IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
El impuesto predial unificado es un gravamen real y se genera
por la existencia del inmueble y/o mejoras. Puede hacerse
efectivo con el respectivo predio y/o mejora,
independientemente de quien sea su propietario, de tal suerte
que el Municipio de Concordia podrá perseguir el inmueble sea
quien fuere el que lo posea, y a cualquier título que lo haya
adquirido.
¿CUÁL ES LA BASE GRAVABLE DE ESTE
IMPUESTO PREDIAL?
La base gravable corresponde al avalúo catastral resultante de
los procesos de formación catastral, actualización, formación y
conservación.
¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS PARA FIJAR
LA TARIFA DEL IMPUESTO PREDIAL?
Se entiende por tarifa el milaje que se aplica sobre la base
gravable y, de conformidad con la Ley 1450 de 2011. Para las
tarifas se tiene en cuenta factores tales como:
1. Los estratos socioeconómicos.
2. Los usos del suelo en el sector urbano.
3. La antigüedad de la formación o actualización del Catastro.
4. El rango de área.
5. Avalúo Catastral.
¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DEL
PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL?
La persona natural o jurídica, propietaria o poseedora de
predios o mejoras, incluidos las entidades públicas. No
obstante, responderán solidariamente por el pago del
impuesto, los herederos, legatarios, el poseedor del predio, y
todos los sujetos que expresamente señale la ley.
¿EN QUÉ FECHAS DEBO PAGAR EL
IMPUESTO PREDIAL?
El pago del Impuesto Predial Unificado se hace por trimestre
en la taquilla de la Secretaría de Hacienda o en los bancos
autorizados a más tardar en las siguientes fechas:
TRIMESTRE FECHA LÍMITE
I 31 de Marzo
II 30 de Junio
III 30 de Septiembre
IV 31 de Diciembre

Diapositivas impuesto predial

  • 1.
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    IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Elimpuesto predial unificado es un gravamen real y se genera por la existencia del inmueble y/o mejoras. Puede hacerse efectivo con el respectivo predio y/o mejora, independientemente de quien sea su propietario, de tal suerte que el Municipio de Concordia podrá perseguir el inmueble sea quien fuere el que lo posea, y a cualquier título que lo haya adquirido.
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    ¿CUÁL ES LABASE GRAVABLE DE ESTE IMPUESTO PREDIAL? La base gravable corresponde al avalúo catastral resultante de los procesos de formación catastral, actualización, formación y conservación.
  • 4.
    ¿CUÁLES SON LOSCRITERIOS PARA FIJAR LA TARIFA DEL IMPUESTO PREDIAL? Se entiende por tarifa el milaje que se aplica sobre la base gravable y, de conformidad con la Ley 1450 de 2011. Para las tarifas se tiene en cuenta factores tales como: 1. Los estratos socioeconómicos. 2. Los usos del suelo en el sector urbano. 3. La antigüedad de la formación o actualización del Catastro. 4. El rango de área. 5. Avalúo Catastral.
  • 5.
    ¿QUIÉN ES ELRESPONSABLE DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL? La persona natural o jurídica, propietaria o poseedora de predios o mejoras, incluidos las entidades públicas. No obstante, responderán solidariamente por el pago del impuesto, los herederos, legatarios, el poseedor del predio, y todos los sujetos que expresamente señale la ley.
  • 6.
    ¿EN QUÉ FECHASDEBO PAGAR EL IMPUESTO PREDIAL? El pago del Impuesto Predial Unificado se hace por trimestre en la taquilla de la Secretaría de Hacienda o en los bancos autorizados a más tardar en las siguientes fechas: TRIMESTRE FECHA LÍMITE I 31 de Marzo II 30 de Junio III 30 de Septiembre IV 31 de Diciembre