2. El tema principal es como mejorar la transparencia de la Policía en la
sociedad democrática y conseguir la confianza del público.
Esto da lugar a verse desde un punto de vista interno institucional y
externo la manera y forma de prestar servicios a la sociedad y el
comportamiento ético que observan los policías en el cumplimiento de su
deber.
EL CONTROL INTERNO Y EXTERNO
3. Desde el punto de vista control interno, tiene que evaluar la formación
y capacitación profesional-ética: teórica y práctica que se da al policía
antes de salir a prestar servicio a la comunidad es decir del punto de
vista de los órganos de formación y capacitación.
Así como de las dependencias policiales donde presta servicios el
policía, tanto el jefe como los oficiales deben conocer la forma de actuar
y comportarse del policía para mejorar el concepto de transparencia en
la sociedad referente al desempeño de sus deberes.
4. El control de vista externo, tiene que ver con la forma de prestar el
servicio policial a la población y cómo va el aumento de la transparencia
que acrecentará la confianza pública en la organización policial y en la
población para que esta última facilite una mayor cooperación con la
policía.
La confianza del público está en relación con el mecanismo de control y
no es otra que el aumento de confianza pública en la Policía. Es decir, el
mejoramiento de la confianza del público ante el mejoramiento acerca de
las malas conductas policiales ante las nuevas formas de supervisión y
control
Hay dos tipos de confianza: confianza en los órganos de control de la
policía y confianza en la Policía
El Control Interno y externo en la PNP lo realiza la Inspectoría General
conforme lo dispone la Ley de la PNP en su Art. 14
5. ORGANO DE CONTROL
Artículo 14 Ley de la PNP
INSPECTORÍA GENERAL
La Inspectoría General es el órgano de control de la
Policía Nacional del Perú, de carácter sistémico,
encargado de fiscalizar y evaluar la correcta
aplicación y observancia de las leyes y reglamentos;
la eficacia funcional, la moral y disciplina del
personal; el empleo adecuado de sus recursos, así
como el control de calidad y costo-beneficio de los
servicios que presta la institución.
6. Los códigos deontológicos (también llamados códigos de conducta, de práctica o de ética
profesional) son documentos que recogen un conjunto más o menos amplio de criterios y
normas de comportamiento de carácter moral que formulan y asumen el compromiso de seguir
quienes llevan a cabo una determinada actividad profesional.
Dada la variedad de códigos deontológicos existentes es poco útil dar una definición más
detallada, ya que no existe un modelo único al que deban ajustarse todos ellos y cualquier nota
de más que se introduzca en su definición podrá faltar en un caso u otro.
A diferencia de los códigos de conducta que a veces regulan los aspectos más formales,
concretos y superficiales de un determinado ejercicio laboral (como hábitos de trabajo, trato
hacia el cliente, indumentaria, horarios, etc.), los códigos deontológicos abordan los aspectos
más sustanciales y fundamentales de un ejercicio profesional, es decir, aquellos que conforman
o entrañan su específica dimensión ética. Por ello mismo este tipo de códigos son más
necesarios en aquellas actividades sociales y laborales en las que el profesional dispone de un
mayor margen de decisión personal al realizar su labor y asume una mayor responsabilidad por
la índole de su cometido y los efectos que éste tiene para otras personas: como en el caso de
la información y la comunicación.
EL CODIGO DEONTOLOGICO
LOS CODIGOS DEONTOLOGICOS
7. CODIGO DEONTOLOGICO
Un Código deontológico es un conjunto de normas y deberes dirigidos a un
colectivo de profesionales para guiar el ejercicio de su profesión desde una
perspectiva ética.
Por tanto, en un documento de esta índole no se hace referencia,
necesariamente, a como son de hecho las cosas, sino a cómo deberían ser, a
cuáles son los valores que deben alumbrar nuestra práctica diaria. No se trata
ahora de establecer cuál es la mejor técnica o como funciona tal o cual
material, se trata de definir lo que está bien y lo que está mal, aquél
comportamiento que, independientemente de sus consecuencias, es el más
correcto en nuestra actividad profesional.
8. CODIGO DEONTOLOGICO DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU
En el caso concreto de la PNP, esta tiene la siguiente normativa con respecto
a los principios éticos, valores morales, virtudes y sanciones para los que las
infringen, tanto para el personal en servicio de actividad y para los que están
en las Escuelas de Formación, las cuales las vamos a ver conforme a su
aparición:
El código de Ética Profesional de la Policía Nacional del Perú
El Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley, normado en el art. 10 de La Ley de la Policía Nacional del Perú, así
como en el artículo 12 del Reglamento de la Ley de la PNP.
La Ley del Régimen Disciplinario y el Art. 52 del Reglamento de la Ley de
la PNP (Régimen Disciplinario).
Reglamento de la Ley de la PNP. - Capitulo II – art. 12. Código de
Conducta.
10. EL CÓDIGO PERSONAL DE ÉTICA PROFESIONAL
CÓDIGO PERSONAL DE ÉTICA PROFESIONAL es un conjunto coherente
de principios morales que expresan los valores que una persona acepta y
desea hacer respetar en su vida profesional, ante cualquier problema. Influye
en las decisiones que tome para resolverlos”. “Varía entre las personas”.
El Código de Ética personal tiene por objeto orientar a los profesionales en la
búsqueda de un ideal de conducta humana, que trascienda el cargo o función
que ocupan y que conlleve al beneficio de quienes forman parte de ella, la
sociedad, la institución policial y el Estado Peruano
Este código al ser formulado contendrá principios éticos que orienten al
profesional
11. LA PROFESION EN EL ENFOQUE ETICO
La profesión (lo mismo que el oficio) es un medio de vida es actividad lucrativa, es decir con
ella se obtiene lucro ganancias de dinero, el cual se utiliza como medio para conseguir todas
aquellas cosas que ayudan a conservar y a perfeccionar la existencia.
Además, es un servicio para la comunidad, un servicio que revierte al propio sujeto que sirve,
al profesional, servir a los demás es un objetivo ético de la actividad de la persona, por ende,
también es de cualquier profesión.
Cuanto más culto sea el profesional y cuanto más sepa respeto a todo lo que de algún modo
concierne a su profesión, cuanto mayor sea su aptitud para la clase de trabajo que ha elegido,
cuanto más clara e imperiosa sea su vocación, mejor servirá a sus semejantes, mejor se
realizará.
Si se orienta en primer término por su vocación y sus aptitudes y ambas coinciden, solo
entonces podrá pensar si la profesión que elija lo sostendrá económicamente a él y a su
familia.
El Código personal de Ética Profesional para el PNP viene a ser EL DECALOGO DEL
POLICIA NACIONAL, el cual comprende valores morales, principios y mística
institucional.
12. CODIGO DE CONDUCTA PERSONAL.
“Fundamentos morales que expresan los valores que un policía
acepta y desea respetar en su vida profesional, ante cualquier
problema”.
“Influye en las decisiones que tome para resolverlos”.
“Varía entre las personas”.
13. ÉTICA Y PROFESIÓN.
El profesional al ejercer su profesión además de contar con los conocimientos
necesarios de su campo, debe contar con valores morales que tendrán como
finalidad fundamental buscar y tratar de garantizar en bien común.
La capacidad moral es trascendental en el profesional, esto es su aptitud para
abarcar y traspasar su esfera profesional y en un horizonte mucho mayor, que
hace valer como persona fuera y dentro de su trabajo.
Se entiende como ética profesional al estudio de los valores inherentes al
ejercicio de una profesión y que emanan de las relaciones que se establecen
entre el profesional y la sociedad.
El profesional debe tener una fundamentación técnica de sus actos, debe
reconocer aquellos que en si mismo son reprobables, que atentan contra la
dignidad humana y que no existe justificante alguna para su realización, que
lo alejan de la búsqueda del bien común.
14. DEFINICIÓN DE PERFIL
PROFESIONAL
Definir el perfil profesional implica detallar las
características o rasgos que implican al egresado
de una institución, a través de descripciones
precisas y claras de las cualidades, funciones y
niveles de desarrollo que debe alcanzar dentro de
los aspectos que configuran una profesión.
Asimismo, es el ideal del ser humano competente
en valores, habilidades, conocimientos y
funciones, producto deseado al terminar un
proceso educativo en la EESTP PNP.
15. LA PROFESIÓN EN EL ENFOQUE EÉCO
La profesión (lo mismo que el oficio) es un medio de vida es actividad
lucrativa, es decir con ella se obtiene lucro ganancias de dinero, el cual se
utiliza como medio para conseguir todas aquellas cosas que ayudan a
conservar y a perfeccionar la existencia.
Además, es un servicio para la comunidad, un servicio que revierte al propio
sujeto que sirve, al profesional, servir a los demás es un objetivo ético de la
actividad de la persona, por ende también es de cualquier profesión.
Cuanto más culto sea el profesional y cuanto más sepa respeto a todo lo que
de algún modo concierne a su profesión, cuanto mayor sea su aptitud para la
clase de trabajo que ha elegido, cuanto más clara e imperiosa sea su
vocación, mejor servirá a sus semejantes, mejor se realizará.
Si se orienta en primer término por su vocación y sus aptitudes y ambas
coinciden, solo entonces podrá pensar si la profesión que elija lo sostendrá
económicamente a él y a su familia.