2. Sociedad o Compañía
Anónima
Sociedad de
Responsabilidad
Limitada
Compañía en Nombre
Colectivo
Compañía en
Comandita Simple
En la cual las obligaciones sociales
están garantizadas por un capital
determinado y en la que los socios
no están obligados sino por el
monto de su acción
En la cual las obligaciones sociales
están garantizadas por un capital
determinado, dividido en cuotas de
participación, las cuales no podrán
estar representadas en ningún caso
por acciones o títulos negociables
En la cual las obligaciones sociales
están garantizadas por la
responsabilidad limitada y solidaria
de todos los socios.
En la cual las obligaciones sociales
están garantizadas por la
responsabilidad limitada y solidaria
de uno o más socios, llamados
socios solidarios, por la
responsabilidad limitada a una suma
determinada de uno o más socios,
llamados comanditarios
• Las obligaciones sociales están
garantizadas por un capital
determinado: interesan lo
capitales mas que las personas
de los socios, estos pueden no
conocerse entre si ni los terceros
que contratan con la sociedad, de
allí su denominación de
"anónima".
• Los socios no están obligados
sino por el monto de su acción:
los socios o accionistas limitan su
responsabilidad a la suma a la
que hayan invertido en la
sociedad.
• Vida continuada: es
independiente de sus
propietarios. Su duración se fija
en el acta constitutiva. La muerte
de algunos de los socios no la
• Las obligaciones sociales están
garantizadas por un capital
determinado, dividido en cuotas
de participación, las cuales no
podrán estar representadas en
ningún caso por acciones o títulos
negociables.
• La responsabilidad de los socios
se limita a sus aportes de capital,
con excepción de las prestaciones
accesorias y pagos
complementarios de que habla el
artículo 314 del Código de
Comercio.
• No existe límite para el número
de socios que pueden integrar la
sociedad, al contrario de lo que
ocurre en otros países, donde se
limita el número de socios
partiendo del reconocimiento de
Por su razón social: La razón
social se compone de los nombres
de todos los socios, de algunos de
ellos, o de uno solo, empleados
para designar para designar a la
sociedad como un ser jurídico
distinto de sus componentes.
• Por su responsabilidad Ilimitada;
En toda sociedad en nombre
colectivo los socios deben estar
obligados a las deudas sociales
con todos sus bienes, personal e
indefinidamente.
• Por su solidaridad Además de
estar obligados los socios de toda
sociedad en Nombre Colectivo con
todos sus bienes, es necesario
que exista una solidaridad en sus
obligaciones, con respecto a las
deudas de la sociedad, aunque
Las obligaciones sociales están
garantizadas por la
responsabilidad limitada y
solidaria de uno o más socios,
llamados socios solidarios o
comanditantes.
• Las obligaciones están
garantizadas por la
responsabilidad limitada a una
suma determinada de uno o más
socios, llamados comanditarios.
• Se divide en acciones y simple.