Conocemos su Iniciativa de Acuerdo Legislativo presentada a las y los Ciudadanos Diputados Integrantes de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco que a su vez pretende elevar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión con proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 199-Bis A y la Fracción VII al Artículo 214 del Código Penal Federal; al respecto queremos compartir con Usted las experiencias generadas desde la Red Mexicana de Organizaciones Contra la Criminalización del VIH.1
La Coalición lamenta que pese a que “si bien vivimos en tiempos de Democracia, la tortura sigue vigente en nuestro país, en formas diversas y manifestando graves secuelas”.
Según el documento, en Venezuela existe una cultura de impunidad que ha socavado la confianza en el sistema de justicia. La impunidad se presenta cuando los violadores de derechos humanos no son sancionados por sus crímenes. En el caso de la comunidad LGBT, la impunidad opera a través de la discriminación, prejuicios y falta de denuncias debido a la vergüenza o baja autoestima de las víctimas. Esto ha creado un entorno violento para la comunidad LGBT donde los crímenes y agresiones quedan impunes.
PUNTO DE ACUERDO SOBRE DERECHOS DE PERSONAS CON VIH 20052014Ernestina Godoy
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprueba la conformación de una Mesa de trabajo para la atención inmediata de las personas que viven con VIH en lo correspondiente a los apoyos sociales establecidos en el artículo 20 de la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal.
Este documento presenta las declaraciones de varias organizaciones ante el Consejo de Seguridad de la ONU sobre la violencia sexual en los conflictos. La Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos destaca la gravedad de los casos de violencia sexual en Etiopía y otros lugares, y la brecha entre los compromisos y la realidad sobre el terreno. El informe anual del Secretario General verificó casi 2500 casos de violencia sexual relacionada con conflictos en 2020. A pesar de los esfuerzos, siguen existiendo desafíos para
El Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres rechaza la inhabilitación de 12 meses impuesta a la diputada María Corina Machado por la Contraloría General. Argumenta que la sanción carece de bases jurídicas y viola los derechos políticos de Machado y de los votantes. También afirma que la medida, tomada antes de las elecciones, busca criminalizar la oposición política. El Observatorio exige respetar los derechos de Machado y reconsiderar la inhabilitación.
Manual para funcionarios públicos sobre acceso a la información públicaEspacio Público
Este documento presenta un manual para funcionarios públicos sobre cómo garantizar el acceso a la información pública para los ciudadanos. Explica que la información en poder del Estado es propiedad de los ciudadanos y que tienen derecho a solicitarla. Detalla los tipos de información pública y reservada, así como los procedimientos que los funcionarios deben seguir al recibir una solicitud ciudadana, incluyendo revisar la solicitud, responder dentro de los plazos legales y tratar a los solicitantes con cortesía.
El documento explica que el derecho internacional de los derechos humanos prohíbe la discriminación por orientación sexual e identidad de género. Varios comités de derechos humanos han determinado que los estados deben proteger a las personas de la discriminación basada en su orientación sexual o identidad de género, aunque estos atributos no se mencionan explícitamente en los tratados. El principio fundamental de no discriminación en el derecho internacional protege a todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.
La Coalición lamenta que pese a que “si bien vivimos en tiempos de Democracia, la tortura sigue vigente en nuestro país, en formas diversas y manifestando graves secuelas”.
Según el documento, en Venezuela existe una cultura de impunidad que ha socavado la confianza en el sistema de justicia. La impunidad se presenta cuando los violadores de derechos humanos no son sancionados por sus crímenes. En el caso de la comunidad LGBT, la impunidad opera a través de la discriminación, prejuicios y falta de denuncias debido a la vergüenza o baja autoestima de las víctimas. Esto ha creado un entorno violento para la comunidad LGBT donde los crímenes y agresiones quedan impunes.
PUNTO DE ACUERDO SOBRE DERECHOS DE PERSONAS CON VIH 20052014Ernestina Godoy
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprueba la conformación de una Mesa de trabajo para la atención inmediata de las personas que viven con VIH en lo correspondiente a los apoyos sociales establecidos en el artículo 20 de la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA del Distrito Federal.
Este documento presenta las declaraciones de varias organizaciones ante el Consejo de Seguridad de la ONU sobre la violencia sexual en los conflictos. La Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos destaca la gravedad de los casos de violencia sexual en Etiopía y otros lugares, y la brecha entre los compromisos y la realidad sobre el terreno. El informe anual del Secretario General verificó casi 2500 casos de violencia sexual relacionada con conflictos en 2020. A pesar de los esfuerzos, siguen existiendo desafíos para
El Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres rechaza la inhabilitación de 12 meses impuesta a la diputada María Corina Machado por la Contraloría General. Argumenta que la sanción carece de bases jurídicas y viola los derechos políticos de Machado y de los votantes. También afirma que la medida, tomada antes de las elecciones, busca criminalizar la oposición política. El Observatorio exige respetar los derechos de Machado y reconsiderar la inhabilitación.
Manual para funcionarios públicos sobre acceso a la información públicaEspacio Público
Este documento presenta un manual para funcionarios públicos sobre cómo garantizar el acceso a la información pública para los ciudadanos. Explica que la información en poder del Estado es propiedad de los ciudadanos y que tienen derecho a solicitarla. Detalla los tipos de información pública y reservada, así como los procedimientos que los funcionarios deben seguir al recibir una solicitud ciudadana, incluyendo revisar la solicitud, responder dentro de los plazos legales y tratar a los solicitantes con cortesía.
El documento explica que el derecho internacional de los derechos humanos prohíbe la discriminación por orientación sexual e identidad de género. Varios comités de derechos humanos han determinado que los estados deben proteger a las personas de la discriminación basada en su orientación sexual o identidad de género, aunque estos atributos no se mencionan explícitamente en los tratados. El principio fundamental de no discriminación en el derecho internacional protege a todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.
El documento discute los requisitos regulatorios para la aprobación de biosimilares en Perú. Explica que actualmente no es posible otorgar registros sanitarios a biosimilares debido a que el reglamento peruano requiere que se emitan directivas sanitarias específicas para regularlos, y estas directivas aún no existen. También señala que, a diferencia de medicamentos químicos, los productos biológicos no pueden evaluarse solo por bioequivalencia, sino que requieren pruebas clínicas y de calidad debido
El marco internacional de los Derechos Humanos establece tres obligaciones principales de los Estados, en la lucha contra la Trata de mujeres y niñas: "la prevención; la investigación y, enjuiciamiento”. España con el “Pacto de Estado en Violencia de Género”, pretende la implementación legislativa de políticas públicas protectoras de las víctimas, así como la lucha contra la criminalidad, a través de organismos y estamentos inmersos en posibilitar la coordinación para dar la más eficaz respuesta contra la criminalidad organizada ante el reto de la globalización, e implementar los Derechos Humanos de las víctimas.
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...Proceso Digital
Este lunes 25 de mayo de 2015 se publicó en el diario oficial La Gaceta, la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia.
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en HondurasFundacion Llaves
El documento proporciona información sobre la reforma de la Ley Especial Sobre VIH/SIDA de Honduras de 1999. Se reformaron varios artículos y se agregaron nuevos artículos para mejorar la respuesta al VIH basada en los derechos humanos. Se establece la Comisión Nacional del SIDA como el órgano rector compuesto por representantes del gobierno y la sociedad civil para coordinar la respuesta multisectorial. El documento también proporciona datos sobre la epidemia de VIH en Honduras y la necesidad de fortalecer la legislación para
En esta presentación mostramos la visión jurídica de la ley de promoción y protección del derecho a la igualdad de las personas con VIH/Sida y sus familiares. Elaborada por el abogado Francisco Martínez.
Este documento presenta la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en México. La ley tiene como objetivo prevenir y eliminar todas las formas de discriminación contra cualquier persona en el país. Define discriminación y establece medidas para prevenirla, como prohibir prácticas que impidan el reconocimiento o ejercicio de derechos o la igualdad de oportunidades. También crea el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación para aplicar la ley.
Eliminación de la discriminación contra la Mujer.UNFPA Boliva
Bolivia al igual que muchos paises del mundo, ha ratificado casi la totalidad de instrumentos internacionales de protecciOn de derechos humanos. A tiempo de depositar la ratificaci6n el Estado se comprometió ante la comunidad internacional y ante la población del país a respetar los derechos y libertades reconocidos en cada instrumento y a garantizar su libre y pleno ejercicio de todas las personas que está sujetas a su jurisdicción sin discriminación alguna por razones de raza, sexo, edad, genero, preferencia política, idioma, religión, discapacidad, identidad étnica, posición económica u otras.
Autor: UNFPA
Exigimos a Congreso de Morelos derogar artículo sobre peligro de contagioJess Dector
La Red exhorta al Congreso del Estado de Morelos a aprobar la iniciativa presentada por el diputado Alejandro Martínez Bermúdez, referente a la derogación del artículo 136 del Código Penal para el Estado de Morelos.
La Suprema Corte de Justicia de México declaró inválida una ley de Veracruz que criminalizaba la transmisión de VIH/ITS, al considerar que violaba principios como la legalidad y no discriminación. La ley permitía penas de hasta 5 años de prisión, pero la Corte argumentó que no había evidencia científica que respaldara considerar acciones como escupir o morder como riesgos reales de transmisión. Grupos de derechos humanos habían impugnado la ley ante la Corte por afectar los derechos de personas con V
Oficio para el Lic. José Luis ArmendárizJess Dector
Lic. José Luis Armendáriz
Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua
Por este conducto la Red de Organizaciones Mexicanas en Contra de la Criminalización -conformada por 29 organizaciones de la sociedad civil y la CNDH-, suscrita a HIV Justice Worldwide, movimiento global para poner fin a la criminalización del VIH, le pedimos de la manera más atenta su valiosa intervención.
Declaratoria de la Red mexicana de organizaciones contra la criminalización d...Jess Dector
Nos pronunciamos contra cualquier forma de criminalización de la transmisión del VIH, ya que atenta contra los derechos humanos, y nos coloca a todas las personas en un contexto de riesgo y vulnerabilidad frente al VIH.
La Red Mexicana de Organizaciones contra la Criminalización del VIH celebra que la XV Legislatura Local de Quintana Roo haya acordado retirar una propuesta que buscaba criminalizar a personas con VIH. El acuerdo se logró tras una reunión con legisladores y representantes de organizaciones de la sociedad civil. Criminalizar la transmisión del VIH viola directrices internacionales sobre derechos humanos y VIH, y suele revictimizar a personas por su diagnóstico.
Iniciativa de proyecto de decreto para ganrantizar los Drecehos Humanos de la...Jess Dector
INICIATIVA CON PROYECTO DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 15 SEXTUS DE LA LEY
FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN; ADICIONA EL ARTÍCULO 9 Y
REFORMA EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 34 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN
PENAL; REFORMA LOS ARTÍCULOS 16, 62, 72 Y 170 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y
LOS ARTÍCULOS 133, 134 Y 423 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO; Y REFORMA Y
ADICIONA LOS ARTÍCULOS 7o, 12 BIS, 77 BIS 1, 77 BIS 7, 77 BIS 37 Y 138 DE LA LEY
GENERAL DE SALUD.
Boletin de prensa: Veracruz y las declaraciones Secretario de SaludJess Dector
Organizaciones de la sociedad civil con trabajo en VIH preocupadas por los acontecimientos de estigma y discriminación contra las personas con VIH y sida en el Estado de Veracruz
Pronunciamiento Red sobre caso ChihuahuaJess Dector
La Red Mexicana de Organizaciones en Contra de la Criminalización del VIH informó que un diputado propuso modificar el Código Penal de Chihuahua para establecer el contagio de enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH, como agravante de delitos sexuales con penas de 8 a 25 años. La Red y la CNDH se movilizaron contra esta propuesta que va en contra de directrices internacionales y viola derechos humanos. Posteriormente, el diputado retiró la propuesta para corregir aspectos que
El documento resume los derechos humanos de las personas con VIH establecidos en la constitución mexicana y tratados internacionales, como la no discriminación, la salud y la educación. También describe formas comunes de violación a estos derechos como la negación de atención médica y tratos discriminatorios. Finalmente, presenta estadísticas sobre la discriminación hacia personas con VIH en México.
Este documento es una carta de apoyo de la coalición Justicia por VIH en Todo el Mundo al Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS de Veracruz, quien está impugnando el Artículo 158 del Código Penal de Veracruz. El artículo criminaliza la exposición "intencional" a enfermedades de transmisión sexual. La carta argumenta que la ley viola los derechos humanos y empeora la salud pública al promover la estigmatización. Además, no hay evidencia de que la
Este documento presenta la Ley 135-11 sobre VIH/SIDA de la República Dominicana. Establece un marco jurídico para garantizar los derechos de las personas con VIH/SIDA, tomando en cuenta factores como la alta prevalencia en el país, la necesidad de respuestas integrales y la no discriminación. Define términos clave y establece disposiciones sobre atención integral, confidencialidad y no discriminación para personas con VIH/SIDA.
Este documento trata sobre la situación de la violencia contra la mujer en el Perú y las reformas legislativas necesarias. Presenta estadísticas sobre feminicidios en el país y analiza las leyes peruanas y constitucionales relacionadas a los derechos de la mujer y la familia. También compara las leyes de detención preliminar en Perú con otros países de la región e introduce un proyecto de ley para reformar el artículo 2 de la Constitución peruana a fin de extender el plazo de detención policial de 24 a
El documento discute los requisitos regulatorios para la aprobación de biosimilares en Perú. Explica que actualmente no es posible otorgar registros sanitarios a biosimilares debido a que el reglamento peruano requiere que se emitan directivas sanitarias específicas para regularlos, y estas directivas aún no existen. También señala que, a diferencia de medicamentos químicos, los productos biológicos no pueden evaluarse solo por bioequivalencia, sino que requieren pruebas clínicas y de calidad debido
El marco internacional de los Derechos Humanos establece tres obligaciones principales de los Estados, en la lucha contra la Trata de mujeres y niñas: "la prevención; la investigación y, enjuiciamiento”. España con el “Pacto de Estado en Violencia de Género”, pretende la implementación legislativa de políticas públicas protectoras de las víctimas, así como la lucha contra la criminalidad, a través de organismos y estamentos inmersos en posibilitar la coordinación para dar la más eficaz respuesta contra la criminalidad organizada ante el reto de la globalización, e implementar los Derechos Humanos de las víctimas.
Publican en Gaceta la Ley de Protección a Operadores de Justicia, periodistas...Proceso Digital
Este lunes 25 de mayo de 2015 se publicó en el diario oficial La Gaceta, la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia.
Reforma de la Ley Especial del VIH y Sida en HondurasFundacion Llaves
El documento proporciona información sobre la reforma de la Ley Especial Sobre VIH/SIDA de Honduras de 1999. Se reformaron varios artículos y se agregaron nuevos artículos para mejorar la respuesta al VIH basada en los derechos humanos. Se establece la Comisión Nacional del SIDA como el órgano rector compuesto por representantes del gobierno y la sociedad civil para coordinar la respuesta multisectorial. El documento también proporciona datos sobre la epidemia de VIH en Honduras y la necesidad de fortalecer la legislación para
En esta presentación mostramos la visión jurídica de la ley de promoción y protección del derecho a la igualdad de las personas con VIH/Sida y sus familiares. Elaborada por el abogado Francisco Martínez.
Este documento presenta la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en México. La ley tiene como objetivo prevenir y eliminar todas las formas de discriminación contra cualquier persona en el país. Define discriminación y establece medidas para prevenirla, como prohibir prácticas que impidan el reconocimiento o ejercicio de derechos o la igualdad de oportunidades. También crea el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación para aplicar la ley.
Eliminación de la discriminación contra la Mujer.UNFPA Boliva
Bolivia al igual que muchos paises del mundo, ha ratificado casi la totalidad de instrumentos internacionales de protecciOn de derechos humanos. A tiempo de depositar la ratificaci6n el Estado se comprometió ante la comunidad internacional y ante la población del país a respetar los derechos y libertades reconocidos en cada instrumento y a garantizar su libre y pleno ejercicio de todas las personas que está sujetas a su jurisdicción sin discriminación alguna por razones de raza, sexo, edad, genero, preferencia política, idioma, religión, discapacidad, identidad étnica, posición económica u otras.
Autor: UNFPA
Exigimos a Congreso de Morelos derogar artículo sobre peligro de contagioJess Dector
La Red exhorta al Congreso del Estado de Morelos a aprobar la iniciativa presentada por el diputado Alejandro Martínez Bermúdez, referente a la derogación del artículo 136 del Código Penal para el Estado de Morelos.
La Suprema Corte de Justicia de México declaró inválida una ley de Veracruz que criminalizaba la transmisión de VIH/ITS, al considerar que violaba principios como la legalidad y no discriminación. La ley permitía penas de hasta 5 años de prisión, pero la Corte argumentó que no había evidencia científica que respaldara considerar acciones como escupir o morder como riesgos reales de transmisión. Grupos de derechos humanos habían impugnado la ley ante la Corte por afectar los derechos de personas con V
Oficio para el Lic. José Luis ArmendárizJess Dector
Lic. José Luis Armendáriz
Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua
Por este conducto la Red de Organizaciones Mexicanas en Contra de la Criminalización -conformada por 29 organizaciones de la sociedad civil y la CNDH-, suscrita a HIV Justice Worldwide, movimiento global para poner fin a la criminalización del VIH, le pedimos de la manera más atenta su valiosa intervención.
Declaratoria de la Red mexicana de organizaciones contra la criminalización d...Jess Dector
Nos pronunciamos contra cualquier forma de criminalización de la transmisión del VIH, ya que atenta contra los derechos humanos, y nos coloca a todas las personas en un contexto de riesgo y vulnerabilidad frente al VIH.
La Red Mexicana de Organizaciones contra la Criminalización del VIH celebra que la XV Legislatura Local de Quintana Roo haya acordado retirar una propuesta que buscaba criminalizar a personas con VIH. El acuerdo se logró tras una reunión con legisladores y representantes de organizaciones de la sociedad civil. Criminalizar la transmisión del VIH viola directrices internacionales sobre derechos humanos y VIH, y suele revictimizar a personas por su diagnóstico.
Iniciativa de proyecto de decreto para ganrantizar los Drecehos Humanos de la...Jess Dector
INICIATIVA CON PROYECTO DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 15 SEXTUS DE LA LEY
FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN; ADICIONA EL ARTÍCULO 9 Y
REFORMA EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 34 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN
PENAL; REFORMA LOS ARTÍCULOS 16, 62, 72 Y 170 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y
LOS ARTÍCULOS 133, 134 Y 423 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO; Y REFORMA Y
ADICIONA LOS ARTÍCULOS 7o, 12 BIS, 77 BIS 1, 77 BIS 7, 77 BIS 37 Y 138 DE LA LEY
GENERAL DE SALUD.
Boletin de prensa: Veracruz y las declaraciones Secretario de SaludJess Dector
Organizaciones de la sociedad civil con trabajo en VIH preocupadas por los acontecimientos de estigma y discriminación contra las personas con VIH y sida en el Estado de Veracruz
Pronunciamiento Red sobre caso ChihuahuaJess Dector
La Red Mexicana de Organizaciones en Contra de la Criminalización del VIH informó que un diputado propuso modificar el Código Penal de Chihuahua para establecer el contagio de enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH, como agravante de delitos sexuales con penas de 8 a 25 años. La Red y la CNDH se movilizaron contra esta propuesta que va en contra de directrices internacionales y viola derechos humanos. Posteriormente, el diputado retiró la propuesta para corregir aspectos que
El documento resume los derechos humanos de las personas con VIH establecidos en la constitución mexicana y tratados internacionales, como la no discriminación, la salud y la educación. También describe formas comunes de violación a estos derechos como la negación de atención médica y tratos discriminatorios. Finalmente, presenta estadísticas sobre la discriminación hacia personas con VIH en México.
Este documento es una carta de apoyo de la coalición Justicia por VIH en Todo el Mundo al Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS de Veracruz, quien está impugnando el Artículo 158 del Código Penal de Veracruz. El artículo criminaliza la exposición "intencional" a enfermedades de transmisión sexual. La carta argumenta que la ley viola los derechos humanos y empeora la salud pública al promover la estigmatización. Además, no hay evidencia de que la
Este documento presenta la Ley 135-11 sobre VIH/SIDA de la República Dominicana. Establece un marco jurídico para garantizar los derechos de las personas con VIH/SIDA, tomando en cuenta factores como la alta prevalencia en el país, la necesidad de respuestas integrales y la no discriminación. Define términos clave y establece disposiciones sobre atención integral, confidencialidad y no discriminación para personas con VIH/SIDA.
Este documento trata sobre la situación de la violencia contra la mujer en el Perú y las reformas legislativas necesarias. Presenta estadísticas sobre feminicidios en el país y analiza las leyes peruanas y constitucionales relacionadas a los derechos de la mujer y la familia. También compara las leyes de detención preliminar en Perú con otros países de la región e introduce un proyecto de ley para reformar el artículo 2 de la Constitución peruana a fin de extender el plazo de detención policial de 24 a
Punto Acuerdo DIPUTADO TEMÍSTOCLES VILLANUEVA RAMOSJess Dector
ÚNICO. Se exhorta a la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, a no criminalizar la portación de preservativos en los operativos anti-trata porque vulneran los derechos a la salud y a la sexualidad de las personas
Este documento resume los avances en derechos humanos para la comunidad LGBT a nivel internacional y en Colombia. Inicialmente, la homosexualidad era vista como una perversión o enfermedad, pero ahora es reconocida como una condición natural protegida. Varios tratados y organismos internacionales han establecido la protección de los derechos de la comunidad LGBT. En Colombia, la Corte Constitucional ha fallado a favor de la igualdad y la no discriminación por orientación sexual en decisiones sobre adopción, unión marital, empleo público y más.
Los instrumentos normativos universales y regionales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos reconocen el derecho a la salud de toda persona por igual y sin discriminación. Estos requieren que los Estados tomen medidas legislativas, administrativas y técnicas para garantizar el derecho a la salud. Organismos internacionales como la OMS y órganos de vigilancia supervisan el cumplimiento de estas obligaciones. La principal limitación es la poca exigibilidad del derecho a la salud ante órganos jurisdiccionales internacionales, lo que debe
El documento describe los derechos humanos en relación con el VIH/SIDA. Explica que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental y que las personas con VIH/SIDA tienen derecho a la no discriminación, el acceso a la atención médica y la privacidad de su estado. También cubre los instrumentos y leyes internacionales y nacionales relacionadas con los derechos humanos y la epidemia del VIH/SIDA.
Una red mexicana de organizaciones contra la criminalización del VIH envió una carta al gobernador de Chihuahua protestando una propuesta para modificar el código penal e incluir el contagio de enfermedades de transmisión sexual, incluyendo VIH, como un agravante para delitos sexuales con penas de 8 a 25 años. La red argumenta que esta medida contradice directrices internacionales, fomenta el estigma y la discriminación, y viola los derechos humanos. Invitó al gobernador a oponerse a esta modificación que no
La Red Mexicana de Organizaciones Contra La Criminalización del VIH respetuosamente solicita a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos lo siguiente:
Que en ejercicio de sus facultades constitucionales, a través del área correspondiente efectúe la revisión del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 29 de noviembre de 2019.
Similar a Carta a Diputada Irma de Anda Licea (20)
Respuesta CNDH a demanda de accidn de inconstitucionalidad en contra del Decr...Jess Dector
La CNDH procedió al andalisis
del Decreto que menciona en su atento ocurso, advirtiendo que diversas normas podrian
vulnerar los derechos humanos de seguridad juridica, igualdad y no discriminaci6n, al
reconocimiento como persona ante la ley, a la capacidad juridica de las personas con
discapacidad, a formar una familia, a la intimidad o vida privada y libre desarrollo de la
personalidad.
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Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
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Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
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VENEZUELA EN CIFRAS, RESUMEN DE DATOS DE VENEZUELA
Carta a Diputada Irma de Anda Licea
1. Ciudad de México, 26 de febrero 2020
C. Diputada Irma de Anda Licea
Vocal de la Comisión de Higiene, Salud Pública y Prevención de las
Adicciones, LXIII Legislatura, Congreso del Estado de Jalisco
Presente
Estimada Diputada:
Conocemos su Iniciativa de Acuerdo Legislativo presentada a las y los Ciudadanos
Diputados Integrantes de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco que
a su vez pretende elevar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
con proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 199-Bis A y la Fracción
VII al Artículo 214 del Código Penal Federal; al respecto queremos compartir con
Usted las experiencias generadas desde la Red Mexicana de Organizaciones
Contra la Criminalización del VIH.1
El 30 de abril de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, falló a favor de la
Acción de Inconstitucionalidad 139/20152 - promovida por la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos, a solicitud del Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS del
Estado de Veracruz -integrante de la RED en comento-, en contra de la reforma al
artículo 158 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de
Ignacio de la Llave, en cuyo contenido se agregó la sanción por delito de presunto
“contagio” (debería decirse transmisión) a quien presente infecciones de
transmisión sexual.
El entonces Ministro Presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, retomando
las recomendaciones del Programa Conjunto de las Naciones Unidas para el
VIH/sida3 y la Declaración de Oslo4, referente a la criminalización del VIH,
argumentó que el artículo veracruzano dejaba al arbitrio de la autoridad
investigadora decidir “que enfermedades serán consideradas como graves y cuáles
no, yendo en contra del principio de legalidad, que implica que los delitos no pueden
ser indeterminados o ambiguos”.
1 Red conformada por más de 38 organizaciones de la sociedad civil y suscrita a la iniciativa de
Sero Project y HIV Justice Worldwide, movimiento global para poner fin a la criminalización del VIH.
2 Acción de Inconstitucionalidad 139/2015, México, Suprema Corte de Justicia de la Nación.
3 Op. Cit.
4 Declaración de Oslo, 13 de febrero de 2012, disponible en http://www.hivjustice.net/wp-
content/uploads/2012/03/declaracion_de_oslo_spanish.pdf
2. Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar indicó que es complicado determinar cuándo
se puso en riesgo a una persona para trasmitir “la enfermedad”. Manifestando que,
en los Estados Unidos, las leyes que sancionan la transmisión de VIH han
provocado muchos arrestos por actividades que no implican riesgo alguno como
escupir o morder debido a que no hay claridad, ni evidencia científica de que esas
acciones expongan a una persona a una infección de transmisión sexual.
Sobre el argumento de que se trata “de prevenir la transmisión de dichas
infecciones, principalmente a las mujeres y las niñas que se encuentren en
condición de vulnerabilidad...” El ponente del proyecto, José Ramón Cossío Díaz,
sostuvo que hay medidas menos punibles como pruebas, diagnósticos voluntarios,
campañas de prevención positivas, métodos anticonceptivos y tratamiento de
enfermedades o infecciones comunes, que podrían ayudar a lograr dicho fin.
A nivel internacional, el informe Promover la justicia alrededor del VIH. El
crecimiento del movimiento global en contra de la criminalización del VIH, realizado
por las organizaciones civiles internacionales, HIV Justice Network y Sero Project,
mostró que este tipo de leyes merman la respuesta al VIH debido a que deja a un
lado los derechos humanos de las personas con VIH, exacerba el estigma y la
discriminación alrededor de ellas y del virus e, impide que se realicen las labores de
prevención, detección, tratamiento, cuidado y apoyo correspondientes5.
La comunidad científica internacional elaboró en 2018 la Declaración de Consenso
de Expertos sobre la Ciencia relativa al VIH en el Contexto del Derecho Penal,
mediante la cual insta a erradicar "las ideas erróneas persistentes que exageran los
daños que produce la infección por el VIH que influye en la aplicación de la
legislación penal" y, llama a los gobiernos y tomadores de decisión a “tomar en
cuenta detalladamente los avances realizados en el ámbito científico del VIH para
garantizar que la aplicación de la ley esté basada en los conocimientos actuales en
este campo”. Sobre todo, si se toma en cuenta que “las pruebas actuales sugieren
que las posibilidades de que el VIH se transmita durante un único acto sexual,
mordedura o escupida son inexistentes o escasas”6.
La Declaración de Oslo señala en su primer punto que la criminalización de la no
revelación del estatus VIH, de la exposición potencial y de la transmisión no
intencional está generando más daños que beneficios en términos de impacto en la
5 HIV Justice Nework (2019). Promover la justicia alrededor del VIH. El crecimiento del movimiento
global en contra de la criminalización del VIH, disponible en http://www.hivjustice.net/advancing3/
6 Declaración de Consenso de expertos sobre la ciencia relativa al VIH en el contexto del derecho
penal en Journal of the International Aids Society, vol. 21, no. 7, disponible en
https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC6058263/#jia225161-sup-0005
3. salud pública y en los derechos humanos”7. Y en su punto 8 argumenta que “las
leyes penales no cambian el comportamiento enraizado en cuestiones sociales
complejas, especialmente el comportamiento basado en el deseo y que sufre el
impacto del estigma asociado al VIH.
En junio del presente año, el Tribunal Constitucional de Colombia decidió eliminar
el artículo 370 del código penal que criminalizaba la transmisión del VIH y la hepatitis
B con pena de seis a doce años de prisión, argumentando que dicha ley violaba los
principios de igualdad y no discriminación, ya que distinguía a las personas con VIH,
las estigmatizaba y limitaba sus derechos8.
Frente a ello, ONUSIDA elogió enérgicamente la decisión del Tribunal Colombiano
fundamentando que no hay datos que respalden la aplicación amplia del derecho
penal a la transmisión del VIH para prevenir la transmisión del VIH; por el contrario,
sostiene, que dicha aplicación corre el riesgo de socavar los objetivos de la salud
pública y la protección de los derechos humanos.
Por las anteriores razones y considerando que el promover leyes que criminalizan
entre otras, a las personas con VIH se violan preceptos constitucionales e
internacionales tales como el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, el artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y, el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se
violentan derechos fundamentales como el derecho a la igualdad ante la ley, el
Derecho a la libertad personal, el derecho a la no discriminación y el Principio pro
persona; y fundamentando que la criminalización del VIH es ineficaz, discriminatoria
y no apoya los esfuerzos para prevenir nuevas infecciones, por lo que la Red
Mexicana de Organizaciones contra la Criminalización del VIH, le exhorta de
manera respetuosa a:
1. Retirar su propuesta de acuerdo legislativo (5 de febrero 2020) de elevar a la
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la iniciativa de proyecto de
Decreto por el que se adicione el artículo 199 -Bis y la fracción VII al artículo
124 del Código penal federal donde se pretende “sancionar de tres día a tres
años de prisión y multa de ochenta a ciento cincuenta veces del valor diario de
la unidad de medida y actualización en el momento de la comisión del delito, a
quien a sabiendas de estar enfermo de un mal infecto contagioso por
organismos como bacterias, virus, hongos o parásitos, que puedan generar una
situación de emergencia pública, ponga en grave riesgo la vida, la integridad y
7 Declaración de Oslo, 13 de febrero de 2012, disponible en http://www.hivjustice.net/wp-
content/uploads/2012/03/declaracion_de_oslo_spanish.pdf
8 Corte Constitucional de Colombia, 5 de junio de 2019, disponible en
http://www.corteconstitucional.gov.co/OrdendelDia/Cartilla%20Sala%20Plena%205%20de%20junio
%20de%202019.pdf
4. la salud pública y, que haya sido diagnóstico por médico profesional o
profesional de la salud, Infecte a otra persona o ponga en riesgo de contagio a
otras personas que no sepan de su enfermedad”.
2. Consultar con organizaciones y expertos en la materia para construir iniciativas
legislativas que fortalezcan la respuesta al VIH en el marco de los Derechos
Humanos.
Por la Red Mexicana de Organizaciones Contra la Criminalización del VIH
Dra. Martha Patricia Ponce Jiménez
Coordinadora Nacional
Organización Estado
1. AHF México A.C. Nacional
2. Alter-Int A.C. Yucatán
3. Amigos Potosinos en Lucha contra el Sida A.C. San Luis Potosí
4. Balance A.C. Nacional
5. Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer "Elisa Martínez" A.C. Nacional
6. Brisa Gómez, periodista Veracruz Veracruz
7. Carlos Ruíz López Colima
8. Centro de Apoyo a las Identidades Trans, A.C. Ciudad de México
9. Centro de Atención al VIH Casa y Vida A.C. Sonora y Sinaloa
10.Círculo Social Igualitario A.C. Quintana Roo
11.Coatza VIHve A.C. Veracruz
12.Colectivo Binni Laanu A.C. Oaxaca
13.Comunidad Metropolitana A.C. Nuevo León.
14.Comunik A.C. Chihuahua
15.Fátima IBP Chihuahua
16.Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS del Estado de Veracruz Veracruz
17.Javier Vidal - Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS-Poza
Rica, Veracruz
Veracruz
5. 18.Jumaltik Equidad Sur A.C. Chiapas
19.Karuna Salud y Desarrollo A.C. Ciudad de México
20.Letra S, Sida, Cultura y Vida Cotidiana A.C. Nacional
21.Macuco por la Vida A.C. Tabasco
22.Mesón de la Misericordia Jalisco
23.Mexicanas en Acción Positiva A.C. Nacional
24.Mi Expresión, Mi Libertad A.C. Campeche
25.Oasis San Juan de Dios Yucatán
26.Personas Libres Oaxaca
27.Programa Compañeros A.C. Chihuahua
28.Programa Interdisciplinario de Investigación Acción Feminista
A.C.
Morelos
29.Programa Manejo Integral Seropositivos de Ensenada, de la
Universidad Autónoma de Baja California (PROMISE)
Baja California
30.Red de Diversificaciones Sociales San Luis Potosí
31.Redisex Nayarit
32.Sí a la Vida A.C. Veracruz
33.Sistema Nacional de Promoción y Capacitación en Salud
Sexual A.C.
Chihuahua
34.Tan raro como los demás A.C. Veracruz
35.Una Mano Amiga en la lucha contra el SIDA A.C. Chiapas
36.Vida Positiva Playa A.C. Quintana Roo
37.VIHDHA A.C. Aguascalientes
Adhesiones al pronunciamiento:
Organización Estado
1. Guerreros de Vida Tabasco
2. Tabasqueños Unidos por la Diversidad y la Salud Sexual A.C.
(TUDYSSEX)
Tabasco
3. Unidos por una Vida Digna A.C. Campeche
4. Grupo de Apoyo Amemos Vihvir A.C. Oaxaca
6. C.c.p. Comisión de Higiene, Salud Pública y Prevención de las Adicciones. LXII
Legislatura, Congreso del Estado de Jalisco.
C.c.p. Comisión de Derechos Humanos y pueblos originarios, LXII Legislatura,
Congreso del Estado de Jalisco.
C.c.p. Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la Cámara del H. Congreso
de la Unión.
C.c.p. Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados del H. Congreso
de la Unión.
Contacto: Dra. Martha Patricia Ponce Jiménez
Email: pattyponce@gmail.com
Celular: 2281611431