Recursos municipales impuesto, tasas y contribucionesgmnunez
Este documento intenta definir los recursos con que cuenta un municipio para efectuar las obras y prestar los servicios. Deferencia entre impuesto, tasas y contribuciones, da las características y ejemplos.
Los Municipios, como entes que regulan las actividades económicas en su jurisdicción, deben incentivar a todos aquellos individuos que realicen actos de comercio a obtener su licencia de funcionamiento para trabajar dentro del marco legal establecido en la Ordenanza de Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar para la recaudación de todos aquellos impuestos causados provenientes de sus actividades económicas.
Recursos municipales impuesto, tasas y contribucionesgmnunez
Este documento intenta definir los recursos con que cuenta un municipio para efectuar las obras y prestar los servicios. Deferencia entre impuesto, tasas y contribuciones, da las características y ejemplos.
Los Municipios, como entes que regulan las actividades económicas en su jurisdicción, deben incentivar a todos aquellos individuos que realicen actos de comercio a obtener su licencia de funcionamiento para trabajar dentro del marco legal establecido en la Ordenanza de Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar para la recaudación de todos aquellos impuestos causados provenientes de sus actividades económicas.
Proposición del Grupo Municipal de UPyD sobre la eliminación de la exención del IBI en aquellos edificios que no cumplan la función social pese a que la titularidad del mismo así lo indique
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
4. Exenciones: Los predios que no tengan un valor comercial superior al equivalente de veinticinco salarios mínimos vitales mensuales del trabajador en general. Los predios de propiedad del Fisco y demás entidades del Sector Público; Los templos de todo culto religioso, los conventos y las casas parroquiales. Los predios que pertenecen a las instituciones de beneficencia o asistencia social o de educación. Las propiedades que pertenecen a naciones extranjeras o a organismos internacionales de función pública, siempre que estén destinados a dichas funciones.
5. ¿Quién cobra el tributo? Para efectos de este impuesto cuyo sujeto activo es la Municipalidad respectiva, en la forma establecida por la Ley. Los límites de las zonas urbanas, a los efectos de este impuesto, serán determinados por el Concejo, previo informe de una comisión especial que aquél designará, de la que formará parte un representante del centro agrícola cantonal respectivo.