1. Apruebo o rechazo: 6 grandes cambios que
propone la nueva Constitución que vota
Chile
Paula Molina *
Santiago de Chile, especial para BBC Mundo
4 julio 2022
Actualizado 4 septiembre 2022
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2. Casi tres años después del estallido social de 2019, Chile celebra este domingo la última de
las tres votaciones de su proceso de cambio constitucional.
Tras aprobar redactar una nueva Constitución (en 2020) y elegir la Convención para escribirla
(en 2021), el país decidirá finalmente a través de un plebiscito obligatorio si aprueba o rechaza
la Carta Magna propuesta.
El resultado de la Convención fue un texto que consta de 178 páginas, 388 artículos y 54
normas transitorias.
"Tengamos conciencia del momento histórico que estamos viviendo. Por primera vez en
nuestra historia republicana vamos a tomar una decisión respecto a una Constitución escrita de
forma democrática, donde hay dos alternativas, ambas legítimas", dijo hace unos días el
presidente Gabriel Boric, partidario del "apruebo".
Conforme fue trabajando la Convención y tras conocerse el texto propuesto se ha agudizado la
división en el país que votó por una abrumadora mayoría por cambiar la Constitución de 1980,
solución que nació como respuesta al estallido social de 2019.
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3. El texto no generó el consenso esperado y, según las últimas encuestas, el "rechazo" parece
tener ventaja.
La coalición de gobierno que lidera Boric ya propuso cambios incluso si la Constitución se
aprueba, en un intento de mitigar los miedos de los partidarios del "rechazo" ante ciertas
propuestas del texto que ven como "radicales".
El presidente Gabriel Boric dijo que el país enfrenta un momento histórico.
El oficialismo propuso modificaciones en cuestiones como la plurinacionalidad, las pensiones, la
propiedad de la vivienda, la seguridad y el poder judicial.
Si gana la opción "apruebo", la flamante Carta Magna empezará a regir en el acto, y a medida
que se creen los nuevos órganos que contempla, como una Agencia Nacional de Aguas o la
Cámara de las Regiones, que reemplazaría al Senado.
El gobierno y el Congreso trabajarían de inmediato en acuerdos para ciertas modificaciones.
Si gana el "rechazo", la Constitución de 1980 seguirá vigente, en contraste con la
abrumadora mayoría (casi 80%) que votó por su reemplazo. Se espera en ese caso que haya
algún tipo de acuerdo entre sectores políticos para modificar el texto actual o proponer la
redacción de otra nueva versión de Carta Magna.
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4. Pase lo que pase este domingo, el proceso constitucional que nació del estallido social de 2019
no acabará.
En BBC Mundo te explicamos algunas de las diferencias más relevantes entre la Constitución
propuesta que se vota este domingo y la actual que rige desde hace más de 40 años.
5 cambios que propone hacer el gobierno de Chile al proyecto de Constitución si se
aprueba el texto
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5. 1. De "República Democrática" a "Democracia Paritaria"
Ha sido la primera vez en Chile y en el mundo que un grupo equiparado de hombres y mujeres
escribe una Constitución.
Ese principio se refleja en la nueva Constitución propuesta, que define a Chile como una
"democracia paritaria", plantea que las mujeres ocupen al menos el 50% de todos los órganos
del Estado y ordena tomar medidas para "alcanzar la igualdad sustantiva y la paridad".
"Que esta Constitución se haya escrito en forma paritaria se refleja tanto en los derechos que
han sido considerados como en la forma en que se organiza el Estado. La democracia paritaria
es un principio que inunda toda la Constitución. Esa es una diferencia radical", afirma Lita
Vivaldi, doctora en Sociología de la Universidad de Londres, y parte de la Asociación de
Abogadas Feministas.
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6. La Constitución en curso sólo plantea que "hombres y mujeres son iguales ante la ley" y que el
Estado debe "asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades
en la vida nacional".
"No incluye nada relacionado con enfoque de género y paridad. Lo más cercano fue la reforma
constitucional donde se estableció que las personas nacen libres e iguales en derechos. Antes
sólo decía los hombres", recuerda Javier Couso, constitucionalista y académico de la Universidad
de Utrecht.
2. De la omisión indígena a "Estado plurinacional e
intercultural"
La Constitución en ejercicio no menciona a los pueblos originarios ni indígenas.
En un giro radical y muy polémico, el nuevo proyecto define a Chile como Estado Plurinacional
e Intercultural, reconociendo 11 pueblos y naciones (Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay,
Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk'nam "y otros que puedan ser
reconocidos en la forma que establezca la ley", dice el texto).
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4 factores que explican la división política y social que provoca la propuesta de nueva
Constitución en Chile
7. También ordena constituir Autonomías Regionales Indígenas con autonomía política, precisando
que su ejercicio no permite la secesión, ni atentar contra el carácter "único e indivisible" del
Estado de Chile, y que sus competencias se establecerán por ley.
El proyecto de nueva Constitución define a Chile como Estado Plurinacional e Intercultural,
reconociendo 11 pueblos y naciones.
Plantea que, dentro de las entidades territoriales que forman el Estado chileno, pueblos y
naciones indígenas deberán ser consultados y otorgar consentimiento en aspectos que afecten
sus derechos.
Asimismo, la propuesta reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, precisando
que deben respetar la Constitución y tratados internacionales, y que cualquier impugnación a
sus decisiones será resuelta por la Corte Suprema.
Para el exintegrante del Tribunal Constitucional chileno Jorge Correa Sutil, el texto en general
no deja bien delimitado el ejercicio de la autonomía política y la justicia indígena. "En una
cuestión tan importante como la igualdad ante la ley no habría costado nada haber establecido
algunos límites".
"Yo entiendo que el reconocimiento de autonomía política implica que puedes repudiar una ley
de Chile. De lo contrario no sé qué puede significar… Se establece también la posibilidad de
una justicia propia para las autoridades indígenas. No queda definido qué autoridades, en qué
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8. materias, en qué territorios o respecto a qué personas… Esto va a requerir una legislación, que
puede ser muy razonable, pero que no tiene límites constitucionales", afirma.
"No puede leerse el concepto de autonomía sin tomar nota que siempre dice 'de acuerdo a la ley
y la Constitución'", responde el constitucionalista Patricio Zapata.
"Y sobre el pluralismo jurídico, no sólo en Ecuador o en Bolivia el Estado nacional, al advertir
que en su interior hay comunidades que tienen su propio derecho, admite que ciertos conflictos
sean resueltos de acuerdo a él. Lo hace Canadá con los francoparlantes de Quebec, Estados
Unidos con sus primeras naciones, Nueva Zelanda, Australia. No tiene nada extraño. Y el cierre
de cualquier juicio lo hará la Corte Suprema".
La coalición gobernante dijo que, si se aprueba el texto, seguirán "los principios de unidad e
indivisibilidad del Estado de Chile y de las libertades reconocidas y protegidas para todas las
personas", para lo cual se establecerá "expresamente" que sus atribuciones deben ser
"coherentes con el carácter único e indivisible del territorio de Chile".
Zapata ahonda en la importancia de la plurinacionalidad: "Es uno de los cambios más profundos.
Significa cambiar la forma en que la república chilena se relaciona con los pueblos originarios,
pero también la forma en que se ve a sí misma".
"Cambia la idea de que, a partir de la mezcla española e indígena, habría surgido una 'raza
chilena' mestiza, victoriosa sobre nuestros vecinos… Toda esa autopercepción que fue muy
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9. marcada por los historiadores del siglo XX en Chile desconoce e ignora el hecho de la
pluralidad, de la diferencia. Esto es un viraje".
3. De "La ley protege la vida del que está por nacer" a
"Asegurar condiciones para embarazo, interrupción voluntaria
del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos"
La Constitución en ejercicio protege en forma explícita "la vida del que está por nacer", pero no
impidió despenalizar el aborto en tres causales en Chile en 2017, ya que el Tribunal
Constitucional planteó que la persecución penal no era "mecanismo idóneo para proteger al no
nacido" y que la sanción penal absoluta choca con los derechos de la mujer.
La ley fundamental propuesta reconoce el ejercicio libre, autónomo y no discriminatorio de los
derechos sexuales y reproductivos, y plantea que el Estado debe asegurar las condiciones para
un embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos, y para una interrupción voluntaria
del embarazo.
"Este derecho no implica interrumpir el embarazo en cualquier momento. Será un derecho que
estará regulado y reglamentado por el legislador, que dirá cuáles son los plazos y la forma de
hacerlo", explica a BBC Mundo Vivaldi.
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10. 4. Pensiones, salud y cuidados: un "Estado social y
democrático de derecho"
La demanda general del estallido social de octubre del 2019, que abrió paso al proceso
constituyente en Chile, fue recuperar un sentido de dignidad dañado por las falencias del
modelo político y económico refrendado en la Constitución de 1980, que favorece el actuar de
las instituciones privadas por sobre el Estado en la provisión de bienes sociales como educación,
salud y pensiones (en este último caso, exceptuando a las Fuerzas Armadas).
El nuevo documento constitucional describe a Chile como "Estado social y democrático de
derecho" que debe proveer bienes y servicios para asegurar los derechos de las personas.
La Constitución en vigor, por el contrario, plantea que el Estado debe "contribuir a crear las
condiciones sociales" para la realización de las personas, pero le impide participar en cualquier
actividad empresarial, a menos que lo autorice la ley.
"La Constitución de 1980 afirma la prescindencia del Estado siempre que el privado pueda.
Ahora se afirma de forma contundente que es deber del Estado preocuparse de educación,
vivienda, salud, pensiones, trabajo. Eso es un cambio de paradigma en el modelo político chileno
que obedece a las demandas del estallido", plantea Claudia Heiss, jefa de Ciencia Política en la
Universidad de Chile.
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11. El nuevo documento constitucional describe a Chile como un Estado que debe proveer bienes y
servicios para asegurar los derechos de las personas.
En pensiones, ambas constituciones consagran el derecho a la seguridad social. La actual indica
que el Estado debe garantizar prestaciones básicas uniformes otorgadas por instituciones
públicas o privadas (las llamadas AFP en Chile). La propuesta recién elaborada propone un
Sistema de Seguridad Social público, financiado con rentas nacionales y cotizaciones
obligatorias. No menciona a prestadores privados.
Si gana el "apruebo", el oficialismo se comprometió en el caso de las pensiones a incluir en la
Carta Magna la implementación de que "el derecho a una pensión digna será en base a un un
nuevo modelo mixto, donde seguirá existiendo un componente de capitalización individual, en
los mismos términos que en la actualidad".
En salud, ambas constituciones incluyen prestadores públicos y privados. Pero la ley vigente
permite que las personas destinen todos sus pagos forzosos a las aseguradoras privadas,
mientras que ahora se propone crear un Sistema Nacional de Salud que recibirá todas las
cotizaciones obligatorias en salud, dejando abierta la opción de contratar seguros privados
extra.
"Se termina con la segregación en la salud en Chile", declara Couso. "El sistema de salud público
es más débil cuando las élites no están incluidas. En esta Constitución la cotización de salud irá a
un fondo común en salud, como en Inglaterra. Y si bien habrá prestadores privados, estarán bajo
el régimen de lo público", explica.
El carácter social del Estado se expresa también en otras normas, como el derecho a la ciudad, a
una vivienda digna, el reconocimiento al trabajo doméstico o la creación de un Sistema Integral
de Cuidados universal y solidario.
"El derecho a los cuidados surgió de una iniciativa popular y reconoce las tres dimensiones: el
derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado. Este es un derecho clave, que junto a otros
derechos económicos y culturales, marcan una diferencia sustancial en vías de obtener una vida
más digna, que fue lo que impulsó el estallido de 2019", destaca Vivaldi.
5. Agua: de "propiedad" a "inapropiable"
La Constitución en vigencia incluye una mención breve pero poderosa al agua en Chile. Plantea
que "los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad
a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos".
12. La propuesta establece el agua como bien "inapropiable".
La propuesta recién escrita establece el agua como bien "inapropiable". También establece un
"derecho humano al agua", que prioriza sobre sus demás usos, y crea una Agencia Nacional de
Aguas para su uso sostenible.
Se trata de un tema de especial significación en Chile, donde, en medio de una megasequía,
decenas de comunas viven bajo emergencia hídrica, hay sectores rurales que dependen del
agua repartida en camiones aljibes y no se descarta incluso la posibilidad de un racionamiento
en la capital, Santiago.
El uso, acceso y preservación del agua están en el corazón del debate en Chile y son parte de un
creciente número de conflictos ambientales y casos judiciales.
"Si en materia indígena antes no había nada, aquí había dos líneas: ahora hay un capítulo
completo. Aquí se pasa de una constitución extremadamente escueta en materia ambiental, a
una constitución que está cruzada por el cambio climático y la preocupación ecológica. Se llegó
a reconocer incluso los derechos a la naturaleza", destaca Couso.
El texto declara que personas y pueblos "son interdependientes con la naturaleza y forman, con
ella, un conjunto inseparable. La naturaleza tiene derechos. El Estado y la sociedad tienen el
deber de protegerlos y respetarlos".
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13. 6. Sistema Político
En ambos textos el gobierno y la administración del Estado corresponden a la figura
presidencial. En el nuevo texto, la edad para postular al cargo baja de 35 a 30 años cumplidos.
El período presidencial se mantiene en cuatro años, pero se autoriza la reelección consecutiva
por una vez.
La coalición gobernante propone que "la reelección presidencial no proceda consecutivamente".
Sobre el poder legislativo, la Constitución de 1980 define un Congreso Nacional con "dos ramas:
la Cámara de Diputados y el Senado" y precisa que ambas concurren a la formación de leyes
(donde el Senado puede "perfeccionar" el trabajo de la Cámara).
En el nuevo texto, se elimina el Senado y se crean dos Cámaras de poder "asimétrico": un
Congreso de Diputados y Diputadas para la formación de leyes (con al menos 155 integrantes),
y una Cámara de las Regiones acotada a las leyes "de acuerdo regional".
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14. Para el abogado Correa Sutil, "la Constitución vigente tenía un hiperpresidencialismo muy
fuerte que hacía funcionar al gobierno siempre que se entendiera con el Congreso: en el
momento en que el gobierno tenía minorías en el Congreso, entrábamos en crisis".
"Funcionó muy bien en los primeros años de la transición (a la democracia) por un acuerdo entre
partidos que tenía que ver fuertemente con el temor de los sectores de izquierda de un regreso
del autoritarismo".
Con el nuevo texto, advierte, "vamos a experimentar con un sistema inédito en el mundo que es
un presidencialismo con cámaras con poderes muy asimétricos, lo que es muy propio de sistemas
semipresidenciales o semiparlamentarios".
"Yo veo que hay varios elementos que implican riesgos de deterioro de la política en Chile,
porque no se regulan los partidos políticos, no hay sistema electoral en la Constitución: eso lo va
a fijar el propio Congreso".
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15. El proceso legislativo chileno, que requiere de altos quórum para realizar reformas en áreas
clave, es uno de los elementos que definen a la Constitución de 1980. La nueva propuesta
rebaja los quórum y suma elementos como las iniciativas populares de ley.
"La Constitución de 1980 es extremadamente hostil a la democracia participativa. Esta es una
Constitución que introduce elementos de democracia directa", describe Couso.
En mayo de 2022, el profesor de Derecho Internacional de la Universidad de Chicago Tom
Ginsburg destacó cómo el proceso chileno podría mostrar al mundo la posibilidad de canalizar
una serie de energías políticas muy diversas en un proyecto constitucional.
"Tenemos que ver qué pasará, pero hasta ahora, Chile tiene posibilidades de conseguir ese
logro", dijo a Bloomberg.
"Cuando uno mira el proceso en su conjunto, hubo grupos que no quisieron seguir las reglas,
hubo provocaciones, hubo una derecha que saboteó el proceso desde el día uno. Me hubiera
gustado más apertura de sectores radicalizados, maximalistas, sí. Pero prevaleció la sensatez.
Pudo haber sido mejor, pudo haber habido más diálogo", continúa Couso.
"Pero atendiendo a lo fracturado que estaba el país, a que además se hizo en pandemia, yo diría
que es un proceso a la altura del acervo republicano chileno".
REUTERS
16. *Este artículo se publicó originalmente en julio y fue actualizado con motivo de la
celebración del plebiscito de este domingo.
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