Este documento resume los principales regímenes aduaneros establecidos en la Ley General de Aduanas de México. Describe los regímenes definitivos de importación y exportación, así como los regímenes temporales como tránsito aduanero, tránsito por vía marítima o aérea, transbordo, depósito fiscal, importación y exportación temporal. Explica los controles, plazos y sanciones asociados con cada régimen.
Este documento resume la legislación aduanera costarricense relacionada con infracciones y delitos aduaneros. Explica que existen infracciones administrativas, tributarias y penales, y describe las sanciones asociadas a cada tipo de infracción como multas y suspensiones. También define delitos como contrabando y defraudación fiscal aduanera, e indica las penas de prisión correspondientes.
Este documento clasifica y describe los diferentes regímenes aduaneros establecidos en la legislación aduanera, incluyendo regímenes definitivos, temporales, liberatorios de pagos de tributos como la zona franca, y de perfeccionamiento como el perfeccionamiento activo y la exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo. Explica los requisitos y procedimientos de cada régimen.
Este documento presenta un resumen del régimen tributario aduanero en Perú. Explica conceptos como la obligación tributaria aduanera, los sujetos pasivos, la determinación y exigibilidad de la deuda, la prescripción, entre otros. Señala las normas legales que rigen esta materia y define los principales aspectos del marco normativo de los tributos aduaneros en el país.
El documento resume los artículos 140-147 del Decreto 1165 de 2019 sobre el régimen de importación en Colombia. Establece que todos los medios de transporte deben llegar a los puertos, aeropuertos y fronteras habilitados y notificar su arribo con anticipación. También exige que presenten el manifiesto de carga y documentos de transporte a la autoridad aduanera (DIAN) a través de sistemas informáticos, con plazos que varían según el modo de transporte. Además, habilita otros documentos como man
Este documento describe diferentes modalidades de importación de mercancías al territorio aduanero nacional, incluyendo los documentos requeridos y las restricciones o garantías asociadas a cada modalidad. Algunas modalidades son la importación ordinaria, con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, en el mismo estado, de cumplimiento de garantía, temporal para reexportación y para procesamiento industrial.
Este documento describe el régimen de reimportación en el mismo estado en Ecuador. Bajo este régimen, las mercancías nacionales que fueron exportadas pueden ser reimportadas al país con exoneración total o parcial de impuestos, siempre que: 1) sean las mismas mercancías exportadas anteriormente, 2) tengan un certificado de origen que acredite su nacionalidad, y 3) vengan consignadas a nombre de quien realizó la exportación original. La reimportación debe realizarse dentro de un año desde la fecha de embarque de la exportación.
Este documento describe las diferentes modalidades de importación en Colombia, incluyendo importación ordinaria, importación con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, reimportación en el mismo estado, importación en cumplimiento de garantía, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación temporal para perfeccionamiento activo, importación temporal para procedimientos industriales, importación para transformación o ensamble, importación por tráfico postal y envíos urgentes, entregas urgentes, muestras sin valor comercial e importación de energía eléctrica. Para cada modal
Este documento resume las principales modalidades de importación en el país, incluyendo importación ordinaria, con franquicia, temporal para reexportación, procesamiento industrial u otros fines, y por viajeros. Describe los documentos requeridos y posibles resultados para cada modalidad.
Este documento resume la legislación aduanera costarricense relacionada con infracciones y delitos aduaneros. Explica que existen infracciones administrativas, tributarias y penales, y describe las sanciones asociadas a cada tipo de infracción como multas y suspensiones. También define delitos como contrabando y defraudación fiscal aduanera, e indica las penas de prisión correspondientes.
Este documento clasifica y describe los diferentes regímenes aduaneros establecidos en la legislación aduanera, incluyendo regímenes definitivos, temporales, liberatorios de pagos de tributos como la zona franca, y de perfeccionamiento como el perfeccionamiento activo y la exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo. Explica los requisitos y procedimientos de cada régimen.
Este documento presenta un resumen del régimen tributario aduanero en Perú. Explica conceptos como la obligación tributaria aduanera, los sujetos pasivos, la determinación y exigibilidad de la deuda, la prescripción, entre otros. Señala las normas legales que rigen esta materia y define los principales aspectos del marco normativo de los tributos aduaneros en el país.
El documento resume los artículos 140-147 del Decreto 1165 de 2019 sobre el régimen de importación en Colombia. Establece que todos los medios de transporte deben llegar a los puertos, aeropuertos y fronteras habilitados y notificar su arribo con anticipación. También exige que presenten el manifiesto de carga y documentos de transporte a la autoridad aduanera (DIAN) a través de sistemas informáticos, con plazos que varían según el modo de transporte. Además, habilita otros documentos como man
Este documento describe diferentes modalidades de importación de mercancías al territorio aduanero nacional, incluyendo los documentos requeridos y las restricciones o garantías asociadas a cada modalidad. Algunas modalidades son la importación ordinaria, con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, en el mismo estado, de cumplimiento de garantía, temporal para reexportación y para procesamiento industrial.
Este documento describe el régimen de reimportación en el mismo estado en Ecuador. Bajo este régimen, las mercancías nacionales que fueron exportadas pueden ser reimportadas al país con exoneración total o parcial de impuestos, siempre que: 1) sean las mismas mercancías exportadas anteriormente, 2) tengan un certificado de origen que acredite su nacionalidad, y 3) vengan consignadas a nombre de quien realizó la exportación original. La reimportación debe realizarse dentro de un año desde la fecha de embarque de la exportación.
Este documento describe las diferentes modalidades de importación en Colombia, incluyendo importación ordinaria, importación con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, reimportación en el mismo estado, importación en cumplimiento de garantía, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación temporal para perfeccionamiento activo, importación temporal para procedimientos industriales, importación para transformación o ensamble, importación por tráfico postal y envíos urgentes, entregas urgentes, muestras sin valor comercial e importación de energía eléctrica. Para cada modal
Este documento resume las principales modalidades de importación en el país, incluyendo importación ordinaria, con franquicia, temporal para reexportación, procesamiento industrial u otros fines, y por viajeros. Describe los documentos requeridos y posibles resultados para cada modalidad.
El documento compara las modalidades y regímenes de importación según el Decreto 2685 de 1999 y el Decreto 390 de 2016. Explica que el Decreto 390 de 2016 incluye más modalidades y regímenes de importación que el Decreto 2685, pasando de 11 a 17. Además, describe cada uno de los regímenes de importación según el Decreto 390, indicando su definición, concepto y ejemplos de productos que aplican a cada régimen.
Este documento describe diferentes modalidades de importación en Colombia, incluyendo importación ordinaria, franquicia, reimportación con perfeccionamiento pasivo y en el mismo estado, importación en cumplimiento de garantía, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital, importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación y exportación, importación temporal para procesamiento industrial, importación para transformación o ensamble, tráfico postal y envíos urgentes, entregas urgentes e importación de viajeros. C
El documento resume las modificaciones a la Ley General de Aduanas y su Reglamento en Perú. Algunos cambios incluyen que las mercancías se consideran nacionalizadas una vez se completa el despacho de importación, y se introducen nuevos regímenes aduaneros como importación temporal, admisión temporal, y exportación temporal para regular el comercio exterior. También se modifican los plazos y procedimientos para regímenes como tránsito aduanero.
Este documento resume cinco modalidades de importación en tres oraciones: 1) Importación ordinaria, importación con franquicia e importación en cumplimiento de garantía están sujetas a tributos aduaneros, mientras que la reimportación por perfeccionamiento pasivo y la reimportación en el mismo estado están exentas de tributos. 2) Cada modalidad tiene características y documentos específicos requeridos como facturas, certificados de origen y documentos de transporte. 3) Las modalidades varían en términos de disposiciones, ya sea libre o restring
El documento describe 12 modalidades de importación en Colombia, incluyendo importaciones ordinarias, con franquicia, reimportación, importación temporal y para viajeros. Cada modalidad especifica los requisitos, documentos requeridos y tratamiento aduanero aplicable a la mercancía importada, como el pago de tributos o su disposición restringida.
Este documento presenta una serie de conceptos y modalidades relacionadas con la importación de mercancías. Define e introduce los conceptos de importación ordinaria, importación con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, reimportación en el mismo estado, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación para transformación o ensamblaje, entregas urgentes y viajeros. Cada modalidad describe brevemente los requisitos y procesos asociados con el ingreso de mercancías al territorio aduanero nacional.
Este documento resume 5 modalidades de importación: 1) Importación ordinaria, 2) Importación con franquicia, 3) Reimportación por perfeccionamiento pasivo, 4) Reimportación en el mismo estado, y 5) Importación en cumplimiento de garantía. Explica brevemente cada modalidad y los requisitos y documentación asociados.
La importación definitiva permite el ingreso legal de mercancías del exterior para su consumo en el país. Las personas naturales que importen mercancías con fines comerciales deben utilizar un Registro Único de Contribuyente. El proceso incluye la transmisión electrónica de datos, el pago de impuestos, y la asignación del despacho a un canal verde, naranja o rojo que determina los controles aplicables antes de retirar las mercancías.
Este documento describe varios regímenes aduaneros de exportación en el Perú, incluyendo la exportación definitiva, la exportación temporal para reimportación en el mismo estado, y la exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. Explica los requisitos, plazos y documentación necesaria para cada uno de estos regímenes de exportación.
Comparación entre el decreto 2685 de 1999 y el decreto 390 del 2016ximenaleyton
Este documento describe varios regímenes de importación establecidos en Colombia según el Decreto 390 de 2016. Entre ellos se encuentran la importación para consumo permanente, importaciones temporales para procesamiento, transformación, reparación, importaciones de muestras sin valor comercial, importaciones en cumplimiento de garantías, importaciones de vehículos, aeronaves y embarcaciones, importación de petróleo y combustibles por ductos, importación de mercancías arriendadas, tráfico postal y envíos urgentes, importaciones de viajeros y menaje. C
El documento proporciona una definición del despacho aduanal como el conjunto de actos y formalidades relacionados con la entrada y salida de mercancías de un país. Explica los 14 pasos del proceso de despacho aduanal, incluyendo la llegada de las mercancías, su depósito en recintos fiscales o fiscalizados, la designación de un régimen aduanero, la inspección, declaración fiscal, pago de impuestos y entrega de la mercancía. También cubre temas como los lugares y horarios autorizados, los
Re importacion por perfeccionamiento_pasivoDanny Patiño
El documento resume los procedimientos aduaneros relacionados con la importación ordinaria, exportación temporal por perfeccionamiento pasivo y reimportación por perfeccionamiento pasivo de un codificador para televisión por cable importado por TELMEX desde Estados Unidos. Se describe la primera importación en 2007, la exportación temporal para reparación bajo garantía en 2008 y la subsecuente reimportación una vez reparado en 2009, implicando los tres procesos aduaneros.
El régimen de reimportación en el mismo estado permite el ingreso al territorio aduanero de mercancías exportadas con carácter definitivo sin el pago de aranceles o impuestos, siempre que no hayan sido modificadas en el extranjero. Se requiere que la mercancía sea sometida a reconocimiento físico para comprobar que es la misma exportada originalmente y que se presenten documentos como la declaración aduanera, factura y documento de transporte. Los decretos 1053 y 010-2009-EF establecen las leyes y reglamentos
Este documento describe los procedimientos aduaneros para la importación de mercancías por parte de diplomáticos. Establece que los diplomáticos pueden importar mercancías a través de cualquier aduana del país declarándolas. Explica los tipos de beneficiarios diplomáticos y los montos de las franquicias aduaneras aplicables a cada tipo. También cubre procedimientos como la transferencia de vehículos importados con franquicia y la cancelación del régimen de franquicias.
Este documento describe tres modalidades de despacho aduanero para la importación de mercancías: el despacho anticipado, el despacho urgente y el despacho excepcional. Cada modalidad permite realizar trámites aduaneros y trasladar mercancías a almacenes en diferentes plazos relativos a la llegada y descarga del transporte. El despacho anticipado permite trámites hasta 15 días antes de la llegada, el urgente hasta 7 días después, y el excepcional hasta 30 días después de la descarga.
1. El documento describe el Sistema Anticipado de Despacho Aduanero, el cual permite el despacho de importaciones en 48 horas si se cumplen ciertas condiciones.
2. El sistema ofrece canales verdes que no requieren traslado a puntos de llegada y regularización electrónica sin presentación de documentos.
3. Se mencionan temas pendientes como modificar la fecha de exigibilidad de deudas tributarias y evaluar la posibilidad de requerir sólo copias de documentos para el despacho anticipado en
Este documento resume las principales modalidades de importación en el país, incluyendo importación ordinaria, con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, importación temporal para reexportación, entre otras. También explica conceptos como declaración de importación, tipos de declaración como inicial, legalización, anticipada, corrección y modificación.
Este documento describe los principales regímenes aduaneros en Perú, incluyendo la exportación definitiva, la exportación temporal para reimportación, la importación para el consumo, la reimportación en el mismo estado, la admisión temporal para reexportación en el mismo estado, la admisión temporal para perfeccionamiento activo, el régimen de DRAWBACK y el régimen de depósito aduanero.
Este documento resume los artículos 362 al 381 del Decreto 390 de 2016 sobre regulaciones de exportación en Colombia. Describe varios regímenes de exportación temporal o definitiva de mercancías nacionales o en libre circulación, incluyendo exportación temporal para reimportación sin modificaciones, exportación de bienes culturales, exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, exportación por correo, mensajería o envíos, exportaciones de viajeros, menaje doméstico y exportación a través de ductos. También cubre operaciones especiales de salida de mercancías
Este documento describe diferentes modalidades de importación en Colombia, incluyendo importación ordinaria, importación con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación en cumplimiento de garantía, importación temporal para perfeccionamiento activo, importación para transformación o ensamble, tráfico postal y envíos urgentes, entre otros. Cada modalidad tiene sus propios requisitos y ejemplos se proveen para ilustrar cada modalidad.
El documento define diferentes tipos de tráfico de mercancías según la normatividad aduanera mexicana. Define el tráfico marítimo como de altura, cabotaje o mixto. El tráfico de altura implica transporte de mercancías entre México y el extranjero, mientras que el cabotaje es entre puntos del mismo litoral mexicano. El tráfico mixto involucra realizar ambos tipos simultáneamente o entre litorales distintos con escala en el extranjero. También cubre tráfico aéreo, fl
El documento describe los diferentes regímenes aduaneros establecidos en la legislación boliviana. En 3 oraciones: Los regímenes incluyen importación para consumo, admisión temporal, tránsito aduanero y depósito aduanero. También cubre exportación definitiva y temporal para perfeccionamiento pasivo. Cada régimen tiene diferentes formalidades y trámites asociados como el pago de tributos aduaneros y plazos de almacenamiento de mercancías.
El documento compara las modalidades y regímenes de importación según el Decreto 2685 de 1999 y el Decreto 390 de 2016. Explica que el Decreto 390 de 2016 incluye más modalidades y regímenes de importación que el Decreto 2685, pasando de 11 a 17. Además, describe cada uno de los regímenes de importación según el Decreto 390, indicando su definición, concepto y ejemplos de productos que aplican a cada régimen.
Este documento describe diferentes modalidades de importación en Colombia, incluyendo importación ordinaria, franquicia, reimportación con perfeccionamiento pasivo y en el mismo estado, importación en cumplimiento de garantía, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital, importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación y exportación, importación temporal para procesamiento industrial, importación para transformación o ensamble, tráfico postal y envíos urgentes, entregas urgentes e importación de viajeros. C
El documento resume las modificaciones a la Ley General de Aduanas y su Reglamento en Perú. Algunos cambios incluyen que las mercancías se consideran nacionalizadas una vez se completa el despacho de importación, y se introducen nuevos regímenes aduaneros como importación temporal, admisión temporal, y exportación temporal para regular el comercio exterior. También se modifican los plazos y procedimientos para regímenes como tránsito aduanero.
Este documento resume cinco modalidades de importación en tres oraciones: 1) Importación ordinaria, importación con franquicia e importación en cumplimiento de garantía están sujetas a tributos aduaneros, mientras que la reimportación por perfeccionamiento pasivo y la reimportación en el mismo estado están exentas de tributos. 2) Cada modalidad tiene características y documentos específicos requeridos como facturas, certificados de origen y documentos de transporte. 3) Las modalidades varían en términos de disposiciones, ya sea libre o restring
El documento describe 12 modalidades de importación en Colombia, incluyendo importaciones ordinarias, con franquicia, reimportación, importación temporal y para viajeros. Cada modalidad especifica los requisitos, documentos requeridos y tratamiento aduanero aplicable a la mercancía importada, como el pago de tributos o su disposición restringida.
Este documento presenta una serie de conceptos y modalidades relacionadas con la importación de mercancías. Define e introduce los conceptos de importación ordinaria, importación con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, reimportación en el mismo estado, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación para transformación o ensamblaje, entregas urgentes y viajeros. Cada modalidad describe brevemente los requisitos y procesos asociados con el ingreso de mercancías al territorio aduanero nacional.
Este documento resume 5 modalidades de importación: 1) Importación ordinaria, 2) Importación con franquicia, 3) Reimportación por perfeccionamiento pasivo, 4) Reimportación en el mismo estado, y 5) Importación en cumplimiento de garantía. Explica brevemente cada modalidad y los requisitos y documentación asociados.
La importación definitiva permite el ingreso legal de mercancías del exterior para su consumo en el país. Las personas naturales que importen mercancías con fines comerciales deben utilizar un Registro Único de Contribuyente. El proceso incluye la transmisión electrónica de datos, el pago de impuestos, y la asignación del despacho a un canal verde, naranja o rojo que determina los controles aplicables antes de retirar las mercancías.
Este documento describe varios regímenes aduaneros de exportación en el Perú, incluyendo la exportación definitiva, la exportación temporal para reimportación en el mismo estado, y la exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. Explica los requisitos, plazos y documentación necesaria para cada uno de estos regímenes de exportación.
Comparación entre el decreto 2685 de 1999 y el decreto 390 del 2016ximenaleyton
Este documento describe varios regímenes de importación establecidos en Colombia según el Decreto 390 de 2016. Entre ellos se encuentran la importación para consumo permanente, importaciones temporales para procesamiento, transformación, reparación, importaciones de muestras sin valor comercial, importaciones en cumplimiento de garantías, importaciones de vehículos, aeronaves y embarcaciones, importación de petróleo y combustibles por ductos, importación de mercancías arriendadas, tráfico postal y envíos urgentes, importaciones de viajeros y menaje. C
El documento proporciona una definición del despacho aduanal como el conjunto de actos y formalidades relacionados con la entrada y salida de mercancías de un país. Explica los 14 pasos del proceso de despacho aduanal, incluyendo la llegada de las mercancías, su depósito en recintos fiscales o fiscalizados, la designación de un régimen aduanero, la inspección, declaración fiscal, pago de impuestos y entrega de la mercancía. También cubre temas como los lugares y horarios autorizados, los
Re importacion por perfeccionamiento_pasivoDanny Patiño
El documento resume los procedimientos aduaneros relacionados con la importación ordinaria, exportación temporal por perfeccionamiento pasivo y reimportación por perfeccionamiento pasivo de un codificador para televisión por cable importado por TELMEX desde Estados Unidos. Se describe la primera importación en 2007, la exportación temporal para reparación bajo garantía en 2008 y la subsecuente reimportación una vez reparado en 2009, implicando los tres procesos aduaneros.
El régimen de reimportación en el mismo estado permite el ingreso al territorio aduanero de mercancías exportadas con carácter definitivo sin el pago de aranceles o impuestos, siempre que no hayan sido modificadas en el extranjero. Se requiere que la mercancía sea sometida a reconocimiento físico para comprobar que es la misma exportada originalmente y que se presenten documentos como la declaración aduanera, factura y documento de transporte. Los decretos 1053 y 010-2009-EF establecen las leyes y reglamentos
Este documento describe los procedimientos aduaneros para la importación de mercancías por parte de diplomáticos. Establece que los diplomáticos pueden importar mercancías a través de cualquier aduana del país declarándolas. Explica los tipos de beneficiarios diplomáticos y los montos de las franquicias aduaneras aplicables a cada tipo. También cubre procedimientos como la transferencia de vehículos importados con franquicia y la cancelación del régimen de franquicias.
Este documento describe tres modalidades de despacho aduanero para la importación de mercancías: el despacho anticipado, el despacho urgente y el despacho excepcional. Cada modalidad permite realizar trámites aduaneros y trasladar mercancías a almacenes en diferentes plazos relativos a la llegada y descarga del transporte. El despacho anticipado permite trámites hasta 15 días antes de la llegada, el urgente hasta 7 días después, y el excepcional hasta 30 días después de la descarga.
1. El documento describe el Sistema Anticipado de Despacho Aduanero, el cual permite el despacho de importaciones en 48 horas si se cumplen ciertas condiciones.
2. El sistema ofrece canales verdes que no requieren traslado a puntos de llegada y regularización electrónica sin presentación de documentos.
3. Se mencionan temas pendientes como modificar la fecha de exigibilidad de deudas tributarias y evaluar la posibilidad de requerir sólo copias de documentos para el despacho anticipado en
Este documento resume las principales modalidades de importación en el país, incluyendo importación ordinaria, con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, importación temporal para reexportación, entre otras. También explica conceptos como declaración de importación, tipos de declaración como inicial, legalización, anticipada, corrección y modificación.
Este documento describe los principales regímenes aduaneros en Perú, incluyendo la exportación definitiva, la exportación temporal para reimportación, la importación para el consumo, la reimportación en el mismo estado, la admisión temporal para reexportación en el mismo estado, la admisión temporal para perfeccionamiento activo, el régimen de DRAWBACK y el régimen de depósito aduanero.
Este documento resume los artículos 362 al 381 del Decreto 390 de 2016 sobre regulaciones de exportación en Colombia. Describe varios regímenes de exportación temporal o definitiva de mercancías nacionales o en libre circulación, incluyendo exportación temporal para reimportación sin modificaciones, exportación de bienes culturales, exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, exportación por correo, mensajería o envíos, exportaciones de viajeros, menaje doméstico y exportación a través de ductos. También cubre operaciones especiales de salida de mercancías
Este documento describe diferentes modalidades de importación en Colombia, incluyendo importación ordinaria, importación con franquicia, reimportación por perfeccionamiento pasivo, importación temporal para reexportación en el mismo estado, importación en cumplimiento de garantía, importación temporal para perfeccionamiento activo, importación para transformación o ensamble, tráfico postal y envíos urgentes, entre otros. Cada modalidad tiene sus propios requisitos y ejemplos se proveen para ilustrar cada modalidad.
El documento define diferentes tipos de tráfico de mercancías según la normatividad aduanera mexicana. Define el tráfico marítimo como de altura, cabotaje o mixto. El tráfico de altura implica transporte de mercancías entre México y el extranjero, mientras que el cabotaje es entre puntos del mismo litoral mexicano. El tráfico mixto involucra realizar ambos tipos simultáneamente o entre litorales distintos con escala en el extranjero. También cubre tráfico aéreo, fl
El documento describe los diferentes regímenes aduaneros establecidos en la legislación boliviana. En 3 oraciones: Los regímenes incluyen importación para consumo, admisión temporal, tránsito aduanero y depósito aduanero. También cubre exportación definitiva y temporal para perfeccionamiento pasivo. Cada régimen tiene diferentes formalidades y trámites asociados como el pago de tributos aduaneros y plazos de almacenamiento de mercancías.
Este documento describe las modalidades de tránsito aduanero en Colombia, incluyendo tránsito, cabotaje y transbordo. Define cada modalidad y explica los procesos y requisitos para realizar operaciones bajo estas modalidades, como la constitución de garantías, empresas autorizadas y documentación requerida. También cubre aspectos como transporte multimodal, rutas permitidas y restricciones.
El documento describe el nuevo Estatuto Aduanero de Colombia aprobado en 1999 para modernizar el sistema aduanero. El Estatuto simplifica los procedimientos aduaneros, agiliza los trámites, establece plazos claros y unifica la legislación en un solo cuerpo jurídico. El objetivo es hacer más transparente y estable el entorno para el comercio exterior y mejorar la competitividad del país.
El tránsito aduanero es un régimen que permite el transporte de mercancías a través de un territorio aduanero sin pagar impuestos, iniciándose con la asignación de ruta y plazo por la aduana de partida y concluyendo con el registro de llegada a la aduana de destino. El tránsito puede ser nacional e internacional, requiriendo documentos como el manifiesto de carga y sellos o precintos para el control aduanero de las mercancías durante el transporte.
COMERCIO INTERNACIONAL - CARRERA COMERCIO INTERNACIONAL - MODULO V DESPACHO A...CarmeloPrez1
El documento habla sobre el despacho aduanero, que es el conjunto de trámites y formalidades aduaneras necesarias para aplicar uno de los regímenes aduaneros a las mercancías. El despacho aduanero se inicia mediante la presentación de una Declaración de Mercancías que contiene información como la identificación, valor y régimen aduanero de las mercancías. La administración aduanera puede realizar un examen y aforo de las mercancías para verificar la información declarada.
El documento describe los diferentes regímenes aduaneros establecidos en la legislación boliviana, incluyendo la importación para el consumo, la importación con exoneración de tributos, la reimportación en el mismo estado, la exportación definitiva, los regímenes aduaneros especiales como el tránsito aduanero y la admisión temporal, entre otros. Explica los procedimientos y requisitos de cada régimen con el objetivo de facilitar el comercio exterior cumpliendo la normativa aduanera.
El documento describe los conceptos y procedimientos aduaneros relacionados con la importación y exportación de mercancías en México. Explica los tipos de tráfico de mercancías, los regímenes aduaneros como el depósito y abandono, y los diferentes tipos de despachos aduaneros que pueden realizarse.
Este documento describe los diferentes regímenes aduaneros en México, incluyendo importación y exportación definitivas e importación y exportación temporales. También explica los documentos necesarios para la importación y exportación como facturas, listas de empaque, y despachos aduanales. Por último, resume los trámites y responsabilidades de los agentes y apoderados aduanales.
Este documento describe los diferentes regímenes aduaneros en México, incluyendo importación y exportación definitivas e importación y exportación temporales. También describe los documentos necesarios para la importación y exportación como facturas, conocimientos de embarque, y pedimentos aduanales. Finalmente, resume los trámites y responsabilidades de los agentes y apoderados aduanales.
Este documento proporciona definiciones de numerosos términos relacionados con el comercio internacional y la aduana. Explica conceptos como actividades aduaneras, diferentes tipos de regímenes aduaneros como la admisión temporal, oficinas aduaneras, agentes de aduanas, y documentos como certificados de origen. Además, define términos técnicos usados en la clasificación arancelaria de mercancías y vehículos.
Este documento proporciona definiciones de numerosos términos relacionados con la aduana y el comercio internacional. Explica conceptos como régimen de admisión temporal, agente de aduanas, arancel de aduanas, carga consolidada, categorías de vehículos, causación de impuestos y certificados de depósito y origen, entre otros. El objetivo es brindar una guía sobre la terminología técnica usada en el ámbito aduanero.
La Ley General de Aduanas de México regula el control de aduanas y el despacho de mercancías en la entrada y salida de bienes en el territorio nacional. La ley contiene nueve títulos que cubren disposiciones generales, control aduanero, contribuciones y regulaciones no arancelarias, regímenes aduaneros, franja fronteriza, atribuciones de autoridades, agentes aduanales, infracciones y recursos administrativos. Algunos temas clave incluyen los procedimientos de importación y exportación, depós
Este documento resume los principales aspectos del régimen aduanero en Colombia, incluyendo las modalidades de importación, exportación y tránsito aduanero. Describe las cuatro modalidades de importación como reimportación por perfeccionamiento pasivo, reimportación en el mismo estado, importación en cumplimiento de garantía e importación temporal para reexportación. También describe nueve modalidades de exportación como exportación definitiva, exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, exportación temporal para reimportación en el mismo estado, reexportación y reembarque. Finalmente, resume las modal
El documento describe los diferentes regímenes aduaneros, incluyendo regímenes de importación, exportación, perfeccionamiento, depósito aduanero y tránsito. Define cada régimen y explica que las mercancías que entran o salen de un país deben someterse a estos regímenes aduaneros establecidos por la ley para regular el comercio internacional. También menciona que los expertos en regímenes aduaneros juegan un papel importante en facilitar las operaciones de comercio exterior de acuerdo a las norm
El documento describe los conceptos y operadores clave relacionados con el comercio exterior y la legislación aduanera en Perú. Explica que el territorio aduanero incluye el espacio acuático y aéreo dentro de las fronteras nacionales, y se divide en zonas primaria, secundaria y franca. También describe los diferentes tipos de operadores de comercio exterior como despachadores de aduana, transportistas, agentes de carga, almacenes aduaneros, empresas postales y más, junto con sus funciones y obligaciones. Finalmente
Este documento describe los diferentes regímenes aduaneros, incluyendo regímenes de importación, exportación, perfeccionamiento, depósito aduanero y suspensivos. También explica las interrelaciones entre estos regímenes, como el tráfico fronterizo, tráfico de envíos postales, ingreso de vehículos turísticos y tiendas duty free. Los regímenes aduaneros establecen normas y procedimientos para el control y movimiento de mercancías que ingresan y salen de un territorio.
1) El documento describe la legislación y administración aduanera chilena. 2) Define conceptos como zona primaria, secundaria, perímetro fronterizo y facultades del Servicio Nacional de Aduanas. 3) Explica que el SNA puede ejercer su potestad sobre mercancías y personas solo en lugares habilitados, revisando documentación como manifiestos de carga y listados de pasajeros y tripulantes.
Este documento describe los principales regímenes aduaneros en Perú, incluyendo importación, exportación, perfeccionamiento, depósito aduanero, tránsito y reembarque. Define cada régimen, sus requisitos, plazos y modalidades. En particular, explica que la importación permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para su consumo luego del pago de aranceles, mientras que la exportación permite la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso en el exterior sin pagar tributos.
El documento describe los pasos y documentos requeridos para exportar mercancías desde Venezuela. Explica que la empresa puede transportar mercancías de forma consolidada o completa por vía marítima, terrestre o aérea a cualquier parte del mundo. Detalla los trámites aduaneros necesarios como presentar la solicitud de embarque, validar la autorización y embarcar la mercancía certificando el manifiesto de carga.
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La ley general de aduanas regula las entradas y salidas de mercancías, vehículos y unidades de transporte en el territorio nacional, así como el despacho aduanero y los actos derivados de estas operaciones. Establece que el Servicio Nacional de Aduanas es el órgano responsable de aplicar la legislación aduanera y ejercer el control del territorio aduanero, dividiéndolo en zonas primaria y secundaria. Además, define las funciones del Servicio, entre las que se incluyen aplicar tratados intern
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Este documento es un comprobante de mercancía nacionalizada que detalla la importación de 400,000 bultos con un peso bruto total de 10,005 kg de tres tipos de resina de polietileno por PLASTICOS MARTINEZ DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA. La mercancía se almacenará en el almacén general de depósito JL S.A. y está valorada en $1,156,453.70 colones costarricenses.
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El documento describe las obligaciones y requisitos de los auxiliares de la función pública aduanera en Costa Rica. Estos incluyen llevar registros de operaciones, conservar documentos por cierto tiempo, presentar declaraciones electrónicas, cumplir con formatos de transmisión de datos, rendir garantías para cubrir responsabilidades tributarias, y acreditar representantes ante las autoridades aduaneras. Los auxiliares deben cumplir varios requisitos como mantenerse al día en impuestos y obtener autorización del servicio aduanero para operar
Clase n° 5 el servicio nacional de aduanasFede1963
El documento describe el sistema aduanero de un país, incluyendo el Servicio Nacional de Aduanas, sus funciones y estructura. El SNA está dirigido por la Dirección General de Aduanas y comprende aduanas en todo el país. La DGA supervisa el cumplimiento de leyes aduaneras y tratados, y las aduanas controlan el comercio exterior en su jurisdicción. Dentro de cada aduana, los gerentes dirigen las operaciones y los departamentos técnicos determinan aranceles e impuestos aduaneros.
Clase n° 4 ley general de aduanas - conceptos y alcancesFede1963
El documento describe el marco legal aduanero de Costa Rica. Explica que la Ley General de Aduanas regula las entradas y salidas de mercancías y vehículos en el territorio nacional y establece el Servicio Nacional de Aduanas para controlar el comercio exterior. También define el territorio aduanero, las funciones de las aduanas y los auxiliares de la función pública aduanera.
Clase n° 3 conceptos de territorio aduanero-importación y exportaciónFede1963
El documento define los conceptos clave del Derecho Aduanero, incluyendo territorio aduanero, importación, exportación y mercadería. Explica que el Derecho Aduanero regula el tráfico internacional de mercaderías a través de fronteras aduaneras entre territorios aduaneros sujetos a diferentes regímenes arancelarios. Define importación como la introducción de mercaderías a un territorio aduanero y exportación como la extracción de mercaderías de un territorio aduanero.
Clase n° 2 concepto de territorio aduaneroFede1963
El documento define el concepto de Derecho Aduanero como el conjunto de normas jurídicas que regulan el tráfico internacional de mercancías entre diferentes territorios aduaneros. Explica que un territorio aduanero se define por su régimen arancelario y aduanero, el cual puede ser diferente que los límites políticos de un país. Finalmente, concluye que para que exista Derecho Aduanero se requieren al menos dos territorios aduaneros con regímenes diferentes y el movimiento de mercancías entre ellos.
Clase n° 1 introducción al derecho aduaneroFede1963
Este documento presenta una introducción al Derecho Aduanero, explicando su importancia, clasificación y relación con otras ramas del derecho. Define al Derecho Aduanero como el conjunto de normas que regulan las operaciones de importación y exportación, y describe sus principales fuentes como la legislación, los tratados internacionales, y la jurisprudencia.
El documento describe las diferencias entre el Régimen de Perfeccionamiento Activo y el Despacho Domiciliario Industrial en aduanas. También explica conceptos como la obligación tributaria aduanera, los sujetos activo y pasivo de dicha obligación, y las garantías requeridas para diferentes auxiliares de la función pública aduanera.
Este documento describe el funcionamiento de las empresas estibadoras en la terminal portuaria de Caldera en Costa Rica. Explica que existen cinco empresas estibadoras en Caldera que se encargan de la carga y descarga de contenedores y mercancías. Su funcionamiento está regido por el Reglamento de la Sociedad Portuaria de Caldera y no por las leyes aduaneras costarricenses. También compara el manejo de la estiba en Caldera versus en JAPDEVA, señalando que existen diferencias regulatorias y en la fijación de tarifas entre
Empresas de entregas rapidas o courier fabiola zúñigaFede1963
1) Los auxiliares de la función pública aduanera son personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que participan ante el Servicio Nacional de Aduanas en la gestión aduanera. 2) Los auxiliares deben cumplir con requisitos como estar registrados, al día en sus obligaciones tributarias y cumplir la ley y reglamentos aduaneros. 3) Entre sus obligaciones están llevar registros de sus actuaciones, conservar documentos por 5 años, realizar operaciones aduaneras según el régimen correspondiente y
2. Generalidades: Arts. 109 y 110 LGA
• Se entenderán por regímenes aduaneros, las
diferentes destinaciones a que pueden
quedar sujetas las mercancías que se
encuentran bajo control aduanero, de
acuerdo con los términos de la declaración
presentada ante la autoridad aduanera.
• Las mercancías pueden destinarse a los
siguientes regímenes aduaneros:
3. Clasificación: Art. 110 LGA
• a) Definitivos: Importación y Exportación y sus
modalidades.
• b) Temporales: Tránsito Aduanero Nacional e
Internacional, Transbordo, Tránsito por Vía
Marítima o Aérea, Depósito Fiscal, Servicio de
Reempaque y Distribución en Depósito
Fiscal, Importación y Exportación Temporal y
Provisiones de a Bordo.
4. Clasificación: Art. 110 LGA
• c) Liberatorios de Pago de Tributos
Aduaneros: Zona Franca, Reimportación en el
mismo estado y Reexportación.
• d) De perfeccionamiento: Perfeccionamiento
Activo y Exportación Temporal para el
Perfeccionamiento Pasivo.
• e) Devolutivo de derechos.
5. REGIMENES DEFINITIVOS DE
IMPORTACION Y EXPORTACION
• Artículo 111 LGA.- Concepto
Se entiende por régimen de importación o
exportación definitivos, la entrada o salida de
mercancías de procedencia extranjera o
nacional respectivamente, que cumplan con
las formalidades y los requisitos legales,
reglamentarios y administrativos para el uso y
consumo definitivo, dentro o fuera del
territorio nacional.
6. REGIMENES TEMPORALES:
Arts. 138 y ss LGA
• Regímenes Temporales:
• Tránsito Aduanero Nacional e Internacional,
• Tránsito por Vía Marítima o Aérea
• Transbordo
• Depósito Fiscal
• Servicio de Reempaque y Distribución en
Depósito Fiscal
• Importación y Exportación Temporal y
• Provisiones de a Bordo.
7. I) TRANSITO ADUANERO INTERNO E
INTERNACIONAL: Art. 138 LGA
• El tránsito aduanero, interno o
internacional, es el régimen aduanero según
el cual se transportan, por vía
terrestre, mercancías bajo control aduanero
dentro del territorio nacional. El tránsito
aduanero interno será declarado por el
transportista aduanero autorizado
expresamente por la Dirección General de
Aduanas.
8. Artículo 141 LGA.- Controles básicos
• Las aduanas de entrada, interiores, de salida
o destino, los puestos aduaneros o cualquier
otra autoridad aduanera competente, según
el caso, verificarán la identificación, estado y
seguridad de las unidades de transporte de
los dispositivos de seguridad, el desarrollo
del tránsito por las rutas habilitadas y, en
general, el cumplimiento de las formalidades
exigidas en esta ley, sus reglamentos y
disposiciones administrativas.
9. Artículo 141.- Controles básicos
• De haberse violentado alguna de las medidas
de seguridad colocadas en las unidades de
transporte, bultos u otros elementos de
transporte, se procederá al reconocimiento
de las mercancías y a las demás
comprobaciones pertinentes, ejecutándose
las acciones que correspondan, incluyendo
las sanciones o denuncias aplicables.
10. Artículo 142 LGA.- Plazo y Sanción
• Si en el plazo establecido por la aduana
no llegan las mercancías al lugar de
destino, se sancionará de conformidad
con lo establecido en el título X de esta
ley, salvo fuerza mayor o caso fortuito
debidamente comprobados (Titulo X:
Sanciones: Arts. 221 y ss)
11. Artículo 144.- Finalización del
régimen de tránsito aduanero
• El tránsito aduanero finaliza con la entrega
efectiva de las mercancías en el lugar de destino.
El funcionario aduanero o persona autorizada
para la recepción, comunicará inmediatamente a
la autoridad aduanera competente conforme al
procedimiento que señalen los reglamentos, las
condiciones de los bultos u otros elementos de
transporte recibidos, de los dispositivos de
seguridad y el cumplimiento de las demás
obligaciones exigidas para el tránsito
12. Artículo 144.- Finalización del
régimen de tránsito aduanero
• . De haberse encontrado irregularidades
o incumplimiento del régimen, la
autoridad aduanera dispondrá las
acciones que correspondan, incluyendo
las sanciones y denuncias aplicables.
13. Artículo 145.—Estacionamientos
transitorios.
• En circunstancias excepcionales, la Dirección
General de Aduanas podrá autorizar, a título
precario, la operación de estacionamientos
transitorios, permitiendo a los transportistas
aduaneros la permanencia de los vehículos,
las unidades de transporte y sus cargas, hasta
por un plazo máximo de ocho días hábiles,
para su destinación hacia un régimen
aduanero de importación, siempre que
permanezcan bajo precinto aduanero.
14. Artículo 145.—Estacionamientos
transitorios.
• Las unidades de transporte vacías y las
unidades de transporte y sus mercancías
destinadas hacia un régimen aduanero de
exportación o en libre circulación, no tendrán
límite de permanencia, siempre y cuando se
encuentren debidamente identificadas y
ubicadas, según las disposiciones que
establezca para tales efectos el Reglamento de
esta Ley.
15. Artículo 145.—Estacionamientos
transitorios.
• La mercancía que no haya sido destinada a
tránsito a traslado a depósito aduanero dentro
del plazo máximo de ocho días hábiles, se
mantendrá en custodia del estacionamiento
transitorio hasta cumplir el plazo indicado en el
inciso a) del artículo 56 de esta Ley
• Art. 56: Abandono: a) Cuando no se solicite una
destinación dentro de un plazo de quince días
hábiles desde el arribo de las mercancías a un
puerto aduanero.
16. II) TRANSITO POR VIA MARITIMA O
AÉREA: Art. 151 LGA
• Constituye tránsito por vía marítima o aérea
el transporte de mercancías bajo control
aduanero, sujetas al pago de tributos a la
importación o exportación o a regulaciones
no arancelarias, entre dos puertos o
aeropuertos habilitados dentro del territorio
aduanero, mediante naves y aeronaves
debidamente matriculadas y con los
permisos de las respectivas autoridades
nacionales.
17. TRANSITO POR VIA MARITIMA O
AÉREA: Art. 151 LGA
• Las mercancías que a su ingreso no hayan sido
objeto de una declaración pueden transportarse
por medio de este régimen.
• El tránsito por vía marítima o aérea será
declarado por la persona que, conforme al
documento de transporte, pueda disponer de las
mercancías y podrá estar sujeto a la rendición de
garantía sobre los tributos aplicables, que será
determinada por la autoridad aduanera.
18. III) TRANSBORDO: Art. 152 LGA
• Constituye transbordo el traslado de
mercancías, bajo control aduanero, desde una
unidad de transporte o vehículo utilizado para el
ingreso al territorio nacional a otra unidad o
vehículo que continúa el tránsito aduanero, sin
que las mercancías causen pago de tributos.
• Las autoridades aduaneras y portuarias darán
prioridad al transbordo de animales vivos y
mercancías perecederas sobre cualquier otro
transbordo.
19. TRANSBORDO: Arts. 153 y 154 LGA
• El transportista o la persona que conforme al
documento de transporte tenga la disponibilidad
de las mercancías, podrá declarar el transbordo
con independencia de su origen, procedencia o
destino, en las condiciones que se establezcan
por vía reglamentaria.
• La operación de transbordo podrá estar sujeta a
rendición de garantía, fijada por la autoridad
aduanera competente, y a la aplicación de
medidas de seguridad necesarias para identificar
las mercancías en el momento de su salida.
20. IV) RÉGIMEN DE DEPOSITO FISCAL:
Art. 155 LGA
• El depósito fiscal es el régimen aduanero por el
cual las mercancías son depositadas
temporalmente bajo custodia, conservación y
responsabilidad del depositario y el control de la
aduana, sin el pago de los tributos a la
importación.
• La salida y entrega de las mercancías del depósito
fiscal se efectuarán una vez cumplidas las
formalidades exigibles y satisfechas las
responsabilidades tributarias, conforme con el
régimen aduanero aplicable.
21. Artículo 157.- Plazo de permanencia
• Las mercancías podrán permanecer en
depósito fiscal hasta por un año a partir
de su ingreso en el depósito fiscal.
• Vencido el plazo anterior sin que se haya
solicitado otro régimen aduanero, las
mercancías caerán en abandono.
22. V) SERVICIOS DE REEMPAQUE Y
DISTRIBUCION EN DEPOSITO FISCAL:
Art. 161 LGA
• La autoridad aduanera podrá autorizar a los
depositarios aduaneros a prestar servicios de
desempaque, división, clasificación, empaque
, embalaje, reempaque, reembalaje, remarca
ción, etiquetado y distribución de mercancías
para su posterior consumo en el mercado
local o su reexportación total o parcial.
Mediante reglamento, se determinarán los
requisitos operativos correspondientes.
23. Artículo 163.- Plazos de depósito
• Las mercancías podrán permanecer en este
régimen hasta por un plazo de un año, a partir
de su ingreso en el depósito fiscal. Cuando exista
imposibilidad de exportar oportunamente las
mercancías por caso fortuito o fuerza mayor, la
prórroga se extenderá hasta que cesen las
circunstancias que la originaron.
• Si la reexportación no se ha realizado dentro de
los plazos señalados, las mercancías serán
consideradas en abandono.
24. VI) RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Y EXPORTACIÓN TEMPORAL
• Importación Temporal: Art. 165 LGA
→
La importación temporal es el régimen
aduanero que permite el ingreso, por un
plazo determinado, de mercancías a
territorio aduanero con suspensión de
los tributos a la importación.
25. Importación Temporal: Art. 165 LGA
• Las mercancías deberán ser reexportadas o
importadas definitivamente sin modificación
ni transformación alguna, dentro del plazo
que se establezca por la vía reglamentaria y
de acuerdo con la finalidad de la
importación. Este plazo no podrá exceder de
un año, salvo en el caso de la importación
temporal de aeronaves a que se refiere el
inciso j) del artículo siguiente.
26. Importación Temporal: Art. 166 LGA
• Art. 166, inc. J:
• j) Aeronaves arrendadas a plazo o con opción
de compra, destinadas a servicios aéreos, de
empresas que cuenten con un certificado de
explotación otorgado por la autoridad
aeronáutica costarricense, de conformidad
con lo establecido en el artículo 222 de la Ley
General de Aviación Civil, Nº 5150, de 14 de
mayo de 1973, y sus reformas.
27. Importación Temporal: Art. 165 LGA
• La vigencia de la importación temporal
referida en ese inciso, estará determinada por
el plazo establecido en el
contrato, debidamente aprobado por la
Dirección General de Aviación Civil, el cual no
podrá exceder de cinco años. Para poder
acogerse a este régimen, esas empresas no
requerirán el otorgamiento de garantía.
28. Artículo 167 LGA.- Exigencia de
garantías
• Las importaciones temporales estarán sujetas a
la presentación de garantía. Esta deberá
calcularse según el monto de los tributos que
pagarían las mercancías en el momento de
aceptarse la declaración en el régimen.
• Se podrá rendir garantía global conforme al
porcentaje que fije el reglamento, calculado
sobre el monto total de tributos aplicables en las
importaciones enumeradas en el inciso g)
29. Artículo 167 LGA.- No requieren
garantía
• No será obligatoria la presentación de garantía
para las mercancías señaladas en los incisos c),
d), f), h) e i)del artículo anterior.
• c) Turismo:
• d) Transporte de mercancías:
• f) Educativas y culturales:
• h) Científicas:
• i) Estatales:
30. Ejecución de garantías
Artículo 168 LGA.-
• La autoridad aduanera ejecutará las garantías
cuando haya transcurrido el plazo otorgado sin
que se haya demostrado la reexportación o el
depósito para la importación definitiva de las
mercancías o, cuando se le haya dado un fin
distinto del solicitado, sin perjuicio de las
acciones legales que correspondan. De no
haberse rendido garantía, la autoridad aduanera
exigirá el cumplimiento de la obligación
tributaria aduanera mediante los
procedimientos que establece esta ley.
31. Garantía: Art. 437 RLGA
• En los casos en que se requiera garantía
individual o global de conformidad con el artículo
167 de la Ley, esta deberá rendirse a favor de la
aduana competente y presentarse con la
declaración aduanera de importación temporal.
• La garantía que se rinda al efecto, deberá ser
cualquiera de las establecidas en el artículo 65 de
la Ley (dinero efectivo, cheque certificado, póliza o
bonos de garantía bancaria o emitidos por el
Instituto Nacional de Seguros y valores de comercio)
32. Garantía: Art. 65 LGA
• El monto deberá ser actualizado cada
tres meses a partir de la fecha de
rendición de la garantía para incluir los
intereses que se adeudarían a esa fecha
por las sumas no canceladas de
conformidad con el artículo 61 de esta
ley.
33. Garantía: Art. 65 LGA
• La autoridad aduanera vigilará que las garantías
sean suficientes tanto en el momento de su
aceptación como posteriormente y, si no lo
fueran, exigirá su ampliación o procederá a
solicitar nueva garantía. Si la ampliación o la
nueva garantía no se rinden en cinco días a
partir de la solicitud de la autoridad aduanera, se
procederá a la ejecución de las garantías
rendidas y se iniciarán o continuarán, según el
caso, los procedimientos correspondientes.
34. Forma de cálculo de la Garantía:
Art. 437 RLGA
• La garantía individual deberá cubrir el
monto total de los tributos a que
estarían afectas las mercancías a la
fecha de aceptación de la declaración de
importación temporal.
35. Cancelación del Régimen de Imp.
Temporal: Art. 440 RLGA
• El régimen de importación temporal se
cancelará por las causas siguientes:
a. Cuando las mercancías sean
reexportadas dentro del plazo
establecido.
b. Cuando las mercancías sean
destinadas a otro régimen, dentro del
plazo establecido.
36. Cancelación del Régimen de Imp.
Temporal: Art. 440 RLGA
c. Por la destrucción total de las mercancías por
fuerza mayor, caso fortuito o con autorización de
la autoridad aduanera, previa consideración de
las pruebas aportadas por el interesado donde
demuestre tal situación a satisfacción de la
aduana.
d. Cuando se produzca el abandono voluntario de
las mercancías a favor del Fisco.
e. Cuando se de a las mercancías un fin distinto del
solicitado. Lo anterior sin perjuicio de las
acciones que resulten procedentes.
37. Cancelación del Régimen de Imp.
Temporal: Art. 440 RLGA
f. Art. 139 RECAUCA → Cuando las mercancías
importadas temporalmente, que al vencimiento del
plazo de permanencia no hubieran sido reexportadas
o destinadas a cualquiera de los demás tratamientos
legalmente autorizados, se considerarán importadas
definitivamente al territorio aduanero y
consecuentemente estarán afectas a los derechos e
impuestos vigentes a la fecha del vencimiento de dicho
plazo y al cumplimiento de las obligaciones aduaneras
no tributarias, además en tal caso la aduana impondrá
la sanción correspondiente a la infracción cometida.
38. Cancelación del Régimen de Imp.
Temporal: Art. 440 RLGA
• Cuando las mercancías hayan sido objeto
de hurto o robo debidamente
demostrado, en cuyo caso la autoridad
aduanera cancelará o suspenderá el
beneficio e informará a las autoridades
competentes, para que en caso de aparecer
la mercancía, ésta deberá ser puesta de
inmediato bajo control aduanero.
39. Exportación Temporal:
Art. 170 LGA
• La exportación temporal es el régimen
aduanero que permite la salida, por un plazo
determinado, de mercancías del territorio
aduanero con suspensión de los tributos a la
exportación. Las mercancías deberán ser
reimportadas sin transformación o
modificación alguna dentro del plazo que se
establezca por vía reglamentaria de acuerdo
con la finalidad de la exportación. Este plazo
no podrá exceder de un año.
40. Finalización de la exportación
temporal: Art. 466 RLGA
• La exportación temporal de mercancías
finaliza por alguna de las siguientes causas:
a. Con la exportación definitiva de las
mercancías a solicitud del interesado.
b. Cuando transcurrido el plazo otorgado no se
haya demostrado su reimportación, en cuyo
caso se procederá a la ejecución de la
garantía, si fuere el caso.
41. Finalización de la exportación
temporal: Art. 466 RLGA
• c. Cuando se de a las mercancías un fin
distinto del solicitado.
• d. Cuando las mercancías sean
reimportadas.
42. Procedimiento aplicable:
Art. 465 RLGA
• La exportación temporal de mercancías se
realizará en lo aplicable, de conformidad con
lo dispuesto para el régimen de importación
temporal.
• El plazo de la exportación temporal podrá ser
solicitado por el interesado, el cual no podrá
exceder de seis meses, contados a partir de la
aceptación de la declaración.
43. VII) PROVISIONES DE A BORDO:
Art. 171 LGA
• Son provisiones de a bordo las mercancías
ingresadas temporalmente y destinadas a la
manutención de los tripulantes, para ser
consumidas, compradas u obsequiadas a los
pasajeros por la empresa aérea o marítima;
además, las utilizadas en la operación, el
funcionamiento y la conservación de vehículos
de transporte internacional de
personas, buques, aeronaves y trenes, con
exclusión de las piezas, repuestos y equipo del
vehículo o unidad de transporte.
44. Provisiones de a Bordo:
Art. 467 RLGA
• Las mercancías consideradas provisiones de a
bordo gozarán de franquicia aduanera bajo la
condición de que permanezcan en el vehículo
que las introdujo al país o depositadas bajo
control de la aduana, en bodegas o locales
autorizados por la aduana exclusivamente
para el depósito de esa clase de
mercancías, destinadas al aprovisionamiento
de vehículos durante el tiempo que
permanezcan en el país.
45. Provisiones de a Bordo:
Art. 467 RLGA
• Las provisiones de a bordo también
podrán destinarse al régimen de
importación definitiva, transbordarse o
declararse para otro régimen de
conformidad con los procedimientos
establecidos para esos regímenes.
46. Plazo Máximo: Art. 173 LGA
• El plazo máximo de permanencia de las
mercancías en el territorio
aduanero, será de seis meses contados a
partir de su ingreso. Vencido este plazo
sin haber realizado su reexportación o
cambio de régimen, causarán abandono
en favor del fisco.