Este documento presenta información sobre los fundamentos legales y aspectos clave del sistema financiero mexicano. Brevemente, describe las finalidades y funciones del Banco de México según la ley, así como las regulaciones que emite. También resume los principales componentes del sistema financiero como la banca múltiple, grupos financieros, leyes como la de instituciones de crédito, y aspectos fiscales y contables relevantes.
Acuerdos con las entidades de crédito CARMpasicocampillo
Este documento establece las condiciones técnicas para contratar servicios financieros con entidades bancarias para la administración regional. Se describen los tipos de contratos que podrán formalizarse como cuentas corrientes, crédito y gestión de tesorería. También se especifica el ámbito de la administración regional y los tipos de cuentas corrientes que se utilizarán para la gestión del tesoro público regional.
La Ley No. 6-06 establece el Sistema de Crédito Público de la República Dominicana. Se crea el Consejo de la Deuda Pública para definir las políticas de endeudamiento público y la Dirección General de Crédito Público para gestionar las operaciones de crédito del sector público no financiero. La ley clasifica la deuda pública en interna y externa, directa e indirecta, y define las operaciones de crédito público.
El documento presenta información sobre las operaciones y servicios que pueden realizar las empresas del sistema financiero de acuerdo a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. Se define la cuenta corriente como un contrato mediante el cual una empresa se obliga a cumplir las órdenes de pago de su cliente. También se describen conceptos como sobregiros, cheques y productos financieros como tarjetas de crédito, depósitos y ahorros, cuentas corrientes, CTS y créditos hipotecarios. Finalmente
Esta resolución establece los grupos obligados a suministrar información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) para el año gravable 2015. Específicamente, designa quiénes deben reportar información mensualmente o anualmente, incluyendo entidades financieras, personas naturales y jurídicas con altos ingresos, y entidades del gobierno. Además, especifica el contenido y formato de la información requerida, así como los plazos para su presentación.
El documento describe el funcionamiento de la Cámara de Compensación del Banco Central de la República Dominicana, incluyendo los participantes, los procesos de compensación electrónica de documentos crediticios y transferencias electrónicas de fondos, los horarios y formas de liquidación de pagos, y las responsabilidades de los participantes y administradores de sistemas de pago.
El documento describe la normativa legal de la banca comercial venezolana. Se establecen organismos reguladores como la SUDEBAN y FOGADE para supervisar el sistema bancario y garantizar el equilibrio financiero. También se especifican los requisitos de capital mínimo, actividades permitidas y prohibiciones para los bancos comerciales según la ley general de bancos venezolana.
1resolucion0118 Corresponsales Solidarios o No BancariosImix Colombia
RESOLUCIÓN No. SEPS-IGT-IGS-INSESF-INR-INGINT-INSEPS-IGJ-2020-0118
Superintendencia de Economía popular y solidaria
Resolución Corresponsales Solidarios o No Bancarios
Este documento presenta información sobre los fundamentos legales y aspectos clave del sistema financiero mexicano. Brevemente, describe las finalidades y funciones del Banco de México según la ley, así como las regulaciones que emite. También resume los principales componentes del sistema financiero como la banca múltiple, grupos financieros, leyes como la de instituciones de crédito, y aspectos fiscales y contables relevantes.
Acuerdos con las entidades de crédito CARMpasicocampillo
Este documento establece las condiciones técnicas para contratar servicios financieros con entidades bancarias para la administración regional. Se describen los tipos de contratos que podrán formalizarse como cuentas corrientes, crédito y gestión de tesorería. También se especifica el ámbito de la administración regional y los tipos de cuentas corrientes que se utilizarán para la gestión del tesoro público regional.
La Ley No. 6-06 establece el Sistema de Crédito Público de la República Dominicana. Se crea el Consejo de la Deuda Pública para definir las políticas de endeudamiento público y la Dirección General de Crédito Público para gestionar las operaciones de crédito del sector público no financiero. La ley clasifica la deuda pública en interna y externa, directa e indirecta, y define las operaciones de crédito público.
El documento presenta información sobre las operaciones y servicios que pueden realizar las empresas del sistema financiero de acuerdo a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. Se define la cuenta corriente como un contrato mediante el cual una empresa se obliga a cumplir las órdenes de pago de su cliente. También se describen conceptos como sobregiros, cheques y productos financieros como tarjetas de crédito, depósitos y ahorros, cuentas corrientes, CTS y créditos hipotecarios. Finalmente
Esta resolución establece los grupos obligados a suministrar información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) para el año gravable 2015. Específicamente, designa quiénes deben reportar información mensualmente o anualmente, incluyendo entidades financieras, personas naturales y jurídicas con altos ingresos, y entidades del gobierno. Además, especifica el contenido y formato de la información requerida, así como los plazos para su presentación.
El documento describe el funcionamiento de la Cámara de Compensación del Banco Central de la República Dominicana, incluyendo los participantes, los procesos de compensación electrónica de documentos crediticios y transferencias electrónicas de fondos, los horarios y formas de liquidación de pagos, y las responsabilidades de los participantes y administradores de sistemas de pago.
El documento describe la normativa legal de la banca comercial venezolana. Se establecen organismos reguladores como la SUDEBAN y FOGADE para supervisar el sistema bancario y garantizar el equilibrio financiero. También se especifican los requisitos de capital mínimo, actividades permitidas y prohibiciones para los bancos comerciales según la ley general de bancos venezolana.
1resolucion0118 Corresponsales Solidarios o No BancariosImix Colombia
RESOLUCIÓN No. SEPS-IGT-IGS-INSESF-INR-INGINT-INSEPS-IGJ-2020-0118
Superintendencia de Economía popular y solidaria
Resolución Corresponsales Solidarios o No Bancarios
Las instituciones de banca múltiple son instituciones de crédito autorizadas por el gobierno federal para captar recursos financieros del público y otorgar créditos para mantener las actividades económicas. Están autorizadas a realizar actividades como recibir depósitos, emitir tarjetas de crédito u otorgar préstamos. Para operar, requieren autorización del gobierno federal y deben cumplir con requisitos como constituirse como sociedad anónima y establecer su domicilio en México. Están sujetas a
Este documento establece el grupo de entidades obligadas a suministrar información tributaria a la DIAN para el año 2013, incluyendo datos de cuentas bancarias, certificados de depósito, inversiones, tarjetas de crédito, préstamos y más. Se especifica el contenido y formato técnico requerido para cada tipo de información, así como los plazos para la entrega de la misma. La resolución fue emitida por el Director General de la DIAN para cumplir con la ley tributaria colombiana.
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financierosJuridicos Asociados
La ley tiene como objetivo regular las comisiones y cuotas de intercambio de los servicios financieros para garantizar la transparencia y proteger a los usuarios. Define términos clave como comisión, cliente, entidad financiera, entidad comercial y medio de disposición. Establece que la supervisión del cumplimiento de la ley corresponde al Banco de México, a la Comisión Nacional para la Protección al Usuario de Servicios Financieros y a la Procuraduría Federal del Consumidor, según el tipo de entidad.
El documento presenta los aspectos fundamentales de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las tasas, sujetos obligados y exentos, y reglas para el acreditamiento de los impuestos contra otras contribuciones para los contribuyentes.
Luis Pineda | Comparecencia en el Parlament de CatalunyaLuis Pineda
El presidente de Ausbanc, Luis Pineda, compareció el pasado 25 de julio de 2011 ante la Comisión de Justicia del Parlamento de Cataluña que tiene por objetivo presentar a la Mesa del Congreso de los Diputados sus propuestas y medidas en el ámbito hipotecario, contra el sobreendeudamiento personal y familiar y de protección frente a procedimientos de ejecución a la vivienda habitual, así como la modificación de la Ley 1/200 de Enjuiciamiento Civil.
Luis Pineda, abogado y doctor en Derecho, actuando como portavoz de la asociación, analizó la situación económica española y no dudó en acusar directamente al Banco de España como órgano supervisor y a su gobernador, Miguel Angel Fernández Ordóñez, de delito de ‘lesa patria’, por haber permitido con su pasividad que la situación económica de España haya llegado al punto en que nos encontramos ahora.
Pineda hizo un exhaustivo repaso a la situación actual de España, analizó también la legislación vigente e hizo un examen de derecho comparado con otros países de Europa, EEUU y Latinoamérica.
Luis Pineda aprovechó para explicar la propuesta de la asociación para reducir el impacto de las ejecuciones hipotecarias en los consumidores españoles.
El documento presenta un resumen de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las fechas de entrada en vigor de ambos impuestos, se definen los sujetos obligados y exentos, y se describen aspectos clave como las tasas aplicables, deducciones permitidas, y reglas para el acreditamiento e imputación de los impuestos.
Este documento resume y cuestiona varios aspectos clave del proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero actualmente bajo consideración en la Asamblea Nacional de Ecuador. El proyecto establecería un sistema de tres tipos de moneda y daría al Presidente control total sobre la liquidez y tasas de interés del sistema financiero. Además, reduciría la transparencia y responsabilidad y permitiría al gobierno controlar tanto la banca pública como privada. El documento advierte que una aprobación apresurada del proyecto podría tener
El documento presenta un proyecto de código orgánico monetario y financiero para Ecuador. Se propone crear una Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera para regular el sistema bancario y monetario. También se discuten temas como la emisión de moneda electrónica por el Banco Central, los requisitos para los administradores de entidades financieras, y los requisitos para la constitución de nuevos bancos.
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012 Dispónese una operación de financiamientoForo Blog
Este documento autoriza un préstamo de $10.417.603.333 del Banco de la Nación Argentina al Tesoro Nacional. Se establecen las condiciones del préstamo, incluyendo 12 desembolsos entre enero y diciembre de 2012, amortización en 24 cuotas mensuales a partir de enero de 2013, y una tasa de interés variable igual a la tasa Badlar más 100 puntos básicos. La Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas firmarán la documentación y la Secretaría de Finanzas será la autoridad de aplicación de
Presentación realizada en la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno en Santa Cruz, sobre la nueva Ley de Servicios Financieros.
www.economiayfinanzas.gob.bo
Este documento presenta la nomenclatura de cuentas para entidades financieras en Bolivia. Se divide la estructura de cuentas en activo, pasivo, patrimonio y resultados, con múltiples subcuentas para clasificar los diferentes tipos de activos como disponibilidades, inversiones temporarias e inversiones permanentes, así como la cartera de créditos vigente.
El Banco Central de la República Argentina comunica la extensión de varias medidas de apoyo al sector financiero hasta marzo o junio de 2021 debido a la pandemia de COVID-19. Estas medidas incluyen la postergación del cobro de intereses por cuotas impagas, el aumento de los plazos de mora admitidos antes de recategorizar deudores y la prohibición de cobrar comisiones por el uso de cajeros automáticos. También se posterga la aplicación de una normativa contable y se extiende la suspensión de la distribución de
El documento resume las principales diferencias entre la banca múltiple y la banca de desarrollo en México. La banca múltiple son instituciones privadas que realizan operaciones de captación y colocación de recursos del público. La banca de desarrollo son entidades de la administración pública que se rigen por su ley orgánica y apoyan el desarrollo del país.
El documento describe los Bonos de la República de Nicaragua (BRN), valores emitidos por el gobierno para financiar el presupuesto nacional. Los BRN ofrecen una inversión segura con rendimientos superiores al 7% anual. Tanto personas como instituciones pueden comprar BRN a través de puestos de bolsa de valores. El gobierno usa los fondos de los BRN para financiar el presupuesto y promover el desarrollo económico del país.
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio ClavijoSHARE Networking
Objetivos de la Ley aprobada sólo hace unos días en la Asamblea de la Republica del Ecuador:
Control de la liquidez y del dinero del sistema financiero.
Planteados en el proyecto:
• Reorganización y fortalecimiento del sistema financiero (autoridad
única).
• Democratización del sistema financiero.
• Recuperación de la soberanía monetaria
• Cambio de las relaciones de poder y de la estructura económica.
Objetivo Real:
• Control de la liquidez y del dinero del sistema financiero ecuatoriano.
Este documento establece el marco regulatorio para los sistemas monetario y financiero de Ecuador. Se crea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera para formular políticas monetarias y financieras, regular las entidades financieras, de valores y seguros, y asegurar la estabilidad del sistema financiero nacional. El objetivo general es potenciar la generación de trabajo y riqueza de una manera consistente con los principios de inclusión, equidad y protección de los derechos de los usuarios.
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspectos contables, fiscales, legales aplicables en los diferentes países iberoamericanos donde invertir o expanderse
El documento resume las principales disposiciones del nuevo Código Monetario y Financiero de Ecuador. Establece una Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera que supervisará el sistema financiero nacional. También crea el Banco Central del Ecuador para implementar la política monetaria y crediticia del Estado. Se establecen varios organismos de supervisión como la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. El Código unifica el sistema mon
Proyecto de Decreto: Productos canales digitales e inclusivosImix Colombia
Octubre 9, de 2019 se modifica el decreto 2555 de 2010 con respecto a corresponsales, cuentas de ahorro electrónicas, depósitos electrónicos, el crédito de bajo monto y se dictan otras disposiciones.
Este documento describe el marco regulatorio de las fintech en Colombia. Explica los requisitos para constituir una fintech como empresa, incluyendo la necesidad de obtener autorización de la Superintendencia Financiera si realiza actividades financieras. También resume las principales leyes y decretos que regulan aspectos como las Sociedades Especializadas en Pagos y Depósitos Electrónicos, el crowdfunding, las inversiones de entidades financieras en fintech, y los sistemas de pagos de bajo valor.
Las instituciones de banca múltiple son instituciones de crédito autorizadas por el gobierno federal para captar recursos financieros del público y otorgar créditos para mantener las actividades económicas. Están autorizadas a realizar actividades como recibir depósitos, emitir tarjetas de crédito u otorgar préstamos. Para operar, requieren autorización del gobierno federal y deben cumplir con requisitos como constituirse como sociedad anónima y establecer su domicilio en México. Están sujetas a
Este documento establece el grupo de entidades obligadas a suministrar información tributaria a la DIAN para el año 2013, incluyendo datos de cuentas bancarias, certificados de depósito, inversiones, tarjetas de crédito, préstamos y más. Se especifica el contenido y formato técnico requerido para cada tipo de información, así como los plazos para la entrega de la misma. La resolución fue emitida por el Director General de la DIAN para cumplir con la ley tributaria colombiana.
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financierosJuridicos Asociados
La ley tiene como objetivo regular las comisiones y cuotas de intercambio de los servicios financieros para garantizar la transparencia y proteger a los usuarios. Define términos clave como comisión, cliente, entidad financiera, entidad comercial y medio de disposición. Establece que la supervisión del cumplimiento de la ley corresponde al Banco de México, a la Comisión Nacional para la Protección al Usuario de Servicios Financieros y a la Procuraduría Federal del Consumidor, según el tipo de entidad.
El documento presenta los aspectos fundamentales de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las tasas, sujetos obligados y exentos, y reglas para el acreditamiento de los impuestos contra otras contribuciones para los contribuyentes.
Luis Pineda | Comparecencia en el Parlament de CatalunyaLuis Pineda
El presidente de Ausbanc, Luis Pineda, compareció el pasado 25 de julio de 2011 ante la Comisión de Justicia del Parlamento de Cataluña que tiene por objetivo presentar a la Mesa del Congreso de los Diputados sus propuestas y medidas en el ámbito hipotecario, contra el sobreendeudamiento personal y familiar y de protección frente a procedimientos de ejecución a la vivienda habitual, así como la modificación de la Ley 1/200 de Enjuiciamiento Civil.
Luis Pineda, abogado y doctor en Derecho, actuando como portavoz de la asociación, analizó la situación económica española y no dudó en acusar directamente al Banco de España como órgano supervisor y a su gobernador, Miguel Angel Fernández Ordóñez, de delito de ‘lesa patria’, por haber permitido con su pasividad que la situación económica de España haya llegado al punto en que nos encontramos ahora.
Pineda hizo un exhaustivo repaso a la situación actual de España, analizó también la legislación vigente e hizo un examen de derecho comparado con otros países de Europa, EEUU y Latinoamérica.
Luis Pineda aprovechó para explicar la propuesta de la asociación para reducir el impacto de las ejecuciones hipotecarias en los consumidores españoles.
El documento presenta un resumen de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las fechas de entrada en vigor de ambos impuestos, se definen los sujetos obligados y exentos, y se describen aspectos clave como las tasas aplicables, deducciones permitidas, y reglas para el acreditamiento e imputación de los impuestos.
Este documento resume y cuestiona varios aspectos clave del proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero actualmente bajo consideración en la Asamblea Nacional de Ecuador. El proyecto establecería un sistema de tres tipos de moneda y daría al Presidente control total sobre la liquidez y tasas de interés del sistema financiero. Además, reduciría la transparencia y responsabilidad y permitiría al gobierno controlar tanto la banca pública como privada. El documento advierte que una aprobación apresurada del proyecto podría tener
El documento presenta un proyecto de código orgánico monetario y financiero para Ecuador. Se propone crear una Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera para regular el sistema bancario y monetario. También se discuten temas como la emisión de moneda electrónica por el Banco Central, los requisitos para los administradores de entidades financieras, y los requisitos para la constitución de nuevos bancos.
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012 Dispónese una operación de financiamientoForo Blog
Este documento autoriza un préstamo de $10.417.603.333 del Banco de la Nación Argentina al Tesoro Nacional. Se establecen las condiciones del préstamo, incluyendo 12 desembolsos entre enero y diciembre de 2012, amortización en 24 cuotas mensuales a partir de enero de 2013, y una tasa de interés variable igual a la tasa Badlar más 100 puntos básicos. La Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas firmarán la documentación y la Secretaría de Finanzas será la autoridad de aplicación de
Presentación realizada en la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno en Santa Cruz, sobre la nueva Ley de Servicios Financieros.
www.economiayfinanzas.gob.bo
Este documento presenta la nomenclatura de cuentas para entidades financieras en Bolivia. Se divide la estructura de cuentas en activo, pasivo, patrimonio y resultados, con múltiples subcuentas para clasificar los diferentes tipos de activos como disponibilidades, inversiones temporarias e inversiones permanentes, así como la cartera de créditos vigente.
El Banco Central de la República Argentina comunica la extensión de varias medidas de apoyo al sector financiero hasta marzo o junio de 2021 debido a la pandemia de COVID-19. Estas medidas incluyen la postergación del cobro de intereses por cuotas impagas, el aumento de los plazos de mora admitidos antes de recategorizar deudores y la prohibición de cobrar comisiones por el uso de cajeros automáticos. También se posterga la aplicación de una normativa contable y se extiende la suspensión de la distribución de
El documento resume las principales diferencias entre la banca múltiple y la banca de desarrollo en México. La banca múltiple son instituciones privadas que realizan operaciones de captación y colocación de recursos del público. La banca de desarrollo son entidades de la administración pública que se rigen por su ley orgánica y apoyan el desarrollo del país.
El documento describe los Bonos de la República de Nicaragua (BRN), valores emitidos por el gobierno para financiar el presupuesto nacional. Los BRN ofrecen una inversión segura con rendimientos superiores al 7% anual. Tanto personas como instituciones pueden comprar BRN a través de puestos de bolsa de valores. El gobierno usa los fondos de los BRN para financiar el presupuesto y promover el desarrollo económico del país.
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio ClavijoSHARE Networking
Objetivos de la Ley aprobada sólo hace unos días en la Asamblea de la Republica del Ecuador:
Control de la liquidez y del dinero del sistema financiero.
Planteados en el proyecto:
• Reorganización y fortalecimiento del sistema financiero (autoridad
única).
• Democratización del sistema financiero.
• Recuperación de la soberanía monetaria
• Cambio de las relaciones de poder y de la estructura económica.
Objetivo Real:
• Control de la liquidez y del dinero del sistema financiero ecuatoriano.
Este documento establece el marco regulatorio para los sistemas monetario y financiero de Ecuador. Se crea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera para formular políticas monetarias y financieras, regular las entidades financieras, de valores y seguros, y asegurar la estabilidad del sistema financiero nacional. El objetivo general es potenciar la generación de trabajo y riqueza de una manera consistente con los principios de inclusión, equidad y protección de los derechos de los usuarios.
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspectos contables, fiscales, legales aplicables en los diferentes países iberoamericanos donde invertir o expanderse
El documento resume las principales disposiciones del nuevo Código Monetario y Financiero de Ecuador. Establece una Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera que supervisará el sistema financiero nacional. También crea el Banco Central del Ecuador para implementar la política monetaria y crediticia del Estado. Se establecen varios organismos de supervisión como la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. El Código unifica el sistema mon
Proyecto de Decreto: Productos canales digitales e inclusivosImix Colombia
Octubre 9, de 2019 se modifica el decreto 2555 de 2010 con respecto a corresponsales, cuentas de ahorro electrónicas, depósitos electrónicos, el crédito de bajo monto y se dictan otras disposiciones.
Este documento describe el marco regulatorio de las fintech en Colombia. Explica los requisitos para constituir una fintech como empresa, incluyendo la necesidad de obtener autorización de la Superintendencia Financiera si realiza actividades financieras. También resume las principales leyes y decretos que regulan aspectos como las Sociedades Especializadas en Pagos y Depósitos Electrónicos, el crowdfunding, las inversiones de entidades financieras en fintech, y los sistemas de pagos de bajo valor.
SECTOR FINTECH EN COLOMBIA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA PROCOLOMBIAMarcoAntonioDazaBaut
1. El documento describe el marco regulatorio de las empresas fintech en Colombia. 2. La Superintendencia Financiera de Colombia supervisa el sector fintech y las empresas deben cumplir con requisitos de capital mínimo y otros requisitos para operar. 3. La ley ha creado figuras como las Sociedades Especializadas en Pagos y Depósitos Electrónicos y ha regulado actividades como el crowdfunding y los pagos de bajo valor para promover la innovación financiera.
Este documento proporciona información sobre la contabilización de la cartera de créditos en las entidades financieras. Explica conceptos como cartera vigente, cartera vencida y cartera en ejecución, así como los asientos contables relacionados. Además, incluye detalles sobre el cálculo de intereses penales y la clasificación legal de la cartera de créditos en Bolivia.
1. El documento describe el marco regulatorio de las fintech en Colombia, incluyendo la Ley de Inclusión Financiera que creó las Sociedades Anónimas Especializadas en Pagos y Depósitos Electrónicos (SEDPES), el decreto que regula el crowdfunding, y decretos relacionados con inversiones de entidades financieras en fintech y pagos de bajo valor.
2. Explica que la Superintendencia Financiera supervisa a las entidades financieras como las SEDPES, y los requisitos para constituir diferentes tipos de
Este documento establece nuevas regulaciones sobre las comisiones que pueden cobrar las instituciones financieras en México. Se prohíbe el cobro de comisiones por servicios básicos como retiros de efectivo, consultas de saldo y pagos de créditos. También se establecen límites a las comisiones por incumplimiento de pagos o sobregiros. Además, se requiere que las instituciones ofrezcan cuentas básicas sin comisiones para recibir nóminas u ofrecer servicios básicos al
Este documento propone reformas a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros para regular mejor los costos asociados con las tarjetas de crédito en México. Actualmente, los Costos Anuales Totales (CAT) de las tarjetas de crédito mexicanas son mucho más altos que en otros países, y a menudo no reflejan adecuadamente el riesgo. La propuesta busca aclarar el objetivo de la ley para incluir la regulación de las tasas de interés, y facultar al Banco de México para regular
Este documento propone reformas a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros para regular mejor los costos asociados con las tarjetas de crédito en México. Actualmente, los Costos Anuales Totales (CAT) de las tarjetas de crédito mexicanas son mucho más altos que en otros países, y a menudo no reflejan adecuadamente el riesgo. La propuesta busca aclarar el objetivo de la ley para incluir la regulación de las tasas de interés, y dar al Banco de México más autoridad
Este decreto establece las regulaciones para la contratación de fideicomisos laborales por parte de la administración pública nacional con el fin de depositar mensualmente las prestaciones de antigüedad y pasivos laborales de los funcionarios y empleados. Se especifican los requisitos para los contratos de fideicomiso, el proceso de depósito de fondos, y las responsabilidades de los organismos de la administración y el Ministerio de Hacienda para la administración y pago de los fideicomisos.
Exencion GMF SEctor solidarioDecreto 1744 del 13 de agosto de 2013normasresumidas
Que la Ley 1607 de 2012 introdujo modificaciones y adiciones a los artículos 879 y 881 del Estatuto Tributario, referidas a las exenciones del Gravamen a los Movimientos Financieros ya la devolución del Gravamen a los Movimientos Financieros en los procesos de titularización de activos no hipotecarios a que se refiere el artículo 72 de la Ley 1328 de 2009.
Decreto 1692 del 18 de diciembre de 2020Imix Colombia
Recientemente el gobierno Nacional de Colombia informó sobre la nueva reforma en regulación de pagos digitales, el decreto 1962 del 18 de Diciembre 2020 estableció las nuevas reglas de acceso a nuevos participantes de los sistemas de pago.
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financierosjangulog
El documento presenta una iniciativa de ley para reformar la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. La iniciativa busca definir legalmente el estado de cuenta y garantizar el derecho de los usuarios a acceder a él en cualquier momento, así como a los documentos que respalden cada transacción. Esto permitirá a los usuarios identificar cargos incorrectos y dará mayor certidumbre sobre los montos adeudados.
Este documento presenta un proyecto de ley para reformar la regulación del sector bancario venezolano. El proyecto busca crear un marco legal que canalice los fondos bancarios hacia la economía productiva, fortalecer la capacidad del regulador para prevenir irregularidades e incumplimientos, y promover una mayor participación del sector bancario en la economía nacional. Algunas de las reformas propuestas incluyen la creación de una nueva Superintendencia Bancaria y un fondo de protección de depósitos, así como nuevas normas
Este documento presenta modificaciones a la Circular Básica Contable y Financiera No. 004 de 2008 emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria de Colombia. Las modificaciones incluyen cambios a los criterios mínimos para el otorgamiento de créditos, como requerir una evaluación más detallada de la capacidad de pago del deudor y consultar centrales de riesgo. También se especifican nuevos procedimientos para el seguimiento y control de la cartera de créditos de las organizaciones solidarias. El propósito general es for
Acuerdo del Concejo Municipal de Concepción Antioquia. Por medio del cual se aprueba el presupuesto general del Municipio de Concepción para la vigencia fiscal de 2015.
Este decreto modifica el Decreto 2784 de 2012 para precisar el ámbito de aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en Colombia. Se amplía el alcance a más entidades y se establece el 31 de diciembre de 2015 como fecha para presentar los primeros estados financieros bajo NIIF. También se permitirá a ciertas entidades utilizar los estados financieros preparados bajo NIIF con anterioridad sin necesidad de preparar un nuevo estado de situación financiera de apertura.
Este documento describe el mercado de bonos municipales en Colombia. Explica que la constitución de 1991 permite a los departamentos y municipios emitir deuda pública en forma de bonos, pero que esta figura ha sido poco utilizada. También analiza la normativa colombiana sobre el endeudamiento territorial y la capacidad de pago actual de los municipios y departamentos, concluyendo que la mayoría de los grandes municipios podrían emitir bonos sin sobrepasar los límites legales.
Este documento contiene las notas a los estados financieros del Banco Colpatria Multibanca Colpatria S.A. para los años 2011 y 2010. Incluye información sobre la entidad reportante, sus principales políticas y prácticas contables, y detalles sobre posiciones activas en operaciones de mercado monetario, inversiones y otros temas contables.
Este proyecto de ley busca fortalecer el marco legal y regulatorio del sector bancario venezolano para mejorar el canalizamiento de fondos hacia la economía productiva y proteger los derechos de los ahorristas. Se crean nuevas instituciones como la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y el Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios para regular y supervisar más estrictamente a las instituciones bancarias. También se establecen nuevos requisitos de capital mínimo, contabilidad,
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...UNAM
La iniciativa de ley busca reformar la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros para mejorar la protección de los usuarios. Propone definir legalmente el estado de cuenta y garantizar el derecho de los usuarios a recibirlo de forma periódica, oportuna y comprensible para conocer sus movimientos y deudas. También busca fortalecer la transparencia y regulación de los servicios financieros para prevenir fraudes y abusos contra los usuarios.
Similar a Decreto 222 del 14 de febrero de 2020.pdf (20)
1. Most agent network models break down in rural areas, resulting in a heavy clustering of agents in cities but a severe scarcity of agents in rural localities with lower population densities.
2. Rural agents, especially those in remote frontier areas, face significant challenges to viability including low transaction volumes due to sparse populations, high costs to serve remote locations, and lack of digital and financial literacy among rural customers.
3. Prevailing agent network models have struggled to overcome these barriers, leaving vast numbers of people in rural areas with inadequate access to formal financial services through CICO agents.
Del dicho al hecho Evolucionando la corresponsalía al servicio de la inclusi...Imix Colombia
Los nuevos ecosistemas donde “corresponsales” habiliten crédito digital, microseguros o apertura de cuentas están en todo tipo de lugares; de esta manera se ha venido rompiendo las barreras con tecnología, evolucionando la red de distribución.
Gracias a la implementación de plataformas tecnológicas con aplicaciones digitales y gestiones de identidad digital para mejorar procesos de vinculación, habilitación, capacitación de nuevos agentes y monitorear su liquidez la corresponsalía sigue evolucionando aportando aún más a la inclusión financiera, además de que el uso de la analítica y data es útil para predicciones de necesidades de caja, mitigación de riesgos y para posibilitar más confianza con acceso a crédito al agente, garantizando la monetización por la generación de ingresos alternativos y originación de nuevos clientes, diversificando el esquema de pagos más allá de depósitos y retiros.
Colombia se caracteriza por contar con dueños de diversos comercios donde la inclusión financiera es algo necesario para lograr una cobertura amplia, por esa razón hoy cuenta con un gran liderazgo en la capacidad que tienen las redes corresponsales, además de que el volumen transaccional ha crecido a más de un 40% en los últimos 10 años.
Lea y conozca más en el artículo completo, ingresando al link >
SFC, Circular Externa 002 de 2021
La SFC emite instrucciones relacionadas con el régimen de oficinas y la prestación de servicios financieros a través de corresponsales. De la norma destaca:
Se definen los requisitos y condiciones para la prestación de servicios a través de corresponsales móviles y digitales y adicionar los ramos de seguro que pueden ser comercializados a través de uso de red.
Se establecen los requisitos de información relacionada con la prestación de servicios a través de corresponsales.
Se ajusta el formato 534 “Uso de productos y servicios financieros” junto con su proforma.
Se determina la realización de pruebas obligatorias entre el 26 y el 30 de abril de 2021, así como el comienzo de la transmisión oficial desde julio de 2021.
Ver Anexo
En 2020, nuestras vidas cambiaron de una manera que ninguno de nosotros podría alguna vez imagino. La pandemia en curso nos hizo adaptarnos a una nueva normalidad, haciendo de nuestros hogares nuestros lugares de trabajo y nuestras familias y mascotas nuestros compañeros de trabajo. Aprendimos un nuevo forma de comunicarnos y conducir nuestra vida.
A pesar de este escenario en constante cambio, nuestro 2020 cohorte nunca dejó de trabajar y prepararse para cada reunión y evento. Todo esto me emociona mucho sobre lo que pudimos lograr durante el programa acelerador. Las startups de este año crecieron notablemente. Demostraron que los límites no existen cuando hay una fuerza impulsora para cambiar el mundo.
También me gustaría tomarme un momento para agradecer al Equipo de MCMX, porque todo esto no habría sido posible sin él. Cada miembro dio un sobresaliente rendimiento, asegurándose de que el programa se ejecute sin problemas.
En 2021 seguiremos trabajando para atraer modelos de negocio cada vez más disruptivos que generan fuentes exponenciales de trabajo e ingresos para todo el
región. Este año queremos lograr una expansión total de nuestros esfuerzos mediante la contratación de nuevas empresas de clase mundial que proporcionar nuevas perspectivas a nuestro programa.
Me encantaría invitarte a ser miembro activo de MassChallenge México para descubrir la magia creado por las startups de nuestra región. En nuestra comunidad, somos conscientes de que estos modelos innovadores son reales disruptores y que son los mejores catalizadores para impulsar la economía de nuestro país.
Las cosas se pondrán mejor.
Saludos,
Camila Lecaros
Director General, MassChallenge México
Banca Corresponsal e Inclusión Financiera en Modelo Negocio América LatinaImix Colombia
Este documento evalúa el nivel de desarrollo de las redes de corresponsales bancarios y los productos de depósito orientados a la inclusión financiera en 7 países de América Latina. Se encontró que las redes de corresponsales son más extensas que las sucursales bancarias tradicionales, aunque su orientación es más hacia mercados bancarios tradicionales que hacia poblaciones no atendidas. Existen algunos productos de depósito incluyentes pero su adopción ha sido limitada y ninguno ha alcanzado niveles de actividad
La estrategia Tech&Touch utiliza una persona (touch) para usar un servicio financiero digital en
una comunidad. A continuación algunas de las principales motivaciones:
Conozca cuales son los avances e innovación en el sector financiero, el licenciamiento Fintech y las oportunidades de innovación en el sector financiero.
Conozca el resumen "Aceleradores a un mundo inclusivo en un ecosistema de Pagos digitales", en el siguiente articulo podrá observar la brecha de los 25 países en los que la digitalización ha tenido un gran impacto y revela 10 pasos o aceleradores que los gobiernos y las empresas pueden tomar para construir las economías digitales.
Introducción microsoft social engagement crmImix Colombia
Este documento proporciona una introducción a Microsoft Social Engagement, una herramienta que permite a las empresas escuchar y participar en conversaciones sociales. Explica cómo la escucha social y la interacción pueden ayudar a las ventas, el marketing y el servicio al cliente. Describe las funciones clave como el análisis social, la participación en redes sociales y la integración con Dynamics CRM. El objetivo final es ayudar a las empresas a comprender mejor las opiniones de los clientes y construir relaciones más sólidas.
revista Vritti+edition+6 - mahindracomviva Imix Colombia
Le compartimos una de las ediciones de la revista Vritti con artículos y contenido de interés que cubren NFC (Near field communication), IOT (Internet of things) internet de las cosas, en donde también podrá ver cómo se comporta el crecimiento del mercado de la billetera móvil en Oriente Medio y el papel del dinero móvil en la rehabilitación de los refugiados en las zonas de conflicto. #BilleteraMóvil
Corresponsales bancarios en Colombia: Expansión rural y su frontera, informac...Imix Colombia
Conozca la situación actual de los canales de corresponsalía bancaria:
La situación actual del modelo de corresponsalía se caracteriza por:
Duplicación de los puntos en los reportes estandarizados existentes. Papel central de los agregadores en la operación de la mayoría de los puntos, tanto en áreas urbanas como rurales.
El canal no ha alcanzado su madurez en áreas rurales, donde aún hay espacio para crecer.
Los avances en inteligencia artificial combinados con la proliferación de apps de mensajería, son el combustible para el desarrollo de los Chatbots - programas de software que utilizan mensajería como la interfase para realizar un número de tareas como programar una reunión, reportar el clima, hacer un pago o ayudar a los usuarios a comprar un par de zapatos.
Viendo el potencial inmenso de los ChatBots, los negocios están comenzando a invertir de manera importante en aprovechar la economía de los bots.
E book introducing_microsoft_social_engagement_sourceImix Colombia
En un mundo social conectado, la interacción con los clientes puede darse en cualquier lugar y momento, y es vital para hacer que su negocio crezca. Microsoft Social Engagement pone eficaces herramientas para contenido social a disposición de sus equipos de ventas, marketing y servicio. Estas herramientas les permiten obtener una idea clara de la opinión que tiene la gente sobre su negocio y ponerse en contacto de forma proactiva con clientes, admiradores y críticos en los medios sociales.
Reporte de Inclusión Financiera a septiembre de 2016, el indicador de Inclusión Financiera se ubicó en 77,4% equivalente a 25,6 millones de adultos con algún producto financiero. Por su parte, los adultos con productos activos o vigentes llegaron a 21,8 millones que significan el 65,9% de los adultos del país.
Narendra Modi obtuvo un tercer mandato, aunque su partido, Bharatiya Janata Party (BJP), perdió la mayoría absoluta que tenía en Cámara Baja del Parlamente, Lok Sabha. De los 543curules solo consiguió 240 (perdió 63 comparado con los asientos que obtuvo en las últimas elecciones del 2019) y gobernara en alianza con dos partidos para una coalición con 292 votos curules. Modi era visto como invencible pues su partido gano dos veces antes, el 2014 y 2019, con mayoría absoluta, y quería en estas elecciones tener unos 400 asientos para su partido. Y muchas encuestadoras aseguraban que iba a tener mayoría por lo menos.
No ha sido así, no es invencible. Sigue siendo el líder más popular, el otro partido con más votos, el Partido del Congreso, de la familia Gandhi, con Rahul Gandhi solo consiguió 99 votos (aunque esto es un gran avance respecto a la última elección que solo consiguió 52 votos).
Modi gobernara por tercera vez, algo que antes solo lo hizo Jawaharlal Nehru.
Narendra Modi es uno de los lideres más populares en la historia de la India (y en el mundo en la actualidad), que consolido su poder desde que fue gobernador de Guyarat donde fue jefe de ese estado del 2001 al 2014. Es miembro también del Rastriya Swayamsevak Sangh, abreviada RSS (en español Asociación de Voluntarios Nacionales o Asociación Patriótica Nacional), una organización paramilitar india de externa derecha y nacionalista hindú, conformada por voluntarios.
1. ' .'
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República de Colombia
PRESIDENCIA n~ 1..1 n~PÚBLlCA
, SECHETARIA JURIDICA
Havisó ~
UberladyOrden V /1 ~ (
Ministerio de Hacienda y Crédito Público A~~.,__' _ ......-=-1
DECRETO v "'~ 222
Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
de bajo monto y se dictan otras disposiciones,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por
los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 110
numeral 1. del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 182 de la ley 1955
de2019.
CONSIDERANDO
Que la inclusión financiera es determinante para el desarrollo económico del país, ya que
cuando la población accede y usa productos y servicios financieros formales aumenta su
capacidad de ahorro y de consumo, su potencial de inversión y adquiere mecanismos de
protección frente a riesgos, aumentando sus oportunidades económicas y mejorando su
bienestar.
Que el modelo de corresponsalía ha contribuido en gran medida a la inclusión financiera
al permitir ampliar la cobertura de las entidades financieras en todo el territorio nacional,
especialmente en zonas rurales y apartadas,
Que las cuentas de ahorro electrónicas y los depósitos electrónicos con trárnite de
apertura simplificado han permitido a la población realizar pagos y transacciones de forma
segura y construir historiales de información que permitan a la población transitar a otros
productos financieros como el crédito y así aumentar la inclusión financiera.
Que el crédito de consumo de bajo monto es un producto creado para que la población,
especialmente aquella sin experiencia financiera, pueda satisfacer sus necesidades de
financiación a través de fuentes formales y en condiciones asequibles,
Que la Ley 1955 de 2019, mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo
2018-2022, en su artículo 182, ordena al Gobierno Nacional reglamentar la manera en
que se profundicen los microcréditos a través de las entidades del sector financiero como
instrumento de formalización de generación de empleo e instrumento para combatir el
"gota a gota" o "paga diario",
2. 222DECRETO NÚMERO ------- de _______ Página 2 de 11
"Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
de bajo monto y se dictan otras disposiciones"
Que se hace necesario ajustar las disposiciones relativas a microcrédito del Decreto 2555
de 2010 con el fin de que sean concordantes con el Decreto 957 del 5 de junio de 2019
que regula los criterios de clasificación de las micro, pequeñas, medianas y grandes
empresas.
Que se cumplió con las formalidades del numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011
y del artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015.
Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección
Normativa y Estudios de Regulación Financiera -URF- aprobó el contenido del presente
Decreto, mediante Acta No. 011 del 26 de noviembre de 2019.
DECRETA
Artículo 1. Sustitúyase el Título 15, del Libro 1 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010,
el cual quedará así:
"TíTULO 15 DEPÓSITOS DE BAJO MONTO Y ORDINARIO
CAPíTULO 1
DEPÓSITO DE BAJO MONTO
Artículo 2.1.15.1.1. Entidades que podrán ofrecerlo. De conformidad con lo previsto
en el artículo 70 de la Ley 1151 de 2007 y el artículo 2 de ley 1735 de 2014, se entienden
incorporadas a la lista de operaciones autorizadas para los establecimientos de crédito,
las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos (SEDPE) y las
cooperativas facultadas para desarrollar la actividad financiera, los depósitos de bajo
monto, en las condiciones que se establecen en el presente Capítulo.
En el caso que depósitos de bajo monto sean dirigidos a las personas pertenecientes al
nivel 1 del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales
-Sisbén-, desplazados inscritos en el Registro Único de Población Desplazada o
beneficiarios de programas de ayuda y/o subsidios otorgados por el Estado Colombiano,
estos depósitos se denominarán depósitos de bajo monto inclusivos.
Los recursos captados por medio de los depósitos de bajo monto inclusivos no estarán
sometidos a ningún tipo de inversión obligatoria.
Artículo 2.1.15.1.2. Características del depósito de bajo monto. Los depósitos de bajo
monto son depósitos a la vista a nombre de personas naturales, con las siguientes
características:
a) El saldo máximo de depósitos no podrá exceder en ningún momento ocho (8) salarios
mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
3. --------DECRETO NÚMERO .. 'v 222 de ________ Página 3 de 11
"Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
de bajo monto y se dictan otras disposiciones"
b) El monto acumulado de las operaciones débito que se realicen en un mes calendario
no podrá superar los ocho (8) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV);
c) El depósito debe estar asociado a uno o más instrumentos o mecanismos que permiten
a su titular, mediante documentos físicos o mensajes de datos, extinguir una obligación
dineraria y/o transferir fondos y/o hacer retiros.
d) El contrato deberá establecer de manera clara, los canales a los cuales se tendrá
acceso, así como aquellos que se encuentren restringidos.
e) El contrato podrá terminarse unilateralmente en caso de que el depósito permanezca
sin fondos durante un plazo que para el efecto determinen las partes, el cual no podrá
ser nunca inferior a 3 meses.
f) El contrato deberá establecer si se ofrece o no el reconocimiento de una tasa de interés
por la captación de recursos mediante los depósitos de bajo monto.
g) El consumidor financiero solamente puede ser titular de un (1) depósito de bajo monto
en cada entidad.
Parágrafo. Los recursos provenientes de programas de ayuda y/o subsidios otorgados
por el Estado colombiano o los desembolsos de créditos de bajo monto otorgados por
entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia no se tendrán en
cuenta para el cálculo de los límites establecidos en los literales a) y b) del presente
artículo.
Artículo 2.1.15.1.3. Trámite simplificado de apertura. La Superintendencia Financiera
de Colombia y la Superintendencia de la Economía Solidaria deberán establecer para
sus entidades vigiladas, respectivamente, los trámites y requisitos de apertura de los
depósitos de bajo monto, los cuales serán simplificados y no requerirán la presencia física
del consumidor financiero.
Artículo 2.1.15.1.4. Administración y manejo de los depósitos. La Superintendencia
Financiera de Colombia deberá establecer condiciones y trámites especiales para la
administración y el manejo de los depósitos de bajo monto, de los que trata el presente
Capítulo, tales como reglas para el uso de canales, medios de manejo y administración
de riesgos. La Superintendencia de la Economía Solidaria desarrollará esta misma
actividad respecto de las cooperativas facultadas para desarrollar la actividad financiera.
CAPíTULO 2
DEPÓSITO ORDINARIO
Artículo 2.1.15.2.1. Entidades que podrán ofrecer/o. Se entienden incorporadas a la
lista de operaciones autorizadas para los establecimientos de crédito, las sociedades
especializadas en depósitos y pagos electrónicos (SEDPE) y las cooperativas facultadas
para desarrollar la actividad financiera, los depósitos ordinarios, en las condiciones que
se establecen en el presente Capítulo.
4. ------- -------
222DECRETO NÚMERO de Página 4 11
"Por el cual se modifica el Decreto
corresponsales, de ahorro electrónicas, depósitos
bajo monto y se dictan disposiciones"
Artículo 2.1.1 Características del depósito ordinario. Los depósitos ordinarios
son depósitos a a nombre de y personas , con las
siguientes
El depósito asociado a uno o más instrumentos o mecanismos permiten
a su titular, documentos físicos o de datos, extinguir una obligación
dineraria y/o fondos y/o hacer retiros.
b) El contrato deberá establecer de manera ra, canales a los se
acceso, así como uellos que se encuentren restringidos.
c) contrato podrá que el depósito permanezca
sin fondos un que para las partes, el no pod
ser nunca inferior a 3 meses.
2010 en lo relacionado con
f) contrato si se ofrece o no reconocimiento de una tasa interés
por la captación recursos mediante depósitos ordinarios.
Artículo 2.1.15.2.3. Administración y manejo
Financiera de Colombia establecer y trámites
administración y de los depósitos ordinarios, de los que
Capítulo, tales como para el uso de de manejo y
de riesgos. La Superintendencia de la Economía desarrollará
actividad respecto rrollar la activid
Artículo 2.1.15.2.4. Trámite de apertura ordinario.
ordinarios presenciales y no presenciales deberán rse los procedimientos
ordinarios en materia conocimiento del cliente, seguridad y calidad para el manejo
la información y los req prevención de lavado activos y financiación
terrorismo, establecidos por la Superintendencia de Colombia y
Superintendencia de ía Solidaria para sus entidades
respectivamente. "
Artículo 2. Modifíquese el artículo 1.1 1.1 del de 2010, el cual quedará
de crédito con
anterioridad a ningún producto crediticio en el sistema
consumo de bajo monto, cuyo monto o cupo máximo es
Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).
Superintendencia
monto o cupo máximo
(SMLMV).
características del
a. Podrá ser de carácter rotativo;
crédito de consumo bajo monto es una operación
personas natu no hayan accedido con
diferente a otro crédito
cuatro (4) Salarios
Colombia podrá manera general, dicho
(8) Salarios Mínimos Mensuales Vigentes
consumo de bajo monto son'
5. DECRETO NÚMERO ., >,~ 222 de _______ Página 5 de 11
"Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
de bajo monto y se dictan otras disposiciones"
b. No podrá ser ofrecido por medio de sistemas de tarjetas de crédito;
c. La respectiva entidad define la frecuencia de pago;
d. La respectiva entidad debe definir el plazo máximo para el desembolso de los
recursos."
Artículo 3. Modifíquese el artículo 2.1.16.1.2 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará
así:
"Artículo 2.1.16.1.2 Otorgamiento y seguimiento al crédito de consumo de bajo
monto. Las entidades financieras que ofrezcan el crédito de consumo de bajo monto
deberán contar con un proceso de otorgamiento en el que se definan las fuentes de
información, que le permita establecer el perfil crediticio del respectivo deudor y, un
proceso de seguimiento específico. Dichos procesos podrán diferir de las metodologías
tradicionalmente utilizadas para tal fin."
Artículo 4. Modifíquese el artículo 2.1.16.1.4 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará
así:
"Artículo 2.1.16.1.4 Reportes a las centrales de riesgo. Las entidades que ofrezcan el
crédito de consumo de bajo monto, deberán efectuar los reportes y la actualización
oportuna de la información sobre los deudores en las bases de datos de las centrales de
riesgo que se elijan de conformidad con la Ley 1266 de 2008 y en particular los artículos
8° y 12 de la misma."
Artículo 5. Modifíquese el artículo 2.36.9.1.1. del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará
así:
"Artículo 2.36.9.1.1. Servicios prestados por medio de corresponsales. Los
establecimientos de crédito incluyendo aquellos de naturaleza especial, las sociedades
especializadas en depósitos y pagos electrónicos, las sociedades administradoras de
inversión, las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las sociedades
administradoras de fondos de pensiones, las sociedades fiduciarias, los intermediarios
del mercado cambiario -IMC- y las entidades aseguradoras, podrán prestar los servicios
a que se refieren los artículos 2.36.9.1.4 a 2.36.9.1.9 y el 2.36.9.1.17 del presente
decreto, bajo su plena responsabilidad, a través de corresponsales.
Se entiende como corresponsal, aquel tercero a través del cual las entidades
mencionadas en el primer inciso de este artículo prestan sus servicios. El corresponsal
podrá prestar sus servicios en instalaciones físicas fijas, así como también podrá ser
móvil y digital. .
Parágrafo 1. La actividad de corresponsal no implica modificación alguna de la
naturaleza y régimen de quienes se contratan para prestar dichos servicios. En
consecuencia, el corresponsal podrá desarrollar dicha actividad de manera independiente
a su actividad económica principal.
6. DECRETO NÚMERO 222 Página 6 de 11-------- de ------
"Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
de bajo monto y se dictan otras disposiciones"
Parágrafo 2. La participación de un corresponsal no exonera a las entidades
mencionadas en el artículo 2.36.9.1.1. que prestan sus servicios a través de corresponsal
y a los usuarios o clientes beneficiarios de los servicios autorizados al corresponsal, del
cumplimiento de los deberes previstos en relación con las obligaciones de conocimiento
del cliente y de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como
de todas las obligaciones derivadas del régimen cambiario, tales como la presentación
de la declaración de cambio."
Artículo 6. Modifíquese los incisos 1 y 2 del artículo 2.36.9.1.2 del Decreto 2555 de 2010,
los cuales quedarán así:
"Artículo 2.36.9.1.2 Calidad de los corresponsales. Podrá actuar como corresponsal
de las entidades mencionadas en el artículo 2.36.9.1.1. cualquier persona natural o
jurídica, siempre y cuando su régimen legal u objeto social se lo permita.
La Superintendencia Financiera de Colombia podrá señalar, por medio de instructivo
general, las condiciones que deberán cumplir los corresponsales para asegurar que
cuenten con la debida idoneidad moral, así como la adecuada infraestructura técnica y/o
de recursos humanos, para la prestación de los servicios financieros acordados con la
entidad."
Artículo 7. Modifíquese el artículo 2.36.9.1.11 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará
así:
"Artículo 2.36.9.1.11 Contenido de los contratos. Los contratos celebrados entre las
entidades mencionadas en el artículo 2.36.9.1.1. y sus corresponsales, deberán
contener, como mínimo, lo siguiente:"
1. La indicación expresa de la plena responsabilidad de la entidad frente al cliente o
usuario, por los servicios prestados por medio del corresponsal.
2. Las obligaciones de ambas partes.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el numeral 1 del presente artículo, la identificación de
los riesgos asociados a la prestación de los servicios que serán asumidos por el
corresponsal frente a la entidad que lo contrata, y la forma en que aquel responderá
ante ésta, incluyendo, entre otros, los riesgos inherentes al manejo del efectivo.
4. Las medidas para mitigar o cubrir los riesgos asociados a la prestación de los servicios
autorizados, incluyendo aquellas relacionadas con la prevención y el control del
lavado de activos y financiación del terrorismo. Tales medidas deberán incluir como
mínimo el establecimiento de límites para la prestación de los servicios, como monto
por transacción, número de transacciones por cliente o usuario y tipo de transacción.
5. La obligación del corresponsal y/o entidad que lo contrata para la prestación de sus
servicios, según corresponda, de entregar a los clientes y usuarios el soporte de la
transacción realizada, el cual deberá ser expedido en forma física o electrónica y
deberá incluir cuando menos la fecha, hora, tipo y monto de la transacción, así como
el corresponsal y la entidad por cuenta de quien se presta el servicio.
6. La remuneración a favor del corresponsal ya cargo de la entidad que lo contrata para
la prestación de sus servicios, y la forma de pago.
7. 13. obligación
l. . 222 de ______________DECRETO Página 7 de 11
cual se modifica el Decreto de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
bajo monto y se dictan otras disposiciones"
Los horarios atención al público, los podrán ser acordados entre
las
8. La asignación del corresponsal a una agencia, sucursal o dependencia de
la , así como los canales y procedimientos que podrá emplear el corresponsal
para comunicarse con aquellas. el caso de aseguradoras no se pod
asignar corresponsal a una agencia.
La obligación de reserva a cargo del corresponsal de la información de los
y usuarios de la entidad.
10. obligación la entidad de brindar acceso a los corresponsales a manuales
operativos que sean necesarios la adecuada prestación de servicios.
11. constancia expresa de que la entidad ha suministrado al respectivo corresponsal
la debida capacitación para prestar adecuadamente los servicios acordados, como
la obligación de tales entidades de proporcionar capacitación durante la
ejecución del contrato, cuando se algún en el mismo o en los
operativos mencionados en numeral o ello sea requerido por
corresponsal.
12. La obligación del corresponsal mantener durante la ejecución del contrato la
idoneidad, la infraestructura técnica y/o recursos humanos, adecuada la
prestación de los de acuerdo con las disposiciones que el efecto
la Superintendencia Financiera Colombia, así como la DIAN en lo que
a los profesionales compra y venta divisas.
del corresponsal de cumplir con las condiciones operativas que
establezca la Superintendencia Financiera Colombia la prestación de
servicios a través de corresponsales.
14. En evento en entidades vayan a prestar sus servicios medio de un
corresponsal, o cuando un corresponsal lo sea de una o varias de
entidades, los mecanismos aseguren la diferenciación de los servicios
prestados por cada una mencionadas entidades, como la obligación del
corresponsal de abstenerse de realizar de discriminación o entre
éstos o que impliquen competencia entre los mismos.
15. indicación de si corresponsal se encontrará autorizado para emplear el efectivo
recibido de clientes y usuarios de la entidad para transacciones relacionadas con
su propio y, en tal los términos y condiciones en que efectivo podrá
emplearse, perJuIcIo responsabilidad de la entidad que presta sus servicios
a del corresponsal frente a los clientes y usuarios, y del corresponsal frente a
la , por tales recursos.
Parágrafo 1.
como la obligación del corresponsal de consignar en una
contratante o de otro establecimiento de efectivo con una determinada
periodicidad o si se exceden ciertos limites, la contratación de segu forma de
custodia del efectivo en su poder, otros. entidades podrán otorgar a sus
corresponsales fijos y móviles, un cupo máximo operación, cual podrá ser
previamente fondeado por el corresponsal, según lo pacten las
entidades y sus corresponsales podrán convenir, además,
Así mismo, podrán convenir condiciones bajo las cuales corresponsales podrán o
no su red de agencias, sucursales, franquicias y plataformas tecnológicas
para prestar los autorizados en el presente capítulo, con indicación expresa
8. comunicación que
con la entidad
de los
financieros por
tales
relacionada con
en
"Así mismo,
ofrecidos por
podrán
mencionadas en
222 de _______DECRETO Página 8 de 11
"Por cual se modifica el 2555 de 2010 en lo relacionado con
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los electrónicos,
de bajo monto y se dictan otras disposiciones"
la responsabilidad que asume verificar manera directa la idoneidad y la
calidad en de los parte de su corresponsal.
Parágrafo 2. deberán incluir además, las siguientes prohibiciones el
corresponsal:
1. Operar cuando se presente una falla de
transacciones se puedan en línea
corresponsalía correspondiente, en los casos en
en línea.
de servicios de entidadesPara la
no se requema en línea y, en todo será responsabilidad
uradora establecer mecanismos para garantizar la oportunidad en
la transmisión la documentación y/o información.
2. Ceder el contrato total o parcialmente,
la expresa aceptación
o usuarios cualquier
sin la expresa de la entidad.
3. Subcontratar total o parcialmente, entidad.
4. Cobrar mismo a los
prestación los servicios en contrato.
Ofrecer o cualquier tipo de a favor de los el o usuarios
propia. Se deberá incluir la advertencia
actividades acarreará las consecuencias previstas
artículo 108 Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, y en las demás normas
penales pertinentes."
Artículo 8. Modifíquese el segundo artículo 2. 1.12 Decreto
2010, el cual
documentos publicitarios de los servicios
artículo 2.36.9.1.1."
10, el cualArtículo 9. Modifíquese el artículo 2.36. 1.13 del Decreto
"Artículo 2.36.9.1.13 Información a clientes y Las
mencionadas en artículo 2.36.9.1.1. presten sus servicios a
corresponsales a los a través de cualquier medio de forma
comprensible, clara, veraz y oportuna, la siguiente información:
entidades
través
1. denominación "Corresponsal" y tipo de corresponsal señalando la entidad
contratante.
Que la entidad es plenamente responsable frente a los y usuarios por los
servicIos por medio del corresponsal.
3. Que el corresponsal no está autorizado prestar servicios financieros por cuenta
propia.
Los límites que se hayan tales como
monto por
la prestación de los
, número de transacciones por cliente o usuario, o tipo
transacción.
9. 5.
corresponsal.
6.
NÚMERO -----"-...:;;:::;...;=--- Página 9 de 11
"Por el cual se modifica el Decreto de 2010 en lo relacionado con
corresponsales, las ahorro electrónicas, los el
bajo monto y se disposiciones"
que cobra entidad por cada uno los servicios se ofrecen por io
horarios convenidos con la entidad para atención al público.
Parágrafo. La información a que se refieren los numerales 1, 2 Y 3 presente
deberá indicarse, además, en la papelería y en en documentación diligenciada
por el corresponsal, en el soporte la transacción realizada de que el
5 del artículo 1.11."
Artículo 10. Modifíquese artículo 2.36.9.1.14 del Decreto de 2010, el cual
q así:
"Artículo 2.36.9.1.14 Obligaciones de las entidades. Las mencionadas en el
artículo 1.1. que sus servicios a de corresponsales deberán:
1. operar a través corresponsales por medio de
los corresponsales
de
su junta
sus veces, la cual establecerá los lineamientos
en de segmentos mercado que se atenderán, perfil
y gestión de riesgos asociados a la prestación servicios por de este
2. Contar con medios de divulgación apropiados informar a clientes y
acerca la ubicación y que se corresponsales,
tarifas que tales
3. el cumplimiento de las obligaciones
así como establecer procedimientos adecuados control interno y
de prevención y control lavado de activos y financiación del terrorismo relacionados
con prestación de los servicios por medio corresponsales.
Parágrafo 1. Los intermed previamente a
la celebración contrato con
mercado
corresponsal cumplimiento los requisitos
a que se el artículo 1 del presente título.
Parágrafo entidades abstenerse de delegar en los la toma
de las sobre la celebración de contratos con clientes, sin perjuicio de la labor
de recolección de documentación e información conforme el capítulo,
tengan
Artículo 11. Modifíquese 2.36.9.1.15 Decreto 2555 2010, el cual
quedará
"Articulo 2.36.9.1.15 Disponibilidad de los contratos. Las entidades mencionadas en
el artículo 9.1.1. que sus servicios a través de deberán
mantener a disposición de la Superintendencia de Colombia la información
completa y actualizada de los corresponsales y con ellos y
sus modificaciones, en su domicilio principal.
con los a), d), e) y f) del numerál 4 del artículo del Estatuto
Sistema Financiero, la Superintendencia Financiera Colombia podrá
"
De
efectuar de inspección a los corresponsales y exigir toda la información
considere pertinente.
10. -------DECRETO NÚMERO 222 de ___________ Página 10 de 11
"Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
de bajo monto y se dictan otras disposiciones"
La Superintendencia Financiera de Colombia señalará las instrucciones que las
entidades deben seguir para la administración de los riesgos implícitos en la prestación
de seNicios a través de corresponsales, en particular los riesgos operativo y de lavado
de activos, incluyendo las especificaciones mínimas que deberán tener los medios
tecnológicos que utilicen para la prestación de los seNicios, tanto en lo relacionado con
la transmisión de la información como con los terminales electrónicos.
Así mismo, la Superintendencia Financiera de Colombia señalará las instrucciones
pertinentes para la realización de las distintas operaciones previstas en los artículos
2.36.9.1.4 a 2.36.9.1.9 y 2.36.9.1.17 del presente decreto.
Para el caso de las entidades aseguradoras, deberán enviar a la Superintendencia
Financiera de Colombia los modelos de las pólizas de seguros que se comercializarán a
través de los corresponsales, en los términos del artículo 184 del Estatuto Orgánico del
Sistema Financiero.
Parágrafo. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
(DIAN) continuará controlando el ejercicio de las actividades de los Profesionales de
Compra y Venta de Divisas a que se refiere el artículo 100 de la Ley 1328 de 2009, de
conformidad con lo previsto en el presente título y la Resolución 000061 de 2017, y las
normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan."
Artículo 12. Modifíquese el numeral 1. del artículo 11 .2.5.1.2 del Decreto 2555 de 2010,
el cual quedará así:
"1. Microcrédito: es el constituido por las operaciones activas de crédito a las cuales se
refiere el artículo 39 de la Ley 590 de 2000, o las normas que la modifiquen, sustituyan o
adicionen, así como las realizadas con microempresas en las cuales la principal fuente
de pago de la obligación provenga de los ingresos derivados de su actividad.
Para los efectos previstos en este numeral el saldo de endeudamiento del deudor no
podrá exceder de ciento veinte (120) salarios mínimos legales mensuales vigentes al
momento de la aprobación de la respectiva operación activa de crédito.
Se entiende por saldo de endeudamiento el monto de las obligaciones vigentes a cargo
de la correspondiente microempresa con el sector financiero y otros sectores, que se
encuentren en los registros con que cuenten los operadores de bancos de datos
consultados por el respectivo acreedor, excluyendo los créditos hipotecarios para
financiación de vivienda y adicionando el valor de la nueva obligación.
Por microempresa se entenderá lo establecido en el Artículo 2.2.1.13.2.2 del Decreto
1074 de 2015 o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen."
Artículo 13. Modifíquese el primer inciso del artículo 2.11.8.1 del Decreto 1068 de 2015,
el cual quedará así:
11. .... . 222 de _______DECRETO NÚMERO
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"Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los
corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito
de bajo monto y se dictan otras disposiciones"
"Artículo 2.11.8.1. Servicios prestados por medio de corresponsales. Las
cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección
de ahorro y crédito que cumplan con los requisitos previstos en este Título, podrán
prestar, bajo su plena responsabilidad, los servicios a que se refiere el artículo 2.36.9.1.4
del Decreto 2555 de 2010 con excepción de aquellos que no están expresamente
autorizados por su régimen legal, a través de terceros corresponsales, quienes actuarán
en todo caso por cuenta de tales cooperativas, en los términos del presente Título."
Artículo 14. Régimen de transición. Teniendo en cuenta los ajustes que deberán
realizar las entidades del sector financiero para incorporar en sus procesos internos la
nueva definición de microempresa a la que se refiere el Artículo 12 del presente Decreto,
dicho artículo entrará en vigencia a partir del 31 de marzo de 2020.
Artículo 15. Vigencias y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de
su publicación, sin perjuicio del régimen de transición previsto en el artículo 14 del mismo,
sustituye el título 15 del libro 1 de la Parte 2, modifica los artículos 2.1.16.1.1, 2.1.16.1.2,
2.1.16.1.4,2.36.9.1.1, los incisos uno y dos del artículo 2.36.9.1.2, el artículo 2.36.9.1.11,
el segundo inciso del artículo 2.36.9.1.12, el artículo 2.36.9.1.13, el artículo 2.36.9.1.14 y
el artículo 2.36.9.1.15, el numeral 1 del Artículo 11.2.5.1.2 y deroga el Libro 25 de la Parte
2 del Decreto 2555 de 2010. Así mismo, se modifica el primer inciso del Artículo 2.11.8.1
del Decreto 1068 de 2015.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y RÉDITO PÚBLICO,
PUBlÍQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA