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Docente: Mg. Jean Marco Víctor Oviedo Grados
joviedog@ucvvirtual.edu.pe
UNIDAD I
SESION 01
EL CONFLICTO
TEMATICA
EL CONFLICTO
 Definición, fuentes y formas del
conflicto
 Formas de solución.
 Descongestionamiento de los
Tribunales de justicia.
 Tratamiento normativo en el
Código Civil y en la Constitución
Política.
3
 BURTON, considera el conflicto, como un elemento
esencial creativo en las relaciones humanas. Si se
suprimiese, la sociedad se convertiría en estática. La
cuestión reside entonces, en saber resolver los
conflictos, la satisfacción de las partes implicadas
por ellas mismas.
 Burton, Jhon. World Society. Cambridge, 1972.
International Conflict Resolution: Theory and
Practice. Harvester, 1986. Global Conflict, pag. 125
4
 TEORÍA MARXISTA: Se basa en las
diferencias socioeconómicas, siguiendo una
lógica determinista que da por sentado su
inevitabilidad.
 TEORÍA DE LA GESTIÓN: También reconoce la
inevitabilidad del conflicto como parte de la
naturaleza humana, pero orienta lo dinámico y
litigioso de él, hacia espacios que lo mantengan
por debajo de los umbrales de una relación
agresiva. 5
Teoría de la transformación:
Destaca la naturaleza
dialéctica del proceso del
conflicto considerándolo
parte de las relaciones
humanas y propulsor social
hacia el cambio.
6
TEORIA BIOLOGICA
Naturaleza del ser humano.
Factor determinante:
agresión y competición
TEORIA PSICOSOCIOLOGICA
Factores subjetivos
TEORIA ESTRUCTURALISTA
Factores: incompatibilidad
de intereses y objetivos
personales.
7
TEORIA DEL
CONFLICTO
 a) Teoría Biológica.- Esta teoría considera que la fuente
del conflicto se encuentra en la naturaleza del ser
humano, siendo uno de los factores determinantes la
agresividad y competición de este ser humano.
Cuando nos referimos a agresividad, lo hacemos en los
actos de violencia o que sin violentar causen daño a
otro, u otro se sienta dañado.
 b) Teoría Psico- sociológica.- Considera que la fuente
del conflicto está en la naturaleza del hombre. Los
conflictos se encuentran muchas veces ligados a
factores subjetivos y muchas veces son como
consecuencia DE LA MALA PERCEPCIÓN DE LOS
OBJETIVOS DE LAS PARTES, DE UNA POBRE
COMUNICACIÓN Y DE PROCESOS INCONSCIENTES
EN LAS MISMAS.
 c) Teoría Estructuralista.- Según esta teoría,
los conflictos sociales no están reducidos a la
naturaleza humana, dado que tienen una
existencia objetiva, su naturaleza está en la
estructura social en el ámbito nacional o
internacional en la cual se desenvuelve el
ser humano.
En este sentido, el conflicto surge por la
incompatibilidad de intereses y objetivos de
las personas, los cuales se originan en la
naturaleza de ciertas sociedades y en su
estructuración.
SITUACIÓN EN LA QUE DOS O
MÁS PARTES CONSIDERAN TENER
INTERESES INCOMPATIBLES,
PRODUCIÉNDOSE UNA
CONFRONTACIÓN.
Definición de Conflicto
Social.-
 Percibida divergencia
de intereses.
 Relación de
incompatibilidad o
mutua exclusión entre
dos o más elementos
de un conjunto.
 Fenómeno que puede
tener lugar entre
individuos, grupos y
naciones, inherentes a
la naturaleza humana
11
DEFINICIONES
DEFINICIÓN DE CONFLICTO
La palabra conflicto, viene de la voz latina
conflictus que deriva a su vez del verbo confluyere,
que significa combatir, luchar, pelear. El conflicto es
un fenómeno social que expresa oposición de
intereses
Folberg y Taylor “definen el conflicto como un
conjunto de propósitos, métodos o conductas
divergentes”
“…Una percibida divergencia de intereses, para que
haya conflicto bastará que alguna de las partes
perciba, sienta, que sus intereses no son compatibles
con los de sus ciudadanos”(CAIVANO ROQUE)
Los conflictos son aquellas situaciones
en las cuales los intereses de las partes
o sus necesidades no son coincidentes,
pero si interdependientes, de manera que
su satisfacción depende de la conducta que
las partes adopten mutuamente
En el sentido jurídico, el conflicto es aquel
que nace como consecuencia de una
contraposición de derechos y
obligaciones de las partes, existiendo
pretensiones distintas respecto de un
Laborales Individuales y
colectivos
Mediables Disputas /marco de la
mediación
No mediables No resueltas por
MARC’S, por
encontrarse
comprometido el
orden público.
Confrontación Enfrentamiento, marco
leal, honrado y
pacífico
14
CLASES DE
CONFLICTOS
De derecho Laboral
Intereses Económicos/
Negociación
Individual Interés
propio del
afectado
Las partes Interno y entre
las partes
15
CLASES DE
CONFLICTOS
COMPETIR Distributiva o
posicional
CEDER Hacemos lo de la
otra parte
COMPROMETERSE Suma fija
Ninguno pierde
Ninguno gana
COLABORAR Negociación
integrativa o
principista
EVITAR Evitar el conflicto
16
ACTITUDES ANTE EL
CONFLICTO
* Modelo de Blake y Morton
IMPORTANCIA Rescatar aspectos
positivos (+).
Permiten: Soluciones
Progreso
Desarrollo
17
Conflicto  Controversia
General Proceso Judicial
 Hechos
 Información
 Recursos escasos
 Necesidades Humanas
Básicas
 Interrelación
 Valores
 Estructuras
18
FUENTES DEL
CONFLICTO
Los Hechos.- El conflicto surge por un
desacuerdo sobre lo que es, es decir, debido a
cómo las partes perciben lo que es (la
realidad) de diferentes formas, desde su propia
perspectiva. Los principales generadores del
conflicto son los juicios y las percepciones.
La Información.- LA FALTA O ESCASA
INFORMACIÓN SOBRE DETERMINADO
ASUNTO PUEDE ORIGINAR UN
CONFLICTO. Así mismo, el desacuerdo sobre
que si la información es legítima o ilegítima,
o que dato es importante y la comunicación es
accidentada surgirá una disputa o conflicto.
Los Recursos Escasos.- Los conflictos
pueden surgir cuando los recursos son
escasos y, además, mal distribuidos.
El desacuerdo se produce sobre quien
obtendrá que cosa o que beneficio
cuando la distribución de los recursos
escasos se haya realizado. La escasez
no se da exclusivamente sobre bienes
tangibles (dinero, vivienda, etc) sino
también sobre bienes intangibles (poder,
status, imagen, etc)
Las necesidades humanas básicas.- Es el
desacuerdo en cuanto a que debe satisfacerse o
respetarse para que la persona se desarrolle
personal y socialmente en la comunidad. Se
encuentran comprendidas dentro de ellas, los
alimentos, el respeto, la autoestima, la vivienda, etc.
La Relación.- Provenientes del estilo de
interacción entre las partes, la calidad de
comunicación, emociones negativas, percepciones
falsas o estereotipadas. Es decir, las emociones o
percepciones mutuas son deterioradas o
equivocadas, lo cual hace surgir el conflicto.
Los valores .- Desacuerdo sobre lo que debería
ser para cada una de las partes. Son causados
por sistemas de creencias incompatibles o
percibidas como incompatibles.
La Estructura.- El conflicto surge por la forma
como se ha conformado una estructura dentro
de la cual interactúan las partes en conflicto, LO
CUAL FOMENTA LA DESIGUALDAD U
OPRESIÓN. Estas estructuras están
configuradas muchas veces por fuerzas externas
a la gente en conflicto, recursos, tiempo,
estructura organizativa, etc. Y cada una de ellas
promueve con frecuencia conductas conflictivas.
primarias
a) Las partes secundarias
o grupos terceros o
interesados
b) Las relaciones de
interdependencia
c) Las percepciones y
emociones
d) Intereses y necesidades
e) Comportamientos
conflictivos
23
ELEMENTOS DEL
CONFLICTO
LAS PARTES.- Está referida a las personas
involucradas en un conflicto y las cuales podemos
clasificarlas en tres niveles:
Partes primarias: son aquellas partes cuyos
objetivos son percibidos como incompatibles y que
actúan directamente en el conflicto, en la búsqueda
de sus objetivos.
Partes secundarias: son aquellas que tienen
interés indirecto en la resolución de los conflictos,
pero no se sienten directamente involucradas.
Generalmente estas personas ayudan moral, militar,
económicamente al menos a una de las partes
primarias (aliados).
En cuanto al conflicto, evolucionan las
partes primarias, pueden convertirse en
partes secundarias y viceversa.
Partes interesadas o terceros.- son
aquellos que tienen un interés en la
resolución exitosa de un conflicto. Ej. Los
mediadores, consejeros o cierta
organización.
LA RELACIÓN DE INTERDEPENDENCIA.- La solución de un
conflicto depende de la conducta que adopten mutuamente las
partes, una frente al otro con relación al conflicto. En todo conflicto
debe existir cierto grado de interés conciente e inconciente en la
solución del problema, asimismo, está referida a que las partes
involucradas son las únicas con potestad para poder ponerle
fin. La relación de interdependencia será mayor o menor con
relación a la necesidad de solucionar el conflicto o en el perjuicio
que este ocasiona de no ser solucionado. Los participantes
deben aprender uno de otros para poder satisfacer sus
necesidades o intereses.
Las percepciones y las emociones .- Son los condicionantes
psicológicos para la existencia de un conflicto y que deben ser
adecuadamente manejados a efectos de evitar que el conflicto
escale hacia la violencia.
Deben ser reconocidos por el conciliador para ayudar a las partes a
encaminar el conflicto hacia la solución.
PERCEPCIÓN.- Cada una de las personas aprecia la
realidad de diferente manera, lo que a menudo genera
problemas. Es por ello que en una situación conflictiva las
partes desarrollan una serie de procesos que distorsionan
la imagen de la contraparte o la realidad y asumen
posiciones de víctimas frente a la otra. Así en el desarrollo
de una audiencia conciliadora, las partes traen consigo un
conjunto de percepciones, prejuicios y premisas.
El conciliador debe de comprender como piensa y aprecia
las cosas cada una de las partes. Será determinante
descubrir la manera como ven la realidad ya que de ello
dependerá como la interpretan. Esto permitirá al conciliador
ayudar a definir una estrategia que le ayude a manejar el
problema y encontrar puntos comunes, de coincidencia, de
intercambio, muchas veces mal interpretados a causa de la
forma particular en que cada uno percibe las cosas
EMOCIÓN.- Las emociones son fuertes condicionantes de las
acciones y actitudes, son una variante constante en una
situación de conflicto. Es evidente que la carga emotiva de los
conflictos produce una agravamiento hacia una confrontación cada
vez mas hostil.
En una audiencia de conciliación las partes vienen generalmente
con una carga emotiva o afectiva producto de una historia
conflictiva intrincada.
Es conveniente reconocer y comprender las emociones de las
partes para permitir ventilarlas, a fin de que se canalicen
productivamente; esto es necesario, pues la mayoría de las
emociones son negativas y a menos que el conciliador las tome en
cuenta, las partes se verán impedidas de comunicarse
efectivamente y llegar a un acuerdo.
Las emociones deben ser manejadas primero, antes que
cualquier otro asunto.
Cuando una persona experimenta sentimientos muy fuertes su
prioridad no recae en buscar soluciones a los problemas sino a ser
escuchado
LOS INTERESES O NECESIDADES.- Usualmente,
todo conflicto es reflejado por las partes en
posiciones, de donde se encuentran subyacente
los intereses o necesidades.
LOS COMPORTAMIENTOS CONFLICTIVOS.- Las
personas frente a un conflicto pueden asumir
diferentes comportamientos y muchas veces
negativos. Son las conductas o acciones
llevadas a cabo por una parte con el fin de que
el otro modifique o abandone sus objetivos.
Los comportamientos se manifiestan a través de actitudes
(posturas, gestos, estilos, estrategias y tácticas) de las
personas protagonistas del conflicto, las cuales han sido
objeto de numerosos estudios en el campo de la psicología,
habiéndose determinado que existe un modelo de
comportamiento, basado en cinco patrones:
a) Competir .- Imponer o forzar (consiste en persuadir al
otro para que acepte su solución, amenazarlo, imponer
sanciones, etc). Mantenemos una posición firme hasta
obtener un ganador – perdedor.
b) Inacción .- Evitar la acción o retirarse, se decide no
hacer nada, pues no se desea satisfacer sus intereses
ni que la otra parte satisfaga los suyos, aparentemente
vivimos en un clima de tranquilidad, pero existe un conflicto
latente.
c) Acceder .- Ceder, acomodar, es decir, que una de las
partes es condescendiente con la otra y desea
satisfacer sus intereses sin tener en cuenta los propios,
puede producirse por razones desinteresadas y altruistas o
por razones instrumentales, se accede para obtener un
beneficio posterior.
d) Transigir .- Convenir, negociar, busca un punto
medio en la satisfacción de intereses, por lo menos, una
parte de los intereses y necesidades de ambos será
atendidas.}
e) Resolver .- Aquí, el comportamiento de una de las partes
o de ambas ES COLABORATIVO entre las partes a fin de
buscar una solución que satisfaga al máximo sus intereses.
Se obtiene ganador – ganador.
a. Leves diferencias
b. Desacuerdos
c. Disputas
d. Campañas
e. Litigios
f. Peleas o Guerras
32
ESPECTRO DEL
CONFLICTO
Está Compuesto de seis etapas y cada una mal
manejadas, inadecuadamente resuelto o
indirectamente irresuelto, puede escalar a la
siguiente etapa:
a) LEVES DIFERENCIAS.- Pequeñas diferencias,
limitada coalisión de intereses.
b) DESACUERDOS.- Las leves diferencias
irresueltas se convierten en posiciones, en los cuales
existen intereses ocultos.
c) DISPUTAS.- Los desacuerdos no resueltos de las
partes producen discusiones mas acaloradas y las
posiciones mas obstinadas
d) CAMPAÑA.- Las partes empiezan a
involucrar a mas participantes en el conflicto.
e) LITIGIOS.- Las posturas de las partes son
mas adversariales y son obligados por ley o
la autoridad a derivar la solución de un
conflicto o tercero.
f) PELEAS O GUERRAS.- Se caracteriza por
la presencia de violencia física o psicológica.
CICLO DEL CONFLICTO
Estancamiento
Escalada
Desescalada
35
Las situaciones conflictivas evolucionan
cíclicamente, y está compuesto por tres
etapas:
1.- La escalada.- Criterio ganar –
perder.
2.- El estancamiento.- Sin esperanza.
3.- La desescalada.- Se reduce la
intensidad
Cuando advertimos una tendencia
de la relación a volverse cada vez
más conflictiva la llamada "escalada
del conflicto" y, al contrario, "la
desescalada" se produce cuando la
tendencia de la relación apunta a la
disminución del conflicto.
37
a) Adversial
Ganador-Perdedor
a) Negocial = Cooperativo
Ganador - Ganador
38
ORIENTACIONES
HACIA EL CONFLICTO
Evidenciamos, dos orientaciones de las partes o
personas hacia el conflicto:
1.- ADVERSARIAL.- Se adopta
comportamiento competitivo, mentalizando
la idea que debe haber un ganador –
perdedor. Se pretende maximizar una posición.
2.- NEGOCIAL.- Se adopta un
comportamiento cooperativo, buscando un
resultado mutuamente satisfactorio de los
intereses propios y de la otra parte. Ganador –
Ganador.
LA DIFERENCIA ENTRE LOS TÉRMINOS
CONFLICTO Y CONTROVERSIA
A continuación tenemos la distinción que hace el Dr.
JUAN MONROY GÁLVEZ :
"El conflicto no requiere factibilidad para ser
reconocido como presupuesto material de un
proceso, sólo es necesario que el demandante
afirme su existencia en la demanda. (...) La
controversia supone la discusión judicial del
conflicto".
FUENTE CONFLICTO CONTROVERSIA
Diccionario de la
Lengua Española
- Antagonismo, pugna, oposición.
- Desacuerdo entre personas o cosas.
- Punto en que aparece dudoso el resultado de una
pelea.
- Polémica, discusión larga y detenida
sobre un asunto o punto por lo general
referido a la doctrina.
Diccionario
Salamanca de la
Lengua Española
(Universidad de
Salamanca)
- Lucha o desacuerdo entre personas o cosas.
- Situación difícil o desgraciada que no tiene
solución o salida sencillas.
- Discusión larga y continuada entre
personas con diferentes opiniones.
- Sinónimo de polémica, debate.
Guillermo Cabanellas
y Mozart Victor
Russomano en "Los
Conflictos Colectivos
de Trabajo y su
Solución"
- Es la disputa en su punto más recio.
- Los conflictos son medios de lucha, medidas
de acción directa y personal de quien se hace
justicia por su propia mano.
- En la controversia las partes enfrentadas
están dispuestas, en plano de
razonamiento, a oponer sus propias
argumentaciones a las del adversario.
- Del conflicto puede llegarse a la
controversia, que es como una tregua en
una lucha abierta y en que se encuentran
diferentes procedimientos para buscar la
solución necesaria.
Diccionario de
Términos Jurídicos,
Tomo I.
Pedro Flores Polo
- Conflicto de Intereses:
a- Intereses contrapuestos.
b- Colisión de derechos o pretensiones jurídicas
en que las partes no ceden.
- Litigio. Diferencia.
Diccionario
Enciclopédico de
Derecho Usual,
Tomo II.
Guillermo
Cabanellas
- Guerra, lucha. Lo más recio o incierto de la
batalla, combate o contienda.
- Oposición de intereses en
que las partes no ceden.
- Choque o colisión de
derechos o pretensiones.
- Situación difícil.
- Antagonismo, oposición.
- Larga y porfiada discusión.
- Divergencia grave entre las aspiraciones
y actitudes de los estados.
- Pleito, litigio.
Diccionario Jurídico
ABELEDO -
PERROT,
Tomo I.
José Alberto Garrone
- En general, posición y choque de intereses
entre distintos sujetos de derecho. Pueden ser
personas físicas o jurídicas, de Derecho
Público o de Derecho Privado.
- Deriva del latín CONFLICTUS y a su vez de
CONFLIGERE: Chocar, golpearse entre sí.
- Contienda.
Diccionario
Jurídico ,Tomo II.
Gonzalo Fernández
de León
- Discusión. Cuestión Jurídica sobre
alguna acción o derecho entablada entre
dos o más personas.
•Intereses propios de las partes.
Factor común
•Competitividad, reacciones emocionales, sensación de
injusticia.
Factor
Psicológico
•Subjetividad.
Factor personal
•Conforme al Conflicto.
Factor
cambiante
•Comunicación deficiente
Conflicto
Fuente - Relación
•Diferencia ideológica, cultural, religiosa.
Conflicto
Fuente - Valor
•Escases de recursos para satisfacer
necesidades.
Conflicto
Fuente - Interés
•Diferentes contextos sociales, políticos,
económicos.
Conflicto
Fuente - Contexto
CONFLICTO
PROGRESO
DESARROLLO
SATISFACCION
DE LAS PARTES
•Acuerdo mutuo
GANADOR - GANADOR
•Una de las partes obtiene provecho en
desmedro de los intereses de la otra parte.
GANADOR - PERDEDOR
•El conflicto trasciende.
PERDEDOR - PERDEDOR
Heterocompositivo
Tercero
Negociación Conciliación Arbitraje Proceso Judicial
Autocompositivo
Las partes
•Una tercera persona impone la
solución del problema.
HETEROCOMPOSITIVO
•Entre las partes se soluciona el
problema de forma voluntaria y
de común acuerdo.
AUTOCOMPOSITIVO
Esto permitirá descongestionar la carga de trabajo de las
dependencias judiciales, equilibrando su capacidad operativa con la
demanda de la población, y sobre todo elevará la calidad del servicio
que brinda. Los MASC´S pueden resultar en la gran mayoría de los
casos una opción eficiente para resolver conflictos, por su bajo
costo, tiempo, atención a los intereses de las partes y manejo
adecuado de las relaciones interpersonales.
Recurrir ante el Poder Judicial con el fin de encontrar una solución
definitiva a aquellos conflictos que aparentemente escapan a nuestra
capacidad de solución, y digo "aparentemente" porque muchos de
estos conflictos han podido ser solucionados por las mismas partes
si es que éstas lo hubiesen realmente intentado, en un ánimo sincero
por buscar una solución que las beneficie por igual, lo cual en
realidad no sucede, todo lo contrario, recurren a los abogados y
éstos las llevan a los juzgados en procesos engorrosos que merman
su economía y aumentan la conflictividad entre ellas degenerando
más la relación que alguna vez tuvieron.
Esta situación se califica como "EL CÍRCULO VICIOSO DE
LA INSATISFACCIÓN DEL LITIGANTE", característica
natural del manejo tradicional de los conflictos ante los
juzgados, que se origina con la insatisfacción de las partes
ante determinada situación conflictiva por lo que recurren a
los abogados quienes plantean estrategias y objetivos ante
los juzgados, en los cuales los jueces deciden en definitiva
los conflictos, estas soluciones finales son dirigidas a las
partes, creándose en la mayoría de los casos una situación
ganador - perdedor entre las partes, en otros casos ambas
partes se sienten perdedoras, pero en definitiva en muy
pocos casos ambas partes se sienten satisfechas con
la solución final dada a su conflicto, por lo que en el
mejor de los casos la situación de insatisfacción entre
las partes se mantiene
El Poder Judicial es importante e indispensable para
la vida en sociedad, al proponer los MASC´S o
MARCS no se busca reemplazarlo o desplazarlo a
un segundo o tercer plano, LO QUE SE BUSCA EN
ESENCIA ES QUE SÓLO ACCEDAN A LOS
JUZGADOS AQUELLOS CONFLICTOS QUE POR
SU COMPLEJIDAD Y POR LA GRAVEDAD DE
SUS EFECTOS NO PUEDEN O NO DEBEN SER
SOLUCIONADOS POR LAS PARTES
INVOLUCRADAS, y además, y esto es muy
importante, su eficaz solución es importante para
mantener la estabilidad jurídica y la vida pacífica en
sociedad, por lo que el Poder Judicial no puede
dejar de intervenir.
Una característica importante de la crisis del Poder
Judicial es que éste se ENCUENTRA SATURADO,
el número de causas que llegan a los despachos de
los jueces escapan a todo nivel a su capacidad de
solución eficaz de las mismas, es decir, al final los
jueces resuelven pero se demoran al hacerlo y esta
demora perjudica a las partes de muchas formas, a
esto hay que agregar que en muchos casos la
calidad de lo resuelto deja mucho que desear y
también perjudica a las partes, en consecuencia, se
mantiene o aumenta la insatisfacción de éstas.
Sobre la crisis del Poder Judicial, el 18 de octubre del 2001 se
publicó en el diario El Comercio un artículo titulado "El
Hacinamiento Asfixia el Edificio del Poder Judicial", escrito por
José Santillán Arruz, donde se destaca el pedido del Presidente de la
Corte Superior de Lima para que se declare en emergencia la actual
sede del Poder Judicial - antes Ministerio de Educación - y se
reubiquen los 62 juzgados civiles; en este artículo este autor señala
diez grandes problemas del Sistema de Administración de Justicia,
de los cuales resaltan los siguientes tres para efectos de este trabajo:
"1- La carga procesal es el más serio problema que enfrentan los
despachos judiciales que forman parte de la jurisdicción de la Corte
Superior de Lima.
2- En los juzgados civiles, por ejemplo, hasta fines de agosto de
este año (2001) había una carga procesal de 28,111 expedientes
judiciales, de los cuales sólo se resolvieron 5,188.
3- En los juzgados laborales: 12,343 expedientes como carga
procesal y 820 resueltos".
Sobre la situación del Poder Judicial en el Perú
y el nivel de accesibilidad para las partes,
Rosely E. Shirakawa Okuma, la resume así:
"En el Perú, por ejemplo, el
costo de los procesos judiciales, tanto en
tiempo como en el aspecto económico, son
bastante altos y por lo tanto
desalentadores, la tradicional forma de
alcanzar justicia es insuficiente y no logra
satisfacer las necesidades de la sociedad,
lo cual hace difícil que un Estado de
Derecho logre mantener su estabilidad".
MARCO CARBAJAL CARBAJAL, desarrolla también
el tema de la crisis del Poder Judicial:
"La crisis del sistema administrador de
justicia parece ser el denominador común en todos los
países de este lado del continente, no siendo una
excepción el nuestro. La sobrecarga procesal, la
dilación en la resolución de los conflictos y la
desconfianza en los fallos jurisdiccionales parecen ser
los problemas que con mayor frecuencia afectan a
este servicio. Por herencia o como legado maldito
arrastramos la costumbre que a todo conflicto le
corresponde un proceso o que entre ambos existe una
relación directamente proporcional, pues hasta la mínima
distensión social subyacente deseamos someterlo a la
decisión judicial".
Marco Carbajal Carbajal, afirma que "en rigor somos
parte de una cultura de litigiosidad, en la cual aún
pervive la vieja creencia que el proceso es el único
medio capaz de solucionar las diferencias entre los
hombres", ejemplos de esta cultura tenemos varios, como
los siguientes:
• El inquilino que debe desocupar el inmueble pero no lo
hace y espera a que lo desalojen, logrando vivir casi
gratis y a la vez perjudicando al propietario.
• El padre que debe dar Pensión de Alimentos para su
menor hijo, pero que se niega y espera a que el Juez se
lo ordene.
• Situación similar la del empresario que debe dar la C.T.S.
o los Beneficios Sociales a su ex empleado al final de la
relación laboral y no lo hace, esperando a que éste lo
demande y finalmente el Juez ordene el pago
Roque J. Caivano, al referirse a la crisis del
Poder Judicial señala:
"LA NECESIDAD DE BUSCAR
ALTERNATIVAS AL SISTEMA DE JUSTICIA
ADVERSARIAL TIENE AL MENOS DOS
FUENTES. POR UN LADO, LA
SOBRECARGA DE LOS TRIBUNALES; Y
POR EL OTRO, LA REAL Y EFECTIVA
SATISFACCIÓN DE LOS INTERESES DE
LAS PARTES".
El jurista Roque J. Caivano señala:
"El sistema estatal de justicia está
en estado de crisis terminal, está
<<COLAPSANDO>>, virtualmente paralizado y
como consecuencia de todo ello, el Poder Judicial
está perdiendo prestigio en la comunidad. A los ojos
del ciudadano común, la Justicia estatal no cumple
su función primordial, siendo imposible concebir en
esas condiciones la prestación de un servicio de
justicia mínimamente eficiente".
Proceso Judicial La Conciliación
Nivel de solución Pretensiones/posiciones
contenidas en la demanda,
Contestación y reconvención
Problemas contenidos
dentro y fuera de
solicitud
Criterio de Solución La ley aplicable. Criterios flexibles.
Atmósfera Adversarial Cooperativa
Orientación del
conflicto
Hacia la discusión del pasado. Hacia la búsqueda de
solución a futuro.
Control del Proceso Vertical Horizontal
EN EL CODIGO CIVIL:
a) Derecho de la mujer a llevar el apellido del
marido Artículo 24.-(…)Tratándose de separación
de cuerpos, la mujer conserva su derecho a llevar
el apellido del marido. En caso de controversia
resuelve el juez.
b) Impedimentos para ejercer tutoría Artículo 515.-
No pueden ser tutores: (…) 4.-Los que tengan en
un pleito propio, o de sus ascendientes,
descendientes o cónyuge, interés contrario al del
menor, a menos que con conocimiento de ello
hubiesen sido nombrados por los padres.
EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA:
a)Derechos colectivos del trabajador. Derecho
de sindicación, negociación colectiva y
derecho de huelga
Artículo 28.-El Estado reconoce los derechos de
sindicación, negociación colectiva y huelga.
Cautela su ejercicio democrático: (…) 2.
Fomenta la negociación colectiva y promueve
formas de solución pacífica de los conflictos
laborales.
b) Libertad de contratar Artículo 62.-
(…) Los conflictos derivados de la relación
contractual sólo se solucionan en la vía
arbitral o en la judicial, según los
mecanismos de protección previstos en el
contrato o contemplados en la ley.
Principios de la Administración de Justicia
Artículo 139.-Son principios y derechos de la
función jurisdiccional: (…) 11. La aplicación de
la ley más favorable al procesado en caso de
duda o de conflicto entre leyes penales. e)
Atribuciones del Tribunal Constitucional
Artículo 202.- Corresponde al Tribunal
Constitucional: (…)3. Conocer los conflictos
de competencia, o de atribuciones asignadas
por la Constitución, conforme a ley.
CAPITULO VIII
PODER JUDICIAL
Artículo 139.- Son principios y derechos de la función
jurisdiccional:
1. La unidad y exclusividad de la función jurisdiccional.
No existe ni puede establecerse jurisdicción alguna
independiente, con excepción de la militar y la
arbitral.
En la Constitución Política del Perú, se
plasma los diversos tratamientos de
conflictos, como por ejemplo de tipo laboral,
- sindicalismo - negociación colectiva que a
su vez nos lleva al Código procesal laboral,
entre otros, así como los conflictos
constitucionales entre estos: los habeas
corpus o acciones de amparo, etc. por
temas de afectación de derechos y los
Conflictos de tipo penal, delitos y faltas –
sanciones PPL. por contravenir el orden
público y las buenas costumbres.
Podemos concluir QUE LOS CONFLICTOS
SE GENERAN POR LAS PERCEPCIONES
DE INCOMPATIBILIDAD DE
INTERESES ENTRE LAS PERSONAS O
GRUPOS HUMANOS; son necesarios y
debemos aprender a enfrentarlos, pues
constituyen el motor del cambio social,
además, al ser resueltos favorablemente
mejoran las relaciones con el contexto
social y personal
1. MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE
CONFLICTOS EN EL PERU AUTOR: JOSE ALBERTO ESTELA
HUAMAN.
2. FRANCISCOVIK INGUNZA, Beatriz y TORRES ANGULO, Carlos.
La eficiencia de los medios alternativos o adecuados de
resolución de conflictos frente al sistema procesal civil. Tomado:
http:///www.derecho.usmp.edu.pe/sapere/edicion_4/articulos/08_T
orres_Angulo_Carlos_Franciskovic_Beatriz.pdf
“Nunca consideres el estudio como
una obligación, sino como una
oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del
saber.”
Albert Einstein.

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  • 1. Docente: Mg. Jean Marco Víctor Oviedo Grados joviedog@ucvvirtual.edu.pe
  • 3. TEMATICA EL CONFLICTO  Definición, fuentes y formas del conflicto  Formas de solución.  Descongestionamiento de los Tribunales de justicia.  Tratamiento normativo en el Código Civil y en la Constitución Política. 3
  • 4.  BURTON, considera el conflicto, como un elemento esencial creativo en las relaciones humanas. Si se suprimiese, la sociedad se convertiría en estática. La cuestión reside entonces, en saber resolver los conflictos, la satisfacción de las partes implicadas por ellas mismas.  Burton, Jhon. World Society. Cambridge, 1972. International Conflict Resolution: Theory and Practice. Harvester, 1986. Global Conflict, pag. 125 4
  • 5.  TEORÍA MARXISTA: Se basa en las diferencias socioeconómicas, siguiendo una lógica determinista que da por sentado su inevitabilidad.  TEORÍA DE LA GESTIÓN: También reconoce la inevitabilidad del conflicto como parte de la naturaleza humana, pero orienta lo dinámico y litigioso de él, hacia espacios que lo mantengan por debajo de los umbrales de una relación agresiva. 5
  • 6. Teoría de la transformación: Destaca la naturaleza dialéctica del proceso del conflicto considerándolo parte de las relaciones humanas y propulsor social hacia el cambio. 6
  • 7. TEORIA BIOLOGICA Naturaleza del ser humano. Factor determinante: agresión y competición TEORIA PSICOSOCIOLOGICA Factores subjetivos TEORIA ESTRUCTURALISTA Factores: incompatibilidad de intereses y objetivos personales. 7 TEORIA DEL CONFLICTO
  • 8.  a) Teoría Biológica.- Esta teoría considera que la fuente del conflicto se encuentra en la naturaleza del ser humano, siendo uno de los factores determinantes la agresividad y competición de este ser humano. Cuando nos referimos a agresividad, lo hacemos en los actos de violencia o que sin violentar causen daño a otro, u otro se sienta dañado.  b) Teoría Psico- sociológica.- Considera que la fuente del conflicto está en la naturaleza del hombre. Los conflictos se encuentran muchas veces ligados a factores subjetivos y muchas veces son como consecuencia DE LA MALA PERCEPCIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LAS PARTES, DE UNA POBRE COMUNICACIÓN Y DE PROCESOS INCONSCIENTES EN LAS MISMAS.
  • 9.  c) Teoría Estructuralista.- Según esta teoría, los conflictos sociales no están reducidos a la naturaleza humana, dado que tienen una existencia objetiva, su naturaleza está en la estructura social en el ámbito nacional o internacional en la cual se desenvuelve el ser humano. En este sentido, el conflicto surge por la incompatibilidad de intereses y objetivos de las personas, los cuales se originan en la naturaleza de ciertas sociedades y en su estructuración.
  • 10. SITUACIÓN EN LA QUE DOS O MÁS PARTES CONSIDERAN TENER INTERESES INCOMPATIBLES, PRODUCIÉNDOSE UNA CONFRONTACIÓN. Definición de Conflicto Social.-
  • 11.  Percibida divergencia de intereses.  Relación de incompatibilidad o mutua exclusión entre dos o más elementos de un conjunto.  Fenómeno que puede tener lugar entre individuos, grupos y naciones, inherentes a la naturaleza humana 11 DEFINICIONES
  • 12. DEFINICIÓN DE CONFLICTO La palabra conflicto, viene de la voz latina conflictus que deriva a su vez del verbo confluyere, que significa combatir, luchar, pelear. El conflicto es un fenómeno social que expresa oposición de intereses Folberg y Taylor “definen el conflicto como un conjunto de propósitos, métodos o conductas divergentes” “…Una percibida divergencia de intereses, para que haya conflicto bastará que alguna de las partes perciba, sienta, que sus intereses no son compatibles con los de sus ciudadanos”(CAIVANO ROQUE)
  • 13. Los conflictos son aquellas situaciones en las cuales los intereses de las partes o sus necesidades no son coincidentes, pero si interdependientes, de manera que su satisfacción depende de la conducta que las partes adopten mutuamente En el sentido jurídico, el conflicto es aquel que nace como consecuencia de una contraposición de derechos y obligaciones de las partes, existiendo pretensiones distintas respecto de un
  • 14. Laborales Individuales y colectivos Mediables Disputas /marco de la mediación No mediables No resueltas por MARC’S, por encontrarse comprometido el orden público. Confrontación Enfrentamiento, marco leal, honrado y pacífico 14 CLASES DE CONFLICTOS
  • 15. De derecho Laboral Intereses Económicos/ Negociación Individual Interés propio del afectado Las partes Interno y entre las partes 15 CLASES DE CONFLICTOS
  • 16. COMPETIR Distributiva o posicional CEDER Hacemos lo de la otra parte COMPROMETERSE Suma fija Ninguno pierde Ninguno gana COLABORAR Negociación integrativa o principista EVITAR Evitar el conflicto 16 ACTITUDES ANTE EL CONFLICTO * Modelo de Blake y Morton
  • 17. IMPORTANCIA Rescatar aspectos positivos (+). Permiten: Soluciones Progreso Desarrollo 17 Conflicto  Controversia General Proceso Judicial
  • 18.  Hechos  Información  Recursos escasos  Necesidades Humanas Básicas  Interrelación  Valores  Estructuras 18 FUENTES DEL CONFLICTO
  • 19. Los Hechos.- El conflicto surge por un desacuerdo sobre lo que es, es decir, debido a cómo las partes perciben lo que es (la realidad) de diferentes formas, desde su propia perspectiva. Los principales generadores del conflicto son los juicios y las percepciones. La Información.- LA FALTA O ESCASA INFORMACIÓN SOBRE DETERMINADO ASUNTO PUEDE ORIGINAR UN CONFLICTO. Así mismo, el desacuerdo sobre que si la información es legítima o ilegítima, o que dato es importante y la comunicación es accidentada surgirá una disputa o conflicto.
  • 20. Los Recursos Escasos.- Los conflictos pueden surgir cuando los recursos son escasos y, además, mal distribuidos. El desacuerdo se produce sobre quien obtendrá que cosa o que beneficio cuando la distribución de los recursos escasos se haya realizado. La escasez no se da exclusivamente sobre bienes tangibles (dinero, vivienda, etc) sino también sobre bienes intangibles (poder, status, imagen, etc)
  • 21. Las necesidades humanas básicas.- Es el desacuerdo en cuanto a que debe satisfacerse o respetarse para que la persona se desarrolle personal y socialmente en la comunidad. Se encuentran comprendidas dentro de ellas, los alimentos, el respeto, la autoestima, la vivienda, etc. La Relación.- Provenientes del estilo de interacción entre las partes, la calidad de comunicación, emociones negativas, percepciones falsas o estereotipadas. Es decir, las emociones o percepciones mutuas son deterioradas o equivocadas, lo cual hace surgir el conflicto.
  • 22. Los valores .- Desacuerdo sobre lo que debería ser para cada una de las partes. Son causados por sistemas de creencias incompatibles o percibidas como incompatibles. La Estructura.- El conflicto surge por la forma como se ha conformado una estructura dentro de la cual interactúan las partes en conflicto, LO CUAL FOMENTA LA DESIGUALDAD U OPRESIÓN. Estas estructuras están configuradas muchas veces por fuerzas externas a la gente en conflicto, recursos, tiempo, estructura organizativa, etc. Y cada una de ellas promueve con frecuencia conductas conflictivas.
  • 23. primarias a) Las partes secundarias o grupos terceros o interesados b) Las relaciones de interdependencia c) Las percepciones y emociones d) Intereses y necesidades e) Comportamientos conflictivos 23 ELEMENTOS DEL CONFLICTO
  • 24. LAS PARTES.- Está referida a las personas involucradas en un conflicto y las cuales podemos clasificarlas en tres niveles: Partes primarias: son aquellas partes cuyos objetivos son percibidos como incompatibles y que actúan directamente en el conflicto, en la búsqueda de sus objetivos. Partes secundarias: son aquellas que tienen interés indirecto en la resolución de los conflictos, pero no se sienten directamente involucradas. Generalmente estas personas ayudan moral, militar, económicamente al menos a una de las partes primarias (aliados).
  • 25. En cuanto al conflicto, evolucionan las partes primarias, pueden convertirse en partes secundarias y viceversa. Partes interesadas o terceros.- son aquellos que tienen un interés en la resolución exitosa de un conflicto. Ej. Los mediadores, consejeros o cierta organización.
  • 26. LA RELACIÓN DE INTERDEPENDENCIA.- La solución de un conflicto depende de la conducta que adopten mutuamente las partes, una frente al otro con relación al conflicto. En todo conflicto debe existir cierto grado de interés conciente e inconciente en la solución del problema, asimismo, está referida a que las partes involucradas son las únicas con potestad para poder ponerle fin. La relación de interdependencia será mayor o menor con relación a la necesidad de solucionar el conflicto o en el perjuicio que este ocasiona de no ser solucionado. Los participantes deben aprender uno de otros para poder satisfacer sus necesidades o intereses. Las percepciones y las emociones .- Son los condicionantes psicológicos para la existencia de un conflicto y que deben ser adecuadamente manejados a efectos de evitar que el conflicto escale hacia la violencia. Deben ser reconocidos por el conciliador para ayudar a las partes a encaminar el conflicto hacia la solución.
  • 27. PERCEPCIÓN.- Cada una de las personas aprecia la realidad de diferente manera, lo que a menudo genera problemas. Es por ello que en una situación conflictiva las partes desarrollan una serie de procesos que distorsionan la imagen de la contraparte o la realidad y asumen posiciones de víctimas frente a la otra. Así en el desarrollo de una audiencia conciliadora, las partes traen consigo un conjunto de percepciones, prejuicios y premisas. El conciliador debe de comprender como piensa y aprecia las cosas cada una de las partes. Será determinante descubrir la manera como ven la realidad ya que de ello dependerá como la interpretan. Esto permitirá al conciliador ayudar a definir una estrategia que le ayude a manejar el problema y encontrar puntos comunes, de coincidencia, de intercambio, muchas veces mal interpretados a causa de la forma particular en que cada uno percibe las cosas
  • 28. EMOCIÓN.- Las emociones son fuertes condicionantes de las acciones y actitudes, son una variante constante en una situación de conflicto. Es evidente que la carga emotiva de los conflictos produce una agravamiento hacia una confrontación cada vez mas hostil. En una audiencia de conciliación las partes vienen generalmente con una carga emotiva o afectiva producto de una historia conflictiva intrincada. Es conveniente reconocer y comprender las emociones de las partes para permitir ventilarlas, a fin de que se canalicen productivamente; esto es necesario, pues la mayoría de las emociones son negativas y a menos que el conciliador las tome en cuenta, las partes se verán impedidas de comunicarse efectivamente y llegar a un acuerdo. Las emociones deben ser manejadas primero, antes que cualquier otro asunto. Cuando una persona experimenta sentimientos muy fuertes su prioridad no recae en buscar soluciones a los problemas sino a ser escuchado
  • 29. LOS INTERESES O NECESIDADES.- Usualmente, todo conflicto es reflejado por las partes en posiciones, de donde se encuentran subyacente los intereses o necesidades. LOS COMPORTAMIENTOS CONFLICTIVOS.- Las personas frente a un conflicto pueden asumir diferentes comportamientos y muchas veces negativos. Son las conductas o acciones llevadas a cabo por una parte con el fin de que el otro modifique o abandone sus objetivos.
  • 30. Los comportamientos se manifiestan a través de actitudes (posturas, gestos, estilos, estrategias y tácticas) de las personas protagonistas del conflicto, las cuales han sido objeto de numerosos estudios en el campo de la psicología, habiéndose determinado que existe un modelo de comportamiento, basado en cinco patrones: a) Competir .- Imponer o forzar (consiste en persuadir al otro para que acepte su solución, amenazarlo, imponer sanciones, etc). Mantenemos una posición firme hasta obtener un ganador – perdedor. b) Inacción .- Evitar la acción o retirarse, se decide no hacer nada, pues no se desea satisfacer sus intereses ni que la otra parte satisfaga los suyos, aparentemente vivimos en un clima de tranquilidad, pero existe un conflicto latente.
  • 31. c) Acceder .- Ceder, acomodar, es decir, que una de las partes es condescendiente con la otra y desea satisfacer sus intereses sin tener en cuenta los propios, puede producirse por razones desinteresadas y altruistas o por razones instrumentales, se accede para obtener un beneficio posterior. d) Transigir .- Convenir, negociar, busca un punto medio en la satisfacción de intereses, por lo menos, una parte de los intereses y necesidades de ambos será atendidas.} e) Resolver .- Aquí, el comportamiento de una de las partes o de ambas ES COLABORATIVO entre las partes a fin de buscar una solución que satisfaga al máximo sus intereses. Se obtiene ganador – ganador.
  • 32. a. Leves diferencias b. Desacuerdos c. Disputas d. Campañas e. Litigios f. Peleas o Guerras 32 ESPECTRO DEL CONFLICTO
  • 33. Está Compuesto de seis etapas y cada una mal manejadas, inadecuadamente resuelto o indirectamente irresuelto, puede escalar a la siguiente etapa: a) LEVES DIFERENCIAS.- Pequeñas diferencias, limitada coalisión de intereses. b) DESACUERDOS.- Las leves diferencias irresueltas se convierten en posiciones, en los cuales existen intereses ocultos. c) DISPUTAS.- Los desacuerdos no resueltos de las partes producen discusiones mas acaloradas y las posiciones mas obstinadas
  • 34. d) CAMPAÑA.- Las partes empiezan a involucrar a mas participantes en el conflicto. e) LITIGIOS.- Las posturas de las partes son mas adversariales y son obligados por ley o la autoridad a derivar la solución de un conflicto o tercero. f) PELEAS O GUERRAS.- Se caracteriza por la presencia de violencia física o psicológica.
  • 36. Las situaciones conflictivas evolucionan cíclicamente, y está compuesto por tres etapas: 1.- La escalada.- Criterio ganar – perder. 2.- El estancamiento.- Sin esperanza. 3.- La desescalada.- Se reduce la intensidad
  • 37. Cuando advertimos una tendencia de la relación a volverse cada vez más conflictiva la llamada "escalada del conflicto" y, al contrario, "la desescalada" se produce cuando la tendencia de la relación apunta a la disminución del conflicto. 37
  • 38. a) Adversial Ganador-Perdedor a) Negocial = Cooperativo Ganador - Ganador 38 ORIENTACIONES HACIA EL CONFLICTO
  • 39. Evidenciamos, dos orientaciones de las partes o personas hacia el conflicto: 1.- ADVERSARIAL.- Se adopta comportamiento competitivo, mentalizando la idea que debe haber un ganador – perdedor. Se pretende maximizar una posición. 2.- NEGOCIAL.- Se adopta un comportamiento cooperativo, buscando un resultado mutuamente satisfactorio de los intereses propios y de la otra parte. Ganador – Ganador.
  • 40. LA DIFERENCIA ENTRE LOS TÉRMINOS CONFLICTO Y CONTROVERSIA A continuación tenemos la distinción que hace el Dr. JUAN MONROY GÁLVEZ : "El conflicto no requiere factibilidad para ser reconocido como presupuesto material de un proceso, sólo es necesario que el demandante afirme su existencia en la demanda. (...) La controversia supone la discusión judicial del conflicto".
  • 41. FUENTE CONFLICTO CONTROVERSIA Diccionario de la Lengua Española - Antagonismo, pugna, oposición. - Desacuerdo entre personas o cosas. - Punto en que aparece dudoso el resultado de una pelea. - Polémica, discusión larga y detenida sobre un asunto o punto por lo general referido a la doctrina. Diccionario Salamanca de la Lengua Española (Universidad de Salamanca) - Lucha o desacuerdo entre personas o cosas. - Situación difícil o desgraciada que no tiene solución o salida sencillas. - Discusión larga y continuada entre personas con diferentes opiniones. - Sinónimo de polémica, debate. Guillermo Cabanellas y Mozart Victor Russomano en "Los Conflictos Colectivos de Trabajo y su Solución" - Es la disputa en su punto más recio. - Los conflictos son medios de lucha, medidas de acción directa y personal de quien se hace justicia por su propia mano. - En la controversia las partes enfrentadas están dispuestas, en plano de razonamiento, a oponer sus propias argumentaciones a las del adversario. - Del conflicto puede llegarse a la controversia, que es como una tregua en una lucha abierta y en que se encuentran diferentes procedimientos para buscar la solución necesaria. Diccionario de Términos Jurídicos, Tomo I. Pedro Flores Polo - Conflicto de Intereses: a- Intereses contrapuestos. b- Colisión de derechos o pretensiones jurídicas en que las partes no ceden. - Litigio. Diferencia. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo II. Guillermo Cabanellas - Guerra, lucha. Lo más recio o incierto de la batalla, combate o contienda. - Oposición de intereses en que las partes no ceden. - Choque o colisión de derechos o pretensiones. - Situación difícil. - Antagonismo, oposición. - Larga y porfiada discusión. - Divergencia grave entre las aspiraciones y actitudes de los estados. - Pleito, litigio. Diccionario Jurídico ABELEDO - PERROT, Tomo I. José Alberto Garrone - En general, posición y choque de intereses entre distintos sujetos de derecho. Pueden ser personas físicas o jurídicas, de Derecho Público o de Derecho Privado. - Deriva del latín CONFLICTUS y a su vez de CONFLIGERE: Chocar, golpearse entre sí. - Contienda. Diccionario Jurídico ,Tomo II. Gonzalo Fernández de León - Discusión. Cuestión Jurídica sobre alguna acción o derecho entablada entre dos o más personas.
  • 42. •Intereses propios de las partes. Factor común •Competitividad, reacciones emocionales, sensación de injusticia. Factor Psicológico •Subjetividad. Factor personal •Conforme al Conflicto. Factor cambiante
  • 43. •Comunicación deficiente Conflicto Fuente - Relación •Diferencia ideológica, cultural, religiosa. Conflicto Fuente - Valor •Escases de recursos para satisfacer necesidades. Conflicto Fuente - Interés •Diferentes contextos sociales, políticos, económicos. Conflicto Fuente - Contexto
  • 45. •Acuerdo mutuo GANADOR - GANADOR •Una de las partes obtiene provecho en desmedro de los intereses de la otra parte. GANADOR - PERDEDOR •El conflicto trasciende. PERDEDOR - PERDEDOR
  • 46.
  • 47. Heterocompositivo Tercero Negociación Conciliación Arbitraje Proceso Judicial Autocompositivo Las partes
  • 48. •Una tercera persona impone la solución del problema. HETEROCOMPOSITIVO •Entre las partes se soluciona el problema de forma voluntaria y de común acuerdo. AUTOCOMPOSITIVO
  • 49. Esto permitirá descongestionar la carga de trabajo de las dependencias judiciales, equilibrando su capacidad operativa con la demanda de la población, y sobre todo elevará la calidad del servicio que brinda. Los MASC´S pueden resultar en la gran mayoría de los casos una opción eficiente para resolver conflictos, por su bajo costo, tiempo, atención a los intereses de las partes y manejo adecuado de las relaciones interpersonales. Recurrir ante el Poder Judicial con el fin de encontrar una solución definitiva a aquellos conflictos que aparentemente escapan a nuestra capacidad de solución, y digo "aparentemente" porque muchos de estos conflictos han podido ser solucionados por las mismas partes si es que éstas lo hubiesen realmente intentado, en un ánimo sincero por buscar una solución que las beneficie por igual, lo cual en realidad no sucede, todo lo contrario, recurren a los abogados y éstos las llevan a los juzgados en procesos engorrosos que merman su economía y aumentan la conflictividad entre ellas degenerando más la relación que alguna vez tuvieron.
  • 50. Esta situación se califica como "EL CÍRCULO VICIOSO DE LA INSATISFACCIÓN DEL LITIGANTE", característica natural del manejo tradicional de los conflictos ante los juzgados, que se origina con la insatisfacción de las partes ante determinada situación conflictiva por lo que recurren a los abogados quienes plantean estrategias y objetivos ante los juzgados, en los cuales los jueces deciden en definitiva los conflictos, estas soluciones finales son dirigidas a las partes, creándose en la mayoría de los casos una situación ganador - perdedor entre las partes, en otros casos ambas partes se sienten perdedoras, pero en definitiva en muy pocos casos ambas partes se sienten satisfechas con la solución final dada a su conflicto, por lo que en el mejor de los casos la situación de insatisfacción entre las partes se mantiene
  • 51. El Poder Judicial es importante e indispensable para la vida en sociedad, al proponer los MASC´S o MARCS no se busca reemplazarlo o desplazarlo a un segundo o tercer plano, LO QUE SE BUSCA EN ESENCIA ES QUE SÓLO ACCEDAN A LOS JUZGADOS AQUELLOS CONFLICTOS QUE POR SU COMPLEJIDAD Y POR LA GRAVEDAD DE SUS EFECTOS NO PUEDEN O NO DEBEN SER SOLUCIONADOS POR LAS PARTES INVOLUCRADAS, y además, y esto es muy importante, su eficaz solución es importante para mantener la estabilidad jurídica y la vida pacífica en sociedad, por lo que el Poder Judicial no puede dejar de intervenir.
  • 52. Una característica importante de la crisis del Poder Judicial es que éste se ENCUENTRA SATURADO, el número de causas que llegan a los despachos de los jueces escapan a todo nivel a su capacidad de solución eficaz de las mismas, es decir, al final los jueces resuelven pero se demoran al hacerlo y esta demora perjudica a las partes de muchas formas, a esto hay que agregar que en muchos casos la calidad de lo resuelto deja mucho que desear y también perjudica a las partes, en consecuencia, se mantiene o aumenta la insatisfacción de éstas.
  • 53. Sobre la crisis del Poder Judicial, el 18 de octubre del 2001 se publicó en el diario El Comercio un artículo titulado "El Hacinamiento Asfixia el Edificio del Poder Judicial", escrito por José Santillán Arruz, donde se destaca el pedido del Presidente de la Corte Superior de Lima para que se declare en emergencia la actual sede del Poder Judicial - antes Ministerio de Educación - y se reubiquen los 62 juzgados civiles; en este artículo este autor señala diez grandes problemas del Sistema de Administración de Justicia, de los cuales resaltan los siguientes tres para efectos de este trabajo: "1- La carga procesal es el más serio problema que enfrentan los despachos judiciales que forman parte de la jurisdicción de la Corte Superior de Lima. 2- En los juzgados civiles, por ejemplo, hasta fines de agosto de este año (2001) había una carga procesal de 28,111 expedientes judiciales, de los cuales sólo se resolvieron 5,188. 3- En los juzgados laborales: 12,343 expedientes como carga procesal y 820 resueltos".
  • 54. Sobre la situación del Poder Judicial en el Perú y el nivel de accesibilidad para las partes, Rosely E. Shirakawa Okuma, la resume así: "En el Perú, por ejemplo, el costo de los procesos judiciales, tanto en tiempo como en el aspecto económico, son bastante altos y por lo tanto desalentadores, la tradicional forma de alcanzar justicia es insuficiente y no logra satisfacer las necesidades de la sociedad, lo cual hace difícil que un Estado de Derecho logre mantener su estabilidad".
  • 55. MARCO CARBAJAL CARBAJAL, desarrolla también el tema de la crisis del Poder Judicial: "La crisis del sistema administrador de justicia parece ser el denominador común en todos los países de este lado del continente, no siendo una excepción el nuestro. La sobrecarga procesal, la dilación en la resolución de los conflictos y la desconfianza en los fallos jurisdiccionales parecen ser los problemas que con mayor frecuencia afectan a este servicio. Por herencia o como legado maldito arrastramos la costumbre que a todo conflicto le corresponde un proceso o que entre ambos existe una relación directamente proporcional, pues hasta la mínima distensión social subyacente deseamos someterlo a la decisión judicial".
  • 56. Marco Carbajal Carbajal, afirma que "en rigor somos parte de una cultura de litigiosidad, en la cual aún pervive la vieja creencia que el proceso es el único medio capaz de solucionar las diferencias entre los hombres", ejemplos de esta cultura tenemos varios, como los siguientes: • El inquilino que debe desocupar el inmueble pero no lo hace y espera a que lo desalojen, logrando vivir casi gratis y a la vez perjudicando al propietario. • El padre que debe dar Pensión de Alimentos para su menor hijo, pero que se niega y espera a que el Juez se lo ordene. • Situación similar la del empresario que debe dar la C.T.S. o los Beneficios Sociales a su ex empleado al final de la relación laboral y no lo hace, esperando a que éste lo demande y finalmente el Juez ordene el pago
  • 57. Roque J. Caivano, al referirse a la crisis del Poder Judicial señala: "LA NECESIDAD DE BUSCAR ALTERNATIVAS AL SISTEMA DE JUSTICIA ADVERSARIAL TIENE AL MENOS DOS FUENTES. POR UN LADO, LA SOBRECARGA DE LOS TRIBUNALES; Y POR EL OTRO, LA REAL Y EFECTIVA SATISFACCIÓN DE LOS INTERESES DE LAS PARTES".
  • 58. El jurista Roque J. Caivano señala: "El sistema estatal de justicia está en estado de crisis terminal, está <<COLAPSANDO>>, virtualmente paralizado y como consecuencia de todo ello, el Poder Judicial está perdiendo prestigio en la comunidad. A los ojos del ciudadano común, la Justicia estatal no cumple su función primordial, siendo imposible concebir en esas condiciones la prestación de un servicio de justicia mínimamente eficiente".
  • 59. Proceso Judicial La Conciliación Nivel de solución Pretensiones/posiciones contenidas en la demanda, Contestación y reconvención Problemas contenidos dentro y fuera de solicitud Criterio de Solución La ley aplicable. Criterios flexibles. Atmósfera Adversarial Cooperativa Orientación del conflicto Hacia la discusión del pasado. Hacia la búsqueda de solución a futuro. Control del Proceso Vertical Horizontal
  • 60. EN EL CODIGO CIVIL: a) Derecho de la mujer a llevar el apellido del marido Artículo 24.-(…)Tratándose de separación de cuerpos, la mujer conserva su derecho a llevar el apellido del marido. En caso de controversia resuelve el juez. b) Impedimentos para ejercer tutoría Artículo 515.- No pueden ser tutores: (…) 4.-Los que tengan en un pleito propio, o de sus ascendientes, descendientes o cónyuge, interés contrario al del menor, a menos que con conocimiento de ello hubiesen sido nombrados por los padres.
  • 61. EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA: a)Derechos colectivos del trabajador. Derecho de sindicación, negociación colectiva y derecho de huelga Artículo 28.-El Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático: (…) 2. Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales.
  • 62. b) Libertad de contratar Artículo 62.- (…) Los conflictos derivados de la relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato o contemplados en la ley.
  • 63. Principios de la Administración de Justicia Artículo 139.-Son principios y derechos de la función jurisdiccional: (…) 11. La aplicación de la ley más favorable al procesado en caso de duda o de conflicto entre leyes penales. e) Atribuciones del Tribunal Constitucional Artículo 202.- Corresponde al Tribunal Constitucional: (…)3. Conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a ley.
  • 64. CAPITULO VIII PODER JUDICIAL Artículo 139.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: 1. La unidad y exclusividad de la función jurisdiccional. No existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral.
  • 65. En la Constitución Política del Perú, se plasma los diversos tratamientos de conflictos, como por ejemplo de tipo laboral, - sindicalismo - negociación colectiva que a su vez nos lleva al Código procesal laboral, entre otros, así como los conflictos constitucionales entre estos: los habeas corpus o acciones de amparo, etc. por temas de afectación de derechos y los Conflictos de tipo penal, delitos y faltas – sanciones PPL. por contravenir el orden público y las buenas costumbres.
  • 66. Podemos concluir QUE LOS CONFLICTOS SE GENERAN POR LAS PERCEPCIONES DE INCOMPATIBILIDAD DE INTERESES ENTRE LAS PERSONAS O GRUPOS HUMANOS; son necesarios y debemos aprender a enfrentarlos, pues constituyen el motor del cambio social, además, al ser resueltos favorablemente mejoran las relaciones con el contexto social y personal
  • 67. 1. MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS EN EL PERU AUTOR: JOSE ALBERTO ESTELA HUAMAN. 2. FRANCISCOVIK INGUNZA, Beatriz y TORRES ANGULO, Carlos. La eficiencia de los medios alternativos o adecuados de resolución de conflictos frente al sistema procesal civil. Tomado: http:///www.derecho.usmp.edu.pe/sapere/edicion_4/articulos/08_T orres_Angulo_Carlos_Franciskovic_Beatriz.pdf
  • 68. “Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber.” Albert Einstein.