CONTRATOS FACTORING 
ANTECEDENTES Y SURGIMIENTO DEL FACTORAJE 
Respecto del Factoring, la mayoría de los autores coinciden en ubicar 
a sus antecedentes en el siglo XVIII, con la actividad desarrollada por 
los selling agents de las empresas textiles inglesas en las colonias 
americanas. Estos agentes -factors- pronto se constituyeron no 
solamente en vendedores de la mercadería exportada a las colonias, 
sino en virtuales financistas cuya efectividad era, por tanto, de interés 
para el exportador británico. Se trata obviamente, de una semblanza 
histórica. Como señala Cogorno “.Del desarrollo de la actividad 
mercantil también se amplió la actividad financiera y fue necesario que 
los viejos factores se unieran en sociedades para poder hacer frente al 
riesgo y de esta forma nacieron las primeras entidades de Factoring 
que van logrando un auge sorprendente a partir de los años veinte 
hasta nuestros días.”. 
Sus orígenes del factoraje se remontan al siglo XVII. Debido a las 
dificultades en el cobro de las manufacturas (principalmente textiles) 
que Inglaterra exportaba a Estados Unidos, las empresas inglesas 
comenzaron a delegar la tarea de venta y cobro a empresarios 
norteamericanos. El desplazamiento de un continente a otro encarecía 
la operación comercial, a lo que se agregaba la falta de información 
sobre el cliente. Con el tiempo los empresarios norteamericanos 
comenzaron a asumir el riesgo comercial de las ventas y a realizar 
adelantos financieros a los exportadores ingleses. Desde esa época 
hasta el presente el negocio de factoraje en el mundo no ha dejado de 
crecer. Su tasa de crecimiento es de 8% anual en promedio,
extendiéndose, a partir de 1960, a prácticamente todo el planeta. En la 
actualidad, el número de firmas de factoring operando es de casi 
2.000, convirtiendo así a esta forma de financiamiento en una de las 
fuentes de fondos de corto plazo más utilizadas por las pequeñas y 
medianas empresas. Cerca de 500.000 empresas se financian hoy 
mediante la venta anual de más de 500 millones de facturas por casi 
2.000 millones de dólares estadounidenses.2Si bien Estados Unidos 
fue pionero en este negocio, la mayor parte del factoraje se realiza 
actualmente en Europa. Aunque la mayoría de los negocios de 
factoraje está concentrada en el factoraje doméstico, es decir, dentro 
del país, cada día va tomando más importancia el factoraje 
internacional o de exportación. El factoraje internacional es utilizado 
por exportadores o importadores que venden o compran en cuenta 
abierta o mediante documentos de pago en condiciones pactadas. El 
factoring tal como se le conoce actualmente , nace de la práctica 
comercial estadounidense y ha adquirido gran aplicación también en 
Europa occidental, aunque ha ido tomando diferentes matices según el 
país donde se desarrolle, así en los Estados Unidos de América la 
mayoría de la empresas de factoring se dedican con exclusividad a 
este y tiene por objeto asumir los riesgos derivados de los créditos por 
ventas de mercancías, en tanto que en Alemania el objeto principal de 
esta figura consiste en la asistencia técnica , contable administrativa 
que brinda los bancos , que son quienes celebran estos contratos, sin 
que necesariamente el factoring sea la actividad exclusiva.1 
1. GHERSI, Contratos civiles y comerciales, t.2, p.193
POR SU EVOLUCIÓN HISTÓRICA 
Atendiendo a ese criterio, existen tres tipos de Factoring: “colonial 
Factoring”, “Factoring old line” y “Factoring new line” o “Factoring new 
style”. 
a. El “Colonial Factoring “Actualmente en desuso; a través del 
Colonial Factoring el Factor actuaba como distribuidor o “selling agent” 
del Facturado. Cabe destacar que dicha modalidad es el antecedente 
más lejano de este contrato (siglo XVIII); las empresas inglesas 
necesitadas de conquistar nuevos mercados que le ofrecían las 
colonias de la corona, adelantaron en los principales puertos de 
embarco personal que se denominó Factor, quienes se encargaban de 
la colocación de sus productos lucrando con el crédito concedido a los 
consumidores, habiendo girado el precio total a favor de dichas 
empresas. 
b. El “Factoring Old Line” 
Dicha modalidad viene siendo empleada en la actualidad, y consiste 
en un contrato con las características que hoy conocemos, con el 
conjunto de servicios brindados por el Factor, quien además 
desempeña un rol financiero. El “Factoring New Line” Constituye la 
última etapa evolutiva del Factoring, y se caracteriza por una mayor 
amplitud en las actividades del Factor, sobre todo en las de índole 
financiera, por lo que normalmente queda incurso en la actividad 
bancaria. En este caso el Factoring presenta cuatro funciones como 
son: la gestión de créditos, garantía en la operación, financiación y
asesora, prestando mayor especialización en lo que atañe a la 
financiación de la operación. Por esta razón la empresa de Factoring 
es una entidad financiera. Nuestro ordenamiento permite esta clase de 
Factoring al regularlo en el reglamento de dicho contrato. 
LOS CONTRATOS MODERNOS Y EL FACTORING. 
En las últimas cuatro décadas una serie de Contratos han ido 
paulatinamente invadiendo nuestro medio, contratos, varios de ellos, 
seguramente conocidos desde hace mucho en Europa y los Estados 
Unidos de América en donde se desarrollaron tras recibir la influencia 
del derecho anglosajón, pero en un principio muy poco o nada 
conocidos en esta parte de nuestro continente y por ello muchos de 
cuales innominados y atípicos en nuestra legislación. 
Requeridos ante diferentes y cada vez más formas de desarrollar 
actividades económicas, particularmente de carácter mercantil, que 
propiciaron nuevas relaciones y necesidades humanas que satisfacer 
e impulsados por una cada vez más presente e imponente 
globalización, estos Contratos han pasado a tener una vigencia e 
importancia innegables. 
Modernos, entonces, son denominados estos Contratos no 
precisamente por ser de reciente aparición, pues muchos de ellos son 
conocidos desde hace varias décadas y hasta siglos, sino porque ha 
sido en estos tiempos que su uso se ha hecho cada vez más 
frecuente, habiendo cruzado fronteras, expandiéndose así en otros 
territorios, diversificándose y evolucionando.
Eduardo Chuliá Vicént y Teresa Beltrán Alandete indican que el auge 
de los Contratos modernos deviene de los años sesenta y entre sus 
causas destacan las siguientes: 
a) La influencia del derecho anglosajón, con nuevas formas de 
contratación que por su sentido pragmático y eficaz se introducen en 
Europa: Leasing, Franquicia, Factoring, etc.; 
b) los avances tecnológicos que imponen nuevos usos; 
c) el fenómeno del comercio exterior y de los intercambios entre 
naciones, viéndonos obligados a aceptar fórmulas desconocidas por 
nosotros; 
d) la paulatina disminución del comerciante individual y su sustitución 
por la empresa y las sociedades mercantiles, con las exigencias que 
ello reporta: programación a larga distancia, contratos para 
intercambio o compra de tecnología, utilización de patentes, entre 
otros; 
e) y por último la obsolencia de los Códigos Civil y de Comercio 
(españoles) –con más de cien años de existencia– que en forma 
alguna pudieron prever la revolución industrial y tecnológica ocurrida 
en el mundo a partir de la Segunda Guerra Mundial. 
Dentro de los denominados Contratos Modernos está el Contrato de 
Factoring. 
El Factoring es, sin duda, uno de los más conocidos y representativos 
Contratos de esa gran gama de los llamados Contratos Modernos. Tal
como detenidamente veremos más adelante, el Factoring incorpora 
múltiples aspectos (prestaciones) tales como el cesionario, el 
financiero, el de garantía, el de asesoramiento, etc., que impiden 
calificarlo como una modalidad o tipo de algún otro Contrato y que 
más bien obligan a considerarlo u otorgarle la calidad de Contrato "sui 
generis" y complejo. En tal sentido es que comenta el maestro Ulises 
Montoya Manfredi escribiendo lo siguiente: "Este esquema troncal del 
factoring puede ser enriquecido por una pluralidad de servicios 
complementarios o anexos que el mismo factor presta al cliente 
facturado, tales como el estudio de mercado, investigación y selección 
de clientes, obtención de información comercial y central de riesgo, 
informaciones y estadísticas del comportamiento del mercado, índices 
de rentabilidad de productos, almacenamiento de productos, manejo 
de registros contables, emisión de facturas y títulos de crédito, 
asesoría y selección de agentes de ventas, asesoría en la política de 
ventas, cobranza de documentos no incluidos en el contrato, pues el 
cliente facturado no está impedido de seguir vendiendo a sus clientes 
no calificados por el factor, etc. 
_______________________________________________________ 
http://www.monografias.com/trabajos31/factoring/factoring
TERMINOLOGÍA 
La expresión “factoring” está tomada de factor ( no de factura”) si bien 
como se expresa gráficamente-una parte (la entidad financiera) 
compra las facturas de su cliente a medida que son emitidas por este. 
La palabra Inglesa Factoring se suele traducir a nuestro idioma como 
factoraje”, aunque con no mucha exactitud según el diccionario de la 
real academia española, Factoraje significa empleo y encargo de 
factor ósea el auxiliar del comerciante autorizado para traficar en 
nombre y por cuenta del ponente, para auxiliarle en los negocios. En 
alguna medida este concepto se adapta al contrato de factoring, pero-como 
ya hemos visto reducida a una gestión muy específica. 2 
CONCEPTO 
El origen de la expresión “Factoring proviene de los fenicios y 
posteriormente de la colonización inglesa. Factus equivale a el que 
hace algo. Factor en inglés equivale a apoderado, pero Factoring 
equivale a financista que tuvo -como dijimos anteriormente el selling 
agent en los Estados Unidos de América. En cuanto se refiere a la 
definición propiamente dicha, si bien la doctrina no se ha puesto de 
acuerdo en forma unánime sobre la naturaleza jurídica de esta 
modalidad contractual, se observa que es un contrato que 
generalmente utilizan los Bancos y empresas del sistema financiero en 
calidad de factores con la finalidad no sólo de cobrar una deuda por 
otro, sino de garantizar la operación e incluso financiarla a través del 
pago antes del vencimiento de los títulos así adquiridos por el factor, 
en consecuencia puede ser calificado como un contrato financiero.
DEFINICION DOCTRINAL CIENTIFICA: 
Un contrato atípico mixto y complejo, llamado a cubrir diversas 
finalidades económicas y jurídicas del empresario por una sociedad 
especializada, que se integran por diversas funciones, aun cuando 
alguna de ellas no venga especialmente pactada, y que se 
residencian: en la función de gestión, por la cual la entidad de factoring 
se encarga de todas las actividades empresariales que conlleva la 
función de gestionar el cobro de los créditos cedidos por el 
empresario, liberando a este de la carga de medios materiales y 
humanos que deberían arbitrar en orden a obtener el abono de los 
mismos; la función de garantía, en este supuesto la entidad de 
factoring asume, además el riesgo de insolvencia del deudor cedido, 
adoptando una finalidad de carácter aseguratorio ; y la función de 
financiación , que suele ser más frecuente, en ella la sociedad de 
factoring anticipa al empresario el importe de créditos trasmitidos, 
permitiendo la obtención de una liquidez inmediata que se configura 
como un anticipo de parte del nominal de cada crédito cedido, a aparte 
de la recepción por las sociedad de factoring de un interés de la suya. 
________________________________________________________ 
2.Sentencia de la audiencia provincial de Madrid de 10 de julio de 
1966.
NATURALEZA JURÍDICA 
La doctrina dominante reconoce al Factoring como un contrato 
financiero propio y con autonomía funcional. En este sentido para el 
jurista Carlos Gilberto Villegas, el Factoring es un contrato autónomo, 
distinto, que debe ser distinguido de otros contratos tradicionales; no 
constituye una simple cesión de créditos, puesto que a la cesión de 
documentos van aparejados otros servicios que el factor se 
compromete a prestar al cliente. Se distingue del descuento, en razón 
a que el Factoring genera una asunción del riesgo de la cobranza por 
parte del factor, ya que ha tenido la oportunidad de evaluar y 
seleccionar los créditos, de letras en las que de producirse una falta de 
pago, se le debita su importe en la cuenta corriente del descontante 
del documento. Por su parte, Max Arias Schreiber señala que el 
contrato de facturación es un contrato financiero y de colaboración 
complejo, pues en él concurren tanto un arrendamiento de servicios 
como una comisión de cobro, una asunción de créditos y una asunción 
pro-nuptio. A su turno, los autores Bianchi y Sussfeld, consideran que 
el contrato de facturación es un acuerdo preliminar, por el cual el 
cliente se obliga a ofertar al factor los créditos que surjan de su 
actividad empresarial. Si la oferta es aceptada por la empresa de 
facturación, se concluye en cada caso, un negocio de cesión de tales 
créditos. Según los autores mencionados, existen dos momentos, el 
contrato de facturación como obligación de ofertar, y la posterior 
cesión de cada crédito. En opinión de Sídney Alex Bravo Melgar, el 
Factoring es un contrato sui generis, con caracteres estructurales y 
funcionales propios, que son diferentes a los otros tipos de contratos.
En tal sentido, el Factoring es un contrato financiero, puesto que a 
través de este contrato el cliente puede obtener recursos líquidos 
inmediatos y es un contrato de servicios, ya que del Factoring se 
derivan actividades complementarias a la financiación, que pueden ser 
necesarias para racionalizar a la empresa o modernizarla merced a la 
realidad actual. 
En síntesis, podemos destacar los siguientes elementos tipificantes: 
a) La adquisición por el Factor, de créditos por cobrar que lo convierte 
en consecuencia en un sistema o técnica de financiamiento. 
b) La asunción de los riesgos de insolvencia de todos y cada uno de 
los deudores de los créditos cedidos, previa selección por parte del 
factor. La prestación por parte del factor, de servicios complementarios 
de carácter administrativo, contable y comercial. 
3. Bescos, factoring y franchising, pag.18
EL FACTORING EN NUESTRO PAÍS: 
En nuestro país es un contrato atípico, pues carece d regulación 
legislativa. Si bien aparece como una derivación de la cesión de 
crédito, también es cierto que sus finalidades exceden a las de dicho 
contrato otorgándole características propias su atipicidad legislativa 
radica en la falta de regulación del factoring como figura autónoma en 
nuestra legislación, pues es un contrato que persigue una finalidad 
económica concreta (causa) que no puede ser lograda por medio de 
algún otro contrato previsto en nuestro derecho positivo. Cabe 
destacar que el factoring carece de aplicación y es destacable su 
desconocimiento en nuestra técnica y practica financiera. La falta de 
regulación legal de este contrato en nuestro país determina que el 
factor, al adquirir los créditos, no cuenta con un título ejecutivo que le 
permita accionar judicialmente con agilidad, si no que se ve obligado a 
abstenerse de suficientes elementos probatorios para acreditar en 
juicio su derecho. 
GHERSI señala certeramente que el contrato de factoring no es 
idéntico en todos los países donde se lo practica, por lo que no es 
posible dar un concepto uniforme de él, aunque este contrato tiene 
amplia difusión en países industrializados tales como Estados Unidos, 
Japón y los países de Europa occidental, presenta distintas 
modalidades operativas y hasta 1960 su desarrollo era típicamente 
estadounidense.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE FACTORING 
a) Es un contrato bilateral, ya que se celebra entre dos partes: El 
cliente y el factor; el deudor cedido no participa en el acuerdo de 
voluntades, aunque es ampliamente aceptado en doctrina (y en 
nuestro caso en el reglamento de Factoring), el hecho de notificar al 
deudor acerca del acuerdo, con la finalidad de que el pago se efectúe 
de manera correcta. 
b) Es un contrato consensual, ya que se celebra con acuerdo de las 
partes. 
c) Es un contrato atípico, porque no tiene regulación en nuestro 
ordenamiento jurídico. 
d) Es un contrato nominado, ya que recibe la denominación de 
Factoring, reconocido a nivel mundial. 
e) Es un contrato conmutativo, porque las partes al contratar saben 
los resultados que se obtendrán de esa operación. 
f) Es un contrato de contenido flexible, ya que se puede estipular la 
prestación del servicio de gestión o cobro, asumiendo los riesgos de la 
cobranza, o puede prestarse el servicio de cobro y financiación sin 
asumir el riesgo de la operación. 
g) Es un contrato oneroso porque el factor realiza una prestación a 
cambio de una retribución, cuyo monto puede variar de acuerdo al 
pacto de las partes y a la clase de servicio prestado.
PARTES INTERVINIENTES 
Del concepto dado anteriormente, se desprende la existencia de las 
siguientes partes: 
a) El Factor: Que puede ser un Banco, una empresa financiera o una 
sociedad especializada. Es evidente que se constituye en la entidad 
que cuenta con recursos financieros, con infraestructura técnica y 
contable, lo que le permite manejar la cobranza desde la investigación 
de la solvencia de los clientes hasta su cobranza judicial. 
b) El Cliente: Que puede ser una persona natural o jurídica 
(industriales, fabricantes o comerciantes). En atención a su volumen 
de cartera presenta la cartera de sus créditos al Factor. Cabe precisar 
que, los deudores, si bien no forman parte en el contrato enmarca un 
papel fundamental en el desarrollo del contrato, pues su existencia 
determina la celebración del mismo, ya que de su capacidad 
económica y solvencia evaluada y aceptada por el Banco y de la 
satisfacción de sus obligaciones dependerá la continuidad del 
contrato. 
OBJETO DEL CONTRATO DE FACTORING 
Se ha legislado sobre el objeto del contrato, estableciendo una 
distinción entre éste, el contenido de la obligación, y el objeto de las 
prestaciones de dar, hacer o no hacer. En este orden de ideas, el 
objeto del contrato está considerado como el propósito que las partes 
intervinientes tienen de crear, regular, modificar o extinguir 
obligaciones.
a) Desde el punto de vista del cliente, el objeto consiste en la intención 
de obtener los servicios administrativos y de gestión que el factor 
puede brindarle, además de la financiación que puede suponerle la 
cesión de su cartera de clientes. 
b) Desde el punto de vista de la entidad de facturación, el objeto 
consiste en el propósito de obtener una comisión por los servicios que 
presta, además de un interés en caso de brindar financiación al 
cliente. 
MODALIDADES DEL CONTRATO FACTORING 
Diferentes modalidades de factoring pueden ordenarse en cuatro 
grandes grupos, a saber:
SEGÚN SU CONTENIDO. 
Bajo esta perspectiva, a mi criterio la de mayor relevancia ontológica, 
el contrato de factoring puede o no comprender el otorgamiento de 
financiación a favor del cliente. En el primer caso, o sea, factoring con 
financiación (credit-cash factoring), prevalece en la estructura del 
contrato el componente financiero, lo que le permite al cliente 
obtener del factor el pago inmediato de los créditos oportunamente 
transferidos, cualquiera sea la fecha de los respectivos vencimiento de 
pago. Aparece así la relevancia del mecanismo propicio para la 
liquidez empresaria. 
Como contrapartida por la movilización inmediata de tales créditos, el 
factor tendrá derecho a la percepción de intereses, los que se 
pactarán en función del plazo que faltare correr para operar el 
vencimiento de las deudas transmitidas. 
De este modo, el cliente coloca su producción o prestación al 
contado, a raíz de los pagos (o anticipos) que le realiza el factor y los 
deudores cedidos pagan al factor en los plazos originariamente 
estipulados. Queda así configurado el circuito de flujo de fondos, que 
va nutriéndose continuamente. 
El factoring con financiación coadyuva a fortalecer la liquidez de las 
empresas beneficiadas con la asistencia financiera. Los plazos de 
financiación que se utilicen mediante esta modalidad, dependerán de 
las circunstancias coyunturales del mercado financiero y de las 
condiciones de comercialización existentes en el sector de la actividad 
desplegada por el cliente.
En el segundo caso, o sea, factoring sin financiación (maturity 
factoring), el interés de la operación se centraliza en la asistencia 
administrativa, contable y técnica que se presta como objetivo principal 
del contrato, por lo que el pago de los créditos comprometidos en la 
operación se realiza conforme sea el vencimiento normal de los 
mismos. 
Mediante esta modalidad operativa, las empresas clientes persiguen 
racionalizar y optimizar su estructura interna delegando en el factor el 
manejo contable y administrativo del área de ventas y el cobro de los 
créditos generados por la actividad, al respectivo vencimiento. La 
financiación está ausente dado que la empresa cliente percibe el 
producido de sus ventas o prestaciones, solo en la medida que sus 
deudores cancelen sus deudas en los vencimientos pactados. El factor 
actúa como mandatario del cliente ante los deudores, sin asumir 
riesgo crediticio alguno ni quedar afectado por la falta de pago de los 
créditos en cuestión. Puede deducirse, entonces, que la calificación 
del factoring por su contenido es la que –necesariamente- conduce a 
desdoblar la operatoria en dos negocios distintos e independientes y 
regulados de modo diferente: 
· El factoring financiero y 
· El factoring comercial.
SEGÚN SUS RIESGOS. 
Esta variante se circunscribe al hecho de que el factor puede o no 
asumir a su cargo, los riesgos de incobrabilidad, demora o falta de 
pago de los créditos transferidos a su favor. Si se asume el riesgo de 
incobrabilidad, variante denominada “sin recurso” (without recourse”), 
ante la falta de pago de alguno de los créditos cedidos, el factor nada 
puede reclamar al cliente. Por el contrario, si no se asume dicho 
riesgo, variante llamada “con recurso” (“whit recourse”), el factor queda 
habilitado para reclamar al cliente el pago del crédito incumplido. 
En el factoring sin recurso (denominado propio), el negocio es 
equiparable a una compraventa de créditos, en el que 
económicamente se está en presencia de un contrato con pago al 
contado, mediante el cual se permuta créditos a cobrar por recursos 
líquidos. En el factoring con recurso (denominado impropio), el 
negocio es asimilable a una operación de crédito, en donde la cesión 
responde a una finalidad de garantía y por vía del cual, se tiene 
acceso a una línea de asistencia crediticia tradicional. De ambas 
alternativas, la de mayor relevancia es la que comprende la asunción 
de los riesgos de incobrabilidad por parte del factor, atento que en los 
supuestos de falta de pago de alguna de las deudas tomadas, el factor 
no tiene acción de reclamo contra el cliente. O sea, que incobrabilidad 
sería equivalente a impago. Esa seguridad de pago analizada y 
calificada previamente para acceder al financiamiento mediante la 
adquisición definitiva de dicho crédito, es ponderada solamente por el 
prestador financiero y bajo su sola responsabilidad. 
Procede señalar que también se identifica el riesgo de incobrabilidad 
como riesgo de insolvencia. Pero cabe aclarar que el término
insolvencia debe interpretarse en sentido amplio como equivalente a 
falta de pago y no en sentido estricto asimilable a estado de 
importancia patrimonial. Ergo, cabe advertir que cuando más 
restrictivo sea el concepto de insolvencia, es mayor la posibilidad de 
desnaturalizar el rasgo tipificante de este esquema de financiación, 
pues en la práctica funcionaría como “factoring con recurso”. 
En este sentido, es común observar cláusulas que acotan 
sobremanera la asunción del riesgo de incobrabilidad / insolvencia, 
como por ejemplo: “…No se considerará insolvencia las disputas 
comerciales que puedan surgir entre el Cliente y el Deudor 
oportunamente cedido, relativas a las mercaderías vendidas o los 
servicios prestados o los incumplimientos de condiciones 
contractuales pactadas entre ellos”. 
En síntesis, el denominado riesgo de incobrabilidad que se asume no 
puede ser otra cosa que el riesgo de impago de la deuda, a su 
respectivo vencimiento, es decir la simple mora ya habilita al factor a 
reclamar el cobro del crédito adquirido al deudor cedido. 
SEGÚN SU EXTERIORIZACIÓN. 
Esta modalidad está dada por el hecho de que se notifique o no a los 
deudores cedidos la transmisión de los créditos a favor del factor y que 
el pago que hagan solo será válido y con plenos efectos liberatorios si 
es realizado al factor. 
La notificación resulta inexcusable para la validez y oponibilidad de los 
créditos cedidos, ante los terceros, por imposición de normas legales
expresas, tal es el caso de nuestro país, a tenor de lo prescrito por los 
artículos 1459, 1460 y 1467 del Código Civil para la cesión de créditos 
no instrumentados en títulos o documentos negociables (“notification 
factoring or direct collection”). 
También puede ser facultativa, en la medida que el ordenamiento legal 
aplicable no requiera esa notificación a los deudores cedidos, como es 
el caso de créditos instrumentados en títulos de crédito o títulos 
valores negociables, o bien, cuando las propias partes acuerdan su 
omisión para mantener en zona de reserva la negociación, por 
razones de imagen o prestigio corporativo (“non-notification factoring 
or indirect collection”). 
En el primer supuesto, el derecho aplicable al negocio torna necesario 
cursar a los deudores cedidos notificación fehaciente de la cesión 
efectuada a favor del factor, para que sea oponible a aquellos. 
Cumplida la notificación a los deudores cedidos, la operación se torna 
oponible y produce la embargabilidad de cada crédito transferido a 
favor del factor (cesionario) y determina ante quién debe cancelarse 
válidamente el crédito. Más aún, es factible la cesión global de los 
créditos adquiridos, “sin necesidad de cursar la notificación de cada 
crédito individualmente por acto público para hacerlo oponible ante 
terceros, bastando la notificación global. Esta cesión global, no es un 
contrato preparatorio, que obliga a una posterior transmisión, sino que 
por sí mismo ya perfecciona el contrato, aunque los efectos traslativos 
de la propiedad del crédito quedan supeditados a la existencia del 
crédito y al cumplimiento de la condición suspensiva impuesta por las 
partes: el ejercicio de la facultad de aceptación por parte del factor “En 
el segundo supuesto, el cliente mantiene en reserva su relación con el
factor, la que es ignorada por sus deudores. El pago de los créditos 
afectados se efectúa ante el portador del título de crédito o título valor, 
bien, ante el propio cliente acreedor, quien se ha obligado, a su vez, a 
rendir cuentas y remitir al factor los importes percibidos. En la primer 
sub-variante, hay vinculación cambiaria entre el factor y el deudor del 
cambial; por el contrario, en la segunda sub-variante, no hay 
vinculación operativa entre el factor y los deudores cedidos. 
SEGÚN SU ÁREA GEOGRÁFICA 
Esta clasificación depende de la jurisdicción correspondiente al 
domicilio legal o sede administrativa o asiento principal de los 
negocios de las partes intervinientes en el contrato de factoring: 
Es local o interno (“domestic factoring”) si el cliente y sus respectivos 
deudores tienen su domicilio o sede social en el mismo país que el 
factor. 
Es internacional (“internacional factoring”) si el cliente o sus 
deudores tienen su domicilio en un país distinto al del factor. 
A su vez, el factoring internacional puede ser: 
a) De exportación, si el factor y su cliente residen en un mismo país 
y los deudores de este último en otro; el vendedor / 
prestador obtiene el financiamiento de una institución de su propio 
país.
b) De importación, si el cliente reside en un país y sus deudores 
como el factor en otro; el vendedor / prestador 
obtiene el financiamiento de una institución del exterior.
También conviene hacer referencia al “ forfaiting”, que consiste en un 
mecanismo de financiación que fue desarrollado a partir de la década 
de los 60, para manejar operaciones de exportación de gran escala y a 
largos plazo de bienes de capital, en el tráfico comercial denominado 
entre empresas occidentales y empresas de la Europa oriental, 
integradas a un sistema de economía planificada. Hoy en día su 
utilización se ha expandido universalmente. 
En lo sustancial el forfaiting tiene similitudes con el factoring, ya que 
ambos son mecanismos de financiación sin recurso. Más aún, soy de 
opinión que la esencia de ambos mecanismos de financiación es la 
misma, diferenciándose solo en matices y formalidades operativas. 
Entre las principales diferencias que se reconocen doctrinariamente, 
se pueden observar las siguientes: 
El factoring es de corto plazo y, en ocasiones, financia a mediano 
plazo; por el contrario, el forfaiting opera en el mediano y largo plazo. 
En el factoring generalmente se usan facturas condicionadas o 
referidas a un contrato comercial que resultan negociadas; por el
contrario, en el forfaiting generalmente se negocian letras de cambio 
(bills of exchange) o pagarés (promisory notes). 
En definitiva, las diferencias radican en cuestiones operativas que 
fueron consolidándose por los usos y costumbre, pero ambos 
configuran mecanismos de financiación, sin acción de recurso 
Ordenamiento operativo. 
Vistos los diversos procedimientos de implementación del factoring en 
la práctica internacional, pueden darse una serie de combinaciones 
entre ellos, que permiten delimitar el campo de acción del factoring 
financiero del factoring comercial: 
a) Cuadro comparativo de las modalidades de factoring, 
El correcto encuadramiento de cada negocio, en función de las 
combinaciones de servicios que puedan haberse pactado, resulta vital, 
pues de ello dependerá la regulación legal aplicable; en este sentido, 
la existencia de financiación como elemento causal del negocio, 
conlleva que el encuadramiento legal y reglamentario de la operación 
responda a la normativa reguladora de la actividad institucional de las 
entidades financieras y de las operaciones de financiación que están
autorizadas a realizar mediante la canalización de los recursos 
financieros captados del público. 
b) Prestadores del factoring financiero. 
Contestes con lo anterior y sin la menor duda acerca de que el 
factoring financiero es la modalidad operativa verdaderamente 
relevante, las instituciones que pueden realizar la prestación financiera 
son: 
Relevancia del sustrato financiero 
Vista la diferenciación existente entre el factoring comercial y el 
factoring financiero, puede describirse a este último como aquel 
negocio por el cual una empresa conviene que una institución 
financiera le adquiera los créditos provenientes de la explotación
normal de su giro operativo hasta una suma determinada y por un 
tiempo expresamente convenido, asumiendo los riesgos de su cobro y 
reservándose el derecho de seleccionar los créditos por adquirir. 
Complementariamente, la entidad financiera puede ofrecerse a 
prestarle asistencia administrativa y técnica, en la medida que sea 
necesaria o conveniente para un mejor desarrollo del contrato y de la 
relación negocial establecida. 
El factoring financiero conforma un conjunto de servicios prestados 
por una institución de crédito para atender financiera y 
administrativamente la cartera de deudas de empresa cliente. 
Contestes con ello, el factoring financiero persigue dos finalidades 
perfectamente inidentificables, a saber: 
 Una preponderante, como vía instrumental para obtener medios 
líquidos inmediatos y continuados; 
 Otra complementaria, como procedimientos destinado a aliviar y 
descongestionar las tareas administrativas de la empresa 
asistida, coadyuvando a la optimización de su gestión. 
Fácil resulta deducir que el factoring financiero importa una técnica de 
financiación que transforma los créditos a cobrar –documentados o no-por 
la empresa cliente, en dinero efectivo, a través de lo cual el 
beneficiario de la asistencia incrementa su correspondiente índice de 
liquidez a la par que disminuye su índice de endeudamiento.
En efecto, a diferencia de otras fuentes de financiamiento, la venta de 
los créditos y la asunción de los riesgos de insolvencia, determina que 
los recursos percibidos no presupongan deudas que graven el pasivo 
del cliente beneficiario ni que exijan de su parte la constitución de 
garantías específicas ni que se vea afectada su capacidad normal de 
pago. 
Esta técnica de financiación gira alrededor de la adquisición de las 
cuentas por cobrar y su pago al contado con el aditamento de la 
ausencia de responsabilidad en el ulterior cobro a los respectivos 
vencimientos para la empresa asistida. 
Mientras que en el crédito tradicional, los bancos y demás entidades 
financieras deben poner énfasis en la solvencia y capacidad de pago 
del cliente deudor y prestar especial atención en el proceso de gestión 
de la empresa endeudada, en el factoring financiero lo que adquiere 
primordial relevancia es la solvencia de los compradores de sus 
clientes (deudores cedidos), por lo que la atención se fija en los 
procesos de producción y comercialización de la empresa solicitante 
de esta línea de financiamiento y en la cartera de créditos que vaya 
originando. 
Bajo esta mecánica, el factoring financiero tal vez no sea tan atrayente 
para las grandes empresas, las que generalmente, cuentan con 
capacidad económica y acceso a fuentes de financiamiento; pero para 
el sector de las pequeñas y medianas empresas, con dificultades para
acceder al crédito, resulta de suma utilidad, en función de la 
generación de créditos resultantes de sus respectivas actividades. 
En función de lo expuesto, el factor asistente tiene que operar bajo 
ciertos criterios de selección, como ser: 
 El sector económico en que se desenvuelve el cliente y su 
escenario futuro. 
 Su conceptuación dentro del sector. 
 Su capacidad técnica y profesional y su solvencia moral. 
 La naturaleza y calidad de los bienes o servicios que 
comercializa y su estructura comercial y de gestión. 
 La evolución de sus ventas o prestaciones y sus tendencias. 
 La solvencia y la capacidad de pago de los deudores del cliente, 
a fin de evaluarlos y fijar límites de riesgo. 
Considerando que uno de los matices tipificantes del factoring 
financiero está dado por la asunción de los riesgos de incobrabilidad 
de todos y cada uno de los deudores cedidos, procede señalar que el 
factor cubrirá los riesgos de las ventas o prestaciones de su cliente, 
por lo cual el derecho a seleccionar los créditos que acepta que le 
sean cedidos es incuestionable al igual que el derecho a verificar que
las ventas o prestaciones en cuestión se hayan efectuado realmente a 
compradores o usuarios también aprobados o recomendados por el 
factor. Si bien es cierto que el cliente que recurre al factoring financiero 
logra minimizar el grado de imprevisión en los costos que se derivan 
de la incertidumbre o inseguridad de cobro de las de su cartera de 
deudas, ello no significa trasladar esa inseguridad al factor que 
financia, pues operada la transferencia de los créditos inobservados, el 
riesgo de insolvencia que se asume se diversifica notablemente para 
el factor, lo que posibilita que el recupero de la inversión sea más 
segura y preferible al que pueda derivar de un solo deudor. 
La causa de la contratación. 
Si se tiene presente la teoría objetiva de la causa de los contratos, es 
decir, la “finalidad jurídico-económica” perseguida por el acuerdo 
de voluntades, resulta innegable que en el factoring financiero, esa 
finalidad motivante y prevaleciente en la intención de las partes 
contratantes es la de obtener (el cliente) y acordar (la entidad 
financiera) una línea de financiamiento continuada, en función de las 
ventas y/o los servicios que configuran la actividad comercial habitual 
del beneficiario de la asistencia. 
Tanto es así, que la particularidad que ofrece esta técnica de 
financiación es la de sustentarse en la solvencia patrimonial de cada 
uno de los deudores cedidos a la entidad financiera por el cliente 
asistido. Ergo, el financiamiento que se brinda con esta operatoria es 
el elemento esencial que predican las entidades prestadoras para 
captar clientes. Esa financiación es el factor determinante para la 
entidad financiera y el cliente, que conduce a la toma de decisión para
obligarse en esos términos y no en los derivados de otro negocio 
jurídico, por más similitud que presente. Es por ello que la financiación 
se erige así en el vehículo unificante entre las partes contratantes. 
La función económica y las finalidades específicas perseguidas 
mediante este negocio, sumadas las connotaciones indicadas, 
constituyen y hacen a la “causa” del factoring financiero. 
Tipos de factoraje 
 Factoraje sin garantía o sin recurso. El factoraje sin recurso 
implica la compraventa de facturas por el 100% del valor de las 
mismas menos un porcentaje o diferencia de precio, sin requerir 
la firma de avales o garantías de ningún tipo. La empresa de 
factoring asume totalmente el riesgo de incobrabilidad del 
deudor. 
 Factoraje con garantía o con recurso. El factoraje con garantía 
o con recurso implica la compraventa de facturas, recibiendo el 
cliente un anticipo financiero por una parte del valor de dichas 
facturas. Las empresas que desarrollan esta modalidad de 
factoraje no asumen el riesgo de incobrabilidad del deudor y, por 
ello, solicitan al cliente la firma de un vale, de un aval o de una 
fianza como garantía del adelanto recibido. El factoraje con 
recurso se asemeja a lo que comúnmente se conoce 
como cesión de crédito en garantía. 
 Factoraje doméstico. El factoraje doméstico es el realizado con 
documentos de crédito representativos de compraventas dentro 
de un país.
 Factoraje de exportación. El factoraje de exportación 
corresponde a la compra de documentos de crédito que 
documentan ventas al exterior. Habitualmente la compañía que 
realiza el factoraje se asegura la cobrabilidad mediante un 
seguro de crédito con una compañía aseguradora o con otra 
compañía de factoraje del país del importador. 
 Factoraje de importación. El factoraje de importación es el 
aseguramiento de créditos que exportadores de un país 
otorgaron a importadores de otro país. Es el complemento del 
factoraje de importación y suele incluir los servicios de gestión 
de cobranza y transferencia de los fondos al país del exportador. 
 Factoraje corporativo. El factoring corporativo es la cesión 
global de las cuentas a cobrar de una empresa. La compañía de 
factoraje suele encargarse de realizar adelantos financieros a los 
proveedores, así como el pago de cuentas a cobrar o salarios. 
 Factoraje de créditos por ventas ya realizadas. El factoraje de 
créditos por ventas ya realizadas es la forma más habitual de 
factoraje. Los créditos adquiridos corresponden a mercadería o 
servicios ya recibidos por el comprador. 
 Factoraje de créditos por ventas futuras. En algunas 
legislaciones se permite ceder créditos a cobrar de ventas a 
realizar. Esta modalidad suele ser habitual cuando existen flujos 
a compradores habituales o créditos a cobrar a tarjetas de 
crédito. 
 Factoraje al vencimiento o maturity factoring. Conocido como 
factoraje de "precio madurez", constituye una operación de 
servicio completo pero sin financiamiento. El factor hará el
análisis de los deudores y determinará el monto del crédito 
aprobado, que se comprometerá a pagar si el deudor no lo hace. 
 Factoraje sin notificación o factoraje secreto. El cliente no 
comunica a sus compradores que ha cedido sus créditos a favor 
del financista o favor. Se emplea principalmente en aquellos 
casos en que los compradores no mirarían con buenos ojos la 
cesión de sus acreencias a favor de una firma extraña a la 
relación habitual con su proveedor. 
 Factoraje por intermedio o agency factoring. Es una variedad 
del factoraje de exportación y se describe como acuerdo en 
virtud del cual otra entidad diferente del factor efectúa las 
cobranzas (usualmente el mismo vendedor). Esta modalidad 
constituye un acuerdo de servicio completo, pero no incluye la 
actividad de las cobranzas y solo algunas veces asume el riesgo 
crediticio y el seguimiento y control del mayor de ventas. 
 Factoraje "no revelado". Es un factoraje en virtud del cual se 
ofrece un monto limitado de crédito (como por ejemplo el 80% 
del total cedido) con la finalidad de incentivar al cliente para que 
cumpla con eficiencia las funciones de administración y control 
del crédito que otorga. 
VENTAJAS 
 Ahorro de tiempo, ahorro de gastos, y precisión de la obtención 
de informes. 
 Permite la máxima movilización de la cartera de deudores y 
garantiza el cobro de todos ellos.
 Simplifica la contabilidad, ya que mediante el contrato de 
factoring el usuario pasa a tener un solo cliente, que paga al 
contado. 
 Saneamiento de la cartera de clientes. 
 Permite recibir anticipos de los créditos cedidos. 
 Reduce el endeudamiento de la empresa contratante. No 
endeudamiento: Compra en firme y sin recurso. 
 Se puede comprar de contado obteniendo descuentos. 
 Para el personal directivo, ahorro de tiempo empleado en 
supervisar y dirigir la organización de una contabilidad de ventas. 
 Puede ser utilizado como una fuente de financiación y obtención 
de recursos circulantes. 
 Las facturas proporcionan garantía para un préstamo que de otro 
modo la empresa no sería capaz de obtener. 
 Reduce los costos de operación, al ceder las Cuentas por cobrar 
a una empresa que se dedica a la factorización. 
 Proporciona protección en procesos inflacionarios al contar con 
el dinero de manera anticipada, con los que no pierde poder 
adquisitivo. 
 En caso del factoring internacional, se incrementan las 
exportaciones al ofrecer una forma de pago más competitiva. 
 Eliminación del Departamento de Cobros de la empresa, como 
normalmente el factor acepta todos los riesgos de créditos debe 
cubrir los costos de cobranza. 
 Asegura un patrón conocido de flujos de caja. La empresa que 
vende sus Cuentas por Cobrar sabe que recibe el importe de las
cuentas menos la comisión de factorización en una fecha 
determinada, lo que da planeación del flujo de caja de la 
empresa. 
DESVENTAJAS 
 El factor puede no aceptar algunos de los documentos de su 
cliente. 
 No es una forma de financiamiento de largo plazo. 
 El cliente queda sujeto al criterio de la sociedad factor para 
evaluar el riesgo de los distintos compradores. 
 El factor sólo comprará la Cuentas por Cobrar que quiera, por lo 
que la selección dependerá de la calidad de las mismas, es 
decir, de su plazo, importe y posibilidad de recuperación. 
REVISIÓN DE UN CONTRATO ESCRITO DE FACTORING, 
ANÁLISIS RESPECTIVO Y DISCUSIÓN.

Contratos factoring

  • 1.
    CONTRATOS FACTORING ANTECEDENTESY SURGIMIENTO DEL FACTORAJE Respecto del Factoring, la mayoría de los autores coinciden en ubicar a sus antecedentes en el siglo XVIII, con la actividad desarrollada por los selling agents de las empresas textiles inglesas en las colonias americanas. Estos agentes -factors- pronto se constituyeron no solamente en vendedores de la mercadería exportada a las colonias, sino en virtuales financistas cuya efectividad era, por tanto, de interés para el exportador británico. Se trata obviamente, de una semblanza histórica. Como señala Cogorno “.Del desarrollo de la actividad mercantil también se amplió la actividad financiera y fue necesario que los viejos factores se unieran en sociedades para poder hacer frente al riesgo y de esta forma nacieron las primeras entidades de Factoring que van logrando un auge sorprendente a partir de los años veinte hasta nuestros días.”. Sus orígenes del factoraje se remontan al siglo XVII. Debido a las dificultades en el cobro de las manufacturas (principalmente textiles) que Inglaterra exportaba a Estados Unidos, las empresas inglesas comenzaron a delegar la tarea de venta y cobro a empresarios norteamericanos. El desplazamiento de un continente a otro encarecía la operación comercial, a lo que se agregaba la falta de información sobre el cliente. Con el tiempo los empresarios norteamericanos comenzaron a asumir el riesgo comercial de las ventas y a realizar adelantos financieros a los exportadores ingleses. Desde esa época hasta el presente el negocio de factoraje en el mundo no ha dejado de crecer. Su tasa de crecimiento es de 8% anual en promedio,
  • 2.
    extendiéndose, a partirde 1960, a prácticamente todo el planeta. En la actualidad, el número de firmas de factoring operando es de casi 2.000, convirtiendo así a esta forma de financiamiento en una de las fuentes de fondos de corto plazo más utilizadas por las pequeñas y medianas empresas. Cerca de 500.000 empresas se financian hoy mediante la venta anual de más de 500 millones de facturas por casi 2.000 millones de dólares estadounidenses.2Si bien Estados Unidos fue pionero en este negocio, la mayor parte del factoraje se realiza actualmente en Europa. Aunque la mayoría de los negocios de factoraje está concentrada en el factoraje doméstico, es decir, dentro del país, cada día va tomando más importancia el factoraje internacional o de exportación. El factoraje internacional es utilizado por exportadores o importadores que venden o compran en cuenta abierta o mediante documentos de pago en condiciones pactadas. El factoring tal como se le conoce actualmente , nace de la práctica comercial estadounidense y ha adquirido gran aplicación también en Europa occidental, aunque ha ido tomando diferentes matices según el país donde se desarrolle, así en los Estados Unidos de América la mayoría de la empresas de factoring se dedican con exclusividad a este y tiene por objeto asumir los riesgos derivados de los créditos por ventas de mercancías, en tanto que en Alemania el objeto principal de esta figura consiste en la asistencia técnica , contable administrativa que brinda los bancos , que son quienes celebran estos contratos, sin que necesariamente el factoring sea la actividad exclusiva.1 1. GHERSI, Contratos civiles y comerciales, t.2, p.193
  • 3.
    POR SU EVOLUCIÓNHISTÓRICA Atendiendo a ese criterio, existen tres tipos de Factoring: “colonial Factoring”, “Factoring old line” y “Factoring new line” o “Factoring new style”. a. El “Colonial Factoring “Actualmente en desuso; a través del Colonial Factoring el Factor actuaba como distribuidor o “selling agent” del Facturado. Cabe destacar que dicha modalidad es el antecedente más lejano de este contrato (siglo XVIII); las empresas inglesas necesitadas de conquistar nuevos mercados que le ofrecían las colonias de la corona, adelantaron en los principales puertos de embarco personal que se denominó Factor, quienes se encargaban de la colocación de sus productos lucrando con el crédito concedido a los consumidores, habiendo girado el precio total a favor de dichas empresas. b. El “Factoring Old Line” Dicha modalidad viene siendo empleada en la actualidad, y consiste en un contrato con las características que hoy conocemos, con el conjunto de servicios brindados por el Factor, quien además desempeña un rol financiero. El “Factoring New Line” Constituye la última etapa evolutiva del Factoring, y se caracteriza por una mayor amplitud en las actividades del Factor, sobre todo en las de índole financiera, por lo que normalmente queda incurso en la actividad bancaria. En este caso el Factoring presenta cuatro funciones como son: la gestión de créditos, garantía en la operación, financiación y
  • 4.
    asesora, prestando mayorespecialización en lo que atañe a la financiación de la operación. Por esta razón la empresa de Factoring es una entidad financiera. Nuestro ordenamiento permite esta clase de Factoring al regularlo en el reglamento de dicho contrato. LOS CONTRATOS MODERNOS Y EL FACTORING. En las últimas cuatro décadas una serie de Contratos han ido paulatinamente invadiendo nuestro medio, contratos, varios de ellos, seguramente conocidos desde hace mucho en Europa y los Estados Unidos de América en donde se desarrollaron tras recibir la influencia del derecho anglosajón, pero en un principio muy poco o nada conocidos en esta parte de nuestro continente y por ello muchos de cuales innominados y atípicos en nuestra legislación. Requeridos ante diferentes y cada vez más formas de desarrollar actividades económicas, particularmente de carácter mercantil, que propiciaron nuevas relaciones y necesidades humanas que satisfacer e impulsados por una cada vez más presente e imponente globalización, estos Contratos han pasado a tener una vigencia e importancia innegables. Modernos, entonces, son denominados estos Contratos no precisamente por ser de reciente aparición, pues muchos de ellos son conocidos desde hace varias décadas y hasta siglos, sino porque ha sido en estos tiempos que su uso se ha hecho cada vez más frecuente, habiendo cruzado fronteras, expandiéndose así en otros territorios, diversificándose y evolucionando.
  • 5.
    Eduardo Chuliá Vicénty Teresa Beltrán Alandete indican que el auge de los Contratos modernos deviene de los años sesenta y entre sus causas destacan las siguientes: a) La influencia del derecho anglosajón, con nuevas formas de contratación que por su sentido pragmático y eficaz se introducen en Europa: Leasing, Franquicia, Factoring, etc.; b) los avances tecnológicos que imponen nuevos usos; c) el fenómeno del comercio exterior y de los intercambios entre naciones, viéndonos obligados a aceptar fórmulas desconocidas por nosotros; d) la paulatina disminución del comerciante individual y su sustitución por la empresa y las sociedades mercantiles, con las exigencias que ello reporta: programación a larga distancia, contratos para intercambio o compra de tecnología, utilización de patentes, entre otros; e) y por último la obsolencia de los Códigos Civil y de Comercio (españoles) –con más de cien años de existencia– que en forma alguna pudieron prever la revolución industrial y tecnológica ocurrida en el mundo a partir de la Segunda Guerra Mundial. Dentro de los denominados Contratos Modernos está el Contrato de Factoring. El Factoring es, sin duda, uno de los más conocidos y representativos Contratos de esa gran gama de los llamados Contratos Modernos. Tal
  • 6.
    como detenidamente veremosmás adelante, el Factoring incorpora múltiples aspectos (prestaciones) tales como el cesionario, el financiero, el de garantía, el de asesoramiento, etc., que impiden calificarlo como una modalidad o tipo de algún otro Contrato y que más bien obligan a considerarlo u otorgarle la calidad de Contrato "sui generis" y complejo. En tal sentido es que comenta el maestro Ulises Montoya Manfredi escribiendo lo siguiente: "Este esquema troncal del factoring puede ser enriquecido por una pluralidad de servicios complementarios o anexos que el mismo factor presta al cliente facturado, tales como el estudio de mercado, investigación y selección de clientes, obtención de información comercial y central de riesgo, informaciones y estadísticas del comportamiento del mercado, índices de rentabilidad de productos, almacenamiento de productos, manejo de registros contables, emisión de facturas y títulos de crédito, asesoría y selección de agentes de ventas, asesoría en la política de ventas, cobranza de documentos no incluidos en el contrato, pues el cliente facturado no está impedido de seguir vendiendo a sus clientes no calificados por el factor, etc. _______________________________________________________ http://www.monografias.com/trabajos31/factoring/factoring
  • 7.
    TERMINOLOGÍA La expresión“factoring” está tomada de factor ( no de factura”) si bien como se expresa gráficamente-una parte (la entidad financiera) compra las facturas de su cliente a medida que son emitidas por este. La palabra Inglesa Factoring se suele traducir a nuestro idioma como factoraje”, aunque con no mucha exactitud según el diccionario de la real academia española, Factoraje significa empleo y encargo de factor ósea el auxiliar del comerciante autorizado para traficar en nombre y por cuenta del ponente, para auxiliarle en los negocios. En alguna medida este concepto se adapta al contrato de factoring, pero-como ya hemos visto reducida a una gestión muy específica. 2 CONCEPTO El origen de la expresión “Factoring proviene de los fenicios y posteriormente de la colonización inglesa. Factus equivale a el que hace algo. Factor en inglés equivale a apoderado, pero Factoring equivale a financista que tuvo -como dijimos anteriormente el selling agent en los Estados Unidos de América. En cuanto se refiere a la definición propiamente dicha, si bien la doctrina no se ha puesto de acuerdo en forma unánime sobre la naturaleza jurídica de esta modalidad contractual, se observa que es un contrato que generalmente utilizan los Bancos y empresas del sistema financiero en calidad de factores con la finalidad no sólo de cobrar una deuda por otro, sino de garantizar la operación e incluso financiarla a través del pago antes del vencimiento de los títulos así adquiridos por el factor, en consecuencia puede ser calificado como un contrato financiero.
  • 8.
    DEFINICION DOCTRINAL CIENTIFICA: Un contrato atípico mixto y complejo, llamado a cubrir diversas finalidades económicas y jurídicas del empresario por una sociedad especializada, que se integran por diversas funciones, aun cuando alguna de ellas no venga especialmente pactada, y que se residencian: en la función de gestión, por la cual la entidad de factoring se encarga de todas las actividades empresariales que conlleva la función de gestionar el cobro de los créditos cedidos por el empresario, liberando a este de la carga de medios materiales y humanos que deberían arbitrar en orden a obtener el abono de los mismos; la función de garantía, en este supuesto la entidad de factoring asume, además el riesgo de insolvencia del deudor cedido, adoptando una finalidad de carácter aseguratorio ; y la función de financiación , que suele ser más frecuente, en ella la sociedad de factoring anticipa al empresario el importe de créditos trasmitidos, permitiendo la obtención de una liquidez inmediata que se configura como un anticipo de parte del nominal de cada crédito cedido, a aparte de la recepción por las sociedad de factoring de un interés de la suya. ________________________________________________________ 2.Sentencia de la audiencia provincial de Madrid de 10 de julio de 1966.
  • 9.
    NATURALEZA JURÍDICA Ladoctrina dominante reconoce al Factoring como un contrato financiero propio y con autonomía funcional. En este sentido para el jurista Carlos Gilberto Villegas, el Factoring es un contrato autónomo, distinto, que debe ser distinguido de otros contratos tradicionales; no constituye una simple cesión de créditos, puesto que a la cesión de documentos van aparejados otros servicios que el factor se compromete a prestar al cliente. Se distingue del descuento, en razón a que el Factoring genera una asunción del riesgo de la cobranza por parte del factor, ya que ha tenido la oportunidad de evaluar y seleccionar los créditos, de letras en las que de producirse una falta de pago, se le debita su importe en la cuenta corriente del descontante del documento. Por su parte, Max Arias Schreiber señala que el contrato de facturación es un contrato financiero y de colaboración complejo, pues en él concurren tanto un arrendamiento de servicios como una comisión de cobro, una asunción de créditos y una asunción pro-nuptio. A su turno, los autores Bianchi y Sussfeld, consideran que el contrato de facturación es un acuerdo preliminar, por el cual el cliente se obliga a ofertar al factor los créditos que surjan de su actividad empresarial. Si la oferta es aceptada por la empresa de facturación, se concluye en cada caso, un negocio de cesión de tales créditos. Según los autores mencionados, existen dos momentos, el contrato de facturación como obligación de ofertar, y la posterior cesión de cada crédito. En opinión de Sídney Alex Bravo Melgar, el Factoring es un contrato sui generis, con caracteres estructurales y funcionales propios, que son diferentes a los otros tipos de contratos.
  • 10.
    En tal sentido,el Factoring es un contrato financiero, puesto que a través de este contrato el cliente puede obtener recursos líquidos inmediatos y es un contrato de servicios, ya que del Factoring se derivan actividades complementarias a la financiación, que pueden ser necesarias para racionalizar a la empresa o modernizarla merced a la realidad actual. En síntesis, podemos destacar los siguientes elementos tipificantes: a) La adquisición por el Factor, de créditos por cobrar que lo convierte en consecuencia en un sistema o técnica de financiamiento. b) La asunción de los riesgos de insolvencia de todos y cada uno de los deudores de los créditos cedidos, previa selección por parte del factor. La prestación por parte del factor, de servicios complementarios de carácter administrativo, contable y comercial. 3. Bescos, factoring y franchising, pag.18
  • 11.
    EL FACTORING ENNUESTRO PAÍS: En nuestro país es un contrato atípico, pues carece d regulación legislativa. Si bien aparece como una derivación de la cesión de crédito, también es cierto que sus finalidades exceden a las de dicho contrato otorgándole características propias su atipicidad legislativa radica en la falta de regulación del factoring como figura autónoma en nuestra legislación, pues es un contrato que persigue una finalidad económica concreta (causa) que no puede ser lograda por medio de algún otro contrato previsto en nuestro derecho positivo. Cabe destacar que el factoring carece de aplicación y es destacable su desconocimiento en nuestra técnica y practica financiera. La falta de regulación legal de este contrato en nuestro país determina que el factor, al adquirir los créditos, no cuenta con un título ejecutivo que le permita accionar judicialmente con agilidad, si no que se ve obligado a abstenerse de suficientes elementos probatorios para acreditar en juicio su derecho. GHERSI señala certeramente que el contrato de factoring no es idéntico en todos los países donde se lo practica, por lo que no es posible dar un concepto uniforme de él, aunque este contrato tiene amplia difusión en países industrializados tales como Estados Unidos, Japón y los países de Europa occidental, presenta distintas modalidades operativas y hasta 1960 su desarrollo era típicamente estadounidense.
  • 12.
    CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATODE FACTORING a) Es un contrato bilateral, ya que se celebra entre dos partes: El cliente y el factor; el deudor cedido no participa en el acuerdo de voluntades, aunque es ampliamente aceptado en doctrina (y en nuestro caso en el reglamento de Factoring), el hecho de notificar al deudor acerca del acuerdo, con la finalidad de que el pago se efectúe de manera correcta. b) Es un contrato consensual, ya que se celebra con acuerdo de las partes. c) Es un contrato atípico, porque no tiene regulación en nuestro ordenamiento jurídico. d) Es un contrato nominado, ya que recibe la denominación de Factoring, reconocido a nivel mundial. e) Es un contrato conmutativo, porque las partes al contratar saben los resultados que se obtendrán de esa operación. f) Es un contrato de contenido flexible, ya que se puede estipular la prestación del servicio de gestión o cobro, asumiendo los riesgos de la cobranza, o puede prestarse el servicio de cobro y financiación sin asumir el riesgo de la operación. g) Es un contrato oneroso porque el factor realiza una prestación a cambio de una retribución, cuyo monto puede variar de acuerdo al pacto de las partes y a la clase de servicio prestado.
  • 13.
    PARTES INTERVINIENTES Delconcepto dado anteriormente, se desprende la existencia de las siguientes partes: a) El Factor: Que puede ser un Banco, una empresa financiera o una sociedad especializada. Es evidente que se constituye en la entidad que cuenta con recursos financieros, con infraestructura técnica y contable, lo que le permite manejar la cobranza desde la investigación de la solvencia de los clientes hasta su cobranza judicial. b) El Cliente: Que puede ser una persona natural o jurídica (industriales, fabricantes o comerciantes). En atención a su volumen de cartera presenta la cartera de sus créditos al Factor. Cabe precisar que, los deudores, si bien no forman parte en el contrato enmarca un papel fundamental en el desarrollo del contrato, pues su existencia determina la celebración del mismo, ya que de su capacidad económica y solvencia evaluada y aceptada por el Banco y de la satisfacción de sus obligaciones dependerá la continuidad del contrato. OBJETO DEL CONTRATO DE FACTORING Se ha legislado sobre el objeto del contrato, estableciendo una distinción entre éste, el contenido de la obligación, y el objeto de las prestaciones de dar, hacer o no hacer. En este orden de ideas, el objeto del contrato está considerado como el propósito que las partes intervinientes tienen de crear, regular, modificar o extinguir obligaciones.
  • 14.
    a) Desde elpunto de vista del cliente, el objeto consiste en la intención de obtener los servicios administrativos y de gestión que el factor puede brindarle, además de la financiación que puede suponerle la cesión de su cartera de clientes. b) Desde el punto de vista de la entidad de facturación, el objeto consiste en el propósito de obtener una comisión por los servicios que presta, además de un interés en caso de brindar financiación al cliente. MODALIDADES DEL CONTRATO FACTORING Diferentes modalidades de factoring pueden ordenarse en cuatro grandes grupos, a saber:
  • 15.
    SEGÚN SU CONTENIDO. Bajo esta perspectiva, a mi criterio la de mayor relevancia ontológica, el contrato de factoring puede o no comprender el otorgamiento de financiación a favor del cliente. En el primer caso, o sea, factoring con financiación (credit-cash factoring), prevalece en la estructura del contrato el componente financiero, lo que le permite al cliente obtener del factor el pago inmediato de los créditos oportunamente transferidos, cualquiera sea la fecha de los respectivos vencimiento de pago. Aparece así la relevancia del mecanismo propicio para la liquidez empresaria. Como contrapartida por la movilización inmediata de tales créditos, el factor tendrá derecho a la percepción de intereses, los que se pactarán en función del plazo que faltare correr para operar el vencimiento de las deudas transmitidas. De este modo, el cliente coloca su producción o prestación al contado, a raíz de los pagos (o anticipos) que le realiza el factor y los deudores cedidos pagan al factor en los plazos originariamente estipulados. Queda así configurado el circuito de flujo de fondos, que va nutriéndose continuamente. El factoring con financiación coadyuva a fortalecer la liquidez de las empresas beneficiadas con la asistencia financiera. Los plazos de financiación que se utilicen mediante esta modalidad, dependerán de las circunstancias coyunturales del mercado financiero y de las condiciones de comercialización existentes en el sector de la actividad desplegada por el cliente.
  • 16.
    En el segundocaso, o sea, factoring sin financiación (maturity factoring), el interés de la operación se centraliza en la asistencia administrativa, contable y técnica que se presta como objetivo principal del contrato, por lo que el pago de los créditos comprometidos en la operación se realiza conforme sea el vencimiento normal de los mismos. Mediante esta modalidad operativa, las empresas clientes persiguen racionalizar y optimizar su estructura interna delegando en el factor el manejo contable y administrativo del área de ventas y el cobro de los créditos generados por la actividad, al respectivo vencimiento. La financiación está ausente dado que la empresa cliente percibe el producido de sus ventas o prestaciones, solo en la medida que sus deudores cancelen sus deudas en los vencimientos pactados. El factor actúa como mandatario del cliente ante los deudores, sin asumir riesgo crediticio alguno ni quedar afectado por la falta de pago de los créditos en cuestión. Puede deducirse, entonces, que la calificación del factoring por su contenido es la que –necesariamente- conduce a desdoblar la operatoria en dos negocios distintos e independientes y regulados de modo diferente: · El factoring financiero y · El factoring comercial.
  • 17.
    SEGÚN SUS RIESGOS. Esta variante se circunscribe al hecho de que el factor puede o no asumir a su cargo, los riesgos de incobrabilidad, demora o falta de pago de los créditos transferidos a su favor. Si se asume el riesgo de incobrabilidad, variante denominada “sin recurso” (without recourse”), ante la falta de pago de alguno de los créditos cedidos, el factor nada puede reclamar al cliente. Por el contrario, si no se asume dicho riesgo, variante llamada “con recurso” (“whit recourse”), el factor queda habilitado para reclamar al cliente el pago del crédito incumplido. En el factoring sin recurso (denominado propio), el negocio es equiparable a una compraventa de créditos, en el que económicamente se está en presencia de un contrato con pago al contado, mediante el cual se permuta créditos a cobrar por recursos líquidos. En el factoring con recurso (denominado impropio), el negocio es asimilable a una operación de crédito, en donde la cesión responde a una finalidad de garantía y por vía del cual, se tiene acceso a una línea de asistencia crediticia tradicional. De ambas alternativas, la de mayor relevancia es la que comprende la asunción de los riesgos de incobrabilidad por parte del factor, atento que en los supuestos de falta de pago de alguna de las deudas tomadas, el factor no tiene acción de reclamo contra el cliente. O sea, que incobrabilidad sería equivalente a impago. Esa seguridad de pago analizada y calificada previamente para acceder al financiamiento mediante la adquisición definitiva de dicho crédito, es ponderada solamente por el prestador financiero y bajo su sola responsabilidad. Procede señalar que también se identifica el riesgo de incobrabilidad como riesgo de insolvencia. Pero cabe aclarar que el término
  • 18.
    insolvencia debe interpretarseen sentido amplio como equivalente a falta de pago y no en sentido estricto asimilable a estado de importancia patrimonial. Ergo, cabe advertir que cuando más restrictivo sea el concepto de insolvencia, es mayor la posibilidad de desnaturalizar el rasgo tipificante de este esquema de financiación, pues en la práctica funcionaría como “factoring con recurso”. En este sentido, es común observar cláusulas que acotan sobremanera la asunción del riesgo de incobrabilidad / insolvencia, como por ejemplo: “…No se considerará insolvencia las disputas comerciales que puedan surgir entre el Cliente y el Deudor oportunamente cedido, relativas a las mercaderías vendidas o los servicios prestados o los incumplimientos de condiciones contractuales pactadas entre ellos”. En síntesis, el denominado riesgo de incobrabilidad que se asume no puede ser otra cosa que el riesgo de impago de la deuda, a su respectivo vencimiento, es decir la simple mora ya habilita al factor a reclamar el cobro del crédito adquirido al deudor cedido. SEGÚN SU EXTERIORIZACIÓN. Esta modalidad está dada por el hecho de que se notifique o no a los deudores cedidos la transmisión de los créditos a favor del factor y que el pago que hagan solo será válido y con plenos efectos liberatorios si es realizado al factor. La notificación resulta inexcusable para la validez y oponibilidad de los créditos cedidos, ante los terceros, por imposición de normas legales
  • 19.
    expresas, tal esel caso de nuestro país, a tenor de lo prescrito por los artículos 1459, 1460 y 1467 del Código Civil para la cesión de créditos no instrumentados en títulos o documentos negociables (“notification factoring or direct collection”). También puede ser facultativa, en la medida que el ordenamiento legal aplicable no requiera esa notificación a los deudores cedidos, como es el caso de créditos instrumentados en títulos de crédito o títulos valores negociables, o bien, cuando las propias partes acuerdan su omisión para mantener en zona de reserva la negociación, por razones de imagen o prestigio corporativo (“non-notification factoring or indirect collection”). En el primer supuesto, el derecho aplicable al negocio torna necesario cursar a los deudores cedidos notificación fehaciente de la cesión efectuada a favor del factor, para que sea oponible a aquellos. Cumplida la notificación a los deudores cedidos, la operación se torna oponible y produce la embargabilidad de cada crédito transferido a favor del factor (cesionario) y determina ante quién debe cancelarse válidamente el crédito. Más aún, es factible la cesión global de los créditos adquiridos, “sin necesidad de cursar la notificación de cada crédito individualmente por acto público para hacerlo oponible ante terceros, bastando la notificación global. Esta cesión global, no es un contrato preparatorio, que obliga a una posterior transmisión, sino que por sí mismo ya perfecciona el contrato, aunque los efectos traslativos de la propiedad del crédito quedan supeditados a la existencia del crédito y al cumplimiento de la condición suspensiva impuesta por las partes: el ejercicio de la facultad de aceptación por parte del factor “En el segundo supuesto, el cliente mantiene en reserva su relación con el
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    factor, la quees ignorada por sus deudores. El pago de los créditos afectados se efectúa ante el portador del título de crédito o título valor, bien, ante el propio cliente acreedor, quien se ha obligado, a su vez, a rendir cuentas y remitir al factor los importes percibidos. En la primer sub-variante, hay vinculación cambiaria entre el factor y el deudor del cambial; por el contrario, en la segunda sub-variante, no hay vinculación operativa entre el factor y los deudores cedidos. SEGÚN SU ÁREA GEOGRÁFICA Esta clasificación depende de la jurisdicción correspondiente al domicilio legal o sede administrativa o asiento principal de los negocios de las partes intervinientes en el contrato de factoring: Es local o interno (“domestic factoring”) si el cliente y sus respectivos deudores tienen su domicilio o sede social en el mismo país que el factor. Es internacional (“internacional factoring”) si el cliente o sus deudores tienen su domicilio en un país distinto al del factor. A su vez, el factoring internacional puede ser: a) De exportación, si el factor y su cliente residen en un mismo país y los deudores de este último en otro; el vendedor / prestador obtiene el financiamiento de una institución de su propio país.
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    b) De importación,si el cliente reside en un país y sus deudores como el factor en otro; el vendedor / prestador obtiene el financiamiento de una institución del exterior.
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    También conviene hacerreferencia al “ forfaiting”, que consiste en un mecanismo de financiación que fue desarrollado a partir de la década de los 60, para manejar operaciones de exportación de gran escala y a largos plazo de bienes de capital, en el tráfico comercial denominado entre empresas occidentales y empresas de la Europa oriental, integradas a un sistema de economía planificada. Hoy en día su utilización se ha expandido universalmente. En lo sustancial el forfaiting tiene similitudes con el factoring, ya que ambos son mecanismos de financiación sin recurso. Más aún, soy de opinión que la esencia de ambos mecanismos de financiación es la misma, diferenciándose solo en matices y formalidades operativas. Entre las principales diferencias que se reconocen doctrinariamente, se pueden observar las siguientes: El factoring es de corto plazo y, en ocasiones, financia a mediano plazo; por el contrario, el forfaiting opera en el mediano y largo plazo. En el factoring generalmente se usan facturas condicionadas o referidas a un contrato comercial que resultan negociadas; por el
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    contrario, en elforfaiting generalmente se negocian letras de cambio (bills of exchange) o pagarés (promisory notes). En definitiva, las diferencias radican en cuestiones operativas que fueron consolidándose por los usos y costumbre, pero ambos configuran mecanismos de financiación, sin acción de recurso Ordenamiento operativo. Vistos los diversos procedimientos de implementación del factoring en la práctica internacional, pueden darse una serie de combinaciones entre ellos, que permiten delimitar el campo de acción del factoring financiero del factoring comercial: a) Cuadro comparativo de las modalidades de factoring, El correcto encuadramiento de cada negocio, en función de las combinaciones de servicios que puedan haberse pactado, resulta vital, pues de ello dependerá la regulación legal aplicable; en este sentido, la existencia de financiación como elemento causal del negocio, conlleva que el encuadramiento legal y reglamentario de la operación responda a la normativa reguladora de la actividad institucional de las entidades financieras y de las operaciones de financiación que están
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    autorizadas a realizarmediante la canalización de los recursos financieros captados del público. b) Prestadores del factoring financiero. Contestes con lo anterior y sin la menor duda acerca de que el factoring financiero es la modalidad operativa verdaderamente relevante, las instituciones que pueden realizar la prestación financiera son: Relevancia del sustrato financiero Vista la diferenciación existente entre el factoring comercial y el factoring financiero, puede describirse a este último como aquel negocio por el cual una empresa conviene que una institución financiera le adquiera los créditos provenientes de la explotación
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    normal de sugiro operativo hasta una suma determinada y por un tiempo expresamente convenido, asumiendo los riesgos de su cobro y reservándose el derecho de seleccionar los créditos por adquirir. Complementariamente, la entidad financiera puede ofrecerse a prestarle asistencia administrativa y técnica, en la medida que sea necesaria o conveniente para un mejor desarrollo del contrato y de la relación negocial establecida. El factoring financiero conforma un conjunto de servicios prestados por una institución de crédito para atender financiera y administrativamente la cartera de deudas de empresa cliente. Contestes con ello, el factoring financiero persigue dos finalidades perfectamente inidentificables, a saber:  Una preponderante, como vía instrumental para obtener medios líquidos inmediatos y continuados;  Otra complementaria, como procedimientos destinado a aliviar y descongestionar las tareas administrativas de la empresa asistida, coadyuvando a la optimización de su gestión. Fácil resulta deducir que el factoring financiero importa una técnica de financiación que transforma los créditos a cobrar –documentados o no-por la empresa cliente, en dinero efectivo, a través de lo cual el beneficiario de la asistencia incrementa su correspondiente índice de liquidez a la par que disminuye su índice de endeudamiento.
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    En efecto, adiferencia de otras fuentes de financiamiento, la venta de los créditos y la asunción de los riesgos de insolvencia, determina que los recursos percibidos no presupongan deudas que graven el pasivo del cliente beneficiario ni que exijan de su parte la constitución de garantías específicas ni que se vea afectada su capacidad normal de pago. Esta técnica de financiación gira alrededor de la adquisición de las cuentas por cobrar y su pago al contado con el aditamento de la ausencia de responsabilidad en el ulterior cobro a los respectivos vencimientos para la empresa asistida. Mientras que en el crédito tradicional, los bancos y demás entidades financieras deben poner énfasis en la solvencia y capacidad de pago del cliente deudor y prestar especial atención en el proceso de gestión de la empresa endeudada, en el factoring financiero lo que adquiere primordial relevancia es la solvencia de los compradores de sus clientes (deudores cedidos), por lo que la atención se fija en los procesos de producción y comercialización de la empresa solicitante de esta línea de financiamiento y en la cartera de créditos que vaya originando. Bajo esta mecánica, el factoring financiero tal vez no sea tan atrayente para las grandes empresas, las que generalmente, cuentan con capacidad económica y acceso a fuentes de financiamiento; pero para el sector de las pequeñas y medianas empresas, con dificultades para
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    acceder al crédito,resulta de suma utilidad, en función de la generación de créditos resultantes de sus respectivas actividades. En función de lo expuesto, el factor asistente tiene que operar bajo ciertos criterios de selección, como ser:  El sector económico en que se desenvuelve el cliente y su escenario futuro.  Su conceptuación dentro del sector.  Su capacidad técnica y profesional y su solvencia moral.  La naturaleza y calidad de los bienes o servicios que comercializa y su estructura comercial y de gestión.  La evolución de sus ventas o prestaciones y sus tendencias.  La solvencia y la capacidad de pago de los deudores del cliente, a fin de evaluarlos y fijar límites de riesgo. Considerando que uno de los matices tipificantes del factoring financiero está dado por la asunción de los riesgos de incobrabilidad de todos y cada uno de los deudores cedidos, procede señalar que el factor cubrirá los riesgos de las ventas o prestaciones de su cliente, por lo cual el derecho a seleccionar los créditos que acepta que le sean cedidos es incuestionable al igual que el derecho a verificar que
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    las ventas oprestaciones en cuestión se hayan efectuado realmente a compradores o usuarios también aprobados o recomendados por el factor. Si bien es cierto que el cliente que recurre al factoring financiero logra minimizar el grado de imprevisión en los costos que se derivan de la incertidumbre o inseguridad de cobro de las de su cartera de deudas, ello no significa trasladar esa inseguridad al factor que financia, pues operada la transferencia de los créditos inobservados, el riesgo de insolvencia que se asume se diversifica notablemente para el factor, lo que posibilita que el recupero de la inversión sea más segura y preferible al que pueda derivar de un solo deudor. La causa de la contratación. Si se tiene presente la teoría objetiva de la causa de los contratos, es decir, la “finalidad jurídico-económica” perseguida por el acuerdo de voluntades, resulta innegable que en el factoring financiero, esa finalidad motivante y prevaleciente en la intención de las partes contratantes es la de obtener (el cliente) y acordar (la entidad financiera) una línea de financiamiento continuada, en función de las ventas y/o los servicios que configuran la actividad comercial habitual del beneficiario de la asistencia. Tanto es así, que la particularidad que ofrece esta técnica de financiación es la de sustentarse en la solvencia patrimonial de cada uno de los deudores cedidos a la entidad financiera por el cliente asistido. Ergo, el financiamiento que se brinda con esta operatoria es el elemento esencial que predican las entidades prestadoras para captar clientes. Esa financiación es el factor determinante para la entidad financiera y el cliente, que conduce a la toma de decisión para
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    obligarse en esostérminos y no en los derivados de otro negocio jurídico, por más similitud que presente. Es por ello que la financiación se erige así en el vehículo unificante entre las partes contratantes. La función económica y las finalidades específicas perseguidas mediante este negocio, sumadas las connotaciones indicadas, constituyen y hacen a la “causa” del factoring financiero. Tipos de factoraje  Factoraje sin garantía o sin recurso. El factoraje sin recurso implica la compraventa de facturas por el 100% del valor de las mismas menos un porcentaje o diferencia de precio, sin requerir la firma de avales o garantías de ningún tipo. La empresa de factoring asume totalmente el riesgo de incobrabilidad del deudor.  Factoraje con garantía o con recurso. El factoraje con garantía o con recurso implica la compraventa de facturas, recibiendo el cliente un anticipo financiero por una parte del valor de dichas facturas. Las empresas que desarrollan esta modalidad de factoraje no asumen el riesgo de incobrabilidad del deudor y, por ello, solicitan al cliente la firma de un vale, de un aval o de una fianza como garantía del adelanto recibido. El factoraje con recurso se asemeja a lo que comúnmente se conoce como cesión de crédito en garantía.  Factoraje doméstico. El factoraje doméstico es el realizado con documentos de crédito representativos de compraventas dentro de un país.
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     Factoraje deexportación. El factoraje de exportación corresponde a la compra de documentos de crédito que documentan ventas al exterior. Habitualmente la compañía que realiza el factoraje se asegura la cobrabilidad mediante un seguro de crédito con una compañía aseguradora o con otra compañía de factoraje del país del importador.  Factoraje de importación. El factoraje de importación es el aseguramiento de créditos que exportadores de un país otorgaron a importadores de otro país. Es el complemento del factoraje de importación y suele incluir los servicios de gestión de cobranza y transferencia de los fondos al país del exportador.  Factoraje corporativo. El factoring corporativo es la cesión global de las cuentas a cobrar de una empresa. La compañía de factoraje suele encargarse de realizar adelantos financieros a los proveedores, así como el pago de cuentas a cobrar o salarios.  Factoraje de créditos por ventas ya realizadas. El factoraje de créditos por ventas ya realizadas es la forma más habitual de factoraje. Los créditos adquiridos corresponden a mercadería o servicios ya recibidos por el comprador.  Factoraje de créditos por ventas futuras. En algunas legislaciones se permite ceder créditos a cobrar de ventas a realizar. Esta modalidad suele ser habitual cuando existen flujos a compradores habituales o créditos a cobrar a tarjetas de crédito.  Factoraje al vencimiento o maturity factoring. Conocido como factoraje de "precio madurez", constituye una operación de servicio completo pero sin financiamiento. El factor hará el
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    análisis de losdeudores y determinará el monto del crédito aprobado, que se comprometerá a pagar si el deudor no lo hace.  Factoraje sin notificación o factoraje secreto. El cliente no comunica a sus compradores que ha cedido sus créditos a favor del financista o favor. Se emplea principalmente en aquellos casos en que los compradores no mirarían con buenos ojos la cesión de sus acreencias a favor de una firma extraña a la relación habitual con su proveedor.  Factoraje por intermedio o agency factoring. Es una variedad del factoraje de exportación y se describe como acuerdo en virtud del cual otra entidad diferente del factor efectúa las cobranzas (usualmente el mismo vendedor). Esta modalidad constituye un acuerdo de servicio completo, pero no incluye la actividad de las cobranzas y solo algunas veces asume el riesgo crediticio y el seguimiento y control del mayor de ventas.  Factoraje "no revelado". Es un factoraje en virtud del cual se ofrece un monto limitado de crédito (como por ejemplo el 80% del total cedido) con la finalidad de incentivar al cliente para que cumpla con eficiencia las funciones de administración y control del crédito que otorga. VENTAJAS  Ahorro de tiempo, ahorro de gastos, y precisión de la obtención de informes.  Permite la máxima movilización de la cartera de deudores y garantiza el cobro de todos ellos.
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     Simplifica lacontabilidad, ya que mediante el contrato de factoring el usuario pasa a tener un solo cliente, que paga al contado.  Saneamiento de la cartera de clientes.  Permite recibir anticipos de los créditos cedidos.  Reduce el endeudamiento de la empresa contratante. No endeudamiento: Compra en firme y sin recurso.  Se puede comprar de contado obteniendo descuentos.  Para el personal directivo, ahorro de tiempo empleado en supervisar y dirigir la organización de una contabilidad de ventas.  Puede ser utilizado como una fuente de financiación y obtención de recursos circulantes.  Las facturas proporcionan garantía para un préstamo que de otro modo la empresa no sería capaz de obtener.  Reduce los costos de operación, al ceder las Cuentas por cobrar a una empresa que se dedica a la factorización.  Proporciona protección en procesos inflacionarios al contar con el dinero de manera anticipada, con los que no pierde poder adquisitivo.  En caso del factoring internacional, se incrementan las exportaciones al ofrecer una forma de pago más competitiva.  Eliminación del Departamento de Cobros de la empresa, como normalmente el factor acepta todos los riesgos de créditos debe cubrir los costos de cobranza.  Asegura un patrón conocido de flujos de caja. La empresa que vende sus Cuentas por Cobrar sabe que recibe el importe de las
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    cuentas menos lacomisión de factorización en una fecha determinada, lo que da planeación del flujo de caja de la empresa. DESVENTAJAS  El factor puede no aceptar algunos de los documentos de su cliente.  No es una forma de financiamiento de largo plazo.  El cliente queda sujeto al criterio de la sociedad factor para evaluar el riesgo de los distintos compradores.  El factor sólo comprará la Cuentas por Cobrar que quiera, por lo que la selección dependerá de la calidad de las mismas, es decir, de su plazo, importe y posibilidad de recuperación. REVISIÓN DE UN CONTRATO ESCRITO DE FACTORING, ANÁLISIS RESPECTIVO Y DISCUSIÓN.