El decreto exime del pago de impuestos sobre la renta para los aguinaldos recibidos por los trabajadores hasta un monto de dos salarios mínimos. Los aguinaldos que superen este monto estarán sujetos a retención e impuestos después de deducir los dos salarios mínimos exentos. El decreto entra en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.