El alcalde del municipio de Cañasgordas, Antioquia, emitió un decreto para encargar temporalmente las funciones del alcalde a José Gilberto Ocampo Zapata, Coordinador de Salud, del 15 al 19 de octubre. Esto se debe a que el alcalde y varios funcionarios estarán fuera del departamento esos días como parte de una jornada de salud ocupacional y recreación. El decreto comunica esta designación temporal al gobernador de Antioquia y entra en vigencia desde su expedición.
Este documento resume la Ley 11/2013 de 26 de julio, que introduce medidas para apoyar el emprendimiento y el empleo de los jóvenes en España. La ley ofrece incentivos fiscales y reducciones en las cotizaciones de la seguridad social para los jóvenes trabajadores por cuenta propia. También permite la compatibilización de prestaciones por desempleo con el trabajo por cuenta propia para menores de 30 años y amplía las posibilidades de capitalizar la prestación por desempleo para financiar nuevos proyectos empresariales. Finalmente, la ley
El Tribunal Supremo dictó una sentencia sobre la vigencia de un convenio colectivo denunciado. Resolvió que los trabajadores mantendrían las condiciones recogidas en el convenio colectivo aunque este hubiera expirado, a menos que se negociara un nuevo convenio. La sentencia generó un amplio debate y varios votos particulares.
Este documento propone una ordenanza para asegurar el derecho de los trabajadores municipales a una remuneración adecuada por el cumplimiento de tareas insalubres, peligrosas y mortificantes. Define dichas tareas realizadas por el personal municipal e incorpora artículos al estatuto del personal para establecer un adicional remuneratorio por esas tareas.
Este documento regula la concesión y utilización del distintivo "Igualdad en la Empresa" para reconocer y estimular a las empresas comprometidas con la igualdad entre mujeres y hombres. Establece los requisitos para solicitar el distintivo, el procedimiento de evaluación de solicitudes por una Comisión, y la resolución de la Ministra de Igualdad concediendo o denegando el distintivo a cada empresa solicitante.
La nueva LOTTT tiene como objetivo principal proteger el trabajo y los derechos de los trabajadores. Introduce cambios como reducir la jornada laboral a 40 horas, eliminar la tercerización de funciones inherentes a la empresa, y ampliar las licencias parentales. Adicionalmente, aumenta las protecciones para los trabajadores en caso de despido injustificado y crea nuevas obligaciones para las empresas.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El alcalde del municipio de Cañasgordas, Antioquia, emitió un decreto para encargar temporalmente las funciones del alcalde a José Gilberto Ocampo Zapata, Coordinador de Salud, del 15 al 19 de octubre. Esto se debe a que el alcalde y varios funcionarios estarán fuera del departamento esos días como parte de una jornada de salud ocupacional y recreación. El decreto comunica esta designación temporal al gobernador de Antioquia y entra en vigencia desde su expedición.
Este documento resume la Ley 11/2013 de 26 de julio, que introduce medidas para apoyar el emprendimiento y el empleo de los jóvenes en España. La ley ofrece incentivos fiscales y reducciones en las cotizaciones de la seguridad social para los jóvenes trabajadores por cuenta propia. También permite la compatibilización de prestaciones por desempleo con el trabajo por cuenta propia para menores de 30 años y amplía las posibilidades de capitalizar la prestación por desempleo para financiar nuevos proyectos empresariales. Finalmente, la ley
El Tribunal Supremo dictó una sentencia sobre la vigencia de un convenio colectivo denunciado. Resolvió que los trabajadores mantendrían las condiciones recogidas en el convenio colectivo aunque este hubiera expirado, a menos que se negociara un nuevo convenio. La sentencia generó un amplio debate y varios votos particulares.
Este documento propone una ordenanza para asegurar el derecho de los trabajadores municipales a una remuneración adecuada por el cumplimiento de tareas insalubres, peligrosas y mortificantes. Define dichas tareas realizadas por el personal municipal e incorpora artículos al estatuto del personal para establecer un adicional remuneratorio por esas tareas.
Este documento regula la concesión y utilización del distintivo "Igualdad en la Empresa" para reconocer y estimular a las empresas comprometidas con la igualdad entre mujeres y hombres. Establece los requisitos para solicitar el distintivo, el procedimiento de evaluación de solicitudes por una Comisión, y la resolución de la Ministra de Igualdad concediendo o denegando el distintivo a cada empresa solicitante.
La nueva LOTTT tiene como objetivo principal proteger el trabajo y los derechos de los trabajadores. Introduce cambios como reducir la jornada laboral a 40 horas, eliminar la tercerización de funciones inherentes a la empresa, y ampliar las licencias parentales. Adicionalmente, aumenta las protecciones para los trabajadores en caso de despido injustificado y crea nuevas obligaciones para las empresas.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento resume la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la libertad religiosa y las relaciones laborales entre 2015-2017. En particular, analiza sentencias del TJUE que establecen que las prohibiciones de símbolos religiosos en el trabajo pueden constituir discriminación indirecta, y sentencias del TEDH sobre el conflicto entre la libertad religiosa de empleados y el principio de laicidad en el sector público.
Este documento es una recomendación general del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) contra la discriminación en la oferta de empleos. Resalta que la Constitución Nacional y las leyes laborales argentinas prohíben la discriminación en el acceso al empleo. También menciona que el INADI ha observado avisos clasificados que contienen requisitos discriminatorios como el género o la edad. Por lo tanto, la recomendación busca promover el principio de no discriminación en la oferta
Este documento presenta una sesión sobre derecho laboral. Resume los antecedentes históricos del trabajo en el Perú desde las primeras constituciones en 1823 hasta la constitución de 1993. Explica las fuentes del derecho laboral como la constitución, leyes y convenios colectivos. Finalmente, describe los principios fundamentales del derecho laboral como el principio protector y de irrenunciabilidad de derechos, así como los tipos de contratos de trabajo.
El documento trata sobre la estabilidad laboral en el Perú. Explica que la estabilidad laboral incluye la estabilidad de entrada, que garantiza un contrato de tiempo indeterminado, y la estabilidad de salida, que protege al trabajador de despidos arbitrarios. También discute los principios de igualdad, irrenunciabilidad de derechos, e interpretación favorable al trabajador en caso de duda. Finalmente, resume la posición del Tribunal Constitucional peruano de proteger el derecho a no ser despedido sin justa causa.
Presentación intermediación y tercerización laboral v2 [970984]jedison24
Este documento trata sobre el derecho administrativo sancionador y la formalización del empleo. Aborda aspectos teóricos como los tipos de procedimientos ordinarios, los fundamentos constitucionales y normas internacionales, y las competencias de inspección, vigilancia y control. También analiza conceptos claves como las actividades misionales permanentes y la primacía de la realidad sobre las formas. Finalmente, revisa la jurisprudencia constitucional y normas internacionales en torno a la protección de los derechos laborales.
Este documento presenta una introducción a los principios y deberes fundamentales del derecho laboral en Colombia. Define principios como mandatos de optimización que pueden cumplirse en diversos grados dependiendo de las posibilidades jurídicas y fácticas. Luego enlista siete principios fundamentales del derecho laboral colombiano extraídos de la Constitución y la ley, y brinda uno o dos ejemplos breves para ilustrar la aplicación de cada principio.
El documento trata sobre los derechos de los trabajadores y la protección social. Se mencionan temas como la igualdad de oportunidades laborales, la remuneración mínima, la estabilidad en el empleo, la seguridad social, el derecho a la asociación sindical y a la negociación colectiva. También aborda conceptos como el trabajo decente, el trabajo digno y la tercerización laboral.
1. El documento describe varios principios fundamentales del derecho laboral colombiano, incluyendo la libertad de trabajo, la obligatoriedad del trabajo, la protección del trabajo y la igualdad de derechos.
2. También explica mecanismos de defensa de los derechos laborales como la acción de tutela, la conciliación y la transacción.
3. El derecho laboral colombiano busca establecer normas que regulen las relaciones laborales de manera que protejan a los trabajadores y permitan el desarrollo apropiado de la actividad lab
OIT, la historia de 190 + 206: algo más que dos números, un recordatorio permanente de la lucha contra la violencia y acoso en el trabajo. Convenio y Recomendación aprobados el 21 de junio de 2019 (texto comparado con los proyectos).
Este documento discute la precarización, tercerización y deslaboralización en las relaciones laborales como resultado de cambios en la productividad a nivel global y local. Explica el marco constitucional de protección del derecho al trabajo en Colombia y los principios que deben cumplir las relaciones laborales como la dignidad, remuneración justa, seguridad e higiene. Sin embargo, señala que en la práctica solo el empleo cumple con estos principios y otras formas de contratación no garantizan los derechos laborales.
El documento describe la evolución del Derecho Laboral en Chile, el cual se creó para proteger a los trabajadores como parte más débil de la relación laboral. Explica los principales hitos legislativos desde 1901 y principios como la tutela de los trabajadores. También define elementos clave como el contrato de trabajo, causales de despido, seguridad social y registros obligatorios para los empleadores.
El documento habla sobre la legislación laboral. Explica que esta se divide en tres partes: el derecho individual del trabajo, el derecho colectivo del trabajo y el derecho procesal del trabajo. También define el trabajo como un deber y un derecho de las personas y establece que la Constitución regula aspectos laborales como los alcances del trabajo, las condiciones para el trabajo, los derechos de los trabajadores y la protección frente al despido.
El documento resume los conceptos fundamentales del derecho del trabajo, incluyendo sus características, principios, fuentes y perspectivas desde lo económico, social y jurídico. Explica que el derecho del trabajo es una rama autónoma del derecho privado que regula las relaciones entre empleadores y trabajadores, surgiendo para proteger a los trabajadores. También describe los beneficios laborales que otorgan la constitución y la ley orgánica del trabajo y trabajo de Venezuela.
Este documento discute la precarización, tercerización y deslaboralización en las relaciones laborales como resultado de cambios en la productividad a nivel global y local. Explica el marco constitucional de protección del derecho al trabajo en Colombia y define el trabajo como un derecho complejo que incluye derechos como remuneración justa, seguridad e higiene, y solidaridad entre trabajadores. Finalmente, señala que el gran reto es lograr que los derechos laborales se apliquen también a trabajadores tercerizados.
El documento describe los principios fundamentales del derecho laboral. Explica que el derecho laboral regula las relaciones entre empleadores, sindicatos y el estado para proteger a los trabajadores. También cubre principios como la protección de la parte más débil, la norma más favorable para el trabajador, y la irrenunciabilidad de los derechos laborales. Además, reconoce el derecho al trabajo como un derecho constitucional.
Este documento trata sobre la responsabilidad social de las empresas, la ética empresarial, el trabajo y la gestión de despidos. Aborda conceptos como la seguridad y salud en el trabajo, los principios de la ética empresarial, los códigos de ética, la definición de trabajo y contrato laboral según la ley colombiana, y los tipos y requisitos formales de despido.
Asociarse a una Federación o una ConfedereaciónJose IV
Este documento trata sobre un caso relacionado con el derecho de los trabajadores del municipio de San Salvador a formar una unión, federación y confederación. La Dirección General de Trabajo ordenó cambiar el nombre de la unión sin explicación y prohibió incluir la opción de formar federaciones en los estatutos. Los trabajadores apelaron esta decisión argumentando que los convenios internacionales ratificados por El Salvador protegen su derecho a organizarse. El documento analiza los derechos de asociación y organización reconocidos en tratados internacionales que deb
Este documento resume el derecho laboral venezolano. Explica que el derecho laboral se desarrolló a partir de las leyes de trabajo de 1928 y 1936. También describe los principios fundamentales del derecho laboral como el principio protector y la irrenunciabilidad de derechos. Finalmente, menciona algunos organismos laborales a los que los trabajadores pueden acudir, como el INPSASEL, para tratar situaciones laborales.
Principios y deberes fundamentales en el trabajoed tcgh
Este documento presenta 7 principios fundamentales del Derecho Laboral colombiano. 1) Libertad de trabajo, 2) Obligatoriedad del trabajo, 3) Protección del trabajo, 4) Igualdad de derechos, 5) Primacía de la realidad, 6) Estabilidad, y 7) no se describe. Define cada principio y ofrece uno o dos ejemplos breves de cómo se han aplicado en casos jurisprudenciales.
Punto de partida, es importante precisar que en Colombia se protege el trabajo en
Sí mismo, por lo tanto, sus postulados son aplicables al trabajador dependiente o
Independiente, del sector público o del privado. Ha dicho la Corte que:
“No sólo la actividad laboral subordinada está protegida por el derecho
Fundamental al trabajo. El trabajo no subordinado y libre, aquel ejercido
En forma independiente por el individuo, está comprendido en el núcleo
Esencial del derecho al trabajo. La Constitución más Como que al trabajo como
Actividad abstracta protege al trabajador y su dignidad. De ahí el
Reconocimiento a toda persona del derecho a un trabajo en condiciones
Dignas y justas, así como la manifestación de la especial protección del
Estado “en todas sus modalidades” (T-475 de 1992 Corte Constitucional)
Este documento discute los cambios en las relaciones laborales causados por la tecnología, incluyendo el trabajo a distancia y la invasión de la vida personal. Argumenta que la legislación española carece de un mecanismo de registro de horas que es crucial para hacer cumplir los límites de la jornada laboral y proteger la salud de los trabajadores en este nuevo contexto tecnológico.
Multinational enterprises and the promotion of decent employmentUniversitat de Girona
This is my second Lecture in the Summer School on International Labour and Business Law, in the University of Ferrara & Padova (4th - 15th September 2016)
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Este documento presenta una introducción a los principios y deberes fundamentales del derecho laboral en Colombia. Define principios como mandatos de optimización que pueden cumplirse en diversos grados dependiendo de las posibilidades jurídicas y fácticas. Luego enlista siete principios fundamentales del derecho laboral colombiano extraídos de la Constitución y la ley, y brinda uno o dos ejemplos breves para ilustrar la aplicación de cada principio.
El documento trata sobre los derechos de los trabajadores y la protección social. Se mencionan temas como la igualdad de oportunidades laborales, la remuneración mínima, la estabilidad en el empleo, la seguridad social, el derecho a la asociación sindical y a la negociación colectiva. También aborda conceptos como el trabajo decente, el trabajo digno y la tercerización laboral.
1. El documento describe varios principios fundamentales del derecho laboral colombiano, incluyendo la libertad de trabajo, la obligatoriedad del trabajo, la protección del trabajo y la igualdad de derechos.
2. También explica mecanismos de defensa de los derechos laborales como la acción de tutela, la conciliación y la transacción.
3. El derecho laboral colombiano busca establecer normas que regulen las relaciones laborales de manera que protejan a los trabajadores y permitan el desarrollo apropiado de la actividad lab
OIT, la historia de 190 + 206: algo más que dos números, un recordatorio permanente de la lucha contra la violencia y acoso en el trabajo. Convenio y Recomendación aprobados el 21 de junio de 2019 (texto comparado con los proyectos).
Este documento discute la precarización, tercerización y deslaboralización en las relaciones laborales como resultado de cambios en la productividad a nivel global y local. Explica el marco constitucional de protección del derecho al trabajo en Colombia y los principios que deben cumplir las relaciones laborales como la dignidad, remuneración justa, seguridad e higiene. Sin embargo, señala que en la práctica solo el empleo cumple con estos principios y otras formas de contratación no garantizan los derechos laborales.
El documento describe la evolución del Derecho Laboral en Chile, el cual se creó para proteger a los trabajadores como parte más débil de la relación laboral. Explica los principales hitos legislativos desde 1901 y principios como la tutela de los trabajadores. También define elementos clave como el contrato de trabajo, causales de despido, seguridad social y registros obligatorios para los empleadores.
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El documento resume los conceptos fundamentales del derecho del trabajo, incluyendo sus características, principios, fuentes y perspectivas desde lo económico, social y jurídico. Explica que el derecho del trabajo es una rama autónoma del derecho privado que regula las relaciones entre empleadores y trabajadores, surgiendo para proteger a los trabajadores. También describe los beneficios laborales que otorgan la constitución y la ley orgánica del trabajo y trabajo de Venezuela.
Este documento discute la precarización, tercerización y deslaboralización en las relaciones laborales como resultado de cambios en la productividad a nivel global y local. Explica el marco constitucional de protección del derecho al trabajo en Colombia y define el trabajo como un derecho complejo que incluye derechos como remuneración justa, seguridad e higiene, y solidaridad entre trabajadores. Finalmente, señala que el gran reto es lograr que los derechos laborales se apliquen también a trabajadores tercerizados.
El documento describe los principios fundamentales del derecho laboral. Explica que el derecho laboral regula las relaciones entre empleadores, sindicatos y el estado para proteger a los trabajadores. También cubre principios como la protección de la parte más débil, la norma más favorable para el trabajador, y la irrenunciabilidad de los derechos laborales. Además, reconoce el derecho al trabajo como un derecho constitucional.
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Punto de partida, es importante precisar que en Colombia se protege el trabajo en
Sí mismo, por lo tanto, sus postulados son aplicables al trabajador dependiente o
Independiente, del sector público o del privado. Ha dicho la Corte que:
“No sólo la actividad laboral subordinada está protegida por el derecho
Fundamental al trabajo. El trabajo no subordinado y libre, aquel ejercido
En forma independiente por el individuo, está comprendido en el núcleo
Esencial del derecho al trabajo. La Constitución más Como que al trabajo como
Actividad abstracta protege al trabajador y su dignidad. De ahí el
Reconocimiento a toda persona del derecho a un trabajo en condiciones
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This is the topic of my lecture in the Summer School on International Labour and Business in the University of Ferrara & Padova (4th - 15th September 2016).
Ponencia celebrada el 9 de mayo de 2016 en la Universidad de Girona en el Postgrado: Desplazamiento de trabajadores por empresas y trabajo transfronterizo.
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Le cadre juridique des licenciements économiques et des procédures collective...Universitat de Girona
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Ponencia a la UAB (Febrer 2014) sobre Responsabilitats empresarials en preven...Universitat de Girona
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The Influence of European on Spanish social law: The labour market reforms in Spain (Lecture for Law Students and Union Representatives in the University of Antwerp, October 2013).
Conferència del Dr. Ferran Camas Roda @FerranCamasRoda sobre El règim de contractació derivat de la Reforma Laboral, impartida a l'Il·lustre Col·legi d'Advocats de Girona el dia 11 de maig de 2012.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
Contrato de trabajo y Libertad religiosa
1. FORO ARANZADI
Contrato de trabajo y libertad religiosa, ideológica o de
culto
Ferran Camas Roda. Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social
y Director de la Cátedra de Inmigración, Derechos y Ciudadanía de la
Universitat de Girona
22 de marzo de 2018.
2. LA RELIGIÓN COMO FACTOR DE
DIVERSIDAD EN EL ÁMBITO LABORAL
Las motivaciones derivadas de la religión deberían ser
indiferentes en la consecución por todos los
trabajadores de un trabajo digno y justo, o dicho de
otro modo, lo que se debe garantizar es el pleno
disfrute por los trabajadores de sus derechos
laborales con independencia de su religión o
convicción
3. OPCIONES SOBRE EL EJERCICIO DE LA
LIBERTAD RELIGIOSA EN EL ÁMBITO LABORAL
• POSTURAS “COMUNITARISTAS” (o
confesionales).
• LAICISISMO (Vid., Sentencia de 1 de Julio
de 2014 de la Corte Europea de Derechos
Humanos, S.A.S. v. FRANCE).
• LAICIDAD (STC 101/2004 de 2 de Junio;
STS –Contencioso/Administrativo- de 14 de
febrero de 2013: Laicidad “positiva”).
4. EL DERECHO A LA LIBERTAD DE RELIGIÓN O
CONVICCIONES EN EL EMPLEO EN EL ÁMBITO
EUROPEO
DERECHO DE TODA PERSONA A LA LIBERTAD DE
RELIGIÓN
• Art. 10.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la
Unión Europea en conexión con el art. 9 del Convenio Europeo
de Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.
NO DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS RELIGIOSOS:
• Art. 21 de la Carta en conexión con la Directiva 2000/78/CE,
de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un
marco general para la igualdad de trato en el empleo y la
ocupación.
5. SENTENCIA DE LA CORTE EUROPEA DE
DERECHOS HUMANOS DE 15 DE ENERO DE 2013
(EWIDA et al… v. REINO UNIDO).
CRITERIOS DE INTERÉS EN APLICACIÓN ART. 9 CEDH:
1. Búsqueda de vinculación entre “acción” y “creencia
religiosa”.
2. “Margen de apreciación” del Estado filtrado a través del
principio de proporcionalidad en la valoración de los intereses
de la empresa v. libertad religiosa.
3. Limitación al ejercicio del Derecho de libertad religiosa por
motivos de seguridad y salud en el trabajo.
6. STJUE de 14 de marzo de 2017. Asunto C-
157/15. Achbita… v. G4S Secure Solutions.
No es discriminación “directa” por motivo religioso el
despido de una trabajadora que empezó a usar un
pañuelo islámico contraviniendo la política de la
empresa que bajo el principio de neutralidad, y de
forma general e indiferenciada, prohibía
indumentaria con simbología religiosa.
[En todo caso, sentencia de interés por su doctrina
sobre discriminación “indirecta”]
7. Pautas del TJUE para conocer si hay o no discriminación
indirecta por motivos religiosos
1. Finalidad legítima: El TJUE valida políticas de
neutralidad empresarial.
2. Si es adecuada: “siempre que dicho régimen se
persiga realmente de forma congruente y sistemática”.
3. Que se limite “a lo estrictamente necesario”, (en el
caso, afectación “únicamente a los trabajadores de
G4S que están en contacto con los clientes”).
8. “… corresponderá al tribunal remitente comprobar si,
tomando en consideración las limitaciones propias
de la empresa y sin que ello representara una
carga adicional para ésta, G4S tenía la posibilidad,
ante tal negativa [de la trabajadora a dejar de llevar
pañuelo islámico], de ofrecer a la Sra. Achbita un
puesto de trabajo que no conllevara un contacto visual
con los clientes en lugar de proceder a su despido”
ULTIMO FUNDAMENTO JURÍDICO
9. STJUE de 14 de marzo de 2017. Asunto C-
188/15. Bougnaoiu V. Micropole.
Ceñida a interpretar el art. 4.1 de la Directiva
2000/78/CE:
La voluntad de un empresario de tener en cuenta los
deseos de un cliente consistentes en que los
servicios empresariales no le sean prestados por
una trabajadora con pañuelo islámico, “no
constituye un requisito profesional esencial y
determinante” en el sentido de aquella disposición.
10. EL DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA EN EL
ACCESO AL EMPLEO Y EN EL RÉGIMEN DE
CONDICIONES DE TRABAJO
PUNTO DE PARTIDA: STC 19/1985, de 13 de Febrero.
Aunque es evidente que el respeto a los derechos fundamentales
(art. 16 de la CE) es un componente esencial del orden público y,
en consecuencia, son nulas las estipulaciones contractuales
incompatibles con aquellos, "no se sigue de ahí, en modo alguno,
que la invocación de estos derechos o libertades puede ser utilizada
por una de las partes contratantes para imponer a la otra las
modificaciones de la relación contractual que considere oportunas".
11. Es posible que pueda producirse una incompatibilidad entre
los deberes religiosos del trabajador y la ejecución del trabajo
o el cumplimiento de obligaciones laborales, pero nunca "una
coercibilidad contraria al principio de la neutralidad que debe
presidir, en la materia, la conducta del Empresario".
12. Otras resoluciones [Uso de velo islámico
en el trabajo]: Juzgado Social núm. 1 Palma
de Mallorca, de 6 de febrero de 2017.
Fundamentación judicial centrada en el art. 16 de la CE v.
política de empresa que exige un determinado uniforme
1. Para la Sentencia, la trabajadora no ha alterado
unilateralmente el contrato de trabajo.
2. La Sentencia afirma que no existe una política de
neutralidad empresarial en materia religiosa.
13. Ley 62/2003, de 30 de Diciembre de medidas fiscales,
administrativas y del Orden Social.
Prohibición del empresario de discriminar por motivos religiosos en:
Ofertas de trabajo.
Procesos de selección (atención con la aplicabilidad del régimen
jurídico de protección de datos).
¿Sigue siendo impermeable el contrato de trabajo a las
manifestaciones religiosas de los empleados? ¿Existe u
deber positivo del empresario de facilitar las prácticas
religiosas?
14. Políticas de empresa (también vía negociación colectiva) sobre
uniforme, jornada u otras condiciones de trabajo: “Cláusulas de
neutralidad”.
Excepción a régimen anti-discriminatorio: Empresas de
tendencia.
15. Normativa española sobre interrupción de la jornada
laboral para cumplir con ritos religiosos: Leyes 24, 25 y
26/1992, de 10 de Noviembre.
A quienes profesan el Islam se permite “la interrupción de su
trabajo los viernes de cada semana, día de rezo colectivo
obligatorio y solemne de los musulmanes, desde las trece treinta
hasta las dieciséis treinta horas, así como la conclusión de la
jornada laboral una hora antes de la puesta del sol, durante el
mes de ayuno (Ramadán)”, en el bien entendido que en ambos
casos “será necesario el previo acuerdo entre las partes”.
16. En caso afirmativo, las horas dejadas de trabajar en
ningún caso supondrán una reducción del horario
anual concertado con la empresa, ya que “deberán
ser recuperadas sin compensación alguna”.
17. Experiencias de negociación colectiva que favorecen
el cumplimiento de los ritos religiosos en interés
individual del solicitante sin que ello suponga
ninguna rebaja en las horas de trabajo exigidas a
todos los trabajadores, siempre que ello sea
“factible organizativamente”
18. Progresiva pérdida del valor del “domingo”
como día de descanso semanal
La STC 19/1985 argumenta que la atribución del
descanso semanal al domingo obedece a que tal
día es el que por mandato religioso y por tradición
se ha acogido en estos pueblos, si bien “esto no
puede llevar a la creencia de que se trata del
mantenimiento de una institución con origen
causal único religioso, pues es evidente, de la
legislación, que el descanso semanal es una
institución secular y laboral, que si comprende el
domingo como regla general de descanso
semanal es porque este día de la semana es el
consagrado por tradición”.
19. Para más información:
EL EJERCICIO DEL DERECHO DE LIBERTAD
RELIGIOSA EN EL MARCO LABORAL. Libro
coordinado por Ferran Camas Roda.
Editorial Bomarzo, Albacete, 2016.
20. GRACIAS POR SU ATENCIÓN.
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