Procedimiento e interpretación de los coprocultivos.pdf
Chatarra
1. chatarra
La chatarra electrónica, desechos electrónicos o basura tecnológica es conocida por el
concepto RAEE (Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos). El tratamiento
inadecuado de los RAEE puede ocasionar graves impactos al medio ambiente y poner en
riesgo la salud humana. De acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE) un desecho electrónico es todo dispositivo alimentado por la energía
eléctrica cuya vida útil haya culminado.1
La convención de Basilea por su parte define la chatarra electrónica como todo equipo o
componente electrónico incapaz de cumplir la tarea para la que originariamente fueron
inventados y producidos. 2
En España estos residuos están legislados por el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero,
sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, que los define como:
Aparatos eléctricos y electrónicos» o «AEE»: todos los aparatos que para funcionar
debidamente necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos, y los aparatos
necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos, que están
destinados a utilizarse con una tensión nominal no superior a 1.000 voltios en corriente
alterna y 1.500 voltios en corriente continua.
El ámbito de aplicación del real decreto 110/2015 abarca las siguientes categorías de
residuos:
1. Frigoríficos, congeladores y otros equipos refrigeradores.
2. Aire acondicionado.
3. Radiadores y emisores térmicos con aceite.
4. Otros grandes electrodomésticos.
5. Pequeños electrodomésticos.
6. Equipos de informática y telecomunicaciones
7. Aparatos electrónicos de consumo y paneles fotovoltaicos.
8. Televisores, monitores y pantallas.
9. Paneles fotovoltaicos de silicio.
10.Paneles fotovoltaicos de teluro de cadmio.dev tu vida
11.Otros aparatos electrónicos de consumo.
12.Aparatos de alumbrado (con excepción de las luminarias domésticas).
13.Lámparas de descarga de gas.