4. El
androcentrismo
en la lengua
• El androcentrismo se define como la visión del mundo y de las
relaciones sociales centradas en el punto de vista masculino.
• Los hombres y las masculinidades tradicionales han sido
históricamente el punto de referencia, modelos a seguir, sujetos
de derecho y quienes son nombrados a través del lenguaje.
• Se espera que, al nombrar los hombres, las mujeres se asuman
representadas. Por eso se habla de nosotros, ciudadanos y
colombianos, omitiendo en las expresiones que las mujeres
también hacen parte de esos grupos.
5. Recursos para la
comunicación
incluyente
• Utilizar términos que incluyan a hombres y mujeres
• Reconocer tanto a mujeres como a hombres en sus acciones
implica nombrar y diferenciar lo femenino y lo masculino de tales
funciones sociales por medio de sustantivos.
Expresión común Expresión no sexista
El Fiscal La fiscalía
Los jueces La judicatura
Los tutores La tutoría
Los policías La policía
6. Otros recursos
• Cambiar el uso de términos metonímicos como “se puede recurrir a
un consultor especializado” por “se puede recurrir a una consultoría”.
• Nombrar el cargo en masculino o femenino según corresponda si
vamos, por ejemplo a enviar un comunicado y sabemos el cargo de la
persona, pero no su nombre. Lo mismo aplica para quien firma un
documento. Como por ejemplo: “Al jefe de departamento” por “A la
jefatura de departamento” o “A Él/La Jefe/Jefa de departamento”
• Usar los pronombres quien y quienes para remplazar palabras
discriminatorias; por ejemplo, “los consumidores” puede ser
remplazado por “quienes consumen”.
• Usar los gentilicios con un sentido que realmente abarque; por
ejemplo, cambiar “los bogotanos” por “el pueblo bogotano”.
7. Otros recursos
Evitar el orden tradicional en que se enuncia hombres y mujeres,
que es el reflejo de la posición secundaria que se ha asignado
socialmente a las mujeres en la sociedad. Lo que se propone es no
asignar un orden privilegiado a uno u otro, sino alternarlo en un
mismo discurso o texto.
Ejemplo 1 Ejemplo 2
Servidoras y servidores públicos Servidores y servidoras públicas
Diputadas y diputados Diputados y diputadas
Las y los asistentes Los y las asistentes
8. Otros recursos
Usar genéricos o modificar la redacción cuando se trata de
formatos que van a ser respondidos por mujeres y hombres, con el
objetivo de remplazar el uso de convenciones administrativas:
No Incluyente Incluyente
Firma del solicitante Firma de quien solicita
El empleado acreditado La persona empleada
El donante El/La donante.
El beneficiario La persona beneficiada.
El acreditado La persona acreditada
el contratante la parte contratante
el demandado la parte demandada
el solicitante la parte solicitante
9. Otros recursos
Además de las expresiones que refuerzan estereotipos de género,
utilizar lenguaje incluyente significa no discriminar y nombrar de
manera respetuosa la diferencias y diversidades. Se suelen utilizar
términos de connotación negativa para referirse a algunas personas o
grupos. Estas denominaciones también deben evitarse:
No Incluyente Incluyente
Los enfermos de SIDA
Los sidosos
Personas que viven con VIH
Los viejitos
Los ancianos
Personas adultas mayores
Los venecos Personas venezolanas
Las sectas religiosas Grupos religiosos
Los discapacitados
Personas con capacidades diferentes
Los minusválidos
Personas en situación de discapacidad
Travestis Personas trans
Las marimachas
Los desviados
Lesbianas
Personas con orientación sexual o identidad de género no
tradicional
Personas homosexuales
10. Otros recursos
Usar genéricos o modificar la redacción cuando se trata de
formatos que van a ser respondidos por mujeres y hombres, con el
objetivo de remplazar el uso de convenciones administrativas:
No Incluyente Incluyente
Firma del solicitante Firma de quien solicita
El empleado acreditado La persona empleada
El donante El/La donante.
El beneficiario La persona beneficiada.
El acreditado La persona acreditada
el contratante la parte contratante
el demandado la parte demandada
el solicitante la parte solicitante
11. Normatividad sobre comunicación incluyente
TRATADO O NORMA
Apartado J (Beijing 1995) – La mujer y los medios de difusión
Sentencia c-804/2006 de la Corte Constitucional
Artículo 10, Ley 1257 de 2008
Acuerdo 381 de 2009