El documento solicita al Concejo Deliberante de San Isidro que requiera un informe detallado al Departamento Ejecutivo sobre el estado actual del proyecto de desarrollo inmobiliario y comercial presentado por CENCOSUD en Beccar, incluyendo si se dieron respuestas a las observaciones vecinales, si se decretó la factibilidad del proyecto, y si se convocará a una audiencia pública, entre otros puntos. El bloque justicialista busca mayor transparencia sobre una supuesta carta a vecinos y el cumpl
466-HCD-2017 Proy. de Comunicación: pedido de informe CENCOSUD S.A.
1. Jt6
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloq ue Partido Justicial ¡sta
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO
San Isidro, 12 de Octubre de 2017
VISTO:
La tramitación administrativa municipal de factibilidad del Estudio de Impacto
Ambiental presentado por la empresa CENCOSUD S.A, por la que solicita la
autorización para el inicio de la construcción de un Mega-emprendimiento comercial
e inmobiliario que incluye un Centro Comercial con características deMall Abierto,
Viviendas en condominios, Viviendas en Torres, y Edificios en el predio que
perteneció a la empresa estatal Obras Sanitarias de la Nación ubicado
catastralmente como; Circunscripción VIII, Sección E, Fracción IV, Parcelas 2c
(Original), Circunscripción VIII, Sección B, Manzana 101, Parcela 2b y
Circunscripción VIII, Sección B, Manzana 101, respectivamente en Av. Centenario en
su intersección con Tomkinson de la localidad de Beccar, y en tal sentido el
cumplimiento con la Ley Nacional General del Ambiente N° 25.675 que hace
referencia a la obligatoriedad de convocar a una Audiencia Pública para tales fines,
y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo a través del Boletín Oficial Extra N°
1053/17 dio a conocer en mayo del presente año el Estudio de Impacto Ambiental
presentado por la empresa CENCOSUD propietaria del predio en cuestión a los fines
de solicitar la factibilidad del mismo e iniciar así el proceso de desarrollo de un mega
emprendimiento comercia'l e inmobiliario en aproximadamente 20 hectáreas que
pueden generar fuerte impactos negativos a la comunidad que habita el lugar.
Que el proyecto en cuestión prevé la Edificación de Torres hastá 13
pisos que hOy en día el Código de Ordenamiento Urbano prohibe, construcción de
viviendas multifamiliares tipo condominio::;, oficinas, además del centro comercial lo
que implicaría la provisión de todos los servicios públicos indispensables para su
funcionamiento y la circulación diaria de miles de personas y vehículos de todo porte.
Que inevitablemente este mega-emprendimiento generará conflictos
urbanísticos y ambientales que son indispensable considerar y debatir con la
comunidad del distrito como problemáticas de contaminación visual y sonora,
incremento del tránsito, disposición transit::>riade los residuos sólidos urbanos (RSU),
2. A5
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque Partido Justicialista
el aumento de los gases tóxicos, la rotura dé la trama urbana, el ataque a la
forestación, el aumento de la densificaclónurbana y de espacios inundables.
Que en tal sentido, el Bloque del Partido Justicialista, junto a concejales
de la oposición de diversas fuerzas políticas con representación en el HCD presentó
un proyecto de Ordenanza (366-HCD ..2017) el que fue girado a la Comisión de
Planeamiento Urbano y Medio a los efectos de dar cumplimiento a la Ley Nacional
General del Ambiente N° 25.675 convocando a Audiencia Pública no vinculante para
el debate, consideración y tratamiento de las "Evaluaciones y Declaraciones de
Impacto Ambiental" publicadas en el Boletín Oficial Extra N° 1053/2017 presentadas
por la consultora INGLESE S.A que asesora a la empresa CENCOSUD propietaria
del mencionado predio.
Que a los fine"s de cumplimentar con la convocatoria a Audiencia
Pública, el proyecto ordena al Departamento Ejecutivo suspender provisoriamente la
aplicación en todos sus términos de las "Evaluaciones y Declaraciones de Impacto
Ambiental" y el plan de inicio de obras del mega-emprendimiento.
Que además se instruye al Gobierno Municipal elevar el mencionado
Estudio de Impacto Ambiental a la Provincia de Buenos Aires y así dar cumplimiento
a la Ley Provincial de Grandes Superficies Comerciales N° 12.573 reglamentada por
Decreto N° 2372/2001, para que previamente a la realización de la Audiencia
Pública, se cumpla con los requisitos de registro y solicitud del estudio de factibilidad
provincial del impacto socioeconómico y ambiental en los términos fijados por los
articulos go, 10°, 11°, 12°,13°, 14°, 15° Y 16° de la citada norma.
Que asimismo el proyecto de Ordenanza da intervención al Defensor
del Pueblo de la Provincia de Buenos fl,ires a los efectos de garantizar el control y
ejercicio de la Defensa Jurisdiccional prevista en el artículo 36° Capítulo IV de la Ley
Provincial N° 11.723 de Medio Ambiente; a la empresa CENCOSUD S.A, a los
vecinos de aledaños al predio de la localidad de Beccar y al conjunto de la
comunidad del distrito de San Isidro.
Que actualmente el citado proyecto de Ordenanza no encuentra el
consenso necesario y voluntad política de parte del bloque del oficialismo de
Cambiemos para iniciar un proceso de convocatoria a los diversos actores
intervinientes, preocupados y movilizados por este mega-emprendimiento comercial
e inmobiliario, ni tampoco para su tratamiento y sanción a la brevedad.
Que no obstante, como sucedió hace unos meses, comenzó a
distribuirse casa por casa de vecinos aledaños al predio en cuestión una carta con
membrete con el escudo oficial del Gobierno Municipal de San Isidro pero sin
ninguna firma de autoridad competente u área de gestión que generó repercusiones
negativas y una profunda preocupación a la comunidad del lugar. "
3. AS
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque Partido Justicialista
Que de acuerdo al texto enviado a los vecinos (Ver ANEXO 1) en
cumplimiento de. la normativa municipal vigente la empresa CENCOSUD S.A
comenzará a la brevedad "trabajos de remoción de elementos y limpieza del predio".
Que además la carta afirma que "el Municipio decretó la factibilidad del
proyecto presentado y una vez que se complete la presentación de planos y demás
documentación que se exige antes de otorgar los permisos definitivos, CENCOSUD
S.A podrá iniciar la obra".
Que enterados de la mencionada miembro de la Asamblea Vecinal de
Beccar que realizaron profundas y complejas observaciones al proyecto y estudio de
Impacto Ambiental presentado por la empresa CENCOSUD S.A, concurrieron hace
unos días al área municipal que regula y gestiona el Ordenamiento Urbano municipal
donde fueron presentadas en tiempo y forma las mencionadas observaciones.
Que fueron recibidos por funcionarios de la Dirección General de
Ordenamiento Urbano, quienes les informaron que la empresa CENCOSUD S.A
hasta el momento no había dado respuestas a las objeciones presentadas por los
vecinoS, que no se ha emitido un decreto y que de acuerdo a la normativa vigente
una vez recibida las respuestas de la empresa el municipio debe convocar a un
comité de evaluación del impacto ambiental para tomar una decisión al respecto.
Que las cartas a los vecinos fueron distribuidas luego que se hiciera
pública el pedido de audiencia al Defelsor del Pueblo de la Provincia de Buenos
Aires confirmada el 27 de septiembre del presente año y de la reunión que
mantUvieron los vecinos de la Asamblea de Beccar hace pocos días en la Defensoría
del Pueblo de la Nación a los efectos de presentar el caso de incumplimiento con la
ley nacional en materia de convocatoria a Audiencia Pública y el impacto negativo
para el conjunto de la Comunidad de llevarse a cabo el mega-emprendimiento
comercial e inmobiliario proyectado por la empresa CENCOSUD S.A.
Que la Dra. Lucila Taboada responsable del Área de Medioambiente y
Desarrollo Sustentable recibió el expediente presentado por los vecinos con todos los
antecedentes del caSo y manifestaron estar al tanto de los pormenores del estudio
del Impacto ambiental presentado por CENCOSUD S.A y analizan la posibilidad de
presentar desde la Defensoria del Pueblo de la Nación un Pedido de Informes al
respecto.
Por todo lo expuesto el Bloque del Partido Justicialista de San Isidro
solicita a este Honorable Cuerpo el tratamiento y sanción del presente:
4. )6
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque Partido Justicialista
PROYECTO DE COMUNICACiÓN
Artículo 1°_. El Honorable Concejo Deliberante de San Isidro solicita al
Departamento Ejecutivo envíe a este cuerpo un amplio y completo informe sobre los
puntos referidos a continUación:
1- Cuál es el estado administrativo actual en el que se encuentra el Estudio de
Impacto Ambiental presentado por la empresa CENCOSUD S.A publicado en
el Boletín Oficial Extra N° 1053/17 que fuera encomendado a la Consultora
INGLESE S.A por el que solicita la autorización para el inicio de la
construcción de un Mega-emprendimiento comercial e inmobiliario que incluye
un Centro Come-rcial con características de Mall Abierto. Viviendas en
condominios¡ Viviendas en Torres, y Edificios en el predio que perteneció a la
empresa estatal Obras Sanitarias de la Nación ubicado catastralmente como;
Circunscripción VIII. Sección E, Fracción IV, Parcelas 2c (Original).
Circunscripción VIII. Sección B, Manzana 101, Parcela 2b y Circunscripción
VIII. Sección B, Manzana 101, respectivamente en Av. Centenario en su
intersecCión con Tomkinsonde la localidad de Beccar.
2- Que el DE informe a este Cuerpo si la empresa CENCOSUD S.A luego del
tiempo de vista del expediente ha dado respuestas a todas las observaciones
y objeciones presentadas oportunamente en tiempo y forma por vecinos,
profesionales y/o Organizaciones de la Comunidad sanisidrense de acuerdo a
lo establecido por la normativa municipal vigente.
3- De haber respondido la mencionada empresa a las observaciones y
objeciones sobre el Estudio de Impacto Ambiental, se solicita al DE. envíe a
este Honorable Cuerpo un infor118 detallado qué contenga las respuestas
brindadas.
4- Que el DE informe el número de decreto y de boletín oficial en el que figura
por el cual se otorga la factibilidad del proyecto presentado por la empresa
CENCOSUD S.A y si solicitó la presentación de planos y demás
documentación para otorgar los permisos definitivos del iniciar la obra como
indica una supuesta carta enviada a los vecinos.
5- Si el DE a los fihes de informar de estas decisiones administrativas a la
comunidad aledaña a dicho predio distribuyó una carta con membrete oficial
especificando las tareas autorizadas a realizar y el cumplimiento con la
normativa vigente.
6- Que el DE informe si dará cumplimiento con la Ley Nacional General del
Ambiente N° 25.675 Y convocará a Audiencia Pública no vinculante para el
5. Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque Partido Justicialista
debate, consideración y tratamiento de las "Evaluaciones y Declaraciones de
Impacto Ambiental" publicadas el1 el Boletín Oficial Extra N° 1053/2017.
7- Que el DE informe a este cuerpo si elevará el Estudio de Impacto Ambiental a
la Provincia de Buenos Aires y así dar cumplimiento a la Ley Provincial de
Grandes Superficies Comerciales N° 12.573 reglamentada por Decreto N°
2372/2001, para que previamente a la realización de la Audiencia Pública, se
cumpla con los requisitos de registro y solicitud del estudio de factibilidad
provincial del impacto socioeconómico y ambiental en los términos fijados por
los artículos go, 10°, 11°, 12°,13c
, 14°, 15° Y 16° de la citada norma.
Artículo 2°•. Los vistos y considerando~, son parte constitutiva del presente proyecto.
ABlANBREST
CONceJAL
el.oat¡JE PARTlDO JUSTIClAUSfA
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RE,SI2ENTE
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CON ) DELIBERANTE DE SAN ISlPRO
I
Artículb3° •. Comuníquese y envíése copia a la Defensoría del Pueblo de la Nación
y a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3°•. De Forma