Este documento resume las cinco clases de créditos y su orden de prelación en Colombia. La primera clase incluye créditos laborales y de alimentos, con preferencia general sobre todos los bienes del deudor. La segunda clase comprende créditos de posada, transporte y prenda, con preferencia sobre bienes específicos. La tercera clase contiene créditos hipotecarios, con preferencia sobre bienes gravados. La cuarta clase abarca créditos médicos y de educación, con preferencia general. La quinta clase son crédit
El contrato de mutuo importa la obligación del mutuante hacia el mutuatario de entregarle determinada cantidad de dinero o de bienes, a cambio que se le devuelva otros de la misma cantidad o calidad. No puede equipararse a este contrato el compromiso de sociedades. (Exp. N° 797-99. Data 20,000. Exp/orador Jurisprudencia/ 2005 • 2006. Gaceta Jurldica S.A.).
LA INDIVISION TIENE UNA CONNOTACION DE PROPIEDAD COLECTIVA, ASI TENEMOS QUE, A LA LUZ DE LAS NORMAS VIGENTES, LOS SUCESORES RESULTAN PROPIETARIOS PRO-INDIVISOS DE LOS BIENES COMUNES DE LA HERENCIA, EN PROPORCION A LA PARTE QUE TENGAN DERECHO LLAMANDOSE A ELLO CONDOMINIO
Utilidad de las fuentes del Derecho Internacional Privado a través de ejemplos.
Alcance de La Ley Venezolana de Derecho Internacional Privado como fuente de dicho derecho.
Este es un ejercicio escolar. No es un sitio financiero ni oferta de servicios bancarios no invierta ni utilice esta página. Esta es una competencia escolar.
El contrato de mutuo importa la obligación del mutuante hacia el mutuatario de entregarle determinada cantidad de dinero o de bienes, a cambio que se le devuelva otros de la misma cantidad o calidad. No puede equipararse a este contrato el compromiso de sociedades. (Exp. N° 797-99. Data 20,000. Exp/orador Jurisprudencia/ 2005 • 2006. Gaceta Jurldica S.A.).
LA INDIVISION TIENE UNA CONNOTACION DE PROPIEDAD COLECTIVA, ASI TENEMOS QUE, A LA LUZ DE LAS NORMAS VIGENTES, LOS SUCESORES RESULTAN PROPIETARIOS PRO-INDIVISOS DE LOS BIENES COMUNES DE LA HERENCIA, EN PROPORCION A LA PARTE QUE TENGAN DERECHO LLAMANDOSE A ELLO CONDOMINIO
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Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Clases de créditos
1. FUNDACIÓN UNIVERSITARIA JUAN DE CASTELLANOS
PRELACIÓN DE CREDITOS
ANGELICA MARIA PULIDO MONROY
GRUPO 1 DIURNO – DERECHO
Docente: ANGELA PARRA
2. CLASES DE CRÉDITOS ORDEN DE PRELACIÓN Y RÉGIMEN
PRIMERA
CLASE
CRÉDITOS QUE COMPRENDE: Todos aquellos relacionados
en el código civil en los artículos 2495 modificado por el
artículo 36 de la ley 50 de 1990 y por el artículo 134 del
decreto 2737 de 1989.
1. Créditos laborales y créditos por alimentos de
menores
2. Costas judiciales
3. Expensas funerales
4. Gastos de enfermedad
5. Suministros alimentarios
6. Créditos fiscales
RÉGIMEN:
PREFERENCIA GENERAL: Estos créditos pueden hacerse
efectivos sobre todos los bienes embargables del deudor,
también a los bienes de segunda y tercera clase.
ORDEN DE PRELACIÓN:
TRANSFERENCIA DE LOS BIENES DEL DEUDOR: los bienes del
deudor tendrán efectos de pago mientras que estos hagan
parte del patrimonio del deudor. Según el artículo 2469 se
refiere a que los créditos enumerados en el artículo anterior
no pasaran a terceros poseedores.
SEGUNDA
CLASE
CRÉDITOS QUE COMPRENDE: Según el artículo 2497esta
clase pertenecen a las siguientes personas y sus debidos
créditos serán :
1. Los créditos del posadero
2. Los créditos del acarreador
3. Los créditos de prenda
RÉGIMEN:
PREFERENCIA GENERAL: hacen una relación de forma
exclusiva a los bienes legamente estipulados en dichos
créditos, cuales son los dados en prenda, cuales son los
introducidos en posad y cuáles son los transportados por el
acarreador.
3. TERCERA
CLASE
CRÉDITOS QUE COMPRENDE: En esta clase se clase de
créditos comprende los hipotecarios
RÉGIMEN:
PREFERENCIA GENERAL: Al igual que en el segundo caso
tiene una preferencia especial en razón a que conserva el
valor de los bienes gravados en su garantía de forma tal de
que si su valor no alcanza para satisfacerlos se convertirá en
un saldo absoluto pues ya no tiene referencia y pasara a ser
un crédito común.
CUARTA
CLASE
CRÉDITOS QUE COMPRENDE: los encontramos en el
artículo 2502 donde las clases de créditos son:
1. Créditos del físico
2. Los de los establecimientos de claridad o educación
3. Los de las mujeres casadas
4. Los de los hijos de familia
5. Lo de los pupilos en general
6. Los de los pupilos por el matrimonio de su madre o
abuela
RÉGIMEN:
PREFERNCIA GENERAL: Así como los créditos de primera
clase los de cuarta tienen preferencia general sobre los
bienes del deudor y no una preferencia especial solo sobre
ciertos y determinados bienes.
ORDEN DE PRELACIÓN:
Los créditos de cuarta clase solo entran a funcionar después
de estarpagos totalmente los tres créditos de las clases
anteriores.
4. QUINTA
CLASE
CRÉDITOS QUE COMPRENDE: Son los que no están
incluidos en ninguna de las anteriores clases mencionadas y
que según los artículos 2508 y 2509 no tienen ninguna
preferencia
1. Comunes
2. Batistas
3. Quirografarios
RÉGIMEN:
EL PRINCIPIO: Estos créditos ceden al paso a las cuatro
clases anteriores, se hacen efectivos frente a los bienes del
deudor, ya sea para satisfacerlos totalmente o no, estos
créditos de quinta clase solo se cubrirán a prorrata sobre el
sobrante de la masa cursada.