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#NüT*X€_BEnrpresc Público Nocionol Textil
C*IdTRATO ENATFX uro. Ofi30/?01-3
. MINUTA DE COFJTRATO
srÑon r¡sTARr{} DE GoBIEtrrt'¿ü DEt- tlr$TRrT0 AnMII¡ISTRp.TIVO DE LA l"AZ en el reg¡stro de Escrituras
Públicas a su cargo se servir¿i usted insertar el presente Contrato de A,dquisíción de la Licencia de Uso de Software,
de carácter corporat¡vo para ia Empresa Pública Nacional Text¡l EN,ATEX sujeto a las siguientes térmirros y
condiciones:
I C O i.¡ nI C XO t,1 HS G EN ERIL ES D E L C O ¡{TF{.ATO
PRrM ERI.- ( pARl'5iS C0 N'r¡?A'i-ANTES).
Dirá usied que las partes contratantes son: La EMtrRESA PúBLICA NACIO¡¡AI- TEXTIL ENATEX (EMPR.ESA
.púBLIcA NACIoNAL E$TRATÉGIC¿ EPIE), con domicilio en la calle Yanacach¡ Nro. 1489 Zona Villa Fátima
ciurJad rle La Paz - Estado PIurin¿rcional .de Bolivia, con Número de ldentificación Tribut¿ria NI'f. L96651O24,
legalrnente represent¿da por el Lic. ALEJANDIIO ZARATE BLADES, con cedula de identidad Nro. 1114807
Chuquisaca en su calidad de Gerente General designado mediante Resolución Suprerna No 09374 de 1B de merzo
ie 2C1"3 que en.?Celante se denominará la ENTIDAD y la empresa estatal cubana denominad¿ E¡4PRES.A PARI
EL DFSARROLLO DE A$)LICACIOI{ES ñE TBCr¡oLctGiAs Y SISTEMAS/ en forma abreviada DATYS, creada
r¡ediante Resolución No 3 emiticJa por el Ministro del Interior como Er-npresa Estatal con personalidad jurídica
indepenrJiente y patrimonio prop¡o, denominada Empresa para el Desarrollo de Aplicaciones y Tecnologías y
Sistemes del Min¡stério del Interior con domicilio especial en Avenida Demetrio Canelas Nro. 104 de la ciudad de
Cochabamba, constituida mediante Resolución Nro.03/2007 de fecha 16 de abr¡l de 2007 emitida por el Ministro
del Interior de la República de Cuba; representada en este acto por el fng. MARCELO ANTEZANA CAMACHO ccn
Cédula del Identidao Nro.450465)2 Cochabamba, en su condiciÓn de Representante Legal según facultades
otorgadas en el Teslimonio de Protocolización de un Docutnento clel Extranjero No. 258/2012 de fecha 27 de agosto
de 2C1.2, er'rritida por !a Notaría de I;e Pública Nro. 089 a cargo de la Dra. Carola H, Torrico Duran¿ que en adelante
se dr:no¡rinará ei PFI.OVEFDOFt, quienes ceiebran y suscrlben el presente Contrato ACministrailvo-de Adquisición de
B¡ene5.
En adelanl:e y cenéricameñte serán designadas como l-lS PARÍES.
SEGLIND/d.- (A}{TECEDENTES LEGALES DEL CCNTRATO).
La ENTIDAD, mediante procesc rle contratación en ia l'4ocJalidacl cJe Contratación Directa re¡lizada bajo las norrnas
y reguiaciones de contratación establecidas en el R.eglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y
Servicios para Empresas Públicas Nacionales Estratégicas (RE SABS EPNE) para la Empresa PÚbl¡ca Nacional Textil
EIJATEX aprrobáCo'mediante Resolución Arlm¡nistrativa Nro. Ü01/2012 ce tÉcha 09 cie julio cje 2Ü12 y Resciuciórr
l.4inisteria! MDPyÍP N¡-o. 112-2012 de iecha 10 de julio de 2OI2.
El jnfnrme Técnico ENATEX/GG/UP/OO2/2O13 de 23 de abril de 2013, emitido por la Responsable de la Un¡dad de
ptanific¡c;ón de la Empresa Publica Nacional Textil, Elizabeth Cazorla, el cual concluye señalando que los Sisternas
Ti14, ORACLE, SPYRAL y NEMESIS, no son sistemas integrados donde las bases de datos de cada uno de ellos son
indepenclientes, siendo esta una de las razones por lo que no se cuenta con una información confiabie y oportuna
para ia toma de decisiones ejecutivas que Coadyuven ql logro de los objetivos de la Empresa. Por oLia parte, los
sistemas informáticos mencionados no son compat¡bles con el Sistema SIGMA en consecuencia se pierde tiempo,
ei.ic¡encia y eficacia al registrar paralelamente en al menos dos y hasta tres sistemas implementados en la Empresa
SIGMA, TIM, ORACLE, SPYML, NEMESIS. Es así que ante Ia nueva visión de la Empresa ENATEX, las nuevas
necesidades informativas relacion¡das con la gestión por procesos y áreas obligan a la m¡sma a concebir sus
sistemas de información de una forrra inteEral sobre los procesos de la Empresa de manera de géstionarlos rápida
y eficazmente, por io que se recomiencla tomar cartas en et asunto en tanto la Empresa inicie el proceso de
planiiicación y reestructuración de la misma.
Los Ini.ormes H1L-ADM-0050/13 y EN,ATEX/SUBG¡4/0a511.3 de fecha 20 de mayo de 2013 señalan que para obtener
un mejor desarrollo cle Ias actividacles cje control de producción y control de recursos, es importante que los
sistemas actuales sean mejoraclos a fines de subsanar las deficiencias mencionadas.
El infornie Il,iFlSGTiC/Na)zgl201.3 elaborado en la subgerencia de sistemas adjuntando las Especificaciones
I ecnrcas.
La Certificación presupuestaria EN¡rÍEX/GAF/UN PPTO/0855/2013 de fecha 23 de mayo de 2Olisuscrita por el Jefe
de presupuestc a.i. Lic. walter Menacho segales certificando el crédito presupuestario para cubrir ei requerirnient.g
en la partida 49100 correspondiente a "Activos Intangibles".
por nota cITE: CC 063/L3 de fecha 2,3 ce mayo de 2013 suscrita por Ia Responsable de Proceso de contrataciones
Directas cle Bienes y Servicios Generales de ENATEX dir¡gida a la Empresa para el Desarrollo de Aplicaciones de
Tecnologías y Sistenras DATYS, remitió invitación para la adquisición de la L¡cencia de Uso de Software, Elabor-ación
del Oia{nóstico, puesta en Márcha, Formación y Capacitacíón C9.los usuarios para la Ernpresa Pública Nacional
Text¡l Eñ/TEX, solicitanclo la presentac¡ón de su carta de aceptación a las especificac¡ones técnicas hasta el 23 de
mayo de 2013.
Mediünfje noia de Fecha 23 de mayo de 2073 suscr¡ta por l'4arcelo Antezana carnacho, representante legal de DATYS
¿iiigi;u á ENÁfEX aceptó la invitación directa remitida adjuntando la docurnentación requerida al efecto.
Finalmente, por nota cIt-E: ccor541l3Ce fecha 23 de mayo de 2013 susci-ita por el Responsable del Proceso de
Contrataclón D¡!-ecta de Bienes.y Sérvicios Generales se adjudicó la adquisición del bien a f¿vor cie la Empresa para
ei Desarrollo de Aplicaciones de Tecnologías y Sístemas D'ATYS'
'rERC€RÁ¡.- {DEFrNf Crrf NE9).
contrato FI.ATEX Nro. 0030/2013
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4-
A los efectos de este Contrato y de todos los documentos presentes o futuros ¿er¡va¿os o vinculados a é1, los
términos que se relacionan a continuación serán interpretados/ ya sea en singular o plural, de acuerdo a las
def¡n¡ciones s¡gu¡entes, excepto que dentro del contexto se especifique otra cosa:
3,1. Parte: Cada una de las Partes firmantes de este Contrato/ las que cuando se haga referencia a ellas de
conjunto se usarén los términos las PARTES.
3,2, Contrato: El presente ¡nstrumento/.sus adjuntos/ anexos/ adenda y cualquier otro documento
futuro y por acuerdo de las PARTES lo modifique, amplíe o complemente.
3'3. Licencla de Uso; Derecho cedido por el titular de un Sistema a un tercero, para permitirle el uso,
explotación del mismo con arreglo a determinadas condiciones contractuatmente definídas.'
que en el
disfrute y
3'4' Sistema: El sistema informático para la gestión empresar¡al propiedad de la ENTIDAD dbnominado eTES
haciendo referencia con este término al software original y a sus copias totales o parciales, incluyendo las
partes que se hayan integrado con otros sottware; así como las imágenes, grabaciones, dibujos y la
documentación protegida bajo licencia y referida en la respectiva cláusula de propiedad intelectual.
3.5. Diagnóstico; Proceso prev¡o a la implantación del Sistema y que comprende tanto'el levantamiento de Ios
flujos de información y procesos del beneficiario de la L¡cenc¡a de Uso, como su inl'raestructura tecnológica
y de comunicaciones y los requerimientos de adecuaciones al Sistema.
3'6' Especialistas: Consultores, asesores, técnicos, especial¡stas y/o personas en general de cualesquiera dé las
Partes, con la experticia suficiente en cualquier área del conocimiento, qru sé vinculen ai cumplimiento del
Contrato.
3.7. usuarios: El personal de la ENTIDAD encargado de manipular el s¡stema.
3'B' Asistencia Técnica In¡cial: Servicios complementarios a la adquisición de una L¡cenc¡a de Uso y
cons¡stentes en Ia Formación de Usuarios, la implantación clel Sistema y su puesta a punto y en marchá,
;entendiéndose cada uno de ellos según-l^a siguiente definición:
.'¡.9.1' Implantación: Instalac¡ón
-
del sistemu .n
"li
Jisco drro del equipamlento informático del
adquirente de una Licencia de Uso, o su almacenamiento en el mismo de cualquier otro modo;
incluyendo su copia en un servidor de red.
3.8'2' Formación: Proceso mediante el cual se expone y.*píi.u al personal designado por el adquirente
de una Licenc¡a de Uso, el funcionamiento del S¡stema, en aras de que estós últimos obtengan los
conoc¡mientos necesarios para el uso y explotación del mismo y adquieran las habilidades
. necesar¡as para autosatjsfacer sus necesidades de Soporte Técnico de primer y segundo nivel.
3.8.3. Puesta a punto: Prueba en condiciones reaies de explotación o en condiciones experimentales
cuando por razones inherentes a la ENTIDAD final no pueda reaiizarse en condicion,es reales,
pero que permita validar la eFectividad del Sistema:y su utilización desde ese mo.mento por la
ENTID.A,D.
3.9. Soporte Técnico Postventa: Asistencia técnic.a permanente. que requieren los Usuarios finales de los
Sistemas a fin de gar¿ntizar su uso y expiotación ininterrumpida, y que se clasiiica en:
3'9.1. Soporte Técnico de Primer Nivel .referido a la respuesta ánte errores de operac!ón, de instalación y
de configuración.
?o')
3.9.3.
Soporte Técnico de Segundo Nivel ¡,elacionado con errores de programa que no impliquen la
modificación de los mismos y la corrección o ajuste de las bases de datos.
Soporte Técnico de Expertos o de Tercer N¡vel cons¡stente en la solución.a problemas complejos
que no clasifiquen en ninguna de Ias categorias anteriores, asociados a la próp)a funcionalidád del
S¡stema que impliquen cambios en la programación de sus módulos o mod¡f¡caciones a los códigos
tu e n tes.
Versiones: Actual¡zación o modernizadión que el PROVEEDOR. realice al Sistema, como parte de
su evolución tecnológica y func¡onal, con arreglo a nuevas disposiciones de ley de ambos países
suscr¡bientes, indicac¡ones gubernamentales, estudios de mercado, tendencias del desarrollo
tecnológico, gestionales¿ o cualquier otro motivo.
3'10. Día Hábíl: Cualquier día que no sea sábado, domingo o feriado legal de las partes, conforme la
J.If.
3.12.
norma legal boliviana.
Acta de Recepción Detin¡tiva: Documento acreditat¡vo a suscribir por las partes en el que dejen
constanc¡a que se han realizado sat¡sfador¡amente tanto Ia Implantación y puesta a punto del
Sistema, como la Formación de usuarios, y por tanto la ENTTDAD acepta que se encuentra en
condiciones de comenzar su uso y explotación de acuerdo a los términos de la Licencia de Uso que
adquiere; debiendo la ENTIDAD a través de la com¡sión de Recepción cJar su conform¡dad
verificando el cumplimiento de las especif¡cac¡ones técnicas.
Certificado de Cumplimiento dei Contrato: Documento que acred¡t¿ que todas las obligaciones han
sido ejecutadas y/o implementadas en las condiciones prev¡stas.
cuARTA.- (OBJETO DEL CONTR^ATO).
El PRovEEDoR se compromete y obl¡ga por el presente contrato, a proveer/ a camb¡o de una contraprestación
económica, una Licencia de Uso de Software de.carácter corpoiativo para la e*pr.ru p¡nl¡ca i,lac¡onal iextiiENATEX y a prestar los servicios asoc¡ados de diagnóstico, puesta a punto y en marchá, formación y capacitición Celos usuarios que en adelante se denominará los BTENES, con estricta y absoluta sujbción a este contrato y a los
documentos que forman parte de é1.
QUTNTA.- (pLA.zO DE ADQUTSTCTóN).
/El PRovEEDoR entregará los BTENEs en estricto apego a las esf ecificaciones técnicas y cl cronograma de :4 -
ejecución del contrato, en el plazo de noventa (90) días calendario, que serán computaclos a part¡r del Aci.¡ ¿"'7'Validación de condiciones Previas a suscribir'enire ambas partes como ev¡dencia del cumplimiento de las
condiciones previas definidas en el diagnostico y Ia emisión de Ia orden de proceder emit¡da por la ENTIDAD,
según lo estab¡ecido en la Cláusula Trigésimo Primera de este contrato, específicamenté en lo referido en el
numeral 31.5,
EI plazo de adquisición de los BrENEs, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado cuando:
Contrato EMTEX Nro. 0030/2013
Págtna Z de 72
ocTl[vA.*
Cualquier
electrón rco
Ul ILI IUAR-'É
Emprescr Público ñocionot Textil
a) Por acuerdo de las Partes y a solicitud de Ia ENTIEAD, mediante el procedimiento establecio'o en este mismo
Contratof incremente la cantidad de los B{ENES a ser provistos y ello repercuta en el ptazo total. .
b)'pordemoraenelpaEÓdelosbienesentregados'
sFXTA.¡ (MONTS DEL CCNTRATo).
El monto total'propüesto y aceptado por ambas partes para la ejecuc¡ón del presente contrato es de Bs.
4.6.24,,734,67 (CUATRO MILLOTES SEISCIENTOS VEINTICUATRO T4IL SETECIE¡¡TOS TREINTI Y CUATRO
67y'1"00 BOLIVIÁ,NOS) correspondiente al cambio oficial de Es. 6,96.- establec¡do por el Banco Central de Bolivia,
al momento de la firma de! pres.ente Contrato/ eqr-rivalentes a .$us. 664.473,37 (SEI9CTENTOS SESENTA y
CUATRO MIL CUATiIOCIEIJTOS SETENTA, ' TRES 37/LAA DÓLARES NOR,TEAMÉRICANOS) CONfOTME IAS
especificaciones técn icas,
QuecJa exciuido del valor del Contrato los costos arancelai-ios y fiscales que se asoc¡en o puedan asociarse a las
actividades contenidas en el objeto de coniratación, así como los costos bancarios vinculados a las obtigaciones de
pago.
Es de exclusiva responsabilidad del PRO"/EEDOR, qfectuar la provisión de los BtrFNES por el monto establecido, ya
que no se reconocerán ni pr:ocedgrán pagos por provisiones que hiciesen exceder dicho monto, incluyendo el precio
todos los costos que puedan tener ¡nc¡dencia en el pr:ecio hasta la liquidación del contrato.
sÉPTrM,4.,qcÁnnrurins):,
El PR.O!'ESDOR garantizará'el cumpl¡miento cle este CONTRITO, con la Garantíá de Cunrplimiento de
Contrato, aceptando exprésamente, que la ENTID/I D retendrá el siete por ciento .(7%o) de los pagos parciales que
tengan lugar hastá de la emlsión del Acta de Recepción Del"initiva de los.BIENES, para constituir la qarantía de
cumLrlimiento del conti-ato respecl-o a la aciqerisición de ciichos BIENES.
El imporie de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el FROVEEDOR será
consolidadc a favor de la EfdTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimientó.
Empero, si se procediera a la recepción de los BIENES dentro del plazo contractual en forma satisfactoria, hecho
que se hará constar mediante Acta de. Recepción Definitiva de los sÍENES, dicha garantía será devuelta y los pagos
subsiguientes se realizarán cJe rorma íntegra de acuerdo al cronograma de pago definido en este Contrato.
{DOMTCTLTO Á, HFECTOS DE NOTTFTCACTÓN),
aviso o notif¡cación que tenga qub da'rse a las partes bajo este contrato, será realizado vía correo
a ías sigúientes direccioñes electrón,icas:'| ¡ '
' .;
A Ia EN]'IDAD:
Atención: Lic. Jorge Enriquez Saucedo
Empresa Priblica Ñacionai Textil EIJATEX
Calle Yanacachi Ni-o. 1489 de la Zona Vi!ia Fátima
Teléfono: 2219595
E-ma¡l: ienriouez@enete--X,--c-Qm,.b.q,,CA-nS.Ul!,4-9:@.e-!'r-a!-ex,-q"Q.m,.b.o-
La Paz - Bol¡via
l
AI FR.OVEEDOR.: :
Atención: Lic. Marcelo Antezana Camacho
Empresa para el Desarrollo de Aplicac¡ones de Tecnologías y Sistemas DATYS
Avenida Demetrio Canelas tro. 104
Teléfono: 4663074
E-mail : m.antezana@datys.cu
Cochabamba, Boli'ria.
NOVEtilA.- (VIG Eit¡Cll DEL CONTR.AT0).
El presente Cóntrato entrará en vígencia una vez que haya sido.iirmado, debiendo la ENTID,AD cumplir con los
siguientes trámites:
. Ser protocolizado ante Noiario de Gobierno.
Ser reE¡str¿do en la Contraloría General del Estado Plurinacional de Bolivja.
DÉcrÍ"4A:- (Doc[JM,ENTG5 DE coNTRlTo). '
Fara cumplimiento de lo preceptuado en el pr.esente cbntrato; forman parte indivisible del mismo los siguientes
docu mentos:
1.0,1 Especificaciones Técnicas de la iontratación Directa de. la adquisic¡ón de BIENES.
10.1,L caria de invitación y,nota de adjuclicación a la invitación remitida.
10.x.2 Carta de aceptación a la invitación remitida.
10.1,3 informe de Diagnóstico a ser emitido por el PRoVEEDOR'
10,1,4. Cronograma de Ejecución del Contrato.
10.2 Fotocopias legalizadas de:
- Documento de Constitución ciel PROVEEDOR.
- Documento de Representación Legal
DÉcrMÁ pRrMER.a.* (rDroMA).
El presente Contrato, toda la documentación apiicable al mismo y ia que emerja de la
ser elaborada ,en idioma castellano.
colrrato ENATEX Nro. 0030/2013
ejecución de contrato, deberá
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¡-,r- i¡,--^^^^,^' Nr¡1 r ¡oo //ir^ rÁ+iñ^ . rarÁfnn¡ 160l-r) ))1Q5Ql¡. Fnx l59l -?2219707 LO POZ - BOliViO
En el caso de manuales de uso de los BIENES deberán estar traducidos al ¡dioma castellano. En el caso de
folletos informativos, deberán estar preferentemente en idioma castellano.
D ÉcrMA sEGU N DA.- ( LEG rs LAcró ¡¡ ¡pl-tcnB LE AL coNTR'AT'o )'
El presente contrato es un contrato Administrativo, por lo que está sujeto únicamente¡ la.normativa prevista en la
Ley No, 1178 de Admin¡strac¡ón y Control.Gubernamental y la.Ley,Ni-o' 004 de fecha 31 de marzo de 2010' en los
;;ó;;ür-;" su e¡ecución y-r"ruriuoo., así como ra normativa legal vigente y el Reglamento Específico del sistema
de Administración de Bienes y servicios para Empresas púul¡cai Nacionales Estratégicas (RE SABS EPNE) para la
Empresa pública i,,tacionái textil rruatrx'y demái disposiciones relacionadas directamente con las normas
anteriormente mencionadas.
DÉCIMA TERCERA.. (DERECHOS DEI- PROVEEDOR)'
El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos
ENTIDAD, por falta de pago de la adquis¡ción efectuada,
Co ntraLo.
Tales reclamos deberán ser Planteados por escrito y de
días hábiles posteriores al suceso.
La ENTIDAD, dentro del lapso impostergable de diez
sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocim¡ento
su caso asumir la acción legai respectiva'
I
La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del
forma documentada, a la ENTIBA.D, hasta sesenta (60)
que considere correctos¡ por cuaiquier omisión de la
o por cualquier otro aspecto consignado en el presente
(10) días hábiles deberá em¡t¡r su respuesta de forma
y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en
plazo establecido en esta.cláusula,
DÉcrMA culRTA.- ( EsrrPU LAcToNES soBRE rM PuEsros)'
cada PARTE se hace responsable de los impuestos y demás tributos y/o aranceles correspondientes en sus
respectivos territor¡os, qrJincioan directa o ini¡rectamenté en las relaciones objeto de este conLrato; en los t¡pos
poi?,ániruru. üigentes al mómento de su devengo'
DEcTMA QUTNTA.- ( PROTOCOLTZACTON D EL CONTRATO)'
El presente contrato, será protocolizado con.todas las formalidades de.Ley por la ENTTDAü ante ta Nota¡'ía de
Gobierno, El importe pát.oñ.ápto de protocol¡zación debe ser pagado directamente por el PR$vEFDoR, en caso
que este monto no sea cancela'do por el pRov¿EDoR, podrá ier-clescontado por la ENTIüA[¡ a tiempo de hacer
efectivo cualquiera de los pagos' .. ¡
Esta protocolización contendrá los siguientes documentos:
15.1. Contrato(original)'
Ls,z, Documento l"gu'l''d" representación de la ENTIDAD y poder de representación legai del PRoVEEDoR
(fotocoPias legalizadas).
La falta de protocol¡zación del contrato o la demora en conclujr este procedim¡ento, no alecta la validez y elica ia de
las obtigacion", .ontl.u.tuules o la procedenc¡a deI pago acordado, surliendo perfectamente todos Sus efectos.
DÉcrMA sFXTA.- (suBcoNTRATos).
El pRovEEDoR podrá realizar la subcontratación de algunos serv¡cios que le permitan la entrega de los BrEr'¡Es,
bajo su absolula responsabilidad. y riesgo, siendo d¡recta y exclusivarnente responsable por Ios servicios
contratados, así como también por tos actos y/o omisiones de los subcontrat¡stas' Ningún subconLrato de servicios o
intervención ¿" t"r."rlr' óárrinur- relevará' ar pRoVEEDoR del cumplimiento de todas sus obligaciones y
responsabilidades contraídas en el presente Contrato'
Las subcontratac¡ones que realice el pRovEEDoR de ninguna manera incidirán en el prec¡o ofertado y aceptado
por ambas Partes en el presente Contrato'
DÉcrMA sÉPTrMA.- (TNTRANSFERTBTLTDAD DEL coNTRATo)'
El pROVEEDOR bajo ningún títuto podrál ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato'
En caso excepcional, emergente de causa defuerza mayor, caso fortu¡to o necesidad pública, procederá la cesión o
subrogación del Contrato, total o parcialmente, previa aprobación de la Máxima Autoridad EjecutiVa de la ENTTDAD
contralante, bajo los m¡smos términos y condiciones del presente contrato'
DÉcrMA ocrAVA.- (cAusls DE FUERZA MAYoR Y/o cAso FcRTUrro)'
con el fin de exceptuar al pRovEEDoR de determinadas responsabilidades por mora durante la vigencia del
presente contrato, la ENTIDAD tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortu¡to' que
prál"run tener efóctiva consecuenc¡a sobre el cumplimiento del presente Contrato'
Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al
ñomOr" y que impide el cLmplim¡ento de la obligación (ejemplo: ¡ncendios, inundaciones y otros desastres
naturales).
se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las
cond¡c¡ones mismas
"n
qu" la obl¡gación debía ser cumplida (ejemplo: conmoc¡ones civiles, huelgas, bloqueos,
revoluciones, etc.).
para que cualquiera de estos hechos puedan const¡tu¡r justificación de impedimento en la provisión de los BIENEs
o demora en el cumplim¡ento de lo previsto en el plazo de entrega y en el cronograma de entregas dando lugar a
retrasos en la entrega, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, el pROVEEDoR deberá solicitar Ia
.^ñrÉ.r^ ÉNATtrY Nró O03O,/?013
Páqina 4 de 12
St ]UI#XÉ É-
Empi'eso Público Nocionol Texfil
: . t.
ampliación del plazo pcr escrito a la ENTTDA'D justificando Ia exisiencra
l.l_,1?.oj,.n"nto_, dentro de los cínco (5)
i:HH:r:: i:,T1Jii:fr,::*:;,:Lr*,gtT,;l¿*:j;ii:1.'"lm:¿vés de un con,raro Modiricatorio, ,a
oÉcrr¿¿ rj ovFIvA.- firEnl,{ rruAcró ru n gl c oN.rRATo ).
. El preserrte contrato concluil.á por,rna Ce lás siguientes causas:
19'1' Por Cumplimiento del contrato: o:.jo:r: r]ormal, tanto la_ENTrDAD..comc el FRoVEEDOR darán porterminado el presente.Contrato, ,nu ,rnr!ue ambas partes ha¡,an OaOo cumf f imi.nio
",todas
las cond¡ciones v
:ilin:ffiffi Jfi+',"J^T'r'.Hi ['#::;,:Í';.'"il;# ;";#;l'1. ;, ¿"ñ;;;:;;"1"'L,i-o,,.iento de cont,.uto,,
19'2' Por Resolución del contrato: si se dier¿ e^l-caso y como una^forma excepcionar c]e terminar el contrato, a
iff::?H,:-:.:i'.:r:T:?'3."J1?:",::",
r¿ E¡¡iru¿n-;- j ;il;"¿[oo*,
".,"iáun- ils-jg,ient". ..u,ir",-pJ,J
f'9'2'1' Resolución a requerim¡ento de la EI{TrDlD, por causales atribuibles al pRovEEEoR.
La ENTrD.r¡D, podrá procéder ar trámite de resorución der contrato,
"n
or.,nr,u";r;"r;
a) por disolución del FTROVEEDOR.
b) Por quiebra deciarada y documentada por autoridad competente der pRovEHDoR.
') i:,l,iffffi'..l'.? "i'"1:i;",T';;,*,ri*ny:1;[*lli:iJ,Jl,"io.
e, ,apso de r0 días
d) por incumprimienr"
iu:t,:,:gq"-;.,' o;;;;';i:;;,:;"J f,"i'..onon,.ama de ejecución derntrato sin que el PRotrIEEDoR adopre m"¿iáai nÉ.e;r;i.;;'o"p'árrrn., para recuperar
e) ¿:,j."fl"Jl,I"?,'#;:i!]il:?,:.,,i,i.",i,,.i:j.":.ff:x1ff:,;riiil::".;.,"n
:.;;:.:."
Í;#:'"ii!n::,t":
t""' del contrato, ¿ec¡itón optativa, o er veinte por cienro (2ooto), de
' f) cuanclo toi e¡fi¡lEs adquiridos no cumplan con la finalidad contratada o no respondan ala naturaleza de su contratación,
t9'2'2' Resolución a requer¡m¡ento del pRovEErroR por causales atribuibles a la ENTTDAD,
l-l PRol/EÉDoR, podrá procecler al trám¡fe de resolución del contrato/ en los siguientes casos:
a) Por instrucciones ¡njustitícadas emanadas d_e_.ia.ENTIDAD para la suspensión de la
b),
iiüi'Íüül!""''fJi#F,:ff;R::jiÍ,fllnit.ro.;;:""*l#"^l*au,n*",*r. ,,, ¡,,¡ ,;, ,.¡,-
disminución en las cantidades de la adquisición, .¡n ril"iñiiioñ-j"icontruto Modificatorio ''
':
correspon d Íente.
c) Por itlcumplim¡ento injustificado en el pago p,arcial,o total, por más de cuarenta y cinco(45) días calendario computados a partir'de' la fecha au éni..gu' j"r¡n¡tiuu de ios bieries' en ia entidad.
19'?'3' Fieglas aplicai:les a Ia Resolución: Para procesar la resolución del contrato por cualquiera delas causales señalaclas, la ENTIDAD o el trROVEEDOR/ según coiresponda, dará .avisoescr¡to mediente carta'notariaaa,-a la
"t-'p*t", de su intenéión de Resolver el contrato,eStableciendoclaramentelacausaI0UeSeaduce.
Si dentro cle los diez
,
(10)
.días hábjles siguientes de la fecha de not¡ficación, se enmendarán las fallas, senormalizara el desarrollo cle la provisió'r y sJtomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con lasestipulaciones del contrato, El requirenté de la resolución exprásará por escr¡to su conformidad a la solución y elaviso de ¡ntensión de resolución será retirado
En el caso de que al vencimiento del término de los diez (10) clías hábiles no existiese ninguna respuesta/ elproceso de resolución continuaiá a cuyo fin la ENTrDnn'o át pRovEEDoR, según qu¡¿n n.vu requerido laResoiución del contralo, notif¡cará mediante carta notar¡ada a la otra parte/ que la resolución del contrato se hahecho efectívo.
En el caso, que el monto de la multa oor atraso en la entrega, alcance al veinte por ciento (20%) del monto totaldel contrato, Ia ENITEDA,D deberá notiFical. mediante carta"nátariaaÁ qr" la resolución de contrato se ha hechoefectiva,
Esta carta nctariada que efectiviza ia resolución de contrato, dará lugar: a que: cuando la resolución sea porcausales atribuibles al P!-tovEEtJf)R, se consolide a favor in-ü tr¡¡iroAD
I¿ Garantía de cumplim¡ento deContrato.
t-a ENTTDAD, procederá a establecer los montos reembolsables al pRovEEDoR. por concepto de provisión de losBIENES satisfactoriamente efectuada, ' j --r- -
con base a la liquidación final y establecidos los saldos en favor o en contra¡ cuando corresponda se hará efectivaIa ejecución y cobro de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
19'3, Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTTDAD o al
PROVEEDOR
si en cualquier momento antes dr: la terminación de la provisión de los BrENEs, objeto del presente contrato, Ia
ENTTDAD o el FR.ovEEDoR se encontrase con situaciones no atribuibles a su r;í;;;¿{ io,. ."ur". de Fuerza
rnayor o caso fortuito que imposibiliten la provisión de los tsrENES o vayan conrra los ¡Átli".ái-Jái;rtuj"-, l;parte afectada, comun¡cará por escrito su intensión cje resoiver el Contrato, justificando lu .uur.. I
La ENTIDAD, mediante carta nctaríada dirig¡da
Contrato ENATEX Nro. 0030/2013
al PROVEEDOR, suspen.derá ta proVisión y resolve rá el Contratg4//,I
página S de 12
Cclle Ycrnocochi No l4B9 f/illo Fótimol Teléfono fsgl -21 22.l4595 ; F.ly tser ))ie'trt7 . rn D¡r F.ntir¡in
total o parc¡almente. A la entrega de dicha comunicación oF¡c¡al de resolución/ el PROVEEDOR suspenderá la
provisión de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD.
Se líquidarán los costos proporcionales que demandase el cierre de la adquisición y algunos otros gastos que a
juicio de la ENTID,AD fueran considerados sujetos a reembolso.
Con estos datos la ENTIDAD elaborará Ia liquidación final y el trámite del pago corresponCiente.
vIGESTMA.- (SOLUCTON DE CONTROVERSTAS).
Las PARTES acuerdan cumplir este Contrato de buena fe. Cualquier controversia respecto a las obligaciones de la
ENTIDAD,seráresue'ltamediantenegocjacionesamigablesentrelaspartes'
Si las controversias no son resueltas de acuerdo al párrafo anterior, las PARTES se. someterén a lo establecido en
la normativa de Solución de Controvers¡as del Acuerdo de Complementación Eionómica 47, suscr¡to en el marco
de la Asociac¡ón l-at¡noamer¡cana de Integración - ALADI, La ley apl¡cable será Ia'del Estado Plurinacional de
Bolivia.
vrcÉsrMA PRrM ERA.- ( M ODTFTCACTo NEs AL CONTRITO).
El presente Contrato no podrá ser modificado/ excepto por las causas señaladas en las Especificaciones Técn¡cas,
por Acuerdo entre partes. Dichas modif¡caciones deberán estar dest¡nadas al obJeto de la contratación y estar
sustentadas por informes técnico y legal.
, rI. coNDrcIoNEs PARTTCULARES DEL CONTRATO
vrcÉsrr')tA SEGUNDA.- (FORMA DE PAGO).
El monto det presente contrato, será pagado por la ENTIDAD a favor del PROVEEDOR en dólares americanos,
previa conformidad de la Unidad Solicitante y de acuerdo al siguiente detalle conforme el cronograma de ejecución
del contrato y mediante transferencia bancaria a Ias cuentas cuyas referencias bancarias se encuentran contenidas
en las tacturas comerciales emitidas por el PROVEEDOR:
22.1. Veinticinco por ciento (25olo) del valor total, en los quince (15) días hábiles s¡guientes a la firma del
presente contrato, lo cual representa Bs. 1.156.183.66 (UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO :
OCHENTA Y TRES 66/100 BOLIVIANOS) Io que equivale, según tasa de cambio acordada en este documento,
. a gus. 166.118.34 (CIENTO SESENTA Y SEIS MiL CIENTO DIECIOCHO 34/IOO DOLARES A.MERICANOS).
?:2.2. Veint¡cincg por. ciento l25olo) del valor totaÍ, en los quince (15) días hábiles s¡guientes a la emisión del
Acta de Recepción Detin¡tiva de los BIENES, Io cual representan Bs, 1.1-56,18i.66 (UN MILLON CIENTO
CINCUENTA Y SEIS MIL CiENTO OCHENTA Y TRES 66/100 BOLIVIANOS) Io que equivale, según tasa de
cambio acordada en este documento, a $us. 166.1lE,34 (CIENTO SESENTAY SEIS MiL CIENTO DIECIOCHO
3411OO DÓLARES AMERICANOS),
22.3, Cincuenta por ciento {50o/o) del valor total, una vez concluido el plazo y vigencia de Ia Garantía Técnica r7
el Servicio Postventa vale decir hasta el último día hábil del últlmo trimestre de la gestión 2014, lo cual
representan As.2.312.367.33 (DOS MILLONES TRESCIENTCS DOCE MIL'1 RESCiENTOS SESENTA Y SIE-IE
33/LOO BOLIVIANOS) lo que equivale, según tasa de cambio acordada en este documento, a $us.
332.236.68 (TRESCIENTOS TRETNTA Y Dos MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS 68/100 DÓLARES
AMERICANOS)
Si la ENTIDAD incurre en Ia demora de pago, que supere los 60 dÍas calendario desde la fecha de ¡a entrega
deFin¡t¡va o en cumplimiento del cronograma de entregas (cuando se reaiicen pagos parc¡ales), el PROVÉEDOR
tiene el derecho de reclamar el pago de un interés equivalente a'la tasa promedio pasiva anual del s¡stema
bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre tresc¡enios sesenta y cinco
(365) días y multipl¡cándola por el número de días de retraso en que incurra la ENTIDAD-
A este f¡n el PROVEEDOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora én el pago (en días) med¡ante nota
dirigida a la ENTIDAD.
¡TGÉ5IMA TERCERA.- (FACTURACIóN ).
De acuerdo al cronograma de entregas, el PROVEEDOR em¡tirá la factura respectiva en cada una de las entregas,
a objeto de que la ENTIDAD ha,ga efectivo el pago.
En caso de que no sea emitida la factura pertinente, la ENTIDAD procederá a la retención que corresponda para su
pago al Servicio de Impuestos Nacionales y se hará efectivo el pago de la planilla de ejecución del contrato.
vrcÉsrMA c|",ARTA.- ( M O DTFTCACTO N AL CONTRATO)
La modificaclón del presente Contrato podrá efectuarse siempre, por acuerdo entre las Partes y con sujec!ón a la /aplicación del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas Públicas k/'
Nacionales Estratégicas (RE SABS EPNE) para la Empresa Pública Nacional Textil ENATEX y cuando no afecte la -7Y
esencia del presente Contrato, previo acuerdo entre partes. Dichas modificaciones deberán estar destinad.is al /
objeto de la contratac¡ón y estar sustentadas por informes técnico y Iegal que establezcan la viab¡lidad técnica y de
Financ¡a miento,
La referida modificación se realizará a través de uno o varios contratos modificatorios/
exceder el diez por ciento (10o/o) del monto del Contrato principal.
Contrato ENATEX Nro. OO3O/2013
que sum;dos no deberán
Pá9¡na 6 de 12
encTexÉ_ÉEmpreso Públicc Nocioncll Textii
El contrato mod¡t¡catorio podrá adnritir la disminución hasta er cr¡ez por ciento (1oo/o) der monto del contratop ri nci pa l.
5ir'.'.'¿i:"0ffi:?J:?.';Jr";"ii:Jl|.:::un "n
ra adquisición. deberá concertarse piev¡amente con er pRovEEDoR,
5:,trL'[T:?i1?J: ;:I[XH"X?":::*t?"1fjlxlj,ji;:::i""t.#:?,-i,Ji "*o l.ción
de p,azo de, co,rrato, ,o que
vrcÉsrr4aQUINTA.-(PAG'oPoRADQ{"lIsrcró¡.¡,.",.no*o.)''.
Los BTENES adquiridos aüicionalmente y auibrizados previamente mecljante contrato Mcdificatorio, serán pagados
;:ii[:Ti:Tios.unilarios;-]";;i;;;;J*;';;;";'i;;:,;;¿:';;il:"=, ruego de su entresa a sarisfacción, dlntro
vteÉsr¡an5EX.r,{..(ftfoRosIDA,nY5UsPeFJALIDAtrEs),
Queca convenido entre las partes contr¿tantes/ que sarvo casos ile fuerza nrayor o caso fortuito debic,amentecomprobados porlla ÉiTrDAD, se aplic-trán por cada periodo de retÁso l¿s siguientes multas:
a)
5.}:'r'"t't"tt
al unc (rj por mir (1.000) por cada día de arraso desde er .; ,;;,;; ;".;.
"
día tre¡nt¿ (30) de
b) Equivalente al tres (3) por mil (1.000) por cada día de atraso desde el dia treinta y uno (31) en adelante.
De establecer la EN'FrDllD que por la aplicación de mu!.ras por moras se^ha negado ul li.it"';; a;* ;;; .,..,"(100/o) ciel monto dei contr:atc, pooré iniiiii-.i pro.n.o de resorución ¿ui contiuri,l;;#.;;; a ro esripurado en raCláusula Dé:ima Novena. .
"- "' "
De estabiecer la FNTÍD'AD
:u" P?,.
la. aplicació,n de mulias por mor¿s se ha llegado al límite del veinte por ciento
$ií:l j:r*,H:"-i%:::trato, deberá iniciar el pio..ro Jn i.r.i"i¿."¿"r contráto,.oniorÁ" a ro estipurado en ra
i.?:.il:,,j:"j:;il,::::11,T^:l::,:.:"^ g::.::ir:,-l,jabrecidos.expresamenre por ra ENTTDAD, con base en ei
$"J#::'l:..j'j:tu^"0"":*:*?l:^i"^':'^f.:::¡ '!;;;;-üá-r¡q,ii,iJ,?Á'?.T,,u"Y'";dll:,'Jff;;"i.';i?r.J^B
i]:.;::::.1:"n::::ll:,i".::Tl!Ta,: * .:Áj,i,:^ y proceda ur ,"Ju,..i,ián,"'a",oj'*"! ,1i",i,ffi,u::.,L:;11"j,:jurisdicción coactiva riscal por la naturateza deicont¡ato, conrorme r".ri?új!.iá:1] :i;,-#.7;'2Lito!,iÁffflii;
VtEÉSIPI¿ OCT¿V¿.. (RFSF}ONSÁEIL:NAD Y OSLIGACTO¡¡ES úEI PROVEEDOR).
EI pROVEEDOn tiene las s¡guientes obligacicnes:
28,1. Enrregar á rra'FNTÍDA,D:la :tilerri,qirai:d,ó, u!9_ cgi¡.es;pgndie-rÍib ál:sjdfi&fiá,,óBiÉff-ij8,SiJffi?
28.2. Asesorar adecuadamente a' Ia ENTTDAD
"n
rJ bt" j. -áe
alaiqnosilco para Ia . cor
necesidades y levantamiento c]e reqlrisitos.
'
' :"''ll ,'H-:" .r: ":yl
28'4' Ejecutar oportunamente y rle acuerdo al cronograma que acepten las partes/ los servic¡os de Asistencia
Técrrica Inicial asociados a la venla de la Licencia de Uso.
28'5' Eniregar a la ENTTDAD/ toda Ia docunrentación técnica y de usuario que se encuentre necesar¡amente
asociada al Sistema.
2B'6' selecciona.r, para la prestación de los servicios asociados a especialistes con Ia calificación requerida para
estas Func¡ones.
28.7, Facturar a la EI¡TIDÁ.D lo que corresponda.de acuerdo a los precios y condiciones de pago paCtadas en este
Con tra to.
28.B' Galantizar, en lo que a él respecta, el cumplimiento del cro.nogranta de trabajo que las FARTES acuerden
para la ejecr-rción del objeto de contratación, .
28,9. i'rcueer
-a
la ENTIDab ¿e rá inrorniac¡¿n que solicite referente al estado de cumplimiento de Ios
--r - lronoQramasdetrabajo,enlosplazosqueséacuerdensegúncada.uroypoiáir-n.dio'indi.udo,
28.10' Garantizar que los especialistas, encargados de e;ecutai los trabajos'ob¡.to o"
"it.
contrato curnplan,
durante su permanencia en las instalaciones de Ia ENTTDAD, las nor,tar legales, técnicas, disciplinarias,
éticas y de protección física establecidas.
Cumplir con el ordenamiento jurídico boliviano y en especial con las normas técnicas, de seguriclad e higiene
incustriai que sea rnenester tener en cuenta para el cumplimiento del objeto de conti-atación".
Desarrollar la capacitación y forrnación de Ios usuarios conforme las especificaciones técnicis y cronograma
de ejecución del contrato.
Mcrntener la calidad de empresa hábil para contratar con el Estado
E] Pito"rEEDoR asume_la responsabilidad técnica absoluta de los servicios profes¡onales prestados bajo el
presente.contTato, conforme establecen las espec¡f¡caciones técnicas/ por'lo que deberá desarrollar su
ii-abajo conforme a Ias más altas rrormas técnicas de competencia profesional.
El PRovEEDOR., será el único responsable por tos reclamos efectúados por terceros que resutten de actos u
omisiones relacionadas exclusivamente con el objeto de la contratación durante Ia ejecución de:este contrato
y el t¡empo de todas las garantías concedidas.
28'16. Queda a cargo del PROVEEDOR, la responsabilidad sobre la seguridad física de su personal que se involucre
en la ejecución del cóntrato, para lo cual decidirá si resulta procedente la contratación de ieguros contra
- accidentes de trabajo, de acuerdo a su normativa interna; la ENTIDAD no será t"tponábl" por los
28.3' Adecuar e implementar el Sistema de forma tal que satisfaga las necesidades y
ENTTDAD.
28. 11.
)Q 1 )
¿o,f,J.
28.L4.
28.15.
acc¡dentes que los especialistas o personal dependiente del PR.OVEEDOR puedan sufi-ir,
VIGÉSIT4A ñiOVEI{A;- (RHSPONSABILIDAD Y OSLIGACIOT¡ES DE LA ENTIDAD).
La ENTIDAD tiene las s¡guientes obligaciones:
29.1. Proveer de forma fiel, eficiente y opórtuna toda la información que solicite el pRoVEEDoR durante la
de Diagnóstico, así como toda aquella que resulte necesar¡o conocer durante la vigencia clel Contrato,
Contrato ENr{TEX Nro. 0030/2013 Página 7 de 12
eta pa
Nró r /oñ //rr^ r./-+r*^r T^tÁt^^^ /Aol ó OtlO<OA trnv /(Ol:ODC1O7ñ7 .l¡ D¡z Rnlir¡ia
29'2' Efectuar en los plazos acordados los pagos correspondientes al valor del contrato, asegu.rando además losrecursos f¡nancieros necesarios.
29'3' Garant¡zar los requerimientos técn¡cos mínimos, tanto de hardware como de software, para la explotación yuso del s¡stema, según se relacione en Ia documentación técnica.
- - --''"-'
29'4' Pon,91 a disposición del PRovE€DOR los espac¡os e ¡nstalac¡ones que sean necesar¡os¡ en los horarios y
, condiciones que acuerden las Partes, en función de la ejecución de esie Conrrato.
---
:
29'5' Garant¡zar los servicios de conect¡v¡dad necesarios pará el Func¡onamiento o"i Sirtu,-nu.
29'6' Designar al funcionar¡o o funcionarios de su institución, con el dominio tocnicá y la capacidad de decisiónsuticiente' encargados de dar seguimiento técnico a la ejecución de las tareas á ¡Árorma¡- Io conducente a laENTIDAD,
29'7' Informar al PRovEEDoR de las normas legales, técnicas, de seguridad y de los requer¡mientos asociados alSistema.
29'B' selecc¡onar adecuadamente al personal encargado de recibir en los d¡stintos n¡veles ei entrenamíento ycapacitación necesarios y definiclos en el.anexo iorrespondiente.
29'9' Establecer las medidas físicas y organizativas necesarias sobre el personal de su ent¡dad que se involucre enla ut¡l¡zación del sistema, en el orden_ de la protección trente a falras de aiimentacién y o" árt"r".ion-odestrucción total o parcial de información por razones no atribuidas al mismo, in.iuiáos v¡rús ¡ntoimái¡.or, u
fin de asegurar la información generada.
29'10' Asignar y garantizar la presencia del personal responsable de atender a los especialistas del pRovEEDoR, .
con capacidad técnica para interactuar con estqs.
29.11. Establecer los mecanismos de salva de la informaclón generadas por e.l s¡stema.
29'12' Garant¡zar, en lo que a él corresponda, el cumplirñiento del
'cronograma
de trabajo que las pARTEs
acuerden para la ejecución del trabajo de instalación, fornración y puesta en marcha.
TRrcÉsrMA.- (cooRDrNACróN).
A efecto'de ver¡ficar el cumplimiento efectivo del ,contrato/ la ENTTDAD designará al coordinador que tendrá Ia
obligación supervisar la calidad de los BrER,¡ES y el desarrollo de todas . las démás taréas ¡nrrerentes al presente
contrato' debiendo al efecto ajustarse a las Especificaciones Técnicas y.el Cronograma de Ejecución oel contraio,pudiendo en su caso realizar inspecciones o ver¡t¡caciones y las observaciones tÉcáilas ¡ao demandar una mejorejecución del contrato.
TRIGÉSIMA PRIMERA,- (ALCANCES DE LA ADQUISICIó¡¡ OT LOS BIENES).
La adquisición de los Bf ENES tendrá los siguientes alcances:
31.1. DIAGNóSrrCO.
31'1'1' Prev¡o a la implantación del s¡stema, eJ PE.pvEEDoF"conv¡enen qn realizar un Diagnósi.ico de Ia ENTil)JD' el cual, según el glcance de la defin¡ción'expúesta en ia ctáusuta r"ic.ri-lo.pi;Jd;;j,
a) Identificac¡ón y valoración de la estructura organ¡z¿tiva.
b) Levantam¡ento de los flujos de inlormación y procesos claves.
c) Análisís de la infraestructura tecnológica y de-comunicaciones para enfrentar el desplíegue del Sistema.
d) Evaluación de las bases de datos existentes y que interactuarán con el Sistem;.
-"
e) Identificación de Ia información que es necesar¡a homogenizar para garantizar la consolidación en los
datos.
f) Levantam¡ento de los requer¡m¡entos de adecuaciones al Sistema o ¡nterfaces con otros s¡stemas en
explotación.
s) organización de los procesos de migración de datos, si resulta procedente.
h) Cualquier otro requerimlento informat'vo o acción de evaluación que sea necesario para realizar el
adecuado dimens¡onamiento der proceso de despliegue del sistema.
3.L'2' El proceso de Diagnóstico concluirá con la entrega por el pRovEEDoR de un Informe que resuma el
resultado de su análisis y contenga el Plan de Acciones Prev¡as que deberá garanlizar la r'NTtono para
asum¡r con éxito el despliegue del sistema, así como el contenido de las tareas á asumir por el pRovEEDoR
para adecuar el Sistema según los requerimientos identificados y los .ronogru*u, de ejecución que
co rrespon da n.
3'1'3' El InForme de Diagnóstico aceptado por la ENTTDAD, en virtud del Informe emitido se incorporará a este
Contrato en forma de Anexo.
31.2. CARACTERÍSTICIS DE LA LTCENCIA DE US.O.
31'2'1' La Licencia de uso a adquirir por la ENTTDAD en virtud de este contrato implica la cesión perpetua y no
exclusiva, a su favor, de los derechos de uso y explotación del Sistema, maler¡at¡zada mediante la
aceptación por la ENTTDAD de los términos y condiciones del presente contráto, y-L suscripción del Actade Recepción correspond¡ente.
37'2'2' La Licencia de uso se otorga con carácter corporat¡vo lo que implica la pos¡b¡lidad cle utilización de los
sistemas informéticos en cuestión/ en toda la dimensión presente' v rúiuia de la ENTTDAD,
independientemente del despliegue in¡cial al que se compromete el pRovEEboR, siempre que se emplee /paralosfinesquefueadquiridoydentrod.eloslÍmitesdelaENTIDAD,
3t'2'3' El carácter no exclusivo de las Licenc¡as de uso implica que el sistema puede ser libremente comercializ ado /'por el PRoVEEDOR a terceros/ ya que en m¡smo seguirá siendo propiebad del pRóvEEDoR, tal y como se
establece en la cláusula correspondiente a la propiedad intelectual y por consigu¡ente ta ENTTDAD nopodrá hacerse uso de los mismos fuera de las cond¡ciones establecidas eñ este contrato, s¡n el
consentim¡ento previo y expreso del FROVEEDOR.
Contrato EMTEX Nro. 0030/2013
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UI ILJ IUXR-BFmpfeso Público Nccionol Textil
,r.r.O,.En virtud de lo anterior la ENTIDAD no podrá transferil:11r,,1"? instalar, re¡nstalar, prestar o sub_licenciar
el s¡stema' a n¡nguna periona n¿tu'ur o;rrluii. ;;"-rg:". ta expresimlnie de¡¡n¡¿a po.
".t"
JJ.rmenro,
31'2'5' La valj-dez de la Licencia es exclusiva para 1., u.rrion"r^"q_1: r. indjcan expresamente en ran,',,rn,.,., ,u,
actualizaciones' modificaciones y nuevas vers¡onei áer sistema iliür'="i:tq_uiridas por ra ENTTDAD sini'".'itñ*i:'J3';,i?S5,i,'.1,:lít:,'.1'¿ f1,,:n*i-.;;i;".:::1?,'3i "*ouurDoR
ros servicios de
31 2 6
:i:.:iJ;:,;i,j1.j;.;::i:.;J.T:?Í,?:'?,"'5ffi:igi$xff. ," ."ru.ionun en ras Especificaciones récnicas y se
31.9. sERVxcrog DE AsrsTEt{cra rÉc¡¡¡cA rNrcilLL,
31'3'1' El trF?OTEEDCIR se responsabiliza con la prestación de ros,servicios de Asistencia Técnica Iniciar asociados a
i:,J$lff^{{d:J¡,:ffi}.:1
¡.:",..:"ffinJ:i"¿n."¿;:ihu:::#'fir.',", v ,, ,-ói,",".ár y a
;:li'.'t".i"iflÍtiffit¿:"ier oiaqnostic;;';:;; !o,. ru. pARrEs, er cuai ;:"H:;:l: i:,?i"'X.J::".:
31.3.2. La Formación de Usuarior,u"
:1ut]lrjá-de
acuerdo . :i:,:?_o^:.loiTu:,:n u urubor",. po,.
" "*ounro6*
con posterioridad'al Diagrróstito y tut-t.l;;;; d; capacitación
"n
olr.l"nt"s modaridades que estarán
S:;:If+::: ."J
t'-"t:perrires au uru.riorl;;;d;;er der sisrema, Administradores y rspeciiristas oe
31'3'3' corresponde a la ENTrD'rD la selección adecuada o.,rL.r::l:lque será receptor cje ra capacitación y ra
'creación de las conclicionás Je aulas y me¿iás:i¿Jn"icos necesarior,-áriuJu.c¡ones derformación serán
desarrolladas preferiblemente-en tas ¡nsiaric¡o'."r qr"'r. e*iió;D-u1,,o.'or* su actividad profesionar.31'3'4' Ei pRovEEDoR entregará a le^ENTTD'AD como parte de ra Formación, todo er materiar didéctico de que
3:T::Í?,i:i;t;"
l;; M;;;;"' oniii,¡.;u ;"#;: oocumentos,-'á",u.l,?oo a ros rores a desempeñar.
31.4. ADEcuncró¡¡ DEL srsrEMA.
31.4.1 l_as pA.RTES acuerdan que como resultado cJel D
requerim¡€nros qu" impii.a,n ..,"ni", ;.;r ;,;#;.".:jü¿#: ,?i?:1".,::ffi".,JÍ"Ji:r:.:;::.,#;::;
-i":. ;. , ' :.,-Tn'"'¿'l:!!!11,1,:T1?.-*
f:f:r'r""Xiil;:.i:"ij¡.¡; *n.:"i".'
",i1lii,-,."'" de oiaenósrico y se;' rir'i :r:' :1' 1¡ por lasr'pA,RrEs.
-:
_--,"1-:'"" .
. ,, - i
rajo pa..| si: (esarrollo,.los cuales ."rj" apr"o.o". :
31"4'2' A partir
'de la aprobación de los documento, ,"r."^rl*r^^:n- er numerar .nt_9r.,9r, ras soticitudes cre nuevosrequerim¡entos de desarrollo al s¡iiá*1
'órá
sean soricituoo, pái l] r*¡rroao con posreriorid¿d al
Diagnóstico' no serán considerados.oto-pJ,il ie ta adecuaci* i"l'si.1"ra y por ranto no.determjnaránla aceptación del Sistema por la Elr{TIDan.
- .-
31'4'3' No obstante lo anterior' tult:-'"-uo reguerimiento:le^]g-eiliflque ra ENTTDAD a ra puesta en exprotacióndel sistema' podrá ponerlo
"n.ono.iiiiá"t. o"i nnovreoó'i{-.-ri.''i" gue esta
'ARTE
anarice si susatisfacción puede incluirse-en versiones posteriores oet sistema. ,"a't.Jtaou como una. acción oe soporteTécnico o como un desarrollo u l" Á.J¡ouJ.n ¿uuiqr¡"l. caso el t.¿tu*¡¿',lio técnico a dar deberá constar endocumento suscrito en acuerdo ¿e pAnfÉS. :
sin perjuicio de lo establec:do en las Cláusulas precedentes, ras pARTES podrán ampriar o recJucir ia rista
3:J,?:["]'ili:iffii.T'::i"T;:i,:in'S:¿:.:iltil:;i ;:;;,:'f.i" .0n,," un A*a que re,eje este
31.5. CONDICXCNES PREVTAS.
31'5'1' La SNTTDAD es responsable de garantizar las a:11,^.]:1,::-p-revias que. se idenrifiquen como parte derDíágnóstico, entenoiénoás;-;;;"";;;ár i"o"!-1"-..previsiones orjinLiiiu.r, regares y técnicas que es
;::.*i:;,:'"ru[:*"X?"i:#jX'"T.1;;1"1J;'de rmprantación y puesta a punto der Sistema para
31 5'2' La falta de creación oDortrrna
^de
ru, c91o51ones pievias comprcmete el cumprimiento de ros cronogr¿mas
i,X'Jfl?Xll;.tlr.ro
que nn .'toi iuuJ';j ;R;ü;¿ü- ;;*ii 5;;;t¿",::;:: ra responsabiridad asociacra a su
3:!..6, IMplArr¡rnCró¡r¡: DES.LIEGUE y
'UESTA
A
'UNTO
y EN M.ARCHA
Jr"o'¿' El proceso de Desplieque, se-entiende como la generalización del sistema en las dependencias y unidadesorgan¡zat¡vas de Ia ENTTDA,D, quedanüo et-p'rióvreoon
'esponrilili..oo con el que se define en elInforme de Diagnóstico que forma puri"lntugruni. o.r presente contrato.
¡ao con el que se defi
31'5'2' Independientemerlte de lo
^a¡te¡ior,-.parti-ciparán
en este oro."ro u- r"sponsabilidad del pRovEEDOR,especialistas deóignados por ta erurroaó .oÁo -uí. ;;;;-;"¿.i,rui-'rnu transferenc¡a efect¡va deconocimientos hacia este nersonal a Fin de prepararro, pg._u
"r
,lo-y
""ploiu.io"n"¿-.i'd,rü,i'o, qr"
:i;JJ:Ji3.ii:"';:'X:ffii:Uilff;¿3'¡ ;;#i"-;;;ü
"' !i r,,I,."',i.',tál5,Lt=;;; .; #.ul¡cuo". .r" I
31'6'3' Ei proceso de Despliegut'"
i":]i:lil.de forma gradual, garantizando ra coexistencia con otros s¡stenras #'' t expfotación y realizando las migrac¡onur v u.iuil¡tac¡ones ae ¿atos-cáiiespondientes. El Despliegue serealizará de conformidad con el cronogram. .on*ni¿o
"ntru
ru. puri"J"u'ou*,. der D¡agnóstico, tom.lndocomo hitos de referencia para el inicio én ta p."rtacion o; ñr;";i.';:,i; rearización det pago anticipado
Contrato ENATEX Nro. OO3O/2013
-collo Ycnccochi No t 4B9 (Viilo Fótimo) " Tetéfono (s9t -2) 22igsss " Fox (591-21 zzlslol , Lo poz - Borivio
establecido según este Contrato
ENTIDAD.
y la creac¡ón de las Condiciones previas que corresponda asegurar a la
31'6'4. Por su parte, y a los efectos de este contrato/ la Puesta a punto será el momento en
declare como listo para su efect¡va utilización por ia ENTIDItD. para la determ¡nación de
se emitlrá el Acta de Recepción definitivá.
que el Sistema se
ia Puesta a Punto
31.6.5. A partir de la Puesta a Punto/ según definición y alcance conten¡dos en el numeral anterior, el pR,OVELBOR
realízará un acompañam¡ento técnico in sito por un período de treinta (30) días p.uru ur"guru¡. oi
func¡onamiento estable del Sistema.
3.7. CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO
31.7.1. E¡ PROVEEDOR capacitará al personal cle la ENTIDAD de acuerdo a un Plan de Formación definido por el
PROVEEDOR, estando enfocada sus acciones de capacitación en función de tres peri'iles fundamentales:
operadores del Sistemas, adm¡nistradores del Sistemas y especialistas de soporte técnico; correspond¡endo
a Ia ENTTDAD la adecuada selección del personal receptor de la formación y las cond¡c¡ones de aulas y
medios técnicos.
31.7,2. Como parte de la capacitación, se realizarán acciones cje entrenamiento que contarán con la part¡cipación y
asesoramiento del PROVEEDOR, para asegurar la adecuada as¡milación de conoc¡m¡entos por Ios
espec¡al¡stas de la ENTIDAD capacitados.
37'7.3. El PROVEEDOR. está en condiciones de preparar al personal de Ia ENTTDAD para que pueda satisfacer sus
.necesidades de soporte técnico dé primer y segundo nivel, como parte de la formaóión, sin costo adicional,
.s¡empre que se rea.lice dentro del cronogrAma de capacitacién general prev¡sto.
TRIGEST M A C L,.A.RTA.- (TRAN¡SFERENCTA TEC N OLócrCA).
La Transferencia Tecnológica cons¡stirá en la transferencia hacia la ENTIDA.D de conocimientos prop¡edad del
PFi.oVEEDoR, asociada al proceso de sostenim¡ento y administración de los dist¡ntos cornponentes del Sistema, así
como para el desarrollo de servicios en función de nuevos requerimientos y la aplicación de los procedimientos y
metodologíasrelacionadosconlaprestaciÓndelosserviciosasociacjosasuimplantaciónygeneralización.
En función del proceso de Transferencia Tecnológica, el PROVEEDOR está en disposición de asurnir.ia pi.eparación
técnica de un Grupo de Trabajo const¡tu¡do por la EN'¡-IDAD, para Iograr, como objet¡vo l'inal, un g'rupo de
especialistas preparados para asumir la implantación y generalización del S¡stema, prestar los servicios técnicos
postventa, capacitar al resto del personal ejn su uso y manipulación, afjministrar la Solució;r y, en una etapa
superior, llevar a cabo los desarroilos de ser:viiios propios qub exija ia ENTIDAD, bajo los terminos de validación y
parametrización que se definan en Protocolo de Validación acordado por las Partes pára asegurar la integralidad dól
Sistema una vez concluidas las acciones activas de responsabilidad del PROVEEDOR.
Los nuevos servicios o aplicaciones desarrollados por Ia ENTIDItD con sus especialistas como resultado de la
as¡m¡lación de la transferencia, se considerarán de su entera y. absoluta propieclad ¡ntelectual, excepto que
puntualmente se defina otra cosa.
TRrGÉsrMO QUrr.lrA.- (SUMTNTSTRO DE EQUTPAMTENTO).
El PROVEEDOR se obliga a suministrar a la ENTID"A,D los servidores que resultan necesarios para el
funcionamiento del Sistema, de acuerdo a las cantidades y especificaciones generales que figuran a continuación:
Item Ca racterísticas M ínimas Cantidad
1
Servidor 4GB RAM o superior, capacidad de
almacenamiento 500G8 o superior, Dual Core,
Procesador l.BGhz o super¡or.
2
El Equipamiento relacionado en esta cláusula es el único cubierto por el FROVEEDOR dentro del valor dej Cori,-e,o,
y la marca y/o modelo se deja a criterio del PROVEEDOR siempre que cumpla las caracterñist¡cas mínjmas
especificadas y se entregue en las cant¡dades y forma prev¡stas.
Como obligación asociada al suministro de Equipamiento e¡ PROVEEüOR proveerá al ENTXBAD de los servicios de
instalación, configuración y testeo de dicho Equ¡pamiento y garantizará que el mismo se encuentre
tecnológicamente apto para las funciones que cumplirá.
El Equipamiento será entregado por el PROVEEDOR a la HIITIDAD aplicando el incoterm CIF La paz Bolivia en sus
dependencias y med¡ante Acta de Entrega y Conformidacl suscrita por ambas Partes en las que se consignarán
todos los datos del Equipamiento entregado, asÍ como de los Especialistas de Ias partes, responsables de esta
o p era ción.
A partir de la recepción del Equipam¡ento por la ENTID,AD y la suscripcién del Acta de Entrega correspondiente, el
PROVEEDOR transm¡te a la ENTIDAD la libre determinación¡ el clomin¡o y la propiedad sobre ios bienes objeto de
este documento, const¡tuyendo el mismo el tílulg legal suficiente y exclusivo sobre los mismos.
/
EI ENTIDAD se responsabiliza de Ia custod¡a y conservación del Equipamiento, a partir de la entrega realizada ,or'"f>el PROVEEDOR y refrendada en el Acta correspondiente, por lo que deberá crear las condiciones necesar¡as para /su adecuado almacenam¡ento y manipu¡ación.
TRIGÉsrMA SEGUND.A.- (suspENsróN DE t-os TRABAJos).
contrato EMTEX Nro. 0030/2013 Página 10 de 12
Ul lLl lt=^É,--*: Empieso Público Ncciono! Textil
.:.
La. ENTIDAD pod,'á suspeflder temporalrnente Ia adquisición de los BIENES en cr-ralqu.ier momento por mot¡vos de
fuerza mayor,. caso fortuito y/o convenientes a Ios intereses del Esiado, para lo cual notificará al PROVEEDO.R por
escrito, con una anticipación de quince (15) días calendario, excepto en los casos de urgenci¿ por alguna
émergencia imponderable. Esta susp€nsión puede ser parcial o total,
'
En este caso la fÑmO¿p reconocerá en favor del PROVEEDOR los gastos en que éste incurriera por depósito' u
otro justificado documentadamente.
También el PROVEEúOR puede comunicar a'la EF,ITIDAD la suspensión temporal de la provisió'n, por cáusas
atr¡buibles a la ENTID^AD que afecten ai PROVEEDOR en la adquisición de los BIENES.
TRIGESIMA TERCER¿r.- (NORMAS DE CALTDAD APLTCABLES).
Los BIENES suministrados cje conformidad con el presente Contrato se ajustaián a las normas de calidad
mencionadas en las espec¡ficaciones técnicas y cuando en ellas no se mencionen normas de calidad aplicables, a las
normas de calidad existentes o cuya aplicación sea apropiada en el pais de origen de los BIENES.
TRIGÉSrM/t Qr..rII¡TA.- {DE LA FFIOPTEDAD TNTELECTUAL).
El PROVEEDOR ha'ce total y absotuto reconoCimiento de los Derechos del PROVEEDOR sobre la propiedad
intetectual y clereóho9 conexos vinculados ai Sisterna; incluidos expresamente los derechos de autor, los derechos
de CopyrigÁt, y los clemás derechos de marcas y patentes asociados, al diseño, marcas y elementos clistintivos de
los mismos. Estos derechos reconocidos se extienden a las imágenes, foto,grafías, animaciones, video, música,
audio, texto y rnateriales impresos, con independencia del soporte en que se encuentrel, que acompañen al
Sistema o forrne par-te de é1,
Las PARTES convienen que bajo ningún concepto, circunstancia o condicíón alguna, ser.án por la ENTIDAD
revelahos, dados a conocet / püblicados, comunicados . a persóna natural o jurídica alguna, utilizados,
comercializados, intéQrados, duplicados, bajo cualqúier medio, modo o soporte, aquellos. datos, documentos,
diseños, instrucciones, clases, aplicaciones, códigos, contraseñas e informaciones relativas o rélacionadas con los
desarrollos de iistemas y productos de propiedad intelectual y derechos morales que estén reservados a favor del
pROVEÉDOR, tanto los tuielados reg¡siralrnenEe y bajo jurisdicción o compete|lcia al0una como los que no, sin Ia
autorización escrita y expresa del PROVEEDOR.
El acceso a los programas fuentes del Sistema corresponden total e íntegramente al PROVEEDOR,. por lo que con
independencia áel proveedor de servicios cle soporte técnico qr-re elija la ENTID,AD, cualquier acción que requiera
utilizar, modificar o accecler a alguno de estos programas fuentes, será e;'ecutada única y exclusivamente por
personal del PROVEEDOR o con su autorización expresa'
Las pARTffi,S.se ccmprometen dino reálizar coFia de las do.cumentaciones ¡ntercambiadas, si no es para su exclusivo
de uso interno,' y se asegurar.áh de que cualquier persona,4ue tenga accedo a la información manejada.por el
Sistema lo ha,rá solo con su áutorización en los términos'de este Contrato y cumpliendo l¿s con.diciones de
conf¡clencialiciecl que más adeiante se definen.
Cualquier otra definición sobre el régimen de propiedad sobre los bienes y derechos generados a partir de las
relaciones establecidas mediante el presente Contrato o modificación de lo establecido en el párrafo anterior de esta
Ctáusula, se establecerá puntualmente siempre que resulte procedente conformé a derecho, haciéndose constar en
documento firmacio por las PARTES,
TRIGÉSÍMA SEXTA.- (CGNFIDENCIA¡-TD.AD), .
Las pARTES se cornprometen a tratar confidencialmente y a no reproducir, divqlgar, difundir, transfer¡r o publicar
sin el consentimiento común de ambas, la información a la cual tendrán acceso y el mater¡al que se entregu.en
recíprocamente en el curso del cumplimiento del presente documento, incluida la letra de este Coritrato y todos los
demás clocumentos relacionados directa o indirectamente con él; comprometiéndose además,.a no. propiciar, ni
part¡cipar en actos que puedan jmplicar, directa o indirectamente/ la pérdida de los derechos de propiedad
inteleitual que una de ellas ostente o el menoscabo de los mismos.
Los compromisos adoptados por las PARTES asociados a la confidencial¡dad, no prescribirán en el t¡empo y por
tanto los efectos de tr¡das las condiciones de confidencialidad se mantendrán v¡gentes aún después de extinguidos
estos documentos, excepto disposición expresa en contrar¡o suscrita por ambas PARTES.
La presente Cláusula no será de aplicación en los siguientes casos:
a) Aquella información que se haya hecho pública antes de la firma del presente Contrato.
b) Cuando la obligación de coniidencialidad ha sido cancelada, med¡anle comunicación escrita, por la FARTE
propietaria de la información.
c) bualquier información de propiedad de una de las P^ERTES,
pública de datos.
TRTGÉSIMA SÉPTTMA.. (.DERECHOS DE PATÉNTE).
El pRovEEDOR asume respónsabilidad de manera ilimitada y permanente en caso de reclamos de terceros por
transgresiones a derechos de patente, marcas iegistradas, o diseño industrial causados por la adquisición y
::'-:::::::::::t"'
parrtó de err s en er Estado Prurinacionar de Borivia'
-¿
TRIGESIT,{A OCTAVA'- ( MANUA¡-ES).
Junlo con los BTENES
"O¡"r"
o;, añruan, el pRovEEDOR entregará al primero los.correspondientes munrul* d-.
l'
¿e uiürio, ¿e operaciónj de mantenimiento, reparación, de instalación generates e instructivos del sistema. En lo
posible, loé manúales oriqi;at"r deberán.er'ercritos en idioma castellano, y cuando éstos no estuvieran disponibles
en idioma castdllano, el PR0VEEDoR entregará un ejemplar traducido.
TRIGÉSrÍ,4/l NOVENA.- (coMrsrÓN DE RECEpCTÓr.l oe Los BIENES).
que se publique por ésta a través de una red
Contrato ENATEX Nro. 0030/2013
Página 11 de 12
*-'-!-.---..4
r:^llav^ñ^^^¡hj rto'l ztRQt/ittnFÁtinrn'l .Teléfono159I-2] 2219595 LoPoz-Bolivio
)por laUna Comisión cle Recepción, tendr'6 actuación obligaior¡a en la recepción de los BIÉNE$ des¡gnacla
E¡,¡TIDAD, y por personal de línea de la EI'ITXDAD, segÚn. sr-r propÓsitc y estará integrada pori
a) El coordinador designado.
b) Un representante de la Unidad Administrativa.
c) Un representante tócnico de Ia Uniciad Sc¡licitarrte'
d) uno o más servidores públicos que la ENTIf,iAD considere necersai-ios¡
Lá Comisién c1e Recepción tiene la resporlsabilidad citr ei'ec:tuar la recepción de l¡s. BIEI¡ES' en
concordancia con lo estbblecido en las Especif¡caciones Técnicas, debiendo dar su confcrmi,l¿d luego ce
verificar también el cumplimiento de las especificaciones, términos y cond¡ciones del conlralc' i
c u,qDRAGÉSrt,'!A.- ( Cr ERRE O LrQUr i)Ac r0 N D E c ot{'l'R.41-O)'
La E¡¡TIDAD, no dará por finalizada la adquisrción y a la liqr-ridac¡ón, s¡ el PRovEEiloR nc httbiese curnplido con
todas sus obligaciones de acuerdo a lcs términos cle¡ contrato y de sus documenios ¿nexos'
En et cierre o liquidación cle contrato, se tornará en cuénta las mr.rltas y penalidacies (si hubieren). A,sirnis;no,- ei
pnoveroc¡n ¡rodrá establecer el impc,-te cle los pagos a los c'-iales (:ons¡def'e
!:eller..cierecho,
que hubiesen s!clo
reclamados susl;entada y oportunanlente i/ que no hubiese sido pagado poi- la IINTtrÜAD'
Este proceso utilizará Ios plazos previstos en la cláurula décirna terccra clel presente crl;-tti-arc, para erl irago de
saldos que existicsen,
CUADRAGÉSIF{A P[¡.It,tERA.- ({6AFi.¡.NTÍn fÉCrurCn Y HL 5Hi'iVIflIO P0$TlFit'l'rA)'
Lá adquisición cJe los BIE¡IES/ tencirán una Garantía
-técnica,:Je r-rn (1) año a partir"c.ie la fecha de suscr-ipci(:n d.el
Acta d'e Recepción Definitiva para el c¿so del sistema y de errtrega para ei Equ;p¿miento cflrrespond¡ente, Esta
;;;;"ií. aiéglror¿ el cuinplimiento cle las especif icaciones técnii:ar del Sistema segúrr io estipur;lclo en los Manrtales
de uso y siernpre que no se evidencie que los i¿llos o cI¡tíiciencias no se criginai-on por la L:tilizaciÓn ir'debicl¡ o
neal¡clente de la ENTIDÁp, r" procecterál por parte del liROVEiaDClR, a su corrección o reeni-*la¿o en un plazo Tio
;;;;;;;"; ü. +iJi.r. L*'gurior que pr-ie,tan or¡ginarse como coi"rsecuencia del eiercicio cle ía Presente cl¿iusLrl¿
serán siempre asumldos-pár-.r"ntu c¡ei bxovgen{iñ.. rn ningún caso los servicios cIe gorartía reiEclollados con el
sistenia y an-rparados fór este contretr), rncluirán lral;ajos cie ir¡s esp:ciaiistas ci€i P¡¡.üvEEf,¡r-'llt:el1 la c;r¡rtai:iór-r,
ccl-rección o cc,n"urrión ce áatos, creaciúri cle ficher:os rrla!srros, confección at. tai)lqs con'ipleirefil¿lr¡as, y
cr-:alesquiere otras act¡viciades v¡ncul¿das con Ía r:xplotación del sistc'Ji'1a. üualquier nece¡irjaci c'e l¡ El'{1'rüt'&Í:) en
;;i;-;;t".t;, será soiicitad¿ ai PRovEEDoR v a;1¿l¡z;:da cotnc Lirra nue/a'/ersión de ser ilroceiieilte'
ccno cch,licióii generat el pH.Or/EEDOt{.'ororg-o"brl¿ Et¿Trúsiii'L¡n¡'G.*¿r1riá^*-:l]-i}l_.:"r :iij¡;t el lii;uipanr.-¡entc
anrparailc po. ei pr.esente contiato. El períoclo'cle gara'tiía ciel EquipaiTi€nto com'Snzarl a tcinputai'se a par':ir cie la
suscripción ¡:.:r las part.Js o sus represet-¡l-atttes/ dJlas ¡ctas ce í:ntreq¿ cort e:rf:cnclieíltes Y los iequisir:cs cle caiidad
gerantizados por el pRovEEDOF,I se refieren a iazonesj cje cillidari y/o cieleclos ce iai:ricacion confori'rre a las
t.loimos interi.tac¡onaies o a la pr-áctice del corneicio inte.rnacional. l-a gaIantía.dei :-quiperiiietlio nr-r se cubr!rá en
c¿so de maltrato, negligencia en la iranspcrt¿:rció¡r o nrarripulación, cJescárgas eiéctri:as, hurneci¡d u ciras causas de
uso ordinar¡o, que constituyan violaciones de ias esp€€¡ficaciones de.gatantía tanto er¡ 5Li ln¡:nipul¿1ción como en su
altnacenaje c explotac¡ón por la ENTIDnT'. en n;ngún caso la Errnnúu abarca insui'nos infcrn^,áticos y/u ofimáiicos
á *"iáriái gastaL.le que pue<1a surn¡n¡Sir¿lrse como parte del Eau:Damiefiic.
El pRovEEFoR garant¡za a la EN'frLlli,D ciuranie el prirner año. de expiotaciói-, ciel Sistema, r-:LIporte Técnico Fost
Venta c1e
-l'ercer Nire¡, seg,in la defin¡ción ujoptuC. en.la Clá-usula Tercera y formará al ;lerson6l técnicc del
pF.ovEEDoR rJesignaoo pri-a estos efei:tos, un tJ pr..tu.ión ciel s-rrqgrte Técnico cje Prirrler y segurrdo l'livel, can la
cual queclará responsabiiizacio. No obstante io anterior, el PRü'1/EÉüoR. aconrpaiara a io:; Especiai¡sias de la
El..lT.IDAD durante la prirnera etapa como presledores del servicio refe¡-ido y esiablecerá !'rri csnal reínctc de
comunicación purto,-r"nt" con estos paia dsesorarlos de ñ13ñ€l-cr- sistemática'
cu$DrurGÉSrMA" SEGUN DA'- (coN roRM rDAtr)'
En señal de conformiclad y para su fiel y estricto cumplinrienLo firr;lan e-i presente coNTF{ATo en cuatro ejerrrplares
de ,,irr mis¡nc tenor y valiáez el Gerente Administrativo F¡nanc¡ero rle ENAI'EX €r] representació¡-r de la Er'¡TTDAD y
la Apoderada en repre-sentaclón legal clel PROVEEDoR. Fste cJc,cutttento, conl'orrlre a c'lis¡:o:;iciorros ler;aios de
control Fiscal v¡gente., r"iá registradl ante la Contraloría General dei Éstado.
usted señor Notar¡o se servirá ¡nsertar i:odas las demás cláusulas que fuesen de estilo y segu'-itiad'
La Paz, 27 de nraYo de 2013
DenLro de los diez (10) días hábiles siguientes
procederá al cierre del Contrato a efectos de
adquisición por parte de ia ENTID,qD.
a ia fecha clel últ¡mo pago efectuado por la Et¡-t'lDAü' la HNTIDA.D
la emisión cle la Certificación de Cumplimient{) de ionl-rato ccll la
Zarale 3la,:é5
Contrato ENATEX ¡Jro. 0030/2013
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  • 1. #NüT*X€_BEnrpresc Público Nocionol Textil C*IdTRATO ENATFX uro. Ofi30/?01-3 . MINUTA DE COFJTRATO srÑon r¡sTARr{} DE GoBIEtrrt'¿ü DEt- tlr$TRrT0 AnMII¡ISTRp.TIVO DE LA l"AZ en el reg¡stro de Escrituras Públicas a su cargo se servir¿i usted insertar el presente Contrato de A,dquisíción de la Licencia de Uso de Software, de carácter corporat¡vo para ia Empresa Pública Nacional Text¡l EN,ATEX sujeto a las siguientes térmirros y condiciones: I C O i.¡ nI C XO t,1 HS G EN ERIL ES D E L C O ¡{TF{.ATO PRrM ERI.- ( pARl'5iS C0 N'r¡?A'i-ANTES). Dirá usied que las partes contratantes son: La EMtrRESA PúBLICA NACIO¡¡AI- TEXTIL ENATEX (EMPR.ESA .púBLIcA NACIoNAL E$TRATÉGIC¿ EPIE), con domicilio en la calle Yanacach¡ Nro. 1489 Zona Villa Fátima ciurJad rle La Paz - Estado PIurin¿rcional .de Bolivia, con Número de ldentificación Tribut¿ria NI'f. L96651O24, legalrnente represent¿da por el Lic. ALEJANDIIO ZARATE BLADES, con cedula de identidad Nro. 1114807 Chuquisaca en su calidad de Gerente General designado mediante Resolución Suprerna No 09374 de 1B de merzo ie 2C1"3 que en.?Celante se denominará la ENTIDAD y la empresa estatal cubana denominad¿ E¡4PRES.A PARI EL DFSARROLLO DE A$)LICACIOI{ES ñE TBCr¡oLctGiAs Y SISTEMAS/ en forma abreviada DATYS, creada r¡ediante Resolución No 3 emiticJa por el Ministro del Interior como Er-npresa Estatal con personalidad jurídica indepenrJiente y patrimonio prop¡o, denominada Empresa para el Desarrollo de Aplicaciones y Tecnologías y Sistemes del Min¡stério del Interior con domicilio especial en Avenida Demetrio Canelas Nro. 104 de la ciudad de Cochabamba, constituida mediante Resolución Nro.03/2007 de fecha 16 de abr¡l de 2007 emitida por el Ministro del Interior de la República de Cuba; representada en este acto por el fng. MARCELO ANTEZANA CAMACHO ccn Cédula del Identidao Nro.450465)2 Cochabamba, en su condiciÓn de Representante Legal según facultades otorgadas en el Teslimonio de Protocolización de un Docutnento clel Extranjero No. 258/2012 de fecha 27 de agosto de 2C1.2, er'rritida por !a Notaría de I;e Pública Nro. 089 a cargo de la Dra. Carola H, Torrico Duran¿ que en adelante se dr:no¡rinará ei PFI.OVEFDOFt, quienes ceiebran y suscrlben el presente Contrato ACministrailvo-de Adquisición de B¡ene5. En adelanl:e y cenéricameñte serán designadas como l-lS PARÍES. SEGLIND/d.- (A}{TECEDENTES LEGALES DEL CCNTRATO). La ENTIDAD, mediante procesc rle contratación en ia l'4ocJalidacl cJe Contratación Directa re¡lizada bajo las norrnas y reguiaciones de contratación establecidas en el R.eglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas Públicas Nacionales Estratégicas (RE SABS EPNE) para la Empresa PÚbl¡ca Nacional Textil EIJATEX aprrobáCo'mediante Resolución Arlm¡nistrativa Nro. Ü01/2012 ce tÉcha 09 cie julio cje 2Ü12 y Resciuciórr l.4inisteria! MDPyÍP N¡-o. 112-2012 de iecha 10 de julio de 2OI2. El jnfnrme Técnico ENATEX/GG/UP/OO2/2O13 de 23 de abril de 2013, emitido por la Responsable de la Un¡dad de ptanific¡c;ón de la Empresa Publica Nacional Textil, Elizabeth Cazorla, el cual concluye señalando que los Sisternas Ti14, ORACLE, SPYRAL y NEMESIS, no son sistemas integrados donde las bases de datos de cada uno de ellos son indepenclientes, siendo esta una de las razones por lo que no se cuenta con una información confiabie y oportuna para ia toma de decisiones ejecutivas que Coadyuven ql logro de los objetivos de la Empresa. Por oLia parte, los sistemas informáticos mencionados no son compat¡bles con el Sistema SIGMA en consecuencia se pierde tiempo, ei.ic¡encia y eficacia al registrar paralelamente en al menos dos y hasta tres sistemas implementados en la Empresa SIGMA, TIM, ORACLE, SPYML, NEMESIS. Es así que ante Ia nueva visión de la Empresa ENATEX, las nuevas necesidades informativas relacion¡das con la gestión por procesos y áreas obligan a la m¡sma a concebir sus sistemas de información de una forrra inteEral sobre los procesos de la Empresa de manera de géstionarlos rápida y eficazmente, por io que se recomiencla tomar cartas en et asunto en tanto la Empresa inicie el proceso de planiiicación y reestructuración de la misma. Los Ini.ormes H1L-ADM-0050/13 y EN,ATEX/SUBG¡4/0a511.3 de fecha 20 de mayo de 2013 señalan que para obtener un mejor desarrollo cle Ias actividacles cje control de producción y control de recursos, es importante que los sistemas actuales sean mejoraclos a fines de subsanar las deficiencias mencionadas. El infornie Il,iFlSGTiC/Na)zgl201.3 elaborado en la subgerencia de sistemas adjuntando las Especificaciones I ecnrcas. La Certificación presupuestaria EN¡rÍEX/GAF/UN PPTO/0855/2013 de fecha 23 de mayo de 2Olisuscrita por el Jefe de presupuestc a.i. Lic. walter Menacho segales certificando el crédito presupuestario para cubrir ei requerirnient.g en la partida 49100 correspondiente a "Activos Intangibles". por nota cITE: CC 063/L3 de fecha 2,3 ce mayo de 2013 suscrita por Ia Responsable de Proceso de contrataciones Directas cle Bienes y Servicios Generales de ENATEX dir¡gida a la Empresa para el Desarrollo de Aplicaciones de Tecnologías y Sistenras DATYS, remitió invitación para la adquisición de la L¡cencia de Uso de Software, Elabor-ación del Oia{nóstico, puesta en Márcha, Formación y Capacitacíón C9.los usuarios para la Ernpresa Pública Nacional Text¡l Eñ/TEX, solicitanclo la presentac¡ón de su carta de aceptación a las especificac¡ones técnicas hasta el 23 de mayo de 2013. Mediünfje noia de Fecha 23 de mayo de 2073 suscr¡ta por l'4arcelo Antezana carnacho, representante legal de DATYS ¿iiigi;u á ENÁfEX aceptó la invitación directa remitida adjuntando la docurnentación requerida al efecto. Finalmente, por nota cIt-E: ccor541l3Ce fecha 23 de mayo de 2013 susci-ita por el Responsable del Proceso de Contrataclón D¡!-ecta de Bienes.y Sérvicios Generales se adjudicó la adquisición del bien a f¿vor cie la Empresa para ei Desarrollo de Aplicaciones de Tecnologías y Sístemas D'ATYS' 'rERC€RÁ¡.- {DEFrNf Crrf NE9). contrato FI.ATEX Nro. 0030/2013 Página 1 de 12 4-
  • 2. A los efectos de este Contrato y de todos los documentos presentes o futuros ¿er¡va¿os o vinculados a é1, los términos que se relacionan a continuación serán interpretados/ ya sea en singular o plural, de acuerdo a las def¡n¡ciones s¡gu¡entes, excepto que dentro del contexto se especifique otra cosa: 3,1. Parte: Cada una de las Partes firmantes de este Contrato/ las que cuando se haga referencia a ellas de conjunto se usarén los términos las PARTES. 3,2, Contrato: El presente ¡nstrumento/.sus adjuntos/ anexos/ adenda y cualquier otro documento futuro y por acuerdo de las PARTES lo modifique, amplíe o complemente. 3'3. Licencla de Uso; Derecho cedido por el titular de un Sistema a un tercero, para permitirle el uso, explotación del mismo con arreglo a determinadas condiciones contractuatmente definídas.' que en el disfrute y 3'4' Sistema: El sistema informático para la gestión empresar¡al propiedad de la ENTIDAD dbnominado eTES haciendo referencia con este término al software original y a sus copias totales o parciales, incluyendo las partes que se hayan integrado con otros sottware; así como las imágenes, grabaciones, dibujos y la documentación protegida bajo licencia y referida en la respectiva cláusula de propiedad intelectual. 3.5. Diagnóstico; Proceso prev¡o a la implantación del Sistema y que comprende tanto'el levantamiento de Ios flujos de información y procesos del beneficiario de la L¡cenc¡a de Uso, como su inl'raestructura tecnológica y de comunicaciones y los requerimientos de adecuaciones al Sistema. 3'6' Especialistas: Consultores, asesores, técnicos, especial¡stas y/o personas en general de cualesquiera dé las Partes, con la experticia suficiente en cualquier área del conocimiento, qru sé vinculen ai cumplimiento del Contrato. 3.7. usuarios: El personal de la ENTIDAD encargado de manipular el s¡stema. 3'B' Asistencia Técnica In¡cial: Servicios complementarios a la adquisición de una L¡cenc¡a de Uso y cons¡stentes en Ia Formación de Usuarios, la implantación clel Sistema y su puesta a punto y en marchá, ;entendiéndose cada uno de ellos según-l^a siguiente definición: .'¡.9.1' Implantación: Instalac¡ón - del sistemu .n "li Jisco drro del equipamlento informático del adquirente de una Licencia de Uso, o su almacenamiento en el mismo de cualquier otro modo; incluyendo su copia en un servidor de red. 3.8'2' Formación: Proceso mediante el cual se expone y.*píi.u al personal designado por el adquirente de una Licenc¡a de Uso, el funcionamiento del S¡stema, en aras de que estós últimos obtengan los conoc¡mientos necesarios para el uso y explotación del mismo y adquieran las habilidades . necesar¡as para autosatjsfacer sus necesidades de Soporte Técnico de primer y segundo nivel. 3.8.3. Puesta a punto: Prueba en condiciones reaies de explotación o en condiciones experimentales cuando por razones inherentes a la ENTIDAD final no pueda reaiizarse en condicion,es reales, pero que permita validar la eFectividad del Sistema:y su utilización desde ese mo.mento por la ENTID.A,D. 3.9. Soporte Técnico Postventa: Asistencia técnic.a permanente. que requieren los Usuarios finales de los Sistemas a fin de gar¿ntizar su uso y expiotación ininterrumpida, y que se clasiiica en: 3'9.1. Soporte Técnico de Primer Nivel .referido a la respuesta ánte errores de operac!ón, de instalación y de configuración. ?o') 3.9.3. Soporte Técnico de Segundo Nivel ¡,elacionado con errores de programa que no impliquen la modificación de los mismos y la corrección o ajuste de las bases de datos. Soporte Técnico de Expertos o de Tercer N¡vel cons¡stente en la solución.a problemas complejos que no clasifiquen en ninguna de Ias categorias anteriores, asociados a la próp)a funcionalidád del S¡stema que impliquen cambios en la programación de sus módulos o mod¡f¡caciones a los códigos tu e n tes. Versiones: Actual¡zación o modernizadión que el PROVEEDOR. realice al Sistema, como parte de su evolución tecnológica y func¡onal, con arreglo a nuevas disposiciones de ley de ambos países suscr¡bientes, indicac¡ones gubernamentales, estudios de mercado, tendencias del desarrollo tecnológico, gestionales¿ o cualquier otro motivo. 3'10. Día Hábíl: Cualquier día que no sea sábado, domingo o feriado legal de las partes, conforme la J.If. 3.12. norma legal boliviana. Acta de Recepción Detin¡tiva: Documento acreditat¡vo a suscribir por las partes en el que dejen constanc¡a que se han realizado sat¡sfador¡amente tanto Ia Implantación y puesta a punto del Sistema, como la Formación de usuarios, y por tanto la ENTTDAD acepta que se encuentra en condiciones de comenzar su uso y explotación de acuerdo a los términos de la Licencia de Uso que adquiere; debiendo la ENTIDAD a través de la com¡sión de Recepción cJar su conform¡dad verificando el cumplimiento de las especif¡cac¡ones técnicas. Certificado de Cumplimiento dei Contrato: Documento que acred¡t¿ que todas las obligaciones han sido ejecutadas y/o implementadas en las condiciones prev¡stas. cuARTA.- (OBJETO DEL CONTR^ATO). El PRovEEDoR se compromete y obl¡ga por el presente contrato, a proveer/ a camb¡o de una contraprestación económica, una Licencia de Uso de Software de.carácter corpoiativo para la e*pr.ru p¡nl¡ca i,lac¡onal iextiiENATEX y a prestar los servicios asoc¡ados de diagnóstico, puesta a punto y en marchá, formación y capacitición Celos usuarios que en adelante se denominará los BTENES, con estricta y absoluta sujbción a este contrato y a los documentos que forman parte de é1. QUTNTA.- (pLA.zO DE ADQUTSTCTóN). /El PRovEEDoR entregará los BTENEs en estricto apego a las esf ecificaciones técnicas y cl cronograma de :4 - ejecución del contrato, en el plazo de noventa (90) días calendario, que serán computaclos a part¡r del Aci.¡ ¿"'7'Validación de condiciones Previas a suscribir'enire ambas partes como ev¡dencia del cumplimiento de las condiciones previas definidas en el diagnostico y Ia emisión de Ia orden de proceder emit¡da por la ENTIDAD, según lo estab¡ecido en la Cláusula Trigésimo Primera de este contrato, específicamenté en lo referido en el numeral 31.5, EI plazo de adquisición de los BrENEs, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado cuando: Contrato EMTEX Nro. 0030/2013 Págtna Z de 72
  • 3. ocTl[vA.* Cualquier electrón rco Ul ILI IUAR-'É Emprescr Público ñocionot Textil a) Por acuerdo de las Partes y a solicitud de Ia ENTIEAD, mediante el procedimiento establecio'o en este mismo Contratof incremente la cantidad de los B{ENES a ser provistos y ello repercuta en el ptazo total. . b)'pordemoraenelpaEÓdelosbienesentregados' sFXTA.¡ (MONTS DEL CCNTRATo). El monto total'propüesto y aceptado por ambas partes para la ejecuc¡ón del presente contrato es de Bs. 4.6.24,,734,67 (CUATRO MILLOTES SEISCIENTOS VEINTICUATRO T4IL SETECIE¡¡TOS TREINTI Y CUATRO 67y'1"00 BOLIVIÁ,NOS) correspondiente al cambio oficial de Es. 6,96.- establec¡do por el Banco Central de Bolivia, al momento de la firma de! pres.ente Contrato/ eqr-rivalentes a .$us. 664.473,37 (SEI9CTENTOS SESENTA y CUATRO MIL CUATiIOCIEIJTOS SETENTA, ' TRES 37/LAA DÓLARES NOR,TEAMÉRICANOS) CONfOTME IAS especificaciones técn icas, QuecJa exciuido del valor del Contrato los costos arancelai-ios y fiscales que se asoc¡en o puedan asociarse a las actividades contenidas en el objeto de coniratación, así como los costos bancarios vinculados a las obtigaciones de pago. Es de exclusiva responsabilidad del PRO"/EEDOR, qfectuar la provisión de los BtrFNES por el monto establecido, ya que no se reconocerán ni pr:ocedgrán pagos por provisiones que hiciesen exceder dicho monto, incluyendo el precio todos los costos que puedan tener ¡nc¡dencia en el pr:ecio hasta la liquidación del contrato. sÉPTrM,4.,qcÁnnrurins):, El PR.O!'ESDOR garantizará'el cumpl¡miento cle este CONTRITO, con la Garantíá de Cunrplimiento de Contrato, aceptando exprésamente, que la ENTID/I D retendrá el siete por ciento .(7%o) de los pagos parciales que tengan lugar hastá de la emlsión del Acta de Recepción Del"initiva de los.BIENES, para constituir la qarantía de cumLrlimiento del conti-ato respecl-o a la aciqerisición de ciichos BIENES. El imporie de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el FROVEEDOR será consolidadc a favor de la EfdTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimientó. Empero, si se procediera a la recepción de los BIENES dentro del plazo contractual en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante Acta de. Recepción Definitiva de los sÍENES, dicha garantía será devuelta y los pagos subsiguientes se realizarán cJe rorma íntegra de acuerdo al cronograma de pago definido en este Contrato. {DOMTCTLTO Á, HFECTOS DE NOTTFTCACTÓN), aviso o notif¡cación que tenga qub da'rse a las partes bajo este contrato, será realizado vía correo a ías sigúientes direccioñes electrón,icas:'| ¡ ' ' .; A Ia EN]'IDAD: Atención: Lic. Jorge Enriquez Saucedo Empresa Priblica Ñacionai Textil EIJATEX Calle Yanacachi Ni-o. 1489 de la Zona Vi!ia Fátima Teléfono: 2219595 E-ma¡l: ienriouez@enete--X,--c-Qm,.b.q,,CA-nS.Ul!,4-9:@.e-!'r-a!-ex,-q"Q.m,.b.o- La Paz - Bol¡via l AI FR.OVEEDOR.: : Atención: Lic. Marcelo Antezana Camacho Empresa para el Desarrollo de Aplicac¡ones de Tecnologías y Sistemas DATYS Avenida Demetrio Canelas tro. 104 Teléfono: 4663074 E-mail : m.antezana@datys.cu Cochabamba, Boli'ria. NOVEtilA.- (VIG Eit¡Cll DEL CONTR.AT0). El presente Cóntrato entrará en vígencia una vez que haya sido.iirmado, debiendo la ENTID,AD cumplir con los siguientes trámites: . Ser protocolizado ante Noiario de Gobierno. Ser reE¡str¿do en la Contraloría General del Estado Plurinacional de Bolivja. DÉcrÍ"4A:- (Doc[JM,ENTG5 DE coNTRlTo). ' Fara cumplimiento de lo preceptuado en el pr.esente cbntrato; forman parte indivisible del mismo los siguientes docu mentos: 1.0,1 Especificaciones Técnicas de la iontratación Directa de. la adquisic¡ón de BIENES. 10.1,L caria de invitación y,nota de adjuclicación a la invitación remitida. 10.x.2 Carta de aceptación a la invitación remitida. 10.1,3 informe de Diagnóstico a ser emitido por el PRoVEEDOR' 10,1,4. Cronograma de Ejecución del Contrato. 10.2 Fotocopias legalizadas de: - Documento de Constitución ciel PROVEEDOR. - Documento de Representación Legal DÉcrMÁ pRrMER.a.* (rDroMA). El presente Contrato, toda la documentación apiicable al mismo y ia que emerja de la ser elaborada ,en idioma castellano. colrrato ENATEX Nro. 0030/2013 ejecución de contrato, deberá Página 3 de 12 ¡-,r- i¡,--^^^^,^' Nr¡1 r ¡oo //ir^ rÁ+iñ^ . rarÁfnn¡ 160l-r) ))1Q5Ql¡. Fnx l59l -?2219707 LO POZ - BOliViO
  • 4. En el caso de manuales de uso de los BIENES deberán estar traducidos al ¡dioma castellano. En el caso de folletos informativos, deberán estar preferentemente en idioma castellano. D ÉcrMA sEGU N DA.- ( LEG rs LAcró ¡¡ ¡pl-tcnB LE AL coNTR'AT'o )' El presente contrato es un contrato Administrativo, por lo que está sujeto únicamente¡ la.normativa prevista en la Ley No, 1178 de Admin¡strac¡ón y Control.Gubernamental y la.Ley,Ni-o' 004 de fecha 31 de marzo de 2010' en los ;;ó;;ür-;" su e¡ecución y-r"ruriuoo., así como ra normativa legal vigente y el Reglamento Específico del sistema de Administración de Bienes y servicios para Empresas púul¡cai Nacionales Estratégicas (RE SABS EPNE) para la Empresa pública i,,tacionái textil rruatrx'y demái disposiciones relacionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas. DÉCIMA TERCERA.. (DERECHOS DEI- PROVEEDOR)' El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos ENTIDAD, por falta de pago de la adquis¡ción efectuada, Co ntraLo. Tales reclamos deberán ser Planteados por escrito y de días hábiles posteriores al suceso. La ENTIDAD, dentro del lapso impostergable de diez sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocim¡ento su caso asumir la acción legai respectiva' I La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del forma documentada, a la ENTIBA.D, hasta sesenta (60) que considere correctos¡ por cuaiquier omisión de la o por cualquier otro aspecto consignado en el presente (10) días hábiles deberá em¡t¡r su respuesta de forma y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en plazo establecido en esta.cláusula, DÉcrMA culRTA.- ( EsrrPU LAcToNES soBRE rM PuEsros)' cada PARTE se hace responsable de los impuestos y demás tributos y/o aranceles correspondientes en sus respectivos territor¡os, qrJincioan directa o ini¡rectamenté en las relaciones objeto de este conLrato; en los t¡pos poi?,ániruru. üigentes al mómento de su devengo' DEcTMA QUTNTA.- ( PROTOCOLTZACTON D EL CONTRATO)' El presente contrato, será protocolizado con.todas las formalidades de.Ley por la ENTTDAü ante ta Nota¡'ía de Gobierno, El importe pát.oñ.ápto de protocol¡zación debe ser pagado directamente por el PR$vEFDoR, en caso que este monto no sea cancela'do por el pRov¿EDoR, podrá ier-clescontado por la ENTIüA[¡ a tiempo de hacer efectivo cualquiera de los pagos' .. ¡ Esta protocolización contendrá los siguientes documentos: 15.1. Contrato(original)' Ls,z, Documento l"gu'l''d" representación de la ENTIDAD y poder de representación legai del PRoVEEDoR (fotocoPias legalizadas). La falta de protocol¡zación del contrato o la demora en conclujr este procedim¡ento, no alecta la validez y elica ia de las obtigacion", .ontl.u.tuules o la procedenc¡a deI pago acordado, surliendo perfectamente todos Sus efectos. DÉcrMA sFXTA.- (suBcoNTRATos). El pRovEEDoR podrá realizar la subcontratación de algunos serv¡cios que le permitan la entrega de los BrEr'¡Es, bajo su absolula responsabilidad. y riesgo, siendo d¡recta y exclusivarnente responsable por Ios servicios contratados, así como también por tos actos y/o omisiones de los subcontrat¡stas' Ningún subconLrato de servicios o intervención ¿" t"r."rlr' óárrinur- relevará' ar pRoVEEDoR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades contraídas en el presente Contrato' Las subcontratac¡ones que realice el pRovEEDoR de ninguna manera incidirán en el prec¡o ofertado y aceptado por ambas Partes en el presente Contrato' DÉcrMA sÉPTrMA.- (TNTRANSFERTBTLTDAD DEL coNTRATo)' El pROVEEDOR bajo ningún títuto podrál ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato' En caso excepcional, emergente de causa defuerza mayor, caso fortu¡to o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del Contrato, total o parcialmente, previa aprobación de la Máxima Autoridad EjecutiVa de la ENTTDAD contralante, bajo los m¡smos términos y condiciones del presente contrato' DÉcrMA ocrAVA.- (cAusls DE FUERZA MAYoR Y/o cAso FcRTUrro)' con el fin de exceptuar al pRovEEDoR de determinadas responsabilidades por mora durante la vigencia del presente contrato, la ENTIDAD tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortu¡to' que prál"run tener efóctiva consecuenc¡a sobre el cumplimiento del presente Contrato' Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al ñomOr" y que impide el cLmplim¡ento de la obligación (ejemplo: ¡ncendios, inundaciones y otros desastres naturales). se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las cond¡c¡ones mismas "n qu" la obl¡gación debía ser cumplida (ejemplo: conmoc¡ones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.). para que cualquiera de estos hechos puedan const¡tu¡r justificación de impedimento en la provisión de los BIENEs o demora en el cumplim¡ento de lo previsto en el plazo de entrega y en el cronograma de entregas dando lugar a retrasos en la entrega, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, el pROVEEDoR deberá solicitar Ia .^ñrÉ.r^ ÉNATtrY Nró O03O,/?013 Páqina 4 de 12
  • 5. St ]UI#XÉ É- Empi'eso Público Nocionol Texfil : . t. ampliación del plazo pcr escrito a la ENTTDA'D justificando Ia exisiencra l.l_,1?.oj,.n"nto_, dentro de los cínco (5) i:HH:r:: i:,T1Jii:fr,::*:;,:Lr*,gtT,;l¿*:j;ii:1.'"lm:¿vés de un con,raro Modiricatorio, ,a oÉcrr¿¿ rj ovFIvA.- firEnl,{ rruAcró ru n gl c oN.rRATo ). . El preserrte contrato concluil.á por,rna Ce lás siguientes causas: 19'1' Por Cumplimiento del contrato: o:.jo:r: r]ormal, tanto la_ENTrDAD..comc el FRoVEEDOR darán porterminado el presente.Contrato, ,nu ,rnr!ue ambas partes ha¡,an OaOo cumf f imi.nio ",todas las cond¡ciones v :ilin:ffiffi Jfi+',"J^T'r'.Hi ['#::;,:Í';.'"il;# ;";#;l'1. ;, ¿"ñ;;;:;;"1"'L,i-o,,.iento de cont,.uto,, 19'2' Por Resolución del contrato: si se dier¿ e^l-caso y como una^forma excepcionar c]e terminar el contrato, a iff::?H,:-:.:i'.:r:T:?'3."J1?:",::", r¿ E¡¡iru¿n-;- j ;il;"¿[oo*, ".,"iáun- ils-jg,ient". ..u,ir",-pJ,J f'9'2'1' Resolución a requerim¡ento de la EI{TrDlD, por causales atribuibles al pRovEEEoR. La ENTrD.r¡D, podrá procéder ar trámite de resorución der contrato, "n or.,nr,u";r;"r; a) por disolución del FTROVEEDOR. b) Por quiebra deciarada y documentada por autoridad competente der pRovEHDoR. ') i:,l,iffffi'..l'.? "i'"1:i;",T';;,*,ri*ny:1;[*lli:iJ,Jl,"io. e, ,apso de r0 días d) por incumprimienr" iu:t,:,:gq"-;.,' o;;;;';i:;;,:;"J f,"i'..onon,.ama de ejecución derntrato sin que el PRotrIEEDoR adopre m"¿iáai nÉ.e;r;i.;;'o"p'árrrn., para recuperar e) ¿:,j."fl"Jl,I"?,'#;:i!]il:?,:.,,i,i.",i,,.i:j.":.ff:x1ff:,;riiil::".;.,"n :.;;:.:." Í;#:'"ii!n::,t": t""' del contrato, ¿ec¡itón optativa, o er veinte por cienro (2ooto), de ' f) cuanclo toi e¡fi¡lEs adquiridos no cumplan con la finalidad contratada o no respondan ala naturaleza de su contratación, t9'2'2' Resolución a requer¡m¡ento del pRovEErroR por causales atribuibles a la ENTTDAD, l-l PRol/EÉDoR, podrá procecler al trám¡fe de resolución del contrato/ en los siguientes casos: a) Por instrucciones ¡njustitícadas emanadas d_e_.ia.ENTIDAD para la suspensión de la b), iiüi'Íüül!""''fJi#F,:ff;R::jiÍ,fllnit.ro.;;:""*l#"^l*au,n*",*r. ,,, ¡,,¡ ,;, ,.¡,- disminución en las cantidades de la adquisición, .¡n ril"iñiiioñ-j"icontruto Modificatorio '' ': correspon d Íente. c) Por itlcumplim¡ento injustificado en el pago p,arcial,o total, por más de cuarenta y cinco(45) días calendario computados a partir'de' la fecha au éni..gu' j"r¡n¡tiuu de ios bieries' en ia entidad. 19'?'3' Fieglas aplicai:les a Ia Resolución: Para procesar la resolución del contrato por cualquiera delas causales señalaclas, la ENTIDAD o el trROVEEDOR/ según coiresponda, dará .avisoescr¡to mediente carta'notariaaa,-a la "t-'p*t", de su intenéión de Resolver el contrato,eStableciendoclaramentelacausaI0UeSeaduce. Si dentro cle los diez , (10) .días hábjles siguientes de la fecha de not¡ficación, se enmendarán las fallas, senormalizara el desarrollo cle la provisió'r y sJtomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con lasestipulaciones del contrato, El requirenté de la resolución exprásará por escr¡to su conformidad a la solución y elaviso de ¡ntensión de resolución será retirado En el caso de que al vencimiento del término de los diez (10) clías hábiles no existiese ninguna respuesta/ elproceso de resolución continuaiá a cuyo fin la ENTrDnn'o át pRovEEDoR, según qu¡¿n n.vu requerido laResoiución del contralo, notif¡cará mediante carta notar¡ada a la otra parte/ que la resolución del contrato se hahecho efectívo. En el caso, que el monto de la multa oor atraso en la entrega, alcance al veinte por ciento (20%) del monto totaldel contrato, Ia ENITEDA,D deberá notiFical. mediante carta"nátariaaÁ qr" la resolución de contrato se ha hechoefectiva, Esta carta nctariada que efectiviza ia resolución de contrato, dará lugar: a que: cuando la resolución sea porcausales atribuibles al P!-tovEEtJf)R, se consolide a favor in-ü tr¡¡iroAD I¿ Garantía de cumplim¡ento deContrato. t-a ENTTDAD, procederá a establecer los montos reembolsables al pRovEEDoR. por concepto de provisión de losBIENES satisfactoriamente efectuada, ' j --r- - con base a la liquidación final y establecidos los saldos en favor o en contra¡ cuando corresponda se hará efectivaIa ejecución y cobro de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. 19'3, Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTTDAD o al PROVEEDOR si en cualquier momento antes dr: la terminación de la provisión de los BrENEs, objeto del presente contrato, Ia ENTTDAD o el FR.ovEEDoR se encontrase con situaciones no atribuibles a su r;í;;;¿{ io,. ."ur". de Fuerza rnayor o caso fortuito que imposibiliten la provisión de los tsrENES o vayan conrra los ¡Átli".ái-Jái;rtuj"-, l;parte afectada, comun¡cará por escrito su intensión cje resoiver el Contrato, justificando lu .uur.. I La ENTIDAD, mediante carta nctaríada dirig¡da Contrato ENATEX Nro. 0030/2013 al PROVEEDOR, suspen.derá ta proVisión y resolve rá el Contratg4//,I página S de 12 Cclle Ycrnocochi No l4B9 f/illo Fótimol Teléfono fsgl -21 22.l4595 ; F.ly tser ))ie'trt7 . rn D¡r F.ntir¡in
  • 6. total o parc¡almente. A la entrega de dicha comunicación oF¡c¡al de resolución/ el PROVEEDOR suspenderá la provisión de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD. Se líquidarán los costos proporcionales que demandase el cierre de la adquisición y algunos otros gastos que a juicio de la ENTID,AD fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos la ENTIDAD elaborará Ia liquidación final y el trámite del pago corresponCiente. vIGESTMA.- (SOLUCTON DE CONTROVERSTAS). Las PARTES acuerdan cumplir este Contrato de buena fe. Cualquier controversia respecto a las obligaciones de la ENTIDAD,seráresue'ltamediantenegocjacionesamigablesentrelaspartes' Si las controversias no son resueltas de acuerdo al párrafo anterior, las PARTES se. someterén a lo establecido en la normativa de Solución de Controvers¡as del Acuerdo de Complementación Eionómica 47, suscr¡to en el marco de la Asociac¡ón l-at¡noamer¡cana de Integración - ALADI, La ley apl¡cable será Ia'del Estado Plurinacional de Bolivia. vrcÉsrMA PRrM ERA.- ( M ODTFTCACTo NEs AL CONTRITO). El presente Contrato no podrá ser modificado/ excepto por las causas señaladas en las Especificaciones Técn¡cas, por Acuerdo entre partes. Dichas modif¡caciones deberán estar dest¡nadas al obJeto de la contratación y estar sustentadas por informes técnico y legal. , rI. coNDrcIoNEs PARTTCULARES DEL CONTRATO vrcÉsrr')tA SEGUNDA.- (FORMA DE PAGO). El monto det presente contrato, será pagado por la ENTIDAD a favor del PROVEEDOR en dólares americanos, previa conformidad de la Unidad Solicitante y de acuerdo al siguiente detalle conforme el cronograma de ejecución del contrato y mediante transferencia bancaria a Ias cuentas cuyas referencias bancarias se encuentran contenidas en las tacturas comerciales emitidas por el PROVEEDOR: 22.1. Veinticinco por ciento (25olo) del valor total, en los quince (15) días hábiles s¡guientes a la firma del presente contrato, lo cual representa Bs. 1.156.183.66 (UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO : OCHENTA Y TRES 66/100 BOLIVIANOS) Io que equivale, según tasa de cambio acordada en este documento, . a gus. 166.118.34 (CIENTO SESENTA Y SEIS MiL CIENTO DIECIOCHO 34/IOO DOLARES A.MERICANOS). ?:2.2. Veint¡cincg por. ciento l25olo) del valor totaÍ, en los quince (15) días hábiles s¡guientes a la emisión del Acta de Recepción Detin¡tiva de los BIENES, Io cual representan Bs, 1.1-56,18i.66 (UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CiENTO OCHENTA Y TRES 66/100 BOLIVIANOS) Io que equivale, según tasa de cambio acordada en este documento, a $us. 166.1lE,34 (CIENTO SESENTAY SEIS MiL CIENTO DIECIOCHO 3411OO DÓLARES AMERICANOS), 22.3, Cincuenta por ciento {50o/o) del valor total, una vez concluido el plazo y vigencia de Ia Garantía Técnica r7 el Servicio Postventa vale decir hasta el último día hábil del últlmo trimestre de la gestión 2014, lo cual representan As.2.312.367.33 (DOS MILLONES TRESCIENTCS DOCE MIL'1 RESCiENTOS SESENTA Y SIE-IE 33/LOO BOLIVIANOS) lo que equivale, según tasa de cambio acordada en este documento, a $us. 332.236.68 (TRESCIENTOS TRETNTA Y Dos MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS 68/100 DÓLARES AMERICANOS) Si la ENTIDAD incurre en Ia demora de pago, que supere los 60 dÍas calendario desde la fecha de ¡a entrega deFin¡t¡va o en cumplimiento del cronograma de entregas (cuando se reaiicen pagos parc¡ales), el PROVÉEDOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés equivalente a'la tasa promedio pasiva anual del s¡stema bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre tresc¡enios sesenta y cinco (365) días y multipl¡cándola por el número de días de retraso en que incurra la ENTIDAD- A este f¡n el PROVEEDOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora én el pago (en días) med¡ante nota dirigida a la ENTIDAD. ¡TGÉ5IMA TERCERA.- (FACTURACIóN ). De acuerdo al cronograma de entregas, el PROVEEDOR em¡tirá la factura respectiva en cada una de las entregas, a objeto de que la ENTIDAD ha,ga efectivo el pago. En caso de que no sea emitida la factura pertinente, la ENTIDAD procederá a la retención que corresponda para su pago al Servicio de Impuestos Nacionales y se hará efectivo el pago de la planilla de ejecución del contrato. vrcÉsrMA c|",ARTA.- ( M O DTFTCACTO N AL CONTRATO) La modificaclón del presente Contrato podrá efectuarse siempre, por acuerdo entre las Partes y con sujec!ón a la /aplicación del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas Públicas k/' Nacionales Estratégicas (RE SABS EPNE) para la Empresa Pública Nacional Textil ENATEX y cuando no afecte la -7Y esencia del presente Contrato, previo acuerdo entre partes. Dichas modificaciones deberán estar destinad.is al / objeto de la contratac¡ón y estar sustentadas por informes técnico y Iegal que establezcan la viab¡lidad técnica y de Financ¡a miento, La referida modificación se realizará a través de uno o varios contratos modificatorios/ exceder el diez por ciento (10o/o) del monto del Contrato principal. Contrato ENATEX Nro. OO3O/2013 que sum;dos no deberán Pá9¡na 6 de 12
  • 7. encTexÉ_ÉEmpreso Públicc Nocioncll Textii El contrato mod¡t¡catorio podrá adnritir la disminución hasta er cr¡ez por ciento (1oo/o) der monto del contratop ri nci pa l. 5ir'.'.'¿i:"0ffi:?J:?.';Jr";"ii:Jl|.:::un "n ra adquisición. deberá concertarse piev¡amente con er pRovEEDoR, 5:,trL'[T:?i1?J: ;:I[XH"X?":::*t?"1fjlxlj,ji;:::i""t.#:?,-i,Ji "*o l.ción de p,azo de, co,rrato, ,o que vrcÉsrr4aQUINTA.-(PAG'oPoRADQ{"lIsrcró¡.¡,.",.no*o.)''. Los BTENES adquiridos aüicionalmente y auibrizados previamente mecljante contrato Mcdificatorio, serán pagados ;:ii[:Ti:Tios.unilarios;-]";;i;;;;J*;';;;";'i;;:,;;¿:';;il:"=, ruego de su entresa a sarisfacción, dlntro vteÉsr¡an5EX.r,{..(ftfoRosIDA,nY5UsPeFJALIDAtrEs), Queca convenido entre las partes contr¿tantes/ que sarvo casos ile fuerza nrayor o caso fortuito debic,amentecomprobados porlla ÉiTrDAD, se aplic-trán por cada periodo de retÁso l¿s siguientes multas: a) 5.}:'r'"t't"tt al unc (rj por mir (1.000) por cada día de arraso desde er .; ,;;,;; ;".;. " día tre¡nt¿ (30) de b) Equivalente al tres (3) por mil (1.000) por cada día de atraso desde el dia treinta y uno (31) en adelante. De establecer la EN'FrDllD que por la aplicación de mu!.ras por moras se^ha negado ul li.it"';; a;* ;;; .,..,"(100/o) ciel monto dei contr:atc, pooré iniiiii-.i pro.n.o de resorución ¿ui contiuri,l;;#.;;; a ro esripurado en raCláusula Dé:ima Novena. . "- "' " De estabiecer la FNTÍD'AD :u" P?,. la. aplicació,n de mulias por mor¿s se ha llegado al límite del veinte por ciento $ií:l j:r*,H:"-i%:::trato, deberá iniciar el pio..ro Jn i.r.i"i¿."¿"r contráto,.oniorÁ" a ro estipurado en ra i.?:.il:,,j:"j:;il,::::11,T^:l::,:.:"^ g::.::ir:,-l,jabrecidos.expresamenre por ra ENTTDAD, con base en ei $"J#::'l:..j'j:tu^"0"":*:*?l:^i"^':'^f.:::¡ '!;;;;-üá-r¡q,ii,iJ,?Á'?.T,,u"Y'";dll:,'Jff;;"i.';i?r.J^B i]:.;::::.1:"n::::ll:,i".::Tl!Ta,: * .:Áj,i,:^ y proceda ur ,"Ju,..i,ián,"'a",oj'*"! ,1i",i,ffi,u::.,L:;11"j,:jurisdicción coactiva riscal por la naturateza deicont¡ato, conrorme r".ri?új!.iá:1] :i;,-#.7;'2Lito!,iÁffflii; VtEÉSIPI¿ OCT¿V¿.. (RFSF}ONSÁEIL:NAD Y OSLIGACTO¡¡ES úEI PROVEEDOR). EI pROVEEDOn tiene las s¡guientes obligacicnes: 28,1. Enrregar á rra'FNTÍDA,D:la :tilerri,qirai:d,ó, u!9_ cgi¡.es;pgndie-rÍib ál:sjdfi&fiá,,óBiÉff-ij8,SiJffi? 28.2. Asesorar adecuadamente a' Ia ENTTDAD "n rJ bt" j. -áe alaiqnosilco para Ia . cor necesidades y levantamiento c]e reqlrisitos. ' ' :"''ll ,'H-:" .r: ":yl 28'4' Ejecutar oportunamente y rle acuerdo al cronograma que acepten las partes/ los servic¡os de Asistencia Técrrica Inicial asociados a la venla de la Licencia de Uso. 28'5' Eniregar a la ENTTDAD/ toda Ia docunrentación técnica y de usuario que se encuentre necesar¡amente asociada al Sistema. 2B'6' selecciona.r, para la prestación de los servicios asociados a especialistes con Ia calificación requerida para estas Func¡ones. 28.7, Facturar a la EI¡TIDÁ.D lo que corresponda.de acuerdo a los precios y condiciones de pago paCtadas en este Con tra to. 28.B' Galantizar, en lo que a él respecta, el cumplimiento del cro.nogranta de trabajo que las FARTES acuerden para la ejecr-rción del objeto de contratación, . 28,9. i'rcueer -a la ENTIDab ¿e rá inrorniac¡¿n que solicite referente al estado de cumplimiento de Ios --r - lronoQramasdetrabajo,enlosplazosqueséacuerdensegúncada.uroypoiáir-n.dio'indi.udo, 28.10' Garantizar que los especialistas, encargados de e;ecutai los trabajos'ob¡.to o" "it. contrato curnplan, durante su permanencia en las instalaciones de Ia ENTTDAD, las nor,tar legales, técnicas, disciplinarias, éticas y de protección física establecidas. Cumplir con el ordenamiento jurídico boliviano y en especial con las normas técnicas, de seguriclad e higiene incustriai que sea rnenester tener en cuenta para el cumplimiento del objeto de conti-atación". Desarrollar la capacitación y forrnación de Ios usuarios conforme las especificaciones técnicis y cronograma de ejecución del contrato. Mcrntener la calidad de empresa hábil para contratar con el Estado E] Pito"rEEDoR asume_la responsabilidad técnica absoluta de los servicios profes¡onales prestados bajo el presente.contTato, conforme establecen las espec¡f¡caciones técnicas/ por'lo que deberá desarrollar su ii-abajo conforme a Ias más altas rrormas técnicas de competencia profesional. El PRovEEDOR., será el único responsable por tos reclamos efectúados por terceros que resutten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con el objeto de la contratación durante Ia ejecución de:este contrato y el t¡empo de todas las garantías concedidas. 28'16. Queda a cargo del PROVEEDOR, la responsabilidad sobre la seguridad física de su personal que se involucre en la ejecución del cóntrato, para lo cual decidirá si resulta procedente la contratación de ieguros contra - accidentes de trabajo, de acuerdo a su normativa interna; la ENTIDAD no será t"tponábl" por los 28.3' Adecuar e implementar el Sistema de forma tal que satisfaga las necesidades y ENTTDAD. 28. 11. )Q 1 ) ¿o,f,J. 28.L4. 28.15. acc¡dentes que los especialistas o personal dependiente del PR.OVEEDOR puedan sufi-ir, VIGÉSIT4A ñiOVEI{A;- (RHSPONSABILIDAD Y OSLIGACIOT¡ES DE LA ENTIDAD). La ENTIDAD tiene las s¡guientes obligaciones: 29.1. Proveer de forma fiel, eficiente y opórtuna toda la información que solicite el pRoVEEDoR durante la de Diagnóstico, así como toda aquella que resulte necesar¡o conocer durante la vigencia clel Contrato, Contrato ENr{TEX Nro. 0030/2013 Página 7 de 12 eta pa Nró r /oñ //rr^ r./-+r*^r T^tÁt^^^ /Aol ó OtlO<OA trnv /(Ol:ODC1O7ñ7 .l¡ D¡z Rnlir¡ia
  • 8. 29'2' Efectuar en los plazos acordados los pagos correspondientes al valor del contrato, asegu.rando además losrecursos f¡nancieros necesarios. 29'3' Garant¡zar los requerimientos técn¡cos mínimos, tanto de hardware como de software, para la explotación yuso del s¡stema, según se relacione en Ia documentación técnica. - - --''"-' 29'4' Pon,91 a disposición del PRovE€DOR los espac¡os e ¡nstalac¡ones que sean necesar¡os¡ en los horarios y , condiciones que acuerden las Partes, en función de la ejecución de esie Conrrato. --- : 29'5' Garant¡zar los servicios de conect¡v¡dad necesarios pará el Func¡onamiento o"i Sirtu,-nu. 29'6' Designar al funcionar¡o o funcionarios de su institución, con el dominio tocnicá y la capacidad de decisiónsuticiente' encargados de dar seguimiento técnico a la ejecución de las tareas á ¡Árorma¡- Io conducente a laENTIDAD, 29'7' Informar al PRovEEDoR de las normas legales, técnicas, de seguridad y de los requer¡mientos asociados alSistema. 29'B' selecc¡onar adecuadamente al personal encargado de recibir en los d¡stintos n¡veles ei entrenamíento ycapacitación necesarios y definiclos en el.anexo iorrespondiente. 29'9' Establecer las medidas físicas y organizativas necesarias sobre el personal de su ent¡dad que se involucre enla ut¡l¡zación del sistema, en el orden_ de la protección trente a falras de aiimentacién y o" árt"r".ion-odestrucción total o parcial de información por razones no atribuidas al mismo, in.iuiáos v¡rús ¡ntoimái¡.or, u fin de asegurar la información generada. 29'10' Asignar y garantizar la presencia del personal responsable de atender a los especialistas del pRovEEDoR, . con capacidad técnica para interactuar con estqs. 29.11. Establecer los mecanismos de salva de la informaclón generadas por e.l s¡stema. 29'12' Garant¡zar, en lo que a él corresponda, el cumplirñiento del 'cronograma de trabajo que las pARTEs acuerden para la ejecución del trabajo de instalación, fornración y puesta en marcha. TRrcÉsrMA.- (cooRDrNACróN). A efecto'de ver¡ficar el cumplimiento efectivo del ,contrato/ la ENTTDAD designará al coordinador que tendrá Ia obligación supervisar la calidad de los BrER,¡ES y el desarrollo de todas . las démás taréas ¡nrrerentes al presente contrato' debiendo al efecto ajustarse a las Especificaciones Técnicas y.el Cronograma de Ejecución oel contraio,pudiendo en su caso realizar inspecciones o ver¡t¡caciones y las observaciones tÉcáilas ¡ao demandar una mejorejecución del contrato. TRIGÉSIMA PRIMERA,- (ALCANCES DE LA ADQUISICIó¡¡ OT LOS BIENES). La adquisición de los Bf ENES tendrá los siguientes alcances: 31.1. DIAGNóSrrCO. 31'1'1' Prev¡o a la implantación del s¡stema, eJ PE.pvEEDoF"conv¡enen qn realizar un Diagnósi.ico de Ia ENTil)JD' el cual, según el glcance de la defin¡ción'expúesta en ia ctáusuta r"ic.ri-lo.pi;Jd;;j, a) Identificac¡ón y valoración de la estructura organ¡z¿tiva. b) Levantam¡ento de los flujos de inlormación y procesos claves. c) Análisís de la infraestructura tecnológica y de-comunicaciones para enfrentar el desplíegue del Sistema. d) Evaluación de las bases de datos existentes y que interactuarán con el Sistem;. -" e) Identificación de Ia información que es necesar¡a homogenizar para garantizar la consolidación en los datos. f) Levantam¡ento de los requer¡m¡entos de adecuaciones al Sistema o ¡nterfaces con otros s¡stemas en explotación. s) organización de los procesos de migración de datos, si resulta procedente. h) Cualquier otro requerimlento informat'vo o acción de evaluación que sea necesario para realizar el adecuado dimens¡onamiento der proceso de despliegue del sistema. 3.L'2' El proceso de Diagnóstico concluirá con la entrega por el pRovEEDoR de un Informe que resuma el resultado de su análisis y contenga el Plan de Acciones Prev¡as que deberá garanlizar la r'NTtono para asum¡r con éxito el despliegue del sistema, así como el contenido de las tareas á asumir por el pRovEEDoR para adecuar el Sistema según los requerimientos identificados y los .ronogru*u, de ejecución que co rrespon da n. 3'1'3' El InForme de Diagnóstico aceptado por la ENTTDAD, en virtud del Informe emitido se incorporará a este Contrato en forma de Anexo. 31.2. CARACTERÍSTICIS DE LA LTCENCIA DE US.O. 31'2'1' La Licencia de uso a adquirir por la ENTTDAD en virtud de este contrato implica la cesión perpetua y no exclusiva, a su favor, de los derechos de uso y explotación del Sistema, maler¡at¡zada mediante la aceptación por la ENTTDAD de los términos y condiciones del presente contráto, y-L suscripción del Actade Recepción correspond¡ente. 37'2'2' La Licencia de uso se otorga con carácter corporat¡vo lo que implica la pos¡b¡lidad cle utilización de los sistemas informéticos en cuestión/ en toda la dimensión presente' v rúiuia de la ENTTDAD, independientemente del despliegue in¡cial al que se compromete el pRovEEboR, siempre que se emplee /paralosfinesquefueadquiridoydentrod.eloslÍmitesdelaENTIDAD, 3t'2'3' El carácter no exclusivo de las Licenc¡as de uso implica que el sistema puede ser libremente comercializ ado /'por el PRoVEEDOR a terceros/ ya que en m¡smo seguirá siendo propiebad del pRóvEEDoR, tal y como se establece en la cláusula correspondiente a la propiedad intelectual y por consigu¡ente ta ENTTDAD nopodrá hacerse uso de los mismos fuera de las cond¡ciones establecidas eñ este contrato, s¡n el consentim¡ento previo y expreso del FROVEEDOR. Contrato EMTEX Nro. 0030/2013 Página 8 de 12
  • 9. UI ILJ IUXR-BFmpfeso Público Nccionol Textil ,r.r.O,.En virtud de lo anterior la ENTIDAD no podrá transferil:11r,,1"? instalar, re¡nstalar, prestar o sub_licenciar el s¡stema' a n¡nguna periona n¿tu'ur o;rrluii. ;;"-rg:". ta expresimlnie de¡¡n¡¿a po. ".t" JJ.rmenro, 31'2'5' La valj-dez de la Licencia es exclusiva para 1., u.rrion"r^"q_1: r. indjcan expresamente en ran,',,rn,.,., ,u, actualizaciones' modificaciones y nuevas vers¡onei áer sistema iliür'="i:tq_uiridas por ra ENTTDAD sini'".'itñ*i:'J3';,i?S5,i,'.1,:lít:,'.1'¿ f1,,:n*i-.;;i;".:::1?,'3i "*ouurDoR ros servicios de 31 2 6 :i:.:iJ;:,;i,j1.j;.;::i:.;J.T:?Í,?:'?,"'5ffi:igi$xff. ," ."ru.ionun en ras Especificaciones récnicas y se 31.9. sERVxcrog DE AsrsTEt{cra rÉc¡¡¡cA rNrcilLL, 31'3'1' El trF?OTEEDCIR se responsabiliza con la prestación de ros,servicios de Asistencia Técnica Iniciar asociados a i:,J$lff^{{d:J¡,:ffi}.:1 ¡.:",..:"ffinJ:i"¿n."¿;:ihu:::#'fir.',", v ,, ,-ói,",".ár y a ;:li'.'t".i"iflÍtiffit¿:"ier oiaqnostic;;';:;; !o,. ru. pARrEs, er cuai ;:"H:;:l: i:,?i"'X.J::".: 31.3.2. La Formación de Usuarior,u" :1ut]lrjá-de acuerdo . :i:,:?_o^:.loiTu:,:n u urubor",. po,. " "*ounro6* con posterioridad'al Diagrróstito y tut-t.l;;;; d; capacitación "n olr.l"nt"s modaridades que estarán S:;:If+::: ."J t'-"t:perrires au uru.riorl;;;d;;er der sisrema, Administradores y rspeciiristas oe 31'3'3' corresponde a la ENTrD'rD la selección adecuada o.,rL.r::l:lque será receptor cje ra capacitación y ra 'creación de las conclicionás Je aulas y me¿iás:i¿Jn"icos necesarior,-áriuJu.c¡ones derformación serán desarrolladas preferiblemente-en tas ¡nsiaric¡o'."r qr"'r. e*iió;D-u1,,o.'or* su actividad profesionar.31'3'4' Ei pRovEEDoR entregará a le^ENTTD'AD como parte de ra Formación, todo er materiar didéctico de que 3:T::Í?,i:i;t;" l;; M;;;;"' oniii,¡.;u ;"#;: oocumentos,-'á",u.l,?oo a ros rores a desempeñar. 31.4. ADEcuncró¡¡ DEL srsrEMA. 31.4.1 l_as pA.RTES acuerdan que como resultado cJel D requerim¡€nros qu" impii.a,n ..,"ni", ;.;r ;,;#;.".:jü¿#: ,?i?:1".,::ffi".,JÍ"Ji:r:.:;::.,#;::; -i":. ;. , ' :.,-Tn'"'¿'l:!!!11,1,:T1?.-* f:f:r'r""Xiil;:.i:"ij¡.¡; *n.:"i".' ",i1lii,-,."'" de oiaenósrico y se;' rir'i :r:' :1' 1¡ por lasr'pA,RrEs. -: _--,"1-:'"" . . ,, - i rajo pa..| si: (esarrollo,.los cuales ."rj" apr"o.o". : 31"4'2' A partir 'de la aprobación de los documento, ,"r."^rl*r^^:n- er numerar .nt_9r.,9r, ras soticitudes cre nuevosrequerim¡entos de desarrollo al s¡iiá*1 'órá sean soricituoo, pái l] r*¡rroao con posreriorid¿d al Diagnóstico' no serán considerados.oto-pJ,il ie ta adecuaci* i"l'si.1"ra y por ranto no.determjnaránla aceptación del Sistema por la Elr{TIDan. - .- 31'4'3' No obstante lo anterior' tult:-'"-uo reguerimiento:le^]g-eiliflque ra ENTTDAD a ra puesta en exprotacióndel sistema' podrá ponerlo "n.ono.iiiiá"t. o"i nnovreoó'i{-.-ri.''i" gue esta 'ARTE anarice si susatisfacción puede incluirse-en versiones posteriores oet sistema. ,"a't.Jtaou como una. acción oe soporteTécnico o como un desarrollo u l" Á.J¡ouJ.n ¿uuiqr¡"l. caso el t.¿tu*¡¿',lio técnico a dar deberá constar endocumento suscrito en acuerdo ¿e pAnfÉS. : sin perjuicio de lo establec:do en las Cláusulas precedentes, ras pARTES podrán ampriar o recJucir ia rista 3:J,?:["]'ili:iffii.T'::i"T;:i,:in'S:¿:.:iltil:;i ;:;;,:'f.i" .0n,," un A*a que re,eje este 31.5. CONDICXCNES PREVTAS. 31'5'1' La SNTTDAD es responsable de garantizar las a:11,^.]:1,::-p-revias que. se idenrifiquen como parte derDíágnóstico, entenoiénoás;-;;;"";;;ár i"o"!-1"-..previsiones orjinLiiiu.r, regares y técnicas que es ;::.*i:;,:'"ru[:*"X?"i:#jX'"T.1;;1"1J;'de rmprantación y puesta a punto der Sistema para 31 5'2' La falta de creación oDortrrna ^de ru, c91o51ones pievias comprcmete el cumprimiento de ros cronogr¿mas i,X'Jfl?Xll;.tlr.ro que nn .'toi iuuJ';j ;R;ü;¿ü- ;;*ii 5;;;t¿",::;:: ra responsabiridad asociacra a su 3:!..6, IMplArr¡rnCró¡r¡: DES.LIEGUE y 'UESTA A 'UNTO y EN M.ARCHA Jr"o'¿' El proceso de Desplieque, se-entiende como la generalización del sistema en las dependencias y unidadesorgan¡zat¡vas de Ia ENTTDA,D, quedanüo et-p'rióvreoon 'esponrilili..oo con el que se define en elInforme de Diagnóstico que forma puri"lntugruni. o.r presente contrato. ¡ao con el que se defi 31'5'2' Independientemerlte de lo ^a¡te¡ior,-.parti-ciparán en este oro."ro u- r"sponsabilidad del pRovEEDOR,especialistas deóignados por ta erurroaó .oÁo -uí. ;;;;-;"¿.i,rui-'rnu transferenc¡a efect¡va deconocimientos hacia este nersonal a Fin de prepararro, pg._u "r ,lo-y ""ploiu.io"n"¿-.i'd,rü,i'o, qr" :i;JJ:Ji3.ii:"';:'X:ffii:Uilff;¿3'¡ ;;#i"-;;;ü "' !i r,,I,."',i.',tál5,Lt=;;; .; #.ul¡cuo". .r" I 31'6'3' Ei proceso de Despliegut'" i":]i:lil.de forma gradual, garantizando ra coexistencia con otros s¡stenras #'' t expfotación y realizando las migrac¡onur v u.iuil¡tac¡ones ae ¿atos-cáiiespondientes. El Despliegue serealizará de conformidad con el cronogram. .on*ni¿o "ntru ru. puri"J"u'ou*,. der D¡agnóstico, tom.lndocomo hitos de referencia para el inicio én ta p."rtacion o; ñr;";i.';:,i; rearización det pago anticipado Contrato ENATEX Nro. OO3O/2013 -collo Ycnccochi No t 4B9 (Viilo Fótimo) " Tetéfono (s9t -2) 22igsss " Fox (591-21 zzlslol , Lo poz - Borivio
  • 10. establecido según este Contrato ENTIDAD. y la creac¡ón de las Condiciones previas que corresponda asegurar a la 31'6'4. Por su parte, y a los efectos de este contrato/ la Puesta a punto será el momento en declare como listo para su efect¡va utilización por ia ENTIDItD. para la determ¡nación de se emitlrá el Acta de Recepción definitivá. que el Sistema se ia Puesta a Punto 31.6.5. A partir de la Puesta a Punto/ según definición y alcance conten¡dos en el numeral anterior, el pR,OVELBOR realízará un acompañam¡ento técnico in sito por un período de treinta (30) días p.uru ur"guru¡. oi func¡onamiento estable del Sistema. 3.7. CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO 31.7.1. E¡ PROVEEDOR capacitará al personal cle la ENTIDAD de acuerdo a un Plan de Formación definido por el PROVEEDOR, estando enfocada sus acciones de capacitación en función de tres peri'iles fundamentales: operadores del Sistemas, adm¡nistradores del Sistemas y especialistas de soporte técnico; correspond¡endo a Ia ENTTDAD la adecuada selección del personal receptor de la formación y las cond¡c¡ones de aulas y medios técnicos. 31.7,2. Como parte de la capacitación, se realizarán acciones cje entrenamiento que contarán con la part¡cipación y asesoramiento del PROVEEDOR, para asegurar la adecuada as¡milación de conoc¡m¡entos por Ios espec¡al¡stas de la ENTIDAD capacitados. 37'7.3. El PROVEEDOR. está en condiciones de preparar al personal de Ia ENTTDAD para que pueda satisfacer sus .necesidades de soporte técnico dé primer y segundo nivel, como parte de la formaóión, sin costo adicional, .s¡empre que se rea.lice dentro del cronogrAma de capacitacién general prev¡sto. TRIGEST M A C L,.A.RTA.- (TRAN¡SFERENCTA TEC N OLócrCA). La Transferencia Tecnológica cons¡stirá en la transferencia hacia la ENTIDA.D de conocimientos prop¡edad del PFi.oVEEDoR, asociada al proceso de sostenim¡ento y administración de los dist¡ntos cornponentes del Sistema, así como para el desarrollo de servicios en función de nuevos requerimientos y la aplicación de los procedimientos y metodologíasrelacionadosconlaprestaciÓndelosserviciosasociacjosasuimplantaciónygeneralización. En función del proceso de Transferencia Tecnológica, el PROVEEDOR está en disposición de asurnir.ia pi.eparación técnica de un Grupo de Trabajo const¡tu¡do por la EN'¡-IDAD, para Iograr, como objet¡vo l'inal, un g'rupo de especialistas preparados para asumir la implantación y generalización del S¡stema, prestar los servicios técnicos postventa, capacitar al resto del personal ejn su uso y manipulación, afjministrar la Solució;r y, en una etapa superior, llevar a cabo los desarroilos de ser:viiios propios qub exija ia ENTIDAD, bajo los terminos de validación y parametrización que se definan en Protocolo de Validación acordado por las Partes pára asegurar la integralidad dól Sistema una vez concluidas las acciones activas de responsabilidad del PROVEEDOR. Los nuevos servicios o aplicaciones desarrollados por Ia ENTIDItD con sus especialistas como resultado de la as¡m¡lación de la transferencia, se considerarán de su entera y. absoluta propieclad ¡ntelectual, excepto que puntualmente se defina otra cosa. TRrGÉsrMO QUrr.lrA.- (SUMTNTSTRO DE EQUTPAMTENTO). El PROVEEDOR se obliga a suministrar a la ENTID"A,D los servidores que resultan necesarios para el funcionamiento del Sistema, de acuerdo a las cantidades y especificaciones generales que figuran a continuación: Item Ca racterísticas M ínimas Cantidad 1 Servidor 4GB RAM o superior, capacidad de almacenamiento 500G8 o superior, Dual Core, Procesador l.BGhz o super¡or. 2 El Equipamiento relacionado en esta cláusula es el único cubierto por el FROVEEDOR dentro del valor dej Cori,-e,o, y la marca y/o modelo se deja a criterio del PROVEEDOR siempre que cumpla las caracterñist¡cas mínjmas especificadas y se entregue en las cant¡dades y forma prev¡stas. Como obligación asociada al suministro de Equipamiento e¡ PROVEEüOR proveerá al ENTXBAD de los servicios de instalación, configuración y testeo de dicho Equ¡pamiento y garantizará que el mismo se encuentre tecnológicamente apto para las funciones que cumplirá. El Equipamiento será entregado por el PROVEEDOR a la HIITIDAD aplicando el incoterm CIF La paz Bolivia en sus dependencias y med¡ante Acta de Entrega y Conformidacl suscrita por ambas Partes en las que se consignarán todos los datos del Equipamiento entregado, asÍ como de los Especialistas de Ias partes, responsables de esta o p era ción. A partir de la recepción del Equipam¡ento por la ENTID,AD y la suscripcién del Acta de Entrega correspondiente, el PROVEEDOR transm¡te a la ENTIDAD la libre determinación¡ el clomin¡o y la propiedad sobre ios bienes objeto de este documento, const¡tuyendo el mismo el tílulg legal suficiente y exclusivo sobre los mismos. / EI ENTIDAD se responsabiliza de Ia custod¡a y conservación del Equipamiento, a partir de la entrega realizada ,or'"f>el PROVEEDOR y refrendada en el Acta correspondiente, por lo que deberá crear las condiciones necesar¡as para /su adecuado almacenam¡ento y manipu¡ación. TRIGÉsrMA SEGUND.A.- (suspENsróN DE t-os TRABAJos). contrato EMTEX Nro. 0030/2013 Página 10 de 12
  • 11. Ul lLl lt=^É,--*: Empieso Público Ncciono! Textil .:. La. ENTIDAD pod,'á suspeflder temporalrnente Ia adquisición de los BIENES en cr-ralqu.ier momento por mot¡vos de fuerza mayor,. caso fortuito y/o convenientes a Ios intereses del Esiado, para lo cual notificará al PROVEEDO.R por escrito, con una anticipación de quince (15) días calendario, excepto en los casos de urgenci¿ por alguna émergencia imponderable. Esta susp€nsión puede ser parcial o total, ' En este caso la fÑmO¿p reconocerá en favor del PROVEEDOR los gastos en que éste incurriera por depósito' u otro justificado documentadamente. También el PROVEEúOR puede comunicar a'la EF,ITIDAD la suspensión temporal de la provisió'n, por cáusas atr¡buibles a la ENTID^AD que afecten ai PROVEEDOR en la adquisición de los BIENES. TRIGESIMA TERCER¿r.- (NORMAS DE CALTDAD APLTCABLES). Los BIENES suministrados cje conformidad con el presente Contrato se ajustaián a las normas de calidad mencionadas en las espec¡ficaciones técnicas y cuando en ellas no se mencionen normas de calidad aplicables, a las normas de calidad existentes o cuya aplicación sea apropiada en el pais de origen de los BIENES. TRIGÉSrM/t Qr..rII¡TA.- {DE LA FFIOPTEDAD TNTELECTUAL). El PROVEEDOR ha'ce total y absotuto reconoCimiento de los Derechos del PROVEEDOR sobre la propiedad intetectual y clereóho9 conexos vinculados ai Sisterna; incluidos expresamente los derechos de autor, los derechos de CopyrigÁt, y los clemás derechos de marcas y patentes asociados, al diseño, marcas y elementos clistintivos de los mismos. Estos derechos reconocidos se extienden a las imágenes, foto,grafías, animaciones, video, música, audio, texto y rnateriales impresos, con independencia del soporte en que se encuentrel, que acompañen al Sistema o forrne par-te de é1, Las PARTES convienen que bajo ningún concepto, circunstancia o condicíón alguna, ser.án por la ENTIDAD revelahos, dados a conocet / püblicados, comunicados . a persóna natural o jurídica alguna, utilizados, comercializados, intéQrados, duplicados, bajo cualqúier medio, modo o soporte, aquellos. datos, documentos, diseños, instrucciones, clases, aplicaciones, códigos, contraseñas e informaciones relativas o rélacionadas con los desarrollos de iistemas y productos de propiedad intelectual y derechos morales que estén reservados a favor del pROVEÉDOR, tanto los tuielados reg¡siralrnenEe y bajo jurisdicción o compete|lcia al0una como los que no, sin Ia autorización escrita y expresa del PROVEEDOR. El acceso a los programas fuentes del Sistema corresponden total e íntegramente al PROVEEDOR,. por lo que con independencia áel proveedor de servicios cle soporte técnico qr-re elija la ENTID,AD, cualquier acción que requiera utilizar, modificar o accecler a alguno de estos programas fuentes, será e;'ecutada única y exclusivamente por personal del PROVEEDOR o con su autorización expresa' Las pARTffi,S.se ccmprometen dino reálizar coFia de las do.cumentaciones ¡ntercambiadas, si no es para su exclusivo de uso interno,' y se asegurar.áh de que cualquier persona,4ue tenga accedo a la información manejada.por el Sistema lo ha,rá solo con su áutorización en los términos'de este Contrato y cumpliendo l¿s con.diciones de conf¡clencialiciecl que más adeiante se definen. Cualquier otra definición sobre el régimen de propiedad sobre los bienes y derechos generados a partir de las relaciones establecidas mediante el presente Contrato o modificación de lo establecido en el párrafo anterior de esta Ctáusula, se establecerá puntualmente siempre que resulte procedente conformé a derecho, haciéndose constar en documento firmacio por las PARTES, TRIGÉSÍMA SEXTA.- (CGNFIDENCIA¡-TD.AD), . Las pARTES se cornprometen a tratar confidencialmente y a no reproducir, divqlgar, difundir, transfer¡r o publicar sin el consentimiento común de ambas, la información a la cual tendrán acceso y el mater¡al que se entregu.en recíprocamente en el curso del cumplimiento del presente documento, incluida la letra de este Coritrato y todos los demás clocumentos relacionados directa o indirectamente con él; comprometiéndose además,.a no. propiciar, ni part¡cipar en actos que puedan jmplicar, directa o indirectamente/ la pérdida de los derechos de propiedad inteleitual que una de ellas ostente o el menoscabo de los mismos. Los compromisos adoptados por las PARTES asociados a la confidencial¡dad, no prescribirán en el t¡empo y por tanto los efectos de tr¡das las condiciones de confidencialidad se mantendrán v¡gentes aún después de extinguidos estos documentos, excepto disposición expresa en contrar¡o suscrita por ambas PARTES. La presente Cláusula no será de aplicación en los siguientes casos: a) Aquella información que se haya hecho pública antes de la firma del presente Contrato. b) Cuando la obligación de coniidencialidad ha sido cancelada, med¡anle comunicación escrita, por la FARTE propietaria de la información. c) bualquier información de propiedad de una de las P^ERTES, pública de datos. TRTGÉSIMA SÉPTTMA.. (.DERECHOS DE PATÉNTE). El pRovEEDOR asume respónsabilidad de manera ilimitada y permanente en caso de reclamos de terceros por transgresiones a derechos de patente, marcas iegistradas, o diseño industrial causados por la adquisición y ::'-:::::::::::t"' parrtó de err s en er Estado Prurinacionar de Borivia' -¿ TRIGESIT,{A OCTAVA'- ( MANUA¡-ES). Junlo con los BTENES "O¡"r" o;, añruan, el pRovEEDOR entregará al primero los.correspondientes munrul* d-. l' ¿e uiürio, ¿e operaciónj de mantenimiento, reparación, de instalación generates e instructivos del sistema. En lo posible, loé manúales oriqi;at"r deberán.er'ercritos en idioma castellano, y cuando éstos no estuvieran disponibles en idioma castdllano, el PR0VEEDoR entregará un ejemplar traducido. TRIGÉSrÍ,4/l NOVENA.- (coMrsrÓN DE RECEpCTÓr.l oe Los BIENES). que se publique por ésta a través de una red Contrato ENATEX Nro. 0030/2013 Página 11 de 12 *-'-!-.---..4 r:^llav^ñ^^^¡hj rto'l ztRQt/ittnFÁtinrn'l .Teléfono159I-2] 2219595 LoPoz-Bolivio
  • 12. )por laUna Comisión cle Recepción, tendr'6 actuación obligaior¡a en la recepción de los BIÉNE$ des¡gnacla E¡,¡TIDAD, y por personal de línea de la EI'ITXDAD, segÚn. sr-r propÓsitc y estará integrada pori a) El coordinador designado. b) Un representante de la Unidad Administrativa. c) Un representante tócnico de Ia Uniciad Sc¡licitarrte' d) uno o más servidores públicos que la ENTIf,iAD considere necersai-ios¡ Lá Comisién c1e Recepción tiene la resporlsabilidad citr ei'ec:tuar la recepción de l¡s. BIEI¡ES' en concordancia con lo estbblecido en las Especif¡caciones Técnicas, debiendo dar su confcrmi,l¿d luego ce verificar también el cumplimiento de las especificaciones, términos y cond¡ciones del conlralc' i c u,qDRAGÉSrt,'!A.- ( Cr ERRE O LrQUr i)Ac r0 N D E c ot{'l'R.41-O)' La E¡¡TIDAD, no dará por finalizada la adquisrción y a la liqr-ridac¡ón, s¡ el PRovEEiloR nc httbiese curnplido con todas sus obligaciones de acuerdo a lcs términos cle¡ contrato y de sus documenios ¿nexos' En et cierre o liquidación cle contrato, se tornará en cuénta las mr.rltas y penalidacies (si hubieren). A,sirnis;no,- ei pnoveroc¡n ¡rodrá establecer el impc,-te cle los pagos a los c'-iales (:ons¡def'e !:eller..cierecho, que hubiesen s!clo reclamados susl;entada y oportunanlente i/ que no hubiese sido pagado poi- la IINTtrÜAD' Este proceso utilizará Ios plazos previstos en la cláurula décirna terccra clel presente crl;-tti-arc, para erl irago de saldos que existicsen, CUADRAGÉSIF{A P[¡.It,tERA.- ({6AFi.¡.NTÍn fÉCrurCn Y HL 5Hi'iVIflIO P0$TlFit'l'rA)' Lá adquisición cJe los BIE¡IES/ tencirán una Garantía -técnica,:Je r-rn (1) año a partir"c.ie la fecha de suscr-ipci(:n d.el Acta d'e Recepción Definitiva para el c¿so del sistema y de errtrega para ei Equ;p¿miento cflrrespond¡ente, Esta ;;;;"ií. aiéglror¿ el cuinplimiento cle las especif icaciones técnii:ar del Sistema segúrr io estipur;lclo en los Manrtales de uso y siernpre que no se evidencie que los i¿llos o cI¡tíiciencias no se criginai-on por la L:tilizaciÓn ir'debicl¡ o neal¡clente de la ENTIDÁp, r" procecterál por parte del liROVEiaDClR, a su corrección o reeni-*la¿o en un plazo Tio ;;;;;;;"; ü. +iJi.r. L*'gurior que pr-ie,tan or¡ginarse como coi"rsecuencia del eiercicio cle ía Presente cl¿iusLrl¿ serán siempre asumldos-pár-.r"ntu c¡ei bxovgen{iñ.. rn ningún caso los servicios cIe gorartía reiEclollados con el sistenia y an-rparados fór este contretr), rncluirán lral;ajos cie ir¡s esp:ciaiistas ci€i P¡¡.üvEEf,¡r-'llt:el1 la c;r¡rtai:iór-r, ccl-rección o cc,n"urrión ce áatos, creaciúri cle ficher:os rrla!srros, confección at. tai)lqs con'ipleirefil¿lr¡as, y cr-:alesquiere otras act¡viciades v¡ncul¿das con Ía r:xplotación del sistc'Ji'1a. üualquier nece¡irjaci c'e l¡ El'{1'rüt'&Í:) en ;;i;-;;t".t;, será soiicitad¿ ai PRovEEDoR v a;1¿l¡z;:da cotnc Lirra nue/a'/ersión de ser ilroceiieilte' ccno cch,licióii generat el pH.Or/EEDOt{.'ororg-o"brl¿ Et¿Trúsiii'L¡n¡'G.*¿r1riá^*-:l]-i}l_.:"r :iij¡;t el lii;uipanr.-¡entc anrparailc po. ei pr.esente contiato. El períoclo'cle gara'tiía ciel EquipaiTi€nto com'Snzarl a tcinputai'se a par':ir cie la suscripción ¡:.:r las part.Js o sus represet-¡l-atttes/ dJlas ¡ctas ce í:ntreq¿ cort e:rf:cnclieíltes Y los iequisir:cs cle caiidad gerantizados por el pRovEEDOF,I se refieren a iazonesj cje cillidari y/o cieleclos ce iai:ricacion confori'rre a las t.loimos interi.tac¡onaies o a la pr-áctice del corneicio inte.rnacional. l-a gaIantía.dei :-quiperiiietlio nr-r se cubr!rá en c¿so de maltrato, negligencia en la iranspcrt¿:rció¡r o nrarripulación, cJescárgas eiéctri:as, hurneci¡d u ciras causas de uso ordinar¡o, que constituyan violaciones de ias esp€€¡ficaciones de.gatantía tanto er¡ 5Li ln¡:nipul¿1ción como en su altnacenaje c explotac¡ón por la ENTIDnT'. en n;ngún caso la Errnnúu abarca insui'nos infcrn^,áticos y/u ofimáiicos á *"iáriái gastaL.le que pue<1a surn¡n¡Sir¿lrse como parte del Eau:Damiefiic. El pRovEEFoR garant¡za a la EN'frLlli,D ciuranie el prirner año. de expiotaciói-, ciel Sistema, r-:LIporte Técnico Fost Venta c1e -l'ercer Nire¡, seg,in la defin¡ción ujoptuC. en.la Clá-usula Tercera y formará al ;lerson6l técnicc del pF.ovEEDoR rJesignaoo pri-a estos efei:tos, un tJ pr..tu.ión ciel s-rrqgrte Técnico cje Prirrler y segurrdo l'livel, can la cual queclará responsabiiizacio. No obstante io anterior, el PRü'1/EÉüoR. aconrpaiara a io:; Especiai¡sias de la El..lT.IDAD durante la prirnera etapa como presledores del servicio refe¡-ido y esiablecerá !'rri csnal reínctc de comunicación purto,-r"nt" con estos paia dsesorarlos de ñ13ñ€l-cr- sistemática' cu$DrurGÉSrMA" SEGUN DA'- (coN roRM rDAtr)' En señal de conformiclad y para su fiel y estricto cumplinrienLo firr;lan e-i presente coNTF{ATo en cuatro ejerrrplares de ,,irr mis¡nc tenor y valiáez el Gerente Administrativo F¡nanc¡ero rle ENAI'EX €r] representació¡-r de la Er'¡TTDAD y la Apoderada en repre-sentaclón legal clel PROVEEDoR. Fste cJc,cutttento, conl'orrlre a c'lis¡:o:;iciorros ler;aios de control Fiscal v¡gente., r"iá registradl ante la Contraloría General dei Éstado. usted señor Notar¡o se servirá ¡nsertar i:odas las demás cláusulas que fuesen de estilo y segu'-itiad' La Paz, 27 de nraYo de 2013 DenLro de los diez (10) días hábiles siguientes procederá al cierre del Contrato a efectos de adquisición por parte de ia ENTID,qD. a ia fecha clel últ¡mo pago efectuado por la Et¡-t'lDAü' la HNTIDA.D la emisión cle la Certificación de Cumplimient{) de ionl-rato ccll la Zarale 3la,:é5 Contrato ENATEX ¡Jro. 0030/2013 Página i2 de i2