3. OBJETIVOS DELTEMA:
Al terminar el estudio de éste tema el alumno
podrá :
• Definir en sus propias palabras el
concepto de contabilidad.
• Saber cual es el objetivo e importancia de
la contabilidad.
• Usuarios de la contabilidad
• Formas de organización de los negocios
• Tener en cuenta las disposiciones legales
acerca de la obligatoriedad de la
contabilidad.
4. Antecedentes de la Contabilidad
1
• Los primeros antecedentes hablan de registros de cuentas en civilizaciones tan antiguas como las de
China, Babilonia, Grecia y Egipto.
2
• La Contabilidad se desarrolló aún más como resultado de las necesidades de información de los
comerciantes en las ciudades-estado de Italia durante el siglo XV. En ese ambiente el monje Luca
Pacioli, un matemático amigo de Leonardo DaVinci, publicó en 1494 la primera descripción de la
teneduría de libros por partida doble.
3
• El desarrollo contable aumentó durante la Revolución Industrial cuando las economías de los países
desarrollados comenzaron la producción masiva de bienes.
4
• En el siglo XIX el crecimiento de las corporaciones motivó que los dueños de las empresas (los
accionistas) ya no eran por necesidad los gerentes de sus negocios, por tanto fue necesario crear
sistemas contables para informar a los dueños de cuán bien estaban operando sus empresas.
5
• Hoy día la tecnología le permite a la contaduría evolucionar hacia esquemas mucho más modernos y
automatizados que han transformado la profesión, alcanzando mayores niveles de sofisticación.
5. Orígenes de la Contabilidad en México
Los aztecas llevaban un adecuado control de los tributos y las transacciones
comerciales que tenían con otras civilizaciones mesoamericanas.
En 1536 elVirrey Antonio de Mendoza establece la contabilidad de la casa de
moneda, que es tenida como el primer libro contable de nuestro continente.
Durante la colonia Sor Juana Inés de la Cruz fue contadora por 9 años en el
convento de San Jerónimo.
Mientras Juárez era presidente se inaugura la Escuela Superior de Comercio y
Administración el 1° de julio de 1868.
El 25 de mayo de 1907 sustenta su examen profesional Don Fernando diez
Barroso, y obtiene el titulo de Contador de Comercio, convirtiéndose en el
primero contador público titulado en el país.
6. Luca Paccioli. Padre de la Contabilidad.
(1494)
La Summa de Arithmética, Geometría Proportioni etProportionalitá",
en donde se considera el concepto de partida doble por primera vez
7. ¿Qué es CONTABILIDAD?
CONCEPTO:
Es la técnica mediante la cual se
registran, clasifican y resumen las
operaciones realizadas y los eventos
económicos, naturales y de otro tipo,
identificables y cuantificables que
afectan a la entidad, estableciendo los
medios de control que permitan
comunicar información cuantitativa,
expresada en unidades monetarias,
analizada e interpretada, para que los
diversos interesados puedan tomar
decisiones en relación con dicha entidad
económica.
JAVIER ROMERO.
8. • CONCEPTO:Técnica que obtiene
información financiera sobre las
transacciones que celebran las entidades
económicas.
ARTURO ELIZONDO LÓPEZ.
• CONCEPTO: Rama de la ciencia
empresarial que trata sobre la forma de
registrar las variaciones que experimentan
los patrimonios de las empresas, así como
las pérdidas y ganancias que éstas tengan.
DICCIONARIO DE CONTABILIDADY
FINANZAS ED. OCÉANO.
9. DEFINICIÓN OFICIAL:
Es la técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que
afectan económicamente a una entidad, y que produce sistemática y
estructuradamente información financiera. Las operaciones que
afectan económicamente a una entidad incluyen transacciones,
transformaciones internas y otros eventos.
NIF A-1.
¿QUÉ ES CONTABILIDAD ?
10. Y entonces
¿Qué es la información financiera?
• La información financiera que emana de
la contabilidad, es información
cuantitativa, expresada en unidades
monetarias y descriptivas, que muestra
la posición y desempeño financiero de
una entidad, y cuyo objetivo esencial es
el de ser útil al usuario general en la
toma de sus decisiones económicas.
• Su manifestación fundamental son los
estados financieros.
11. RESUMEN
CONTABILIDAD
Técnica mediante la cual se:
Registran
Clasifican
Y resumen
Las operaciones realizadas y los eventos
económicos, naturales y de otro tipo, identificables y
cuantificables que afectan a la entidad
12. El objetivo fundamental de la
contabilidad es obtener información
financiera, que sirva para:
•Observar y evaluar el comportamiento
de las entidades económicas.
•Comparar sus resultados con otros
periodos y otras entidades.
•Evaluar sus resultados a la luz de los
objetivos establecidos.
•Planear sus operaciones.
•Estimar su futuro dentro del entorno
socioeconómico que la rodea.
Objetivo de la Contabilidad
13. • La contabilidad es importante
por que satisface, a través de la
información financiera que
obtiene, dos necesidades
concretas de las entidades
económicas:
• Orientación para tomar
decisiones
• Control.
Importancia de la Contabilidad
14. ÚTIL
PARA QUE LOS ACTUALES Y FUTUROS INVERSIONISTAS,
ACREEDORES Y OTROS USUARIOS PUEDAN TOMAR
ALGUNA DECISIÓN DE INVERSIÓN O CRÉDITO.
CARACTERÍSTICAS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
PROPORCIONAR INFORMACIÓN:
Confiabilidad
Utilidad
Veracidad
Objetividad
Verificabilidad
Suficiencia
Comprensibilidad
Oportunidad
15. A FIN DE QUE LOS USUARIOS DE LA
INFORMACIÓN PUEDAN LLEVAR A CABO,
EN FORMA OPORTUNA, TODO TIPO DE
DECISIONES, TANTO DE TIPO FINANCIERO
COMO ADMINISTRATIVO.
OPORTUNA
16. PARA AYUDAR A LOS USUARIOS A DETERMINAR LOS MONTOS DE
NUEVOS PROYECTOS, ASÍ COMO, LA ENTRADA DE EFECTIVO,
ASOCIADOS CON LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES DENTRO DE
LA EMPRESA.
CONFIABLE
18. COMPARABILIDAD.
Debe permitir a los usuarios generales identificar y analizar las
diferencias y similitudes con la información de la misma entidad y
con la de otras entidades, a lo largo del tiempo.
19. Son las personas o instituciones que por diferentes razones tienen
interés en los estados financieros de una organización.
USUARIOS DE LA INFORMACIÓN
FINANCIERA
Se clasifican de manera significativa en usuarios internos y
usuarios externos.
21. • En función de las actividades
que realiza la entidad: Si bien la
contabilidad es única y se
aplica en todas las entidades
económicas, pueden
reconocerse diversas
especialidades, según sea la
actividad o giro de la entidad
que la aplica.
Tipos de Contabilidad
22. TIPO DE CONTABILIDAD. DESCRIPCIÓN.
Comercial. Es utilizada por entidades que compran y venden
mercancías.
Industrial. Se establece en entidades que adquieren materia
prima y la transforman obteniendo productos
terminados.
Gubernamental. Empleada por entidades del gobierno federal, estatal y
municipal.
De entidades no lucrativas. Sirve a entidades que persiguen un beneficio social y
que por lo mismo no obtienen actividades.
Bancaria. Se aplica a instituciones de crédito y organizaciones
auxiliares.
De Industrias extractivas. Se establece en entidades dedicadas a la explotación
de recursos naturales no renovables.
Otras especialidades. De seguros, ganaderas, pesqueras, de hoteles,
hospitales, etc.
Tipos de Contabilidad
23. • En función de sus usuarios:
Tipos de Contabilidad
Contabilidad
Financiera
• Rinde
información
externa,
basada en NIF,
abarca todos
los aspectos de
la entidad, es
legalmente
obligatoria, con
información
histórica
expresada en
términos
monetarios.
Contabilidad
Administrativa
• Rinde información
interna, basada en
reglas propias de
la entidad, la
información es
departamental y
opcional, se refiere
a estimaciones
futuras y no
siempre se valúa
en términos
monetarios.
Contabilidad
Fiscal
• Rinde
información a
las autoridades
hacendarias,
para efecto de
pago de
impuestos.
24. • Código de Comercio. Libro primero. Titulo
Segundo. Capitulo III De la Contabilidad
Mercantil.Arts. 33 - 46.
• Código Fiscal de la Federación. Titulo
Segundo.Art. 28.
• Ley General de Sociedades Mercantiles.
Capitulo V .Sección V De la Información
Financiera.Arts. 172 – 177.
• Ley del Impuesto Sobre la Renta. Titulo
Segundo. Capítulo VIII. Art. 86, fracciones I,
V, y XVIII.
• Ley del Impuesto al Valor Agregado. Art.
32, fracción I.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
25. • Código de Comercio. Libro primero. Titulo Segundo. Capitulo
III De la Contabilidad Mercantil. Arts. 33 - 46.
• Artículo 33.- El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de
contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos,
recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las
características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los
siguientes requisitos mínimos:
A. Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así
como conectar dichas operaciones individuales con los documentos
comprobatorios originales de las mismas.
B. Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las
acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y
viceversa;
C. Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información
financiera del negocio;
Obligación Legal de llevar Contabilidad
26. D. Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las
acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales;
E. Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la
omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro
contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.
• Artículo 34.- Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberán llevar
debidamente encuadernados, empastados y foliados el libro mayor y, en el caso de las
personas morales, el libro o los libros de actas. La encuadernación de estos libros podrá
hacerse a posteriori, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio; sin perjuicio
de los requisitos especiales que establezcan las leyes y reglamentos fiscales para los
registros y documentos que tengan relación con las obligaciones fiscales del comerciante.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
27. • Artículo 35.- En el libro mayor se deberán anotar, como
mínimo y por lo menos una vez al mes, los nombres o
designaciones de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final
del período de registro inmediato anterior, el total de
movimientos de cargo o crédito a cada cuenta en el período y
su saldo final. Podrán llevarse mayores particulares por oficinas,
segmentos de actividad o cualquier otra clasificación, pero en
todos los casos deberá existir un mayor general en que se
concentren todas las operaciones de la entidad.
• Artículo 36.- En el libro o los libros de actas se harán constar
todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen
las asambleas o juntas de socios, y en su caso, los consejos de
administración.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
28. • Artículo 37.- Todos los registros a que se refiere este capítulo deberán llevarse en
castellano, aunque el comerciante sea extranjero. En caso de no cumplirse este
requisito el comerciante incurrirá en una multa no menos de 25,000. 00 pesos, que
no excederá del cinco por ciento de su capital y las autoridades correspondientes
podrán ordenar que se haga la traducción al castellano por medio de perito
traductor debidamente reconocido, siendo por cuenta del comerciante todos los
costos originados por dicha traducción.
• Artículo 38.- El comerciante deberá conservar, debidamente archivados, los
comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan
relacionarse con dichas operaciones y con el registro que de ellas se haga, y deberá
conservarlos por un plazo mínimo de diez años.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
29. • Artículo 41.- En el libro de actas que llevará cada sociedad, cuando se trate
de juntas generales, se expresará: la fecha respectiva, los asistentes a ellas,
los números de acciones que cada uno represente, el número de votos de
que pueden hacer uso, los acuerdos que se tomen, los que se consignarán a
la letra; y cuando las votaciones no sean económicas, los votos emitidos,
cuidando además de consignar todo lo que conduzca al perfecto
conocimiento de lo acordado. Cuando el acta se refiera a junta del consejo de
administración, solo se expresará: la fecha, nombre de los asistentes y
relación de los acuerdos aprobados. Estas actas serán autorizadas con las
firmas de las personas a quienes los estatutos confieran esta facultad.
• Artículo 42.- No se puede hacer pesquisa de oficio por tribunal ni autoridad
alguna, para inquirir si los comerciantes llevan o no el sistema de
contabilidad a que se refiere este capítulo.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
30. • Artículo 43.- Tampoco podrá decretarse, a instancia de parte, la comunicación,
entrega o reconocimiento general de los libros, registros, comprobantes, cartas,
cuentas y documentos de los comerciantes, sino en los casos de sucesión
universal, liquidación de compañía dirección o gestión comercial por cuenta de
otro o de quiebra.
• Artículo 44.- Fuera de los casos prefijados en el artículo anterior, sólo podrá
decretarse la exhibición de los libros, registros y documentos de los comerciantes,
a instancia de parte o de oficio, cuando la persona a quien pertenezcan tenga
interés o responsabilidad en el asunto en que proceda la exhibición.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
31. • Artículo 46.- Todo comerciante está
obligado a conservar los libros, registros y
documentos de su negocio por un plazo
mínimo de diez años. Los herederos de un
comerciante tienen la misma obligación.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
32. Código Fiscal de la Federación. Titulo Segundo. Art. 28.
• Artículo 28.- Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén
obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:
I. Llevarán los sistemas y registros contables que señale el Reglamento de este
Código, las que deberán reunir los requisitos que establezca dicho Reglamento.
II. Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán, efectuarse dentro de los
dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas.
III. Llevarán la contabilidad en su domicilio fiscal. Los contribuyentes podrán procesar
a través de medios electrónicos, datos e información de su contabilidad en lugar
distinto a su domicilio fiscal, sin que por ello se considere que se lleva la
contabilidad fuera del domicilio mencionado.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
33. IV. Llevarán un control de sus inventarios de mercancías, materias primas, productos en
proceso y productos terminados, según se trate, el cual consistirá en un registro que
permita identificar por unidades, por productos, por concepto y por fecha, los aumentos y
disminuciones en dichos inventarios, así como las existencias al inicio y al final de cada
ejercicio, de tales inventarios. Dentro del concepto se deberá indicar si se trata de
devoluciones, enajenaciones, donaciones, destrucciones, entre otros.
V. Tratándose de personas que enajenen gasolina, diesel, gas natural para combustión
automotriz o gas licuado de petróleo para combustión automotriz, en establecimientos
abiertos al público en general, deberán contar con controles volumétricos y mantenerlos
en todo momento en operación. Dichos controles formarán parte de la contabilidad del
contribuyente. Para tales efectos, el control volumétrico deberá llevarse con los equipos
que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter
general.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
34. • En los casos en los que las demás
disposiciones de este Código hagan
referencia a la contabilidad, se entenderá
que la misma se integra por los sistemas y
registros contables a que se refiere la
fracción I de este artículo, por los papeles de
trabajo, registros, cuentas especiales, libros
y registros sociales señalados en el párrafo
precedente, por los equipos y sistemas
electrónicos de registro fiscal y sus registros,
por las máquinas registradoras de
comprobación fiscal y sus registros, cuando
se esté obligado a llevar dichas máquinas,
así como por la documentación
comprobatoria de los asientos respectivos y
los comprobantes de haber cumplido con las
disposiciones fiscales.
Obligación Legal de llevar Contabilidad
35. Formas de ordenar las organizaciones económicas lucrativas
(negocios)
Personas físicas
Es una sola persona que se constituye
como organización económica para
realizar un objetivo
Sociedad (personas morales)
Se constituye al reunirse varias personas que participan en un
mismo negocio con el fin de obtener utilidad mediante la prestación
de un servicio o la venta de un producto
Es administrador único
Llenar formas fiscales necesarios
(RFC) ante el SAT
Puede dedicarse a la prestación
de un servicio (arrendador de
bienes)
Compra de bienes
Llevar contabilidad y
proporcionar información
contable al fisco (mensual/anual)
Sociedad Anónima (S.A.)
Voz y voto cuenta por igual
Ventajas
Se constituye por ley y es
autónoma
Fácil de obtener capital
No se afecta por cambios
de propietarios,
enfermedad o muerte.
Capital Variable (C.V.)
La voz y el voto de cada socio
está en función del monto de
su aportación
36. Está regulada de forma estricta.
Presenta un número importante de informes y
declaraciones.
Cumplen con ciertas reglamentaciones.
Informan de sus operaciones ampliamente.
Llevan una administración compleja para brindar
información detallada
Desventajas de la S.A.
Constitución de la S.A.
Requisitos:
Que hayan dos socios como mínimo
Aportación de capital en efectivo
Realiza trámites ante el SAT
Obtención del acta constitutiva
Después de obtener su registro
deberán realizar junta para:
Aprobar estatutos o reglas de operación
Elección de los administradores
Decidir sobre la emisión y venta de las
acciones
Elementos que integra un acta
constitutiva
Nombre, nacionalidad, domicilio de
las P.F. / P.M.
Objetivo de la sociedad
Razón social y denominación
Domicilio de la sociedad
Formas de distribuir la utilidades y
pérdidas entre los socios
Estructura Organizativa de la S.A.
Presidente del consejo (principal funcionario, pero
menor que los accionistas)
Secretario (Elaboración, control y custodia de las actas
de acuerdos)
Consejeros (brindar opinión crítica sobre las decisiones
de la empresa)