plantean preguntas sobre si es necesaria una vía de acceso en determinadas situaciones
The document is a proposal from Enigma Club DJs to 98.9 WMMO radio station requesting a meeting to discuss hosting two concert events featuring classic artists from different decades. The proposal includes the event names, schedule with two concerts held each month, and lists over 30 classic artists that would be featured, grouped together on the same stage. The proposal seeks to provide an unforgettable experience for music fans and hopes to work with the radio station to make the events a success.
The document is a proposal from Enigma Club DJs and its president José Luis Rosario Vargas to 98.9 WMMO radio station. It proposes two concert events called "Dance Music Extravaganza Concert" and "Golden Icons Music Concert" featuring artists from different decades. It requests a meeting to discuss the details of presenting a major concert event that has never been done before and would feature selected artists on one stage for 5 hours, held twice a month. The proposal aims to provide opportunities for professional achievement and showcase their talents.
Doc Mr. Glenn Hamilton 97.3 iHeart Media PA Enigma Club Dj's Music Proposal.
ADA Viviendas Y Conseciones
1. 10· J"7- P :::
-
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO -
DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
SAN JUAN, PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE ESTADO
, NÚlTI. Reglalnento 7381
Fecha Rad: 10 de julio de 2007
Aprobado: I-lon. Fernando J. BQnilla , ...--'----.,
Secrétari~~~_.~(
Por· ~ ~:-~_--" . L!
. --~ -==--...,~ '. '~
Francisco José M'trtín ~asQ
Secretario Auxiliar de Servicios
REGLAMENTO PARA ESTABLECER LAS RESERVA DE UNiDADES DE
VIVIENDA A PERSONAS CON IMPEDiMENTOS Y DE EDAD AVANZADA Y
PARA LA CONCESiÓN DE LOS BENEFICIOS CONTRIBUTIVOS CONFORME A
LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NÚMERO 213 DE 29 DE AGOSTO DE 2000,
SEGÚN ENMENDADA
2. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE LA VIVJ.ENDA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
SAN JUAN, PUERTO RICO
REGLAMENTO PARA ESTABLECER LAS RESERVA DE UNIDADES DE
VIVIENDA A PERSONAS CON IMPEDIMENTOS Y DE EDAD AVANZADA Y PARA
LA CONCESiÓN DE LOS BENEFICIOS CONTRIBUTIVOS CONFORME A LAS
DISPOSICIONES DE LA LEY NUMERO 213 DE 29 DE AGOSTO DE 2000, SEGÚN
ENMENDADA
ARTICULO ¡ - TfTULO
El presente reglamento se conocerá como "REGLAMENTO PARA ESTABLECER
LA RESERVA DE UNIDADES DE VIVIENDA A PERSONAS CON IMPEDIMENTOS
Y DE EDAD AVANZADA Y PARA LA CONCESION DE LOS BENEFICIOS
CONTRIBUTIVOS" Ypodrá citarse como tal.
ARTICULO 11 - BASE LEGAL
Este Reglamento se adopta al amparo de la Ley Núm, 213 de 29 de agosto de
2000, según enmendada, y la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según
enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico",
ARTICULO 111 - PROPÓSITO
El Oepartamento de la Vivienda y el Departamento de Hadenda adoptan este
Reglamento para establecer los procedimientos bajo los cuales se dará
cumplimiento a la Ley 213 de 29 de agosto del 2000, según enmendada. ~
Dicha ley requiere a los -desarrolladores de proyectos de viviendas de interés social
aprobados y subsidiados total o parcialmenté por el Gobierno del Estado libre
Asociado de Puerto Rico a reservar un cinco (5) por ciento del total de unidades de
viviendas para destinarlas como residencias para personas de edad avanzada o
personas con impedimentos, que cualifiquen para adquirir las mismas. Se definen
los conceptos básicos, incluyendo el de diseño universal y vivienda adaptada o
adecuada.
3. Ambos departamentos establecen el procedimiento para que los -desa-rrolladores
soliciten la certificación de cumplimiento al Departamento de la Vivienda y
posteriormente la exención al Departamento de Hacienda"
ARTíCULO IV - DEFINICIONES
Para propósito de este Reglamento los términos mencionados a continuación
significarán:
A. lCCertificación de Cumplimiento"- comunicación escrita emitida por el
Departamento de la Vivieri"da. que confirma que el desarrollador cumplió con
el requisito de reservar un 5 por ciento del total de las viviendas, las cuales
reúnen los requisitos establecidos por el Departamento de la Viv~nda. en
términos de que son adecuadas para destinarlas a personas de edad
avanzada o a personas con impedimentos, que cualifiquen para adquirir las
mismas. El Secretario(a) de la Vivienda para emitir la certificación de
cumplimiento podrá requerirle al desarrollador todos los documentos e
información que estime pertinente, incluyendo pero no limitándose a
permisos de uso, declaraciones-o juradas, certificaciones de construcción y
documentos similares. Esta certificación de cumplimiento no implicará una
aprobación de la exención contributiva al desarrollador.
B, Código - Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada,
conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994".
C. Departamento de Hacienda. - es el Departamento de Hacienda del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico. creado por la Secci'ón VI del Artículo 10 de la
Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Ley Núm. 230 de
~
23 de julio de 1974, según enmendada. conocida como "Ley de Contabilidad
del Gobierno de Puerto Rico",
D. Contador Público Autorizado o ePA - "Contador Público Autorizado o CPA".-
Contador con licencia vigente para ejercer la contabilidad pública en el
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, emitida bajo la Ley Núm, 293 de 15
de marzo de 1945. según enmendada. conocida como la Ley de Contabilidad
Pública de Puerto Rico de 1945.
2
4. E. Determinación Administrativa -"Determinación Administrativa"- La concesión
emitida de conformidad con los requisitos establecidos en el inciso O del
Artículo IX, mediante la cual el Secretario Auxiliar de Rentas Internas del
Departamento de Hacienda, certifica que el desarrollador cumplió con los
-
requisitos de la Ley Núm. 213 de 29 de agosto del 2000, para reclamar la
exención contemplada en el Artículo IX.
F. Departamento de la Vivienda. - es el Departamento de la Vivienda de Puerto
Rico, creado de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 97 de 10
de junio de 1972, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del
Departamento de la Vivienda de Puerto Rico".
-G. Desarrollador - toda persona natural o jurídica que se dedique a la
-
planificación, construcción y venta de proyectos de viviendas.
H. Diseño Universal - significa todo equipo, material o servicio disponible en la
estructura de vivienda que pueda ser utilizado y accesible a cualquier
población sin importar si los futuros residentes poseen o no, algún tipo o nivel
de impedimento físico. mental o cognoscitivo.
l. Exención - es el beneficio' contributivo otorgado por el Secretario de
Hacienda, en beneficio· de un desarrollador por medio de un Certificado de
Aprobación, al amparo de la ley.
Para solicitar este beneficio, el desarrollador deberá primero tramitar con el
Departamento de la Vivienda la IICertificación de cumplimiento".
Consistirá en la exención del pago de contribuciones sobre ingresos por las
ganancias que reciba un desarrollador de proyectos de viviendas de interés
social aprobados y subsidiados total o parcialmente por el Gobierno del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por concepto de venta de unidades de
vivi"enda a personas de edad avanzada o a personas con impedimentos.
J. Ley - significará la Ley Número 213 de 29 de agosto de 2000, según
enmendada.
K. Persona con impedimento - se refiere a toda persona que tiene un
impedimento físico, mental o cognoscitivo que limita sustancial y
permanentemente una o más actividades esenciales de su vida; tiene un
3
5. --
historial o récord médico de impedimento físico, mental o cognoscitivo; o se
considera que tiene un impedimento físico, mental o cognoscitivo. No aplica
a impedimentos de corta duración.
L. Persona de edad avanzada - toda persona de sesenta (60) años de edad o
más.
M. Persona cualificada - toda persona de edad avanzada o persona con
impedimento.
N. Vivienda adecuada o adaptada - vivienda construida con las guias mínimas
del concepto de vivienda -universal a la cuaL se le incorporen los equipos y
aditamentos necesarios de acuerdo a las necesidades de las personas con
impedimentos y/o edad avanzada que adquieren la misma.
O. Proyecto de vivienda - significa proyectos de nueva construcción de
viviendas de interés social aprobado y subsidiado total o parcialmente por el
Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
P.' Terminación del proyecto - para propósitos de exención contributiva bajo
este Reglamento, significa el momento en que el contratista del proyecto
certifica al desarrollador la terminación del cien por ciento (100%
) del
proyecto de vivienda. Para propósitos de la liberación dispuesta en el
artículo VI de este Reglamento, terminación del proyecto significa en aquellos
proyectos que se desarrollen por etapas, el momento en que el contratista
del proyecto certifique al desarrollador la terminación de cada etapa. Cuando
el proyecto de vivienda se desarrolle en una sola etapa. significa el momento
en que el contratista del proyecto certifica al desar-rollador la terminación del
cien por ciento (100%
) del proyecto de vivienda.
Q. Vivienda - toda estructura destinada a vivienda individual o colectiva. que
cualifique como vivienda de interés social. de acuerdo a ta Ley Núm. 47 de
26 de junio de 1987, según .enmendada, y cuyo desarrollo o construcción
haya comenzado después de la aprobación de la ley.
R. Secretario de Hacienda - Secretario del Departamento de Hacienda del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
4
6. s. Secretario de la Vivienda - Secretario del Departamento de la "0vienda del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
T. Secretario Auxiliar de Rentas Internas - Secretario Auxiliar del Área de
Rentas Internas del Departamento de Hacienda y representante autorizado
del Secretario de Hacienda.
ARTíCULO V - RESERVA DE VIVIENDAS
El Desarrollador de proyectos de viviendas de interés social aprobados y
subsidiados total o parcialmente por el Gobierno '1. del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, deberá reservar un cinco (5) por ciento del total de viviendas. a fin de
-
destinarlas como residencias para personas de edad avanzada y persenas con
impedimentos, que cualifiquen para adquirir las mismas. :. Dichas unidades de
vivienda no podrán estar concentradas en un sector particular del proyecto, a
menos que la naturaleza del mismo no lo permita.
Si el proyecto se desarrolla por etapas y en la fase de preventa de las unidades de
vivienda hay compradores que cualifiquen y/o estén cubiertos por las disposiciones
de la Ley Núm. 213, supra, el desarrollador deberá reservar proporcionalmente
unidades de vivienda adecuadas desde la primera etapa (ej. dos etapas de 100
unidades cada una, serían 5 unidades por etapa).
Si en la fase de preventa no hay compradores cubiertos por la Ley Núm. 213. supra,
el desarrollador no estará obligado a reservar unidades de vivienda adecuadas en la
primera etapa del proyecto, pero si a reservarlas en las siguientes etapas, a base
de la totalidad de las unidades de vivienda.
El Secretario de la Vivienda podrá iberar al desarrollador de la obligación de
reservar por etapas cuando se imposibilite la viabilidad del proyecto y por aquellas
razones que no hagan factible que se reserven unidades de vivienda adecuadas en
cada etapa det proyecto.
=-
Las viviendas incluidas en la reserva aquí establecida. tendrán que ser construidas
utilizando el concepto de diseño universal o con los requisitos y características
indispensables mínimas para satisfacer las necesidades de las personas con
impedimentos o de edad avanzada.
5
7. Se recomienda a los desarrolladores que utilicen el asesoramiento del P~ograma de
Asistencia Tecnológica de la Universidad de Puerto Rico en lo referente al diseño
de la vivienda utilizando el concepto de diseño universal.
ARTíCULO VI - LIBERACiÓN
Si al momento de terminarse el proyecto pe vivienda. las unidades de vivienda
reservadas no se han opcionado o vendido a personas de edad avanzada o
personas con impedimentos, el desarro1ador está autorizado a ofrecer y vender las
unidades reservadas al mercado -en general, sin suj.eción a la reserva dispuesta en
este reglamento.
Cuando el proyecto de vivienda se desarrolle por etapas, la liberación antes
dispuesta aplicará a cada una de estas.
La eXénción contributiva dispuesta en el artículo IX de este Reglamento estará
disponible al momento de la terminación del cien por ciento (100%) del Proyecto.
ARTíCULO VII - RESTRICCIONES
El beneficiario no podrá arrendar la prop'iedad ni destinarla a otro uso que no sea el
de su residencia habitual y permanente.·- Dicha condición deberá estar incluida en la
escritura de compraventa de la unidad de vivienda.
En caso de muerte del beneficiario. sus herederos podrán solicitar al Secretario de
la Vivienda. mediante comunicación escrita. que la unidad de vivienda sea liberada
de las condiciones restrictivas establecidas en este Reglamento.
El Secretario de la Vivienda podrá establece~ las condiciones restrictivas, que a su
discreción entienda protegen los mejores intereses del Pueblo de Puerto Rico.
ARTíCULO VIII - DEBERES DEL DESARROLLADOR
Las viviendas incluidas en la reserv~ establecida en este Reglamento tendrán que
ser construidas utilizando el concepto de diseño universal o con los requisitos y
características indispensables mínimas para satisfacer las necesidades de las
personas con impedimentos Y de edad avanzada.
6
8. El desarrollador deberá incluir en todas sus promociones de _ventas, la
disponibilidad de estas viviendas para personas de edad avanzada o con
impedimentos de forma legible y en la misma proporción que el anuncio de las
demás características del proyecto. Esto se hará en todo anuncio, folleto publicado,
hoja de promoción, así como cualquier propaganda utilizada para promover la venta
de dicho proyecto de vivienda. Copia fiel y exacta de dichas publicaciones deberán
ser notificadas a las Oficinas del (la) Procurador (a) de las Personas de Edad
Avanzada y el (la) Procurador (a) de las Personas con Impedimentos. Además. el
desarrollador deberá obtener los permisos aprobados para el proyecto y enviar una
comunicación a dichas oficinas sobre la disponibilidad de vivienda para la clientela
que atienden.
El desarrollador deberá mantener un anuncio en un lugar conspicuo de su oficina
de ventas.
Copia fiel y exacta de cada una de las publicaciones deberá ser mantenida en los
archivos del desarrollador para inspección y examen de las agencias concernidas.
ARTíCULO IX - EXENCIONES CONCEDIDAS
A. Exención de contribución- sobre ingresos sobre las ganancias en la venta a
personas cualificadas.- Sujeto a los siguientes requisitos, las ganancias que
reciba un desarrollador de proyectos de viviendas nuevas, por concepto de la
venta del cinco (5) por ciento de las unidades de vivienda de un proyecto
destinadas a personas de edad avanzada y a personas con impedimento
estarán exentas del pago de las contribuciones sobre· ingresos impuestas por el
Código:
(1) El proyecto de viviendas deberá ser de interés social, según se
define en la Ley Núm. 47 de 26 de junio de 1987. según
enmendada.
(2) Su construcción deberá comenzar con posterioridad al 29 de
agosto de 2000.
(3) El desarrollador deberá reservar un cinco (5) por ciento del total
de viviendas. para destinarlas como residencias para
7
9. personas de edad avanzada o personas con impedimentos,
que cualifiquen para adquirir las mismas.
(4) Solicitar al Secretario de la Vivienda una Certificación de
Cumplimiento, en la que establezca que el desarrollador cumple
con los requisitos establecidos bajo la ley.
(5) Solicitar al Secretario de Hacienda una determinación
administrativa. conforme los requisitos establecidos en el inciso
D del AriíCUI? XI de este Reglamento. en la que el Secretario
Auxiliar de Rentas Internas. ó su representante autorizado
certifique que el desarrollador cumplió con los requisitos que
exige la ley, por lo que puede reclamar la exención que dispone
la misma.
(6) La determinación administrativa se hará formar parte de la
planilla de contribución sobre ingresos del desarrollador, para
el año en que reclame la exención.
B. Cómputo de la exención.- Antes de hacer el cómputo de este beneficio, el
Secretario de la Vivienda, determinará la proporción del proyecto de vivienda
que será dedicada a unidades de vivienda para personas de edad avanzada, y
con impedimentos.
C. Interrelación con otras leyes y Reglamentos: Las disposiciones de la Ley no
podrán combinarse con otros beneficios otorgados bajo otras leyes con
respecto a las mismas unidades de viviendas para lo~ cuales se solicitaron los
beneficios de esta Ley.
O. Disponibilidad del beneficio
-
(i) El beneficio provisto en el inciso (A) de este Articulo... estará disponible
luego de que se complete el proyecto de vivienda con relación al cual se le
-
concederá la exención y se cumpla con los demás requisitos impuestos en
este reglamento.
(ii) El beneficio provisto al amparo de la ley estará disponible una vez el
,"""
Secretarió de Hacienda. certifique la disponibilidad del beneficio. El
8
10. Secretario de la Vivienda y el Secretario de Hacienda, podrán r~querirle al
desarrollador todos los documentos e información que estimen necesarios
para certificar el proyecto de vivienda y la terminación del mismo, incluyendo
pero no limitándose a permisos de uso, declaraciones juradas y
certificaciones de construcción y documentos similares;
E. Arrastre del Beneficio.- Todo Beneficio no utilizado en el año contributivo en
que se aprobó, será renunciado por el desarrollador.
F. Cesión del Beneficio.- El beneficio provisto bajo esta ley no podrá ser cedido,
vendido o de cualquier modo transferido por el.desarrollador, en su totalidad o
parcialmente.
G. Error en el cómputo de la exención.- Si por error el Departamento de Hacienda,
concede a un desarrollador una exención mayor a la que-le correspondía, este
exceso se adeudará por el desarrollador como contribución sobre ingresos,
incluyendo cualesquiera intereses, recargos y penalidades aplicables desde la
, fecha en que la referida exención fue utilizada. El Secretario de Hacienda,
nótificará al Departamento de la Vivienda el exceso del beneficio en un término
de treinta (30) días a partir de la fecha de haberse percatado del error.
Ningún contribuyente que tenga derecho a una exención y que no utilice dicha
exención contra su obligación contributiva, tendrá bajo ninguna circunstancia, la
alternativa de solicitar del Oepartamento de Hacienda o del Departamento de la
Vivienda, que se le reintegre en efectivo por la cantidad del beneficio que no ha
utilizado.
H. Exención de la parte proporcional de la gananda cuando la venta es a
personas no cualificadas. Si al momento de terminarse el proyecto, el
desarrollador no ha podido vender algunas de las unidades que forman parte
del cinco (5) por ciento de viviendas adecuadas a personas de edad
avanzada o a personas con impedimentos, entonces podrá venderlas al
mercado en general una vez haya obtenido autorización del Secretario del
Departamento de la Vivienda y haya notificado al Secretario de Hacienda a
tales efectos. Disponiéndose, que podrán beneficiarse de una exención del
..~
pago de las contribuciones sobre ingresos que impone el Código con
9
11. respecto a la parte proporcional de la ganancia que represenje el costo
adicional incurrido, que sea consecuencia de adecuar la vivienda para el uso
de personas de edad avanzada y con impedimentos. Véase ejemplo
próximo. Dicha exención estará sujeta a los mismos requisitos establecidos
-
en el inciso A de este artículo. No obstante, la solicitud de determinación
administrativa deberá acompañar todas las evidencias que se requieren en el
inciso D del Artículo XI y deberá fundamentar con prueba fehaciente la
distinción entre las ganancias con respecto a las unidades que cualifican
para la exención descrita -en este párrafo y Iªs que cualifiquen bajo el inciso
A.
Ejemplo:
Costo de vivienda regular $ 90,000
Costo adicional por adecuar la vivienda $ 10,000
Total del costo de la vivienda adecuada $100,000
Parte proporcional del costo por adecuar vivienda:
$ 10,000 =.10
$100,000
Precio de Venta : ~ $130,OOO
Menos Costo _ $100,000
Ganancia realizada ~ 30,000
Ganancia Exenta $30,000 x .10.................................... 3,000
Ganancia Tributable $ 27,000
ARTicULO X - SOLICITUD; REQUISITOS; DERECHOS
A. Todo desarrollador que interese obtener una exención al amparo de
este reglamento, deberá presentar una solicitud en el Departamento
de la Vivienda, con los documentos e información que sean requeridos
por el Secretario de la Vivienda a tales efectos.
luego de presentar la solicitud en el Departamento de la Vivienda,
copia de la misma deberá ser presentada en la Secretaria de Rentas
Internas del Departamento de Hacienda. La certificación de
cumplimiento no significa una aprobación de la exención contributiva.
8. Reqt;¡sitos; Derechos.- Entre la información y documentos que podrá
requerir el Secretario de la Vivienda, se encuentran los siguientes:
10
12. (1) Una declaración jurada que contenga en de!~lIe _~a siguiente
información:
Nombre. dirección y número de seguro social del
desarrollador;
Nombre y dirección del representante legal del
desarrollador;
Nombre y número de seguro social de los accionistas, si el
desarroll~_dor es una corporación, o de los socios, si es una
sociedad:
Disposición legal bajo la cual se solicita el beneficio _y
explicación de por qué entiende que cualifica;
Localización y descripción del proyecto de vivienda a
construirse;
Fecha estimada de comienzo y terminación del proyecto;
La proporción (expresada como una fracción del número
total de viviendas) del proyecto de vivienda que será
dedicada a vivienda para personas de edad avanzada o con
impedi,mentos.
(2) La radicación de la solicitud deberá venir acompañada de copia
del permiso de urbanización expedido por la Administración de
Reglamentos y Permisos (ARPE). según la etapa en que se·,
encuentre y copia de cualquier otro permiso expedido.
(3) Al presentar la solicitud en el Departamento de la Vivienda, el
desarrollador deberá acompañar la misma con un cheque
certificado o giro postal por la 'cantidad de quinientos dólares
($500.00) a favor del Secretario de la Vivienda para cubrir los
~
gastos de trámite. -
(4) Cualquier otro documento o información que el desarrollador
estime conveniente someter o que el Secretario de la Vivienda
-1' requiera para llevar a cabo un examen completo y cabal de la
solicitud del desarrollador.
11
13. ARTíCULO XI - APROBACiÓN DE LA SOLICITUD
A. El Secretario de la Vivienda. evaluará toda solicitud de acuerdo a las
disposiciones de este reglamento dentro de un término no mayor de sesenta
(60) días laborables del recibo de la solicitud. En la evaluación de la
--
solicitud, el Secretario de la Vivienda, deberá considerar si el desarrollador
cumplió cabalmente con los requisi~os y criterios establecidos en la Ley
Número. 213, supra, yen este reglamento.
El Secretario de la Vivienda, podrá considerar la proporción de viviendas
existentes y futuras del desarrollador, así cQ~mo el por ciento de capacidad
que beneficiará a personas con impedimentos o de edad avanzada. El
Secretario de la Vivienda, podrá tomar en consideración cómo el proyecto de
vivienda propuesto beneficiará el bienestar de la comunidad impactada y
cómo el mismo sirve para cumplir los propósitos de la ley.
B. Requisitos de elegibilidad para conceder los beneficios.
1. Certificación de Cumplimiento.- De conformidad con los reglamentos
aplicables, el Secretario de la Vivienda acreditará mediante una
Certificación de Cumplimiento, que el proyecto cumple con todos los
requisitos establecidos en la· ley. Dicha Certificación será remitida tanto
al Secretario de Hacienda como al desarrollador. La misma incluirá:
a. nombre del desarrollador;
b. número de cuenta patronal o de seguro social;
c. localización del proyecto;
d. fecha de comienzo del proyecto;
e. costo total del proyecto;
f. total de unidades de vivienda del proyecto, costo por unidad y precio
de venta:
g. total de unidades de vivienda que fueron adecuadas para ser
destinadas a personas de edad avanzada y con impedimento, costo
por unidad adecuada y precio de venta;
]2
14. h certificación de que las unidades de vivienda destin~.?as_9 personas
de edad avanzada y a personas con impedimentos cumplen con las
especificaciones requeridas por las leyes federales y locales.
aplicables por lo que son adecuadas para el uso de dichas
personas;
Informe de los Procedimientos de Auditoría Previamente
Acordados, según lo requiere el inciso C de este artículo: y
j. certificación de q~e el desarrollador y sus accionistas o socios están
al día en todas las contribuciones y~'pagos impuestos por el Estado
Libre, Asociado de Puerto Rico y sus Municipios, incluyendQ
aquéllos en los que actúa como agente retenedor.
La emisión de la Certificación de Cumplimiento y el hecho de que la
misma sea referida al Secretario de Hacienda no autoriza al
desarrollador a disfrutar de la exención provista en la ley. Para
tener derecho a dicha exención es necesario que el desarrollador
cumpla con los requísit~s de solicitar y obtener una determinación
administrativa conforme al inciso O de este Artículo.
C. Informe de los Procedimientos de Auditoría -Previamente Acordados.- El
desarrollador contratará un Contador Público Autorizado (CPA), debidamente
registrado en el Departamento de Hacienda, para certificar las partidas
relacionadas con el proyecto. Los requisitos y procedimientos para que el ePA,
pueda registrarse, serán publicados mediante Carta ~jrcular del Departamento
de Hacienda. No deberá existir ninguna relación de negocios entre el Contador
Público Autorizado y el desarrollador o sus inversionistas, excepto por la
ejecución de la auditoría y los procedimientos de AudiJoría Previamente
Acordados. Ningún Contador Público Autorizado que sea el contador del
desarrollador o que mantenga los libros de éste, podrá ser el Contador Público
Autorizado que certifique el proyecto. El Contador Público Autorizado contratado
realizará los procedimientos de auditoría previamente acordados. según
especificados por el Secretario de Hacienda mediante Carta Circular.
13
15. En el mencionado informe, el Contador Público Autorizado certificará si las
cantidades representan justamente los costos de construcción del proyecto y
constatará que se trate de costos razonables conforme a los principios de
contabilidad generalmente aceptados. Asimismo, debe distinguir entre el costo
-
por unidad de una vivienda regular y el costo de las viviendas adecuadas para
ser destinadas a personas de edad avanzada y a personas con impedimentos.
El informe debe ser específico en cuanto a las partidas de costos, detallando
cada una de las que forma parte del costo por unidad. Disponiéndose, que debe
presentarse un desglose de -todas las partidas.... de costo que representen los
costos adicionales que sean consecuencia de adecuar una vivienda regular a
una para el uso de personas de edad avanzada o con impedimentos., Dicho
informe debe formar parte de la Certificación -de Cumplimiento descrita en el
inciso B de este Artículo.
El Secretario de Hacienda se reserva el derecho a determinar, luego de su
recibo, si el Informe de los procedimientos de auditoría previamente acordados
es de su satisfacción. De no serio, el desarrollador será responsable de proveer
cualquier información adicional que el Secretario de Hacienda o su
representante autorizado solicite.
O. Solicitud de Determinación Administrativa
1. Todo desarrollador que interese acogerse a los beneficios de la exención de
las contribuciones sobre ingresos que otorga la Ley deberá someter ante el."
Secretario Auxiliar de Rentas Internas, una petición de determinación
administrativa, luego de que el Departamento de la Vivienda le haya otorgado
y remitido al Secretario Auxiliar de Rentas Internas la Certificación de
Cumplimiento junto con el Informe de los Procedimientos de Auditoría
Previamente Acordados descritos en el inciso C de este Artículo. Dicha
solicitud incluirá:
(a) cheque certificado o giro por quinientos dólares ($500.00) ó mil
quinientos dólares ($1,500.00), según aplique, conforme al
Reglamento Núm. 6103 de 25 de febrero de 2000;
14
16. (b) declaración jurada con la siguiente información:
(i) nombre, dirección y número de cuenta del
desarrollador;
(ii) nombre y dirección del representante legal;
(iii) nombre y número de cuenta de los accionistas o socios.
Si los accionistas o socios son a su vez corporaciones de
individuos o sociedades especiales, incluir el nombre y
número de seguro social de los accionistas o socios;
(iv) fuente o procedencia de los fondos para la inversión;
(v) disposición legal bajo la cual solicita la exención-e indicar
el cumplimiento con los requisitos que establece la ley y
este reglamento para ser acreedor de la misma;
(vi) localización y descripción del proyecto;
(vii) fecha de comienzo del proyecto;
(viii) total de unidades de vivienda del proyecto, costo por
unidad y preciQ de venta;
(ix) total de unidades que fueron adecuadas para ser
destinadas a personas de edad avanzada o con
impedimentos, costo por unidad y precio de venta:
(x) constancia de las unidades de vivienda Que fueron
vendidas a personas de edad avanzada o con
impedimentos:
(xi) _ ganancia realizada a la venta de propiedad adecuada a
personas cua¡¡ficadas~
(xii) ganancia realizada en la venta de propiedad adecuada a
personas no cualificadas:
(xiii) parte proporcional de la ganancia en la venta a personas
no cualificadas Que representa la diferencia en costos
15
17. incurridos por haber adecuado las vivj~[ldas para
personas cualificadas;
(xiv) nombre, seguro social. dirección y teléfono de los
compradores; y
(xv) desglose del monto de la exención solicitada;
(e) copia de las escrituras de compraventa. "settlement agreement"
o pagaré hipotecario que identifique a cada comprador:
(d) evidencia fehaciente que acre~ite al comprador como persona'
de edad avanzada (certificado de nacimiento) o como persona
con impedimento (certificación médica en la que cerUfique que
tiene una condición física o mental, sin necesidad de especificar
de cuál diagnóstico se trata y que dicho impedimento lo limita
sustancialmente en una o más de las actividades principales del
diario vivir; o que tiene un historial de tal impedimento; o que es
considerada o atendida como una persona con tal
impedimento);
(e) si el desarrollador és una corporación doméstica, una copia del
Certificado de Incorporación emitido por el Departamento de
Estado; si es una sociedad civil, copia de la escritura social; si
es una sociedad mercantil. Certificación del Registro de la
Propiedad en el sentido de que está inscrita en el Registro
Mercantil; si es una corporación foránea, una autorización para
hacer negocios en Puerto Rico. en original, expedida por el
Departamento de Estado del Estado Libre Asociado "de Puerto
Rico: en caso de otras personas jurídicas. prueba fehaciente de
ello;
(f) Certificaciones Negativas de deuda del Departamento de
Hacienda, Centro de Recaudación de Ingresos Municipales
(incluyendo propiedad mueble e inmueble). Departamento del
Trabajo y Recursos Humanos y la Corporación del Fondo de
16
18. :
Seguro del Estado y certificación de radicación de _planillas de
contribución sobre ingresos del desarrollador y de sus
accionistas o socios. Si los accionistas o socios son a su vez
corporaciones de individuos o sociedades especiales,
certificaciones negativas de deuda y certificación de radicación
de planillas de sus socios o accionistas;
(9) Certificación de Deuda de la Administración para el Sustento de
Menores (ASUME) del desarrollador o de sus accionistas o
socios; y
(h) Cualquier otro documento o información que el Secretario
Auxiliar de Rentas Internas determine necesario para que se
cumpla con el propósito de la ley.
2. Determinación Administrativa.- Una vez la solicitud de Determinación
Administrativa sea presentada ante el Departamento de Hacienda con todos los
documentos solicitados bajo este Reglamento, el Secretario Auxiliar de Rentas
Internas, dentro un término no mayo~ de noventa (90) días contados a partir de
la fecha en que el desarrollador cumpla con todos los requisitos, analizará la
misma a los fines de certificar el monto de la exención solicitada. Como parte de
dicho proceso, evaluará, entre otras cosas, el Informe de los Procedimientos de
Auditoría Previamente Acordados. La Determinación Administrativa incluirá:
(a) la inversión total realizada;
(b) fecha en que comenzó el proyecto:
(c) total de unidades del proyecto y total de las unidades adecuadas;
(d) desglose del cósto por unidad, precio de venta y ganancia realizada: y
(e) monto del ingreso exento.
ARTíCULO XII - DENEGACiÓN, REVOCACiÓN Y LIMITACiÓN DE LOS
BENEFICIOS
A. Denegación y reconsideración.- Departamento de la Vivienda - El Secretario
de la Vivienda podrá denegar cualquier solicitud radicada al amparo de la Ley
17
19. cuando determine en su sana discreción que no cumple con los iequisitos o
condiciones impuestas por la Ley o este Reglamento.
El Secretario de la Vivienda notificará por escrito la denegación mediante
correo certificado, con copia al Secretario de Hacienda, expresando las
razones en los cuales fundamenta la denegación.
El desarrollador, una vez haya sido notificado de la denegación podrá hacer
uso de las disposiciones sobre reconsideración y revisión judicial de
determinaciones administrativas conforme a la Ley Núm. 170 de 12 de
agosto de 1988, según -enmendada y el ..Reglamento para Regular los
Procedimientos de Adjudicación Formal en el Departamento de la Vivienda y
sus Agencias Adscritas.
B. Denegación y Reconsideración.-Departamento de Hacienda - En los casos
en que el Secretario de Hacienda determine que el desarrollador no cualifica
para recibir los beneficios que dispone la ley, éste notificará por escrito la
denegación IT'iediante correo certificado. expresando las razones en las
cuales se fundamenta su denegación. los términos y los foros
correspondientes para apelar dicha decisión. Una vez la denegación se
notifique, el desarrollador podrá hacer uso de las disposiciones sobre
reconsideración y revisión judicial de determinaciones administrativas
conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988,
según enmendada.
C. Bases y procedimientos para revocación; recobro del crédito. - El Secretario
de Hacienda podrá revocar la exención concedida· al desarrollador, luego de
permitir al desarrollador comparecer Yser oído.
El Secretario de Hacienda podrá determinar que esta revocaCión será
efectiva desde la fecha en que el desarrollador cometió la violación en que se
fundamenta la determinación, ,en los siguientes casos:
(i) Cuando el desarrollador incumpla con cualquiera de las obligaciones
que le hayan sido impuestas por la ley, por los reglamentos
promulgados bajo la misma, o por los términos contenidos en la
aprobación, según sea el caso;
18
20. --
(ii) Cuando los beneficios de esta ley hayan sido obtenidos mediante
representaciones falsas o fraudulentas con relación a la descripción del
proyecto de vivienda y de la infraestructura a construirse, o la
descripción o estimado de proporción o capacidad de la infraestructura
que beneficiará otras personas, o por cualquier otro hecho o
circunstancia que en todo o en parte motivaron la aprobación de la
solicitud de créditos.
Cuando se revoque la exención concedida al amparo de este
reglamento, el desarrollador adeudará la cantidad de la exención
revocada más cualesquiera intereses, recargos y penalidades
aplicables. Estas cantidades se adeudarán como contribución sobre
ingresos por el desarrollador.
ARTfcULO XIII - ADMINISTRACiÓN
Excepto cuando se disponga Jo contrario, el Secretario de la Vivienda tendrá a su
cargo la administración de este reglamento y ejercerá los poderes, desempeñará los
deberes y cumplirá con las obligaciones -que impone. Los deberes relacionados con
las contribuciones sobre ingresos. serán administrados por el Secretario de
Hacienda.
ARTICULO XIV - PENALIDADES
El Secretario de la Vivienda podrá imponer a cualquier persona que infrinja
cualquiera de las disposiciones de este reglamento, una multa administrativa de
hasta cinco mil dólares (5,000.00) por cada infracción.
ARTICULO XV - QUERELLAS, INVESTIGACIONES
Toda persona que se considere afectada en sus derechos por las acciones tomadas
en la implantación de este reglamento podrá presentar una querella ante el
Departamento de la Vivienda, la Oficina del Procurador de las Personas con
Impedimentos o la Oficina de la Procuradora de Personas de Edad Avanzada.
Dichas agencias tramitarán y referirán la referida querella al Departamento de la
19
21. Vivienda para su adjudicación formal bajo las disposiciones de la Ley ~~mero 213,
supra, y del presente reglamento.
Toda querella presentada al amparo de la Ley Núm. 213, supra, o de este
reglamento será adjudicada conforme al Reglamento 4953, conocido como
"Reglamento para Regular los Procedimientos de Adjudicación Formal en el
Departamento de la Vivienda y sus agencias adscritas".
Si la querella contiene alegaciones que pueden ser resueltas bajo las disposiciones
de otra ley o reglamento la agencia concernida podrá adjudicarlas según el
procedimiento aplicable.
El Departamento de la Vivienda informará a la Oficina del Procurador de las
Personas con Impedimentos y a la Oficina de la Procuradora de Personas-de Edad
Avanzada de los proyectos a ser construidos y éstas entidaaes gubernamentales
coordinarán entre sí las visitas, investigaciones y auditorías que entiendan
necesarias para cumplir a cabalidad con las disposiciones de la Ley Núm. 213,
supra, y de este reglamento.
ARTICULO XVI - SALVEDAD
Si cualquier artículo, inciso, oración, cláusula o sub-cláusula, sección o parte de
este reglamento fuese declarada inconstitucional o nula por un tribunal con
jurisdicción, tal sentencia no afectará, menoscabará o invalidará las restantes
disposiciones y partes del mismo y su efecto se limitará al artículo, inciso, oración,
cláusula, sub-cláusula, sección o parte declarada inconstitucional o nula.
Reglamento prevalecerá lo dispuesto en la ley en virtud del cual se adopta el
mismo.
20
22. " _ _ ,J!'
ARTICULO XVII - VIGENCIA
Este Reglamento entrará en vigor a treinta (30) días siguientes a la fecha de su
presentación en el Departamento de Estado.
Aprobado en San Juan, Puerto Rico, hoy JO de -S-:'.-l t; L~ de 2007.
APROBADO POR:
- - ./
J~~=~s~~fTARIO
DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA
21
APROBADO POR:
~~»Gf~--
JU N CARLOS MÉN'6EZ TORRES
SECRETARIO
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
--