Cuadros comparativos entre el RD Legislativo 5/2004, del IRNR y el el proyecto de Ley de modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
La Reforma Fiscal 2020 incluyó cambios a diversos ordenamientos legales entre ellos se encuentran el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado. La Reforma Fiscal 2020 también traerá cambios a ordenamientos de carácter penal como el Código Nacional de Procedimientos Penales. Nuestra firma comparte los cambios más relevantes en cada uno de los ordenamientos con el objetivo de que las empresas implementen las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones legales a partir del año 2020.
Presentación elaborada por el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT y utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía en la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2016.
La Reforma Fiscal 2020 incluyó cambios a diversos ordenamientos legales entre ellos se encuentran el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado. La Reforma Fiscal 2020 también traerá cambios a ordenamientos de carácter penal como el Código Nacional de Procedimientos Penales. Nuestra firma comparte los cambios más relevantes en cada uno de los ordenamientos con el objetivo de que las empresas implementen las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones legales a partir del año 2020.
Presentación elaborada por el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT y utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía en la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2016.
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A continuación ponemos a disposición de nuestros clientes y seguidores un resumen general de la Reforma Tributaria aprobada en Chile en septiembre de 2014, bajo la Ley 20.780.
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A diferencia de otros años, estas novedades no se han aprobado en una única norma foral, sino que son cuatro las normas forales que van a ser objeto de análisis
Conozca los aspectos más importantes del régimen legal de Paraguay. Este perfil le permitirá conocer de forma general del régimen de inversión extranjera, cambiario, laboral, tributario, migratorio y de comercio exterior del país.
Reporte Ejecutivo sobre la Reforma Fiscal 2014 en la Cámara de DiputadosHogan Lovells BSTL
El pasado 8 de septiembre de 2013, el titular del Poder Ejecutivo Federal presentó al Congreso de la Unión el paquete económico para el ejercicio fiscal de 2014.
Similar a Comparativa IRNR y el Proyecto de Ley de modificación del IRNR (15)
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades informáticas y electrónicas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2017.
Presentación elaborada por el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT y utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía en la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2017.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las otras novedades tributarias relacionadas con la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2017.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades informáticas y electrónicas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2016, así como otras novedades tributarias como: los nuevos certificados electrónicos de representante, el Sistema Cl@ve de identificación y autenticación, la reforma en el Procedimiento Administrativo, y el Suministro Inmediato de Información del IVA.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades normativas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2014.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades informáticas y electrónicas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2014, así como otras novedades tributarias como el Sistema Cl@ve de identificación y autenticación, la obligatoriredad de la factura electrónica y el nuevo procedimiento de cita previa para colaboradores sociales.
APP de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que facilita la obtención de la Cl@ve PIN a los usuarios sin necesidad de tener que enviar SMS. Basta únicamente con tener una conexión a Internet.
APP del ICEX que ofrece la posibilidad de ver gratis, desde cualquier lugar del mundo, ponencias, seminarios y contenidos especializados en internacionalización y comercio exterior, con expertos en cada materia: oportunidades comerciales y de inversión en mercados internacionales, claves para exportar o implantarse en el exterior, clima de negocios, consejos prácticos, tendencias en internacionalización y mucho más.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades informáticas y electrónicas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2011 y otras novedades tributarias.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades normativas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2013 y otras novedades tributarias.
Imágenes de las Jornadas sobre Economía, Contabilidad y Fiscalidad de las Empresas Públicas organizado por AVS promotores públicos y celebrada en Granada los días 13 y 14 de febrero de 2013
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades informáticas y telemáticas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2011 y otras novedades tributarias.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades normativas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2012 y otras novedades tributarias.
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EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
Economía Informal en el Perú:Situación actual y perspectivas .pdf
Comparativa IRNR y el Proyecto de Ley de modificación del IRNR
1. Bartolomé Borrego Zabala
Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, del IRNR
Modificaciones propuestas por el proyecto de Ley de modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
Cuadros comparativos
Fuente: Subdirección General de Información y Asistencia Tributaria
2. CUADRO COMPARATIVO DE MODIFICACIONES EN LA LEY DEL IRNR
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN YASISTENCIA TRIBUTARIAMODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
(...)
(...)
CAPÍTULO II
CAPÍTULO II
Sujeción al impuesto
Sujeción al impuesto
(...)
(...)
Artículo 14.Rentasexentas.
Artículo 14.Rentasexentas.
1. Estaránexentaslassiguientesrentas:
1. Estaránexentaslassiguientesrentas:
(…)
(…)
h)Losbeneficiosdistribuidosporlassociedadesfilialesresidentesenterritorioes-
h)Losbeneficiosdistribuidosporlassociedadesfilialesresidentesenterritorioes-
pañolasussociedadesmatricesresidentesenotrosEstadosmiembrosdelaUnión
pañolasussociedadesmatricesresidentesenotrosEstadosmiembrosdelaUnión
Europeaoalosestablecimientospermanentesdeestasúltimassituadosenotros
Europeaoalosestablecimientospermanentesdeestasúltimassituadosenotros
Estados miembros, cuando concurran los siguientes requisitos:
Estados miembros, cuando concurran los siguientes requisitos:
1.º Que ambas sociedades estén sujetas y no exentas a alguno de los tributos
1.ºQueambassociedadesesténsujetasynoexentasaalgunodelostributosque
quegravanlosbeneficiosdelasentidadesjurídicasenlosEstadosmiembrosde
gravanlosbeneficiosdelasentidadesjurídicasenlosEstadosmiembrosdelaUnión
laUniónEuropea,mencionadosenelartículo2.c)delaDirectiva90/435/CEEdel
Europea,mencionadosenelartículo2.c)delaDirectiva2011/96/UEdelConsejo,de
Consejo,de23dejuliode1990,relativaalrégimenaplicablealassociedadesma-
30dejuniode2011relativaalrégimenaplicablealassociedadesmatricesyfiliales
tricesyfilialesdeEstadosmiembrosdiferentes,ylosestablecimientospermanen-
deEstadosmiembrosdiferentes,ylosestablecimientospermanentesesténsujetos
tes estén sujetos y no exentos a imposición en el Estado en el que estén situados.
y no exentos a imposición en el Estado en el que estén situados.
2.ºQueladistribucióndelbeneficionoseaconsecuenciadelaliquidacióndela
2.ºQueladistribucióndelbeneficionoseaconsecuenciadelaliquidacióndela
sociedad filial.
sociedad filial.
3.ºQueambassociedadesrevistanalgunadelasformasprevistasenelanexode
3.ºQueambassociedadesrevistanalgunadelasformasprevistasenelanexode
laDirectiva90/435/CEEdelConsejo,de23dejuliode1990,relativaalrégimen
la,Directiva2011/96/UEdelConsejo,de30dejuniode2011,relativaalrégimen
aplicablealassociedadesmatricesyfilialesdeEstadosmiembrosdiferentes,mo-
aplicablealassociedadesmatricesyfilialesdeEstadosmiembrosdiferentes,modi-
dificada por la Directiva 2003/123/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2003.
ficada por la Directiva 2011/96/UE del Consejo, de 30 de junio de 2011.
Tendrálaconsideracióndesociedadmatrizaquellaentidadqueposeaenelcapital
Tendrálaconsideracióndesociedadmatrizaquellaentidadqueposeaenelcapital
de otra sociedad una participación directa o indirecta de, al menos, el 5 por ciento.
deotrasociedadunaparticipacióndirectaoindirectade,almenos,el5porciento,
Esta última tendrá la consideración de sociedad filial. La mencionada participación
obienqueelvalordeadquisicióndelaparticipaciónseasuperiora20millonesde
deberáhabersemantenidodeformaininterrumpidaduranteelañoanterioraldía
euros.Estaúltimatendrálaconsideracióndesociedadfilial.Lamencionadapartici-
enqueseaexigibleelbeneficioquesedistribuyao,ensudefecto,queseman-
pacióndeberáhabersemantenidodeformaininterrumpidaduranteelañoanterior
tengaduranteeltiempoqueseanecesarioparacompletarunaño.Enesteúltimo
aldíaenqueseaexigibleelbeneficioquesedistribuyao,ensudefecto,quese
caso, la cuota tributaria ingresada será devuelta una vez cumplido dicho plazo.
mantenga durante el tiempo que sea necesario para completar un año.
Para el cómputo del plazo se tendrá también en cuenta el período en que la partici-
paciónhayasidoposeídaininterrumpidamenteporotrasentidadesquereúnanlas
■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
Bartolomé Borrego Zabala 2
3. MODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
Tambiéntendrálaconsideracióndesociedadmatrizaquellaentidadquehabiendotenidoelmencionadoporcentajedeparticipaciónpero,sinhabersetransmitidolaparticipación,esteporcentajetenidosehayareducidohastaunmínimodel3porcientocomoconsecuenciadequelasociedadfilialhayarealizadounaoperaciónacogidaalrégimenfiscalespecialestablecidoenelCapítuloVIIIdelTítuloVIIdeltextorefundidodelaLeydelImpuestosobreSociedades,aprobadoporRealDe- cretoLegislativo4/2004,de5demarzo,ounaoperaciónenelámbitodeofertaspúblicasdeadquisicióndevalores.Estaconsideraciónsemantendrádentrodelplazodetresañosdesdelarealizacióndelaoperaciónentantoqueenelejerciciocorrespondientealadistribucióndelosdividendosnosetransmitatotalmentelaparticipaciónoéstaquedepordebajodelporcentajemínimoexigidodel3porciento. LaresidenciasedeterminaráconarregloalalegislacióndelEstadomiembroquecorresponda,sinperjuiciodeloestablecidoenlosconveniosparaevitarladobleimposición.
Noobstanteloprevistoanteriormente,elMinistrodeHaciendayAdministracionesPúblicaspodrádeclarar,acondicióndereciprocidad,queloestablecidoenestaletra
h)seadeaplicaciónalassociedadesfilialesquerevistanunaformajurídicadiferen- tedelasprevistasenelanexodeladirectivayalosdividendosdistribuidosaunasociedadmatrizqueposeaenelcapitaldeunasociedadfilialresidenteenEspañaunaparticipacióndirectaoindirectade,almenos,el5porciento,oel3porcientoenelcasodeunaoperaciónacogidaalrégimenfiscalespecialestablecidoenelCapí- tuloVIIIdelTítuloVIIdeltextorefundidodelaLeydelImpuestosobreSociedades, aprobadoporRealDecretoLegislativo4/2004,de5demarzo,ounaoperaciónenelámbitodeofertaspúblicasdeadquisicióndevalores,siemprequesecumplanlasrestantescondicionesestablecidasenestaletrah).
Loestablecidoenestaletrah)noserádeaplicacióncuandolamayoríadelosdere- chosdevotodelasociedadmatrizseposea,directaoindirectamente,porpersonasfísicasojurídicasquenoresidanenEstadosmiembrosdelaUniónEuropea,ex- ceptocuandoaquéllarealiceefectivamenteunaactividadempresarialdirectamenterelacionadaconlaactividadempresarialdesarrolladaporlasociedadfilialotenga
circunstanciasaqueserefiereelartículo42delCódigodeComercioparaformarpartedelmismogrupodesociedades,conindependenciadelaresidenciaydelaobligacióndeformularcuentasanualesconsolidadas.Enesteúltimocaso,lacuotatributariaingresadaserádevueltaunavezcumplidodichoplazo.
LaresidenciasedeterminaráconarregloalalegislacióndelEstadomiembroquecorresponda,sinperjuiciodeloestablecidoenlosconveniosparaevitarladobleimposición.
Noobstanteloprevistoanteriormente,elMinistrodeHaciendayAdministracionesPúblicaspodrádeclarar,acondicióndereciprocidad,queloestablecidoenestaletra
h)seadeaplicaciónalassociedadesfilialesquerevistanunaformajurídicadiferen- tedelasprevistasenelanexodeladirectivayalosdividendosdistribuidosaunasociedadmatrizqueposeaenelcapitaldeunasociedadfilialresidenteenEspañaunaparticipacióndirectaoindirectade,almenos,el5porcientosiemprequesecumplanlasrestantescondicionesestablecidasenestaletrah).
Loestablecidoenestaletrah)noserádeaplicacióncuandolamayoríadelosdere- chosdevotodelasociedadmatrizseposea,directaoindirectamente,porpersonasfísicasojurídicasquenoresidanenEstadosmiembrosdelaUniónEuropeaexcep- tocuandolaconstituciónyoperativadeaquellarespondeamotivoseconómicosválidosyrazonesempresarialessustantivas.
CUADRO COMPARATIVO DE MODIFICACIONES EN LA LEY DEL IRNR
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN YASISTENCIA TRIBUTARIA
■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
Bartolomé Borrego Zabala 3
4. CUADRO COMPARATIVO DE MODIFICACIONES EN LA LEY DEL IRNR
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN YASISTENCIA TRIBUTARIAMODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
porobjetoladirecciónygestióndelasociedadfilialmediantelaadecuadaorganiza- cióndemediosmaterialesypersonalesopruebequesehaconstituidopormotivoseconómicosválidosynoparadisfrutarindebidamentedelrégimenprevistoenestaletrah).
Lodispuestoenestaletrah)seaplicaráigualmentealosbeneficiosdistribuidosporlassociedadesfilialesresidentesenterritorioespañolasussociedadesmatricesresidentesenlosEstadosintegrantesdelEspacioEconómicoEuropeooalosesta- blecimientospermanentesdeestasúltimassituadosenotrosEstadosintegrantes, cuandoconcurranlossiguientesrequisitos:
1.ºLosEstadosintegrantesdelEspacioEconómicoEuropeodonderesidanlasso- ciedadesfilialeshayansuscritoconEspañaunconvenioparaevitarladobleimpo- sicióninternacionalconcláusuladeintercambiodeinformaciónounacuerdodeintercambiodeinformaciónenmateriatributaria.
2.ºSetratedesociedadessujetasynoexentasauntributoequivalentealosquegravanlosbeneficiosdelasentidadesjurídicasenlosEstadosmiembrosdelaUniónEuropea,mencionadosenelartículo2.c)delaDirectiva90/435/CEEdelConsejo, de23dejuliode1990,relativaalrégimenaplicablealassociedadesmatricesyfilialesdeEstadosmiembrosdiferentes,ylosestablecimientospermanentesesténsujetosynoexentosaimposiciónenelEstadoenelqueesténsituados.
3.ºLassociedadesmatricesresidentesenlosEstadosintegrantesdelEspacioEco- nómicoEuropeorevistanalgunaformaequivalentealasprevistasenelanexodelaDirectiva90/435/CEEdelConsejo,de23dejuliode1990,relativaalrégimenaplica- blealassociedadesmatricesyfilialesdeEstadosmiembrosdiferentes,modificadaporlaDirectiva2003/123/CEdelConsejo,de22dediciembrede2003.
4.ºSecumplanlosrestantesrequisitosestablecidosenestaletrah).
(...)
j)Losdividendosyparticipacionesenbeneficiosaqueserefiereelpárrafoy)delartículo7delaLey35/2006,de28denoviembre,delImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasLeyesdelosImpuestossobreSociedades,sobrelaRentadenoResidentesysobreelPatrimonio,obtenidos,sinmediacióndeestablecimientopermanente,porpersonasfísicasresidentesenotroEstadomiembrodelaUniónEuropeaoenpaísesoterritoriosconlosqueexista
Lodispuestoenestaletrah)seaplicaráigualmentealosbeneficiosdistribuidosporlassociedadesfilialesresidentesenterritorioespañolasussociedadesmatricesresidentesenlosEstadosintegrantesdelEspacioEconómicoEuropeooalosesta- blecimientospermanentesdeestasúltimassituadosenotrosEstadosintegrantes, cuandoconcurranlossiguientesrequisitos:
1.ºQuelosEstadosintegrantesdelEspacioEconómicoEuropeodonderesidanlassociedadesmatricestenganunefectivointercambiodeinformaciónenmateriatribu- tariaenlostérminosprevistosenelapartado4delaDisposiciónAdicionalprimeradelaLey36/2006,de29denoviembre,demedidasparalaprevencióndelfraudefiscal.
2.ºSetratedesociedadessujetasynoexentasauntributoequivalentealosquegravanlosbeneficiosdelasentidadesjurídicasenlosEstadosmiembrosdelaUniónEuropea,mencionadosenelartículo2.c)delaDirectiva2011/96/UEdelConsejo,de30dejuniode2011,relativaalrégimenaplicablealassociedadesmatricesyfilialesdeEstadosmiembrosdiferentes,ylosestablecimientospermanentesesténsujetosynoexentosaimposiciónenelEstadoenelqueesténsituados.
3.ºLassociedadesmatricesresidentesenlosEstadosintegrantesdelEspacioEco- nómicoEuropeorevistanalgunaformaequivalentealasprevistasenelanexodelaDirectiva2011/96/UEdelConsejo,de30dejuniode2011,relativaalrégimenaplica- blealassociedadesmatricesyfilialesdeEstadosmiembrosdiferentes.
4.ºSecumplanlosrestantesrequisitosestablecidosenestaletrah).
(...)
j)Suprimido
■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
Bartolomé Borrego Zabala 4
5. MODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
unefectivointercambiodeinformacióntributariadeacuerdoconlodispuestoenel
(...)
apartado3deladisposiciónadicionalprimeradelaLey36/2006,de29denoviem-
bre,demedidasparalaprevencióndelfraudefiscal,conellímitede1.500euros,
queseráaplicablesobrelatotalidaddelosrendimientosobtenidosduranteelaño
natural.
(...)
m)Loscánonesoregalíassatisfechosporunasociedadresidenteenterritorioespa-
m)Loscánonesoregalíassatisfechosporunasociedadresidenteenterritorioespa-
ñoloporunestablecimientopermanentesituadoenéstedeunasociedadresidente
ñoloporunestablecimientopermanentesituadoenéstedeunasociedadresidente
enotroEstadomiembrodelaUniónEuropeaaunasociedadresidenteenotroEs-
enotroEstadomiembrodelaUniónEuropeaaunasociedadresidenteenotroEs-
tadomiembrooaunestablecimientopermanentesituadoenotroEstadomiembro
tadomiembrooaunestablecimientopermanentesituadoenotroEstadomiembro
deunasociedadresidentedeunEstadomiembrocuandoconcurranlossiguientes
deunasociedadresidentedeunEstadomiembrocuandoconcurranlossiguientes
requisitos:
requisitos:
(...)
(...)
6.ºQuelasociedadquerecibatalespagoslohagaensupropiobeneficioynocomo
6.ºQuelasociedadquerecibatalespagoslohagaensupropiobeneficioynocomo
meraintermediariaoagenteautorizadodeotrapersonaosociedadyque,tratándo-
meraintermediariaoagenteautorizadodeotrapersonaosociedadyque,tratándo-
sedeunestablecimientopermanente,lascantidadesquerecibaesténefectivamen-
sedeunestablecimientopermanente,lascantidadesquerecibaesténefectivamen-
terelacionadasconsuactividadyconstituyaningresocomputableaefectosdela
terelacionadasconsuactividadyconstituyaningresocomputableaefectosdela
determinación de su base imponible en el Estado en el que esté situado.
determinación de su base imponible en el Estado en el que esté situado.
Lo establecido en esta letra m) no será de aplicación cuando la mayoría de los
Loestablecidoenestaletram)noserádeaplicacióncuandolamayoríadelosdere-
derechosdevotodelasociedadperceptoradelosrendimientosseposea,directa
chosdevotodelasociedadperceptoradelosrendimientosseposea,directaoindi-
oindirectamente,porpersonasfísicasojurídicasquenoresidanenEstadosmiem-
rectamente,porpersonasfísicasojurídicasquenoresidanenEstadosmiembrosde
brosdelaUniónEuropea,exceptocuandoaquéllapruebequesehaconstituidopor
laUniónEuropea,exceptocuandolaconstituciónyoperativadeaquellarespondea
motivos económicos válidos y no para disfrutar indebidamente del régimen previsto
motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas.
en esta letra m).
CAPÍTULO III
CAPÍTULO III
Rentasobtenidas medianteestablecimientopermanente
Rentasobtenidas medianteestablecimientopermanente
(...)
(...)
Artículo 18.Determinaciónde la baseimponible.
Artículo 18.Determinaciónde la baseimponible.
CUADRO COMPARATIVO DE MODIFICACIONES EN LA LEY DEL IRNR
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN YASISTENCIA TRIBUTARIA
■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
Bartolomé Borrego Zabala 5
6. CUADRO COMPARATIVO DE MODIFICACIONES EN LA LEY DEL IRNR
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN YASISTENCIA TRIBUTARIAMODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
1.Labaseimponibledelestablecimientopermanentesedeterminaráconarregloa
1.Labaseimponibledelestablecimientopermanentesedeterminaráconarregloa
lasdisposicionesdelrégimengeneraldelImpuestosobreSociedades,sinperjuicio
lasdisposicionesdelrégimengeneraldelImpuestosobreSociedades,sinperjuicio
de lo dispuesto en los párrafos siguientes:
de lo dispuesto en los párrafos siguientes:
(...)
(...)
5. Inexistente
5.Seintegraráenlabaseimponibleladiferenciaentreelvalordemercadoyelvalor
contable de los siguientes elementos patrimoniales:
a)Losqueesténafectosaunestablecimientopermanentesituadoenterritorioes-
pañol que cesa su actividad.
b)Losqueestandopreviamenteafectosaunestablecimientopermanentesituado
en territorio español son transferidos al extranjero.
Elpagodeladeudatributariaresultantedelaaplicacióndelaletrab)anterior,enel
supuestodeelementospatrimonialestransferidosaunEstadomiembrodelaUnión
Europea,odelEspacioEconómicoEuropeoconelqueexistaefectivointercambio
deinformacióntributaria,seráaplazadoporlaAdministraciónTributariaasolicitud
delcontribuyentehastalafechadelatransmisiónatercerosdeloselementospatri-
monialesafectados,resultandodeaplicaciónlodispuestoenlaLey58/2003,de17
dediciembre,GeneralTributaria,ysunormativadedesarrollo,encuantoaldevengo
de intereses de demora y a la constitución de garantías para dicho aplazamiento.
Artículo 19.Deudatributaria.
Artículo 19.Deudatributaria.
1.Alabaseimponibledeterminadaconarregloalartículoanteriorseaplicaráel
1.Alabaseimponibledeterminadaconarregloalartículoanteriorseaplicaráeltipo
tipodegravamendel35porciento,exceptocuandolaactividaddelestablecimiento
degravamenquecorrespondadeentrelosprevistosenlanormativadelImpuesto
permanentefueseladeinvestigaciónyexplotacióndehidrocarburos;entalcaso,
de Sociedades.
el tipo de gravamen será del 40 por ciento.
(...)
(...)
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO IV
Rentasobtenidas sin mediación de establecimientopermanente
Rentasobtenidas sin mediación de establecimientopermanente
■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
Bartolomé Borrego Zabala 6
7. MODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
(...)
(...)
Artículo 24.Baseimponible.
Artículo 24.Baseimponible.
1.Concaráctergeneral,labaseimponiblecorrespondientealosrendimientosque
1.Concaráctergeneral,labaseimponiblecorrespondientealosrendimientosque
loscontribuyentesporesteimpuestoobtengansinmediacióndeestablecimiento
loscontribuyentesporesteimpuestoobtengansinmediacióndeestablecimiento
permanenteestaráconstituidaporsuimporteíntegro,determinadodeacuerdocon
permanenteestaráconstituidaporsuimporteíntegro,determinadodeacuerdocon
lasnormasdeltextorefundidodelaLeydelImpuestosobrelaRentadelasPerso-
lasnormasdeltextorefundidodelaLeydelImpuestosobrelaRentadelasPerso-
nasFísicas,aprobadoporelRealDecretoLegislativo3/2004,de5demarzo,sin
nasFísicas,aprobadoporelRealDecretoLegislativo3/2004,de5demarzo,sin
queseandeaplicaciónlosporcentajesmultiplicadoresdelartículo23.1dedicho
queseandeaplicaciónlosporcentajesmultiplicadoresdelartículo23.1dedicho
texto refundido, ni las reducciones.
texto refundido, ni las reducciones.
(...)
(...)
4.Labaseimponiblecorrespondientealasgananciaspatrimonialessedeterminará
4.Labaseimponiblecorrespondientealasgananciaspatrimonialessedeterminará
aplicando,acadaalteraciónpatrimonialqueseproduzca,lasnormasprevistasen
aplicando,acadaalteraciónpatrimonialqueseproduzca,lasnormasprevistasen
lasección4.ªdelcapítuloIdeltítuloII,salvoelartículo31.2,yeneltítuloVIII,salvo
lasección4.ªdelcapítuloIIdeltítuloIII,salvoelartículo33.2,yenlasección6.ª
elartículo95.1.a),segundopárrafo,deltextorefundidodelaLeydelImpuestosobre
deltítuloX,salvoelartículo94.1.a),segundopárrafo,delaLey35/2006,de28de
la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2004,
noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
de 5 de marzo.
Enelcasodeentidadesnoresidentes,cuandolagananciapatrimonialprovenga
Enelcasodeentidadesnoresidentes,cuandolagananciapatrimonialprovengade
deunaadquisiciónatítulolucrativo,suimporteseráelvalornormaldemercadodel
unaadquisiciónatítulolucrativo,suimporteseráelvalordemercadodelelemento
elemento adquirido.
adquirido.
Tratándose de ganancias patrimoniales a que se refiere el artículo 13.1.i).3.º de
Tratándose de ganancias patrimoniales a que se refiere el artículo 13.1.i).3.º de
estaLeyprocedentesdelatransmisióndederechosoparticipacionesenentidades
estaLeyprocedentesdelatransmisióndederechosoparticipacionesenentidades
residentesenpaísesoterritoriosconlosquenoexistaunefectivointercambiode
residentesenpaísesoterritoriosconlosquenoexistaunefectivointercambiode
informacióntributariadeacuerdoconlodispuestoenelapartado3deladisposición
informacióntributariadeacuerdoconlodispuestoenelapartado3deladisposición
adicionalprimeradelaLeydeMedidasparalaPrevencióndelFraudeFiscal,elva-
adicionalprimeradelaLeydemedidasparalaprevencióndelfraudefiscal,elvalor
lor de transmisión se determinará atendiendo proporcionalmente al valor de merca-
detransmisiónsedeterminaráatendiendoproporcionalmentealvalordemercado,
do,enelmomentodelatransmisión,delosbienesinmueblessituadosenterritorio
enelmomentodelatransmisión,delosbienesinmueblessituadosenterritorioes-
español, o de los derechos de disfrute sobre dichos bienes.
pañol, o de los derechos de disfrute sobre dichos bienes.
En caso de que el contribuyente haya tributado por el Impuesto sobre la Renta
delasPersonasFísicasporgananciaspatrimonialesporcambioderesidencia,de
acuerdoconloestablecidoenelartículo95bisdelaLeydelImpuestosobrelaRen-
tadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasleyesdelosImpuestos
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■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
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8. CUADRO COMPARATIVO DE MODIFICACIONES EN LA LEY DEL IRNR
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RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
(...)
6.CuandosetratedecontribuyentesresidentesenotroEstadomiembrodelaUniónEuropea,seaplicaránlassiguientesreglasespeciales:
1.ªParaladeterminacióndelabaseimponiblecorrespondientealosrendimientosqueobtengansinmediacióndeestablecimientopermanente,sepodrándeducirlosgastosprevistosenlaLey35/2006,de28denoviembre,delImpuestosobrelaRen- tadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasleyesdelosImpuestossobreSociedades,sobrelaRentadenoResidentesysobreelPatrimonio,siemprequeelcontribuyenteacreditequeestánrelacionadosdirectamenteconlosrendi- mientosobtenidosenEspañayquetienenunvínculoeconómicodirectoeindiso- ciableconlaactividadrealizadaenEspaña.
2.ªLabaseimponiblecorrespondientealasgananciaspatrimonialessedetermina- ráaplicando,acadaalteraciónpatrimonialqueseproduzca,lasnormasprevistasenlaSección4.ªdelCapítuloIIdelTítuloIIIyenlaSección6.ªdelTítuloXsalvoelartículo94.1.a),segundopárrafo,delaLey35/2006,de28denoviembre,delImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasleyesdelosImpuestossobreSociedades,sobrelaRentadenoResidentesysobreelPatrimonio.
sobreSociedades,sobrelaRentadenoResidentesysobreelPatrimonio,paraelcálculodelagananciapatrimonialcorrespondientealatransmisiónsetomarácomovalordeadquisiciónelvalordemercadodelasaccionesoparticipacionesquesehubieratenidoencuentaparadeterminarlagananciapatrimonialprevistaenelmencionadoartículo.
(...)
6.CuandosetratedecontribuyentesresidentesenotroEstadomiembrodelaUniónEuropea,seaplicaránlassiguientesreglasespeciales:
1.ªParaladeterminacióndebaseimponiblecorrespondientealosrendimientosqueobtengansinmediacióndeestablecimientopermanente,sepodrándeducir:
a)Encasodepersonasfísicas,losgastosprevistosenlaLey35/2006,de28denoviembre,delImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasleyesdelosImpuestossobreSociedades,sobrelaRentadenoRe- sidentesysobreelPatrimonio,siemprequeelcontribuyenteacreditequeestánrelacionadosdirectamenteconlosrendimientosobtenidosenEspañayquetienenunvínculoeconómicodirectoeindisociableconlaactividadrealizadaenEspaña.
b)Encasodeentidades,losgastosdeduciblesdeacuerdoconloprevistoenlaLeyXXdelImpuestosobreSociedades,siemprequeelcontribuyenteacreditequeestánrelacionadosdirectamenteconlosrendimientosobtenidosenEspañayquetienenunvínculoeconómicodirectoeindisociableconlaactividadrealizadaenEspaña.
2.ªLabaseimponiblecorrespondientealasgananciaspatrimonialessedeterminaráaplicando,acadaalteraciónpatrimonialqueseproduzca,lasnormasprevistasenlasección4.ªdelcapítuloIIdeltítuloIIIyenlasección6.ªdeltítuloXsalvoelartículo94.1.a),segundopárrafo,delaLey35/2006,de28denoviembre,delImpuestoso- brelaRentadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasleyesdelosIm- puestossobreSociedades,sobrelaRentadenoResidentesysobreelPatrimonio. Lodispuestoenesteapartadoseaplicaráigualmentealoscontribuyentesresiden- tesenunEstadomiembrodelEspacioEconómicoEuropeoconelqueexistaunefectivointercambiodeinformacióntributariaenlostérminosprevistosenelaparta- do4deladisposiciónadicionalprimeradelaLey36/2006,de29denoviembre,demedidasparalaprevencióndelfraudefiscal.
■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
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9. MODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
Artículo 25.Cuota tributaria.
Artículo 25.Cuota tributaria.
1.Lacuotatributariaseobtendráaplicandoalabaseimponibledeterminadaconfor-
1.Lacuotatributariaseobtendráaplicandoalabaseimponibledeterminadaconfor-
me al artículo anterior, los siguientes tipos de gravamen:
me al artículo anterior, los siguientes tipos de gravamen:
a) Con carácter general, el 24 por ciento.
a)Concaráctergeneralel24por100.Noobstante,eltipodegravamenseráel19
porcientocuandosetratedecontribuyentesresidentesenotroEstadomiembrode
laUniónEuropeaodelEspacioEconómicoEuropeoconelqueexistaunefectivo
intercambiodeinformacióntributaria,enlostérminosprevistosenelapartado4de
ladisposiciónadicionalprimeradelaLey36/2006,de29denoviembre,demedidas
para la prevención del fraude fiscal.
(...)
(...)
Artículo 31.Obligación de retenereingresaracuenta.
Artículo 31.Obligación de retenereingresaracuenta.
1.Estaránobligadosapracticarretencióneingresoacuentarespectodelasrentas
1.Estaránobligadosapracticarretencióneingresoacuentarespectodelasrentas
sujetas a este impuesto que satisfagan o abonen:
sujetas a este impuesto que satisfagan o abonen:
(...)
(...)
4. No procederá practicar retención o ingreso a cuenta respecto de:
4. No procederá practicar retención o ingreso a cuenta respecto de:
a)Lasrentasqueesténexentasenvirtuddelodispuestoenelartículo14oenun
a)Lasrentasqueesténexentasenvirtuddelodispuestoenelartículo14oenun
convenioparaevitarladobleimposiciónqueresulteaplicable,sinperjuiciodela
convenioparaevitarladobleimposiciónqueresulteaplicable,sinperjuiciodela
obligación de declarar prevista en el apartado 5 de este artículo.
obligación de declarar prevista en el apartado 5 de este artículo.
Noobstanteloanterior,síexistiráobligacióndepracticarretenciónoingresoacuen-
Noobstanteloanterior,síexistiráobligacióndepracticarretenciónoingresoacuen-
tarespectodelasrentasalasqueserefierenlasletrasj),k)yl)delapartado1del
tarespectodelasrentasalasqueserefierenlasletrask)yl)delapartado1del
artículo 14.
artículo 14.
Noexistiráobligacióndepresentardeclaraciónrespectodelosrendimientosaque
Noexistiráobligacióndepresentardeclaraciónrespectodelosrendimientosaque
se refiere el artículo 14.1 d).
se refiere el artículo 14.1.d).
(...)
(...)
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■Texto modificado
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RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
CAPÍTULO V
CAPÍTULO V
Entidades en régimende atribución de rentas
Entidades en régimende atribución de rentas
(...)
(...)
Sección2.ªEntidadesenrégimendeatribuciónderentasconstituidasenel
Sección2.ªEntidadesenrégimendeatribuciónderentasconstituidasenel
extranjero
extranjero
(...)
(...)
Artículo 38.Entidades con presenciaen territorio español.
Artículo 38.Entidades con presenciaen territorio español.
1.Cuandounaentidadenrégimendeatribuciónderentasconstituidaenelextran-
1.Cuandounaentidadenrégimendeatribuciónderentasconstituidaenelextran-
jerorealiceunaactividadeconómicaenterritorioespañol,ytodaopartedeésta
jerorealiceunaactividadeconómicaenterritorioespañol,ytodaopartedeésta
sedesarrolle,deformacontinuadaohabitual,medianteinstalacionesolugaresde
sedesarrolle,deformacontinuadaohabitual,medianteinstalacionesolugaresde
trabajodecualquieríndole,oactúeenélatravésdeunagenteautorizadoparacon-
trabajodecualquieríndole,oactúeenélatravésdeunagenteautorizadoparacon-
tratar,ennombreyporcuentadelaentidad,serácontribuyentedeesteimpuestoy
tratar,ennombreyporcuentadelaentidad,serácontribuyentedeesteimpuestoy
presentará,enlostérminosqueestablezcaelMinistrodeHacienda,unaautoliqui-
presentará,enlostérminosqueestablezcaelMinistrodeHacienda,unaautoliqui-
dación anual conforme a las siguientes reglas:
dación anual conforme a las siguientes reglas:
(...)
(...)
2.ªLacuotaíntegrasedeterminaráaplicandosobrelabaseimponibleeltipode
2.ªLacuotaíntegrasedeterminaráaplicandosobrelabaseimponibleeltipode
gravamen del 35 por ciento.
gravamen del 25 por ciento.
(...)
(...)
CAPÍTULO VII
CAPÍTULO VII
Opción para contribuyentes residentes en otros Estados miembros de la
Opción para contribuyentes residentes en otros Estados miembros de la
Unión Europea
Unión Europea
Artículo46.OpciónparacontribuyentesresidentesenotrosEstadosmiem-
Artículo46.OpciónparacontribuyentesresidentesenotrosEstadosmiem-
bros de la Unión Europea.
bros de la Unión Europea.
■Texto añadido
■Texto modificado
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11. MODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
Proyectode reformade la Leydel IRNR
1.ElcontribuyenteporesteImpuesto,queseaunapersonafísicaresidentedeun
1.ElcontribuyenteporesteImpuesto,queseaunapersonafísicaresidentedeun
EstadomiembrodelaUniónEuropea,siemprequeseacreditequetienefijadosu
EstadomiembrodelaUniónEuropea,siemprequeseacreditequetienefijadosu
domiciliooresidenciahabitualenunEstadomiembrodelaUniónEuropeayque
domiciliooresidenciahabitualenunEstadomiembrodelaUniónEuropea,podrá
haobtenidoduranteelejercicioenEspañaporrendimientosdeltrabajoyporrendi-
optarportributarencalidaddecontribuyenteporelImpuestosobrelaRentadelas
mientosdeactividadeseconómicas,comomínimo,el75porcientodelatotalidad
Personas Físicas, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
desurenta,podráoptarportributarencalidaddecontribuyenteporelImpuesto
a)QuehayaobtenidoduranteelejercicioenEspañaporrendimientosdeltrabajoy
sobrelaRentadelasPersonasFísicas,siemprequetalesrentashayantributado
porrendimientosdeactividadeseconómicas,comomínimo,el75porcientodela
efectivamente durante el período por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
totalidaddesurentasiemprequetalesrentashayantributadoefectivamenteduran-
te el período por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
b)QuelarentaobtenidaduranteelejercicioenEspañahayasidoinferioral90por
cientodelmínimopersonalyfamiliarquelehubiesecorrespondidodeacuerdocon
suscircunstanciaspersonalesyfamiliaresdehabersidoresidenteenEspañasiem-
prequedicharentahayatributadoefectivamenteduranteelperíodoporelImpuesto
sobrelaRentadenoResidentesyquelarentaobtenidafueradeEspañahayasido,
asimismo, inferior a dicho mínimo.
(...)
(...)
9.Reglamentariamente se desarrollará el contenido de este régimen opcional.
9.Lodispuestoenesteartículoseaplicaráigualmentealoscontribuyentesresiden-
tesenunEstadomiembrodelEspacioEconómicoEuropeoconelqueexistaun
efectivointercambiodeinformacióntributariaenlostérminosprevistosenelaparta-
do4deladisposiciónadicionalprimeradelaLey36/2006,de29denoviembre,de
medidas para la prevención del fraude fiscal.
10. Inexistente
10. Reglamentariamente se desarrollará el contenido de este régimen opcional.
(...)
(...)
Disposición adicional segunda. Tipos de gravamen.
Disposición adicional segunda. Suprimida.
1.Eltipodegravamendel35porcientoestablecidoenelapartado1delartículo19
y en el apartado 1, 2.ª regla, del artículo 38 de esta Ley, será el:
32,5porciento,paralosperíodosimpositivosiniciadosapartirde1deenerode
2007.
30porciento,paralosperíodosimpositivosiniciadosapartirde1deenerode2008.
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■Texto modificado
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12. CUADRO COMPARATIVO DE MODIFICACIONES EN LA LEY DEL IRNR
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2.Eltipodegravamendel40porcientoestablecidoenelapartado1delartículo19 de esta Ley, será el:
37,5porciento,paralosperíodosimpositivosiniciadosapartirde1deenerode 2007.
35porciento,paralosperíodosimpositivosiniciadosapartirde1deenerode2008
Disposición adicional sexta.Inexistente
Disposiciónadicionalsexta.Gastosestimadosyrendimientosimputadosporoperacionesinternasdeunestablecimientopermanente.
Enloscasosenlosque,poraplicacióndelodispuestoenunconvenioparaevitarladobleimposicióninternacionalsuscritoporEspañasepermita,aefectosdede- terminarlarentadeunestablecimientopermanentesituadoenterritorioespañol, ladeduccióndelosgastosestimadosporoperacionesinternasrealizadasconsucasacentraloconalgunodesusestablecimientospermanentessituadosfueradelterritorioespañol,setendráencuentalosiguiente:
1.ºNoseráaplicableelartículo18.1.a)deestetextorefundido.
2.ºLosrendimientosimputadosalacasacentraloaalgunodelosestablecimien- tospermanentessituadosfueradelterritorioespañolquesecorrespondanconloscitadosgastoestimadosseconsideraránrentasobtenidasenterritorioespañol,sinmediacióndeestablecimientopermanente,aefectosdelodispuestoenelartículo
15.1deestetextorefundido.
3.ºElimpuestocorrespondientealosrendimientosimputadossedevengaráel31dediciembredecadaaño.
4.ºElestablecimientopermanentesituadoenterritorioespañolestaráobligadoapracticarretencióneingresoacuentaporlosrendimientosimputadosdeacuerdoconlodispuestoenelartículo31deestetextorefundido.
5.ºAlasoperacionesinternasrealizadasporunestablecimientopermanentesituadoenterritorioespañolconsucasacentraloconalgunodesusestablecimientosper- manentessituadosfueradelterritorioespañol,alosqueresultedeaplicaciónestadisposiciónadicional,lesserádeaplicaciónloprevistoenelartículo18delaLeydelImpuestosobreSociedades.
■Texto añadido
■Texto modificado
■Texto suprimido
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13. MODIFICACIONESDE LA LEY DEL IRNR
RealDecretoLegislativo 5/2004,de 5de marzo,Leydel Impuesto sobrela Rentade no Residentes
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Disposiciónadicional séptima.Inexistente
Disposición adicional octava.Efectivointercambio de información tributaria.
Disposiciónadicionalséptima.Exenciónporreinversiónenviviendahabitual.
1.Podránexcluirsedegravamenlasgananciaspatrimonialesobtenidasporloscon- tribuyentesresidentesenunEstadomiembrodelaUniónEuropeaporlatransmi- sióndelaquehayasidosuviviendahabitualenEspaña,siemprequeelimportetotalobtenidoporlatransmisiónsereinviertaenlaadquisicióndeunanuevavivien- dahabitual.Cuandoelimportereinvertidoseainferioraltotaldelopercibidoenlatransmisión,únicamenteseexcluirádetributaciónlaparteproporcionaldelaganan- ciapatrimonialobtenidaquecorrespondaalacantidadreinvertida.
2.Aefectosdeaplicarloseñaladoenelapartadoanteriorsetendráencuentaloestablecidoenelartículo38delaLey35/2006,de28denoviembre,delImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasleyesdelosImpuestossobreSociedades,sobrelaRentadenoResidentesysobreelPatrimo- nio,ynormativadedesarrollo.
3.Tambiénresultarándeaplicaciónlaobligaciónderetenciónprevistaenelapar- tado2delartículo25asícomoladepresentacióndeladeclaracióneingresodeladeudatributariacorrespondiente,previstaenelapartado1delartículo28deestetextorefundido.Noobstanteloanterior,cuandolareinversiónsehayaproducidoconanterioridadalafechaenlaquesedebapresentarlamencionadadeclaración, lareinversión,totaloparcial,podrátenerseencuentaparadeterminarladeudatributariacorrespondiente.
4.LoprevistoenestadisposiciónseaplicaráigualmentealoscontribuyentesqueseanresidentesenunEstadomiembrodelEspacioEconómicoEuropeoconelqueexistaunefectivointercambiodeinformacióntributaria,enlostérminosprevistosenelapartado4deladisposiciónadicionalprimeradelaLey36/2006,de29denoviembre,demedidasparalaprevencióndelfraudefiscal.
5.Lascondicionesparasolicitarladevoluciónque,ensucaso,resulteprocedente, sedeterminaránreglamentariamente.
Disposición adicional octava.Efectivointercambio de información tributaria. Lasreferenciasenestetextorefundidoa«losEstadosintegrantesdelEspacioEco- nómicoEuropeosiemprequeestoshayansuscritounconvenioconEspañapara
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14. ■Texto añadido
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Proyectode reformade la Leydel IRNR
Disposiciónadicionalnovena.Inexistente.
Disposicióntransitoriaúnica.DisposicionestransitoriasdeltextorefundidodelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicas,aprobadoporelRealDecretoLegislativo3/2004,de5demarzo.
1.Lasdisposicionestransitoriassegunda,quinta,novenaydécimadeltextore- fundidodelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasaprobadoporelRealDecretoLegislativo3/2004,de5demarzo,seránaplicablesaloscontribuyentessinestablecimientopermanentequeseanpersonasfísicas.
2.LasmodificacionesefectuadasenlasdisposicionestransitoriasquintaynovenadeltextorefundidodelaLeydelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasporladisposiciónfinalprimeradelaLey35/2006,delImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasydemodificaciónparcialdelasLeyesdelosimpuestossobreso- ciedades,sobrelaRentadenoResidentesysobreelPatrimonio,solamentesurtiránefectosenelImpuestosobrelaRentadenoResidentesdesdelafechadeentradaenvigordelacitadadisposición
evitarladobleimposicióninternacionalconcláusuladeintercambiodeinformaciónounacuerdodeintercambiodeinformaciónenmateriatributaria»seentenderánhechasa«losestadosmiembrosdelEspacioEconómicoEuropeoconelqueexistaunefectivointercambiodeinformacióntributaria,enlostérminosprevistosenelapartado4deladisposiciónadicionalprimeradelaLey36/2006,de29denoviem- bre,demedidasparalaprevencióndelfraudefiscal
Disposiciónadicionalnovena.Tiposdegravamenaplicablesen2015.
Enelaño2015,eltipodegravamendel19porcientoprevistoenelapartado2delartículo19yenlasletrasa)yf)delapartado1delartículo25deestaLey,serádel20porciento.
Disposicióntransitoriaúnica.DisposicionestransitoriasdeltextorefundidodelaLeydelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicas,aprobadoporelRealDecretoLegislativo3/2004,de5demarzo.
LasdisposicionestransitoriassegundaydécimadeltextorefundidodelaLeydelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicas,aprobadoporelRealDecretoLegislativo3/2004,de5demarzo,seránaplicablesaloscontribuyentessinestable- cimientopermanentequeseanpersonasfísicas.
Bartolomé Borrego Zabala 14