Análisis de los artículos referentes a los delitos contra la libertad, el domicilio, la cosa pública, la administración de justicia y el orden público.
Elaborado por: María Laura Peña y Vianna Briceño
Este documento presenta una discusión sobre el concepto de culpabilidad en derecho penal. Define culpabilidad como la relación entre la conducta y el resultado injusto de un acto desde una perspectiva subjetiva. Explora las teorías psicológica y normativa de la culpabilidad y sus elementos, incluyendo la conciencia de la desaprobación jurídica y la capacidad de motivación. También analiza casos relacionados con la edad de imputabilidad y el estado de ebriedad.
El documento describe los conceptos generales del derecho procesal penal. Explica que el derecho procesal penal regula el proceso mediante el cual los actores intervienen en el juicio para llegar a una sentencia. Define términos como proceso, procedimiento y juicio. También describe las características del derecho procesal penal como acusatorio y adversarial.
Este documento presenta un resumen de varios conceptos clave de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como punto de partida para estudiar un problema. Luego describe las diferentes escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito, incluyendo la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos fundamentales del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imp
Este documento presenta resúmenes de varios conceptos y principios relacionados con el derecho penal, incluyendo definiciones de derecho penal formal y material, objetivo y subjetivo, de autor y por el hecho, así como explicaciones de principios como legalidad, reserva de ley, no retroactividad de la ley, prohibición de analogía, lesividad, inocencia, dignidad humana, culpabilidad y derecho penal mínimo. Finalmente, se presenta una conclusión sobre la función de limitar el poder punitivo del Estado a través de la ley.
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con el derecho procesal civil y el procedimiento civil. Explica que un proceso es un conjunto de actos concatenados que tienen como finalidad llegar a una sentencia, y que un procedimiento es el conjunto de pasos que se siguen dentro de un proceso. Además, clasifica los procesos según criterios como su contenido, finalidad y estructura.
El documento presenta una introducción al derecho internacional privado, incluyendo su concepto, división y antecedentes históricos. Luego, describe las características, fuentes y principios del derecho procesal internacional privado, haciendo énfasis en los conceptos de competencia judicial internacional y sus diferentes clases de foros. Finalmente, analiza la reglamentación convencional de la competencia en las Américas.
Este documento define conceptos clave del derecho procesal civil como la acción, jurisdicción, competencia y proceso. Resume que la acción es un derecho subjetivo que genera una obligación para el juez de resolver la demanda. Explica las diferentes teorías sobre la naturaleza de la acción. Define la jurisdicción como la potestad del estado de aplicar la ley a casos concretos mediante sentencias. Distingue entre jurisdicción ordinaria y especializada. Finalmente, introduce la noción de competencia para determinar qué juez conoce cada caso.
Este documento presenta una discusión sobre el concepto de culpabilidad en derecho penal. Define culpabilidad como la relación entre la conducta y el resultado injusto de un acto desde una perspectiva subjetiva. Explora las teorías psicológica y normativa de la culpabilidad y sus elementos, incluyendo la conciencia de la desaprobación jurídica y la capacidad de motivación. También analiza casos relacionados con la edad de imputabilidad y el estado de ebriedad.
El documento describe los conceptos generales del derecho procesal penal. Explica que el derecho procesal penal regula el proceso mediante el cual los actores intervienen en el juicio para llegar a una sentencia. Define términos como proceso, procedimiento y juicio. También describe las características del derecho procesal penal como acusatorio y adversarial.
Este documento presenta un resumen de varios conceptos clave de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como punto de partida para estudiar un problema. Luego describe las diferentes escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito, incluyendo la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos fundamentales del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imp
Este documento presenta resúmenes de varios conceptos y principios relacionados con el derecho penal, incluyendo definiciones de derecho penal formal y material, objetivo y subjetivo, de autor y por el hecho, así como explicaciones de principios como legalidad, reserva de ley, no retroactividad de la ley, prohibición de analogía, lesividad, inocencia, dignidad humana, culpabilidad y derecho penal mínimo. Finalmente, se presenta una conclusión sobre la función de limitar el poder punitivo del Estado a través de la ley.
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con el derecho procesal civil y el procedimiento civil. Explica que un proceso es un conjunto de actos concatenados que tienen como finalidad llegar a una sentencia, y que un procedimiento es el conjunto de pasos que se siguen dentro de un proceso. Además, clasifica los procesos según criterios como su contenido, finalidad y estructura.
El documento presenta una introducción al derecho internacional privado, incluyendo su concepto, división y antecedentes históricos. Luego, describe las características, fuentes y principios del derecho procesal internacional privado, haciendo énfasis en los conceptos de competencia judicial internacional y sus diferentes clases de foros. Finalmente, analiza la reglamentación convencional de la competencia en las Américas.
Este documento define conceptos clave del derecho procesal civil como la acción, jurisdicción, competencia y proceso. Resume que la acción es un derecho subjetivo que genera una obligación para el juez de resolver la demanda. Explica las diferentes teorías sobre la naturaleza de la acción. Define la jurisdicción como la potestad del estado de aplicar la ley a casos concretos mediante sentencias. Distingue entre jurisdicción ordinaria y especializada. Finalmente, introduce la noción de competencia para determinar qué juez conoce cada caso.
Este documento presenta una introducción al derecho internacional privado. Explica que su objetivo es determinar cuál ordenamiento jurídico es competente para regular las relaciones internacionales. También define conceptos clave como nacionalidad, conflicto de leyes, y orden público internacional. Finalmente, analiza temas como la condición jurídica de los extranjeros y los conflictos de leyes en materia de estado civil y capacidad de las personas.
Las principales fuentes del Derecho Internacional Público incluyen los tratados internacionales, la costumbre internacional, los principios generales del derecho, las decisiones judiciales, los actos unilaterales de los estados y los actos de las organizaciones internacionales. Estas fuentes se basan principalmente en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
El documento describe las fuentes del Derecho Internacional Público, incluyendo tratados, costumbres internacionales, principios generales de derecho y jurisprudencia. Explica que los tratados son la fuente más importante dado que requieren el consentimiento expreso de los Estados. También describe los elementos necesarios para que una costumbre se convierta en una norma jurídica vinculante, como la práctica reiterada y la convicción de que dicha práctica es obligatoria. Finalmente, resume las fuentes que la Corte Internacional de Justicia aplica de ac
Derecho Penal - Causas de Inculpabilidad. UFT | T-651Pedro Rodriguez
Este documento resume los diferentes tipos de error que pueden dar lugar a la falta de responsabilidad penal. Describe el error de hecho, incluyendo el error esencial y accidental, y el error de derecho. Explica que el error esencial implica un desconocimiento de la antijuridicidad del acto, mientras que el error accidental no se refiere a circunstancias esenciales. También cubre el error de prohibición, error de tipo, y la eximente putativa cuando el agente obra con un error de hecho invencible sobre la existencia de
Este documento describe las principales fuentes del derecho administrativo en Chile. Identifica la Constitución, las leyes, los reglamentos y los principios generales del derecho administrativo como las fuentes formales. Explica que los reglamentos deben estar subordinados a la ley y que los principios como la legalidad, la reserva legal y la confianza legítima guían la interpretación de las normas. También señala que la administración pública solo puede actuar dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico.
El documento resume la diferencia entre el derecho sustantivo y el derecho adjetivo. El derecho sustantivo se refiere al conjunto de normas que establecen los derechos y obligaciones de los sujetos, mientras que el derecho adjetivo incluye las normas que permiten el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes establecidos por el derecho sustantivo, como los códigos procesales. También analiza los fundamentos constitucionales del proceso, incluyendo las garantías de defensa, presunción de inocencia y dere
El documento define el delito y sus elementos constitutivos. Explica que un delito requiere una conducta típica, antijurídica y culpable. Además, analiza las diferentes concepciones y teorías sobre el delito, así como los tipos de delitos según su materia, gravedad, conducta y elemento interno.
El documento define el derecho civil como la rama del derecho privado que regula las personas, la familia y el patrimonio. Excluye las relaciones mercantiles, laborales y agrarias. El derecho civil comprende normas sobre el estado y capacidad de las personas, la familia, el patrimonio, las obligaciones y contratos, y la transmisión de bienes. Regula las relaciones privadas entre individuos.
Este documento describe los diferentes tipos de actos procesales, incluyendo actos del tribunal, de las partes, y de terceros. También explica los tipos de nulidades que pueden afectar a los actos procesales, como nulidades textuales, virtuales, de actos aislados, y por vicios. Finalmente, discute principios como el finalista y las formalidades esenciales versus accidentales en relación a la declaración de nulidades.
El documento define el Derecho penal como el conjunto de principios y reglas que determinan las infracciones y sanciones. Explica que protege a la sociedad a través de medidas que separan a los delincuentes peligrosos y previenen delitos. Además, resume que las fuentes del Derecho penal son la ley y la constitución, pero no la costumbre o doctrina. Finalmente, describe brevemente las teorías de la pena, las etapas del delito y los tipos de participación penal como la inducción y cooperación.
Este documento resume el derecho municipal, definiéndolo como la rama del derecho público que estudia las instituciones y relaciones municipales. Explica las diferentes teorías sobre su situación dentro de la ciencia jurídica y caracteriza al municipio. También describe la evolución histórica del municipio desde la época romana hasta la actualidad, con un enfoque en la autonomía municipal reconocida en la Constitución Nacional de 1994.
Este documento describe los diferentes tipos de hechos y actos jurídicos. Explica que los hechos pueden ser humanos o naturales, y que los hechos humanos son voluntarios u involuntarios. Los actos jurídicos son aquellos hechos voluntarios que tienen como objetivo crear, modificar, transferir o extinguir derechos legales. Para ser válidos, los actos jurídicos deben incluir sujetos capaces, un objeto lícito y la manifestación libre de la voluntad de las partes sin dolo, simul
NATURALEZA JURÍDICA DEL PROCESO PENAL Y EL OBJETO PROCESALIván Galáviz Soto
Cuando se comete un hecho delictivo, nace una relación jurídica entre el Estado y el presunto responsable. Esta relación puede convertirse en una relación jurídico-procesal si el Ministerio Público ejerce la acción penal. El objeto del proceso penal es esclarecer los hechos delictivos, respetar los derechos del imputado, reparar daños a la víctima y garantizar que el culpable no quede impune. El proceso se compone de procedimientos y juicios, siendo este último la instancia decisiva.
Tiene por objetivo comprender la importancia del estudio del Derecho Penal, de la pena, mediante la observación y el razonamiento del delito, del delincuente, y de la reacción social que ambos provocan
El documento describe las generalidades del derecho procesal penal. Explica que el proceso penal es el mecanismo a través del cual se aplica la sanción al responsable de un delito. También describe que el derecho procesal penal determina si una conducta debe ser castigada mediante la imposición de una pena luego de un proceso penal finalizado con sentencia condenatoria. Finalmente, resume que las fuentes primarias del derecho procesal penal son la ley, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.
El documento resume brevemente el derecho penal como el conjunto de normas establecidas por el estado para describir delitos y penas. Explica que las fuentes del derecho penal son los actos pasados que derivan en la creación o modificación de las normas jurídicas, y que pueden ser la fuente de producción (la autoridad que dicta las normas) o la fuente de conocimiento (cómo se manifiesta en la sociedad). Además, clasifica el derecho penal en objetivo y subjetivo, y describe su relación con otras ramas como el derecho pro
Este documento trata sobre la propiedad, ocupación y accesión. Define la propiedad como el poder jurídico que una persona ejerce de forma directa, inmediata, absoluta, exclusiva y perpetua sobre una cosa. Explica que la ocupación es un modo de adquirir propiedad sobre cosas sin dueño a través de su aprehensión física y la intención de adquirir el dominio. Finalmente, señala que la accesión es el derecho del propietario de una cosa a hacer suyo todo lo que se une a ella natural o artificialmente.
Este documento resume los conceptos fundamentales de la culpabilidad y su aspecto negativo (inculpabilidad) en el derecho penal. Explica que la culpabilidad es el elemento subjetivo del delito y requiere la voluntad y el conocimiento del autor. Describe los grados de culpabilidad (dolo y culpa), sus elementos y clases. También analiza las causas de inculpabilidad como el error esencial de hecho invencible y las eximentes putativas.
Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
Este documento describe los elementos y clasificación de los actos jurídicos. Explica que un acto jurídico es la manifestación de voluntad con intención de producir efectos legales. Se dividen en unilaterales, bilaterales, colectivos y de unión. También clasifica los actos jurídicos en mortis causa, intervivos, de atribución patrimonial, de disposición, de obligación, onerosos, gratuitos, simples y formales/no formales. Finalmente, detalla los elementos esenciales de un acto jur
El documento resume las teorías de la criminología ambiental de Adolphe Quetelet, incluyendo sus leyes térmicas sobre la relación entre la temporada y el tipo de crimen. Aunque algunas de sus ideas como que hay más crímenes contra las personas en verano y contra la propiedad en invierno aún pueden aplicarse, sus teorías en general ya no son válidas debido al cambio climático actual.
La criminología estudia las causas del crimen y cómo prevenir el comportamiento antisocial. Es una ciencia interdisciplinaria que se basa en conocimientos de sociología, psicología y antropología. Históricamente, filósofos atribuían los delitos a deficiencias físicas o mentales. En el siglo XX, la criminología se enfocó más en los procesos de criminalización y el ambiente social. Estudia tanto al delincuente como a la víctima para comprender mejor la conducta delictiva y cómo la sociedad la
Este documento presenta una introducción al derecho internacional privado. Explica que su objetivo es determinar cuál ordenamiento jurídico es competente para regular las relaciones internacionales. También define conceptos clave como nacionalidad, conflicto de leyes, y orden público internacional. Finalmente, analiza temas como la condición jurídica de los extranjeros y los conflictos de leyes en materia de estado civil y capacidad de las personas.
Las principales fuentes del Derecho Internacional Público incluyen los tratados internacionales, la costumbre internacional, los principios generales del derecho, las decisiones judiciales, los actos unilaterales de los estados y los actos de las organizaciones internacionales. Estas fuentes se basan principalmente en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
El documento describe las fuentes del Derecho Internacional Público, incluyendo tratados, costumbres internacionales, principios generales de derecho y jurisprudencia. Explica que los tratados son la fuente más importante dado que requieren el consentimiento expreso de los Estados. También describe los elementos necesarios para que una costumbre se convierta en una norma jurídica vinculante, como la práctica reiterada y la convicción de que dicha práctica es obligatoria. Finalmente, resume las fuentes que la Corte Internacional de Justicia aplica de ac
Derecho Penal - Causas de Inculpabilidad. UFT | T-651Pedro Rodriguez
Este documento resume los diferentes tipos de error que pueden dar lugar a la falta de responsabilidad penal. Describe el error de hecho, incluyendo el error esencial y accidental, y el error de derecho. Explica que el error esencial implica un desconocimiento de la antijuridicidad del acto, mientras que el error accidental no se refiere a circunstancias esenciales. También cubre el error de prohibición, error de tipo, y la eximente putativa cuando el agente obra con un error de hecho invencible sobre la existencia de
Este documento describe las principales fuentes del derecho administrativo en Chile. Identifica la Constitución, las leyes, los reglamentos y los principios generales del derecho administrativo como las fuentes formales. Explica que los reglamentos deben estar subordinados a la ley y que los principios como la legalidad, la reserva legal y la confianza legítima guían la interpretación de las normas. También señala que la administración pública solo puede actuar dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico.
El documento resume la diferencia entre el derecho sustantivo y el derecho adjetivo. El derecho sustantivo se refiere al conjunto de normas que establecen los derechos y obligaciones de los sujetos, mientras que el derecho adjetivo incluye las normas que permiten el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes establecidos por el derecho sustantivo, como los códigos procesales. También analiza los fundamentos constitucionales del proceso, incluyendo las garantías de defensa, presunción de inocencia y dere
El documento define el delito y sus elementos constitutivos. Explica que un delito requiere una conducta típica, antijurídica y culpable. Además, analiza las diferentes concepciones y teorías sobre el delito, así como los tipos de delitos según su materia, gravedad, conducta y elemento interno.
El documento define el derecho civil como la rama del derecho privado que regula las personas, la familia y el patrimonio. Excluye las relaciones mercantiles, laborales y agrarias. El derecho civil comprende normas sobre el estado y capacidad de las personas, la familia, el patrimonio, las obligaciones y contratos, y la transmisión de bienes. Regula las relaciones privadas entre individuos.
Este documento describe los diferentes tipos de actos procesales, incluyendo actos del tribunal, de las partes, y de terceros. También explica los tipos de nulidades que pueden afectar a los actos procesales, como nulidades textuales, virtuales, de actos aislados, y por vicios. Finalmente, discute principios como el finalista y las formalidades esenciales versus accidentales en relación a la declaración de nulidades.
El documento define el Derecho penal como el conjunto de principios y reglas que determinan las infracciones y sanciones. Explica que protege a la sociedad a través de medidas que separan a los delincuentes peligrosos y previenen delitos. Además, resume que las fuentes del Derecho penal son la ley y la constitución, pero no la costumbre o doctrina. Finalmente, describe brevemente las teorías de la pena, las etapas del delito y los tipos de participación penal como la inducción y cooperación.
Este documento resume el derecho municipal, definiéndolo como la rama del derecho público que estudia las instituciones y relaciones municipales. Explica las diferentes teorías sobre su situación dentro de la ciencia jurídica y caracteriza al municipio. También describe la evolución histórica del municipio desde la época romana hasta la actualidad, con un enfoque en la autonomía municipal reconocida en la Constitución Nacional de 1994.
Este documento describe los diferentes tipos de hechos y actos jurídicos. Explica que los hechos pueden ser humanos o naturales, y que los hechos humanos son voluntarios u involuntarios. Los actos jurídicos son aquellos hechos voluntarios que tienen como objetivo crear, modificar, transferir o extinguir derechos legales. Para ser válidos, los actos jurídicos deben incluir sujetos capaces, un objeto lícito y la manifestación libre de la voluntad de las partes sin dolo, simul
NATURALEZA JURÍDICA DEL PROCESO PENAL Y EL OBJETO PROCESALIván Galáviz Soto
Cuando se comete un hecho delictivo, nace una relación jurídica entre el Estado y el presunto responsable. Esta relación puede convertirse en una relación jurídico-procesal si el Ministerio Público ejerce la acción penal. El objeto del proceso penal es esclarecer los hechos delictivos, respetar los derechos del imputado, reparar daños a la víctima y garantizar que el culpable no quede impune. El proceso se compone de procedimientos y juicios, siendo este último la instancia decisiva.
Tiene por objetivo comprender la importancia del estudio del Derecho Penal, de la pena, mediante la observación y el razonamiento del delito, del delincuente, y de la reacción social que ambos provocan
El documento describe las generalidades del derecho procesal penal. Explica que el proceso penal es el mecanismo a través del cual se aplica la sanción al responsable de un delito. También describe que el derecho procesal penal determina si una conducta debe ser castigada mediante la imposición de una pena luego de un proceso penal finalizado con sentencia condenatoria. Finalmente, resume que las fuentes primarias del derecho procesal penal son la ley, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.
El documento resume brevemente el derecho penal como el conjunto de normas establecidas por el estado para describir delitos y penas. Explica que las fuentes del derecho penal son los actos pasados que derivan en la creación o modificación de las normas jurídicas, y que pueden ser la fuente de producción (la autoridad que dicta las normas) o la fuente de conocimiento (cómo se manifiesta en la sociedad). Además, clasifica el derecho penal en objetivo y subjetivo, y describe su relación con otras ramas como el derecho pro
Este documento trata sobre la propiedad, ocupación y accesión. Define la propiedad como el poder jurídico que una persona ejerce de forma directa, inmediata, absoluta, exclusiva y perpetua sobre una cosa. Explica que la ocupación es un modo de adquirir propiedad sobre cosas sin dueño a través de su aprehensión física y la intención de adquirir el dominio. Finalmente, señala que la accesión es el derecho del propietario de una cosa a hacer suyo todo lo que se une a ella natural o artificialmente.
Este documento resume los conceptos fundamentales de la culpabilidad y su aspecto negativo (inculpabilidad) en el derecho penal. Explica que la culpabilidad es el elemento subjetivo del delito y requiere la voluntad y el conocimiento del autor. Describe los grados de culpabilidad (dolo y culpa), sus elementos y clases. También analiza las causas de inculpabilidad como el error esencial de hecho invencible y las eximentes putativas.
Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
Este documento describe los elementos y clasificación de los actos jurídicos. Explica que un acto jurídico es la manifestación de voluntad con intención de producir efectos legales. Se dividen en unilaterales, bilaterales, colectivos y de unión. También clasifica los actos jurídicos en mortis causa, intervivos, de atribución patrimonial, de disposición, de obligación, onerosos, gratuitos, simples y formales/no formales. Finalmente, detalla los elementos esenciales de un acto jur
El documento resume las teorías de la criminología ambiental de Adolphe Quetelet, incluyendo sus leyes térmicas sobre la relación entre la temporada y el tipo de crimen. Aunque algunas de sus ideas como que hay más crímenes contra las personas en verano y contra la propiedad en invierno aún pueden aplicarse, sus teorías en general ya no son válidas debido al cambio climático actual.
La criminología estudia las causas del crimen y cómo prevenir el comportamiento antisocial. Es una ciencia interdisciplinaria que se basa en conocimientos de sociología, psicología y antropología. Históricamente, filósofos atribuían los delitos a deficiencias físicas o mentales. En el siglo XX, la criminología se enfocó más en los procesos de criminalización y el ambiente social. Estudia tanto al delincuente como a la víctima para comprender mejor la conducta delictiva y cómo la sociedad la
Delitos contra las Buenas costumbres y el buen orden de las familias. Delitos...Yohanna Castillo
Delitos contra las Buenas costumbres y el buen orden de las familias:
Violación, elementos y Fundamentación dentro del Código Penal Venezolano
Delitos contra la Libertad:
Definición, tipos, fundamentación en el Código Penal Venezolano.
Este documento describe y define varios delitos sexuales como el abuso sexual, acoso sexual, explotación sexual, pedofilia, pornografía infantil, incesto, prostitución infantil y violación. También discute temas como la prostitución, sus orígenes, formas, características, situación legal y regulación.
Este documento trata sobre la criminología. Define la criminología como la ciencia empírica e interdisciplinaria que estudia el delito, el delincuente, la víctima y el control social del comportamiento desviado. Explica que la criminología estudia estos cuatro objetos principales. También discute brevemente conceptos de delito, delincuente y control social del comportamiento desviado.
El documento describe los diferentes tipos de autoría penal según la legislación. Define autoría directa como cuando una persona comete el delito por sí misma reuniendo los requisitos objetivos y subjetivos del tipo penal. La autoría mediata ocurre cuando alguien utiliza a otra persona como instrumento para cometer el delito, dominando y subordinando sus acciones de manera dolosa. Se proveen ejemplos como cuando un médico ordena suministrar una droga letal haciendo pasar por medicamento, utilizando a las enfermeras como instrumentos.
El documento resume varios artículos del Código Penal de Venezuela relacionados con delitos contra la libertad individual, la administración de justicia y otros. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico protegido y naturaleza.
El documento resume varios artículos del Código Penal de Venezuela relacionados con delitos contra la libertad individual, la administración de justicia, la inviolabilidad del domicilio y la prohibición de hacerse justicia por sí mismo. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza jurídica. También compara dos artículos, uno relacionado con la desaparición forzosa y otro sobre agavillamiento y asociación para delinquir.
Comete el delito de robo el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella con arreglo de la ley. Es un delito de acción que lesiona el bien jurídico patrimonial de la víctima al apoderarse de sus pertenencias sin autorización.
Este documento resume los elementos constitutivos de varios delitos contra la libertad individual y la administración de justicia según el Código Penal Venezolano. Describe las acciones prohibidas, los sujetos activos y pasivos, los bienes jurídicos tutelados y si admiten formas inacabadas para cada delito.
Este documento analiza diversos delitos contra la libertad individual tipificados en el Código Penal Venezolano, incluyendo privación de libertad, secuestro, sustracción de menores, pesquisa personal arbitraria, retardo de medidas liberatorias, desaparición forzada y violación de domicilio. Define los elementos de cada delito, como la acción, sujetos, naturaleza jurídica y penalidades.
Este documento resume los delitos de estupro, abuso sexual e inseminación. Define estupro como cópula con una persona entre 14 y 18 años mediante engaño. Abuso sexual incluye cualquier acto sexual no consentido como roces o caricias. La inseminación artificial requiere una legislación coherente que regule los métodos de reproducción asistida.
El documento describe diferentes formas de autoría y participación en delitos. Define la autoría individual, coautoría, autoría mediata e indirecta. También explica la instigación, complicidad y encubrimiento como formas de participación sin ser autor. Por último, analiza diferentes teorías sobre la noción de autor y distingue la conspiración y proposición de la instigación.
La criminología es una ciencia empírica e interdisciplinaria que estudia el delito, el delincuente, la víctima y el control social del comportamiento desviado. Utiliza métodos empíricos como la observación y la inducción para analizar estos fenómenos en el mundo real y comprender sus causas de manera objetiva, sin prejuicios. Aunque es independiente del derecho, la criminología puede informar políticas y leyes relacionadas con la prevención y respuesta al crimen.
La teoría del delito ha evolucionado partiendo desde una concepción Causalista, Neoclásica, Finalista, hasta las posturas de la Teoría Funcionalista, tema que es fundamental al estudiar el delito.
La teoría del delito es un sistema de hipótesis que expone, a partir de una determinada tendencia dogmática, cuáles son los elementos que hacen posible o no la aplicación de una consecuencia jurídico penal a una acción humana. Se basa en una tendencia dogmática y establece los elementos necesarios para determinar si se aplica o no una sanción jurídico-penal a una acción.
Este documento resume los principales conceptos y clasificaciones de la criminología. Explora factores que influyen en la criminalidad como factores geográficos, económicos y culturales. También describe diferentes tipos de criminalidad como la real, aparente y oculta. Finalmente, presenta varias clasificaciones de criminales propuestas por Lombroso, Ferri, von Liszt y Aschaffenburg según factores como la reincidencia, impulsividad y grado de planificación.
Este documento resume el crimen de Los Galindos ocurrido en 1975 en Paradas, Sevilla, donde 5 personas fueron asesinadas brutalmente en un cobertizo. Los cuerpos fueron encontrados golpeados y desfigurados, pero no se pudo identificar al culpable debido a la falta de pruebas. Varios sospechosos fueron señalados pero luego descartados. El crimen permanece sin resolver y ha generado muchas teorías conspirativas sobre lo que realmente sucedió esa tarde sangrienta en Los Galindos.
a) La teoría del delito estudia todos los elementos que lo constituyen para comprenderlo como una unidad total. Estos elementos son la acción, tipicidad, culpabilidad y punibilidad.
b) El delito tiene sujetos como el pasivo y activo, y objetos como el material y jurídico, que es la norma o interés violado.
c) La tipicidad es el encuadramiento de la conducta al tipo penal, la culpabilidad son las circunstancias del autor, y la punibilidad caracteriza la acción delictiva.
La criminología es una ciencia multidisciplinar que estudia las causas del crimen y el comportamiento antisocial. Examina temas como la conducta desviada, el control social y la influencia del derecho penal. Ofrece salidas laborales en áreas como la seguridad pública, justicia penal, prisiones, y salud mental para prevenir y tratar comportamientos problemáticos.
Este documento contiene resúmenes de varios artículos relacionados con delitos contra la libertad individual y la administración de justicia. En particular, resume los bienes jurídicos tutelados, la naturaleza jurídica de las acciones, las formas inacabadas de los delitos y las características de los sujetos activos y pasivos descritos en cada artículo.
Análisis tipo penal. Amal Waizaani y Mariana Gimenezwaizaaniamal92
El documento describe varios artículos relacionados con delitos contra la administración de justicia. Se definen las acciones, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza jurídica de delitos como simulación de hechos punibles, calumnia, falso testimonio, prevaricación, encubrimiento y justicia por sí mismo.
Este documento presenta información sobre el sistema de justicia venezolano y los delitos contra la administración de justicia. Define conceptos como calumnia, falso testimonio y prevaricación. Explica las acciones, sujetos, bien jurídico tutelado y formas inacabadas de estos delitos. También incluye ejemplos ilustrativos de cada uno.
Este documento resume varios artículos del código penal relacionados con delitos contra la libertad, la autoridad pública, la administración de justicia y el orden público. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico protegido y naturaleza de la acción. Además, indica si admiten formas inacabadas y si son delitos de acción pública o privada.
El documento describe las acciones, sujetos, bien jurídico, naturaleza jurídica y formas inacabadas de varios delitos contra la libertad, integridad personal y patrimonial. Define delitos como la privación ilegal de libertad, amenazas para obligar a realizar actos ilegales, abuso de funciones que priven la libertad, y registro de cuerpos sin consentimiento. Explica que estos delitos son de acción pública ya que violentan bienes jurídicos protegidos constitucionalmente.
Este documento resume varios artículos del código penal relacionados con delitos contra la libertad individual y la administración de justicia. Entre otros, analiza los delitos de privación arbitraria de libertad, desaparición forzada de personas, violencia a la autoridad, resistencia a la autoridad, falso testimonio, prevaricación y agavillamiento. Explica los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza de la acción penal.
Este documento resume varios artículos del Código Penal de Venezuela relacionados con delitos contra la libertad, el orden público y la administración de justicia. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, naturaleza jurídica y bien jurídico tutelado. Los artículos abarcan temas como privación de libertad, violencia privada, abuso de autoridad, registro arbitrario de personas, desaparición forzada y violación de domicilio.
El documento resume varios artículos del Código Penal de Venezuela relacionados con delitos contra la libertad individual, la administración de justicia, la inviolabilidad del domicilio y la prohibición de hacerse justicia por sí mismo. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza jurídica. También compara dos artículos, uno relacionado con la desaparición forzosa y otro sobre agavillamiento y asociación para delinquir.
El documento resume varios artículos del Código Penal de Venezuela relacionados con delitos contra la libertad individual, la administración de justicia, la inviolabilidad del domicilio y la prohibición de hacerse justicia por sí mismo. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza jurídica. También compara dos artículos, uno relacionado con la desaparición forzosa y otro sobre agavillamiento y asociación para delinquir.
El documento resume los artículos de varios códigos penales relacionados con delitos contra la libertad individual, la administración de justicia, y otros. Describe las acciones, sujetos, bienes jurídicos tutelados, y naturalezas jurídicas de cada artículo. Además, analiza conceptos como el agavillamiento y la asociación para delinquir establecidos en diferentes leyes.
El documento resume varios artículos del Código Penal venezolano relacionados con delitos contra la libertad individual, la administración de justicia y otros. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza. También analiza artículos relacionados con registros de personas, inspecciones corporales y exámenes mentales. Hace comparaciones entre dos artículos sobre desapariciones forzadas y agavillamiento versus asociación para delinquir.
El documento resume varios artículos del Código Penal venezolano relacionados con delitos contra la libertad individual, la administración de justicia y otros. Describe los elementos de cada delito como la acción, sujetos, bien jurídico tutelado y naturaleza. También analiza artículos relacionados con registros de personas, testimonios falsos, encubrimiento y prohibición de hacer justicia por propia mano. Por último, compara artículos sobre agavillamiento y asociación para delinquir.
Este documento resume varios delitos y faltas tipificados en el Código Penal Venezolano. Entre ellos se encuentran la desaparición forzada de personas, resistencia a la autoridad, simulación de hecho punible, calumnia, falso testimonio, prevaricación, encubrimiento, instigación a delinquir, agavillamiento y un análisis del Libro III sobre faltas. Para cada uno se describe la acción, sujetos, naturaleza jurídica, bien jurídico tutelado y otras características como formas
Este documento presenta resúmenes de varios artículos del código penal venezolano relacionados con delitos contra la administración de justicia, libertad individual y orden público. Se definen las acciones, sujetos, naturaleza jurídica y bien jurídico tutelado de cada delito, así como posibles formas inacabadas. Los resúmenes son concisos y capturan la información clave de cada artículo en una o dos oraciones.
El documento analiza diversos artículos del Código Penal Venezolano relacionados con delitos contra la libertad individual como la privación arbitraria de libertad, violencia privada, abuso de autoridad, sustracción de menores, pesquisa personal arbitraria y desaparición forzada. Define los elementos de cada delito como la acción, sujetos, naturaleza jurídica y bien jurídico tutelado. También menciona artículos del Código Procesal Penal sobre nulidades procesales y declaración de nulidad.
“Actividad 9” Análisis sobre los delitos detención ilegal y ocultación, Resis...jorge Rodriguez
Este documento resume varios delitos y faltas relacionadas con el derecho penal especial en Venezuela. Describe las acciones, sujetos, bien jurídico tutelado, naturaleza de la acción penal y formas inacabadas de delitos como la desaparición forzada de personas, resistencia a la autoridad, simulación de hecho punible, calumnia, falso testimonio, prevaricación, encubrimiento e instigación a delinquir. También analiza las faltas contra el orden público tipificadas en el Código Penal, incluyendo
Cuadro comparativo tema 21; Derecho Penal Especial.JJRivero
Este documento presenta un cuadro comparativo de diferentes delitos contra la administración de justicia como la violencia y resistencia a la autoridad, simulación de hechos punibles, calumnia, falso testimonio, soborno de testigos, prevaricación y encubrimiento. Define cada delito, establece sus elementos, sujetos activos y pasivos, y las penas correspondientes según el código penal.
Este documento trata sobre generalidades de la extorsión y el secuestro en Venezuela. Explica que estos son problemas graves que afectan la seguridad y la economía del país. Define cuatro tipos penales relacionados: 1) secuestro extorsivo, 2) privación ilegítima de la libertad, 3) toma de rehenes, y 4) extorsión. También cubre otros delitos como la estafa, la apropiación indebida y la usurpación. El objetivo de la ley es prevenir delitos, sancionar a los autores y proteger
Este documento presenta la información de cinco integrantes de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión que participarán en una exposición sobre el delito de injuria. La expositora será Yessenia Pacheco García y abordará conceptos como la descripción típica de la injuria, los sujetos del delito, la tipicidad, la penalidad y el tipo agravado de la injuria.
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Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
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Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
3. Art. 174: Privación Arbitraria.
Acción: Privar ilegítimamente
a alguno de su libertad.
Ambos sujetos son indiferentes
salvo en los casos previstos en
el segundo aparte donde los
sujetos pasivos son calificados.
Bien Jurídico Tutelado: La
libertad individual de las
personas.
Naturaleza Jurídica de la
acción: Es de acción pública
Formas Inacabadas del Delito:
No admite formas inacabadas
por cuanto es un delito de
perfeccionamiento inmediato
Ejemplo: El ciudadano
Juan López, privó
ilegítimamente de la
libertad al Magistrado Dr.
Pedro Ponce, como
venganza por una
sentencia dictada por
este que lo desfavorecía.
4. Art. 175: Violencia.
ACCIÓN: Quien sin autoridad o derecho para ello, por medio de
amenazas, violencia u otros apremios ilegítimos, forzare a una
persona a ejecutar un acto a que la ley no lo obliga, a tolerarlo
o le impidiera ejecutar alguno que no le está impedida por la
misma.
Ambos sujetos son indiferentes, salvo en los casos previstos en el
primer aparte en el cual serian Sujetos calificados.
BIEN JURÍDICO TUTELADO: La libertad Individual.
NATURALEZA JURIDICA DE LA ACCIÓN: Es de acción pública
FORMAS INACABADAS DEL DELITO: No admite tentativa ni
frustración
5. Art. 176: Abuso de Autoridad.
Acción: El funcionario público
que con abuso de sus
funciones o quebrantando las
condiciones y formalidades
prescritas por la ley, privare de
la libertad a alguna persona.
El sujeto activo es calificado y
el pasivo indiferente.
Bien Jurídico Tutelado: La
libertad individual de las
personas.
Naturaleza Jurídica de la
acción: Es de acción pública
Formas Inacabadas del
Delito: No admite formas
inacabadas por cuanto es un
delito de perfeccionamiento
inmediato
6. ACCIÓN: El funcionario público que, con abuso de sus funciones,
ordene o ejecute la pesquisa o registro del cuerpo de una persona.
Sujeto Activo: Calificado – Sujeto Pasivo: Indiferente
BIEN JURÍDICO TUTELADO: La libertad individual, el honor y el pudor
de las personas.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: Es de acción pública
FORMAS INACABADAS DEL DELITO: No admite tentativa ni frustración.
NOTA: En los artículos 191 y 195 del Código Orgánico
Procesal Penal, se establecen los procedimientos a seguir
para que este hecho no sea considerado un delito, pues el
Ar. 191 avala la inspección de personas por parte de
funcionarios policiales y en el Art. 195, se tipifica a su vez la
legalidad del examen corporal y mental
7. Acción: La autoridad pública, sea civil o
militar o cualquier persona al servicio
del Estado que ilegítimamente prive de
su libertad a una persona y se niegue a
reconocer la detención o dar
información sobre su ubicación y
situación.
Sujeto Activo: Calificado
Sujeto Pasivo: Indiferente.
Bien Jurídico Tutelado: La libertad
Personal de las personas.
Naturaleza Jurídica de la acción: Es de
acción pública
Formas Inacabadas del Delito: No
admite formas inacabadas por cuanto
es un delito de perfeccionamiento
inmediato
Nota: El presente
artículo, se encuentra
tipificado en
concordancia con el
artículo 45 de la
CRBV, en el cual se
establece como un
precepto
constitucional el
hecho de que aun en
estado de
emergencia,
excepción o
restricción de
garantías, se prohíbe
a la autoridad
pública tolerar la
desaparición forzada
de personas.
8. Art. 183: Inviolabilidad del
Domicilio.
Acción: Quien arbitraria,
clandestina o
fraudulentamente, se
introduzca o instale en
domicilio ajeno, o en sus
dependencias, contra la
voluntad de quien tiene
derecho a ocuparlo. Ambos
sujetos son indiferentes.
Bien Jurídico Tutelado: El
Domicilio.
Naturaleza Jurídica de la
acción: Es de acción privada
Formas Inacabadas del Delito:
No admite formas inacabadas
por cuanto es un delito de
perfeccionamiento inmediato
9. Art. 184: Abuso de Funciones.
ACCIÓN: El funcionario público que con abuso de sus funciones o
faltando a las condiciones o formalidades establecidas por la ley, se
introduzca en un domicilio ajeno o en sus dependencias.
Sujeto Activo: Calificado – Sujeto Pasivo: Indiferente.
BIEN JURÍDICO TUTELADO: El domicilio
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: Es de acción pública
FORMAS INACABADAS DEL DELITO: No admite tentativa ni frustración.
EJEMPLO: Una comisión de
funcionarios de la Guardia
Nacional Bolivariana, irrumpieron
de manera violenta en el
domicilio del Alcalde del
municipio Iribarren en el Estado
Lara para llevárselo detenido pero
sin una orden judicial.
10.
11. Art. 215: Violencia o
Resistencia a la Autoridad.
ACCIÓN: Amenazar a un funcionario público o a uno de sus
parientes cercanos, con el fin de intimidarlo para hacer o dejar de
hacer algo propio de sus funciones; siendo agravantes de este
hecho que lo realice en perjuicio de uno de los altos funcionarios
descritos en el art. 266 de la CRBV en su ordinal 3, o que el acto se
realizare en el domicilio o residencia del funcionario.
Sujeto Activo: Indiferente – Sujeto Pasivo: Calificado
BIEN JURÍDICO TUTELADO: La cosa pública y la autoridad
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: Es de acción pública
FORMAS INACABADAS DEL DELITO: No admite tentativa ni frustración.
NOTA: Si el autor del delito fuere un funcionario público,
la pena se aumentará y el sujeto activo pasaría a ser
calificado
12.
13. ACCIÓN: Excusarse de
comparecer sin motivos
justificados todo individuo
llamado a comparecer en
calidad de testigo, experto,
médico, cirujano o
interprete; o el que
habiendo comparecido,
rehusé sin razón legal el
cumplimiento del oficio que
motivó su citación.
Ambos sujetos, tanto activo
como pasivo son calificados.
BIEN JURÍDICO TUTELADO: La
administración de Justicia.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA
ACCIÓN: Es de acción pública.
FORMAS INACABADAS DEL DELITO:
Por su esencia, ningún delito en
contra de la administración de
justicia admite formas inacabadas
del delito.
EJEMPLO: El médico patólogo Daniel Morán, realizó
la autopsia de la ciudadana Génesis Aguirre la cuál
falleció por causa de una puñalada en el pecho; pero
al momento en que lo llamaron a declarar ante el
tribunal, se negó sin razón de hacerlo.
14. ACCIÓN: Quien simule los indicios de un hecho punible
de modo que de lugar a la instrucción, o denuncie a la
autoridad judicial u otro funcionario un hecho punible
supuesto o imaginario, o quien declare ante la
autoridad judicial que ha cometido o ayudo a
cometer un hecho punible falsamente de modo que
de lugar a un principio de instrucción.
SUJETO ACTIVO: Indiferente
SUJETO PASIVO: Calificado
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege el interés por el
funcionamiento útil de la autoridad judicial y el
mantenimiento del acatamiento debido a esa misma;
es decir el derecho de la administración de justicia.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De acción
pública
FORMAS INACABADAS: No admite ni tentativa, ni
frustración.
EJEMPLO:
Juan Morales,
fingió
encontrarse
secuestrado
durante 3 días
y a cambio de
su libertad,
coaccionó a
su esposa para
que otorgara a
los presentes
delincuentes
un rescate de
1000 millones
de Bolívares.
15. ART. 240 CALUMNIA
ACCIÓN: El que a sabiendas de que un individuo es inocente, lo denunciare o acusare
ante la autoridad judicial, o ante un funcionario público que tenga la obligación de
trasmitir la denuncia o querella, atribuyéndole un hecho punible, o simulando las
apariencias o indicios materiales de un hecho punible.
SUJETO ACTIVO: Indiferente SUJETO PASIVO: Calificado
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege el Derecho de administración de justicia y el
derecho a la libertad en los casos en que el individuo inocente quedare privado de la
misma.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De acción pública.
FORMAS INACABADAS: No admite formas inacabadas del delito.
EJEMPLO: Pedro Sambrano, en compañía de el abogado Luis Lecuona, denunció ante
el CICPC el robo de su vehículo y acusó directamente a su vecino Juan Díaz de haber
perpetrado dicho delito, pero tras las averiguaciones pertinentes se determinó que los
culpables fueron los integrantes de una banda de vehículos que operaba en el sector
donde ambos residían.
16. ACCIÓN: El que deponiendo como
testigo ante la autoridad judicial,
afirme lo falso o niegue lo cierto o
calle, total o parcialmente, lo que
sepa con relación a los hechos
sobre los cuales es interrogado;
siendo el falso testimonio contra
algún indiciado por delito, en el
curso de un juicio criminal o, si el
falso testimonio ha sido la causa de
una sentencia condenatoria a pena
de presidio.
SUJETO ACTIVO: Indiferente
SUJETO PASIVO: Calificado.
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege el
derecho de administración de justicia
FORMAS INACABADAS: No admite tentativa,
ni frustración.
EJEMPLO: María Martínez, fue llamada a declarar en calidad de testigo en el juicio del
ciudadano Pablo Hernández a quien se le estaba imputando el cargo de homicidio
intencional y en vez de señalar los hechos ocurridos, cambió lo presenciado al señalar
que el señor Pablo Hernández no había accionado el arma aun cuando se determinó
que si lo hizo.
NATURALEZA JURÍDICA: De acción
pública.
17. Estará exento de toda pena por el delito previsto en el artículo
precedente, el testigo que si hubiere dicho la verdad habría expuesto
inevitablemente su propia persona, la de un pariente cercano, amigo
íntimo o bienhechor a un peligro grave, tocante a la libertad o al honor y
el individuo que, habiendo manifestado ante la autoridad su nombre y
circunstancias, no debió habérsele considerado como testigo o no se le
advirtió la facultad que tenia de abstenerse de declarar.
Sin embargo, si el falso testimonio ha expuesto a alguna persona a otro
procedimiento criminal o a una condena, la pena se reducirá solamente
a la mitad a las dos terceras partes; delito en el cual el sujeto activo seria
indiferente y el sujeto pasivo seguiría siendo calificado.
En dicho caso el bien jurídico tutelado es igual la administración de
justicia, la naturaleza jurídica de la acción es de acción pública y no
admite formas inacabadas del delito.
18. ART. 244: Excepción del Falso
Testimonio (Retracción)
Sin embargo si la retractación se efectúa después o si se
refiere a una falsa disposición en juicio civil, la pena solo
será disminuida y solo si la retractación tiene lugar antes
del fallo definitivo del asunto. Pero si el solo falso testimonio
ha sido causa de la detención de una persona o de algún
otro grave perjuicio para la misma, la reducción de la
pena será mejor.
En caso de constituirse dicho delito, el sujeto activo será
indiferente y el pasivo por el contrario calificado. A su vez
el bien jurídico tutelado seguirá siendo la administración
de justicia, la naturaleza jurídica de la acción será de
acción pública y no se admitirá ni la tentativa ni la
frustración como formas inacabadas del delito por cuanto
es un delito de
Estará exento de toda pena con relación al delito previsto en el artículo 242 el que
habiendo declarado en el curso de un procedimiento penal, se retracte de su falso
testimonio y deponga conforme a la verdad antes de concluirse la averiguación
sumaria por auto de no haber lugar a proseguirla, el proceso por auto de
sobreseimiento fundado en no haber méritos para cargos o antes de que se descubra
la falsedad del testimonio.
19. ART. 250 PREVARICACIÓN
ACCIÓN: El mandatario, abogado, procurador, consejero o director que
perjudique por colusión, con la parte contraria o por otro medio fraudulento,
la causa que se le haya confiado, o que en una misma causa sirva al propio
tiempo a partes de interés opuestos.
SUJETO ACTIVO: Calificado SUJETO PASIVO: Calificado
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege el derecho de administración de
justicia
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De acción pública.
FORMAS INACABADAS: No admite tentativa, ni frustración.
EJEMPLO: El abogado Guillermo Rosales, fue
contratado por la señora Juana Márquez para
representarla en la demanda por la custodia de su
hijo menor Pedro Piña Márquez; pero sin que dicha
ciudadana lo supiera, recibió pecunia otorgada
por la contraparte y no realizó lo necesario para
ganar la querella.
20. ACCIÓN: Los que después de cometido un delito penado con
presidio o prisión, sin concierto anterior al delito mismo y sin contribuir
a llevarlo a anteriores efectos, ayuden sin embargo a asegurar su
provecho, a eludir las averiguaciones de la autoridad o a que los reos
se sustraigan a la persecución de esta o al cumplimiento de la
condena y los que de cualquier modo destruyan o alteren las huellas
o indicios de un delito que merezca las antedichas penas.
SUJETO ACTIVO: Indiferente SUJETO PASIVO: Calificado
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege el derecho de administración
de justicia
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De acción pública.
FORMAS INACABADAS: Admite tentativa.
EJEMPLO: El cirujano plástico Andrés García, opera al ciudadano
Omar Vázquez y le cambia los principales rasgos de su rostro, gracias
a lo cual, dicho sujeto acusado de homicidio logra desaparecer.
21. ART. 270 JUSTICIA POR SÍ
MISMO
ACCIÓN: El que, con el objeto solo de
ejercer un pretendido derecho, se haga
justicia por si mismo, haciendo uso de la
violencia sobre las cosas, cuando podía
haber recurrido a la autoridad, valiéndose
de amenaza o violencia contra las personas
y resultare cometida lesión corporal o algún
otro delito.
SUJETO ACTIVO: Indiferente SUJETO PASIVO:
Calificado.
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege el
derecho de administración de justicia
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De
acción pública
FORMAS INACABADAS: Admite tentativa y
frustración.
EJEMPLO: Ana González
dio muerte a Pedro
López, quien fuera
integrante de la banda
“Los Cachorros”, como
venganza por haber
cometido un hecho
punible donde resultó
Muerto su esposo.
NOTA: Si el hecho no
fuere acompañado de
otro delito enjuiciable
de oficio, no se
procederá sino a
instancia de parte, con
lo cual la naturaleza
jurídica de la acción
seria privada.
22. ACCIÓN: Cuando el culpable del delito
contra la administración de justicia de
tomarla por su propia mano,
compruebe la existencia del derecho
con que procede.
SUJETO ACTIVO: Indiferente SUJETO
PASIVO: Calificado
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege el
derecho de administración de justicia
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN:
De acción pública.
FORMAS INACABADAS: Admite
tentativa y frustración.
23.
24. ART. 283 INSTIGACIÓN A
DELINQUIR
ACCIÓN: Cualquiera que públicamente o por cualquier medio
instigare a otro u otros a ejecutar actos en contravención a las
leyes, por el solo hecho de la instigación, fuere para inducir a
cometer delitos o en todos los demás casos.
SUJETO ACTIVO: Indiferente SUJETO PASIVO: Calificado.
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege la integridad física, la
libertad, la seguridad pública, el orden público y la administración
de justicia.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De acción pública.
FORMAS INACABADAS: No admite formas inacabadas por cuanto
es un delito de palabra.
EJEMPLO: El activista político Nicolás Morante, hizo un llamado a salir
a las calles a manifestar contra las malas políticas económicas del
país y aun sin previa autorización concreto dicho llamado en una
marcha multitudinaria que al concluir se volvió violenta.
25. ACCIÓN: Quien instigare a la desobediencia
de las leyes o al odio entre sus habitantes o
hiciere apología de hechos que la ley prevé
como delitos, de modo que ponga en
peligro la tranquilidad pública.
SUJETO ACTIVO: Indiferente
SUJETO PASIVO: Calificado.
BIEN JURÍDICO TUTELADO: Se protege la
integridad física, la libertad, la seguridad
pública, orden público y la administración
de justicia.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De
acción pública.
FORMAS INACABADAS: No admite formas
inacabadas del delito.
26. ART. 286 AGAVILLAMIENTO
ACCIÓN: Cuando dos o más personas se asocien con el
fin de cometer delitos.
SUJETO ACTIVO: Indiferente SUJETO PASIVO: Calificado
BIEN JURÍDICO TUTELADO: El orden público.
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN: De acción
pública.
FORMAS INACABADAS: No admite formas inacabas de
delito.
NOTA: El agavillamiento también se encuentra tipificado
en el artículo 6 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia
Organizada, donde se tipifica en concordancia con el
Código Penal, que el solo hecho de asociarse con el fin
de cometer uno o varios hechos punibles, será
considerado un delito; donde los sujetos, bien jurídico
tutelado, naturaleza jurídica de la acción y la admisión
de formas inacabadas serian las mismas que las de el
artículo 286 del Código Penal.
EJEMPLO: Javier
Martínez, Julio
Mendoza y
Leticia Briceño,
se asociaron
con el fin de
crear una
empresa de
distribución de
alimentos en la
cual la gente
debia pagar el
doble del costo
neto del
producto, a
cambio de
conseguirlo
fácilmente.
27. Art. 481: Excusas Absolutorias
Señala que no se aceptarán denuncias en los casos de los
delitos de hurto, de la estafa y otros fraudes, de la apropiación
indebida y del aprovechamiento de cosas provenientes de
delito, si se han cometido al cónyuge no separado legalmente,
a un pariente en línea ascendiente o descendiente o a un
hermano que viva bajo el mismo techo.
Sin embargo en el numeral 3 del presente articulo se señala que
si se comete alguno de los delitos señalados en perjuicio del
cónyuge legalmente separado, de un hermano que no viva
bajo el mismo techo o de un familiar en segundo grado, la pena
será reducida en una tercera parte y no se procederá sino a
instancia de la parte agraviada.
Esto quiere decir que de constituirse el delito, ambos sujetos
serian calificados y la naturaleza jurídica de la acción seria de
acción privada.