El documento establece los requisitos para que las instituciones culturales se inscriban en el Registro de Instituciones Culturales de la Provincia para acceder a los beneficios de la Ley N° 4914. Se crea el Registro en la Secretaría de Cultura y se especifican los criterios y documentación necesarios para la inscripción inicial y su renovación, incluyendo estatutos, autoridades, balances y reconocimientos legales de las instituciones. Además, se faculta al Secretario de Cultura a asignar subsidios de acuerdo a los recursos y lí