SOCIEDAD
ANONIMA:
SOCIEDAD
COMANDITA
POR
ACCIONES:
SOCIEDAD
LIMITADA:
SOCIEDAD
COMANDITA
SIMPLE:
SOCIEDAD
COLECTIVA:
La sociedad
anónima (S.A.)
es una forma
de
organización
de tipo
capitalista muy
utilizada entre
las grandes
compañías.
Todo el capital
se encuentra
dividido en
acciones, las
cuales
representan la
participación de
cada socio en
el capital de la
compañía.
Una de las
características
de la sociedad
anónima es
que la
responsabilidad
de cada socio
es proporcional
al capital que
haya. Por eso,
participar en
una S.A. tiene
un nivel de
seguridad
financiero
bastante alto.
La Sociedad
Comanditaria
por Acciones es
una sociedad
capitalista cuyo
capital social
está dividido en
acciones, que
se formará por
las aportaciones
de los socios,
uno de los
cuales, al
menos, se
encargará de la
administración
de la sociedad y
responderá
personalmente
de las deudas
sociales como
socio colectivo,
mientras que
los socios
comanditarios
no tendrán esa
responsabilidad.
La Sociedad
Limitada es la
forma jurídica
más común
elegida por los
emprendedores
para llevar a la
práctica su
proyecto de
negocio. En
este artículo
describimos
algunos
conceptos
básicos para
familiarizarnos
con esta
fórmula jurídica.
Como por
ejemplo la
denominación
social, el objeto
de la misma, el
número de
socios, el
capital, los
administradores
o los estatutos.
La Sociedad
Comanditaria
Simple es una
sociedad de
carácter
personalista, en
la que
coexisten
socios
colectivos que
aportan trabajo
y, que pueden
aportar o no,
capital y socios
comanditarios
que sólo
aportan capital,
y que se dedica
a la explotación
del objeto social
en nombre
colectivo. Los
socios
colectivos
tienen
responsabilidad
ilimitada. Los
socios
comanditarios
tienen la
responsabilidad
limitada a su
aportación.
Una sociedad
colectiva, es
uno de los
posibles tipos
de sociedad
mercantil. Se
trata de una
sociedad
externa (que
actúa y
responde
frente a
terceros como
una persona
distinta a la de
sus socios),
que realiza
actividades
mercantiles o
civiles bajo una
razón social
unificada,
respondiendo
los socios de
las deudas que
no pudieran
cubrirse con el
capital social.
Es un tipo de
sociedad en la
que algún
socio no aporta
capital, solo
trabajo y se
denomina
socio industrial.

Cuadro sinoptico

  • 1.
    SOCIEDAD ANONIMA: SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES: SOCIEDAD LIMITADA: SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE: SOCIEDAD COLECTIVA: La sociedad anónima (S.A.) esuna forma de organización de tipo capitalista muy utilizada entre las grandes compañías. Todo el capital se encuentra dividido en acciones, las cuales representan la participación de cada socio en el capital de la compañía. Una de las características de la sociedad anónima es que la responsabilidad de cada socio es proporcional al capital que haya. Por eso, participar en una S.A. tiene un nivel de seguridad financiero bastante alto. La Sociedad Comanditaria por Acciones es una sociedad capitalista cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaciones de los socios, uno de los cuales, al menos, se encargará de la administración de la sociedad y responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo, mientras que los socios comanditarios no tendrán esa responsabilidad. La Sociedad Limitada es la forma jurídica más común elegida por los emprendedores para llevar a la práctica su proyecto de negocio. En este artículo describimos algunos conceptos básicos para familiarizarnos con esta fórmula jurídica. Como por ejemplo la denominación social, el objeto de la misma, el número de socios, el capital, los administradores o los estatutos. La Sociedad Comanditaria Simple es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación. Una sociedad colectiva, es uno de los posibles tipos de sociedad mercantil. Se trata de una sociedad externa (que actúa y responde frente a terceros como una persona distinta a la de sus socios), que realiza actividades mercantiles o civiles bajo una razón social unificada, respondiendo los socios de las deudas que no pudieran cubrirse con el capital social. Es un tipo de sociedad en la que algún socio no aporta capital, solo trabajo y se denomina socio industrial.