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FACULTAD DE DERECHO Y HUMANIDADES
ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE DERECHO
PROCESO DE AMPARO:
Derechos fundamentales objeto de tutela. Competencia jurisdiccional. Plazo
para presentar la demanda. Amparo contra normas legales. Amparo contra
resoluciones judiciales.
AUTOR:
Sandoval Chima, Luis Miguel (ORCID: 0000-0001-8066-3573)
ASESOR:
Mag. Esteves Cabanillas, Manuel Alonso (ORCID: 0000-0002-1473-1782)
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN:
Derecho público y privado
LÍNEA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA
Fortalecimiento de la democracia, ciudadanía y cultura de paz
PIURA– PERÚ
2023
1
INDICE
I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 2
II. OPINIÓN ..................................................................................................................................... 4
2.1. El proceso de amparo y los derechos fundamentales. ................................................. 4
2.2. El correcto ejercicio de protección por medio del amparo............................................ 6
III. ARGUMENTACIÓN TEORÍCA............................................................................................. 7
3.1. Competencia jurisdiccional. .............................................................................................. 9
3.2. Plazo para presentar la demanda.................................................................................... 9
3.3. Amparo contra normas legales......................................................................................... 9
3.4. Amparo contra resoluciones judiciales.......................................................................... 10
IV. CONCLUSIÓN...................................................................................................................... 11
REFERENCIAS................................................................................................................................ 12
2
I. INTRODUCCIÓN
El presente artículo de opinión se detalla en base al proceso de amparo,
actualmente el proceso de amparo en nuestro país peruano se constituye como un
proceso recurrente al que los ciudadanos recurren para su uso. Es interesante
mencionar que el proceso de amparo en su totalidad contiene la protección de
derechos fundamentales, de igual manera un acceso a la tutela jurisdiccional efectiva
y debido proceso, dentro de este último mencionado se encuentra la motivación de la
competencia jurisdiccional, el plazo establecido, amparo contra normas legales y
amparo contra resoluciones judiciales. Su importancia se establece porque busca
garantizar derechos fundamentales que toda persona tiene al encontrarse en una
sociedad, estos derechos se enmarcan como una distinción a la libertad individual y
los que resultan protegidos por otro tipo de procesos constitucionales. Esencialmente
su acción se fundamenta en que muchos ciudadanos peruanos lo utilizan porque se
encuentran en la busca de una tutela de urgencia que resulte aplicable a su proceso
como un mecanismo de defensa regulado por nuestra carta magna, es así que con
esta institución procesal se pretende erradicar la violación de derechos fundamentales
o en todo caso la restitución de derechos ante situaciones de amenaza frente a
autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales. Partiendo de esta premisa y tras
haberse expresado la importancia del uso del proceso de amparo, es elemental
realizar un análisis crítico ante la dación procesal del amparo y todo lo que se
constituye en torno a este mismo. Como problema en cuestión se atribuye a su uso
indiscriminado por las partes procesales en relación con una conducta de mala fe,
consecuentemente se manifiestan demoras procesales afectando la principal
motivación del amparo y la abarcación general a su propio proceso generando
confusión procesal entre la efectividad de lo que es un debido acceso a la justicia.
Recayendo de igual manera también en la interpretación de los derechos
fundamentales y su valoración generando una amplia controversia en el proceso y
jurisprudencia, especialmente en situaciones donde realmente se necesita la
aplicación instantánea de esta vía que es un mecanismo de defensa. Existe una
premisa que establecía lo que es el proceso de amparo y como entablar su utilización,
y esta es la hoy actual derogada Ley de Habeas Corpus y Amparo la Ley Nº23506
donde se comprendía al proceso de amparo como uno en donde su constitución es
en torno a la vía paralela que limita con el proceso ordinaria, siendo así actualmente
3
existe una diversidad de criterios respecto a este lineamiento contemplado, ya que
nuestra normatividad regulatoria actualmente define e instaura el amparo residual o
subsidiario. Lo cual genera una controversia empírica. El propósito del presente
trabajo es emplear soluciones para enfrentar la presente problemática y ameritar el
conocimiento en la práctica de utilización del proceso de amparo porque es un
aspecto procesal que amerita que se emplee de una manera eficaz ya que se
encuentra en juego los derechos fundamentales de la persona, pues en la realidad
peruana esto no es así y existe un mal tratamiento respecto a esto tanto como en su
regulación y en base a lo que se acontece en el desarrollo del proceso. Este mal
tratamiento de esta institución denominada por otros autores también como una
garantía judicial pertinente se encuentra dado como una herramienta mal dada por
parte de los jueces y abogados que realizan su uso, ya que han logrado convertirla y
saturarla tanto así que no llega a dar con su debida finalidad. Ahora es importante
mencionar que los derechos fundamentales objeto de tutela que se estipulan en el
amparo son de mera urgencia debido a que se encuentra como persona titular el bien
jurídico protegido de la persona, tanto como su vida y su integridad son de valor
esencial de protección ante arbitrariedades existentes o situaciones de amenaza. La
atribución de la competencia jurisdiccional del amparo tiene como pilar fundamental
a nuestra Constitución Política del Perú, a la Ley N.º 25398, y a los órganos de
competencia que se distribuyen en dos tipos de etapas dentro de una competencia
ya sea territorial o funcional. Sin rescatar como menos importante el desarrollo del
proceso de amparo se estipula lo que es el tema del plazo para presentar la demanda,
es esto mismo lo que ya se centra en ser el propio procedimiento desde el inicio de la
interposición de la demanda hasta lo que podría llegar a ser un recurso de apelación.
Respecto al amparo contra norma legales es necesario señalar que estamos
ante un lineamiento que se considera como una herramienta principal en razón a que
permite realiza la impugnación de una norma o disposición legal que se encuentre
afectando los derechos fundamentales. Finalmente, respecto a lo que acontece el
amparo contra resoluciones judiciales se implica a un procedimiento regular donde el
amparo no es una instancia más dentro de un proceso.
4
II. OPINIÓN
El presente análisis del artículo de opinión se detalla básicamente en realizar
un análisis a todos los aspectos procesales o lineamientos que se distribuyen desde
el desarrollo del proceso de amparo, y el hecho de porque actualmente su utilización
se encuentra empleándose de manera desmedida perdiendo su carácter esencial
bajo un mal ejercicio y práctica procesal donde se realiza una afectación a los
derechos fundamentales de la persona y su debida intervención.
El proceso de amparo tiene un desarrollo que parte desde el inicio en el que
se impone esta herramienta como método garante de protección constitucional,
donde no se puede invalidar su accionar, ya que es una institución procesal
netamente fundamental para nuestra sociedad es así como a lo largo de los años se
ha ido estableciendo una mala práctica procesal interpuesta por abogados y jueces
motivo de insuficiencia procesal para las partes procesales que buscan como se ha
señalado inicialmente en la introducción, se busca una garantía de protección no una
barrera de demora procesal que ha sido mal efectuada que en vez de generar un
beneficio, logra generar una desventaja en el proceso además de retardar otros
procesos que si son merecedores de este mecanismo de defensa.
2.1. El proceso de amparo y los derechos fundamentales.
Respecto a los derechos fundamentales objeto de tutela es necesario prescindir
que es la motivación principal del amparo y su interpretación, por lo tanto, es
fundamental que se dé su correcta aplicación, su debido ejercicio es el objetivo final
de esta herramienta que busca el debido cumplimiento de la garantía constitucional
del derecho a la tutela jurisdiccional y el debido proceso legal. La tutela jurisdiccional
efectiva desenvuelve un papel crucial en los procesos de amparo debido a que
asegura que todas las personas sin distinción alguna tengan acceso de manera
igualitaria a los órganos jurisdiccionales, al debido proceso legal, a una resolución
justa de las controversias de las partes involucradas y al cumplimiento de las
decisiones judiciales, todo ello son aspectos fundamentales para garantizar un
sistema de justicia efectiva, justo, igualitario y respetuoso de los derechos del
ciudadano. Por otro lado, la importancia de la tutela jurisdiccional efectiva también
radica en que es un derecho de estricto cumplimiento. Su protección es a los derechos
fundamentales, por lo tanto, es esta misma condición la que la logra ponderar como
5
un valor supremo del Estado y de la sociedad. El objetivo principal de su acción es
que no se emitan sentencias que resulten ser arbitrarias y que dentro del proceso se
establezcan las garantías mínimas como el correcto acceso a la jurisdicción y el
derecho a la efectividad procesal. Por todo esto es que resulta crucial una correcta
dación de los derechos mencionados y principalmente que se regule por nuestros
propios operadores de nuestra justicia la debida practica procesal del amparo.
La importancia del amparo se va a constituir en base a que es una garantía con
valor que nace desde la integración de la Carta Magna, ya que deviene como una
protección al libre albedrío del ser humano. Su objetivo se sostiene en velar que se
emplee una correcta efectividad procesal en los procesos donde intervengan los
aparatos judiciales, parte de su propio contenido se encuentra dirigido a que los
procesos no tarden más de lo suficiente en ser resueltos, es decir no se presenten
dilaciones indebidas, ya que de manera consecuente se colocará en riesgo el derecho
de las partes a obtener una resolución justa en un plazo razonable.
Es el autor Castillo quien aclara que, si presenciamos en la aplicación de la
realidad un proceso sin dilaciones indebidas, esto significa que la actuación del
proceso ha sido adecuada y se está realizando una debida aplicación del derecho a
la tutela jurisdiccional efectiva, acreditándose la existencia de lineamientos que han
sido ejecutados correctamente con efectos positivos, ejecutándose así y frenándose
la problemática procesal de la mala práctica en el proceso de amparo que nace desde
la interposición de la demanda. (Castillo, 2023).
No obstante, el objeto de protección del proceso de amparo se sustenta en
relación con lo que contiene la garantía constitucional, ahora bien, toda vez que se ha
realizado mención a esta protección de derechos tanto de manera directa o indirecta
se recae en la propia constitución, es así que el proceso de amparo se ha visualizado
y utilizado de tal manera que por tratarse si bien es cierto como un mecanismo de
defensa, su uso se ha establecido de manera desmedida dando como consecuencia
una carga por parte de los justiciables. Es así como en el Poder Judicial se puede
manifestar una existencia de demandas de amparo que no tienen el sustento
merecedor para señalarse como debidamente motivadas, resultando la presentación
de cualquier motivo o controversia sin una adecuada referencia constitucional de
procedencia, ya que no se ha estipulado la formalidad para realizar la correcta
6
admisión de estas demandas. Es el objetivo de nuestro proceso constitucional el
hecho de restringir demandas que no se basen directamente en la propia Constitución
y su procesamiento adecuado.
2.2. El correcto ejercicio de protección por medio del amparo.
Cuando se señala un correcto ejercicio de protección por medio del amparo, se
hace principal referencia a que la protección garantizada que persiguen los fines del
amparo sea realmente llevada a cabo. Lográndose esto mediante la aplicación de los
principios constitucionales que buscan ameritar una debida protección.
Estadísticamente se tiene la siguiente información en razón a en qué casos realmente
se ha realizado la correcta aplicación del ejercicio de protección por medio del
amparo. No obstante, esta información solamente nos permite determinar la
proporción de demandas de amparo presentadas debido a la violación de derechos
fundamentales procesales y sustantivos, pero no nos indica si dichas demandas son
exitosas o no.
Tras haberse realizado el estudio a 632 resoluciones emitidas y resueltas por el
TC en relación con la vulneración de derechos, perteneciente a la interposición de un
amparo, son 59 de estas resoluciones las que son derivadas por supuesta vulneración
de derechos fundamentales, representando estadísticamente un 9.34%
Causales de improcedencia que no deberán ser admitidas para recurrir al
amparo.
• Los procesos constitucionales solo actuaran cuando no se halle otro
mecanismo fundamental de procedimiento para el derecho vulnerado.
• El proceso constitucional es la última ratio
• No se puede pedir vía constitucional a lo que no se determine en esta misma,
sino en un proceso ordinario.
7
III. ARGUMENTACIÓN TEORÍCA
En el presente apartado se va a realizar un sustento teórico para la problemática
presentada, problemática que parte del objetivo de proponer soluciones para abordar
este problema y destacar la importancia de tener un conocimiento práctico en el uso
del proceso de amparo. Esto es crucial, ya que involucra la protección de los derechos
fundamentales de las personas. Sin embargo, en la realidad peruana, existe una
deficiencia tanto en su regulación como en la aplicación efectiva durante el desarrollo
del proceso.
Hay algunos autores que delimitan a la dación tutelar como el derecho y garantía
constitucional de la que goza toda persona desde su nacimiento e instauración al
contexto de convivencia entre seres humanos, dentro de este propio contenido, se
especifica a el hecho de tener acceso al órgano jurisdiccional y que este último atienda
su petición por medio de un proceso, el cual se va a llevar a cabo respetando los
derechos fundamentales como una eficacia procesal de las partes en el proceso,
garantizando así que el órgano jurisdiccional tome decisiones judiciales eficaces
donde resuelva de manera justa y oportuna las pretensiones del demandado, si este
tuviera la razón o se libere de ellas al demandado por falta de fundamentos sólidos
(Alvites, 2018).
Sin embargo, en la opinión de otros autores se precisa que el derecho a la tutela
jurisdiccional efectiva no se limita únicamente a una instauración de las partes
procesales como justiciables o al cumplimiento que los tribunales tengan respecto de
las garantías procesales que conlleva el proceso constitucional del amparo. Se
precisa que se abarca más allá de lo antes mencionado, y su razón se basa en que
este derecho de manera satisfactoria restablezca o proteja plenamente el contexto
jurídico de índole material que ha sido lesionada o amenazada de las partes
involucradas en el proceso.
Adicionalmente, se agrega de manera conceptual que la protección de derechos
en el proceso, si bien es cierto inicia desde el acceso a la justicia, esto se debe
contemplar y manifestar también hasta la emisión de las resoluciones, las pautas
procesales como la ejecución de la sentencia, la correcta defensa de las partes y
sobre todo tener muy presente el límite de los plazos que se acontece como en todo
proceso por la correcta valoración que realizara el juez a cargo. (Landa, 2021).
8
La correcta protección del amparo, en efecto, es determinar la integración de la
tutela jurisdiccional efectiva y lo fundamental que resulta para identificar si se ha
vulnerado este derecho en un caso específico. Al conocer los elementos constitutivos,
es posible analizar si se han cumplido o no las garantías y requisitos necesarios para
asegurar un acceso efectivo a la justicia y una resolución adecuada de los conflictos.
Es así como se comprende que la complementación de un debido proceso es
un elemento indispensable del proceso de amparo. Por otro lado, otros juristas
señalan que el contenido de la tutela jurisdiccional efectiva va relacionado con lo
consagrado en la Constitución peruana de 1993 , en su artículo 139 inciso 3, en razón
de que se designe a la persona un juez natural que goce de independencia e
imparcialidad, el cual debe estar establecido previamente por ley , en esa misma
línea, comprende que todas las personas tengan la oportunidad real y efectiva de
acceder al órgano jurisdiccional para presentar sus reclamaciones y obtener una
resolución judicial imparcial y justa.
En síntesis, en base a todo lo analizado respecto a autores, se tiene por
entendido que la integración de un debido proceso de amparo es un derecho
fundamental consagrado en la Carta Magna peruana y a su vez en el Código Procesal
Constitucional, donde se realiza el debido pronunciamiento de que a todos los seres
en la sociedad se les debe garantizar un acceso a la protección de sus derechos ante
lesiones. Todo ello con el fin de garantizar una justicia equitativa o satisfactoria para
las partes involucradas en los procesos constitucionales de amparo, donde el fin
principal es salvaguardar los derechos de la persona frente a arbitrariedades que se
pueda suscitar en los órganos jurisdiccionales y dentro del proceso. (Solari, 2022)
Es así como la interpretación del amparo y la tutela jurisdiccional se detalla en
base a su interpretación, ya que es una variable de garantía de protección de la que
gozamos todos los seres humanos, por lo tanto, es necesaria su integración y debida
aplicación para poder tener acceso neto y neutral a la justicia.
De esta manera también se define como un principio constitucional que parte
desde la dación de los derechos humanos. A continuación, se realizará el análisis a
las formalidades que se constituyen para interponer un proceso de amparo, de igual
manera se destacara el hecho de que se realice un correcto funcionamiento de
protección de derechos. Analizándose primordialmente los siguientes supuestos:
9
3.1. Competencia jurisdiccional.
La competencia jurisdiccional en el proceso de amparo se base en contemplar
a la autoridad o tribunal que tiene la facultad legal para conocer y resolver casos
relacionados con la protección de los derechos fundamentales de las personas. En el
contexto del proceso de amparo en nuestro país, podremos encontrar esta
competencia en nuestro Código Procesal Constitucional.
En el artículo 200 de la Constitución Política del Perú se establece el derecho
de toda persona a recurrir al Poder Judicial para que se ampare el libre ejercicio de
sus derechos fundamentales. Asimismo, se determina que la acción de amparo
procede contra cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnere o amenace
dichos derechos.
La competencia territorial se refiere a la delimitación geográfica dentro de la cual
un juzgado tiene autoridad para la interposición de los casos. En el proceso de
amparo, la demanda puede ser presentada ante cualquier juzgado civil o mixto del
lugar donde se haya producido la vulneración de los derechos fundamentales.
Es así como también la Ley que hace referencia a la interpretación del habeas
corpus y el amparo define sobre la procedencia de la acción que va en contra de las
resoluciones judiciales, realizándose la precisión de que también se darán acciones
de garantía en el caso donde una autoridad con facultades judiciales realice la emisión
de una resolución o cualquier otra disposición que se encuentra vulnerando derechos
fundamentales de nuestra Carta Magna.
3.2. Plazo para presentar la demanda.
El plazo para realizar la presentación de la demanda de amparo se manifestará
de la siguiente manera:
• Regla general: 60 días hábiles de producida la afectación.
• Excepciones para su presentación: Causales de improcedencia.
3.3. Amparo contra normas legales.
Se interpone mediante vía judicial para dar a conocer y proceder contra la
constitucionalidad de una norma legal, alegando que esta vulnera derechos
constitucionales representado por nuestra Carta Magna. Como fundamento
constitucional se tiene principalmente al hecho de que el proceso de amparo contra
10
normas legales garantiza el derecho de toda persona a recurrir al Poder Judicial para
que se ampare el libre ejercicio de sus derechos constitucionales.
Posteriormente se da con la interposición de la demanda con el cumplimiento de todas
las formalidades.
3.4. Amparo contra resoluciones judiciales.
El amparo no es una instancia más dentro de un proceso llevado por la vía
ordinaria. Según lo predispuesto por nuestro artículo Nº200 no va a proceder lo
mencionado en el presente apartado debido a que son medidas adoptadas dentro de
un procedimiento denominado como regular.
Es en el análisis de la sentencia STC No. 5374-2005-PA/TC donde se corroboro
que existe la posibilidad de realizar la presentación de dicho amparo que vaya en
contra de resoluciones emitidas de manera judicial, pero esto será cuando se emplee
la calidad de cosa juzgada y siempre y cuando se demuestre que se hayan expedido
en una notable violación a los derechos fundamentales.
11
IV. CONCLUSIÓN
El amparo tiene como principal motivación y objetivo en razón a garantizar la
protección de los derechos fundamentales de la persona ante lesiones o amenazas
de vulneración, el amparo es netamente una protección constitucional.
El proceso de amparo sufre de un uso indiscriminado debido al mal
funcionamiento normativo de nuestro país que no especifica su uso concretamente.
Generándose un uso indebido muchas veces en casos que no ameritan ser
pertenecientes a este proceso.
Existe una innecesaria interposición de demandas que se señala esencialmente
como una problemática existente ante el mal ejercicio práctico de jueces y abogados.
El amparo también recae sobre una adecuación y respaldo del derecho a la
tutela jurisdiccional efectiva y un debido proceso legal.
Las formalidades que se especifiquen para interponer una demanda de amparo
deben ser concretamente evaluadas y asegurarse su cumplimiento, tanto, así como
también las críticas existentes para su admisibilidad.
Identificar de manera precisa qué aspectos de los derechos procesales están
amparados por la Constitución es una responsabilidad crucial para un abogado en
ejercicio. Esto contribuye a determinar si una resolución judicial afecta o no esos
aspectos, lo que a su vez posibilita la presentación de una demanda de amparo
correspondiente contra dicha resolución.
12
REFERENCIAS
Castillo, L. (2023). La naturaleza no excepcional del amparo en el Perú. La Ley.
Revista El angúlo legal de la noticia. https://laley.pe/art/14794/naturaleza-
no-excepcional-del-amparo-en-peru
Alvites, Elena. (2018). La constitucionalización del ordenamiento jurídico
peruano: avances y obstáculos del proceso. Derecho PUCP, (80), 361-
390. https://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201801.010
Landa Arroyo, César. (2021). El derecho fundamental a la igualdad y no
discriminación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú.
Estudios constitucionales, 19(2), 71-101. Epub 31 de diciembre de
2021.https://dx.doi.org/10.4067/S0718-52002021000200071.
Solari Escobedo, A. I. (2022). El camino para garantizar los derechos de las
personas con discapacidad y los grupos en condición de vulnerabilidad
en el Perú bajo el amparo de instrumentos de protección internacional.
Revista Llapanchikpaq: Justicia, 4(4), 79-99.
https://doi.org/10.51197/lj.v4i4.593
Correa Freitas, Ruben. (2022). Panorama actual del derecho procesal
constitucional. Revista de la Facultad de Derecho, (53), e301. Epub 01 de
junio de 2022.https://doi.org/10.22187/rfd2022n53a2
Abad Yupanqui, S. B. (2015). El proceso de amparo en el Perú: antecedentes,
desarrollo normativo y regulación vigente. THEMIS Revista De Derecho,
(67), 293-307. Recuperado a partir de
https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/14476
Chávez Postigo, J. (2021) La dignidad ante la eutanasia: Notas críticas a la
sentencia del caso Ana Estrada, Gaceta Constitucional, Lima.
Corte Superior de Justicia de Lima Décimo Primer Juzgado Constitucional
(2021) Sentencia del 22 de febrero de 2021. STC No. 5374-2021-PA/TC.
Recuperado de:
[https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/93e30b8041b800909d49bd5aa
55ef1d3/D_Sentencia_Ana_Estrada_250221.pdf?MOD=AJPERES&CA
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  • 1. 0 FACULTAD DE DERECHO Y HUMANIDADES ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE DERECHO PROCESO DE AMPARO: Derechos fundamentales objeto de tutela. Competencia jurisdiccional. Plazo para presentar la demanda. Amparo contra normas legales. Amparo contra resoluciones judiciales. AUTOR: Sandoval Chima, Luis Miguel (ORCID: 0000-0001-8066-3573) ASESOR: Mag. Esteves Cabanillas, Manuel Alonso (ORCID: 0000-0002-1473-1782) LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: Derecho público y privado LÍNEA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA Fortalecimiento de la democracia, ciudadanía y cultura de paz PIURA– PERÚ 2023
  • 2. 1 INDICE I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 2 II. OPINIÓN ..................................................................................................................................... 4 2.1. El proceso de amparo y los derechos fundamentales. ................................................. 4 2.2. El correcto ejercicio de protección por medio del amparo............................................ 6 III. ARGUMENTACIÓN TEORÍCA............................................................................................. 7 3.1. Competencia jurisdiccional. .............................................................................................. 9 3.2. Plazo para presentar la demanda.................................................................................... 9 3.3. Amparo contra normas legales......................................................................................... 9 3.4. Amparo contra resoluciones judiciales.......................................................................... 10 IV. CONCLUSIÓN...................................................................................................................... 11 REFERENCIAS................................................................................................................................ 12
  • 3. 2 I. INTRODUCCIÓN El presente artículo de opinión se detalla en base al proceso de amparo, actualmente el proceso de amparo en nuestro país peruano se constituye como un proceso recurrente al que los ciudadanos recurren para su uso. Es interesante mencionar que el proceso de amparo en su totalidad contiene la protección de derechos fundamentales, de igual manera un acceso a la tutela jurisdiccional efectiva y debido proceso, dentro de este último mencionado se encuentra la motivación de la competencia jurisdiccional, el plazo establecido, amparo contra normas legales y amparo contra resoluciones judiciales. Su importancia se establece porque busca garantizar derechos fundamentales que toda persona tiene al encontrarse en una sociedad, estos derechos se enmarcan como una distinción a la libertad individual y los que resultan protegidos por otro tipo de procesos constitucionales. Esencialmente su acción se fundamenta en que muchos ciudadanos peruanos lo utilizan porque se encuentran en la busca de una tutela de urgencia que resulte aplicable a su proceso como un mecanismo de defensa regulado por nuestra carta magna, es así que con esta institución procesal se pretende erradicar la violación de derechos fundamentales o en todo caso la restitución de derechos ante situaciones de amenaza frente a autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales. Partiendo de esta premisa y tras haberse expresado la importancia del uso del proceso de amparo, es elemental realizar un análisis crítico ante la dación procesal del amparo y todo lo que se constituye en torno a este mismo. Como problema en cuestión se atribuye a su uso indiscriminado por las partes procesales en relación con una conducta de mala fe, consecuentemente se manifiestan demoras procesales afectando la principal motivación del amparo y la abarcación general a su propio proceso generando confusión procesal entre la efectividad de lo que es un debido acceso a la justicia. Recayendo de igual manera también en la interpretación de los derechos fundamentales y su valoración generando una amplia controversia en el proceso y jurisprudencia, especialmente en situaciones donde realmente se necesita la aplicación instantánea de esta vía que es un mecanismo de defensa. Existe una premisa que establecía lo que es el proceso de amparo y como entablar su utilización, y esta es la hoy actual derogada Ley de Habeas Corpus y Amparo la Ley Nº23506 donde se comprendía al proceso de amparo como uno en donde su constitución es en torno a la vía paralela que limita con el proceso ordinaria, siendo así actualmente
  • 4. 3 existe una diversidad de criterios respecto a este lineamiento contemplado, ya que nuestra normatividad regulatoria actualmente define e instaura el amparo residual o subsidiario. Lo cual genera una controversia empírica. El propósito del presente trabajo es emplear soluciones para enfrentar la presente problemática y ameritar el conocimiento en la práctica de utilización del proceso de amparo porque es un aspecto procesal que amerita que se emplee de una manera eficaz ya que se encuentra en juego los derechos fundamentales de la persona, pues en la realidad peruana esto no es así y existe un mal tratamiento respecto a esto tanto como en su regulación y en base a lo que se acontece en el desarrollo del proceso. Este mal tratamiento de esta institución denominada por otros autores también como una garantía judicial pertinente se encuentra dado como una herramienta mal dada por parte de los jueces y abogados que realizan su uso, ya que han logrado convertirla y saturarla tanto así que no llega a dar con su debida finalidad. Ahora es importante mencionar que los derechos fundamentales objeto de tutela que se estipulan en el amparo son de mera urgencia debido a que se encuentra como persona titular el bien jurídico protegido de la persona, tanto como su vida y su integridad son de valor esencial de protección ante arbitrariedades existentes o situaciones de amenaza. La atribución de la competencia jurisdiccional del amparo tiene como pilar fundamental a nuestra Constitución Política del Perú, a la Ley N.º 25398, y a los órganos de competencia que se distribuyen en dos tipos de etapas dentro de una competencia ya sea territorial o funcional. Sin rescatar como menos importante el desarrollo del proceso de amparo se estipula lo que es el tema del plazo para presentar la demanda, es esto mismo lo que ya se centra en ser el propio procedimiento desde el inicio de la interposición de la demanda hasta lo que podría llegar a ser un recurso de apelación. Respecto al amparo contra norma legales es necesario señalar que estamos ante un lineamiento que se considera como una herramienta principal en razón a que permite realiza la impugnación de una norma o disposición legal que se encuentre afectando los derechos fundamentales. Finalmente, respecto a lo que acontece el amparo contra resoluciones judiciales se implica a un procedimiento regular donde el amparo no es una instancia más dentro de un proceso.
  • 5. 4 II. OPINIÓN El presente análisis del artículo de opinión se detalla básicamente en realizar un análisis a todos los aspectos procesales o lineamientos que se distribuyen desde el desarrollo del proceso de amparo, y el hecho de porque actualmente su utilización se encuentra empleándose de manera desmedida perdiendo su carácter esencial bajo un mal ejercicio y práctica procesal donde se realiza una afectación a los derechos fundamentales de la persona y su debida intervención. El proceso de amparo tiene un desarrollo que parte desde el inicio en el que se impone esta herramienta como método garante de protección constitucional, donde no se puede invalidar su accionar, ya que es una institución procesal netamente fundamental para nuestra sociedad es así como a lo largo de los años se ha ido estableciendo una mala práctica procesal interpuesta por abogados y jueces motivo de insuficiencia procesal para las partes procesales que buscan como se ha señalado inicialmente en la introducción, se busca una garantía de protección no una barrera de demora procesal que ha sido mal efectuada que en vez de generar un beneficio, logra generar una desventaja en el proceso además de retardar otros procesos que si son merecedores de este mecanismo de defensa. 2.1. El proceso de amparo y los derechos fundamentales. Respecto a los derechos fundamentales objeto de tutela es necesario prescindir que es la motivación principal del amparo y su interpretación, por lo tanto, es fundamental que se dé su correcta aplicación, su debido ejercicio es el objetivo final de esta herramienta que busca el debido cumplimiento de la garantía constitucional del derecho a la tutela jurisdiccional y el debido proceso legal. La tutela jurisdiccional efectiva desenvuelve un papel crucial en los procesos de amparo debido a que asegura que todas las personas sin distinción alguna tengan acceso de manera igualitaria a los órganos jurisdiccionales, al debido proceso legal, a una resolución justa de las controversias de las partes involucradas y al cumplimiento de las decisiones judiciales, todo ello son aspectos fundamentales para garantizar un sistema de justicia efectiva, justo, igualitario y respetuoso de los derechos del ciudadano. Por otro lado, la importancia de la tutela jurisdiccional efectiva también radica en que es un derecho de estricto cumplimiento. Su protección es a los derechos fundamentales, por lo tanto, es esta misma condición la que la logra ponderar como
  • 6. 5 un valor supremo del Estado y de la sociedad. El objetivo principal de su acción es que no se emitan sentencias que resulten ser arbitrarias y que dentro del proceso se establezcan las garantías mínimas como el correcto acceso a la jurisdicción y el derecho a la efectividad procesal. Por todo esto es que resulta crucial una correcta dación de los derechos mencionados y principalmente que se regule por nuestros propios operadores de nuestra justicia la debida practica procesal del amparo. La importancia del amparo se va a constituir en base a que es una garantía con valor que nace desde la integración de la Carta Magna, ya que deviene como una protección al libre albedrío del ser humano. Su objetivo se sostiene en velar que se emplee una correcta efectividad procesal en los procesos donde intervengan los aparatos judiciales, parte de su propio contenido se encuentra dirigido a que los procesos no tarden más de lo suficiente en ser resueltos, es decir no se presenten dilaciones indebidas, ya que de manera consecuente se colocará en riesgo el derecho de las partes a obtener una resolución justa en un plazo razonable. Es el autor Castillo quien aclara que, si presenciamos en la aplicación de la realidad un proceso sin dilaciones indebidas, esto significa que la actuación del proceso ha sido adecuada y se está realizando una debida aplicación del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, acreditándose la existencia de lineamientos que han sido ejecutados correctamente con efectos positivos, ejecutándose así y frenándose la problemática procesal de la mala práctica en el proceso de amparo que nace desde la interposición de la demanda. (Castillo, 2023). No obstante, el objeto de protección del proceso de amparo se sustenta en relación con lo que contiene la garantía constitucional, ahora bien, toda vez que se ha realizado mención a esta protección de derechos tanto de manera directa o indirecta se recae en la propia constitución, es así que el proceso de amparo se ha visualizado y utilizado de tal manera que por tratarse si bien es cierto como un mecanismo de defensa, su uso se ha establecido de manera desmedida dando como consecuencia una carga por parte de los justiciables. Es así como en el Poder Judicial se puede manifestar una existencia de demandas de amparo que no tienen el sustento merecedor para señalarse como debidamente motivadas, resultando la presentación de cualquier motivo o controversia sin una adecuada referencia constitucional de procedencia, ya que no se ha estipulado la formalidad para realizar la correcta
  • 7. 6 admisión de estas demandas. Es el objetivo de nuestro proceso constitucional el hecho de restringir demandas que no se basen directamente en la propia Constitución y su procesamiento adecuado. 2.2. El correcto ejercicio de protección por medio del amparo. Cuando se señala un correcto ejercicio de protección por medio del amparo, se hace principal referencia a que la protección garantizada que persiguen los fines del amparo sea realmente llevada a cabo. Lográndose esto mediante la aplicación de los principios constitucionales que buscan ameritar una debida protección. Estadísticamente se tiene la siguiente información en razón a en qué casos realmente se ha realizado la correcta aplicación del ejercicio de protección por medio del amparo. No obstante, esta información solamente nos permite determinar la proporción de demandas de amparo presentadas debido a la violación de derechos fundamentales procesales y sustantivos, pero no nos indica si dichas demandas son exitosas o no. Tras haberse realizado el estudio a 632 resoluciones emitidas y resueltas por el TC en relación con la vulneración de derechos, perteneciente a la interposición de un amparo, son 59 de estas resoluciones las que son derivadas por supuesta vulneración de derechos fundamentales, representando estadísticamente un 9.34% Causales de improcedencia que no deberán ser admitidas para recurrir al amparo. • Los procesos constitucionales solo actuaran cuando no se halle otro mecanismo fundamental de procedimiento para el derecho vulnerado. • El proceso constitucional es la última ratio • No se puede pedir vía constitucional a lo que no se determine en esta misma, sino en un proceso ordinario.
  • 8. 7 III. ARGUMENTACIÓN TEORÍCA En el presente apartado se va a realizar un sustento teórico para la problemática presentada, problemática que parte del objetivo de proponer soluciones para abordar este problema y destacar la importancia de tener un conocimiento práctico en el uso del proceso de amparo. Esto es crucial, ya que involucra la protección de los derechos fundamentales de las personas. Sin embargo, en la realidad peruana, existe una deficiencia tanto en su regulación como en la aplicación efectiva durante el desarrollo del proceso. Hay algunos autores que delimitan a la dación tutelar como el derecho y garantía constitucional de la que goza toda persona desde su nacimiento e instauración al contexto de convivencia entre seres humanos, dentro de este propio contenido, se especifica a el hecho de tener acceso al órgano jurisdiccional y que este último atienda su petición por medio de un proceso, el cual se va a llevar a cabo respetando los derechos fundamentales como una eficacia procesal de las partes en el proceso, garantizando así que el órgano jurisdiccional tome decisiones judiciales eficaces donde resuelva de manera justa y oportuna las pretensiones del demandado, si este tuviera la razón o se libere de ellas al demandado por falta de fundamentos sólidos (Alvites, 2018). Sin embargo, en la opinión de otros autores se precisa que el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva no se limita únicamente a una instauración de las partes procesales como justiciables o al cumplimiento que los tribunales tengan respecto de las garantías procesales que conlleva el proceso constitucional del amparo. Se precisa que se abarca más allá de lo antes mencionado, y su razón se basa en que este derecho de manera satisfactoria restablezca o proteja plenamente el contexto jurídico de índole material que ha sido lesionada o amenazada de las partes involucradas en el proceso. Adicionalmente, se agrega de manera conceptual que la protección de derechos en el proceso, si bien es cierto inicia desde el acceso a la justicia, esto se debe contemplar y manifestar también hasta la emisión de las resoluciones, las pautas procesales como la ejecución de la sentencia, la correcta defensa de las partes y sobre todo tener muy presente el límite de los plazos que se acontece como en todo proceso por la correcta valoración que realizara el juez a cargo. (Landa, 2021).
  • 9. 8 La correcta protección del amparo, en efecto, es determinar la integración de la tutela jurisdiccional efectiva y lo fundamental que resulta para identificar si se ha vulnerado este derecho en un caso específico. Al conocer los elementos constitutivos, es posible analizar si se han cumplido o no las garantías y requisitos necesarios para asegurar un acceso efectivo a la justicia y una resolución adecuada de los conflictos. Es así como se comprende que la complementación de un debido proceso es un elemento indispensable del proceso de amparo. Por otro lado, otros juristas señalan que el contenido de la tutela jurisdiccional efectiva va relacionado con lo consagrado en la Constitución peruana de 1993 , en su artículo 139 inciso 3, en razón de que se designe a la persona un juez natural que goce de independencia e imparcialidad, el cual debe estar establecido previamente por ley , en esa misma línea, comprende que todas las personas tengan la oportunidad real y efectiva de acceder al órgano jurisdiccional para presentar sus reclamaciones y obtener una resolución judicial imparcial y justa. En síntesis, en base a todo lo analizado respecto a autores, se tiene por entendido que la integración de un debido proceso de amparo es un derecho fundamental consagrado en la Carta Magna peruana y a su vez en el Código Procesal Constitucional, donde se realiza el debido pronunciamiento de que a todos los seres en la sociedad se les debe garantizar un acceso a la protección de sus derechos ante lesiones. Todo ello con el fin de garantizar una justicia equitativa o satisfactoria para las partes involucradas en los procesos constitucionales de amparo, donde el fin principal es salvaguardar los derechos de la persona frente a arbitrariedades que se pueda suscitar en los órganos jurisdiccionales y dentro del proceso. (Solari, 2022) Es así como la interpretación del amparo y la tutela jurisdiccional se detalla en base a su interpretación, ya que es una variable de garantía de protección de la que gozamos todos los seres humanos, por lo tanto, es necesaria su integración y debida aplicación para poder tener acceso neto y neutral a la justicia. De esta manera también se define como un principio constitucional que parte desde la dación de los derechos humanos. A continuación, se realizará el análisis a las formalidades que se constituyen para interponer un proceso de amparo, de igual manera se destacara el hecho de que se realice un correcto funcionamiento de protección de derechos. Analizándose primordialmente los siguientes supuestos:
  • 10. 9 3.1. Competencia jurisdiccional. La competencia jurisdiccional en el proceso de amparo se base en contemplar a la autoridad o tribunal que tiene la facultad legal para conocer y resolver casos relacionados con la protección de los derechos fundamentales de las personas. En el contexto del proceso de amparo en nuestro país, podremos encontrar esta competencia en nuestro Código Procesal Constitucional. En el artículo 200 de la Constitución Política del Perú se establece el derecho de toda persona a recurrir al Poder Judicial para que se ampare el libre ejercicio de sus derechos fundamentales. Asimismo, se determina que la acción de amparo procede contra cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnere o amenace dichos derechos. La competencia territorial se refiere a la delimitación geográfica dentro de la cual un juzgado tiene autoridad para la interposición de los casos. En el proceso de amparo, la demanda puede ser presentada ante cualquier juzgado civil o mixto del lugar donde se haya producido la vulneración de los derechos fundamentales. Es así como también la Ley que hace referencia a la interpretación del habeas corpus y el amparo define sobre la procedencia de la acción que va en contra de las resoluciones judiciales, realizándose la precisión de que también se darán acciones de garantía en el caso donde una autoridad con facultades judiciales realice la emisión de una resolución o cualquier otra disposición que se encuentra vulnerando derechos fundamentales de nuestra Carta Magna. 3.2. Plazo para presentar la demanda. El plazo para realizar la presentación de la demanda de amparo se manifestará de la siguiente manera: • Regla general: 60 días hábiles de producida la afectación. • Excepciones para su presentación: Causales de improcedencia. 3.3. Amparo contra normas legales. Se interpone mediante vía judicial para dar a conocer y proceder contra la constitucionalidad de una norma legal, alegando que esta vulnera derechos constitucionales representado por nuestra Carta Magna. Como fundamento constitucional se tiene principalmente al hecho de que el proceso de amparo contra
  • 11. 10 normas legales garantiza el derecho de toda persona a recurrir al Poder Judicial para que se ampare el libre ejercicio de sus derechos constitucionales. Posteriormente se da con la interposición de la demanda con el cumplimiento de todas las formalidades. 3.4. Amparo contra resoluciones judiciales. El amparo no es una instancia más dentro de un proceso llevado por la vía ordinaria. Según lo predispuesto por nuestro artículo Nº200 no va a proceder lo mencionado en el presente apartado debido a que son medidas adoptadas dentro de un procedimiento denominado como regular. Es en el análisis de la sentencia STC No. 5374-2005-PA/TC donde se corroboro que existe la posibilidad de realizar la presentación de dicho amparo que vaya en contra de resoluciones emitidas de manera judicial, pero esto será cuando se emplee la calidad de cosa juzgada y siempre y cuando se demuestre que se hayan expedido en una notable violación a los derechos fundamentales.
  • 12. 11 IV. CONCLUSIÓN El amparo tiene como principal motivación y objetivo en razón a garantizar la protección de los derechos fundamentales de la persona ante lesiones o amenazas de vulneración, el amparo es netamente una protección constitucional. El proceso de amparo sufre de un uso indiscriminado debido al mal funcionamiento normativo de nuestro país que no especifica su uso concretamente. Generándose un uso indebido muchas veces en casos que no ameritan ser pertenecientes a este proceso. Existe una innecesaria interposición de demandas que se señala esencialmente como una problemática existente ante el mal ejercicio práctico de jueces y abogados. El amparo también recae sobre una adecuación y respaldo del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y un debido proceso legal. Las formalidades que se especifiquen para interponer una demanda de amparo deben ser concretamente evaluadas y asegurarse su cumplimiento, tanto, así como también las críticas existentes para su admisibilidad. Identificar de manera precisa qué aspectos de los derechos procesales están amparados por la Constitución es una responsabilidad crucial para un abogado en ejercicio. Esto contribuye a determinar si una resolución judicial afecta o no esos aspectos, lo que a su vez posibilita la presentación de una demanda de amparo correspondiente contra dicha resolución.
  • 13. 12 REFERENCIAS Castillo, L. (2023). La naturaleza no excepcional del amparo en el Perú. La Ley. Revista El angúlo legal de la noticia. https://laley.pe/art/14794/naturaleza- no-excepcional-del-amparo-en-peru Alvites, Elena. (2018). La constitucionalización del ordenamiento jurídico peruano: avances y obstáculos del proceso. Derecho PUCP, (80), 361- 390. https://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201801.010 Landa Arroyo, César. (2021). El derecho fundamental a la igualdad y no discriminación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú. Estudios constitucionales, 19(2), 71-101. Epub 31 de diciembre de 2021.https://dx.doi.org/10.4067/S0718-52002021000200071. Solari Escobedo, A. I. (2022). El camino para garantizar los derechos de las personas con discapacidad y los grupos en condición de vulnerabilidad en el Perú bajo el amparo de instrumentos de protección internacional. Revista Llapanchikpaq: Justicia, 4(4), 79-99. https://doi.org/10.51197/lj.v4i4.593 Correa Freitas, Ruben. (2022). Panorama actual del derecho procesal constitucional. Revista de la Facultad de Derecho, (53), e301. Epub 01 de junio de 2022.https://doi.org/10.22187/rfd2022n53a2 Abad Yupanqui, S. B. (2015). El proceso de amparo en el Perú: antecedentes, desarrollo normativo y regulación vigente. THEMIS Revista De Derecho, (67), 293-307. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/14476 Chávez Postigo, J. (2021) La dignidad ante la eutanasia: Notas críticas a la sentencia del caso Ana Estrada, Gaceta Constitucional, Lima. Corte Superior de Justicia de Lima Décimo Primer Juzgado Constitucional (2021) Sentencia del 22 de febrero de 2021. STC No. 5374-2021-PA/TC. Recuperado de: [https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/93e30b8041b800909d49bd5aa 55ef1d3/D_Sentencia_Ana_Estrada_250221.pdf?MOD=AJPERES&CA CHEID=93e30b8041b800909d49bd5aa55ef1d3