Circular familias préstamo de libros de texto para el curso 2015 16
1. C.P.B. Virgen de Navalazarza
Medalla de plata de la Comunidad de Madrid
2 de mayo de 2008
Dirección del Área Territorial Madrid Norte
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
JUVENTUD Y DEPORTE
Comunidad de Madrid
2004-2014 diez años de bilingüismo / ten years of bilingualism
C/ Extremadura, 2.- 28750 San Agustín del Guadalix .-Tel. 918.418.643.- Fax 918.435.129
Email: cp.navalazarza.sanagustin@educa.madrid.org.- Página web: www.educa.madrid.org/web/cp.navalazarza.sanagustin/
www.facebook.com/virgendenavalazarza
Estimadas familias:
Les informamos de la publicación de la Resolución del Director General de Becas y Ayudas a
la Educación, por la que se dictan Instrucciones de desarrollo de la Orden 9726/2012, de 24 de
agosto, por la que se establece el procedimiento de gestión del Programa de Préstamo de Libros
de texto en Centros docentes sostenidos con fondos públicos. Esta orden y las instrucciones que la
desarrollan siguen estando vigentes para el curso escolar 2015-2016.
Pueden recoger en la secretaría del centro, la solicitud de préstamo de libros de texto para
el curso escolar 2015/16 desde el día 8 de junio hasta el día 19 de junio de 2015.
Podrán solicitar préstamo de libros y/o material didáctico los alumnos en los que
concurra alguna de las siguientes circunstancias:
A. Alumnos tutelados por la Comunidad de Madrid.
B. Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
C. Alumnado en situación de desventaja socioeconómica. Esta situación se valorará a través del
informe de servicios sociales.
Posteriormente, el Consejo Escolar del Centro, una vez estudiadas las solicitudes, otorgará
dicho préstamo hasta la finalización del crédito que el centro ha recibido de la Comunidad de Madrid
para tal fin.
Se prestarán únicamente los libros que figuran en el fondo bibliográfico del centro por ser
libros que se pueden utilizar durante al menos 4 años.
Se cobrará una fianza (10 €) cuando se entregan los libros a las familias.
La pérdida negligente o la destrucción deliberada del material prestado por parte del
alumno, dará lugar a la adopción de las medidas pertinentes para exigir las responsabilidades a que
hubiere lugar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13:1 d) del Decreto 15/2007, de 19 de abril,
por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la
Comunidad de Madrid, quedando obligado el alumno, en todo caso, a la reposición de dicho
material. El incumplimiento de esta obligación de reposición acarreará en cursos sucesivos la
inhabilitación para recibir nuevos materiales en préstamo.
Si al terminar de cubrir las necesidades de préstamo de libros de los alumnos aún quedasen
fondos, se puede invertir en material didáctico (libros de lectura, diccionarios, materiales educativos
en formato digital, etc.).
No podrán participar en el sistema de préstamo de libros los alumnos con necesidades
educativas especiales porque tienen su propio sistema de becas y ayudas.
IMPORTANTE:
- Deben adjuntar a su solicitud el certificado de Servicios Sociales como que se encuentran
percibiendo Renta Mínima de Inserción o de encontrarse en situación de desventaja social.
- El Consejo Escolar del centro baremará la solicitud y decidirá la concesión de los libros en
préstamo.
En San Agustin del Guadalix, a 08 de junio de 2015
La directora
Fdo.: María Soledad Díaz Serrano
Comunidad de Madrid
C.P.B Virgen de
Navalazarza
28750 San Agustín del
Guadalix
Fecha: 08 /06/ 2015
SALIDA Nº 505