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CODIGO ADUANERO UNIFORME
CENTROAMERICANO
(CAUCA)Y REGLAMENTO DEL CÓDIGO ADUANERO
UNIFORME CENTROAMERICANO (RECAUCA)
Luis Alejandro Hernandez
ANTECEDENTES
 Nace Con el propósito de unificar las
economías de los cinco países que son las
Republicas de Guatemala, El Salvador,
Honduras, Nicaragua y Costa Rica para
impulsar en forma conjunta el desarrollo
de Centroamérica se crea el Código
Aduanero Uniforme Centroamericano
(CAUCA)
CAUCA
TÍTULO
I
TÍTULO
II
TÍTULO
III
TÍTULO
IV
TÍTULO
V
TÍTULO
VI
TÍTULO
VII
TÍTULO
VIII
TÍTULO
IX
TÍTULO I
DISPOSCICIONES GENERALES
CAPITULO
UNICO
OBJETO
AMBITO DE
APLICACIÓN
DEFINICIONES
DEFINICIONES
• ACEPTACIÓN DE LA DECLARACIÓN: Es el acto de registrar para su trámite la declaración de mercancías.
• ADUANA: Los servicios administrativos responsables de la aplicación de la legislación aduanera y de la percepción
de los tributos a la importación y a la exportación y que están encargados también de la aplicación de otras leyes y
reglamentos relativos, entre otros, a la importación, al tránsito y a la exportación de mercancías.
• AUTODETERMINACION: Es la determinación de las obligaciones aduaneras efectuada por el declarante por las
que éste fija, acepta y paga los tributos exigibles y se cumplen las demás obligaciones necesarias para la autorización
de un régimen aduanero.
• AUTORIDAD ADUANERA: El funcionario del Servicio Aduanero que, en razón de su cargo y en virtud de la
competencia otorgada, comprueba la correcta aplicación de la normativa aduanera, la cumple y la hace cumplir.
• CONSIGNANTE: Es la persona que remite mercancías al exterior.
DEFINICIONES
• CONSIGNATARIO: Es la persona que el contrato de Transporte establece como
destinatario de la mercancía o que adquiera esta calidad por endoso u otra forma de
transferencia.
• DECLARACION DE MERCANCIAS: El acto efectuado en la forma prescrita por el Servicio
Aduanero, mediante el cual los interesados expresan libre y voluntariamente el régimen al
cual se someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que éste impone
• DECLARANTE: Es la persona que efectúa o en nombre de la cual se efectúa una declaración
de mercancías de conformidad con éste Código y su Reglamento.
• DEPOSITO ADUANERO: El almacenamiento temporal de mercancías bajo control del
Servicio Aduanero en locales o en lugares cercados o no, habilitados al efecto, en espera de
que se presente la declaración de mercancías correspondiente.
• ESTADO PARTE: Los Estados para los que este Código está en vigencia.
• LEGISLACIÓN NACIONAL: Ordenamiento jurídico de cada Estado Parte.
DEFINICIONES
• MEDIO DETRANSPORTE: Nave, aeronave, vagón ferroviario, vehículo automotor, o
cualquier otro medio utilizado para el transporte de personas o mercancías.
• PESO CENTROAMERICANO:Unidad de cuenta regional cuyo valor es fijado por el
Consejo Monetario Centroamericano.
• REGLAMENTO: El Reglamento de Aplicación de este Código.
• RUTAS LEGALES:Vías autorizadas para el transporte de mercancías sujetas al control
aduanero
• TERRITORIO ADUANERO: El ámbito terrestre, acuático y aéreo de los Estados Parte, con
las excepciones legalmente establecidas.
• TRIBUTOS: derechos arancelarios, impuestos, contribuciones, tasas y demás obligaciones
tributarias legalmente establecidas.
TÍTULO II
DEL SISTEMA ADUANERO
CAPÍTULO I
• Del Servicio
Aduanero, sus
potestades y
responsabilidades.
Art. 5-17
(CAUCA)
CAPÍTULO II
• De los auxiliares
de la función
pública aduanera
• Art. 18-28
(CAUCA)
CAPÍTULO III
• Del uso de los
Sistemas
Informáticos
• Art. 29- 40
(CAUCA)
Al servicio aduanero le
corresponde
La generación de información oportuna,
la fiscalización de la correcta determinación de los
tributos
la prevención y represión cuando le corresponda de las
infracciones aduaneras.
Los servicios aduaneros deberán crear la base de datos regional y actualizarla
con la información de las bases de datos nacionales existentes y las que se
desarrollen en el futuro, relacionadas con:
a) Información sobre operaciones de
comercio exterior;
b) Registro de importadores
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d) Auxiliares de la función pública
aduanera
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administrativas, tributarias y penales
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aduaneras, en su
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probatoria como si se
hubiesen firmado en
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TITULO III
ARANCEL, ORIGENYVALORACION EN ADUANA DE
LAS MERCANCIAS
ARANCEL: es el tributo que se le aplica a los
bienes que son objeto de importación o
exportación.
Pueden ser “ad valorem” (al valor), como un
porcentaje del valor de los bienes o “especificos”
como una cantidad determinada por unidad de
peso o volumen
ORIGEN DE
LAS
MERCANCIAS Conjuntos de regulaciones que
nos permiten establecer donde
se ha producido una mercancía,
porque esta pueden tener
derechos a venderse libres de
impuestos de importación
dentro de una zona libre de
comercio
 Animales vivos nacidos y criados
 Productos obtenidos de la caza y pezca
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aplicación de los
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importación (DAI)
VALOR
EN
ADUANA
FOB+FLETE+SEGURO=VALOR EN
ADUANAS.
OBLIGACIONES
ADUANERAS
La obligación aduanera está constituida por el
conjunto de obligaciones tributarias y no tributarias,
como consecuencia del ingreso de mercancias.
La obligación tributaria aduanera nace entre el Estado
y el sujeto pasivo, en el momento que ocurre el hecho
generador de los tributos.
restricciones y regulaciones no
arancelarias
Hecho generador (Nacimiento de la
obligación tributaria)
• Al momento de la aceptacion de la
declaración de mercancías,
• Al momento en que las mercancías
causen abandono tácito
• Las mercancías en depósito temporal, no se someten a
ningún trámite 20 días después de su ingreso al depósito.
• Las mercancías en depósito temporal no se retiraron 30
días después de la autorización del levante.
Levante con garantía
Formas de constitución de garantía
Liberación de la garantía
Ejecución de la garantía
GARANTIA DE LA
OBLIGACIONTRIBUTARIA
EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN
TRIBUTARIA ADUANERA
 Pago
 Compensación.
 Prescripción
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INGRESOY SALIDA DE PERSONAS,
MERCANCÍAS
Y MEDIOS DE TRANSPORTE
El ingreso y salida de personas,
mercancías y medios de
transporte del territorio
aduanero, sólo podrá efectuarse
por los lugares, las rutas y los
horarios habilitados por el
Servicio Aduanero.
 Acajutla
 El Amatillo
 La Hachadura
 Comalapa.
TÍTULO IV
Obligación de proporcionar
información
Manifiesto general de carga
Documento de transporte
Lista de pasajeros, tripulantes y de sus equipajes con
indicación si se va a efectuar su desembarque;
Lista de provisiones de a bordo;
Listado de mercancías peligrosas, tales como: explosivas,
inflamables, corrosivas, contaminantes y radiactivas
CARGA, DESCARGA,TRANSBORDO,
REEMBARQUE
Carga o descarga. Concluida la recepción legal del medio
de transporte, se autorizará, bajo control aduanero, la carga o
descarga de las mercancías.
El transbordo: procederá cuando las mercancías estén
consignadas en el manifiesto de carga y en el mismo se indique
la aduana en donde se efectuará aquél,
REEMBARQUE: Para conceder la autorización de
reembarque, no se exigirá ninguna garantía y éste deberá
realizarse dentro de un plazo de diez días contado a partir de
la autorización.
TITULOV
DEL DESPACHO ADUANEROY DE SUS ACTOS
PREVIOS
ACTOS PREVIOS
Resolución anticipada:
Donde realizan las resoluciones de solicitudes
formuladas sobre clasificación arancelaria, aplicación
de la devolución, suspensión de aranceles aduaneros,
origen preferencial de mercancías, la aplicación de
cuotas entre otros
Examen previo:
es la revisión de la mercadería antes de ser
despachada y deberá realizarse un acta de quien
realizo el examen previo.
Art. 74 CAUCA y Art. 311 y 312 RECAUCA
DEL DESPACHO ADUANERO
Despacho Aduanero:
es el conjunto de actos necesarios para someterlas a un régimen
aduanero, que concluye con el levante de las mismas.
Declaración De Mercancías:
se expresa libre y voluntariamente el régimen al cual se
someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que
este impone. si la declaración es de origen centroamericano
será declarada en el formulario aduanero único
centroamericano, mediante trasmisión electrónica Art. 77
CAUCA y Art. 318 RECAUCA.
Declaración Provisional:
podrá ser presentada de manera provisional, en los plazos y
casos establecidos en el Reglamento. Para mercancías a
granel. Art. 81 CAUCA y Art. 331 RECAUCA.
ENTRE OTRAS ACTIVIDADES QUE SE
REALIZAN EN EL DESPACHO ESTAN:
 Verificación posterior al despacho:
Corresponde a la aduana realizar la respectiva
verificación de la mercancía Art. 86 CAUCA
 Sustitución de mercancías:
Puede ser por vicios ocultos, y que no satisfagan los
términos del contrato respectivo. Art. 88 CAUCA
TITULO VI
DE LOS REGIMENES ADUANEROS
CAPITULO I
DISPOSICIONES COMUNES
regímenes aduaneros
Son las diferentes destinaciones a que puedan
someterse las mercancías que se encuentran bajo
control aduanero, de acuerdo con los términos de la
declaración presentada ante la Autoridad Aduanera,
debiendo cumplir con todos los requisitos y
procedimientos legalmente establecidos. Art. 89
CAUCA y Art. 357 RCAUCA.
IMPORTANCIA DE LOS REGIMENES
ADUANEROS
Clasificación de los regímenes aduaneros
REGÍMENES
ADUANEROS
Definitivos
Liberatorios
Temporales o
Suspensivos
TITULOVII
DEL ABANDONOY
FORMAS
DE DISPOSICIÓN DE LAS
MERCANCÍAS
CAPITULO UNICO
DEL ABANDONO, SUBASTAY OTRAS FORMAS DE
DISPOSICION
DE LAS MERCANCIAS
Abandono de
mercancías
Subasta y venta
de mercancías
abandonadas y
caídas en
comiso
Subasta por
sistemas o
medios
electrónicos
Abandono de
mercancías
Abandonadas
tácitamente
Abandono
voluntario
El aviso de subasta
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previa
La subasta es de libre concurrencia
Sean retiradas en un plazo no
mayor de tres días
Subasta de
mercadería
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de subasta
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mercancías
restringidas.
Retiro de
mercancías
adjudicadas.
Venta
directa.
Mercancías no
adjudicadas.
Tratamiento de mercancías provenientes de
naufragio, zozobra o accidentes.
Ser puestas inmediatamente bajo
control aduanero.
Publicará en el diario oficial un aviso
Tiene derecho a que se le cancelen los
gastos por concepto de transporte.
Mercancías en mal estado,
inservibles o prohibidas
La destrucción se efectuará en
presencia de la Autoridad Aduanera
se efectuará de forma que no cause
daño a la naturaleza o medio ambiente
SUBASTA POR
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ELECTRÓNICOS
Participación.
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subasta
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subasta
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tácitamente abandonadas
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previamente las
cantidades que se
adeuden
El día hábil anterior
a la fecha de
celebración de la
subasta.
TITULOVIII
DE LAS INFRACCIONESY RECURSOS
ADUANEROS
CAPITULO I
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INFRACCIONES
ADUANERAS
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RECLAMACIONES
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CAPITULO III
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Cauca y Recauca

  • 1. CODIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO (CAUCA)Y REGLAMENTO DEL CÓDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO (RECAUCA) Luis Alejandro Hernandez
  • 2. ANTECEDENTES  Nace Con el propósito de unificar las economías de los cinco países que son las Republicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica para impulsar en forma conjunta el desarrollo de Centroamérica se crea el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)
  • 5. DEFINICIONES • ACEPTACIÓN DE LA DECLARACIÓN: Es el acto de registrar para su trámite la declaración de mercancías. • ADUANA: Los servicios administrativos responsables de la aplicación de la legislación aduanera y de la percepción de los tributos a la importación y a la exportación y que están encargados también de la aplicación de otras leyes y reglamentos relativos, entre otros, a la importación, al tránsito y a la exportación de mercancías. • AUTODETERMINACION: Es la determinación de las obligaciones aduaneras efectuada por el declarante por las que éste fija, acepta y paga los tributos exigibles y se cumplen las demás obligaciones necesarias para la autorización de un régimen aduanero. • AUTORIDAD ADUANERA: El funcionario del Servicio Aduanero que, en razón de su cargo y en virtud de la competencia otorgada, comprueba la correcta aplicación de la normativa aduanera, la cumple y la hace cumplir. • CONSIGNANTE: Es la persona que remite mercancías al exterior.
  • 6. DEFINICIONES • CONSIGNATARIO: Es la persona que el contrato de Transporte establece como destinatario de la mercancía o que adquiera esta calidad por endoso u otra forma de transferencia. • DECLARACION DE MERCANCIAS: El acto efectuado en la forma prescrita por el Servicio Aduanero, mediante el cual los interesados expresan libre y voluntariamente el régimen al cual se someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que éste impone • DECLARANTE: Es la persona que efectúa o en nombre de la cual se efectúa una declaración de mercancías de conformidad con éste Código y su Reglamento. • DEPOSITO ADUANERO: El almacenamiento temporal de mercancías bajo control del Servicio Aduanero en locales o en lugares cercados o no, habilitados al efecto, en espera de que se presente la declaración de mercancías correspondiente. • ESTADO PARTE: Los Estados para los que este Código está en vigencia. • LEGISLACIÓN NACIONAL: Ordenamiento jurídico de cada Estado Parte.
  • 7. DEFINICIONES • MEDIO DETRANSPORTE: Nave, aeronave, vagón ferroviario, vehículo automotor, o cualquier otro medio utilizado para el transporte de personas o mercancías. • PESO CENTROAMERICANO:Unidad de cuenta regional cuyo valor es fijado por el Consejo Monetario Centroamericano. • REGLAMENTO: El Reglamento de Aplicación de este Código. • RUTAS LEGALES:Vías autorizadas para el transporte de mercancías sujetas al control aduanero • TERRITORIO ADUANERO: El ámbito terrestre, acuático y aéreo de los Estados Parte, con las excepciones legalmente establecidas. • TRIBUTOS: derechos arancelarios, impuestos, contribuciones, tasas y demás obligaciones tributarias legalmente establecidas.
  • 8. TÍTULO II DEL SISTEMA ADUANERO CAPÍTULO I • Del Servicio Aduanero, sus potestades y responsabilidades. Art. 5-17 (CAUCA) CAPÍTULO II • De los auxiliares de la función pública aduanera • Art. 18-28 (CAUCA) CAPÍTULO III • Del uso de los Sistemas Informáticos • Art. 29- 40 (CAUCA)
  • 9. Al servicio aduanero le corresponde La generación de información oportuna, la fiscalización de la correcta determinación de los tributos la prevención y represión cuando le corresponda de las infracciones aduaneras.
  • 10. Los servicios aduaneros deberán crear la base de datos regional y actualizarla con la información de las bases de datos nacionales existentes y las que se desarrollen en el futuro, relacionadas con: a) Información sobre operaciones de comercio exterior; b) Registro de importadores c) Registro de exportadores; d) Auxiliares de la función pública aduanera e) Datos de autores de infracciones administrativas, tributarias y penales
  • 11. Son auxiliares de la función pública aduanera: a) los agentes aduaneros • Es el Auxiliar Autorizado para actuar habitualmente, en nombre de terceros en los trámites, regímenes y operaciones aduaneras, en su carácter de persona natural, la autorización es personal e intransferible. b) los depositarios aduaneros • Es el Auxiliar Responsable ante el Servicio Aduanero, por la custodia y conservación temporal de las mercancías, bajo el control y supervisión de la Autoridad Aduanera. c) los transportistas aduaneros. • Es el encargado de las operaciones y los trámites aduaneros relacionados con la presentación ante el Servicio Aduanero, del medio de transporte y carga, a fin de gestionar su ingreso, tránsito o salida de las mercancías.
  • 12. USO DE LOS SISTEMAS INFORMATICOS. Utilización de TIC:Tecnologías de Información y Comunicación. Los auxiliares de la función pública aduanera y los demás usuarios autorizados, deberán transmitir electrónicamente al Sistema Informático del Servicio Aduanero la información relativa a los actos, operaciones o regímenes aduaneros en que participen Tienen valor probatorio; Los documentos y demás datos transmitidos electrónica o digitalmente, mediante firma digital, tendrán el mismo valor y la eficacia probatoria como si se hubiesen firmado en forma manuscrita.
  • 13. TITULO III ARANCEL, ORIGENYVALORACION EN ADUANA DE LAS MERCANCIAS ARANCEL: es el tributo que se le aplica a los bienes que son objeto de importación o exportación. Pueden ser “ad valorem” (al valor), como un porcentaje del valor de los bienes o “especificos” como una cantidad determinada por unidad de peso o volumen
  • 14. ORIGEN DE LAS MERCANCIAS Conjuntos de regulaciones que nos permiten establecer donde se ha producido una mercancía, porque esta pueden tener derechos a venderse libres de impuestos de importación dentro de una zona libre de comercio  Animales vivos nacidos y criados  Productos obtenidos de la caza y pezca  Vegetales cosechados y recolectados
  • 15. •constituye la base imponible para la aplicación de los derechos arancelarios a la importación (DAI) VALOR EN ADUANA FOB+FLETE+SEGURO=VALOR EN ADUANAS.
  • 16. OBLIGACIONES ADUANERAS La obligación aduanera está constituida por el conjunto de obligaciones tributarias y no tributarias, como consecuencia del ingreso de mercancias. La obligación tributaria aduanera nace entre el Estado y el sujeto pasivo, en el momento que ocurre el hecho generador de los tributos. restricciones y regulaciones no arancelarias
  • 17. Hecho generador (Nacimiento de la obligación tributaria) • Al momento de la aceptacion de la declaración de mercancías, • Al momento en que las mercancías causen abandono tácito • Las mercancías en depósito temporal, no se someten a ningún trámite 20 días después de su ingreso al depósito. • Las mercancías en depósito temporal no se retiraron 30 días después de la autorización del levante.
  • 18. Levante con garantía Formas de constitución de garantía Liberación de la garantía Ejecución de la garantía GARANTIA DE LA OBLIGACIONTRIBUTARIA
  • 19. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA  Pago  Compensación.  Prescripción  Pérdida o destrucción
  • 20. INGRESOY SALIDA DE PERSONAS, MERCANCÍAS Y MEDIOS DE TRANSPORTE El ingreso y salida de personas, mercancías y medios de transporte del territorio aduanero, sólo podrá efectuarse por los lugares, las rutas y los horarios habilitados por el Servicio Aduanero.  Acajutla  El Amatillo  La Hachadura  Comalapa. TÍTULO IV
  • 21. Obligación de proporcionar información Manifiesto general de carga Documento de transporte Lista de pasajeros, tripulantes y de sus equipajes con indicación si se va a efectuar su desembarque; Lista de provisiones de a bordo; Listado de mercancías peligrosas, tales como: explosivas, inflamables, corrosivas, contaminantes y radiactivas
  • 22. CARGA, DESCARGA,TRANSBORDO, REEMBARQUE Carga o descarga. Concluida la recepción legal del medio de transporte, se autorizará, bajo control aduanero, la carga o descarga de las mercancías. El transbordo: procederá cuando las mercancías estén consignadas en el manifiesto de carga y en el mismo se indique la aduana en donde se efectuará aquél, REEMBARQUE: Para conceder la autorización de reembarque, no se exigirá ninguna garantía y éste deberá realizarse dentro de un plazo de diez días contado a partir de la autorización.
  • 23. TITULOV DEL DESPACHO ADUANEROY DE SUS ACTOS PREVIOS ACTOS PREVIOS Resolución anticipada: Donde realizan las resoluciones de solicitudes formuladas sobre clasificación arancelaria, aplicación de la devolución, suspensión de aranceles aduaneros, origen preferencial de mercancías, la aplicación de cuotas entre otros Examen previo: es la revisión de la mercadería antes de ser despachada y deberá realizarse un acta de quien realizo el examen previo. Art. 74 CAUCA y Art. 311 y 312 RECAUCA
  • 24. DEL DESPACHO ADUANERO Despacho Aduanero: es el conjunto de actos necesarios para someterlas a un régimen aduanero, que concluye con el levante de las mismas. Declaración De Mercancías: se expresa libre y voluntariamente el régimen al cual se someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que este impone. si la declaración es de origen centroamericano será declarada en el formulario aduanero único centroamericano, mediante trasmisión electrónica Art. 77 CAUCA y Art. 318 RECAUCA. Declaración Provisional: podrá ser presentada de manera provisional, en los plazos y casos establecidos en el Reglamento. Para mercancías a granel. Art. 81 CAUCA y Art. 331 RECAUCA.
  • 25. ENTRE OTRAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN EL DESPACHO ESTAN:  Verificación posterior al despacho: Corresponde a la aduana realizar la respectiva verificación de la mercancía Art. 86 CAUCA  Sustitución de mercancías: Puede ser por vicios ocultos, y que no satisfagan los términos del contrato respectivo. Art. 88 CAUCA
  • 26. TITULO VI DE LOS REGIMENES ADUANEROS CAPITULO I DISPOSICIONES COMUNES regímenes aduaneros Son las diferentes destinaciones a que puedan someterse las mercancías que se encuentran bajo control aduanero, de acuerdo con los términos de la declaración presentada ante la Autoridad Aduanera, debiendo cumplir con todos los requisitos y procedimientos legalmente establecidos. Art. 89 CAUCA y Art. 357 RCAUCA.
  • 27. IMPORTANCIA DE LOS REGIMENES ADUANEROS
  • 28. Clasificación de los regímenes aduaneros REGÍMENES ADUANEROS Definitivos Liberatorios Temporales o Suspensivos
  • 29.
  • 30.
  • 31.
  • 33. CAPITULO UNICO DEL ABANDONO, SUBASTAY OTRAS FORMAS DE DISPOSICION DE LAS MERCANCIAS Abandono de mercancías Subasta y venta de mercancías abandonadas y caídas en comiso Subasta por sistemas o medios electrónicos
  • 35. El aviso de subasta Determinación del precio base El lugar y plazo para la exhibición previa La subasta es de libre concurrencia Sean retiradas en un plazo no mayor de tres días
  • 36. Subasta de mercadería Los procedimientos de subasta Subasta de mercancías restringidas. Retiro de mercancías adjudicadas. Venta directa. Mercancías no adjudicadas.
  • 37. Tratamiento de mercancías provenientes de naufragio, zozobra o accidentes. Ser puestas inmediatamente bajo control aduanero. Publicará en el diario oficial un aviso Tiene derecho a que se le cancelen los gastos por concepto de transporte.
  • 38. Mercancías en mal estado, inservibles o prohibidas La destrucción se efectuará en presencia de la Autoridad Aduanera se efectuará de forma que no cause daño a la naturaleza o medio ambiente
  • 39. SUBASTA POR SISTEMAS O MEDIOS ELECTRÓNICOS Participación. Procedimiento previo a la subasta Ejecución del remateReporte de resultados. Modalidades especiales de subasta
  • 40. Rescate de mercancías tácitamente abandonadas Rescatarlas pagando previamente las cantidades que se adeuden El día hábil anterior a la fecha de celebración de la subasta.
  • 41. TITULOVIII DE LAS INFRACCIONESY RECURSOS ADUANEROS CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES ADUANERAS CAPITULO II DE LAS RECLAMACIONES Y LOS RECURSOS ADUANEROS CAPITULO III DELTRIBUNAL ADUANERO
  • 43. DE LAS RECLAMACIONESY LOS RECURSOS ADUANEROS Impugnación de resoluciones y actos Formalidades para la interposición de los recursos. Recurso de revisión Recurso de apelación Notificación de resoluciones.
  • 44. DELTRIBUNAL ADUANERO Creación delTribunal Aduanero Integración y requisitos de los miembros Nombramiento. Quórum. Decisiones. Funciones del presidente del tribunal
  • 45. TITULO IX DISPOSICIONES FINALES,TRANSITORIAS, DEROGATORIASYVIGENCIA Principio de legalidad de las actuaciones Vigencia Normas supletorias