Este documento es un contrato de compraventa de un terreno entre Jorge Espiridión Rodríguez Morales como vendedor y Laurenciano Morales Santiago como comprador. El terreno mide 140 metros cuadrados y el precio acordado es de $35,000 pesos, que serán pagados en seis pagos bimestrales. Una vez realizado el pago total, se llevará a cabo la escrituración para transferir legalmente el dominio al comprador.
1. CONTRATOCOMPRAVENTA LMS-JR/005
Contrato de compraventa de bien inmueble, que celebran por una parte el ciudadano Jorge
EspiridionRodríguez Morales, a quien en lo sucesivo se le denominara el vendedor, y por la otra
parte al ciudadano Laurenciano Morales Santiago, a quien en lo sucesivo se le denominara el
comprador, ambos en el pleno uso de sus facultades y derechos, y con capacidad legal para
contratar y obligarse válidamente, se apercibende consentir el presente contrato, sin que conste
nada en contrario y quienes manifiestan que formalizan el presente contrato al tenor de las
siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES:
1. Que el vendedor se encuentra plenamente consciente y está capacitada para suscribir
toda clase de contrato y acuerdo.
2. Que el vendedor es dueño de un predio ubicado en villa la venta, que cuenta con los
documentos oficiales que avalan con toda legalidad su propiedad y que tiene la total
posesiónininterrumpidadel inmueble desde hace más de 45 años y que así lo constata el
instrumentopúblicoinscritoel 4de octubre de 1969, bajoel número 665 del libro general
de entradas; afectado al predio 6025, folio 245 del libro mayor volumen 22, por lo que es
constatable que se encuentra en legítima propiedad, posesión y pleno dominio del
inmueble, el cual consta de 8 – 40 – 90 ha
3. Que su domicilio para toda acción o compromiso procedente del presente contrato se
marca en Calle Juárez 310 C, colonia centro de Villa La Venta, Huimanguillo, Tabasco.
4. Que el comprador se encuentra plenamente consciente y está capacitada para suscribir
toda clase de contrato y acuerdo.
5. Que el vendedor tiene la plena capacidad financiera para cubrir las erogaciones,
contraprestaciones y pagos accesorios a las cuales se obliga al asumir este contrato.
6. Que ambas partes han asumido los compromisos producto de este contrato habiendo
dado a conocer todos los términos a sus cónyuges y declarando total conocimiento y
acuerdo con respecto al presente instrumento.
Las partes contratantes, bajo protesta de decir verdad de los antes expuesto y manifestado la
evidenciaobservable,yque enla celebración del presente contrato no existe dolo, error, lesión,
mala fe, coacción o vicio alguno que a la postre pudiera invalidar o adicionar clausula alguna del
presente contrato,porlocual manifiestanestarconforme conel presente contrato al tenor de las
siguientes clausulas:
PRIMERA. El Señor Jorge Espiridión Rodríguez Morales por su propio derecho, en este acto y por
medio del presente instrumento Vende, Cede y Traspasa por precio de compra, de manera
irrevocable,libre de todogravameny responsabilidad y sin reserva ni limitación alguna, en favor
del señorLaurencianoMoralesSantiago laposesiónypropiedadde unafraccióndel terreno antes
descrito al término de su liquidación.
2. SEGUNDA. Que la fracción objeto de la presente transacción consta en su totalidad de una
superficie de 140 m2
, con las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte con 20 metros con área de reserva del Señor Jorge E. Rodríguez Morales
Al Sur 20 metros con área de reserva del Señor Jorge E. Rodríguez Morales
Al Oeste 7 metros con área de reserva del Señor Jorge E. Rodríguez Morales
Al Este 7 metros con Calle del Ejido Narciso Rovirosa
TERCERA. Que una vezlocalizadoydelimitadoenel lugarlafracciónmencionadael preciopactado
eneste acto asciende ala cantidadde $ 35, 000.00 pesos(TreintayCinco Mil Pesos00/100 Pesos),
loscuales serán cubiertos en seis pagos, uno de $ 10, 000.00 pesos (Diez Mil Pesos 00/100 Pesos)
cubiertosen unasolaexhibición al momentode lafirma del presente contrato, y respaldados por
medio de recibo No. LMS-JR/005/RB-01 y cinco (5) pagos bimestrales pagaderos como sigue:
Febrero $ 5,000.00 pesos, Abril $ 5,000.00 pesos, Junio $ 5,000.00 pesos, Agosto $ 5,000.00 pesos
y Octubre $ 5,000.00 pesos, el incumplimiento de pagos originara una pena de 100 pesos
mensuales por cada pago vencido.
CUARTA. El vendedor concede el derecho de posesión provisional al efecto del pago total,
pudiendo la parte compradora delimitar y hacer mejoras según a este le convenga dentro de los
límitesde extensión establecidos, sin poder tomar posesión total del predio hasta el pago total.
QUINTA. El compradorse obligaa realizartodaslaserogacionesaccesoriasque se originende este
contrato, así como queda en total responsabilidad hacer la debida delimitación del lote
fraccionadorespetandolasmedidasycolindancias indicadas, y las erogaciones causadas a efecto
de tributación y pago de derechos serán trasladados por este acuerdo al comprador al momento
de llevar a efecto legal el traslado de dominio mediante instrumento público.
SEXTA. Legítimamente se hará efectivo el traslado de dominio cuando el comprador cubra la
totalidad de las contraprestaciones producto de la compraventa, y una vez cumplidos los
compromisos estipulados y accesiones que surgieran se llevara a efecto el traslado de dominio
mediante instrumento público ante a la vista de fedatario público cuando mejor le convenga al
comprador.
SEPTIMA. Siendo que no existe dolo, ni vicio las partes se comprometen en llevar a cabo la
totalidad de los compromisos que así se exigen, de lo contrario las partes se verán obligadas a
forzar el cumplimiento por la vía pacífica, sin que algunas de las partes este obligada a dimitir en
ninguna de las clausulas acordadas.
OCTAVA.Paratodo lorelacionadoconlainterpretaciónycumplimientodel presente contrato, las
partes desean sujetarse a las leyes y tribunales del estado de Tabasco.
NOVENA.Paratodolo conducente protestamoslo necesario, firmando los presentes al margen y
al calce, siendo el día 21 de Diciembre de 2015:
3. JORGE ESPIRIDIÓN RODRIGUEZ MORALES
VENDEDOR PROPIETARIO
AGUSTINA CARRILLO RODRIGUEZ
CONYUGE DEL VENDEDOR
LAURENCIANO MORALES SANTIAGO
COMPRADOR
CONYUGE DEL COMPRADOR
VICTORIA HERDEZ BAUTISTA
JORGE RODRIGUEZ CARRILLO ROSAURA BAUTISTA LÓPEZ
TESTIGOS
4. RECIBO DE DINERO LMS-JR/005/RB-01
BUENO POR $10,000
RECIBÍ POR PARTE DEL SEÑOR LAURENCIANO MORALES SANTIAGO A LA VISTA DE TESTIGOS LA
CANTIDAD DE DIEZ MIL PESOS EN EFECTIVO EN RAZON DEL PAGO POR CONCEPTO DE COMPRA-
VENTA DE UN TERRENO CUYAS CARACTERIRSTICAS Y DELIMITACIONES SE HACEN MENCIÓN EN EL
CONTRATO FIRMADO E IDENTIFICADO CON FOLIO LMS-JR/005 QUE A LA RAZON DE SU VALIDEZ
ESTE DOCUMENTO SE HACE ANEXO.
JORGE ESPIRIDIÓN RODRIGUEZ MORALES
VENDEDOR PROPIETARIO
JORGE RODRIGUEZ CARRILLO AGUSTINA CARRILLO RODRIGUEZ
TESTIGOS