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Capital Basado en Riesgo
Ejercicio IV
Mayo 2016
Carlos.cuesta.linkedin@Gmail.com
La actual presentación supone una síntesis de lo expuesto para compañías del primer grupo en el
documento “Borrador de Metodología para la Determinación del Capital Basado en Riesgo (CBR) de
las Compañías de Seguros (cuarta versión)”publicada por la Superintendencia de Valores de Seguros
el 5 de mayo de 2016.
Si bien existe un período de consultas, cuyo plazo termina el 29 de julio de 2016, las compañías
deberán reportar el resultado de la aplicación de este ejercicio en esa misma fecha.
Índice.
 I. Aspectos generales
 II. Valorización de activos y pasivos y determinación de patrimonio disponible.
Enfoque de balance total.
 III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
 IV: Riesgo Operacional para Seguros Generales.
 V. Agregación de riesgos y CBR final.
I. Aspectos Generales.
Si bien el actual requerimiento de capital recoge el riesgo de las obligaciones por la venta de seguros, no
considera el riesgo proveniente de los activos ni el riesgo operacional, siendo así poco sensible al riesgo y
no variando este requerimiento dependiendo de los distintos perfiles de riesgo de las compañías.
Con el Capital Basado en Riesgo se busca contemplar de mejor manera el riesgo técnico de seguros,
relacionándolo directamente con el nivel de riesgo de las inversiones y activos de la aseguradora de
forma que a mayor riesgo de los activos y pasivos, mayor sea el requerimiento de capital.
Siendo:
A: Capital requerido para el cumplimiento de los niveles de endeudamiento máximos permitidos.
B: Capital Basado en Riesgo
𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜 𝑐𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙 = 𝑀á𝑥𝑖𝑚𝑜 (90.000 𝑈𝐹; 𝐴; 𝐵)
Principios del nuevo requerimiento de Capital.
 Capacidad de absorber pérdidas.
 Focalización en los principales riesgos.
 Balance entre simplicidad y fortaleza técnica.
 Enfoque de balance total.
 Reconocimiento de la cobertura de riesgos y beneficios por diversificación.
 Mejor alineación entre capital regulatorio y capital económico.
Metodología CBR.
* Sólo considerado para compañías del Segundo Grupo.
Capital Basado en Riesgo
Tarificación y suscripción.
Riesgos técnico de Activos. Riesgos técnico de Seguros. Riesgo Operacional.
Insuficiencia de Reservas.
Mortalidad.*
Riesgos de reinversión.*
Riesgos de liquidez.*
Riesgos de mercado.
Riesgos de crédito.
II. Valorización de activos y pasivos y
determinación de patrimonio disponible.
Activos:
 Medición de los activos a valor de mercado, y en caso de no existir precios de mercado,
en base a modelos.
 Bienes raíces se valoran empleando la menor tasación vigente.
 El valor de los Bienes raíces en leasing corresponde al valor presente de las cuotas
futuras a una tasa de mercado.
 Se exceptúan de esta valorización a valor de mercado los instrumentos de renta fija
que respalden las reservas técnicas, el CBR asociado a las obligaciones por rentas
vitalicias y las primas por cobrar, los activos por reaseguros, los préstamos, créditos y
en general todo otro activo distinto de instrumentos financieros que bajo el régimen
contable actual no se valorizan a valor de mercado.
II. Valorización de activos y pasivos y
determinación de patrimonio disponible.(continuación)
Pasivos:
 Primer Grupo:
 Cálculo actual de reservas técnicas.
 Segundo Grupo:
 Valorización a mercado de sus obligaciones descontando flujos al Vector de Tasas
de Descuento
 Dado que el CBR reconoce el riesgo asociado al descalce de los productos con
cuenta única de inversión, debe liberarse la reserva de descalce por ese concepto
la cual será sustituida por el nuevo requerimiento de capital basado en riesgo.
II. Valorización de activos y pasivos y
determinación de patrimonio disponible.(continuación)
Activos Pasivos
Patrimonio
Disponible
El Patrimonio disponible será la diferencia entre el valor de los activos totales menos los pasivos exigibles
deducido lo siguiente:
 Activos que no constituyen inversión efectiva y no tienen un claro valor
de realización o de capacidad generadora de ingresos para la sociedad.
 Activos afectados por gravámenes, prohibiciones, embargos, litigios,
medidas precautorias, condiciones suspensivas o resolutorias, o sean
objeto de cualquier acto o contrato que impida su libre enajenación,
cesión o transferencia.
 Obligaciones o compromisos no reflejados en el balance (avales o
garantías…)
 Inversiones en empresas relacionadas.
 Prestamos a personas relacionadas.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Activos.
 Riesgo de mercado.
 Acciones
 Renta fija
 Bienes raíces
 Monedas
 Fondos mutuos y de inversión
 Productos derivados
 Otros.
 Riesgo de crédito.
 Cálculo y agregación con matriz de
correlaciones.
 Calculo y agregación con matriz de
correlaciones y agregación aditiva.
 Cálculo mediante factor de
requerimiento.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Acciones.
El CBR por riesgo de acciones se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula:
Donde:
: Capital requerido por riesgo de mercado de las acciones.
: Matriz de correlaciones entre los mercados accionarios definidos
: Pares ordenados de requerimientos de capital asociados a los distintos
mercados accionarios, que se multiplican entre sí dentro de la fórmula CBR
acciones.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Acciones.(continuación)
Para el cálculo de los distintos requerimientos de capital asociados a los distintos mercados
accionarios emplearemos la siguiente expresión:
Donde:
:corresponde al factor base de requerimiento de capital correspondiente al mercado
accionario “i” de acuerdo a la siguiente tabla:
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado.(continuación)
Para el cálculo de los distintos requerimientos de capital asociados a los distintos mercados
accionarios emplearemos la siguiente expresión:
Donde:
: Ajuste Anticíclico en base al desempeño del índice más importante del mercado accionario
“i” durante los últimos 36 meses siendo los límites inferior y superior del ajuste del -10% y
10% respectivamente, y siendo la fórmula de cálculo la siguiente:
IAf corresponde al valor del índice accionario a la fecha de cálculo.
IAp corresponde al promedio simple del valor diario del índice accionario durante los últimos
36 meses.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Acciones.(continuación)
Para el cálculo de los distintos requerimientos de capital asociados a los distintos mercados
accionarios emplearemos la siguiente expresión:
Donde:
: Valor contable* de la inversión en acciones en el mercado “i”, o mercado de mayor
volumen de transacción de la acción, neto de posiciones en derivados u otros
instrumentos de cobertura d riesgo accionario, no considerando en este cálculo la
cobertura del riesgo moneda.
Para Sociedades Anónimas cerradas el CBR por riesgo de mercado será del 50%.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Acciones.(continuación)
En resumen;
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Instrumentos de Renta Fija.
El CBR por riesgo de mercado para instrumentos de renta fija se calcula de acuerdo a la
siguiente fórmula:
Donde:
: Monto de capital requerido por riesgo de mercado de los instrumentos de
renta fija, mutuos hipotecarios endosables y bienes raíces otorgados en leasing.
: Valor del instrumento de renta fija “i” calculado en base a un escenario de
estrés de la tasa de interés de mercado del instrumento en función de la
duración modificada del instrumento.
: Valor de mercado del instrumento de renta fija “i”.
𝐶𝐵𝑅𝑀 𝑅𝐹 = ( 𝑉𝑀 𝑅𝐹 𝑖 − 𝑉𝑀𝑆 𝑅𝐹 𝑖)
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Instrumentos de Renta Fija.(continuación)
Cálculo y factores de estrés de la tasa de interés:
𝑇𝐼𝑅 𝐸𝑠𝑡𝑟𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎 = 𝑇𝐼𝑅𝑖𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙 + |𝑇𝐼𝑅𝑖𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙| ∗ 𝐹𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Bienes Raices.
Donde:
: Monto de capital requerido por riesgo de mercado asociado a la inversión en
bienes raíces.
: Valor de mercado del bien raíz “i”.
: Factor de requerimiento de capital por estrés.
𝐶𝐵𝑅 𝐵𝑅 = 𝑉𝑀 𝐵𝑅 𝑖 ∗ 𝐹𝐵𝑅
El CBR por riesgo de mercado asociado a la inversión en bienes raíces de la compañía se
determina considerando un estrés de pérdida en el valor de mercado de los bienes raíces
mantenidos por la entidad de acuerdo a la siguiente fórmula:
𝐹𝐵𝑅 = 20%
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Fondos Mutuos y de Inversión.
 Fondos Accionarios:
Mismo requerimiento que para las acciones asociando el fondo al índice accionario más importante para el
cálculo del ajuste anticíclico.
 Fondos Inmobiliarios y de Infraestructura:
Mismo requerimiento que para bienes raíces.
 Fondos de Capital de Riesgo:
Se aplica un factor de capital del 40%.
 Fondos de Renta Fija:
Se aplica la fórmula prevista para la renta fija dependiendo de la duración promedio del fondo, y en defecto
de esta:
 0,5% para fondos money market (90 días).
 2% para fondos de corto plazo (menor o igual a 1 año).
 5% para fondos de mediano y largo plazo (mayor a 1 año).
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado . Fondos Mutuos y de Inversión.(continuación)
 Fondos Mixtos:
Se aplica el factor de capital de acciones o renta fija en función de las características la inversión que
represente un porcentaje superior al 50% del total del fondo.
Para el cálculo del ajuste anticíclico en fondos mixtos con una participación predominante de acciones, se
asociará cada fondo al índice accionario más relevante en términos de volúmenes transados del mercado
donde mayoritariamente invierte el fondo.
 Otros Fondos:
Todo aquel fondo no incluido en las anteriores categorías tiene factor de requerimiento de capital de un 40%.
La inversión en los fondos debe considerarse neta de posiciones en derivados u otros instrumentos de cobertura de
riesgo.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Monedas.
Moneda Extranjera:
Donde:
𝐶𝐵𝑅 𝑀𝑂𝑁: Monto de Capital requerido por riesgo de mercado asociado a moneda extranjera.
𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎𝑖: Diferencia entre el total de activos en moneda “i” y el valor total de pasivos en la
misma moneda netos de posiciones en derivados u otros instrumentos de cobertura de riesgo en
monedas.
𝐹𝑖: Factor de requerimiento de capital correspondiente a la moneda “i” de acuerdo a la siguiente
tabla:
𝐶𝐵𝑅 𝑀𝑂𝑁 = 𝐹𝑖 ∗ 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎𝑖
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Monedas.(continuación)
Moneda Extranjera:
 En caso de existir políticas cambiarias CLP/USD que gatillen mecanismos de intervención del
mercado cambiario, dichos niveles piso o techo deben ser considerados como los escenarios de
estrés a aplicar.
 Para las inversiones en acciones que integran el índice S&P500 o ETFs* que repliquen el índice, y
siempre que no tenga asociadas operaciones de cobertura de riesgo cambiario, para el cálculo de
la exposición neta se considera el 70% de la exposición que representen dichas inversiones.
 Los fondos en los que mas de un 50% del portafolio sea en acciones del índice S&P500, en el
cálculo de la exposición se considerará un 70% de la exposición que represente la inversión del
fondo.
𝐸𝑥𝑝. 𝑑ó𝑙𝑎𝑟 𝑎𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 : Monto de posición activa o larga en acciones del índice S&P500 en USD no cubiertos
por derivados u otros instrumentos de cobertura de riesgo en monedas.
*Un Exchange-Traded Fund (ETF por sus sigla en inglés), o fondo negociable en el mercado, es un fondo que permite tomar posiciones sobre un
índice.
𝐶𝐵𝑅 𝑑ó𝑙𝑎𝑟 = 𝐹𝑑ó𝑙𝑎𝑟 ∗ (𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑑ó𝑙𝑎𝑟−(0,3 ∗ 𝐸𝑥𝑝. 𝑑ó𝑙𝑎𝑟 𝑎𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 ))
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Monedas.(continuación)
UF y otras unidades reajustables en pesos:
Donde:
𝐶𝐵𝑅 𝑈𝐹: Monto de Capital requerido por riesgo de mercado asociado a unidades de fomento.
𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑈𝐹: Diferencia entre el total de activos en UF y el valor total de pasivos en la misma
moneda netos de posiciones en derivados u otros instrumentos de cobertura de riesgo.
Aquellas compañías con activos mayores que los pasivos, tendrán una posición activa en
UF, en caso contrario pasiva.
𝐹 𝑈𝐹: Factor de requerimiento de capital correspondiente a la exposición en unidades de fomento
de acuerdo a posición activa/pasiva de la compañía:
𝐶𝐵𝑅 𝑈𝐹 = 𝐹 𝑈𝐹 ∗ 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑈𝐹
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Productos derivados.
Para todos aquellos derivados que no tengan el carácter de cobertura de riesgo, la entidad debe
considerar la exposición al riesgo de mercado como la posición neta que la compañía presenta en
cada derivado, es decir:
Siendo:
𝐶𝐵𝑅 𝑑𝑒𝑟: Monto de Capital en concepto de productos derivados
𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑑𝑒𝑟 : Diferencia entre posiciones compradoras y vendedoras respecto de un
determinado activo objetivo, medido en función del valor de dicho activo.
Finalmente, el CBR determinado se asignará en la matriz de correlaciones de acuerdo al activo
subyacente de las operaciones.
𝐶𝐵𝑅 𝑑𝑒𝑟 = 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑑𝑒𝑟
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de Mercado. Otros Activos.
Se calculará el CBR como el 100% del valor contable y se sumarán diractamente al CBR por riesgo de
mercado sin tener en cuenta la matriz de correlacione.
Se exceptúan de este cálculo los siguientes activos (CBR = 0) :
 Impuestos corrientes por cobrar u otros activos o créditos en los que la contraparte es el Estado de
Chile, no incluyendo en este apartado los activos por impuestos diferidos.
 Activos utilizados como colateral en pactos de retrocompra.
 Saldos mantenidos en Caja o Bancos.
 Activos que la aseguradora estime no presentan riesgo de pérdida de valor o de no pago previa
autorización de la SVS.
Los activos que se deduzcan del patrimonio disponible tendrán CBR igual a cero.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito.
Representa el riesgo de pérdidas por deterioro de la calidad de crédito o eventual incumplimiento de
los deudores.
Donde:
: Monto de Capital requerido por riesgo de crédito.
: Valor contable del activo “i” neto de cualquier provisión o aplicación de deterioro.
: Factor de requerimiento de capital dependiendo del tipo de activo.
𝐶𝐵𝑅 𝐶 = 𝐹𝑅𝐶𝑖 ∗ 𝑉𝐶 𝑅𝐹𝑖
 Instrumentos de Renta Fija con
Clasificación de Riesgo.
 Instrumentos de Renta Fija sin
Clasificación de Riesgo.
 Leasing inmobiliario.
 Primas por cobrar.
 Activos por Reaseguro.
 Contrapartes de Productos
Derivados.
 Otros.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija con
Clasificación de Riesgo.
El factor de requerimiento se determinará en función de la menor de las clasificaciones de riesgo
disponibles para el instrumento de acuerdo a la siguiente tabla*:
* En caso de sólo existir
clasificación local del
país de origen, se aplica
un factor del 100%.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin
Clasificación de Riesgo.
1. Mutuos Hipotecarios Endosables (MHE).
Donde:
: Corresponde al Capital requerido por riesgo de crédito para los Mutuos Hipotecarios
Endosables.
: Corresponde al valor del Mutuo Hipotecario Endosable neto de provisiones por deterioro.
: Corresponde al factor de capital por riesgo de crédito.
𝐶𝐵𝑅 𝑀𝐻𝐸 = (𝑀𝐻𝐸𝑖) ∗ 𝐹 𝑀𝐻𝐸
𝐹 𝑀𝐻𝐸 = 2,8%
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin
Clasificación de Riesgo.(Continuación)
1. Mutuos Hipotecarios Endosables (provisiones por deterioro).
La determinación del deterioro de los Mutuos Hipotecarios Endosables se realiza de acuerdo a
lo establecido en el punto 5.2 de la NCG 311, es decir mediante modelo propio aprobado por la SVS
y en defecto de este en función a la relación deuda a garantía de los MHE que mantengan en
cartera las aseguradoras (deuda vigente/última tasación disponible), combinada con los meses de
morosidad de los dividendos de dichos mutuos de acuerdo al siguiente cuadro:
La provisión se determinará aplicando el
porcentaje requerido que se establece en la
siguiente tabla, multiplicado por la suma del
saldo insoluto de la deuda que incorpora los
dividendos devengados y no pagados por el
deudor.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin
Clasificación de Riesgo.(Continuación)
2. Préstamos.
Donde:
: Corresponde al monto de capital por riesgo de crédito de acuerdo a la fórmula estándar
propuesta en Basilea II.
: Corresponde al factor de requerimiento de capital.
: Corresponde al monto de activos ponderados por riesgo, donde “𝐴𝑐𝑖” es el monto de
activos y el “PR” factor de ponderación por riesgo de crédito.
𝐶𝐵𝑅 𝐶𝑅𝐸𝐷 = 𝐴𝑃𝑅𝐶 ∗ 𝐹𝐶𝑅𝐸𝐷
𝐹𝐶𝑅𝐸𝐷 = 8%
𝐴𝑃𝑅𝐶 = 𝐴𝑐𝑖 ∗ 𝑃𝑅
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin
Clasificación de Riesgo.(Continuación)
2. Préstamos (continuación).
 Para el caso de personas jurídicas con calificación de riesgo, el CBR por riesgo de crédito
para préstamos o créditos se determinará de acuerdo a la menor calificación de riesgo
de la contraparte, o en su defecto, la menor clasificación de riesgo observada para
instrumentos emitidos por el deudor de acuerdo a la siguiente tabla:
 En caso de préstamos a rentistas de rentas vitalicias emitidas por la aseguradora, el
factor de CBR por riesgo de crédito será de un 1%.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Leasing Inmobiliario.
El factor de requerimiento se determinará en función de los meses de atraso en el pago de las
cuotas de acuerdo a la siguiente tabla:
Para aquellos contratos con 6 o más meses de morosidad, el factor de capital será del 8% y el factor
de ponderación del riesgo de crédito del 100%.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Primas por Cobrar.
El factor de requerimiento de capital por riesgo de crédito para las primas por cobrar en seguro
directo, aceptado y coaseguro, será del 4%.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Activos por reaseguro.
Se aplica un factor de requerimiento de capital dependiendo de la menor de las clasificaciones
de riesgo que presente el reasegurador, al igual que en el riesgo de crédito de instrumentos de
renta fija.
Del mismo modo, aquellos montos que
reduzcan el CBR por riesgos de
seguros (reaseguro no proporcional o
de exceso de pérdida) deben de
considerar el riesgo de crédito de
acuerdo a los factores mencionados
en el punto anterior.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Activos por reaseguro.(Continuación)
Terremoto y Tsunami: EL riesgo de crédito corresponderá a la suma del requerimiento por riesgo
de crédito aplicado sobre las primas cedidas mas el requerimiento de capital aplicado sobre el
50% de la capacidad de los contratos de exceso de pérdida de acuerdo a la siguiente fórmula:
Donde:
: Monto de capital por riesgo de crédito de terremoto.
: Factor de requerimiento de capital por riesgo de crédito de activos por reaseguro.
: Prima cedida por reaseguro proporcional de seguros de terremoto y tsunami al
reasegurador “i”.
: Capacidad de los contratos de exceso de pérdida catastróficos de terremoto
correspondientes al reasegurador “i” coincidiendo con la empleada para el cálculo de la
reserva.
𝐶𝐵𝑅 𝑅𝐶𝑇 = 𝐹𝑅𝐶𝑖 ∗ 𝑃𝐶𝑖 + (𝐹𝑅𝐶𝑖 ∗ 𝐶𝑋𝐿𝑖 ∗ 0,5)
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Contrapartes de productos derivados.
Siendo:
: Monto de capital por riesgo de crédito de contrapartes de productos derivados.
: Factor de capital de acuerdo a lo establecido para los productos de renta fija.
: Monto de activo neto* generado por operaciones de derivados con un mismo emisor.
* Activo Neto es aquella diferencia entre el total de activos y pasivos en la que el monto de activos sea superior al de pasivos. Se
podrá excluir del cálculo del CBR a las Cámaras de Compensación autorizadas para operar con las Administradoras de Fondos de
Pensiones nacionales.
𝐶𝐵𝑅 𝑑𝑒𝑟𝑖𝑣 = 𝐹𝑅𝐶 𝑖 ∗ 𝑉𝐶 𝑅𝐹𝑖
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Otros.
Para el resto de activos sujetos a riesgo de crédito, se considerará un factor de requerimiento del
12%.
Se considerará en este apartados las cuentas por cobrar, comisiones pagadas por anticipo por
esta a intermediarios.
No se considerará en este punto los gastos anticipados, las boletas de garantía ni las deudas con
entidades relacionadas a la compañía.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo de crédito. Concentración.
 Cuando la exposición total respecto de un grupo empresarial distinto del grupo al cual pertenece
la aseguradora supere el 15% de activos de la compañía, el requerimiento de capital por riesgo de
crédito se incrementará un 100%, aplicando dicho recargo sobre el exceso del límite indicado
 La exposición total de la compañía en un grupo empresarial corresponde a la suma de las
obligaciones adeudadas y la inversión en instrumentos emitidos o garantizados por entidades
pertenecientes a un mismo grupo empresarial (nacional y extranjera).
 No se consideran dentro de este límite las primas por cobrar a los asegurados y los siniestros u
otros activos por cobrar a reaseguradores.
 Para personas o entidades relacionadas directa o indirectamente, el límite es del 7,5%,
considerándose en este caso los contratos de leasing y arriendo de bienes raíces suscritos con las
personas o entidades relacionadas.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos.
Riesgos técnicos
Insuficiencia de
Reservas
Insuficiencia de Primas
Pérdidas
SuscripciónTarificación
Siniestralidad
Riesgos Catastróficos
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos.
 Riesgos Generales.
 Riesgo de Prima.
 Riesgo de Reserva
 Seguros Catastróficos.
 Agregación de Riesgos Generales y Seguros Catastróficos.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
 Riesgo de Prima.
Riesgo de que la prima sea insuficiente para hacer frente a los siniestros + gastos durante el año.
 Riesgo de Reserva.
Riesgo asociado a la variabilidad no esperada de la reserva de siniestros pendientes hasta su
completa liquidación.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Para las Compañías de seguros generales, el capital por riesgos técnicos será:
Donde:
V: Medida de volumen por riesgo de prima y de reservas.
σ: Factor de riesgo global de la compañía
𝑉 = 𝐿𝑑𝑁(𝑉𝑝𝐿𝑑𝑁 + 𝑉𝑟𝐿𝑑𝑛)
Siendo 𝑉𝑝𝐿𝑑𝑁 y 𝑉𝑟𝐿𝑑𝑛 medidas de volumen de primas y reservas técnicas respectivamente para
cada línea de negocio de la compañía.
𝐶𝐵𝑅 = 2 ∗ σ ∗V
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
σ: Factor de riesgo global de la compañía
σ=
1
𝑉2 ∗ 𝑟,𝑐 𝑐𝑜𝑟𝑟𝐿𝑑𝑛 𝑟,𝑐 ∗ σ 𝑟 ∗ σ 𝑐 ∗ 𝑉𝑟 ∗ 𝑉𝑐
Donde:
: Índice de correlación entre las líneas de negocio r y c.
: Factor de riesgo asociado a las líneas de negocio r y c respectivamente.
: medida de volumen por ambos riesgos (primas y reservas) asociado a la línea de
negocio r y c respectivamente.
σ 𝑟, σ 𝑐
V𝑟, V𝑐
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Índices de Correlación∗r:
*Para el caso de Seguros de Crédito, se
considera un índice de correlación r=1
entre la Lnd expuesta y Fidelidad y
Garantía.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Índices de Correlación continuación .
Se considera que no existe correlación entre las líneas de negocio de Accidentes Personales
(accidentes personales y salud) y el resto de líneas de negocio.
Donde:
: Capital Basado en riesgo combinado de las líneas de negocio G2, G3, G4, G5, G6A,
G6B,G9,10 y G11.
: Capital Basado en riesgo combinado de las líneas de negocio GV1A Y GV1B.
𝐶𝐵𝑅 𝐺𝑒𝑛 = 𝐶𝐵𝑅1
2
+ 𝐶𝐵𝑅2
2
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de riesgo Técnico:
Donde:
: Factor de riesgo asociado a la línea de negocio.
: Factor de riesgo de prima asociado a la línea de negocio.
: Factor de riesgo de reserva asociado a la línea de negocio.
: Medida de volumen para el riesgo de primas de la Ldn, equivale a la prima retenida ganada de
los últimos 12 meses por un factor de crecimiento no inferior al crecimiento observado del PIB
del año anterior.
: Medida de volumen para el riesgo de reservas de la Lnd, equivale al monto de reserva técnica de
siniestros, incluido OYNR descontada la participación del reaseguro.
σ 𝐿𝑑𝑁 =
(σ 𝑝𝐿𝑑𝑁 ∗ 𝑉𝑝𝐿𝑑𝑁)2+2 ∗ 0,5 ∗ σ 𝑝𝐿𝑑𝑁 ∗ σ 𝑟𝐿𝑑𝑁 ∗ V𝑝𝐿𝑑𝑁 ∗ V𝑟𝐿𝑑𝑁 + (σ 𝑟𝐿𝑑𝑁 ∗ 𝑉𝑟𝐿𝑑𝑁)2
V𝑝𝐿𝑑𝑁 + V𝑟𝐿𝑑𝑁
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de riesgo Técnico (continuación):
Factores de riesgo de prima y reserva por línea de negocio ( , ).
*NP corresponde al
factor de ajuste
por reaseguro no
proporcional.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de riesgo Técnico (continuación):
Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio:
 Busca que la compañía pueda tomar en cuenta el efecto de mitigación de riesgo por reaseguro de
exceso de pérdida.
 Podrá considerarse el reaseguro de exceso de pérdida si:
 El reaseguro indemniza de forma completa por pérdidas que superen una retención específica
o sin límite.
 El reaseguro cubra los siniestros del asegurado por los próximos 12 meses o aquellos que
cubran hasta la extinción de la responsabilidad del asegurador aunque este sea inferior a 12
meses.
 Permita un número suficiente de reinstalaciones que permita cubrir un año de exposición.
 Se aplique a los siniestros brutos sin deducción por otros contratos de reaseguro.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de riesgo Técnico (continuación):
Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(cálculo):
 Suponiendo que el monto de siniestros sigue una distribución log-normal con
función de densidad:
 Momento de orden uno:
 Momento de orden dos:
𝑓 𝑦 , 𝜂 =
1
𝑦 ∗ 𝜂 ∗ 2 ∗ π
∗ 𝑒
−
(Ln 𝑦−)2
2∗𝜂2
, y > 0
 = 𝑒+
𝜂2
2
 = 𝑒2∗ +
4∗𝜂2
2
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación):
 El reaseguro de exceso de pérdida debe modelarse considerando los límites;
0 < b1 < b2 < b3 siendo b3 = ; es decir, existen las siguientes capas:
1. 0,b1)
2. b1,b2)
3. b2, )
 Se definen las siguientes variables para cada una de las capas.
 Siendo “N” la función de probabilidad Normal Estándar acumulativa; 3 = ; 3= .
𝑞𝑙 =
(𝐿𝑛 𝑏𝑙 − )
𝜂
𝑙 =  ∗ 𝑁 ∗ (𝑞𝑙 − 𝜂) + b1 ∗ N ∗ (−𝑞𝑙)
𝑙 =  ∗ 𝑁 ∗ (𝑞𝑙 − 2 ∗ 𝜂) + b12
∗ N ∗ (−𝑞𝑙)
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación):
 Calculo del Factor NP por línea de negocio:
 Cuando la segunda capa sea ilimitada, NP se debe calcular como:
𝑁𝑃 =
𝑙 − 2 + 3 + 2 ∗ 𝑏2 − 𝑏1 ∗ (2 − 3)
3
1
2
; < 1
𝑁𝑃 =
𝑙
3
1
2
; < 1
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación):
Siendo:
N: número de siniestros reportados por la aseguradora en la LdN durante los últimos T ≥ 5 años.
: Montos de la última pérdida estimada de los siniestros en el año en que fueron reportados
(brutos).
Despejando  y 𝜂 de las ecuaciones de los momentos, obtenemos:
 =
1
𝑛
∗
𝑖=1
𝑛
𝑌𝑖  =
1
𝑛
∗
𝑖=1
𝑛
𝑌𝑖
2
 = 2 ∗ 𝐿𝑛 -
1
2
∗ 𝐿𝑛 
𝜂 = Ln  − 2 ∗ 𝐿𝑛 
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.
Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación):
 Cuando una aseguradora no haya celebrado un contrato de exceso de pérdida en una LdN
que cumpla con los requisitos mencionados, el factor de ajuste no proporcional será 1.
 Cuando en una LdN la compañía compre reaseguros no proporcionales por grupos de riesgos
homogéneos (s), el factor de ajuste para esa LdN puede ser calculado como:
𝑁𝑃𝐿𝑑𝑁 =
𝑠 𝑉(𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎𝑠,𝑠) ∗ 𝑁𝑃𝑠
𝑠 𝑉(𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎𝑠,𝑠)
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Seguros Catastróficos.
Seguro de Terremoto.
Manteniendo la reserva catastrófica de terremoto establecida en la NCG 306, no se requiere CBR
correspondiente a este riesgo.
Otros seguros con componente catastrófico.
La compañía obligada por riesgos de baja probabilidad y alto impacto, deberá determinar un CBR
asociado a las pérdidas producidas por este tipo de eventos (inundaciones, aluvión, recesión
económica para seguros de crédito…)
La compañía debe definir escenarios que informará a la SVS para su aprobación, siendo el CBR por
este tipo de riesgos la pérdida proyectada asociada a él o los eventos definidos, considerando las
coberturas de reaseguro, el cual está sujeto a factor por riesgo de crédito aun cuando no esté
reflejado en el activo de la compañía.
III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgos Técnicos. Agregación Generales y Cat.
Agregación de Riesgos Generales y Catastróficos.
Siendo:
: Capital Basado en Riesgo combinado de los riesgos generales.
: Capital basado en Riesgo correspondiente a otros seguros con componente catastróficos
distintos del de terremoto.
𝐶𝐵𝑅 𝑅𝑇 = 𝐶𝐵𝑅 𝐺𝑒𝑛
2
+ 2 ∗ 0,25 ∗ 𝐶𝐵𝑅 𝐺𝑒𝑛 ∗ 𝐶𝐵𝑅 𝐶𝐴𝑇 ∗ 𝐶𝐵𝑅 𝐶𝐴𝑇
2
IV. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo Operacional.
Riesgo Operacional para Seguros Generales.
Donde:
: requerimiento de Capital Basado en Riesgo por riesgo operacional.
: requerimiento de Capital Basado en Riesgo por riesgos técnicos de activos y riesgos técnicos
de seguros después de considerar el beneficio por diversificación.
: Cargo por riesgo operacional basado en primas y reservas técnicas.
𝐶𝐵𝑅 𝑂𝑃= Min (0,2* 𝐶𝐵𝑅 𝑏𝑎𝑠𝑖𝑐; 𝑅 𝑂𝑃)
IV. CBR Compañías de seguros del primer grupo.
Riesgo Operacional.
Riesgo Operacional para Seguros Generales.(continuación)
Donde:
Siendo:
: prima bruta devengada en los últimos doce meses anteriores a la fecha de cálculo.
: Prima bruta devengada en los últimos doce meses anteriores a los doce meses previos a la
fecha de cálculo.
: Reservas técnicas brutas de seguros generales a la fecha de cálculo.
𝑅 𝑂𝑃 = 𝑀𝑎𝑥(𝑅 𝑂𝑃 𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎
; 𝑅 𝑂𝑃 𝑅𝑇
)
𝑅 𝑂𝑃 𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎 = 0,003 ∗ 𝑃𝑟𝑖𝑚 𝑡 𝑔 + 𝑀𝑎𝑥 0; 0,03 ∗ (𝑃𝑟𝑖𝑚 𝑡 𝑔 − 1.2 ∗ 𝑃𝑟𝑖𝑚 𝑡 − 1 𝑔)
𝑅 𝑂𝑃 𝑅𝑇
= 0,003 ∗ 𝑀𝑎𝑥(0; 𝑅𝑇𝑔)
V. Agregación de riesgos y CBR Final.
Siendo la matriz de correlaciones, (𝐶𝑜𝑟𝑟𝐼𝑛𝑑𝑒𝑥𝑖𝑗) la siguiente:
𝐶𝐵𝑅𝑓𝑖𝑛𝑎𝑙 =
𝑖=1
𝑛
𝑗=1
𝑛
𝐶𝑜𝑟𝑟𝐼𝑛𝑑𝑒𝑥𝑖𝑗 ∗ 𝐶𝐵𝑅𝑖 ∗ 𝐶𝐵𝑅𝑗 + 𝐶𝐵𝑅 𝑂𝑃
Carlos Cuesta Parera.
Dudas y aclaciones: Carlos.cuesta.linkedin@Gmail.com
https://cl.linkedin.com/in/carloscuestaactuarial

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CBR Capital Basado en Riesgo para Seguros Generales

  • 1. Capital Basado en Riesgo Ejercicio IV Mayo 2016 Carlos.cuesta.linkedin@Gmail.com
  • 2. La actual presentación supone una síntesis de lo expuesto para compañías del primer grupo en el documento “Borrador de Metodología para la Determinación del Capital Basado en Riesgo (CBR) de las Compañías de Seguros (cuarta versión)”publicada por la Superintendencia de Valores de Seguros el 5 de mayo de 2016. Si bien existe un período de consultas, cuyo plazo termina el 29 de julio de 2016, las compañías deberán reportar el resultado de la aplicación de este ejercicio en esa misma fecha.
  • 3. Índice.  I. Aspectos generales  II. Valorización de activos y pasivos y determinación de patrimonio disponible. Enfoque de balance total.  III. CBR Compañías de seguros del primer grupo.  IV: Riesgo Operacional para Seguros Generales.  V. Agregación de riesgos y CBR final.
  • 4. I. Aspectos Generales. Si bien el actual requerimiento de capital recoge el riesgo de las obligaciones por la venta de seguros, no considera el riesgo proveniente de los activos ni el riesgo operacional, siendo así poco sensible al riesgo y no variando este requerimiento dependiendo de los distintos perfiles de riesgo de las compañías. Con el Capital Basado en Riesgo se busca contemplar de mejor manera el riesgo técnico de seguros, relacionándolo directamente con el nivel de riesgo de las inversiones y activos de la aseguradora de forma que a mayor riesgo de los activos y pasivos, mayor sea el requerimiento de capital. Siendo: A: Capital requerido para el cumplimiento de los niveles de endeudamiento máximos permitidos. B: Capital Basado en Riesgo 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜 𝑐𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙 = 𝑀á𝑥𝑖𝑚𝑜 (90.000 𝑈𝐹; 𝐴; 𝐵)
  • 5. Principios del nuevo requerimiento de Capital.  Capacidad de absorber pérdidas.  Focalización en los principales riesgos.  Balance entre simplicidad y fortaleza técnica.  Enfoque de balance total.  Reconocimiento de la cobertura de riesgos y beneficios por diversificación.  Mejor alineación entre capital regulatorio y capital económico.
  • 6. Metodología CBR. * Sólo considerado para compañías del Segundo Grupo. Capital Basado en Riesgo Tarificación y suscripción. Riesgos técnico de Activos. Riesgos técnico de Seguros. Riesgo Operacional. Insuficiencia de Reservas. Mortalidad.* Riesgos de reinversión.* Riesgos de liquidez.* Riesgos de mercado. Riesgos de crédito.
  • 7. II. Valorización de activos y pasivos y determinación de patrimonio disponible. Activos:  Medición de los activos a valor de mercado, y en caso de no existir precios de mercado, en base a modelos.  Bienes raíces se valoran empleando la menor tasación vigente.  El valor de los Bienes raíces en leasing corresponde al valor presente de las cuotas futuras a una tasa de mercado.  Se exceptúan de esta valorización a valor de mercado los instrumentos de renta fija que respalden las reservas técnicas, el CBR asociado a las obligaciones por rentas vitalicias y las primas por cobrar, los activos por reaseguros, los préstamos, créditos y en general todo otro activo distinto de instrumentos financieros que bajo el régimen contable actual no se valorizan a valor de mercado.
  • 8. II. Valorización de activos y pasivos y determinación de patrimonio disponible.(continuación) Pasivos:  Primer Grupo:  Cálculo actual de reservas técnicas.  Segundo Grupo:  Valorización a mercado de sus obligaciones descontando flujos al Vector de Tasas de Descuento  Dado que el CBR reconoce el riesgo asociado al descalce de los productos con cuenta única de inversión, debe liberarse la reserva de descalce por ese concepto la cual será sustituida por el nuevo requerimiento de capital basado en riesgo.
  • 9. II. Valorización de activos y pasivos y determinación de patrimonio disponible.(continuación) Activos Pasivos Patrimonio Disponible El Patrimonio disponible será la diferencia entre el valor de los activos totales menos los pasivos exigibles deducido lo siguiente:  Activos que no constituyen inversión efectiva y no tienen un claro valor de realización o de capacidad generadora de ingresos para la sociedad.  Activos afectados por gravámenes, prohibiciones, embargos, litigios, medidas precautorias, condiciones suspensivas o resolutorias, o sean objeto de cualquier acto o contrato que impida su libre enajenación, cesión o transferencia.  Obligaciones o compromisos no reflejados en el balance (avales o garantías…)  Inversiones en empresas relacionadas.  Prestamos a personas relacionadas.
  • 10. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Activos.  Riesgo de mercado.  Acciones  Renta fija  Bienes raíces  Monedas  Fondos mutuos y de inversión  Productos derivados  Otros.  Riesgo de crédito.  Cálculo y agregación con matriz de correlaciones.  Calculo y agregación con matriz de correlaciones y agregación aditiva.  Cálculo mediante factor de requerimiento.
  • 11. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Acciones. El CBR por riesgo de acciones se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: : Capital requerido por riesgo de mercado de las acciones. : Matriz de correlaciones entre los mercados accionarios definidos : Pares ordenados de requerimientos de capital asociados a los distintos mercados accionarios, que se multiplican entre sí dentro de la fórmula CBR acciones.
  • 12. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Acciones.(continuación) Para el cálculo de los distintos requerimientos de capital asociados a los distintos mercados accionarios emplearemos la siguiente expresión: Donde: :corresponde al factor base de requerimiento de capital correspondiente al mercado accionario “i” de acuerdo a la siguiente tabla:
  • 13. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado.(continuación) Para el cálculo de los distintos requerimientos de capital asociados a los distintos mercados accionarios emplearemos la siguiente expresión: Donde: : Ajuste Anticíclico en base al desempeño del índice más importante del mercado accionario “i” durante los últimos 36 meses siendo los límites inferior y superior del ajuste del -10% y 10% respectivamente, y siendo la fórmula de cálculo la siguiente: IAf corresponde al valor del índice accionario a la fecha de cálculo. IAp corresponde al promedio simple del valor diario del índice accionario durante los últimos 36 meses.
  • 14. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Acciones.(continuación) Para el cálculo de los distintos requerimientos de capital asociados a los distintos mercados accionarios emplearemos la siguiente expresión: Donde: : Valor contable* de la inversión en acciones en el mercado “i”, o mercado de mayor volumen de transacción de la acción, neto de posiciones en derivados u otros instrumentos de cobertura d riesgo accionario, no considerando en este cálculo la cobertura del riesgo moneda. Para Sociedades Anónimas cerradas el CBR por riesgo de mercado será del 50%.
  • 15. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Acciones.(continuación) En resumen;
  • 16. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Instrumentos de Renta Fija. El CBR por riesgo de mercado para instrumentos de renta fija se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: : Monto de capital requerido por riesgo de mercado de los instrumentos de renta fija, mutuos hipotecarios endosables y bienes raíces otorgados en leasing. : Valor del instrumento de renta fija “i” calculado en base a un escenario de estrés de la tasa de interés de mercado del instrumento en función de la duración modificada del instrumento. : Valor de mercado del instrumento de renta fija “i”. 𝐶𝐵𝑅𝑀 𝑅𝐹 = ( 𝑉𝑀 𝑅𝐹 𝑖 − 𝑉𝑀𝑆 𝑅𝐹 𝑖)
  • 17. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Instrumentos de Renta Fija.(continuación) Cálculo y factores de estrés de la tasa de interés: 𝑇𝐼𝑅 𝐸𝑠𝑡𝑟𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎 = 𝑇𝐼𝑅𝑖𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙 + |𝑇𝐼𝑅𝑖𝑛𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙| ∗ 𝐹𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
  • 18. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Bienes Raices. Donde: : Monto de capital requerido por riesgo de mercado asociado a la inversión en bienes raíces. : Valor de mercado del bien raíz “i”. : Factor de requerimiento de capital por estrés. 𝐶𝐵𝑅 𝐵𝑅 = 𝑉𝑀 𝐵𝑅 𝑖 ∗ 𝐹𝐵𝑅 El CBR por riesgo de mercado asociado a la inversión en bienes raíces de la compañía se determina considerando un estrés de pérdida en el valor de mercado de los bienes raíces mantenidos por la entidad de acuerdo a la siguiente fórmula: 𝐹𝐵𝑅 = 20%
  • 19. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Fondos Mutuos y de Inversión.  Fondos Accionarios: Mismo requerimiento que para las acciones asociando el fondo al índice accionario más importante para el cálculo del ajuste anticíclico.  Fondos Inmobiliarios y de Infraestructura: Mismo requerimiento que para bienes raíces.  Fondos de Capital de Riesgo: Se aplica un factor de capital del 40%.  Fondos de Renta Fija: Se aplica la fórmula prevista para la renta fija dependiendo de la duración promedio del fondo, y en defecto de esta:  0,5% para fondos money market (90 días).  2% para fondos de corto plazo (menor o igual a 1 año).  5% para fondos de mediano y largo plazo (mayor a 1 año).
  • 20. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado . Fondos Mutuos y de Inversión.(continuación)  Fondos Mixtos: Se aplica el factor de capital de acciones o renta fija en función de las características la inversión que represente un porcentaje superior al 50% del total del fondo. Para el cálculo del ajuste anticíclico en fondos mixtos con una participación predominante de acciones, se asociará cada fondo al índice accionario más relevante en términos de volúmenes transados del mercado donde mayoritariamente invierte el fondo.  Otros Fondos: Todo aquel fondo no incluido en las anteriores categorías tiene factor de requerimiento de capital de un 40%. La inversión en los fondos debe considerarse neta de posiciones en derivados u otros instrumentos de cobertura de riesgo.
  • 21. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Monedas. Moneda Extranjera: Donde: 𝐶𝐵𝑅 𝑀𝑂𝑁: Monto de Capital requerido por riesgo de mercado asociado a moneda extranjera. 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎𝑖: Diferencia entre el total de activos en moneda “i” y el valor total de pasivos en la misma moneda netos de posiciones en derivados u otros instrumentos de cobertura de riesgo en monedas. 𝐹𝑖: Factor de requerimiento de capital correspondiente a la moneda “i” de acuerdo a la siguiente tabla: 𝐶𝐵𝑅 𝑀𝑂𝑁 = 𝐹𝑖 ∗ 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎𝑖
  • 22. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Monedas.(continuación) Moneda Extranjera:  En caso de existir políticas cambiarias CLP/USD que gatillen mecanismos de intervención del mercado cambiario, dichos niveles piso o techo deben ser considerados como los escenarios de estrés a aplicar.  Para las inversiones en acciones que integran el índice S&P500 o ETFs* que repliquen el índice, y siempre que no tenga asociadas operaciones de cobertura de riesgo cambiario, para el cálculo de la exposición neta se considera el 70% de la exposición que representen dichas inversiones.  Los fondos en los que mas de un 50% del portafolio sea en acciones del índice S&P500, en el cálculo de la exposición se considerará un 70% de la exposición que represente la inversión del fondo. 𝐸𝑥𝑝. 𝑑ó𝑙𝑎𝑟 𝑎𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 : Monto de posición activa o larga en acciones del índice S&P500 en USD no cubiertos por derivados u otros instrumentos de cobertura de riesgo en monedas. *Un Exchange-Traded Fund (ETF por sus sigla en inglés), o fondo negociable en el mercado, es un fondo que permite tomar posiciones sobre un índice. 𝐶𝐵𝑅 𝑑ó𝑙𝑎𝑟 = 𝐹𝑑ó𝑙𝑎𝑟 ∗ (𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑑ó𝑙𝑎𝑟−(0,3 ∗ 𝐸𝑥𝑝. 𝑑ó𝑙𝑎𝑟 𝑎𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 ))
  • 23. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Monedas.(continuación) UF y otras unidades reajustables en pesos: Donde: 𝐶𝐵𝑅 𝑈𝐹: Monto de Capital requerido por riesgo de mercado asociado a unidades de fomento. 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑈𝐹: Diferencia entre el total de activos en UF y el valor total de pasivos en la misma moneda netos de posiciones en derivados u otros instrumentos de cobertura de riesgo. Aquellas compañías con activos mayores que los pasivos, tendrán una posición activa en UF, en caso contrario pasiva. 𝐹 𝑈𝐹: Factor de requerimiento de capital correspondiente a la exposición en unidades de fomento de acuerdo a posición activa/pasiva de la compañía: 𝐶𝐵𝑅 𝑈𝐹 = 𝐹 𝑈𝐹 ∗ 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑈𝐹
  • 24. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Productos derivados. Para todos aquellos derivados que no tengan el carácter de cobertura de riesgo, la entidad debe considerar la exposición al riesgo de mercado como la posición neta que la compañía presenta en cada derivado, es decir: Siendo: 𝐶𝐵𝑅 𝑑𝑒𝑟: Monto de Capital en concepto de productos derivados 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑑𝑒𝑟 : Diferencia entre posiciones compradoras y vendedoras respecto de un determinado activo objetivo, medido en función del valor de dicho activo. Finalmente, el CBR determinado se asignará en la matriz de correlaciones de acuerdo al activo subyacente de las operaciones. 𝐶𝐵𝑅 𝑑𝑒𝑟 = 𝐸𝑥𝑝. 𝑛𝑒𝑡𝑎 𝑑𝑒𝑟
  • 25. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de Mercado. Otros Activos. Se calculará el CBR como el 100% del valor contable y se sumarán diractamente al CBR por riesgo de mercado sin tener en cuenta la matriz de correlacione. Se exceptúan de este cálculo los siguientes activos (CBR = 0) :  Impuestos corrientes por cobrar u otros activos o créditos en los que la contraparte es el Estado de Chile, no incluyendo en este apartado los activos por impuestos diferidos.  Activos utilizados como colateral en pactos de retrocompra.  Saldos mantenidos en Caja o Bancos.  Activos que la aseguradora estime no presentan riesgo de pérdida de valor o de no pago previa autorización de la SVS. Los activos que se deduzcan del patrimonio disponible tendrán CBR igual a cero.
  • 26. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Representa el riesgo de pérdidas por deterioro de la calidad de crédito o eventual incumplimiento de los deudores. Donde: : Monto de Capital requerido por riesgo de crédito. : Valor contable del activo “i” neto de cualquier provisión o aplicación de deterioro. : Factor de requerimiento de capital dependiendo del tipo de activo. 𝐶𝐵𝑅 𝐶 = 𝐹𝑅𝐶𝑖 ∗ 𝑉𝐶 𝑅𝐹𝑖  Instrumentos de Renta Fija con Clasificación de Riesgo.  Instrumentos de Renta Fija sin Clasificación de Riesgo.  Leasing inmobiliario.  Primas por cobrar.  Activos por Reaseguro.  Contrapartes de Productos Derivados.  Otros.
  • 27. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija con Clasificación de Riesgo. El factor de requerimiento se determinará en función de la menor de las clasificaciones de riesgo disponibles para el instrumento de acuerdo a la siguiente tabla*: * En caso de sólo existir clasificación local del país de origen, se aplica un factor del 100%.
  • 28. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin Clasificación de Riesgo. 1. Mutuos Hipotecarios Endosables (MHE). Donde: : Corresponde al Capital requerido por riesgo de crédito para los Mutuos Hipotecarios Endosables. : Corresponde al valor del Mutuo Hipotecario Endosable neto de provisiones por deterioro. : Corresponde al factor de capital por riesgo de crédito. 𝐶𝐵𝑅 𝑀𝐻𝐸 = (𝑀𝐻𝐸𝑖) ∗ 𝐹 𝑀𝐻𝐸 𝐹 𝑀𝐻𝐸 = 2,8%
  • 29. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin Clasificación de Riesgo.(Continuación) 1. Mutuos Hipotecarios Endosables (provisiones por deterioro). La determinación del deterioro de los Mutuos Hipotecarios Endosables se realiza de acuerdo a lo establecido en el punto 5.2 de la NCG 311, es decir mediante modelo propio aprobado por la SVS y en defecto de este en función a la relación deuda a garantía de los MHE que mantengan en cartera las aseguradoras (deuda vigente/última tasación disponible), combinada con los meses de morosidad de los dividendos de dichos mutuos de acuerdo al siguiente cuadro: La provisión se determinará aplicando el porcentaje requerido que se establece en la siguiente tabla, multiplicado por la suma del saldo insoluto de la deuda que incorpora los dividendos devengados y no pagados por el deudor.
  • 30. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin Clasificación de Riesgo.(Continuación) 2. Préstamos. Donde: : Corresponde al monto de capital por riesgo de crédito de acuerdo a la fórmula estándar propuesta en Basilea II. : Corresponde al factor de requerimiento de capital. : Corresponde al monto de activos ponderados por riesgo, donde “𝐴𝑐𝑖” es el monto de activos y el “PR” factor de ponderación por riesgo de crédito. 𝐶𝐵𝑅 𝐶𝑅𝐸𝐷 = 𝐴𝑃𝑅𝐶 ∗ 𝐹𝐶𝑅𝐸𝐷 𝐹𝐶𝑅𝐸𝐷 = 8% 𝐴𝑃𝑅𝐶 = 𝐴𝑐𝑖 ∗ 𝑃𝑅
  • 31. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Instrumentos de Renta Fija sin Clasificación de Riesgo.(Continuación) 2. Préstamos (continuación).  Para el caso de personas jurídicas con calificación de riesgo, el CBR por riesgo de crédito para préstamos o créditos se determinará de acuerdo a la menor calificación de riesgo de la contraparte, o en su defecto, la menor clasificación de riesgo observada para instrumentos emitidos por el deudor de acuerdo a la siguiente tabla:  En caso de préstamos a rentistas de rentas vitalicias emitidas por la aseguradora, el factor de CBR por riesgo de crédito será de un 1%.
  • 32. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Leasing Inmobiliario. El factor de requerimiento se determinará en función de los meses de atraso en el pago de las cuotas de acuerdo a la siguiente tabla: Para aquellos contratos con 6 o más meses de morosidad, el factor de capital será del 8% y el factor de ponderación del riesgo de crédito del 100%.
  • 33. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Primas por Cobrar. El factor de requerimiento de capital por riesgo de crédito para las primas por cobrar en seguro directo, aceptado y coaseguro, será del 4%.
  • 34. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Activos por reaseguro. Se aplica un factor de requerimiento de capital dependiendo de la menor de las clasificaciones de riesgo que presente el reasegurador, al igual que en el riesgo de crédito de instrumentos de renta fija. Del mismo modo, aquellos montos que reduzcan el CBR por riesgos de seguros (reaseguro no proporcional o de exceso de pérdida) deben de considerar el riesgo de crédito de acuerdo a los factores mencionados en el punto anterior.
  • 35. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Activos por reaseguro.(Continuación) Terremoto y Tsunami: EL riesgo de crédito corresponderá a la suma del requerimiento por riesgo de crédito aplicado sobre las primas cedidas mas el requerimiento de capital aplicado sobre el 50% de la capacidad de los contratos de exceso de pérdida de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: : Monto de capital por riesgo de crédito de terremoto. : Factor de requerimiento de capital por riesgo de crédito de activos por reaseguro. : Prima cedida por reaseguro proporcional de seguros de terremoto y tsunami al reasegurador “i”. : Capacidad de los contratos de exceso de pérdida catastróficos de terremoto correspondientes al reasegurador “i” coincidiendo con la empleada para el cálculo de la reserva. 𝐶𝐵𝑅 𝑅𝐶𝑇 = 𝐹𝑅𝐶𝑖 ∗ 𝑃𝐶𝑖 + (𝐹𝑅𝐶𝑖 ∗ 𝐶𝑋𝐿𝑖 ∗ 0,5)
  • 36. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Contrapartes de productos derivados. Siendo: : Monto de capital por riesgo de crédito de contrapartes de productos derivados. : Factor de capital de acuerdo a lo establecido para los productos de renta fija. : Monto de activo neto* generado por operaciones de derivados con un mismo emisor. * Activo Neto es aquella diferencia entre el total de activos y pasivos en la que el monto de activos sea superior al de pasivos. Se podrá excluir del cálculo del CBR a las Cámaras de Compensación autorizadas para operar con las Administradoras de Fondos de Pensiones nacionales. 𝐶𝐵𝑅 𝑑𝑒𝑟𝑖𝑣 = 𝐹𝑅𝐶 𝑖 ∗ 𝑉𝐶 𝑅𝐹𝑖
  • 37. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Otros. Para el resto de activos sujetos a riesgo de crédito, se considerará un factor de requerimiento del 12%. Se considerará en este apartados las cuentas por cobrar, comisiones pagadas por anticipo por esta a intermediarios. No se considerará en este punto los gastos anticipados, las boletas de garantía ni las deudas con entidades relacionadas a la compañía.
  • 38. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo de crédito. Concentración.  Cuando la exposición total respecto de un grupo empresarial distinto del grupo al cual pertenece la aseguradora supere el 15% de activos de la compañía, el requerimiento de capital por riesgo de crédito se incrementará un 100%, aplicando dicho recargo sobre el exceso del límite indicado  La exposición total de la compañía en un grupo empresarial corresponde a la suma de las obligaciones adeudadas y la inversión en instrumentos emitidos o garantizados por entidades pertenecientes a un mismo grupo empresarial (nacional y extranjera).  No se consideran dentro de este límite las primas por cobrar a los asegurados y los siniestros u otros activos por cobrar a reaseguradores.  Para personas o entidades relacionadas directa o indirectamente, el límite es del 7,5%, considerándose en este caso los contratos de leasing y arriendo de bienes raíces suscritos con las personas o entidades relacionadas.
  • 39. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos técnicos Insuficiencia de Reservas Insuficiencia de Primas Pérdidas SuscripciónTarificación Siniestralidad Riesgos Catastróficos
  • 40. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos.  Riesgos Generales.  Riesgo de Prima.  Riesgo de Reserva  Seguros Catastróficos.  Agregación de Riesgos Generales y Seguros Catastróficos.
  • 41. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales.  Riesgo de Prima. Riesgo de que la prima sea insuficiente para hacer frente a los siniestros + gastos durante el año.  Riesgo de Reserva. Riesgo asociado a la variabilidad no esperada de la reserva de siniestros pendientes hasta su completa liquidación.
  • 42. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Para las Compañías de seguros generales, el capital por riesgos técnicos será: Donde: V: Medida de volumen por riesgo de prima y de reservas. σ: Factor de riesgo global de la compañía 𝑉 = 𝐿𝑑𝑁(𝑉𝑝𝐿𝑑𝑁 + 𝑉𝑟𝐿𝑑𝑛) Siendo 𝑉𝑝𝐿𝑑𝑁 y 𝑉𝑟𝐿𝑑𝑛 medidas de volumen de primas y reservas técnicas respectivamente para cada línea de negocio de la compañía. 𝐶𝐵𝑅 = 2 ∗ σ ∗V
  • 43. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. σ: Factor de riesgo global de la compañía σ= 1 𝑉2 ∗ 𝑟,𝑐 𝑐𝑜𝑟𝑟𝐿𝑑𝑛 𝑟,𝑐 ∗ σ 𝑟 ∗ σ 𝑐 ∗ 𝑉𝑟 ∗ 𝑉𝑐 Donde: : Índice de correlación entre las líneas de negocio r y c. : Factor de riesgo asociado a las líneas de negocio r y c respectivamente. : medida de volumen por ambos riesgos (primas y reservas) asociado a la línea de negocio r y c respectivamente. σ 𝑟, σ 𝑐 V𝑟, V𝑐
  • 44. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Índices de Correlación∗r: *Para el caso de Seguros de Crédito, se considera un índice de correlación r=1 entre la Lnd expuesta y Fidelidad y Garantía.
  • 45. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Índices de Correlación continuación . Se considera que no existe correlación entre las líneas de negocio de Accidentes Personales (accidentes personales y salud) y el resto de líneas de negocio. Donde: : Capital Basado en riesgo combinado de las líneas de negocio G2, G3, G4, G5, G6A, G6B,G9,10 y G11. : Capital Basado en riesgo combinado de las líneas de negocio GV1A Y GV1B. 𝐶𝐵𝑅 𝐺𝑒𝑛 = 𝐶𝐵𝑅1 2 + 𝐶𝐵𝑅2 2
  • 46. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de riesgo Técnico: Donde: : Factor de riesgo asociado a la línea de negocio. : Factor de riesgo de prima asociado a la línea de negocio. : Factor de riesgo de reserva asociado a la línea de negocio. : Medida de volumen para el riesgo de primas de la Ldn, equivale a la prima retenida ganada de los últimos 12 meses por un factor de crecimiento no inferior al crecimiento observado del PIB del año anterior. : Medida de volumen para el riesgo de reservas de la Lnd, equivale al monto de reserva técnica de siniestros, incluido OYNR descontada la participación del reaseguro. σ 𝐿𝑑𝑁 = (σ 𝑝𝐿𝑑𝑁 ∗ 𝑉𝑝𝐿𝑑𝑁)2+2 ∗ 0,5 ∗ σ 𝑝𝐿𝑑𝑁 ∗ σ 𝑟𝐿𝑑𝑁 ∗ V𝑝𝐿𝑑𝑁 ∗ V𝑟𝐿𝑑𝑁 + (σ 𝑟𝐿𝑑𝑁 ∗ 𝑉𝑟𝐿𝑑𝑁)2 V𝑝𝐿𝑑𝑁 + V𝑟𝐿𝑑𝑁
  • 47. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de riesgo Técnico (continuación): Factores de riesgo de prima y reserva por línea de negocio ( , ). *NP corresponde al factor de ajuste por reaseguro no proporcional.
  • 48. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de riesgo Técnico (continuación): Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio:  Busca que la compañía pueda tomar en cuenta el efecto de mitigación de riesgo por reaseguro de exceso de pérdida.  Podrá considerarse el reaseguro de exceso de pérdida si:  El reaseguro indemniza de forma completa por pérdidas que superen una retención específica o sin límite.  El reaseguro cubra los siniestros del asegurado por los próximos 12 meses o aquellos que cubran hasta la extinción de la responsabilidad del asegurador aunque este sea inferior a 12 meses.  Permita un número suficiente de reinstalaciones que permita cubrir un año de exposición.  Se aplique a los siniestros brutos sin deducción por otros contratos de reaseguro.
  • 49. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de riesgo Técnico (continuación): Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(cálculo):  Suponiendo que el monto de siniestros sigue una distribución log-normal con función de densidad:  Momento de orden uno:  Momento de orden dos: 𝑓 𝑦 , 𝜂 = 1 𝑦 ∗ 𝜂 ∗ 2 ∗ π ∗ 𝑒 − (Ln 𝑦−)2 2∗𝜂2 , y > 0  = 𝑒+ 𝜂2 2  = 𝑒2∗ + 4∗𝜂2 2
  • 50. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación):  El reaseguro de exceso de pérdida debe modelarse considerando los límites; 0 < b1 < b2 < b3 siendo b3 = ; es decir, existen las siguientes capas: 1. 0,b1) 2. b1,b2) 3. b2, )  Se definen las siguientes variables para cada una de las capas.  Siendo “N” la función de probabilidad Normal Estándar acumulativa; 3 = ; 3= . 𝑞𝑙 = (𝐿𝑛 𝑏𝑙 − ) 𝜂 𝑙 =  ∗ 𝑁 ∗ (𝑞𝑙 − 𝜂) + b1 ∗ N ∗ (−𝑞𝑙) 𝑙 =  ∗ 𝑁 ∗ (𝑞𝑙 − 2 ∗ 𝜂) + b12 ∗ N ∗ (−𝑞𝑙)
  • 51. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación):  Calculo del Factor NP por línea de negocio:  Cuando la segunda capa sea ilimitada, NP se debe calcular como: 𝑁𝑃 = 𝑙 − 2 + 3 + 2 ∗ 𝑏2 − 𝑏1 ∗ (2 − 3) 3 1 2 ; < 1 𝑁𝑃 = 𝑙 3 1 2 ; < 1
  • 52. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación): Siendo: N: número de siniestros reportados por la aseguradora en la LdN durante los últimos T ≥ 5 años. : Montos de la última pérdida estimada de los siniestros en el año en que fueron reportados (brutos). Despejando  y 𝜂 de las ecuaciones de los momentos, obtenemos:  = 1 𝑛 ∗ 𝑖=1 𝑛 𝑌𝑖  = 1 𝑛 ∗ 𝑖=1 𝑛 𝑌𝑖 2  = 2 ∗ 𝐿𝑛 - 1 2 ∗ 𝐿𝑛  𝜂 = Ln  − 2 ∗ 𝐿𝑛 
  • 53. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Riesgos Generales. Factores de ajuste por reaseguro no proporcional por línea de negocio(continuación):  Cuando una aseguradora no haya celebrado un contrato de exceso de pérdida en una LdN que cumpla con los requisitos mencionados, el factor de ajuste no proporcional será 1.  Cuando en una LdN la compañía compre reaseguros no proporcionales por grupos de riesgos homogéneos (s), el factor de ajuste para esa LdN puede ser calculado como: 𝑁𝑃𝐿𝑑𝑁 = 𝑠 𝑉(𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎𝑠,𝑠) ∗ 𝑁𝑃𝑠 𝑠 𝑉(𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎𝑠,𝑠)
  • 54. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Seguros Catastróficos. Seguro de Terremoto. Manteniendo la reserva catastrófica de terremoto establecida en la NCG 306, no se requiere CBR correspondiente a este riesgo. Otros seguros con componente catastrófico. La compañía obligada por riesgos de baja probabilidad y alto impacto, deberá determinar un CBR asociado a las pérdidas producidas por este tipo de eventos (inundaciones, aluvión, recesión económica para seguros de crédito…) La compañía debe definir escenarios que informará a la SVS para su aprobación, siendo el CBR por este tipo de riesgos la pérdida proyectada asociada a él o los eventos definidos, considerando las coberturas de reaseguro, el cual está sujeto a factor por riesgo de crédito aun cuando no esté reflejado en el activo de la compañía.
  • 55. III. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgos Técnicos. Agregación Generales y Cat. Agregación de Riesgos Generales y Catastróficos. Siendo: : Capital Basado en Riesgo combinado de los riesgos generales. : Capital basado en Riesgo correspondiente a otros seguros con componente catastróficos distintos del de terremoto. 𝐶𝐵𝑅 𝑅𝑇 = 𝐶𝐵𝑅 𝐺𝑒𝑛 2 + 2 ∗ 0,25 ∗ 𝐶𝐵𝑅 𝐺𝑒𝑛 ∗ 𝐶𝐵𝑅 𝐶𝐴𝑇 ∗ 𝐶𝐵𝑅 𝐶𝐴𝑇 2
  • 56. IV. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo Operacional. Riesgo Operacional para Seguros Generales. Donde: : requerimiento de Capital Basado en Riesgo por riesgo operacional. : requerimiento de Capital Basado en Riesgo por riesgos técnicos de activos y riesgos técnicos de seguros después de considerar el beneficio por diversificación. : Cargo por riesgo operacional basado en primas y reservas técnicas. 𝐶𝐵𝑅 𝑂𝑃= Min (0,2* 𝐶𝐵𝑅 𝑏𝑎𝑠𝑖𝑐; 𝑅 𝑂𝑃)
  • 57. IV. CBR Compañías de seguros del primer grupo. Riesgo Operacional. Riesgo Operacional para Seguros Generales.(continuación) Donde: Siendo: : prima bruta devengada en los últimos doce meses anteriores a la fecha de cálculo. : Prima bruta devengada en los últimos doce meses anteriores a los doce meses previos a la fecha de cálculo. : Reservas técnicas brutas de seguros generales a la fecha de cálculo. 𝑅 𝑂𝑃 = 𝑀𝑎𝑥(𝑅 𝑂𝑃 𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎 ; 𝑅 𝑂𝑃 𝑅𝑇 ) 𝑅 𝑂𝑃 𝑝𝑟𝑖𝑚𝑎 = 0,003 ∗ 𝑃𝑟𝑖𝑚 𝑡 𝑔 + 𝑀𝑎𝑥 0; 0,03 ∗ (𝑃𝑟𝑖𝑚 𝑡 𝑔 − 1.2 ∗ 𝑃𝑟𝑖𝑚 𝑡 − 1 𝑔) 𝑅 𝑂𝑃 𝑅𝑇 = 0,003 ∗ 𝑀𝑎𝑥(0; 𝑅𝑇𝑔)
  • 58. V. Agregación de riesgos y CBR Final. Siendo la matriz de correlaciones, (𝐶𝑜𝑟𝑟𝐼𝑛𝑑𝑒𝑥𝑖𝑗) la siguiente: 𝐶𝐵𝑅𝑓𝑖𝑛𝑎𝑙 = 𝑖=1 𝑛 𝑗=1 𝑛 𝐶𝑜𝑟𝑟𝐼𝑛𝑑𝑒𝑥𝑖𝑗 ∗ 𝐶𝐵𝑅𝑖 ∗ 𝐶𝐵𝑅𝑗 + 𝐶𝐵𝑅 𝑂𝑃
  • 59. Carlos Cuesta Parera. Dudas y aclaciones: Carlos.cuesta.linkedin@Gmail.com https://cl.linkedin.com/in/carloscuestaactuarial