El alcalde del municipio de Cañasgordas, Antioquia, emitió un decreto para encargar temporalmente las funciones del alcalde a José Gilberto Ocampo Zapata, Coordinador de Salud, del 15 al 19 de octubre. Esto se debe a que el alcalde y varios funcionarios estarán fuera del departamento esos días como parte de una jornada de salud ocupacional y recreación. El decreto comunica esta designación temporal al gobernador de Antioquia y entra en vigencia desde su expedición.
Dictamen Sobre Horarios de Dirigentes Municipales 18.05.2016Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR , indica que Municipalidad ha podido establecer un plazo determinado para que dirigentes gremiales comuniquen que harán uso del derecho de ausentarse de sus labores, término que no puede restringir el desarrollo de la actividad gremial.
Este dictamen señala la pertinencia de contar con turnos de emergencia municipal, sin embargo, en caso de exceder las horas corresponde el descanso o el pago pecuniario de las horas realizadas por el personal municipal.
El Decreto Supremo Nº 003-2017-TR modifica e incorpora artículos en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-92-TR, estableciendo:
1. Estableciendo los actos de concurrencia obligatoria para otorgar licencia sindical. Establece un plazo de anticipación de 24 horas para solicitar la licencia. Establece los dirigentes con derecho a licencia sindical, limitando a dos dirigentes a los sindicatos con hasta 50 afiliados.
2. La Declaración de Huelga basta la declaración jurada del Secretario General y otro dirigente designado por la Asamblea General, la decisión debe cumplir con los requisitos señalados en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
3. La entrega de cuota sindical deducida por el empleador debe ser depositada en la cuenta bancaria a nombre de la organización sindical. Mientras el sindicato no cuente con cuenta bancaria a su nombre, el empleador se convierte en depositario de las cuotas sindicales.
Vacatio Legis: El decreto supremo entra en vigencia el jueves 20 de abril de 2017.
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: Boletín sobre el contrato de trabajo, elementos y la suspensión perfecta e imperfecta (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Dictamen señala que municipio solo se encontraba obligado a tramitar y pagar las licencias médicas de la peticionaria mientras se mantuvo su vinculación laboral. En la medida que la entidad edilicia haya recibido subsidios por permisos médicos posteriores al cese, deberá restituirlos a la institución de salud previsional respectiva.
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción.
El presente reglamento tiene la finalidad de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el desarrollo del sector construcción, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en el país.
La Corte Suprema mediante la Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima ha establecido seis (06) supuestos en los cuales no se aplicará el Precedente del Tribunal Constitucional - Caso Rosalía Huatuco.
Dictamen CGR Caso destinación no se dictó Decreto AlcaldicioNelson Leiva®
Destinación de servidor regido por la ley N° 18.883, debió ordenarse mediante el correspondiente decreto alcaldicio, respetando las funciones propias del cargo para el que fue nombrado.
VACACIONES TRUNCAS - CAS: Se muestra la forma de solicitar el pago de la compensación por vacaciones truncas que corresponde pagar a un trabajador CAS (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Dictamen Sobre Horarios de Dirigentes Municipales 18.05.2016Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR , indica que Municipalidad ha podido establecer un plazo determinado para que dirigentes gremiales comuniquen que harán uso del derecho de ausentarse de sus labores, término que no puede restringir el desarrollo de la actividad gremial.
Este dictamen señala la pertinencia de contar con turnos de emergencia municipal, sin embargo, en caso de exceder las horas corresponde el descanso o el pago pecuniario de las horas realizadas por el personal municipal.
El Decreto Supremo Nº 003-2017-TR modifica e incorpora artículos en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-92-TR, estableciendo:
1. Estableciendo los actos de concurrencia obligatoria para otorgar licencia sindical. Establece un plazo de anticipación de 24 horas para solicitar la licencia. Establece los dirigentes con derecho a licencia sindical, limitando a dos dirigentes a los sindicatos con hasta 50 afiliados.
2. La Declaración de Huelga basta la declaración jurada del Secretario General y otro dirigente designado por la Asamblea General, la decisión debe cumplir con los requisitos señalados en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
3. La entrega de cuota sindical deducida por el empleador debe ser depositada en la cuenta bancaria a nombre de la organización sindical. Mientras el sindicato no cuente con cuenta bancaria a su nombre, el empleador se convierte en depositario de las cuotas sindicales.
Vacatio Legis: El decreto supremo entra en vigencia el jueves 20 de abril de 2017.
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: Boletín sobre el contrato de trabajo, elementos y la suspensión perfecta e imperfecta (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Dictamen señala que municipio solo se encontraba obligado a tramitar y pagar las licencias médicas de la peticionaria mientras se mantuvo su vinculación laboral. En la medida que la entidad edilicia haya recibido subsidios por permisos médicos posteriores al cese, deberá restituirlos a la institución de salud previsional respectiva.
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción.
El presente reglamento tiene la finalidad de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el desarrollo del sector construcción, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en el país.
La Corte Suprema mediante la Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima ha establecido seis (06) supuestos en los cuales no se aplicará el Precedente del Tribunal Constitucional - Caso Rosalía Huatuco.
Dictamen CGR Caso destinación no se dictó Decreto AlcaldicioNelson Leiva®
Destinación de servidor regido por la ley N° 18.883, debió ordenarse mediante el correspondiente decreto alcaldicio, respetando las funciones propias del cargo para el que fue nombrado.
VACACIONES TRUNCAS - CAS: Se muestra la forma de solicitar el pago de la compensación por vacaciones truncas que corresponde pagar a un trabajador CAS (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Actividad Pre- congreso José Maria Bengoa de la Escuela de Nutrición y Dietet...Mariano Fernandez Silano
actividad Precongreso denominada “Recordando en su
centenario los aportes del Dr. J. M. Bengoa a la Nutrición en Venezuela”, la
cual está prevista realizarse en el Auditorio Lorenzo Campíns y Ballester, de la Facultad
de Medicina de la Universidad Central de Venezuela. El congreso se celebrará el 26 y 27 de octubre.
Se podrá disponer Asueto para el personal de la Administración Pública Provincial que presta servicios en la localidad o ciudad de que se trate, cuando los actos centrales sean programados y se realicen en el día en que se conmemore su aniversario.
Cronograma para la presentación de anteproyectos de Presupuesto de las empresas públicas y sociedades del Estado Provincial para el ejercicio fiscal 2014 para su posterior aprobación por este Ministerio.
POR MEDIO DEL CUAL SE SUSPENDEN INDEFINIDAMENTE TODAS LAS LABORES DE EXPLOTACIÓN MINERA SIN TITULO, SE ORDENA SU CIERRE Y DESALOJO, EN LA JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE CAÑASGORDAS.
INVITACIÓN A PRESENTAR HOJAS DE VIDA PARA LA SELECCIÓN DEL PROFESIONAL QUE SE ENCARGARÁ DE LA COORDINACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN SOCIAL Y DE TRANSFERENCIA PARA EL FORTALECIMIENTO SOCIO-EMPRESARIAL DEL SUBPROYECTO “ESTABLECIMIENTO DE 101 HECTÁREAS Y SOSTENIMIENTO DE 63,6 HECTÁREAS DE MURRAPO PARA BENEFICIAR 101 FAMILIAS CAMPESINAS DE LA COOPERATIVA MURRACOOC DE CAÑASGORDAS, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA”
INVITACIÓN A PRESENTAR HOJAS DE VIDA HOJAS DE VIDA PARA LA SELECCIÓN DE UN PROFESIONAL QUE SE ENCARGARÁ DE LA ASISTENCIA TÉCNICA Y AMBIENTAL DEL SUBPROYECTO “ESTABLECIMIENTO DE 101 HECTÁREAS Y SOSTENIMIENTO DE 63,6 HECTÁREAS DE MURRAPO PARA BENEFICIAR 101 FAMILIAS CAMPESINAS DE LA COOPERATIVA MURRACOOC DE CAÑASGORDAS, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA”
INVITACIÓN A PRESENTAR HOJAS DE VIDA HOJAS DE VIDA PARA LA SELECCIÓN DE UN PROFESIONAL QUE SE ENCARGARÁ DE LA ASISTENCIA TÉCNICA Y AMBIENTAL DEL SUBPROYECTO “ESTABLECIMIENTO DE 101 HECTÁREAS Y SOSTENIMIENTO DE 63,6 HECTÁREAS DE MURRAPO PARA BENEFICIAR 101 FAMILIAS CAMPESINAS DE LA COOPERATIVA MURRACOOC DE CAÑASGORDAS, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA”
Acuerdo de financiamiento con Finagro para asistencia técnica directa rural e...Canascomunicaciones
Programa de asistencia técnica para 346 beneficiarios del municipio de Cañasgordas que participaron de la encuesta para aplicar al proyecto y serán impactados con el acompañamiento de tres profesionales.
-Agronomo
-Zootecnista
-Agropecuario
INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA N° 061 SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA DIRECTA ...Canascomunicaciones
Ejecución del Plan General de Asistencia Técnica Directa Rural, aprobado dentro de la Convocatoria Pública para el otorgamiento y ejecución del Incentivo Económico a la Asistencia Técnica Directa Rural 2013, con el objetivo de contribuir al mejoramiento de la competitividad y productividad agropecuaria de los pequeños y medianos productores beneficiados.
Invitación sobre el Plan General de Asistencia Técnica Agropecuaria Vigencia 2013 aprobado dentro de la Convocatoria Pública para el otorgamiento y ejecución del Incentivo Económico a la Asistencia Técnica Directa Rural 2013
1. DECRETO No.047
OCTUBRE 11 DE 2013
POR MEDIO DEL CUAL SE ENCARGA DE LAS FUNCIONES DEL ALCALDE MUNICIPAL
A UN FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE CAÑASGORDAS ANTIOQUIA, en ejercicios de sus
atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas por la
Constitución Nacional en su Artículo 315 y los Artículos 106 y 114 de la Ley 136 de
1994, Ley 1551 de 2012 y;
CONSIDERANDO
Que el suscrito Alcalde de Cañasgordas y varios de los funcionarios de la
Administración Municipal, estará por fuera del Departamento de Antioquia los días
del 15 al 19 de Octubre del corriente año como fortalecer las relaciones sociales, el
bienestar mental y físico de los empleados.
Que de conformidad a lo pactado en la Administración Municipal de Cañasgordas y
por la necesidad de compensar laboralmente el tiempo antes pactado de la
Jornada de Salud Ocupacional y Recreación prevista, según el Decreto 030 de Abril
27 de 2013
Que por ser una ausencia temporal de sus funciones, sin que se rompan la relación
laboral, un funcionario de la Planta de Cargos debe suplir esta ausencia temporal
para estar al frente de la Municipalidad atendiendo las eventualidades y
obligaciones que se puedan desprender de lo público.
2. Que se debe designar un reemplazo por los hechos voluntarios que ocasiona esta
ausencia temporal del servicio según lo consagrado en la Ley 136 de 1993, y en
consecuencia;
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Encárguese de las funciones del Despacho del Alcalde
Municipal, al señor JOSÉ GILBERTO OCAMPO ZAPATA, identificado con la cédula
de ciudadanía número 70´433.856 expedida en Cañasgordas Antioquia, quien se
desempeña como Coordinador de Salud, durante el tiempo de ausencia por fuera
del Departamento del titular de este Despacho, por los días del 15 al 19 del mes de
Octubre, por la necesidad de compensar laboralmente el tiempo antes pactado de
la Jornada de Salud Ocupacional y Recreación prevista, según el Decreto 030 de
Abril 27 de 2013
ARTÍCULO SEGUNDO: Comuníquese el presente encargo al señor Gobernador de
Antioquia, para efectos de lo establecido en el Artículo 114 de la Ley 136 de 1994,
Ley 1551 de 2012 y a las demás autoridades.
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición
y publicación.
Dado en la Alcaldía Municipal de Cañasgordas el día once (11) de Octubre de 2013.
NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
AICARDO ANTONIO URREGO USUGA
Alcalde Municipal de Cañasgordas