26. ¿Puede considerarse que el derecho de defensa se encuentra limitado en los procesos únicos de ejecución?
27.
28. Aquí, se parte de una premisa distinta, pues el título de ejecución otorga la seguridad suficiente para presumir que que el demandante debía “ganar” el proceso, por ello, por ejemplo, no se emite una resolución “admitiendo” la demanda ejecutiva, sino que se ordena inmediatamente el pago de la deuda (mandato de ejecución). En términos coloquiales, podemos decir que demandante no “tiene la razón” y solo encontrará la satisfacción de su derecho al final de un largo proceso (toda la estructura del proceso de cognición favorece al demandado y gran parte de la carga de la actividad procesal recae en la otra parte) Proceso de Ejecución Proceso de Cognición