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PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
TEMA ; PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN
CURSO; CONTRATACIONES DEL ESTADO
DOCENTE
Dr. MAJO MARRUFO, ALBERTO EVANS
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TEMA ; PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN
CURSO; CONTRATACIONES DEL ESTADO
INTEGRANTES:
Espinoza Aburto, Edwin Didi
Villacorta Macedo, Javier Jose
Carhuamaca Bautista, Benicio
Orocaja Lazo, Mariza
Gonzales Rojas, Marilin
Gutiérrez Espíritu, Labán Elías
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TEMA
PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN
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INTRODUCCIÓN
Hoy en día el hacer contrataciones con el Estado en Perú, son procesos mediante los cuales las
entidades públicas adquieren bienes, servicios y obras para cumplir con sus metas institucionales y
metas presupuestarias.
El Estado en Perú. Los Procedimientos de contratación, las entidades públicas deben llevar a cabo
diferentes procesos de contratación para seleccionar al proveedor que cumpla con satisfacer sus
necesidades. Dichos proveedores pueden ser personas naturales, personas jurídicas o consorcios.
Normativas En Perú, la figura del contrato de la Administración Pública está incorporada en el
ordenamiento normativo peruano. La Constitución Política distingue entre la contratación privada y la
contratación pública, y dispone que en el ámbito público de los recursos públicos se realizará
conforme a los procedimientos establecidos en la legislación correspondiente. Registro de
proveedores, para contratar con el Estado en Perú, los proveedores deben estar registrados en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP
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1. DATOS GENERALES
1. NOMENCLATURA : LP-SM-8-2021-GRA/SRP/CS-1
2. N° Convocatoria : 01
3. Tipo Compra o Selección: : POR LA ENTIDAD
4. Normativa Aplicable : Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado
5. Entidad Convocante : GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH – SUB REGION PACIFICO.
6. Dirección Legal: : AV CHIMBOTE N° 130 URB. BUENOS AIRES – NUEVO CHIMBOTE –
SANTA – ANCASH.
7. Objeto de Contratación : Obra
8. Descripción del Objeto : MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DEL CANAL DE SANTA
CRUZ DISTRITO DE COCHAPETI, PROVINCIA DE HUARMEY – DEPARTAMENTO DE ANCASH” - CUI N°
2424392.
9. Valor estimado : 9,037,310.21 Soles
10. Monto de buena pro : 7,953,661.45 soles inc. IGV
11. Plazo de ejecución : 210 días calendarios.
12. Comité de selección:
-KATHERINE REYNA LUCERO ROJAS titular presidente
- JOSE ANTONIO CASTRO CARDENAS Titular Miembro 1
- ADRIAN BENITO MEJIA MORALES Titular Miembro 2
- MIGUEL DAVID GIRON CHAVEZ Suplente Presidente
- ANGEL ANDREE ROSSELL BAEZ Suplente Miembro 1
- LIZBET YAHAYRA CORTEZ ÑIQUEN Suplente Miembro 2
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1. ANTECEDENTES
1. BASE LEGAL
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el DECRETO SUPREMO N°
082-2019-EF:
Reglamento De La Ley De 30225, Ley De Contrataciones Del Estado, Aprobado por el
decreto supremo N 344-2018-EF
TITULO IV Actuaciones Preparatorias.
CAPÍTULO I Requerimiento Y Preparación Del Expediente De Contratación
CAPÍTULO III DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
TÍTULO V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN.
CAPÍTULO II LICITACIÓN PÚBLICA
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DESARROLLO
ACTUACIONES PREPARATORIAS
1. Bases administrativas
Para la contratación de la ejecución de la Obra: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DEL CANAL DE SANTA CRUZ DISTRITO
DE COCHAPETI, PROVINCIA DE HUARMEY – DEPARTAMENTO DE ANCASH” - CUI N° 2424392”.
Se llevó a cabo el procedimiento de Contratación de Licitación Pública.
El requerimiento depende del área usuaria, en este caso es de la Sub Gerencia de Obras Públicas. El N° de referencia del PAC es el
008.
EXPEDIENTE DE CONTRATACION
Documento y fecha de aprobación del expediente de contratación: Formato N° 008 -2021-GRA-SRP-SC-I.
Documento y fecha de aprobación del expediente técnico: RESOLUCION GERENCIAL N° 027-2022-REGIONANCASH/G.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente de
contratación respectivo.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN
No corresponde.
Los requerimientos mínimos son lo siguiente:
Plazo de ejecución: Doscientos diez (210) días calendarios.
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1. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1. Absolución de consultas y observaciones
Se realizaron 6 consultas/observaciones, por lo que a continuación se muestra un resumen de las consultas y observaciones relevantes,
que servirán para la integración de las bases.
# OBS. DESCRIPCIÓN ANÁLISIS
1
El numeral 153.5 del artículo 153 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece que: ¿En el caso de obras, no se exige la presentación de
garantía por adelantos cuando los documentos del procedimiento de selección establezcan la obligación de constituir un fideicomiso para el manejo de los
recursos que el contratista reciba a título de adelanto.
Se acoge lo solicitado por el participante, y se incluirá en las bases lo estipulado en el artículo 184.
Y 185 del decreto supremo n° 344-2018, referido al fideicomiso.
2 En calidad de postor del proceso LP-SM-8-2021-GRA/SRP/CS-1 vinculado a la EJECUCIÓN DE LA OBRA:MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DEL CANAL DE SANTA
CRUZ DISTRITO DE COCHAPETI ,PROVINCIA DE HUARMEY - DEPARTAMENTO DE ANCASH CON CUI N 2424392 e conformidad con el Art. 8, numeral 8.1 del D.U. N°
063-2021, vigente desde el 12.07.2021, OBSERVAMOS y SOLICITAMOS establecer en los documentos del procedimiento de selección (BASES) que el postor
adjudicado tenga la opción de optar, como medio alternativo a la obligación de presentar la garantía de fiel cumplimiento y de fiel cumplimiento por
prestaciones accesorias, por la retención del monto total de la garantía correspondiente, conforme se prevé en dicho Decreto de Urgencia aplicable a todos los
procesos de selección que se convoquen bajo cualquiera de los regímenes de contratación del Sistema Nacional de Abastecimiento, y que ha sido omitido en las
Bases del presente proceso (Sección Específica, Numeral 2.3, literal a)
Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido
considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral
1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las
bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n°063-2021
3
De acuerdo a la provisto en el art. 8 del DECRETO DE URGENCIA Nº 063-2021 confirmar que el ganador de la buena pro, podrá optar ¿cómo medio alternativo a la
obligación de presentar las garantías de fiel cumplimiento y de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, por la retención del monto total de la garantía
correspondiente.
Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido
considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral
1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las
bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n°063-2021
4 Solicitamos confirmar que se podrá constituir un fideicomiso para el manejo de los recursos que el contratista reciba a título de adelanto, de acuerdo al
procedimiento, plazos y requisitos señalados en los artículos 184 y 185 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Se acoge lo solicitado por el participante, y se incluirá en las bases lo estipulado en el artículo 184.
Y 185 del decreto supremo n° 344-2018, referido al fideicomiso.
5
Respecto a la solvencia económica, solicitamos dejar sin efecto la presentación de la carta de línea de crédito para la licitación para la admisibilidad de la
propuesta. El gobierno ha habilitado mediante el DECRETO DE URGENCIA Nº 063- 2021, medidas que permitan establecer fideicomisos para adelantos de obra y
fondos de garantía en vez de la carta fianza de fiel cumplimiento. Por lo tanto, el pedido de una carta de línea de crédito contraviene dicho decreto de urgencia
que tiene precisamente el objeto de permitir que más postores puedan acceder a participar en contratos público.
Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido
considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral
1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las
bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n° 063-2021
6
De las bases, el numeral 2.3 REQUISITOS PARA PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - CAPITULO II, para la Garantía de fiel cumplimiento del contrato No se
indica de qué manera se va garantizar. Con respecto a la garantía de fiel cumplimiento para la firma de contrato se aplique lo establecido en el numeral 8.1
artículo 8° del decreto de urgencia N° 063-2021, ¿DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS, DURANTE EL AÑO FISCAL 2021 que indica
lo siguiente; Autorizase a las Entidades para que, en los documentos de los procedimientos de selección que se convoquen bajo los regímenes de contratación del
Sistema Nacional de Abastecimiento, establezcan que el postor adjudicado tenga la facultad de optar, como medio alternativo a la obligación de presentar las
garantías de fiel cumplimiento y de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, por la retención del monto total de la garantía correspondiente, por lo que se
solicita al comité precisar que la GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO VA SER POR CARTA FIANZA O POLIZA DE CAUCION O DU N° 063-2021.
Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido
considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral
1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las
bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n° 063-2021
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1. Integración de las Bases
De acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado:
“Bases integradas: Documento del procedimiento de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Simplificada
cuyo texto incorpora las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la
implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, según sea el caso; o, cuyo texto coincide con el de las bases
originales en caso de no haberse presentado consultas y/u observaciones, ni se hayan realizado acciones de
supervisión”
BASES ADMINISTRATIVAS BASES INTEGRADAS ANÁLISIS
2.5 ADELANTOS 2.5.1 ADELANTO DIRECTO
2.5.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
Se considera:
ADELANTO DIRECTO la entidad otorgara adelantos directos por el 10% del monto del contrato original, el contratistadebe solicitar formalmente adelanto directo dentro de los ocho (8) días
siguientes a la suscripción del contrato. Adjuntando a su solicitud
la garantía por adelantos mediante CONSIGNAR CARTA FIANZA Y/O POLIZA DE CAUCION y el comprobante de pago correspondiente. La entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del dia siguiente de
recibida la solicitud del contratista. Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procede la solicitud.
“La Entidad otorgaráadelanto para materiales o insumos por el 20% del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el
contratista.
A.3 EXPERIENCIA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
RESIDENTE DE OBRA
EXPERIENCIA MINIMA DE 48 MESES COMO RESIDENTE O SUPERVISOR
RESIDENTE DE OBRA
EXPERIENCIA MINIMA DE 36 MESES COMO RESIDENTE O SUPERVISOR
Para cargo de residente de obra
ESPECIALISTA DE VALORIZACIONES ESPECIALISTA AMBIENTAL No considera el especialista de valorizaciones.
OTROS FACTORES DE EVALUACION OTROS FACTORES DE EVALUACION
RESPONSABILIDAD HIDRICA
Se incluye el factor.
Copia simple del Certificado Azul emitido por la Autoridad Nacional del Agua que lo reconoce como empresa
hídricamente responsable del “ProgramaHuella Hídrica”
CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA ENERGÍA. Se incluye el factor.
El certificado debe haber sido emitido por un Organismo de Certificación acreditado para dicho sistema de
gestión, ya sea ante el INACAL(antes INDECOPI) u otro organismo acreditador que cuente con reconocimiento internacional.
En el requisito de equipamientoestratégico se observó que solicitaba el MINI CARGADOR FRONTAL CAT 236B, 72.8 HP Para la integración de las bases se quitó la marca del mini cargador y se cambió por lo siguiente:
MINICARGADOR FRONTAL 70HP, 0.50 yd3
En las bases administrativasconsideraban al mini cargador con marca CAT, eso incumplía unos principios de transparencia y libertad de concurrencia.
Consideraba En equipo mínimo:
-Estación total.
-Nivel topográfico con trípode.
Se cambió por lo siguiente:
-Teodolito min(Long 149Mm, Diámetro 45Mm, Aumento 30X)
En las bases administrativas no consideraba las especificaciones técnicas del equipo topográfico, tanto de la estación total y nivel topográfico. Sin embargo, para las bases administrativas se cambió por el teodolito, teniendo en cuenta el
expediente técnico este cambio cumple según la lista de insumos. Pero no se está considerando el equipo de pintura para el pintado de señales del pavimento, siendo este necesario según el expediente técnico.
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1. Evaluación y calificación de ofertas
Para la evaluación y calificación de las ofertas, se verifico si cumple con las bases integradas, de los cuales se muestra en el siguiente
cuadro el resumen de las empresas que sus ofertas fueron admitidas.
Admitida la oferta, se procedió a la evaluación de la documentación, así mismo a la calificación según lo señalado en los términos de
referencia de las bases Integradas. Como se muestra en el siguiente cuadro:
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1. Perfeccionamiento y Suscripción del Contrato
Es la formalización del acuerdo de voluntades
Se produce con la suscripción del documento que lo contiene (contrato) y su vigencia
comienza al día siguiente de su perfeccionamiento o desde la fecha que se establezca en el
contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según
sea el caso.
Actividad 1: Recibir documentos y verificar requisitos para perfeccionar el contrato
Rol: Especialista en Logística
Recibe lo siguiente:
1. Expediente de contratación
2. Documentos previstos en los documentos del procedimiento de selección (bases, entre otros)
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3. Documentos presentados por el postor ganador de la buena pro, conforme lo señala el numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
 Garantías, salvo casos de excepción.
 Contrato de consorcio, de ser el caso.
 Código de cuenta interbancaria (CCI).
 Documento que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
 Los documentos que acrediten el requisito de calificación referidos a la capacidad técnica y profesional en el caso de obras y
consultoría de obras.
Verifica que los documentos:
- Son presentados dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de
que esta haya quedado administrativamente firme.
En caso de la presentación de la subsanación de requisitos el plazo otorgado lo establece la entidad, no pudiendo exceder de cuatro (4)
días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la entidad.
- Contengan los datos de la entidad correctos.
- Estén de acuerdo a las bases.
¿Conforme?
SI: Ir a la actividad 3: Proceder con la elaboración del Proyecto de Contratación)
NO: Ir a la actividad 2: Comunicar que se debe subsanar de los requisitos
• En caso postor ganador no presente los documentos dentro del plazo establecido, pierde la buena pro. Ir a la segunda pregunta de la
actividad 2.
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Actividad 2: Comunicar la subsanación de los requisitos.
Rol: Jefe en Logística
Comunica, mediante carta, al postor ganador la solicitud de la subsanación de los requisitos
conforme a las bases.
¿El postor ganador presenta subsanación de requisitos?
SI: Ir a la actividad 1: Verifica nuevamente que los requisitos estén conforme a LCE
NO: Comunica, mediante carta, la pérdida de la buena pro al postor
Siguiente pregunta.
¿Existe postor en segundo lugar?
SI: Otorga la buena pro al postor. Solicita al postor la presentación de los requisitos para el
perfeccionamiento del contrato dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes del
consentimiento de la buena pro. Ir a la actividad 1.
NO: Ir a la actividad 6:
Declarar DESIERTO
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Actividad 3: Elaborar proyecto de contrato
Rol: Especialista en Logística
Elabora el proyecto de contrato conforme las condiciones de las bases.
Visa y remite al Jefe de Logística.
Rol: Jefe en Logística
Da conformidad al proyecto de contrato mediante vistos.
En caso existan observaciones, coordina con el Especialista en Logística hasta que se encuentre conforme.
Remite al Jefe de la GAF para su suscripción.
Actividad 4: Suscribir contrato
Rol: Jefe de GAF
Suscribe el contrato junto con el representante legal facultado para suscribir contratos por parte del postor
ganador. Ir a la actividad 5 (Registrar contrato).
El plazo para suscribir el contrato no puede exceder de los dos (2) días hábiles siguientes de presentados los documentos por el postor
ganador. También, es de máximo dos (2) días hábiles de subsanadas las observaciones. Visa y remite al Jefe de Logística.
Rol: Jefe en Logística
NO: Comunica, mediante carta, la pérdida de la buena pro al postor. Siguiente pregunta.
¿Existe postor en segundo lugar?
SI: Otorga la buena pro al postor. Solicita al postor la presentación de los requisitos para el perfeccionamiento del contrato dentro del
plazo de ocho (8) días hábiles siguientes del consentimiento de la buena pro. Ir a la actividad 1.
NO: Ir a la actividad 6:
Declarar DESIERTO
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Actividad 5: Registrar contrato
Rol: Especialista en Logística
Registra el contrato suscrito en el SEACE.
Remite los ejemplares de los contratos suscritos al área usuaria, al área de gestión
Documentaria para el Registro de Contratos.
Actividad 6: Declarar Desierto
Rol: Jefe en Logística
Declara desierto y comunica, mediante carta, al postor la pérdida de la buena pro.
El procedimiento se declara desierto y se procede conforme al artículo 65 del
Reglamento.
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1. Modificación del Contrato
La modificación del Contrato deriva de hechos sobrevinientes a la presentación de ofertas que no son imputables a las partes.
Se requiere del informe del área de presupuesto con la certificación correspondiente y la aprobación por resolución del Titular de
Entidad, en caso la modificación implique el incremento del precio.
Adicionalmente a los supuestos de modificación del contrato establecidos en el artículo 34 de la Ley, este puede ser modificado cuando
el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas, siempre que satisfagan la necesidad de la
Entidad. Tales modificaciones no varían las condiciones que motivaron la selección del contratista.
La suscripción de la adenda se registra en el SEACE, conforme a lo establecido por el OSCE
De acuerdo al Art. 34° TUO LCE.
34.1.- Puede modificarse por orden de la Entidad o a solicitud del contratista, para alcanzar la finalidad del contrato de manera oportuna
y eficiente.
34.2.- Puede ser modificado: i) ejecución de prestaciones adicionales, ii) reducción de prestaciones, iii) autorización de ampliaciones de
plazo, y (iv) otros contemplados en la Ley y el Reglamento.
34.3.- Prestaciones adicionales en bienes y servicios y consultorías, hasta por un 25% del monto del contrato original.
34.4.- Prestaciones adicionales en obras, hasta por un 15% del monto del contrato original.
34.5.- En el supuesto que resulte indispensable realizar la prestación adicional de obra, por deficiencia en el expediente técnico, que no
sea responsabilidad del contratista, hasta por un 50% del monto del contrato original.
34.6.- En el servicio de supervisión de obra, cuando se produzca variaciones a los plazos de obra, hasta por un 15% del monto del
contrato original.
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1.Recepción de Conformidad
2.Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad puede otorgar al contratista
3. periodos adicionales para las correcciones pertinentes. En este supuesto corresponde aplicar la penalidad por mora desde el
4.vencimiento del plazo para subsanar brindado en la primera comunicación.
Finalmente, luego de la Conformidad, en un plazo de 10 días se realizara el pago correspondiente, (D.S. N.º 168-2020-EF)
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1. ANALISIS
El proceso de selección analizado, tenía muchas deficiencias en las bases
Administrativas, ya que no fue elaborado según la FICHA DE HOMOLOGACIÓN para
la ejecución de una obra de mejoramiento del sistema de riego del canal de Santa Cruz
para el procedimiento de selección por licitación pública, aprobado por RESOLUCION
GERENCIAL N° 027-2022-REGIONANCASH/G.
Se realizaron 06 consultas y/o observaciones, de los cuales en su gran mayoría era
porque no cumplía con la ficha de homologación mencionado, así mismo se verifico que
en las bases integradas estén resueltos todas las dudas de los participantes, lo cual si
cumple.
En este proceso de selección se observó que existió libre competencia, ya que fueron
admitidos 10 participantes. Donde el ganador de la buena Pro era el CINVEC S.A.C.
RUC 20600645511, con fecha 23 de marzo del 2022 a las 17:30 horas.
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1. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
o De acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones, lGobierno Regional de Ancahs,, mediante OSCE convoca a
la licitación pública para el proyecto “Mejoramiento del sistema de riego del canal de Santa Cruz distrito de Cochapeti,
provincia de Huarmey, Departamento de ANCASH conCUI N°2424329”. En este sentido, la entidad realiza la
convocatoria de forma pública, incentivando a que la mayor cantidad de interesados presenten sus propuestas y se
realice el contrato.
o La licitación pública, es un concurso de carácter público, que se encuentra publicado en el aplicativo del OSCE,
accediendo a toda la documentación, sin mayor inconveniente.
o De acuerdo al artículo 48 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y la documentación revisada en esta etapa del
proyecto, cumple con la documentación mínima que se presenta.
o Los valores máximos y mínimos se encuentran publicados, y el valor referencial ha sido calculado en base al artículo
48 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, considerando los decimales.
o Se realizaron 06 consultas y observaciones, de las cuales muchas de ellas no fueron admitidas, en su mayoría de las
observaciones sobresale la incompatibilidad de los términos de referencia con la ficha de Homologación aprobada
mediante RESOLUCION GERENCIAL N° 027-2022-REGIONANCASH/G.
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o Según la presentación de las ofertas fueron admitidas 10 empresas, de los cuales solo 1 oferta está colgada
en el sistema seace 3.0, por lo que solo se puede verificar la oferta de la CINVEC S.A.C.
o La declaración de nulidad y retrotraer el proceso de selección a la etapa de evaluación y calificación de las
ofertas crea suspicacias de direccionamiento del proceso de selección. Ya que se estarían violando los
principios de transparencia, igualdad de trato y eficacia y eficiencia.
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CONTRATACIONES DEL ESTADO - GESTION PUBLICA

  • 1. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA TEMA ; PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN CURSO; CONTRATACIONES DEL ESTADO DOCENTE Dr. MAJO MARRUFO, ALBERTO EVANS
  • 2. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA TEMA ; PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN CURSO; CONTRATACIONES DEL ESTADO INTEGRANTES: Espinoza Aburto, Edwin Didi Villacorta Macedo, Javier Jose Carhuamaca Bautista, Benicio Orocaja Lazo, Mariza Gonzales Rojas, Marilin Gutiérrez Espíritu, Labán Elías
  • 3. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 4. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 5. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 6. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 7. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 8. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA TEMA PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN
  • 9. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA INTRODUCCIÓN Hoy en día el hacer contrataciones con el Estado en Perú, son procesos mediante los cuales las entidades públicas adquieren bienes, servicios y obras para cumplir con sus metas institucionales y metas presupuestarias. El Estado en Perú. Los Procedimientos de contratación, las entidades públicas deben llevar a cabo diferentes procesos de contratación para seleccionar al proveedor que cumpla con satisfacer sus necesidades. Dichos proveedores pueden ser personas naturales, personas jurídicas o consorcios. Normativas En Perú, la figura del contrato de la Administración Pública está incorporada en el ordenamiento normativo peruano. La Constitución Política distingue entre la contratación privada y la contratación pública, y dispone que en el ámbito público de los recursos públicos se realizará conforme a los procedimientos establecidos en la legislación correspondiente. Registro de proveedores, para contratar con el Estado en Perú, los proveedores deben estar registrados en el Registro Nacional de Proveedores (RNP
  • 10. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. DATOS GENERALES 1. NOMENCLATURA : LP-SM-8-2021-GRA/SRP/CS-1 2. N° Convocatoria : 01 3. Tipo Compra o Selección: : POR LA ENTIDAD 4. Normativa Aplicable : Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado 5. Entidad Convocante : GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH – SUB REGION PACIFICO. 6. Dirección Legal: : AV CHIMBOTE N° 130 URB. BUENOS AIRES – NUEVO CHIMBOTE – SANTA – ANCASH. 7. Objeto de Contratación : Obra 8. Descripción del Objeto : MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DEL CANAL DE SANTA CRUZ DISTRITO DE COCHAPETI, PROVINCIA DE HUARMEY – DEPARTAMENTO DE ANCASH” - CUI N° 2424392. 9. Valor estimado : 9,037,310.21 Soles 10. Monto de buena pro : 7,953,661.45 soles inc. IGV 11. Plazo de ejecución : 210 días calendarios. 12. Comité de selección: -KATHERINE REYNA LUCERO ROJAS titular presidente - JOSE ANTONIO CASTRO CARDENAS Titular Miembro 1 - ADRIAN BENITO MEJIA MORALES Titular Miembro 2 - MIGUEL DAVID GIRON CHAVEZ Suplente Presidente - ANGEL ANDREE ROSSELL BAEZ Suplente Miembro 1 - LIZBET YAHAYRA CORTEZ ÑIQUEN Suplente Miembro 2
  • 11. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. ANTECEDENTES 1. BASE LEGAL Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el DECRETO SUPREMO N° 082-2019-EF: Reglamento De La Ley De 30225, Ley De Contrataciones Del Estado, Aprobado por el decreto supremo N 344-2018-EF TITULO IV Actuaciones Preparatorias. CAPÍTULO I Requerimiento Y Preparación Del Expediente De Contratación CAPÍTULO III DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN TÍTULO V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN. CAPÍTULO II LICITACIÓN PÚBLICA
  • 12. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA DESARROLLO ACTUACIONES PREPARATORIAS 1. Bases administrativas Para la contratación de la ejecución de la Obra: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DEL CANAL DE SANTA CRUZ DISTRITO DE COCHAPETI, PROVINCIA DE HUARMEY – DEPARTAMENTO DE ANCASH” - CUI N° 2424392”. Se llevó a cabo el procedimiento de Contratación de Licitación Pública. El requerimiento depende del área usuaria, en este caso es de la Sub Gerencia de Obras Públicas. El N° de referencia del PAC es el 008. EXPEDIENTE DE CONTRATACION Documento y fecha de aprobación del expediente de contratación: Formato N° 008 -2021-GRA-SRP-SC-I. Documento y fecha de aprobación del expediente técnico: RESOLUCION GERENCIAL N° 027-2022-REGIONANCASH/G. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente procedimiento se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. MODALIDAD DE EJECUCIÓN No corresponde. Los requerimientos mínimos son lo siguiente: Plazo de ejecución: Doscientos diez (210) días calendarios.
  • 13. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 1. Absolución de consultas y observaciones Se realizaron 6 consultas/observaciones, por lo que a continuación se muestra un resumen de las consultas y observaciones relevantes, que servirán para la integración de las bases. # OBS. DESCRIPCIÓN ANÁLISIS 1 El numeral 153.5 del artículo 153 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado se establece que: ¿En el caso de obras, no se exige la presentación de garantía por adelantos cuando los documentos del procedimiento de selección establezcan la obligación de constituir un fideicomiso para el manejo de los recursos que el contratista reciba a título de adelanto. Se acoge lo solicitado por el participante, y se incluirá en las bases lo estipulado en el artículo 184. Y 185 del decreto supremo n° 344-2018, referido al fideicomiso. 2 En calidad de postor del proceso LP-SM-8-2021-GRA/SRP/CS-1 vinculado a la EJECUCIÓN DE LA OBRA:MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO DEL CANAL DE SANTA CRUZ DISTRITO DE COCHAPETI ,PROVINCIA DE HUARMEY - DEPARTAMENTO DE ANCASH CON CUI N 2424392 e conformidad con el Art. 8, numeral 8.1 del D.U. N° 063-2021, vigente desde el 12.07.2021, OBSERVAMOS y SOLICITAMOS establecer en los documentos del procedimiento de selección (BASES) que el postor adjudicado tenga la opción de optar, como medio alternativo a la obligación de presentar la garantía de fiel cumplimiento y de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, por la retención del monto total de la garantía correspondiente, conforme se prevé en dicho Decreto de Urgencia aplicable a todos los procesos de selección que se convoquen bajo cualquiera de los regímenes de contratación del Sistema Nacional de Abastecimiento, y que ha sido omitido en las Bases del presente proceso (Sección Específica, Numeral 2.3, literal a) Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral 1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n°063-2021 3 De acuerdo a la provisto en el art. 8 del DECRETO DE URGENCIA Nº 063-2021 confirmar que el ganador de la buena pro, podrá optar ¿cómo medio alternativo a la obligación de presentar las garantías de fiel cumplimiento y de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, por la retención del monto total de la garantía correspondiente. Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral 1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n°063-2021 4 Solicitamos confirmar que se podrá constituir un fideicomiso para el manejo de los recursos que el contratista reciba a título de adelanto, de acuerdo al procedimiento, plazos y requisitos señalados en los artículos 184 y 185 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Se acoge lo solicitado por el participante, y se incluirá en las bases lo estipulado en el artículo 184. Y 185 del decreto supremo n° 344-2018, referido al fideicomiso. 5 Respecto a la solvencia económica, solicitamos dejar sin efecto la presentación de la carta de línea de crédito para la licitación para la admisibilidad de la propuesta. El gobierno ha habilitado mediante el DECRETO DE URGENCIA Nº 063- 2021, medidas que permitan establecer fideicomisos para adelantos de obra y fondos de garantía en vez de la carta fianza de fiel cumplimiento. Por lo tanto, el pedido de una carta de línea de crédito contraviene dicho decreto de urgencia que tiene precisamente el objeto de permitir que más postores puedan acceder a participar en contratos público. Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral 1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n° 063-2021 6 De las bases, el numeral 2.3 REQUISITOS PARA PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - CAPITULO II, para la Garantía de fiel cumplimiento del contrato No se indica de qué manera se va garantizar. Con respecto a la garantía de fiel cumplimiento para la firma de contrato se aplique lo establecido en el numeral 8.1 artículo 8° del decreto de urgencia N° 063-2021, ¿DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS, DURANTE EL AÑO FISCAL 2021 que indica lo siguiente; Autorizase a las Entidades para que, en los documentos de los procedimientos de selección que se convoquen bajo los regímenes de contratación del Sistema Nacional de Abastecimiento, establezcan que el postor adjudicado tenga la facultad de optar, como medio alternativo a la obligación de presentar las garantías de fiel cumplimiento y de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, por la retención del monto total de la garantía correspondiente, por lo que se solicita al comité precisar que la GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO VA SER POR CARTA FIANZA O POLIZA DE CAUCION O DU N° 063-2021. Se le indica a participante en el presente proceso de selección que dicha observación, si ha sido considerada en la elaboración de los términos de referencia la cual está estipulada en el numeral 1.2., literal 1.2.4., pagina 32., por lo cual se le recomienda al comité de selección incluir en las bases para el perfeccionamiento del contrato lo estipulado en el artículo 8.1. Del d. u. n° 063-2021
  • 14. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. Integración de las Bases De acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado: “Bases integradas: Documento del procedimiento de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Simplificada cuyo texto incorpora las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, según sea el caso; o, cuyo texto coincide con el de las bases originales en caso de no haberse presentado consultas y/u observaciones, ni se hayan realizado acciones de supervisión” BASES ADMINISTRATIVAS BASES INTEGRADAS ANÁLISIS 2.5 ADELANTOS 2.5.1 ADELANTO DIRECTO 2.5.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS Se considera: ADELANTO DIRECTO la entidad otorgara adelantos directos por el 10% del monto del contrato original, el contratistadebe solicitar formalmente adelanto directo dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del contrato. Adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante CONSIGNAR CARTA FIANZA Y/O POLIZA DE CAUCION y el comprobante de pago correspondiente. La entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del dia siguiente de recibida la solicitud del contratista. Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procede la solicitud. “La Entidad otorgaráadelanto para materiales o insumos por el 20% del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista. A.3 EXPERIENCIA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE RESIDENTE DE OBRA EXPERIENCIA MINIMA DE 48 MESES COMO RESIDENTE O SUPERVISOR RESIDENTE DE OBRA EXPERIENCIA MINIMA DE 36 MESES COMO RESIDENTE O SUPERVISOR Para cargo de residente de obra ESPECIALISTA DE VALORIZACIONES ESPECIALISTA AMBIENTAL No considera el especialista de valorizaciones. OTROS FACTORES DE EVALUACION OTROS FACTORES DE EVALUACION RESPONSABILIDAD HIDRICA Se incluye el factor. Copia simple del Certificado Azul emitido por la Autoridad Nacional del Agua que lo reconoce como empresa hídricamente responsable del “ProgramaHuella Hídrica” CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA ENERGÍA. Se incluye el factor. El certificado debe haber sido emitido por un Organismo de Certificación acreditado para dicho sistema de gestión, ya sea ante el INACAL(antes INDECOPI) u otro organismo acreditador que cuente con reconocimiento internacional. En el requisito de equipamientoestratégico se observó que solicitaba el MINI CARGADOR FRONTAL CAT 236B, 72.8 HP Para la integración de las bases se quitó la marca del mini cargador y se cambió por lo siguiente: MINICARGADOR FRONTAL 70HP, 0.50 yd3 En las bases administrativasconsideraban al mini cargador con marca CAT, eso incumplía unos principios de transparencia y libertad de concurrencia. Consideraba En equipo mínimo: -Estación total. -Nivel topográfico con trípode. Se cambió por lo siguiente: -Teodolito min(Long 149Mm, Diámetro 45Mm, Aumento 30X) En las bases administrativas no consideraba las especificaciones técnicas del equipo topográfico, tanto de la estación total y nivel topográfico. Sin embargo, para las bases administrativas se cambió por el teodolito, teniendo en cuenta el expediente técnico este cambio cumple según la lista de insumos. Pero no se está considerando el equipo de pintura para el pintado de señales del pavimento, siendo este necesario según el expediente técnico.
  • 15. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 16. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 17. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. Evaluación y calificación de ofertas Para la evaluación y calificación de las ofertas, se verifico si cumple con las bases integradas, de los cuales se muestra en el siguiente cuadro el resumen de las empresas que sus ofertas fueron admitidas. Admitida la oferta, se procedió a la evaluación de la documentación, así mismo a la calificación según lo señalado en los términos de referencia de las bases Integradas. Como se muestra en el siguiente cuadro:
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  • 19. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. Perfeccionamiento y Suscripción del Contrato Es la formalización del acuerdo de voluntades Se produce con la suscripción del documento que lo contiene (contrato) y su vigencia comienza al día siguiente de su perfeccionamiento o desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso. Actividad 1: Recibir documentos y verificar requisitos para perfeccionar el contrato Rol: Especialista en Logística Recibe lo siguiente: 1. Expediente de contratación 2. Documentos previstos en los documentos del procedimiento de selección (bases, entre otros)
  • 20. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 3. Documentos presentados por el postor ganador de la buena pro, conforme lo señala el numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento  Garantías, salvo casos de excepción.  Contrato de consorcio, de ser el caso.  Código de cuenta interbancaria (CCI).  Documento que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.  Los documentos que acrediten el requisito de calificación referidos a la capacidad técnica y profesional en el caso de obras y consultoría de obras. Verifica que los documentos: - Son presentados dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme. En caso de la presentación de la subsanación de requisitos el plazo otorgado lo establece la entidad, no pudiendo exceder de cuatro (4) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la entidad. - Contengan los datos de la entidad correctos. - Estén de acuerdo a las bases. ¿Conforme? SI: Ir a la actividad 3: Proceder con la elaboración del Proyecto de Contratación) NO: Ir a la actividad 2: Comunicar que se debe subsanar de los requisitos • En caso postor ganador no presente los documentos dentro del plazo establecido, pierde la buena pro. Ir a la segunda pregunta de la actividad 2.
  • 21. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA Actividad 2: Comunicar la subsanación de los requisitos. Rol: Jefe en Logística Comunica, mediante carta, al postor ganador la solicitud de la subsanación de los requisitos conforme a las bases. ¿El postor ganador presenta subsanación de requisitos? SI: Ir a la actividad 1: Verifica nuevamente que los requisitos estén conforme a LCE NO: Comunica, mediante carta, la pérdida de la buena pro al postor Siguiente pregunta. ¿Existe postor en segundo lugar? SI: Otorga la buena pro al postor. Solicita al postor la presentación de los requisitos para el perfeccionamiento del contrato dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes del consentimiento de la buena pro. Ir a la actividad 1. NO: Ir a la actividad 6: Declarar DESIERTO
  • 22. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA Actividad 3: Elaborar proyecto de contrato Rol: Especialista en Logística Elabora el proyecto de contrato conforme las condiciones de las bases. Visa y remite al Jefe de Logística. Rol: Jefe en Logística Da conformidad al proyecto de contrato mediante vistos. En caso existan observaciones, coordina con el Especialista en Logística hasta que se encuentre conforme. Remite al Jefe de la GAF para su suscripción. Actividad 4: Suscribir contrato Rol: Jefe de GAF Suscribe el contrato junto con el representante legal facultado para suscribir contratos por parte del postor ganador. Ir a la actividad 5 (Registrar contrato). El plazo para suscribir el contrato no puede exceder de los dos (2) días hábiles siguientes de presentados los documentos por el postor ganador. También, es de máximo dos (2) días hábiles de subsanadas las observaciones. Visa y remite al Jefe de Logística. Rol: Jefe en Logística NO: Comunica, mediante carta, la pérdida de la buena pro al postor. Siguiente pregunta. ¿Existe postor en segundo lugar? SI: Otorga la buena pro al postor. Solicita al postor la presentación de los requisitos para el perfeccionamiento del contrato dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes del consentimiento de la buena pro. Ir a la actividad 1. NO: Ir a la actividad 6: Declarar DESIERTO
  • 23. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA Actividad 5: Registrar contrato Rol: Especialista en Logística Registra el contrato suscrito en el SEACE. Remite los ejemplares de los contratos suscritos al área usuaria, al área de gestión Documentaria para el Registro de Contratos. Actividad 6: Declarar Desierto Rol: Jefe en Logística Declara desierto y comunica, mediante carta, al postor la pérdida de la buena pro. El procedimiento se declara desierto y se procede conforme al artículo 65 del Reglamento.
  • 24. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 25. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
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  • 33. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 34. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 35. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. Modificación del Contrato La modificación del Contrato deriva de hechos sobrevinientes a la presentación de ofertas que no son imputables a las partes. Se requiere del informe del área de presupuesto con la certificación correspondiente y la aprobación por resolución del Titular de Entidad, en caso la modificación implique el incremento del precio. Adicionalmente a los supuestos de modificación del contrato establecidos en el artículo 34 de la Ley, este puede ser modificado cuando el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas, siempre que satisfagan la necesidad de la Entidad. Tales modificaciones no varían las condiciones que motivaron la selección del contratista. La suscripción de la adenda se registra en el SEACE, conforme a lo establecido por el OSCE De acuerdo al Art. 34° TUO LCE. 34.1.- Puede modificarse por orden de la Entidad o a solicitud del contratista, para alcanzar la finalidad del contrato de manera oportuna y eficiente. 34.2.- Puede ser modificado: i) ejecución de prestaciones adicionales, ii) reducción de prestaciones, iii) autorización de ampliaciones de plazo, y (iv) otros contemplados en la Ley y el Reglamento. 34.3.- Prestaciones adicionales en bienes y servicios y consultorías, hasta por un 25% del monto del contrato original. 34.4.- Prestaciones adicionales en obras, hasta por un 15% del monto del contrato original. 34.5.- En el supuesto que resulte indispensable realizar la prestación adicional de obra, por deficiencia en el expediente técnico, que no sea responsabilidad del contratista, hasta por un 50% del monto del contrato original. 34.6.- En el servicio de supervisión de obra, cuando se produzca variaciones a los plazos de obra, hasta por un 15% del monto del contrato original.
  • 36. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1.Recepción de Conformidad 2.Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad puede otorgar al contratista 3. periodos adicionales para las correcciones pertinentes. En este supuesto corresponde aplicar la penalidad por mora desde el 4.vencimiento del plazo para subsanar brindado en la primera comunicación. Finalmente, luego de la Conformidad, en un plazo de 10 días se realizara el pago correspondiente, (D.S. N.º 168-2020-EF)
  • 37. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
  • 38. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. ANALISIS El proceso de selección analizado, tenía muchas deficiencias en las bases Administrativas, ya que no fue elaborado según la FICHA DE HOMOLOGACIÓN para la ejecución de una obra de mejoramiento del sistema de riego del canal de Santa Cruz para el procedimiento de selección por licitación pública, aprobado por RESOLUCION GERENCIAL N° 027-2022-REGIONANCASH/G. Se realizaron 06 consultas y/o observaciones, de los cuales en su gran mayoría era porque no cumplía con la ficha de homologación mencionado, así mismo se verifico que en las bases integradas estén resueltos todas las dudas de los participantes, lo cual si cumple. En este proceso de selección se observó que existió libre competencia, ya que fueron admitidos 10 participantes. Donde el ganador de la buena Pro era el CINVEC S.A.C. RUC 20600645511, con fecha 23 de marzo del 2022 a las 17:30 horas.
  • 39. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA 1. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES o De acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones, lGobierno Regional de Ancahs,, mediante OSCE convoca a la licitación pública para el proyecto “Mejoramiento del sistema de riego del canal de Santa Cruz distrito de Cochapeti, provincia de Huarmey, Departamento de ANCASH conCUI N°2424329”. En este sentido, la entidad realiza la convocatoria de forma pública, incentivando a que la mayor cantidad de interesados presenten sus propuestas y se realice el contrato. o La licitación pública, es un concurso de carácter público, que se encuentra publicado en el aplicativo del OSCE, accediendo a toda la documentación, sin mayor inconveniente. o De acuerdo al artículo 48 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y la documentación revisada en esta etapa del proyecto, cumple con la documentación mínima que se presenta. o Los valores máximos y mínimos se encuentran publicados, y el valor referencial ha sido calculado en base al artículo 48 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, considerando los decimales. o Se realizaron 06 consultas y observaciones, de las cuales muchas de ellas no fueron admitidas, en su mayoría de las observaciones sobresale la incompatibilidad de los términos de referencia con la ficha de Homologación aprobada mediante RESOLUCION GERENCIAL N° 027-2022-REGIONANCASH/G.
  • 40. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA o Según la presentación de las ofertas fueron admitidas 10 empresas, de los cuales solo 1 oferta está colgada en el sistema seace 3.0, por lo que solo se puede verificar la oferta de la CINVEC S.A.C. o La declaración de nulidad y retrotraer el proceso de selección a la etapa de evaluación y calificación de las ofertas crea suspicacias de direccionamiento del proceso de selección. Ya que se estarían violando los principios de transparencia, igualdad de trato y eficacia y eficiencia.
  • 41. ESCUELA DE POST GRADO PROGRAMA ACADÉMICO DE MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA GRACIAS