1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO PENAL ESPECIAL
PARTICIPANTE
ALIOSKA BORREGO
C.I: 15692304
ARAURE, 21/08/2013
2. DERECHO PENAL ESPECIAL
DEFINICION
DE
PENAL
ESPECIAL
Derecho Pena que
Tiene por objeto el estudio
individualizado
de cada una de las especies.
La Parte Especial del Código
Penal contiene la descripción
de las distintas figuras delictivas
principio de legalidad de
los Delitos y de las Penas
Las figuras delictivas
describen conductas tales como:
matar, apoderar, defraudar entre
otras
3. Estructura del Código Penal Venezolano.
Clasificación de los Delitos según el Bien Jurídico Tutelado
• El Código Penal Venezolano consta de 546 Artículos.
Libro 1º De las Disposiciones
Generales sobre los Delitos y
Falta, las Personas
Responsables y las Penas,
consta de 11 Títulos
Libro 2º De las Diversas
Especies de Delito,
consta de 10 Títulos
Libro 3º De las Faltas en
General, consta de 4 Titulos
Cada Título está
compuesto de Capítulos
4. Nuestro Código Penal clasifica los Delitos según el interés ofendido al
cometerse el delito, el bien protegido o tutelado de la siguiente manera:
• 1.- De los Delitos contra la Independencia y la Seguridad de la Nación
• 2.- De los Delitos contra la Libertad
• 3.- De los Delitos contra la Cosa Pública (Derogado por la Ley contra la Corrupción)
• 4.- De los Delitos De los Delitos contra la Administración de Justicia
• 5.- De los Delitos contra el Orden Público
• 6.- De los Delitos contra la Fe Pública
• 7.- De los Delitos contra la Conservación de los Intereses Públicos y Privados
• 8.- De los Delitos contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias
• 9.- De los Delitos contra las Personas
• 10.-De los Delitos contra la Propiedad
5. Tipos Penales Básicos,
Especiales y Subordinados
• Básicos: Son tipos penales con
plena independencia,
formados por una
conducta delictiva descrita por el
legislador, que no exige mayores
condiciones.
• Ejemplo: El Homicidio Simple
establecido en el artículo 405 C.P.
• Especiales: Son los tipos que contienen en
su descripción algún tipo de características
o condiciones necesarias para su ejecución,
es decir, al tipo se le agrega algún elemento
que lo distingue del tipo penal básico.
• Ejemplo: El Magnicidio establecido en el
literal b, del numeral 3, del artículo 406
C.P.
• Subordinados: Son aquellos que adentro
de su descripción legislativa requieren de la
realización previa de un tipo básico; no
tienen autonomía, por lo tanto para que
existan debe haberse perpetrado
previamente otro delito.
• Por ejemplo: el delito de aprovechamiento
de de cosas provenientes del delito,
previsto en el articulo 470 C.P., requiere de
que se haya cometido previamente o un
delito de robo o un delito de hurto, para
poder aprovecharse de la cosa robada o
hurtada.
6. Tipos Penales Básicos,
Especiales y Subordinados
• Básicos: Son tipos penales con
plena independencia,
formados por una
conducta delictiva descrita por el
legislador, que no exige mayores
condiciones.
• Ejemplo: El Homicidio Simple
establecido en el artículo 405 C.P.
• Especiales: Son los tipos que contienen en
su descripción algún tipo de características
o condiciones necesarias para su ejecución,
es decir, al tipo se le agrega algún elemento
que lo distingue del tipo penal básico.
• Ejemplo: El Magnicidio establecido en el
literal b, del numeral 3, del artículo 406
C.P.
• Subordinados: Son aquellos que adentro
de su descripción legislativa requieren de la
realización previa de un tipo básico; no
tienen autonomía, por lo tanto para que
existan debe haberse perpetrado
previamente otro delito.
• Por ejemplo: el delito de aprovechamiento
de de cosas provenientes del delito,
previsto en el articulo 470 C.P., requiere de
que se haya cometido previamente o un
delito de robo o un delito de hurto, para
poder aprovecharse de la cosa robada o
hurtada.