DERECHO
COMERCIAL.
Origen del comercio.Los orígenes se remontan a finales del periodo
Neolítico (INICIAL 6.000 hasta el 3.500 a.C., MEDIO 3.000 y 2.800 a.C. y fue muy productiva,
FINAL: 2.800 y 2.300 a.C., luego del cual inicia la conocida Edad de los Metales), cuando se
descubrió la agricultura y domesticación de los animales,
convirtiéndonos en sedentarios. Al inicio era una agricultura de
subsistencia, posteriormente el excedente se comercializo mediante
el trueque, y posteriormente mediante el uso de la moneda (aleación
de oro y plata, en el siglo VI a.C., en Asia Menor en Turquía en el gobierno del rey Argos).
3.
DERECHO
COMERCIAL.
Definición de comercio.Es la compra, venta e intercambio de
bienes o servicios con fines lucrativos (dinero), en otras palabras, es una
actividad social y económica que implica la adquisición y el
traspaso de mercancías.
El comercio interno se divide en 2: Comercio formal (Conjunto de leyes,
normas y principios que regula el intercambio de bienes y servicios dentro de un Estado, este
con otros Estados y/o con bloques internacionales. Dicha actividad la regula en Bolivia “Ley N°
14379-Codigo de Comercio”, por personas naturales o jurídicas que cuentan con un local
comercial, un registro de Comercio, una marca y una razón social o nombre, etc.) y
Comercio informal (Es aquella actividad llevada a cabo por comerciantes ambulantes,
llamados así por no contar siempre con un lugar fijo para vender sus mercancías).
4.
DERECHO
COMERCIAL.
Ventajas del comercioformal. a) Instalaciones adecuadas e
higiénicas, b) ambientes seguro, c) productos certificados y de
seguridad, d) variedad de bienes y servicios.
Desventajas del comercio formal. Tiene un costo elevado para las
familias de escasos recursos económicos, por lo cual les resulta difícil
adquirir dichos productos.
5.
DERECHO
COMERCIAL.
¿Por qué seda el comercio informal?. a) Por las políticas (proteccionista y
aperturista) e instrumentos (arancelarias “Ad valoren, especifico y mixto” y no arancelarias
“cuotas de importación, subsidios, normas burocráticas, políticas de compras publicas, etc.)
SON aplicados en el comercio por un Estado, b) con la baja
eficiencia gubernamental de crear fuentes de trabajo c) por la
corrupción estatal. (en Bolivia el comercio informal creció con la implementación del D.S.
21060 de 1985).
Ventajas. a) Precios más bajos que en el comercio formal, b) Posibilidad
de regatear el precio, c) Calidad aceptable en los productos, d) Lugar
accesible para realizar las compras, e) Se enfoca en la población que
tiene menos recursos económicos f) Genera trabajo informal para
cualquier persona. Desventajas. a) Falta de garantía en los productos y
servicios, b) Se pueden encontrar productos robados o piratas, c)
instalaciones inadecuadas, d)Falta de higiene, e) Única forma de
6.
DERECHO
COMERCIAL.
DEFINICION DE COMERCIOEXTERIOR.
Es el intercambio de bienes y servicios existente entre dos o mas
países, entre estos y un bloque internacional o entre bloques
internacionales, con el propósito de que cada uno pueda satisfacer
sus necesidades de mercado tanto internas como externas.
Es el intercambio de bienes y servicios que realiza la economía de
un país o área regional con las economías de otros países o áreas
regionales.
7.
DERECHO
COMERCIAL.
Diferencia entre comerciointerior, exterior e internacional.
El Comercio interior es el intercambio de bienes y servicios dentro del
mismo Estado, de productos nacionales o extranjero.
El Comercio Exterior es cuando un país en especifico (Bolivia) o un bloque
comercial (MECOSUR, UNIÓN EUROPEA, ETC.) el que establece relaciones de
intercambio comercial con el resto del mundo (compra y venta bienes y servicios-
color político).
El Comercio Internacional incorpora las transacciones globales de los
productos, Vgr. El precio del petróleo, esta sujeto a un cambio en su
precio en razón del comercio internacional, el petróleo se ve afectado
por los sucesos económicos y comerciales del mundo (164 miembros 98%, no
tiene color político).
8.
DERECHO
COMERCIAL.
Tipos de comerciointerior:
a) El comercio al por mayor o mayorista. Es la primera fase de la
actividad comercial. Las empresas mayoristas compran las
mercancías a los productores-transnacionales y multinacionales para
posteriormente vendérselas a los comerciantes minoristas.
b) El comercio al por menor o minorista. Estos comerciantes compran
a los mayoristas para luego vender directamente a los consumidores.
Son los comercios a los que acuden la mayor parte de los
ciudadanos.
9.
DERECHO
COMERCIAL.
Cámara de Comercio(CCN). El 14/01/1890 se creo la primera
organización empresarial con el objetivo de fortalecer el comercio y la
industria en Bolivia, asesorando y capacitando a sus miembros en materia
laboral, tributaria, empresarial, financiera, propiedad intelectual,
comercio exterior, logística empresarial, etc. Realiza eventos empresariales
ruedas de negocios multisectoriales, sectoriales e individuales, así como
foros internacionales y nacionales. Cuenta con una universidad real de la
cámara nacional de comercio.
El 01/04/1941 la Cámara Nacional de Comercio inauguró sus instalaciones
en el edificio La Urbana.
Entre el 15 al 18 de octubre de 1945, durante la Presidencia del Cnel.
Gualberto Villarroel, se realizó en Cochabamba el Primer Congreso
de Cámaras de Comercio de Bolivia.
10.
DERECHO
COMERCIAL.
Cámara de Comercio(CCN). Es una organización privada formada
por empresarios o dueños de pequeños, medianos o grandes
comercios los cuales tienen el fin de elevar la productividad, calidad
y competitividad de sus negocios (Art. 1º (DENOMINACIÓN Y NATURALEZA).- La
Cámara Nacional de Comercio, (CNC BOLIVIA) es una entidad civil sin fines de lucro,
conformada como ente de coordinación, cuyas actividades están orientadas al bien común,
tanto de los empresarios, como los miembros que la conforman como de la sociedad en su
conjunto. La Cámara Nacional de Comercio (CNC-BOLIVIA) está constituida y podrá estar
compuesta por: a) Las Cámaras Departamentales de Comercio e Industria y/o Comercio…
b)Las empresas comerciales y de servicios establecidas en el Estado Plurinacional de Bolivia…
c)Las Cámaras o Asociaciones Binacionales, Sectoriales, Subsectoriales, Provinciales, Municipales
entre otras asociaciones y/o personas colectivas, que tengan afinidad con las actividades de la
Cámara Nacional de Comercio (CNC-BOLIVIA)… La Cámara Nacional de Comercio
(CNC -BOLIVIA) al ser una asociación gremial de carácter empresarial nacional y
departamental, tiene una naturaleza que excluye cualquier finalidad político partidario, racial o
religiosa o propósito de lucro.)
11.
DERECHO
COMERCIAL.
Misión. La CámaraNacional de Comercio de Bolivia, es una institución
empresarial privada, sin fines de lucro, con independencia económica y
política. Creada para defender los intereses de sus asociados,
promoviendo el desarrollo empresarial de los sectores del Comercio y los
Servicios, en un marco de sana competencia, en la perspectiva de
contribuir efectivamente al crecimiento sostenido en el ámbito
económico y social del país, en el contexto globalizado. Es una institución
inspirada en principios éticos y de compromiso con el empresariado, que
busca la excelencia y creatividad utilizando el talento de sus recursos
humanos.
Visión. Ser la organización líder y representativa del sector empresarial del
Comercio y Servicios e interlocutor válido ante instituciones públicas y
privadas, nacionales e internacionales, moderna, ágil y eficiente en la
prestación de servicios.
12.
DERECHO
COMERCIAL
FINES. a) Impulsarel desarrollo y fortalecimiento del comercio en el
conjunto de la economía regional y nacional, b) Ejercer la
representación del comercio legalmente establecido ante los órganos
del estado e instituciones públicas y privadas nacionales o extranjeras,
c) Velar por la vigencia de los derechos y el cumplimiento de las
obligaciones del comercio, considerando su estrecha vinculación con
sus objetivos de orden regional y nacional, d) Prestar asesoramiento a
sus asociados en áreas propias de su actividad, e) Contribuir a la
mayor capacitación del empresario y sus colaboradores, tomando en
cuenta la dinámica evolución del comercio.
13.
DERECHO
COMERCIAL.
Instituciones relacionadas conel comercio.
FUNDEMPRESA - SEPREC (Servicio Plurinacional de registro de comercio) a) Es una
institución sin fines de lucro encargada de registrar a todas las sociedades
comerciales y empresas unipersonales que operan en el territorio
nacional, sin importar su tamaño, ubicación geográfica o actividad
económica, b) Registrar los actos comerciales de las sociedades
comerciales y empresas unipersonales para que sean públicos.
Misión. Es una fundación sin fines de lucro que opera en el registro de
comercio de Bolivia, brindando un servicio eficiente a los empresarios y al
Estado, orientado a la mejora continua y al apoyo del desarrollo
empresarial. Visión. Ser referente institucional de información para el
apoyo al desarrollo empresarial en Bolivia.
14.
DERECHO
COMERCIAL.
El Servicio deImpuestos Nacionales. Es una entidad de derecho
público, autárquica con independencia administrativa, funcional,
técnica y financiera, con jurisdicción y competencia en todo el
territorio nacional, personería jurídica y patrimonio propio. Su función
es administrar el sistema de impuestos y tiene como misión optimizar
las recaudaciones, mediante: la administración, aplicación,
recaudación y fiscalización eficiente y eficaz de los impuestos internos,
la orientación y facilitación del cumplimiento voluntario, veraz y
oportuno de las obligaciones tributarias y la cobranza y sanción de los
que incumplen de acuerdo a lo que establece el Código Tributario,
con excepción de los tributos que por Ley administran, recaudan y
fiscalizan las municipalidades.
15.
DERECHO
COMERCIAL.
Tipos de sociedadescomerciales según el código de comercio. Art.
126. (Tipicidad). Las sociedades comerciales, cualquiera sea su objeto,
sólo podrán constituirse, en alguno de los siguientes tipos: 1)
Sociedad colectiva; 2) Sociedad en comandita simple; 3)
Sociedad de responsabilidad limitada; 4) Sociedad anónima; 5)
Sociedad en comandita por acciones, y 6) Asociación accidental
o de cuentas en participación. Las sociedades cooperativas se
rigen por Ley especial. Subsidiariamente, se aplicarán a ellas las
prescripciones de las sociedades de responsabilidad limitada, en
cuanto no sean contrarias; pero, si tuvieran como finalidad cualquier
actividad comercial ajena a su objeto, quedan sujetas, en lo
pertinente, a las disposiciones de éste Código.
16.
DERECHO
COMERCIAL.
Art. 127 Contenidodel instrumento constitutivo. (El instrumento de
constitución de las sociedades comerciales debe contener, por lo menos, lo siguiente: 1) Lugar
y fecha de celebración del acto; 2) Nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión,
domicilio y número de la cédula de identidad de las personas físicas y nombre, naturaleza,
nacionalidad y domicilio de las personas jurídicas que intervengan en la constitución; 3) Razón
social o denominación y domicilio de la sociedad; 4) Objeto social, que debe ser preciso y
determinado; 5) Monto del capital social, con indicación del mínimo cuando éste sea
variable; 6) Monto del aporte efectuado por cada socio en dinero, bienes, valores o
servicios y su valorización. En las sociedades anónimas deberá indicarse además el capital
autorizado, suscrito y pagado; la clase; número valor nominal y naturaleza de la emisión y
demás características de las acciones; la forma y término en que deban pagarse los aportes
comprometidos, que no podrá exceder de dos años. En su caso, el régimen de aumento del
capital social; 7)Plazo de duración, que debe ser determinado; 8)Forma de organización
de la administración…).
17.
DERECHO
COMERCIAL.
1) Sociedad colectiva.C.Co. Arts. 173-183. Es aquella donde los socios (2
mínimos) participan en un plano de igualdad. La sociedad tiene autonomía
patrimonial y responde de sus deudas con su propio patrimonio, aunque
los socios también responden de las obligaciones sociales en forma
solidaria e ilimitada, incluso hasta afectar su patrimonio individual. Puede
designarse uno o más administradores, socios o no, pude ser removido en
cualquier tiempo, sin necesidad de invocación de causa, por decisión de
mayoría, salvo pacto en contrario. Los administradores y los
representantes de la sociedad deben actuar con diligencia, prudencia, y
lealtad, bajo pena de responder solidaria e ilimitadamente por los daños y
perjuicios que resulten de su acción o omisión.
Vgr. posibles de sociedades colectivas son los bufetes de abogados, los
estudios de arquitectos, economistas o auditores. Pérez S.C.
18.
DERECHO
COMERCIAL.
2) Sociedad encomandita simple-S.C.S. (comendare-confiar, depositar, encomendar o
conferir un mandato). Los Art. 184-194 del C.Co. define “…está constituida por uno o
mas socios comanditarios que sólo responden con el capital que se obligan a aportar, y por uno
o más socios gestores, colectivos o comanditados que responden por las obligaciones sociales
en forma solidaria e ilimitada, hagan o no aportes al capital social”. Es una sociedad
mercantil en la que coexisten socios (gestores o colectivos) que participan
en la gestión de la sociedad y responden ilimitadamente con su
patrimonio y socios (comanditarios) los que no participan de la
administración pero responden limitadamente al capital aportado.
(No son actos de administración los de examen, inspección, vigilancia y verificación autorizados
en la escritura constitutiva, así como la opinión o consejo. Los socios comanditarios podrán
examinar los libros de contabilidad, documentos y balances de la sociedad; podrán exigir la
entrega de una copia del balance y estados complementarios que necesiten, los cuales deben
entregárseles en un plazo no mayor a treinta días de la fecha de su elaboración, bajo la
responsabilidad de los socios gestores o colectivos. Vgr. Torrez S. en C.S.)
19.
DERECHO
COMERCIAL.
3) Sociedad deresponsabilidad limitada. Regulada por CCo por los
Arts. 195-216 (los socios responden hasta el monto de sus aportes, el
fondo común está dividido en cuotas de capital (Vgr. si un socio compro 10
cuotas y cada cuota vale Bs 100 el tendrá acumulado Bs1000) que, en ningún caso,
puede representarse por acciones (representa un derecho de propiedad y el
control de un determinado porcentaje de la empresa) o títulos valores (es un documento
que consigna un derecho en sí mismo, que puede ser un derecho crediticio como un cheque,
de participación como una acción, o de representación de mercaderías como un certificado
de depósito). (Ley de 12/03/1941. La S.R.L. o Ltda., Puede estar constituido hasta 25 socios, el
capital mínimo es de 50.000 bolivianos, No podrán dedicarse a negocios bancarios, seguros en
general, El capital se dividirá en cuotas de cien bolivianos o múltiples de cien, los aportes en
dinero y en especie deben pagarse íntegramente al constituirse la sociedad y estar registrado
en la escritura de constitución, caso contrario, los socios serán solidaria e ilimitadamente
responsables. administración de la S.R.L., estará a cargo de uno o más gerentes o
administradores, sean socios o no. Todo socio gozará de un voto por cada cuota de capital ).
20.
DERECHO
COMERCIAL.
4) Sociedad anónima.Regulada por CCo por los Arts. 217-355 (En la S.A.
el capital está representado por acciones. La responsabilidad de los socios queda limitada al
monto de las acciones que hayan suscrito; constituido con por lo menos 3 accionistas; acciones
que serán depositados en una cuenta corriente de allí se utilizara los gastos para su constitución
y funcionamiento; con la aprobación del programa de fundación y autorización para su
publicidad y comprobado la exactitud de la valuación de los bienes aportados en especie y la
suscripción íntegra de la parte del capital social correspondiente a los accionistas fundadores,
se autorizará la suscripción o venta de acciones al público; Si venciera el plazo legal o el fijado
en el programa para la suscripción o venta de acciones y el capital social mínimo requerido no
hubiera sido suscrito o por cualquier otro motivo no se llegara a constituir la sociedad, se tendrá
por terminada la promoción de la misma y el Banco restituirá de inmediato a cada interesado
las sumas de dinero depositadas y los bienes dados en fideicomiso, sin descuento alguno; una
vez suscrito el capital requerido en el programa, los promotores convocarán a la junta general
con la concurrencia de por lo menos la mitad más una de las acciones suscritas, Los fundadores
responden ilimitada y solidariamente por las obligaciones contraídas para la constitución y
formación de la sociedad, inclusive de los gastos y comisiones del Banco fiduciario).
21.
DERECHO
COMERCIAL.
5) Sociedad encomandita por acciones-S.C.A. Regulada por CCo
por los Arts. 356-364 (Los socios gestores o colectivos responden por las obligaciones
sociales de forma solidaria e ilimitada. Los socios comanditarios al monto de las acciones que
hayan suscrito, sus aportes se representan por acciones. La junta estará integrada por ambas
clases de socios. Ventajas: No requieren un capital mínimo social, no tienen un sueldo mínimo
sus ingresos dependerá de sus esfuerzo, no existe limites en la cantidad de socios. Desventajas:
los socios comanditarios no gestionan por ende no votan, los gestores tienen responsalidad
solidaria e ilimitada). En la sociedad comanditaria por acciones el capital
social es dividido por acciones; los socios deben ser mínimos 3 uno
de ellos debe ser gestor; es una mezcla entre una sociedad en
comandita simple y una sociedad anónima. Vgr. El negocio de
comidas o restaurante.
22.
DERECHO
COMERCIAL.
6) Asociación accidentalo de cuentas en participación. Regulada
por C.Co. por los Arts. 365-371 (estará constituido por 2 o más personas
toman interés en una o más operaciones determinadas y transitorias, a cumplirse
mediante aportaciones comunes, llevándose a cabo las operaciones por uno o
más o todos los asociados, según se convenga en el contrato. No está sometida
a los requisitos que regulan la constitución de las sociedades comerciales ni
requiere de inscripción en el Registro de Comercio (SEPREC), su existencia se
puede acreditar por todos los medios de prueba. Este tipo de asociación no
tiene personalidad jurídica propia y carece de denominación social. Todos los
asociados quedan obligados, ilimitada y solidariamente frente a terceros).
Vgr. La Comercial “LLANOS” y Comercial “BOLIVAR” deciden asociarse con el
propósito de importar heladeras. La empresa constructora “Casa Blanca” y
“Comercial Martínez”, acuerdan adjudicarse la construcción de una
urbanización en la ciudad de Tarija. Licitada por la Cooperativa “El Churqui”.
23.
DERECHO
COMERCIAL.
Las sociedades cooperativas.Se rigen por la Ley General de
Cooperativas, Ley N.º 356 de 11/04/2013. Subsidiariamente, se aplicarán a
ellas las prescripciones de las sociedades de responsabilidad limitada,
en cuanto no sean contrarias; pero, si tuvieran como finalidad
cualquier actividad comercial ajena a su objeto, quedan sujetas, en lo
pertinente, a las disposiciones de éste Código.