De aquella impunidad vienen estas torturas (Informe de seguimiento a la implementación de las observaciones finales del Comité contra la Tortura sobre Venezuela Mayo, 2017)
Este documento describe la falta de investigación y sanción de casos de tortura en Venezuela a pesar de las recomendaciones del Comité contra la Tortura de la ONU. Se presentan varios casos de personas detenidas en 2014 que sufrieron torturas pero cuyos agresores no han sido juzgados. También se describen condiciones de detención en centros como "La Tumba" que constituyen tortura. El Estado continúa sin garantizar atención médica independiente a detenidos ni comunicación con abogados.
Con motivo de la comparecencia del titular de PGR ante esta H. Cámara de Diputados, hemos planteado una serie preguntas a las que, consideramos
pertinente ofrecer una respuesta pública como parte de las actividades de seguimiento a la política pública y que guardan estrecha relación con las atribuciones legales que el procurador tiene a bien desempeñar.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación en fallo histórico declaró, con 8 votos a favor, inválida la modificación del artículo 158 del Código Penal del Estado de Veracruz, realizada el 01 de diciembre de 2015.
Hasta 1992 el término femicide venía siendo usado por el
periodismo y la sociedad en forma coloquial para referirse a
la muerte de mujeres. En ese año, Diana Russell y Jill Radford
le dan un contenido jurídico y social al concepto en su texto
Femicide: The Politics of Women Killing, definiéndolo como el
asesinato de mujeres, cometido por hombres, por el hecho de
ser mujeres2. Ellas lo desarrollaron con el objetivo de hacer
notar los motivos de género detrás de las muertes de las
mujeres a manos de los hombres: intentos de controlar sus
vidas, sus cuerpos y/o su sexualidad, al punto de castigar con
la muerte a aquellas que no acepten este sometimiento.
Megaradioexpress - Sintess informativa jueves 12 de noviembre de 2020megaradioexpress
La informacion mas importante de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Registra SSO 203 casos nuevos de COVID-19, suman 22 mil 308 acumulados en la entidad . Congreso de la Unión deberá crear Ley que regule suspensión de DH en casos graves como en la pandemia.
Con motivo de la comparecencia del titular de PGR ante esta H. Cámara de Diputados, hemos planteado una serie preguntas a las que, consideramos
pertinente ofrecer una respuesta pública como parte de las actividades de seguimiento a la política pública y que guardan estrecha relación con las atribuciones legales que el procurador tiene a bien desempeñar.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación en fallo histórico declaró, con 8 votos a favor, inválida la modificación del artículo 158 del Código Penal del Estado de Veracruz, realizada el 01 de diciembre de 2015.
Hasta 1992 el término femicide venía siendo usado por el
periodismo y la sociedad en forma coloquial para referirse a
la muerte de mujeres. En ese año, Diana Russell y Jill Radford
le dan un contenido jurídico y social al concepto en su texto
Femicide: The Politics of Women Killing, definiéndolo como el
asesinato de mujeres, cometido por hombres, por el hecho de
ser mujeres2. Ellas lo desarrollaron con el objetivo de hacer
notar los motivos de género detrás de las muertes de las
mujeres a manos de los hombres: intentos de controlar sus
vidas, sus cuerpos y/o su sexualidad, al punto de castigar con
la muerte a aquellas que no acepten este sometimiento.
Megaradioexpress - Sintess informativa jueves 12 de noviembre de 2020megaradioexpress
La informacion mas importante de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Registra SSO 203 casos nuevos de COVID-19, suman 22 mil 308 acumulados en la entidad . Congreso de la Unión deberá crear Ley que regule suspensión de DH en casos graves como en la pandemia.
Emite CDHDF recomendación a favor de Yakiri Rubio y Clara TapiaIsabel Argüello
La PGJDF, el TSJDF y el Consejo de la Judicatura deberán “abstenerse de realizar actos que constituyen violencia institucional contra las mujeres, proteger a las mujeres de actos particulares que violenten sus derechos a través de la prevención, investigación, sanción y erradicación de dichas conductas”.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Juez federal concede amparo que ordena a Murat suspender la entrega de fiats notariales que vendió Marcial Pérez. Rectoría, moneda de cambio del STEUABJO.
Taller para la Difusión de la Sentencia Caso González y otras ("Campo Algodon...Mario ya?z
Taller para la Difusión de la Sentencia Caso González y otras ("Campo Algodonero") VS México Mtra. Rosa Hilda Rojas Pérez y Lic. María del Pilar Acevedo Olguín
Megaradioexpress - Sintesis informativa jueves 17 de junio de 2021megaradioexpress
La informacion mas importante de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Suman 43 mil 735 pacientes recuperados de COVID-19 en Oaxaca. Congreso de Oaxaca desaparece CAO: será reemplazado por nueva Comisión Estatal.
“Feminicidios del Campo Algodonero” tiene por misión informar puntualmente sobre las acciones emprendidas por el Estado mexicano para el cabal cumplimiento de la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “González y otras (Campo Algodonero)” contra el Estado mexicano, publicada el 10 de diciembre de 2009.
Esta información se encuentra dirigida a la sociedad civil en general, y en particular a la sociedad civil organizada, nacional e internacional, que se esté interesada en dar seguimiento a la sentencia.
Análisis: Caso González y otras vs México. Por: Jorge Alberto Fuentes Zapata. Universidad del Valle de México (UVM) Campus Mérida. Derechos Fundamentales.
Demanda actualizada - modelo acción de protección 2022
DEPARTAMENTO DE CONTRAINTELIGENCIA DEFENSA DE DERECHOS HUMANOS Y SEGURIDAD INTEGRAL GLOBAL
Quito - Ecuador
Emite CDHDF recomendación a favor de Yakiri Rubio y Clara TapiaIsabel Argüello
La PGJDF, el TSJDF y el Consejo de la Judicatura deberán “abstenerse de realizar actos que constituyen violencia institucional contra las mujeres, proteger a las mujeres de actos particulares que violenten sus derechos a través de la prevención, investigación, sanción y erradicación de dichas conductas”.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Juez federal concede amparo que ordena a Murat suspender la entrega de fiats notariales que vendió Marcial Pérez. Rectoría, moneda de cambio del STEUABJO.
Taller para la Difusión de la Sentencia Caso González y otras ("Campo Algodon...Mario ya?z
Taller para la Difusión de la Sentencia Caso González y otras ("Campo Algodonero") VS México Mtra. Rosa Hilda Rojas Pérez y Lic. María del Pilar Acevedo Olguín
Megaradioexpress - Sintesis informativa jueves 17 de junio de 2021megaradioexpress
La informacion mas importante de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Suman 43 mil 735 pacientes recuperados de COVID-19 en Oaxaca. Congreso de Oaxaca desaparece CAO: será reemplazado por nueva Comisión Estatal.
“Feminicidios del Campo Algodonero” tiene por misión informar puntualmente sobre las acciones emprendidas por el Estado mexicano para el cabal cumplimiento de la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “González y otras (Campo Algodonero)” contra el Estado mexicano, publicada el 10 de diciembre de 2009.
Esta información se encuentra dirigida a la sociedad civil en general, y en particular a la sociedad civil organizada, nacional e internacional, que se esté interesada en dar seguimiento a la sentencia.
Análisis: Caso González y otras vs México. Por: Jorge Alberto Fuentes Zapata. Universidad del Valle de México (UVM) Campus Mérida. Derechos Fundamentales.
Demanda actualizada - modelo acción de protección 2022
DEPARTAMENTO DE CONTRAINTELIGENCIA DEFENSA DE DERECHOS HUMANOS Y SEGURIDAD INTEGRAL GLOBAL
Quito - Ecuador
Demanda actualizada - modelo acción de protección ECUADOR
Similar a De aquella impunidad vienen estas torturas (Informe de seguimiento a la implementación de las observaciones finales del Comité contra la Tortura sobre Venezuela Mayo, 2017)
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA, DERECHOS HUMANOS, MATERIA DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, INFORME DE MICHEL BACHELET DE VENEZUELA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN DEL ARCO MINERO DEL ORINOCO
Contralínea, Periodismo de investigación, la corrupción, la rendición de cuentas. seguridad nacional, sociedad de capitales, línea global, la cultura, el contragolpe, contraluz, ocho columnas, análisis, investigación, opinión, lectores, petrolero, energético, económico, cultural, ambiental, educativo, internacional, social, arqueológico
México: La violencia sexual, usada habitualmente como tortura para obtener “c...Crónicas del despojo
Según revela una investigación sin precedentes realizada por Amnistía Internacional sobre 100 mujeres detenidas en México, éstas sufren abusos sexuales habituales a manos de las fuerzas de seguridad, que buscan obtener confesiones y elevar las cifras para hacer ver que están combatiendo una delincuencia organizada desenfrenada.
Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Human...Selassie Networks
Este informe, que se presenta en cumplimiento de la resolución 39/1 del Consejo de Derechos Humanos, ofrece una visión general de la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela de enero de 2018 a mayo de 2019.
Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Human...Rasjomanny Puntorg
Este informe, que se presenta en cumplimiento de la resolución 39/1 del Consejo de Derechos Humanos, ofrece una visión general de la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela de enero de 2018 a mayo de 2019.
Durante 2016, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la CIDH”) ha continuado monitoreando la situación general de derechos humanos en Venezuela y ha observado la persistencia de situaciones estructurales que afectan los derechos humanos de los venezolanos y que ha derivado en una grave crisis política, social, y económica. Dentro de estas situaciones estructurales la Comisión ha identificado, en primer término un agravamiento de la situación de seguridad ciudadana en relación al derecho a la vida e integridad personal.
Durante 2016, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la CIDH”) ha continuado monitoreando la situación general de derechos humanos en Venezuela y ha observado la persistencia de situaciones estructurales que afectan los derechos humanos de los venezolanos y que ha derivado en una grave crisis política, social, y económica. Dentro de estas situaciones estructurales la Comisión ha identificado, en primer término un agravamiento de la situación de seguridad ciudadana en relación al derecho a la vida e integridad personal.
Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Unidad correspondiente al 05 de mayo de 2014, Diputada Delsa Solórzano
Similar a De aquella impunidad vienen estas torturas (Informe de seguimiento a la implementación de las observaciones finales del Comité contra la Tortura sobre Venezuela Mayo, 2017) (20)
La Copa Del Mundo FIFA Rusia 2018 comenzará este próximo 14 de junio y queremos poner a tu disposición un 'Power Pack' de descargas para que disfrutes durante el torneo.
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Russia: FIFA World Cup 2018 Human Rights Guide for Reporters Selassie Networks
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Human Rights Watch defends the rights of people worldwide. We scrupulously investigate abuses, expose the facts widely, and pressure those with power to respect rights and secure justice. Human Rights Watch is an independent, international organization that works as part of a vibrant movement to uphold human dignity and advance the cause of human rights for all.
Groundswell 'Preparing for Internal Climate Migration'Selassie Networks
This report, which focuses on three regions—Sub-Saharan Africa, South Asia, and Latin America that together represent 55 percent of the developing world’s population—finds that climate change will push tens of millions of people to migrate within their countries by 2050. It projects that without concrete climate and development action, just over 143 million people—or around 2.8 percent of the population of these three regions—could be forced to move within their own countries to escape the slow-onset impacts of climate change.
Amnistía Internacional 'Noches del Terror. Ataques y Allanamientos Ilegales a...Selassie Networks
Amnistía Internacional 'Noches del Terror. Ataques y Allanamientos Ilegales a Viviendas en Venezuela'
Entre abril y julio de 2017 se intensificaron los allanamientos ilegales y ataques violentos a hogares en Venezuela, de acuerdo con los hallazgos de la presente publicación. En la gran mayoría de ellos se cometieron arbitrariedades y violaciones al derecho a la vida privada, a la libertad, a la integridad personal y al debido proceso. Estas prácticas, si bien se han documentado en el pasado, parecen haber adquirido unas dimensiones más extendidas que forman parte de una política de represión por parte del estado venezolano.
THE STATE OF BROADBAND 2017: BROADBAND CATALYZING SUSTAINABLE DEVELOPMENT (Se...Selassie Networks
Since its establishment in 2010 by ITU and UNESCO, the Broadband Commission has sought to promote the adoption of effective and inclusive broadband policies and practices in countries around the world, with a view to achieving more inclusive and sustainable development by empowering individuals and society through the benefits of broadband and on the basis of respecting human rights.
This Report has been written collaboratively, drawing on insights and contributions from a range of Commissioners and their organizations. It has been compiled and edited by the chief editor and co-author, Phillippa Biggs with Youlia Lozanova as co-author, who contributed significantly to Chapter 4. Esperanza Magpantay provided statistical support and data. Design concepts were developed by Ahone Njume-Ebong and Jie Huang of ITU, with support from Simon de Nicola. We should especially like to thank Doreen Bogdan-Martin, Christophe Larouer, Catalin Marinescu and Francois Rancy of ITU and Joe Hironaka and Dov Lynch of UNESCO for their valuable review and comments.
Silencio a La Fuerza 'Detenciones Arbitrarias por Motivos Políticos en Venezu...Selassie Networks
Amnistía Internacional 'Lanzamos campaña global contra detenciones arbitrarias en Venezuela'
https://www.amnesty.org/es/documents/amr53/6014/2017/en/
Silencio a La Fuerza: Detenciones Arbitrarias por Motivos Políticos en Venezuela detalla el catálogo de acciones ilegales por parte de las autoridades venezolanas para reprimir la libre expresión.
Estas incluyen las detenciones sin órdenes judiciales por parte del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), el procesamiento de activistas pacíficos por delitos “contra la patria” y la imposición de medidas de prisión preventiva sin justificación y campañas difamatorias en medios de comunicación contra miembros de la oposición, entre otras medidas.
“En Venezuela está prohibido disentir. Las autoridades parecen no tener límite a la hora de aplicar un sinnúmero de argucias legales para castigar a quienes expresan una opinión diferente de la oficial,” dijo Erika Guevara Rosas, Directora para las Américas de Amnistía Internacional.
“En vez de obsesionarse por acallar cualquier opinión contraria a la oficial, las autoridades venezolanas deberían enfocarse en buscar soluciones prácticas y duraderas a la profunda crisis que sufre el país.”
Milei baja su imagen en catorce provinciasEconomis
El último estudio de la consultora CB revela que el presidente Javier Milei comenzó a mostrar flancos en su imagen positiva. Su aceptación bajó en catorce de las 24 provincias comparado al mes de Mayo. La mayor imagen positiva la encuentra éste mes en Córdoba (64.8%), mientras que la imagen más baja la obtiene en Santiago del Estero (41.5%). El distrito donde más cayó comparado a la medición anterior fue Buenos Aires (-3.5%) y donde más creció fue Córdoba (+2.9%).
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
De aquella impunidad vienen estas torturas (Informe de seguimiento a la implementación de las observaciones finales del Comité contra la Tortura sobre Venezuela Mayo, 2017)
1. DE AQUELLA IMPUNIDAD
VIENEN ESTAS TORTURAS
Informe de seguimiento a la implementación de las
observaciones finales del Comité contra la Tortura
sobre Venezuela
Mayo, 2017
Presentado por:
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB)
Civilis, Derechos Humanos
Espacio Público
Programa Venezolano de Educación – Acción en Derechos Humanos (Provea)
2. De aquella impunidad vienen estas torturas
I. Antecedentes y enfoque del informe
1. El 12 de diciembre de 2014 el Comité contra la Tortura (CAT) adoptó sus
observaciones finales sobre los informes tercero y cuarto combinados de Venezuela
(doc. CAT/C/VEN/CO/3-4)1
.
2. En sus observaciones finales, el Comité pidió a Venezuela facilite información sobre
el seguimiento que haya dado a las recomendaciones de: a) garantizar o reforzar las
salvaguardias para las personas privadas de libertad; b) llevar a cabo investigaciones
prontas, imparciales y eficaces sobre todas las alegaciones de tortura y malos tratos y
de uso excesivo de la fuerza por parte de agentes del orden y grupos armados
progubernamentales; c) enjuiciar a los sospechosos y castigar a los culpables de
tortura y malos tratos, que figuran en el párrafo 8, apartados b) y d), el párrafo 9, y el
párrafo 10, apartados a) y e) del documento de observaciones finales. La información
adicional solicitada debía ser suministrada al CAT en el plazo de un año, que venció el
29 de noviembre de 2015.
3. El 15 de diciembre de 2015, el experto Jens Modvig, en su carácter de relator de
seguimiento de informe de observaciones finales, envió comunicación a las
autoridades de Venezuela, recordando el envío de la información solicitada. Hasta la
presente fecha, no hay registro de respuesta alguna por parte del Estado.
4. Habiendo transcurrido más de dos años, como organizaciones coautoras de
informe sombra remitido con ocasión de la presentación de los informes periódicos 3°
y 4° combinados de Venezuela, acudimos nuevamente al Comité, a fin de aportar
información adicional y actualizada en relación con los puntos arriba señalados.
1
Observaciones finales sobre los informes periódicos tercero y cuarto combinados de la República
Bolivariana de Venezuela. Comité Contra la Tortura Aprobadas por el Comité en su 53º período de sesiones
(3 a 28 de noviembre de 2014).
3. De aquella impunidad vienen estas torturas
2
II. Falta de investigación, juzgamiento y sanción de los responsables
en casos de tortura
5. Pasados más de tres años de las protestas acontecidas en 2014, no se presentan
variaciones representativas sobre las cifras que el mismo Estado ofreció al Comité en
noviembre de ese año. En algunas denuncias que se encuentran “en investigación”,
los funcionarios plenamente identificados ni siquiera han sido llamados a declarar.
6. En los informes anuales del Ministerio Público a dados a conocer en 2015 y 2016,
nuevamente las estadísticas sobre delitos que implican violaciones del derecho a la
integridad personal, quedan invisibilizadas. En su introducción, el informe 2015 señala
que “no representa una política de Estado el uso de la tortura”, limitándose a una
referencia general según la cual para el año 2014 el Ministerio Público “acusó a 30
funcionarios policiales por la presunta violación de las garantías fundamentales, tales
como homicidio y trato cruel”, sin dar mayores detalles.
7. El mismo informe tiene una sección dedicada a la “Defensa del Estado ante el
Comité contra la Tortura de la ONU”2
, en la que se afirma que “En este espacio, se
rechazó la campaña de descrédito contra el Estado por parte de algunas organizaciones
no gubernamentales que siempre han tenido y tienen las puertas abiertas en el Ministerio
Público para presentar sus denuncias, pese a que cuando hemos recibido a sus
representantes y les solicitamos datos concretos de casos, no los muestran”.
8. En este marco de impunidad en casos de tortura, encontramos el de Luis Alberto
Gutiérrez, quien fue detenido el 19 de febrero de 2014 por funcionarios de la GNB. Fue
golpeado en la cara y resultó gravemente herido por la patada que le propiciaron. Le
imputaron 4 delitos y fue obligado a presentarse cada 45 días ante el tribunal, bajo la
amenaza de volver a ser apresado. Pasados 11 meses el tribunal decretó su libertad
plena puesto que la fiscalía no presentó acusación. Sin embargo, lo que resulta
relevante es que pasado más de dos años de los hechos y habiendo sido denunciadas
las lesiones causadas por sus aprehensores, a la fecha sus agresores siguen libres y la
fiscalía no ha acusado a los responsables.
2
Ministerio Público, Informe Anual 2014. Pág. 44.
4. De aquella impunidad vienen estas torturas
3
9. Por su parte Marco Coello, detenido en una manifestación el 12 de febrero de 2014,
por siete funcionarios policiales, quienes lo golpearon en varias ocasiones, con armas y
extinguidores de fuego. Durante su reclusión en la sede del CICPC fue sometido a
diversas torturas. En los días siguientes fue presentado ante el Ministerio Público
imputándosele los delitos de incendio, daños a la propiedad, instigación y
agavillamiento. Permaneció privado de libertad durante 5 meses y pese a las denuncias
realizadas por sus familiares acerca de las torturas recibidas ningún funcionario ha sido
imputado ni sancionado. En julio de 2014 se le otorgó una medida cautelar sustitutiva
de presentación por el tiempo de duración del juicio. Pese haber cumplido con su
medida al enfrentarse a una condena injusta y a la falta de justicia en sus denuncias de
tortura y el temor a seguir en Venezuela sin que hubiese garantías para su integridad y
seguridad, decidió salir del país y solicitar asilo ante el gobierno de EEUU. El Defensor
del Pueblo desestimó las denuncias de tortura realizadas por el joven, señalándolo
como prófugo de la justicia: “La denuncia la hace desde el exterior, las hace como
prófugo de la justicia, alguien que debía presentarse ante un tribunal y no se presentó, se
presentó a un canal de televisión internacional”3
. La madre de Coello desmintió al
Defensor del Pueblo, recordando la fecha en que se había presentado la denuncia por
torturas ante su despacho.
10. El Estado no solo no investiga, sino que fabrica información falsa para ocultar la
tortura. La denuncia de violación y abuso sexual contra la Juez María Lourdes Afiuni,
generó una nueva polémica durante la sesión del Comité de Derechos Humanos en
junio de 2015, cuando la Fiscal General presentó un documento falso según el cual la
Juez desmentía las alegaciones de abuso sexual. El documento fue refutado
enérgicamente por la víctima.
11. En mayo de 2015, en informe presentado por el CDH-UCAB4 se pudo demostrar la
existencia de una práctica deliberada y consciente desde diferentes órganos del
Estado, destinada a ocultar las evidencias de tortura y trato cruel y a obstaculizar la
denuncia sobre violaciones al derecho a la integridad personal de víctimas de la
represión en 2014, lo cual se expresó en a) la incomunicación de detenidos; b) el
traslado de heridos a hospitales militares, donde se mantenía hermetismo sobre su
salud y se obstaculizaba el acceso a familiares; c) presiones a víctimas de violaciones al
derecho a la integridad física, quienes fueron obligadas a firmar actas y declaraciones
3
Defensor: Es complicado tomar una denuncia de alguien que no está en el país. Unión Radio Noticias.
Disponible en: http://unionradio.net/defensor-es-complicado-tomar-una-denuncia-de-alguien-que-no-esta-en-
el-pais/
4
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello: Que no quede rastro. El
ocultamiento de evidencia médica y legal en el marco de manifestaciones y detenciones. Caracas, mayo de
2015.
5. De aquella impunidad vienen estas torturas
4
en las que negaban haber sido sometidas a malos tratos o a dejar constancia de que
las lesiones no se habían producido en determinado centro de detención; d)
impedimento de entrevistas privadas entre detenidos y abogados; e) uso de la
Defensa Pública como mecanismo para impedir que en las audiencias de presentación
las víctimas expusieran las circunstancias en que se produjeron sus lesiones; f) falta de
consignación de informes médico forenses en los expedientes; g) consignación en
expedientes de informes médicos no independientes realizados por profesionales de
salud adscritos al órgano de detención; y h) pretensión de transformar a víctimas en
victimarios, alegando que las lesiones que presentaban se produjeron en respuesta a
supuestas lesiones ocasionadas por éstas a funcionarios sin que, en ningún momento,
se acreditara la identidad del supuesto agredido, ni el registro forense de las lesiones
presuntamente causadas. El Ministerio Público fue partícipe en tales prácticas, por lo
que es fácil entender las dificultades encontradas por las víctimas para formalizar
denuncias que, por otra parte, han debido ser iniciadas de oficio.
12. Entre las irregularidades presentadas durante las detenciones de diversos casos
registrados por el CDH-UCAB, las víctimas presentaban heridas de gravedad, siendo
trasladadas por las autoridades, sin el consentimiento o notificación a sus familiares, a
instituciones médicas de carácter militar en Caracas, en el estado Zulia y en el estado
Nueva Esparta. En algunos de los casos aun habiendo funcionarios debidamente
identificados por las agresiones, no han sido sancionados. La práctica de traslado de
detenidos a centros de salud militares se ha seguido produciendo durante los pasados
dos años, especialmente en casos en los que existen motivaciones políticas para la
detención5
.
13. El Estado no cumple con las recomendaciones planteadas por el Comité en el
párrafo 96, ya que sigue sin garantizar el reconocimiento médico confidencial e
independiente y la atención médica pronta, adecuada y privada aun cuando sea
necesaria y solicitada; asimismo se evidencia restricciones de acceder a un abogado de
su elección y consultas privadas y la falta de comunicación con sus allegados.
5
Entre estos casos se registran el de Nelson Guarate, ex alcalde del Municipio Mario Brieño Iragorri
(noviembre 2016); Rosmit Mantilla, Diputado (noviembre 2016); Leopoldo López, ex alcalde de Chacao y
dirigente del partido Voluntad Popular (marzo y diciembre 2016); Héctor Zerpa, dirigente del partido Un
Nuevo Tiempo (marzo 2017); José Gámez Bustamante, coronel del ejército (marzo 2017); Lorent Saleh, ex
dirigente estudiantil (julio 2016)
6
Observaciones finales sobre los informes periódicos tercero y cuarto combinados de la República
Bolivariana de Venezuela. Comité Contra la Tortura Aprobadas por el Comité en su 53º período de sesiones
(3 a 28 de noviembre de 2014).
6. De aquella impunidad vienen estas torturas
5
14. A principios de 2015 se produjeron denuncias sobre una de las sedes del Servicio
Bolivariano de Inteligencia (SEBIN), a través de estas se dio a conocer la existencia de
un centro de detención en sus instalaciones de Plaza Venezuela en la ciudad de
Caracas, conocido como “La Tumba”. Éste se encuentra cinco pisos bajo tierra, en un
sótano que ha sido acondicionado como un sitio de reclusión para detenidos que
representan un presunto peligro para el Estado. El lugar se encuentra custodiado por
funcionarios armados, no existen ventanas por lo que no hay entradas de aire o luz
natural, no se aprecia la entrada de sonidos provenientes del exterior, salvo el de los
vagones del metro que pasan por las vías sobre el mencionado sótano. Según
testimonios, el lugar se encuentra dividido en 7 celdas una al lado de la otra,
individuales con una extensión de 2x3 metros. Las paredes, pisos, cama y mesa de
cemento, todo de color blanco, la luz permanece encendida durante el día y la noche.
La instalación cuenta con circuitos cerrados de cámaras y micrófonos dentro y fuera
de las celdas para vigilar constantemente a los detenidos que pasan la mayor parte del
día encerrados, salvo cuando los sacan al baño ocasionalmente. Asimismo, se dio a
conocer que los detenidos permanecen a temperaturas muy bajas. El Defensor del
Pueblo negó inicialmente la existencia de “La Tumba”; posteriormente admitió su
existencia, pero afirmó que los detenidos en ese lugar no habían sido torturados,
desconociendo que las condiciones de detención del lugar constituyen, en sí mismas,
una forma de tortura.
15. Por otra parte, las condiciones de detención en la sede del SEBIN Helicoide en
Caracas, han sido calificadas como contrarias a las obligaciones del Estado en materia
de integridad personal por la Corte Interamericana de Derechos Humanos7
. Dichas
condiciones no han variado y, por el contrario, se han extendido a la sede de Plaza
Venezuela. Hasta la fecha, se conoce de la muerte de un detenido, presuntamente por
suicidio en la sede de El Helicoide8 y de un intento de suicidio9 en la sede de Plaza
Venezuela.
16. En lo referido a la recomendación hecha por el Comité al Estado sobre la liberación
inmediata de Leopoldo López, Daniel Ceballos, y a todos aquellos que hayan sido
detenidos arbitrariamente por ejercer su derecho a expresarse y protestar
pacíficamente, de conformidad con las opiniones del Grupo de Trabajo sobre la
7
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Díaz Peña Vs. Venezuela. Sentencia de 26 de junio de
2012.
8
El señor Rodolfo González se habría suicidado el 13 de marzo de 2015, tras permanecer detenido durante 11
meses, presentándose como única prueba en su contra el testimonio anónimo de un “patriota cooperante”.
9
Según informó su abogado, Lorent Saleh habría intentado suicidarse el 20 de abril en la zona de la sede del
SEBIN de Plaza Venezuela conocida como “La Tumba”, la cual es un lugar que alberga detenidos en un
sótano a 5 pisos por debajo del suelo.
7. De aquella impunidad vienen estas torturas
6
Detención Arbitraria, se debe señalar que no han sido acatada; por el contrario, se
suman nuevos casos de personas que han sido sentenciadas y continúan privadas de
libertad de forma arbitraria.
17. Los estudiantes Raúl Emilio Baduel y Alexander Tirado fueron detenidos en una
manifestación el 21 de marzo de 2014, siendo privados de libertad y sometidos a un
juicio donde se evidenciaron innumerables irregularidades y violaciones al debido
proceso. El 4 de marzo de 201510
ambos fueron sentenciados a 8 años de prisión por
presuntamente haber cometido los delitos de instigación pública a delinquir,
agavillamiento e intimidación pública con artefactos explosivos, destinando para ellos
el Internado Judicial de Tocuyito como sitio de reclusión. Inicialmente se encontraban
detenidos en el Centro Penitenciario David Viloria, donde fueron víctimas de torturas,
maltratos físicos y psicológicos11
tal y como se denunció.
18. En la segunda mitad de 2016, hubo un nuevo repunte de detenciones políticamente
motivadas, que han incluido a dirigentes estudiantiles, comunitarios y de partidos
políticos12
; entre las víctimas se cuenta también un diputado, lo que constituye una
violación a la inmunidad parlamentaria13
. La mayoría de estos detenidos se encuentran
en las instalaciones del SEBIN. Se registran al menos 20 casos de detenidos por
motivos políticos a los que el Ministerio Público no ha presentado cargos, o a quienes
los tribunales han acordado proseguir juicio en libertad, pero permanecen detenidos,
debido a que el SEBIN se niega a ejecutar las órdenes de excarcelación. En enero de
2017, Provea denunció la existencia de nuevos presos políticos “por ejercer el derecho a
la manifestación en el marco de las colas por comida o el reclamo por servicios
públicos”14. Más de 160 personas se encontrarían en esta situación, según los registros
de Provea. Adicionalmente, al menos 300 personas han sido detenidas en el marco de
protestas en la primera mitad de abril de 2017
10
Sentenciados a 8 años Alexander “El Gato” Tirado y Raúl Emilio Baduel. Voluntad Popular. Disponible en:
http://www.voluntadpopular.com/index.php/ver-noticia/noticias/8-noticias/2400-sentenciados-a-8-anos-
alexander-el-gato-tirado-y-raul-emilio-baduel
11
Entrevista a Raúl Emilio Baduel y El Gato de Aragua desde Tocuyito. Diario El Impulso. Audio y Entrevista
disponibles en: http://elimpulso.com/articulo/entrevista-a-raul-emilio-baduel-y-el-gato-de-aragua-desde-
tocuyito
12
Nos referimos a Yon Goicochea, Braulio Jatar, José Vicente García, Víctor Ugas, Gilber Caro, Steysi
Escalona, Javier Briceño y 14 funcionarios policiales, entre otros.
13
Se trata de Gilber Caro, quien fue detenido junto a su novia, Steysi Escalona. Caro estuvo 10 días
incomunicado y sin que se conociera su paradero, habiendo sido mantenido durante tres meses sin ser
escuchado por un juez. Escalona fue pasada a la justicia militar.
14
Provea denuncia existencia de nuevos presos políticos: los detenidos por protestar. En Contrapunto:
http://contrapunto.com/noticia/provea-denuncia-existencia-de-nuevos-presos-politicos-los-detenidos-por-
protestar-117181/
8. De aquella impunidad vienen estas torturas
7
19. En relación a los ciudadanos Leopoldo López y Daniel Ceballos, durante su
permanencia en el Centro Nacional de Procesados Militares, Ramo Verde siguen
siendo sometidos reiteradamente a situaciones violatorias de derechos humanos, tales
como: confinamiento en alas de castigo, régimen de visitas restringido y en algunos
casos suspendidas como medio de castigo, sin justificación alguna, limitaciones de
acceso a luz y circulación de aire natural, incomunicación, golpes y malos tratos.
Motivado a estas violaciones ambos ciudadanos realizaron una huelga de hambre,
durante casi un mes no se les permitió ser visitados por un médico de confianza y
fueron mantenidos en espacios que ponían en riesgo su salud.
20. Daniel Ceballos, tras haber permanecido privado de libertad por un lapso de año y
medio y haber estado recluido en 3 centros de detención: Cárcel de Ramo; el Centro de
Reclusiones para Procesados Tipo II “26 de Julio”; y en la sede del Helicoide del SEBIN,
finalmente le fue otorgada la medida de arresto domiciliario en agosto de 201515
. Esta
medida fue otorgada por motivos de salud16
y complicaciones derivadas de la
realización de la huelga de hambre. Ceballos fue nuevamente enviado a prisión en
agosto de 2016, cuando una ambulancia llegó inesperadamente a su residencia
alegando la realización de un control médico y, trasladándolo bajo engaño y con
custodia del SEBIN a la sede de este organismo. Actualmente se encuentra en la sede
del SEBIN, en el Helicoide, Caracas.
21. En relación a Leopoldo López, el 10 de septiembre de 2015 fue condenado, junto
con los jóvenes Christian Holdack, Demian Martín y Ángel de Jesús González17
, tras
haber sido sometidos a juicio por más de un año, en el cual las denuncias por las
torturas y malos tratos recibidos, la obstaculización al debido proceso y el derecho a la
defensa fueron desestimadas sin que mediaran pruebas o justificaciones para ello.
Estas personas fueron víctimas de torturas documentadas por organizaciones
nacionales como el CDH-UCAB18
e internacionales; a la fecha ningún funcionario ha
sido sancionado por los actos cometidos.
15
Daniel Ceballos recibió beneficio de Casa por Cárcel, Diario El Nacional, disponible en:
http://www.elnacional.com/presos_politicos/Daniel-Ceballos-recibio-beneficio-carcel_0_681532004.html
16
Dan casa por Cárcel a Daniel Ceballos, Diario Últimas Noticias, disponible en:
http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/actualidad/politica/dan-casa-por-carcel-a-daniel-
ceballos.aspx#ixzz3icJ0XCrL
17
Condenaron a Leopoldo López a 13 años y 9 meses de cárcel por los hechos de violencia del 12-F. El Nacional.
Disponible en: http://www.el-nacional.com/politica/Condenaron-Leopoldo-Lopez-hechos-
violencia_0_700129993.html
18
Centro de Derechos Humanos Universidad Católica Andrés Bello: Resultado de Entrevistas a Profundidad
con detenidos sobre libertad personal, debido proceso, y alegaciones de Tortura y Malos Tratos. Segundo
informe de avance.
9. De aquella impunidad vienen estas torturas
8
III. Uso excesivo de la fuerza
22. En el marco del proceso de militarización del país y la criminalización de la protesta,
se vislumbra un notable incremento en el uso indiscriminado de la fuerza. La violencia
contra manifestaciones pacíficas por parte de los cuerpos de seguridad sigue siendo
una constante, con saldos importantes de personas lesionadas y algunas fallecidas. La
protesta es igualmente reprimida invocando leyes como la Ley Orgánica de Seguridad
de la Nación19
y la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al
Terrorismo20
.
23. El Estado venezolano no ha desarrollado políticas dirigidas a garantizar que las
actuaciones de los organismos policiales y militares que participan en el control de
manifestaciones estén apegadas a los principios y estándares nacionales e
internacionales sobre uso progresivo y proporcional de la fuerza. A las acciones
represivas de los cuerpos de seguridad se suma la actuación de grupos paramilitares y
de civiles armados quienes, en clara coordinación con cuerpos militares y policiales,
han agredido a manifestantes en todo el país. Se siguen invocando pretextos como el
mantenimiento de la seguridad pública y el derecho al libre tránsito, entre otros, para
justificar la represión y la violación de derechos humanos contra manifestantes.
24. Una situación que preocupa es la Resolución 00861021
del Ministerio de la Defensa
publicada el 27 de enero de 2015, que autoriza a todos los componentes de la Fuerza
Armada a participar en actividades de control de orden público, incluyendo el uso de
armas de fuego. Al respecto se realizaron protestas y solicitudes de diversa índole en
rechazo a la misma; se anunció la preparación de un manual para determinar la
aplicación de la Resolución, el cual aún no ha sido publicado.
25. Finalmente, el Comité debe conocer del Operativo de Liberación del Pueblo (OLP),
para combatir la inseguridad, el cual desde julio de 2015 ha representado un medio
para que fuerzas de seguridad cometan excesos y atropellos contra civiles. Estas
operaciones se resumen a allanamientos a residencias y barrios sin orden judicial,
19
Gaceta Oficial N° 37.594 del 18 de diciembre de 2002
20
Gaceta Oficial Nº 39.912 del 30 de abril de 2012
21
Resolución MPPD nro. 008610 del 23 de Enero de 2015, publicada en Gaceta Oficial 40.589 del 27 de enero
de 2015 , disponible en http://historico.tsj.gob.ve/gaceta/enero/2712015/2712015- 4190.pdf
10. De aquella impunidad vienen estas torturas
9
detenciones arbitrarias, ejecuciones extrajudiciales y deportaciones masivas en el
territorio nacional22
.
26. Según informe publicado por Provea en conjunto con Human Rights Watch23
, entre
julio de 2015 y enero de 2016, más de 14.000 personas han sido detenidas de forma
arbitraria al no existir orden judicial, ni delito en flagrancia y menos de 100 de ellas
fueron finalmente imputadas por algún delito, 245 personas murieron en el marco de
realización de la OLP en 2015, más de 13.000 viviendas fueron allanadas ilegalmente24
.
A inicios del 2017 el Presidente ordenó reforzar y reestructurar los operativos de forma
más humanista, sin embargo los abusos continúan y las fuerzas de seguridad ahora
actúan con máscaras25
contrariando lo establecido en ley. Estos hechos demuestran
que, debido a la política de militarización del Estado, las garantías constitucionales y
derechos humanos, son cada vez menos respetados. Se evidencia que el Estado no ha
cumplido con las recomendaciones del Comité según los párrafos 9(c) y 10(a) del
informe de observaciones finales.
27. El uso irresponsable, indiscriminado e ilegal de gases lacrimógenos, se ha
agravado, registrándose en abril de 2017 ataques con bombas lacrimógenas desde
helicópteros, así como el uso de éstas en el interior de espacios cerrados como centros
comerciales y centros de asistencia médica. Igualmente, el disparo de estos objetos a
corta distancia y directamente al cuerpo de las personas, ha ocasionado varios heridos,
siendo el más significativo el del periodista Román Camacho, quien presentó fractura
de la tibia y requiere reposo por 12 semanas y un joven que presentó fractura de
cráneo.
22
Razzia contra los pobres: un mes de OLP. Provea. Disponible en:
http://www.derechos.org.ve/2015/08/13/razzia-contra-los-pobres-un-mes-de-olp/
23
Informe: Poder sin Límites Redadas policiales y militares en comunidades populares y de inmigrantes en
Venezuela. Disponible en: https://www.hrw.org/es/report/2016/04/04/poder-sin-limites/redadas-policiales-y-
militares-en-comunidades-populares-y-de
24
Runrunes.es: 8.000 detenciones arbitrarias hubo en tres meses de OLP. Disponible en:
http://www.derechos.org.ve/2015/10/19/runrun-es-8-000-detenciones-arbitrarias-hubo-en-tres-meses-de-olp/
25
Nota: El Nacional. 11 de marzo de 2017. La aterradora nueva máscara de las OLP. Disponible en:
http://www.el-nacional.com/noticias/sucesos/aterradora-nueva-mascara-las-olp_84856
11. De aquella impunidad vienen estas torturas
10
IV. Conclusiones
28. Por la recomendación de llevar a cabo investigaciones prontas, imparciales y
eficaces sobre todas las alegaciones de tortura y malos tratos y de uso excesivo de la
fuerza por parte de agentes del orden y grupos armados progubernamentales,
La recomendación no ha
sido implementada
Según lo descrito en este informe el Estado no ha
tomado acciones suficientes para resolver la situación
y algunas incluso han agravado el problema
C
29. Enjuiciar a los sospechosos y castigar a los culpables de tortura y malos tratos,
que figuran en el párrafo 8, apartados b) y d), el párrafo 9, y el párrafo 10, apartados a)
y e)
La recomendación ha
sido contrarrestada
Según lo descrito en este informe el Estado no ha
tomado acciones que producen resultados contrarios
a las recomendaciones del Comité
F