Este documento presenta un cuadro comparativo de las diferencias entre enmienda, reforma y asamblea nacional constituyente. Explica que la enmienda implica modificaciones parciales sin alterar la estructura constitucional, mientras que la reforma puede incluir cambios más amplios. La asamblea nacional constituyente tiene el poder de reescribir la constitución y reemplazar otros órganos del estado. Describe los procedimientos y requisitos para aprobar cada uno de acuerdo a la constitución venezolana.
Es una web quest para alumnos de tercer año, el tema del que trata es de Poder Judicial, aquí se podrá observar la composición de éste y en base a eso trabajar con actividades planteadas.
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de GuatemalaRocky Cifuentes
Análisis del Organismo Legislativo de Guatemala, estructura, órganos que la componen, funciones. Y un esquema de la función legislativa o Proceso de Creación de la Ley.
Toda Constitución, como manifestación de voluntad del pueblo expresada como poder constituyente originario, prevalece y debe prevalecer sobre la voluntad de todos los órganos constituidos del Estado, incluyendo el órgano judicial que ejerce la Jurisdicción Constitucional, por lo que su modificación o reforma sólo puede llevarse a cabo conforme se dispone en su propio texto, como expresión-imposición de la voluntad popular producto de ese poder constituyente originario.
para que sepan acerca de la reforma, enmienda y asamblea constituyente sobre los procedimientos de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Es una web quest para alumnos de tercer año, el tema del que trata es de Poder Judicial, aquí se podrá observar la composición de éste y en base a eso trabajar con actividades planteadas.
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de GuatemalaRocky Cifuentes
Análisis del Organismo Legislativo de Guatemala, estructura, órganos que la componen, funciones. Y un esquema de la función legislativa o Proceso de Creación de la Ley.
Toda Constitución, como manifestación de voluntad del pueblo expresada como poder constituyente originario, prevalece y debe prevalecer sobre la voluntad de todos los órganos constituidos del Estado, incluyendo el órgano judicial que ejerce la Jurisdicción Constitucional, por lo que su modificación o reforma sólo puede llevarse a cabo conforme se dispone en su propio texto, como expresión-imposición de la voluntad popular producto de ese poder constituyente originario.
para que sepan acerca de la reforma, enmienda y asamblea constituyente sobre los procedimientos de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Existe una tercera figura legal para modificar la Constitución, la Asamblea Nacional Constituyente. Entre los artículos 347 y 350 de la Constitución se establecen las pautas para convocar una Constituyente con el objeto de "transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución".
La iniciativa para una Constituyente podrá ser tomada por el Presidente de la República; la Asamblea Nacional (dos terceras partes); los Concejos Municipales (dos terceras partes); o el quince por ciento de los electores inscritos en el Registro Civil y Electoral. Luego deberá ser sometida a Referendo
Documento sobre las diferentes fuentes que han servido para transmitir la cultura griega, y que supone la primera parte del tema 4 de "Descubriendo nuestras raíces clásicas", optativa de bachillerato en la Comunitat Valenciana.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ
Cuadro comparativo.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO – ESTADO LARA
Cuadro comparativo
Integrante:
Lisandro al chebli
Barquisimeto 19 de enero de 2018
2. D I F E R E N C I A S
ENMIENDA REFORMA ASAMBLEA
NACIONAL
CONSTITUYENTE
CONCEPTO
El sinónimo de enmienda
es rectificación, corrección
o revisión, por ende, este
precepto hace alusión, a la
adición o modificación de
uno o varios artículos, sin
que tenga como
consecuencia la
modificación de su
estructura fundamental.
todo ello basado en el
artículo 340 de la
constitución de la
república bolivariana de
Venezuela.
Hace referencia a un
tipo de modificación o
sustitución, realizada a
la constitución, con el
objeto de revisar de
forma parcial, una o
varias normas siempre y
cuando las mismas, no
modifiquen o alteren su
estructura y principios
constitucionales.
Su fundamento se
encuentra respaldado
por el artículo 342 de la
constitución de
Venezuela.
Se instala como el
órgano supremo en
Venezuela, prevalece
por encima de los
demás poderes
públicos, y destituye a
la asamblea nacional,
(aunque no lo quieran
admitir) …
Su finalidad radica en
transforma el estado
venezolano, crear un
nuevo ordenamiento
jurídico y una nueva
constitución. Su
basamento jurídico es el
artículo 347 de la
3. E
J
E
M
P
L
O
El más común, fue la
enmienda que realizo el ex
presidente Chávez, para
modificar el artículo 230
de la constitución que se
refiere al periodo
presidencial, añadiendo
que; “El Presidente
puede ser reelegido, de
inmediato y por una sola
vez, para un nuevo
período”.
La reforma
constitucional que Hugo
Chávez efectuó en
fecha del 15 de agosto
del 2007, trasformando
33, más 36 artículos de
la constitución, con un
total de 69 artículos
modificados, entre los
que resaltan, (70, 112,
113, 184, 300, 318, 321;
ideología del estado);
disminución de la
propiedad privada (
artículo 115 y 112); las
fuerzas armadas
bolivarianas y no
nacional (328 y 329)
constitución
venezolana.
Fue convocada
realizada el 30 de julio
del 2017.
PROCEDIMIENTO
I
N
Con la votación del 15% de
las personas inscritas en el
registro civil, esto equivale a
La ejerce, la asamblea
nacional mediante
acuerdo aprobado por el
Inicia mediante
convocatoria a la
asamblea nacional
constituyente por
4. I
C
I
A
T
I
V
A
2.800 votos
aproximadamente.
La participación del 30% de
los integrantes de la
asamblea nacional.
Finalmente, que el
presidente de Venezuela lo
solicite en consejo de
ministro.
voto de la mayoría de sus
integrantes.
El presidente de la
república en consejo de
Ministros.
Mediante solicitud de un
número no menor del
15% de los electores
inscritos en el registro civil
y electoral.
medio del presidente de
la república en consejo
de ministros.
La asamblea nacional,
mediante acuerdo de
las dos terceras partes
de sus integrantes.
Los concejos
municipales en
cabildos, mediante el
voto de las dos terceras
partes de los mismos.
Y al 15 % de las
personas inscritas en
el registro civil y
electoral.
TRAMITACIÓN
Discusión parlamentaria; si
la iniciativa surge de la A.N,
debate la enmienda,
entonces se necesitará, la
aprobación de la mayoría de
los integrantes, y se
discutirá, continuando con el
procedimiento de la
3 discusiones;
En un período de sesiones
referente a la presentación
del proyecto.
Por título o capítulo, según
fuera el caso.
El presidente no puede
objetar la constitución
que a existe en el país.
El presidente Nicolás
Maduro, como
convocante de la
constituyente, debe
5. formación de leyes, previsto
en la constitución.
Iniciativa de
ley
Donde se
origine
Discusión de
ley
Asamblea
nacional
Decreto ley Presidente
de la A.N
Promulgación
ley
Presidente
de la
republica
Cúmplase ley Gaceta
oficial.
Solo se discutirá si se inicia
por la asamblea nacional.
el C.N.E, somete a
referéndum la enmienda
dentro de los 30 días
siguiente de su recepción.
Tercera y última discusión
artículo por artículo
todo lo anterior basado en
el artículo 343 de la
constitución de
Venezuela.
presentarle al consejo
nacional electoral las
bases comiciales para
la ANC y es el ente
electoral el que deberá
decidir sobre la validez
de las mismas en
correspondencia con la
actual carta magna
Luego de preguntarle al
pueblo si quiere o no que se
lleve a cabo y ejecute, la
adición o modificación en la
constitución, y este con el
Basara con el voto de las
dos terceras partes de los
o las integrantes de la
A.N.
Se aprueba por
referéndum aprobatorio,
como sucedió el pasado
30 de julio del 2017,
donde el pueblo decidió
6. APROBACION 25% de los electores
inscritos, apruebe la mayoría
de votos de forma afirmativa,
se continuará entonces con
la promulgación por parte del
presidente de la república,
en un lapso de 10 días
siguientes a su aprobación.
Igual que en el caso de la
enmienda, la reforma
también se somete a
referéndum aprobatorio,
declarándose aprobada
con los votos afirmativos
superiores a los negativos.
Será promulgada por el
presidente en un lapso de
10 días.
con votos afirmativos
superando los
negativos, la instalación
de dicha, asamblea
constituyente.