Con fundamento en las disposiciones legales contenidas en la constitucion politica, ley 42 de 1993, decreto 111 de 1996 y ordenanza 27 de 1998, la contraloria General de la Republica-Contraloria Delegada para Economia y Finanzas Publicas-Direccion de Cuentas y Estadisticas Fiscales, realizo el analisis del presupuesto de acuerdo con la normatividad legal vigente, analisis basado en la informacion enviada por el municipio a traves de la plataforma CHIP categoria CGR-Presupuesto, CGN. Resolucion de Categorizacion Entidades Territoriales.Decreto de Categorizacin de la entidad, Registraduria, Norma para concejales y Diputados.
Dispónese que, la creación de las siguientes unidades ejecutoras, durante el Año Fiscal 2014, se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas en las que se creen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y para tal efecto, los pliegos presupuestarios que propongan su creación quedan exceptuados sólo del requisito del monto del presupuesto anual por toda fuente de financiamiento establecido en el artículo 58 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Así lo determinó el Decreto 1828 del 27 de agosto de 2013, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y por medio del cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN espera que los autorretenedores de este impuesto liquiden sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de este tributo, sin importar el monto del pago y de acuerdo con su actividad económica y a la tarifa correspondiente (0.30%, 0.60% y 1.50%) determinada en el mismo Decreto.
Dispónese que, la creación de las siguientes unidades ejecutoras, durante el Año Fiscal 2014, se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas en las que se creen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y para tal efecto, los pliegos presupuestarios que propongan su creación quedan exceptuados sólo del requisito del monto del presupuesto anual por toda fuente de financiamiento establecido en el artículo 58 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Así lo determinó el Decreto 1828 del 27 de agosto de 2013, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y por medio del cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN espera que los autorretenedores de este impuesto liquiden sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de este tributo, sin importar el monto del pago y de acuerdo con su actividad económica y a la tarifa correspondiente (0.30%, 0.60% y 1.50%) determinada en el mismo Decreto.
Eximen del IVA los paquetes turísticos con fines de cultura u otros eventos, o tratamiento médico que sean vendidos por las agencias operadoras y hoteles inscritos en el Registro Nacional de Turismo.
Teniendo en cuenta que, a través del decreto 394/2016, del 22/2/2016, se incrementaron a partir del 1/1/2016 los importes de las deducciones personales (ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial) previstas en la ley de impuesto a las ganancias, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido la resolución general 3898 (31/5/2016).
Pago de los subsidios correspondientes a la impresión de
boletas de sufragio y la publicidad electoral en los medios de comunicación no oficiales, conforme a lo dispuesto por los Arts. 140 y 150 de la Ley N° XI-0838-2013y Decreto N° 3855-MGJyC-2015
Eximen del IVA los paquetes turísticos con fines de cultura u otros eventos, o tratamiento médico que sean vendidos por las agencias operadoras y hoteles inscritos en el Registro Nacional de Turismo.
Teniendo en cuenta que, a través del decreto 394/2016, del 22/2/2016, se incrementaron a partir del 1/1/2016 los importes de las deducciones personales (ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial) previstas en la ley de impuesto a las ganancias, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido la resolución general 3898 (31/5/2016).
Pago de los subsidios correspondientes a la impresión de
boletas de sufragio y la publicidad electoral en los medios de comunicación no oficiales, conforme a lo dispuesto por los Arts. 140 y 150 de la Ley N° XI-0838-2013y Decreto N° 3855-MGJyC-2015
Informe Final N°433 Auditoria Contraloría a obras realizadas en Pedro Aguirre...eduardopastene
INFORME FINAL N° 433, DE 2015, SOBRE AUDITORíA A LOS CONTRATOS DE OBRA CON RECEPCiÓN PROVISORIA ENTRE EL 1 ° DE ENERO DE 2013 Y EL 31 DE MARZO DE 2015, EJECUTADOS POR LA MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA y FINANCIADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO, CON EL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL.
Modificación del Presupuesto General de la Administración Nacional para el añ...Eduardo Nelson German
Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2020 de
acuerdo con el detalle de las planillas Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 anexas al presente
artículo.
Fernández oficializó $7.100 millones extras a Quintela, $170 millones a Brizu...Eduardo Nelson German
El presidente Alberto Fernández promulgó la ley Ley 27.561 referidas a la actualización del presupuesto nacional para lo que resta del año, a raíz que regía una norma reconducida del 2019.
Procedimiento y normas administrativas que constituirán el marco legal para el tratamiento de los remanentes provinciales y nacionales, acumulados, que se verifiquen al último día hábil del ejercicio fiscal anterior, cuando la ley de presupuesto vigente, así lo disponga.
1. EL CONTRALOR DELEGADO PARA ECONOMÍA
Y FINANZAS PÚBLICAS
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Ley 617 de 2000 y de la Resolución Orgánica 5393 de 2002
C E R T I F I C A
Que, con base en la información enviada por la entidad a través del Sistema Consolidador de Hacienda e
Información Financiera Pública -CHIP- Categoría Presupuestal CGR, la cual se considera oficial según lo
establecido en los artículos 64 y 66 de la Resolución Orgánica 5544 de 2003, subrogada por la Resolución Orgánica
5993 de 2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución Orgánica 6224 de 2010; el
Municipio de HISPANIA, del Departamento de ANTIOQUIA, recaudó efectivamente durante la vigencia fiscal de
2012, Ingresos Corrientes de Libre Destinación -ICLD- por la suma de $1.143.013 miles de pesos.
Que, efectuados los cálculos correspondientes, los Gastos de Funcionamiento de dicho municipio representaron el
59,52% de los ICLD.
Adicionalmente, atendiendo lo dispuesto por el artículo 68 de la Resolución Orgánica 5544, modificado por el
artículo 2° de la Resolución 5993 de 2008, informa los resultados de los cálculos efectuados sobre el cumplimiento
del límite de los gastos de funcionamiento de los órganos de control de esta entidad así:
° Los Gastos del Concejo Municipal representaron el 83,58% del valor autorizado como Honorarios más el
porcentaje de ICLD (o en su defecto 60 SMLMV) establecido.
° Los Gastos de la Personería Municipal representaron 132 SMMLV
Dado en Bogotá D. C., a los cuatro (04) días del mes de Junio de 2013.
Nota: Este documento puede verificarse consultando la página http://186.116.129.23:8888/Certificacionley617/index.html
Avenida la Esperanza No. 62 - 49 Piso 6º PBX: 6477000 Bogotá, D. C. Colombia
www.contraloria.gov.co