Este documento establece las directrices para la ordenación de la función pública docente y la selección del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se basa en la normativa estatal sobre educación y en la Ley de Educación de Andalucía. El decreto regula aspectos como la selección de profesores de idiomas a través de convocatorias públicas, así como las funciones de este profesorado.
Este documento modifica parcialmente una orden anterior sobre la concesión de ayudas por desplazamiento para alumnos que realizan prácticas formativas. Se realizan cambios en varios artículos para ajustar la financiación de las ayudas, actualizar los requisitos de los solicitantes, modificar los criterios de cálculo y cuantía de las ayudas, y añadir causas de reintegro. El objetivo es adaptar la orden a la normativa sobre subvenciones y a las disponibilidades presupuestarias.
Evaluación de INGRESO al Servicio Profesional Docente 2015 2016Angel Lanche
Este documento establece los lineamientos para llevar a cabo la evaluación para el ingreso al Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior para el ciclo escolar 2015-2016 en México. Define los términos clave relacionados con la evaluación y el servicio docente. Además, especifica que el ingreso al servicio se realizará a través de concursos de oposición anuales para garantizar la idoneidad de los conocimientos y capacidades de los aspirantes, y describe los procesos generales de dicha evaluación
Este decreto crea la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública. La Coordinación Nacional tendrá como objetivo ejercer las atribuciones de la Secretaría en materia del Servicio Profesional Docente y participará en actividades como la elaboración de programas de evaluación, determinación de perfiles docentes, aprobación de concursos y establecimiento de incentivos para docentes. El decreto define la estructura y funciones de la nueva Coordinación Nacional.
Este documento establece el título de formación profesional de Técnico en Carrocería en España. Define el perfil profesional del título, las enseñanzas mínimas requeridas y otros aspectos básicos del currículo. Consultó a las comunidades autónomas y a varios consejos antes de establecer este título profesional de acuerdo con las leyes educativas españolas y el marco de formación profesional de la Unión Europea.
El documento es una solicitud de pago de cesantías y mora por parte de un maestro. El maestro presentó su solicitud de cesantías el día XX y han pasado más de 70 días sin que se haya realizado el pago. El maestro solicita 1) la liquidación y pago de cesantías y 2) la liquidación y pago de la sanción por mora consistente en un día de salario por cada día de retraso luego de los 70 días de presentada la solicitud, de acuerdo a la ley. Adjunta documentos de soporte.
Este documento establece los requisitos y procedimientos relacionados con la autorización para impartir educación preescolar en México. Detalla los pasos que deben seguir los particulares para obtener dicha autorización, incluyendo la presentación de una solicitud con información sobre el personal, las instalaciones y el pago de derechos. Asimismo, especifica los requisitos para el personal directivo y docente, y los procedimientos de modificación a la autorización y avisos a la autoridad educativa.
La ley otorga un reajuste del 6% a las remuneraciones de los trabajadores del sector público a partir del 1 de diciembre de 2014. También concede un aguinaldo de Navidad de $49.396 o $26.129, dependiendo del sueldo, a estos trabajadores. Además, otorga un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2015, con montos similares. El documento establece los detalles sobre a quiénes aplican exactamente estos beneficios y cómo se financiarán.
Este documento establece los trámites y procedimientos para el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior impartidos por particulares en México. Define los términos clave y especifica los requisitos para el personal académico, así como los plazos y procedimientos para la solicitud de reconocimiento. Además, clasifica distintos programas de estudio de acuerdo a si son prácticos, científico-prácticos o científicos básicos.
Este documento modifica parcialmente una orden anterior sobre la concesión de ayudas por desplazamiento para alumnos que realizan prácticas formativas. Se realizan cambios en varios artículos para ajustar la financiación de las ayudas, actualizar los requisitos de los solicitantes, modificar los criterios de cálculo y cuantía de las ayudas, y añadir causas de reintegro. El objetivo es adaptar la orden a la normativa sobre subvenciones y a las disponibilidades presupuestarias.
Evaluación de INGRESO al Servicio Profesional Docente 2015 2016Angel Lanche
Este documento establece los lineamientos para llevar a cabo la evaluación para el ingreso al Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior para el ciclo escolar 2015-2016 en México. Define los términos clave relacionados con la evaluación y el servicio docente. Además, especifica que el ingreso al servicio se realizará a través de concursos de oposición anuales para garantizar la idoneidad de los conocimientos y capacidades de los aspirantes, y describe los procesos generales de dicha evaluación
Este decreto crea la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública. La Coordinación Nacional tendrá como objetivo ejercer las atribuciones de la Secretaría en materia del Servicio Profesional Docente y participará en actividades como la elaboración de programas de evaluación, determinación de perfiles docentes, aprobación de concursos y establecimiento de incentivos para docentes. El decreto define la estructura y funciones de la nueva Coordinación Nacional.
Este documento establece el título de formación profesional de Técnico en Carrocería en España. Define el perfil profesional del título, las enseñanzas mínimas requeridas y otros aspectos básicos del currículo. Consultó a las comunidades autónomas y a varios consejos antes de establecer este título profesional de acuerdo con las leyes educativas españolas y el marco de formación profesional de la Unión Europea.
El documento es una solicitud de pago de cesantías y mora por parte de un maestro. El maestro presentó su solicitud de cesantías el día XX y han pasado más de 70 días sin que se haya realizado el pago. El maestro solicita 1) la liquidación y pago de cesantías y 2) la liquidación y pago de la sanción por mora consistente en un día de salario por cada día de retraso luego de los 70 días de presentada la solicitud, de acuerdo a la ley. Adjunta documentos de soporte.
Este documento establece los requisitos y procedimientos relacionados con la autorización para impartir educación preescolar en México. Detalla los pasos que deben seguir los particulares para obtener dicha autorización, incluyendo la presentación de una solicitud con información sobre el personal, las instalaciones y el pago de derechos. Asimismo, especifica los requisitos para el personal directivo y docente, y los procedimientos de modificación a la autorización y avisos a la autoridad educativa.
La ley otorga un reajuste del 6% a las remuneraciones de los trabajadores del sector público a partir del 1 de diciembre de 2014. También concede un aguinaldo de Navidad de $49.396 o $26.129, dependiendo del sueldo, a estos trabajadores. Además, otorga un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2015, con montos similares. El documento establece los detalles sobre a quiénes aplican exactamente estos beneficios y cómo se financiarán.
Este documento establece los trámites y procedimientos para el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior impartidos por particulares en México. Define los términos clave y especifica los requisitos para el personal académico, así como los plazos y procedimientos para la solicitud de reconocimiento. Además, clasifica distintos programas de estudio de acuerdo a si son prácticos, científico-prácticos o científicos básicos.
El Congreso de los Diputados de España está convocando cuatro becas para estudiar y trabajar en comunicación institucional relacionada con el Parlamento. Las becas son de 12 meses de duración y ofrecen un salario anual de 12,900 euros. Los solicitantes deben ser licenciados españoles en Ciencias de la Información y presentar su solicitud dentro de los próximos 10 días. Un jurado evaluará las solicitudes y realizará entrevistas para seleccionar a los cuatro becarios principales y ocho suplentes.
Este documento presenta el Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. El reglamento establece las definiciones, requisitos y procedimientos para el otorgamiento de pensiones y prestaciones complementarias a dichos trabajadores. Además, especifica aspectos como el cálculo de años de servicio, compatibilidad de pensiones, acreditación de edad
Este documento presenta el dictamen de las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos sobre el proyecto de decreto para expedir la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El dictamen describe el proceso legislativo, los antecedentes de la iniciativa, los capítulos y contenido clave de la minuta aprobada por la Cámara de Diputados, y las consideraciones de las comisiones sobre la creación de un sistema nacional de evaluación educativa y un instituto autónomo para coordinar dicho sistema.
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017Nelson Leiva®
Este boletín presidencial, enviado al parlamento otorga un incentivo al retiro a las (os) funcionarios (as) de la Junta Nacional de Jardines Infantiles del país agrupados en Ajunji.
Condiciones pedagógicas ipes. Fundamento legal para otorgar el reconocimient...bejoxi
Este documento discute el marco legal para otorgar reconocimiento de validez oficial de estudios a instituciones particulares de educación superior en México. La Constitución y la Ley General de Educación establecen que las autoridades educativas federales y locales pueden otorgar dicho reconocimiento si las instituciones cumplen con planes de estudio aprobados y con instalaciones que satisfagan condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas. Sin embargo, el documento argumenta que a la fecha no se inspeccionan adecuadamente
ENJ - 300 Presentación General del Curso Procedimientos Penales del Juez de P...ENJ
Este documento presenta un resumen del curso "Procedimientos Penales del Juez de Paz II". El curso brinda herramientas para analizar actividades penales en juzgados de paz. Cubre temas como leyes especiales, elementos constitutivos de los delitos, procesos de alimentos y municipales. La metodología es mixta, combinando clases presenciales y online con el uso de tecnologías de la información.
Este documento establece los lineamientos generales para cambios de adscripción y permutas de maestros en los servicios de educación pública del estado de Nayarit para el ciclo escolar 2017-2018. Define el proceso de cambios de adscripción, los criterios de preparación, desempeño y permanencia, y las disposiciones para llevar a cabo las reuniones de cambios de adscripción a nivel estatal, zonal o regional dependiendo del nivel educativo. El objetivo es elevar la calidad de la educación pública en el
Ley para el Instituto Nacional para la Evaluación de la EducaciónPanista
Dictamen de las comisiones unidas de Educación, y de Estudios Legislativos, con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley del Instituto Nacional para Evaluación de la Educación.
Este decreto establece el Reglamento de la Carrera Docente en Costa Rica. Define los tipos de funcionarios docentes, como profesores, técnico-docentes y administrativo-docentes. Detalla los requisitos para ingresar a la Carrera Docente, como cumplir con las formalidades del Estatuto de Servicio Civil y presentar documentos que demuestren idoneidad. También describe las obligaciones de los docentes, como asistir puntualmente a actividades escolares y dar aviso oportuno de ausencias, así como las prohibiciones, como ejercer otra
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia en los niveles de preescolar, básica y media. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales según el título, grado y nivel de los docentes. También determina asignaciones adicionales para directivos docentes por los cargos y funciones desempeñadas, así como reconocimientos adicionales por gestión y número de jornadas. Finalmente, fija primas de alimentación, auxilio de transporte y horas
El documento presenta el Acuerdo Número 704 por el cual se emiten las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo. El acuerdo establece los lineamientos generales y procedimientos del programa dirigido a ampliar la jornada escolar en escuelas públicas de educación básica para mejorar los aprendizajes de los estudiantes. El programa será implementado por las autoridades educativas locales con apoyo financiero y de seguimiento por parte de la Secretaría de Educación Pública federal.
El demandante presenta una demanda contencioso administrativa contra la Unidad de Gestión Educativa Local Mariscal Nieto y la Dirección Regional de Educación de Moquegua por no haberle pagado la bonificación especial mensual por preparación de clases equivalente al 30% de su remuneración total, según establece la Ley del Profesorado. Solicita que se declare la nulidad de las resoluciones que le denegaron el pago y que se ordene el pago de lo adeudado más una indemnización por daños y perjuicios. Adjunta
Este documento regula los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en Andalucía. Establece las entidades que pueden promover estos proyectos, los requisitos para ser beneficiario, los destinatarios de los programas y las causas de exclusión. El objetivo es facilitar la inserción laboral de personas desempleadas a través de la formación y el trabajo.
Este documento establece las bases y convoca 187 plazas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros de Cantabria, así como para la adquisición de nuevas especialidades. Se distribuyen las plazas por especialidad y se reservan 18 plazas para personas con discapacidad. Se especifican los requisitos para aspirantes al ingreso libre y a la reserva para discapacidad. El proceso selectivo tendrá lugar de acuerdo con la normativa aplicable y durará menos de un año.
Este documento presenta la sexta Convocatoria Nacional para el Otorgamiento de Plazas Docentes del ciclo escolar 2013-2014 en México. Convoca a egresados de instituciones de educación superior a participar en un concurso nacional para obtener plazas docentes vacantes a nivel federal y estatal. Describe los requisitos para el registro de aspirantes, el proceso de aplicación del examen nacional de conocimientos y habilidades docentes, y las plazas disponibles por nivel educativo que serán asignadas a través de este mecanismo.
Este documento presenta la convocatoria nacional para el otorgamiento de plazas docentes para el ciclo escolar 2013-2014 en México. Se convoca a egresados de instituciones de educación superior a participar en el concurso nacional para obtener plazas docentes. Se describen los requisitos para el registro de aspirantes, el proceso de registro, la aplicación del examen nacional de conocimientos y habilidades docentes, y las plazas docentes que estarán disponibles.
Este documento convoca un proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia mediante el sistema de oposición. Se ofertan 752 plazas distribuidas en diferentes comunidades autónomas, reservándose 38 plazas para personas con discapacidad. El proceso constará de dos ejercicios evaluables y se realizará en las capitales de provincia de cada ámbito territorial.
EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CARRERA
PÚBLICA MAGISTERIAL. LA NECESIDAD DE
GARANTIZAR LA EFICACIA DEL
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
Artículo de Eduardo Pezo Castañeda
The document discusses new features and updates related to Linux on IBM System z mainframes, including:
- Support for newer Linux distributions and kernel versions.
- Core system improvements like address space randomization and breaking event handling.
- Enhanced I/O and networking features for DASD, FCP, QDIO, OSA, and z/VM integration.
- Tooling updates like performance monitoring and crash dumping support.
- Filesystem additions like CMSFS for z/VM minidisk access and Btrfs/ext4 changes in kernel 3.2.
El documento describe el mercado de servicios de arquitectura en España. El mercado español ha experimentado una contracción en la demanda de servicios de arquitectura en los últimos años debido a la crisis económica. Sin embargo, en 2013 se observó una recuperación inicial. El documento recomienda que las empresas chilenas de arquitectura se asocien con empresas españolas para aprovechar oportunidades en ambos mercados y en proyectos internacionales.
This document discusses social media marketing and the omni-channel consumer. It provides examples of how furniture retailer Spiller Furniture used an integrated marketing campaign across multiple channels including social media, email, direct mail, websites and more to promote holiday sales events. The campaign reached over 20,000 people total and saw nearly 3,000 customer actions. The document emphasizes that today's consumers engage with brands across many different channels simultaneously and that an omni-channel approach is needed for effective marketing.
El Congreso de los Diputados de España está convocando cuatro becas para estudiar y trabajar en comunicación institucional relacionada con el Parlamento. Las becas son de 12 meses de duración y ofrecen un salario anual de 12,900 euros. Los solicitantes deben ser licenciados españoles en Ciencias de la Información y presentar su solicitud dentro de los próximos 10 días. Un jurado evaluará las solicitudes y realizará entrevistas para seleccionar a los cuatro becarios principales y ocho suplentes.
Este documento presenta el Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. El reglamento establece las definiciones, requisitos y procedimientos para el otorgamiento de pensiones y prestaciones complementarias a dichos trabajadores. Además, especifica aspectos como el cálculo de años de servicio, compatibilidad de pensiones, acreditación de edad
Este documento presenta el dictamen de las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos sobre el proyecto de decreto para expedir la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El dictamen describe el proceso legislativo, los antecedentes de la iniciativa, los capítulos y contenido clave de la minuta aprobada por la Cámara de Diputados, y las consideraciones de las comisiones sobre la creación de un sistema nacional de evaluación educativa y un instituto autónomo para coordinar dicho sistema.
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017Nelson Leiva®
Este boletín presidencial, enviado al parlamento otorga un incentivo al retiro a las (os) funcionarios (as) de la Junta Nacional de Jardines Infantiles del país agrupados en Ajunji.
Condiciones pedagógicas ipes. Fundamento legal para otorgar el reconocimient...bejoxi
Este documento discute el marco legal para otorgar reconocimiento de validez oficial de estudios a instituciones particulares de educación superior en México. La Constitución y la Ley General de Educación establecen que las autoridades educativas federales y locales pueden otorgar dicho reconocimiento si las instituciones cumplen con planes de estudio aprobados y con instalaciones que satisfagan condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas. Sin embargo, el documento argumenta que a la fecha no se inspeccionan adecuadamente
ENJ - 300 Presentación General del Curso Procedimientos Penales del Juez de P...ENJ
Este documento presenta un resumen del curso "Procedimientos Penales del Juez de Paz II". El curso brinda herramientas para analizar actividades penales en juzgados de paz. Cubre temas como leyes especiales, elementos constitutivos de los delitos, procesos de alimentos y municipales. La metodología es mixta, combinando clases presenciales y online con el uso de tecnologías de la información.
Este documento establece los lineamientos generales para cambios de adscripción y permutas de maestros en los servicios de educación pública del estado de Nayarit para el ciclo escolar 2017-2018. Define el proceso de cambios de adscripción, los criterios de preparación, desempeño y permanencia, y las disposiciones para llevar a cabo las reuniones de cambios de adscripción a nivel estatal, zonal o regional dependiendo del nivel educativo. El objetivo es elevar la calidad de la educación pública en el
Ley para el Instituto Nacional para la Evaluación de la EducaciónPanista
Dictamen de las comisiones unidas de Educación, y de Estudios Legislativos, con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley del Instituto Nacional para Evaluación de la Educación.
Este decreto establece el Reglamento de la Carrera Docente en Costa Rica. Define los tipos de funcionarios docentes, como profesores, técnico-docentes y administrativo-docentes. Detalla los requisitos para ingresar a la Carrera Docente, como cumplir con las formalidades del Estatuto de Servicio Civil y presentar documentos que demuestren idoneidad. También describe las obligaciones de los docentes, como asistir puntualmente a actividades escolares y dar aviso oportuno de ausencias, así como las prohibiciones, como ejercer otra
Este decreto modifica la remuneración de los docentes y directivos docentes al servicio del Estado en Colombia en los niveles de preescolar, básica y media. Establece nuevas asignaciones básicas mensuales según el título, grado y nivel de los docentes. También determina asignaciones adicionales para directivos docentes por los cargos y funciones desempeñadas, así como reconocimientos adicionales por gestión y número de jornadas. Finalmente, fija primas de alimentación, auxilio de transporte y horas
El documento presenta el Acuerdo Número 704 por el cual se emiten las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo. El acuerdo establece los lineamientos generales y procedimientos del programa dirigido a ampliar la jornada escolar en escuelas públicas de educación básica para mejorar los aprendizajes de los estudiantes. El programa será implementado por las autoridades educativas locales con apoyo financiero y de seguimiento por parte de la Secretaría de Educación Pública federal.
El demandante presenta una demanda contencioso administrativa contra la Unidad de Gestión Educativa Local Mariscal Nieto y la Dirección Regional de Educación de Moquegua por no haberle pagado la bonificación especial mensual por preparación de clases equivalente al 30% de su remuneración total, según establece la Ley del Profesorado. Solicita que se declare la nulidad de las resoluciones que le denegaron el pago y que se ordene el pago de lo adeudado más una indemnización por daños y perjuicios. Adjunta
Este documento regula los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en Andalucía. Establece las entidades que pueden promover estos proyectos, los requisitos para ser beneficiario, los destinatarios de los programas y las causas de exclusión. El objetivo es facilitar la inserción laboral de personas desempleadas a través de la formación y el trabajo.
Este documento establece las bases y convoca 187 plazas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros de Cantabria, así como para la adquisición de nuevas especialidades. Se distribuyen las plazas por especialidad y se reservan 18 plazas para personas con discapacidad. Se especifican los requisitos para aspirantes al ingreso libre y a la reserva para discapacidad. El proceso selectivo tendrá lugar de acuerdo con la normativa aplicable y durará menos de un año.
Este documento presenta la sexta Convocatoria Nacional para el Otorgamiento de Plazas Docentes del ciclo escolar 2013-2014 en México. Convoca a egresados de instituciones de educación superior a participar en un concurso nacional para obtener plazas docentes vacantes a nivel federal y estatal. Describe los requisitos para el registro de aspirantes, el proceso de aplicación del examen nacional de conocimientos y habilidades docentes, y las plazas disponibles por nivel educativo que serán asignadas a través de este mecanismo.
Este documento presenta la convocatoria nacional para el otorgamiento de plazas docentes para el ciclo escolar 2013-2014 en México. Se convoca a egresados de instituciones de educación superior a participar en el concurso nacional para obtener plazas docentes. Se describen los requisitos para el registro de aspirantes, el proceso de registro, la aplicación del examen nacional de conocimientos y habilidades docentes, y las plazas docentes que estarán disponibles.
Este documento convoca un proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia mediante el sistema de oposición. Se ofertan 752 plazas distribuidas en diferentes comunidades autónomas, reservándose 38 plazas para personas con discapacidad. El proceso constará de dos ejercicios evaluables y se realizará en las capitales de provincia de cada ámbito territorial.
EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CARRERA
PÚBLICA MAGISTERIAL. LA NECESIDAD DE
GARANTIZAR LA EFICACIA DEL
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
Artículo de Eduardo Pezo Castañeda
The document discusses new features and updates related to Linux on IBM System z mainframes, including:
- Support for newer Linux distributions and kernel versions.
- Core system improvements like address space randomization and breaking event handling.
- Enhanced I/O and networking features for DASD, FCP, QDIO, OSA, and z/VM integration.
- Tooling updates like performance monitoring and crash dumping support.
- Filesystem additions like CMSFS for z/VM minidisk access and Btrfs/ext4 changes in kernel 3.2.
El documento describe el mercado de servicios de arquitectura en España. El mercado español ha experimentado una contracción en la demanda de servicios de arquitectura en los últimos años debido a la crisis económica. Sin embargo, en 2013 se observó una recuperación inicial. El documento recomienda que las empresas chilenas de arquitectura se asocien con empresas españolas para aprovechar oportunidades en ambos mercados y en proyectos internacionales.
This document discusses social media marketing and the omni-channel consumer. It provides examples of how furniture retailer Spiller Furniture used an integrated marketing campaign across multiple channels including social media, email, direct mail, websites and more to promote holiday sales events. The campaign reached over 20,000 people total and saw nearly 3,000 customer actions. The document emphasizes that today's consumers engage with brands across many different channels simultaneously and that an omni-channel approach is needed for effective marketing.
This document provides information on countries in Southwest Asia, including their geography, populations, economies, and major industries. It lists 21 member nations such as Turkey, Bahrain, Kuwait, Oman, Qatar, Saudi Arabia, United Arab Emirates, Yemen, Armenia, Azerbaijan, Georgia, Iraq, Israel, Jordan, Lebanon, Palestine, Syria, Iran, and Cyprus. For each country, it gives data on GDP, GDP growth rate, GDP per capita, inflation rate, population size, and some of the largest industries. The region has a total area of over 6 million square kilometers and population of over 300 million people.
Este documento describe el rol del tutor en un entorno de aprendizaje virtual. Explica que el tutor orienta y asesora a los estudiantes para lograr un aprendizaje autónomo. También dinamiza el grupo, organiza las actividades y crea un clima motivador. Los tutores cumplen roles pedagógicos, sociales, técnicos y administrativos. Entre sus funciones están acompañar a los estudiantes, mediar en su proceso de aprendizaje, crear una comunidad de estudio y demostrar conocimiento del tema. Finalmente, el
Infu Plast es una empresa que produce plásticos y explica el proceso de obtención, propiedades y aplicaciones de los plásticos. Describe cómo obtienen los plásticos a través de métodos como la extrusión, moldeo al vacío y calandrado. Explica que los plásticos se usan ampliamente para empaquetado y envoltura y que la empresa se enfoca en el reciclaje de plásticos a través de procesos primarios y secundarios para reducir el impacto ambiental.
INFORME FORO PARTICIPATIVO. PUERTO DE ESTEPONAinmamine
El resumen del documento es el siguiente:
1) Se llevó a cabo un foro de participación en el puerto de Estepona para discutir las problemáticas y propuestas de participación en el sistema portuario andaluz.
2) Los participantes identificaron varios problemas relacionados con la gestión del puerto, las pesquerías, la comercialización y las actividades de dinamización.
3) Algunas de las cuestiones más debatidas fueron la contaminación del agua y los vertidos, la convivencia entre pesca y deporte, y
Heart disease is the leading cause of death worldwide and in Malaysia. It occurs when the heart becomes inefficient at pumping blood due to issues like blocked arteries or heart muscle damage. Common types of heart disease include coronary heart disease, heart failure, and heart attack. Smoking, high blood pressure, diabetes, and obesity are major risk factors. Symptoms can include chest pain, palpitations, and dizziness. To prevent heart disease, people should quit smoking, follow a healthy diet, maintain a healthy weight, and take medications as prescribed. Making lifestyle changes is key to reducing the risk of this serious condition.
Rb51 vs cepa19 MSD Finca Productiva Salud Del HatoMSD Salud Animal
Este estudio evaluó la inmunidad y protección de vacas contra Brucella abortus cepas RB51 y 19 en granjas con alta y baja prevalencia de brucelosis. Ninguna de las 285 vacas vacunadas con cepa RB51 mostró títulos de anticuerpos o abortos al ser cubiertas por toros infectados. Todas las vacas vacunadas con cepa 19 mostraron títulos de anticuerpos pero algunas no estuvieron protegidas contra la infección. La cepa RB51 proporcionó mejor protección que la cepa 19
Pequeña presentación de Olimpo, envasadora y comercializadora de aceites vegetales en Albacete. Nuestra gama va desde los mejores aceites virgen extra hasta aceites de oliva refinados, aceite de orujo de oliva y otros aceites como el aceite de girasol refinado y aceite de semillas.
Dies ist eine Präsentation zum Thema Google+ und der Authorrank gehalten am 22. Februar auf der Social Media Week in Hamburg. Warum müssen Algorythmen sozial werden. Nach der Social Media Week ging es dann wieder zu den Online Marketing Rockstars
El documento proporciona información sobre el diagnóstico integral de la empresa Muebles Cromados DON - CROMA. Se describe que la empresa se dedica a la fabricación de muebles metálicos y accesorios para vehículos. Se brindan detalles sobre la razón social, forma jurídica, capital e historia de la empresa desde su fundación hace 10 años. También se enumeran los principales productos que fabrica la empresa como juegos de comedor, living, muebles de oficina y para peluquería.
The document provides an overview of Hazard Mitigation Assistance (HMA) grants administered by the Rhode Island Emergency Management Agency. It discusses the various HMA grant programs including Pre-Disaster Mitigation (PDM), Flood Mitigation Assistance (FMA), and Hazard Mitigation Grant Program (HMGP). Eligible project activities are outlined for each program. The application process and requirements for local and state governments to receive funding such as having an approved hazard mitigation plan and providing cost share are also summarized.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-243-SSA1-2010 sobre productos lácteos. Establece especificaciones sanitarias y nutrimentales para la leche, fórmulas lácteas, productos lácteos combinados y derivados lácteos. Incluye definiciones de términos, clasificación de productos, métodos de prueba, etiquetado y observancia obligatoria en México. Fue desarrollada por la Secretaría de Salud con participación de universidades, empresas e instituciones relacionadas con la indust
"First time in the history of MLM in India where a company gives you a guarantee of your invested money with double amount ADVANCE POST DATED VOUCHERS"
MLM combines the 6 fastest growing trends, giving more income opportunity.
Orden 20 6 2007 Material Curricular Y Ayudas IndividualesCarrascal
Este documento establece las bases para la concesión de subvenciones a profesores para la elaboración de materiales curriculares, actividades de formación y proyectos de investigación educativa. Detalla los conceptos subvencionables, el régimen jurídico y financiero que regula las subvenciones, los requisitos para optar a las mismas y los órganos responsables de la evaluación y resolución de las ayudas.
La orden establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado en los centros públicos de Andalucía. Los directores de los centros tendrán la competencia para decidir cuándo sustituir las ausencias del profesorado y comunicarán las solicitudes a las delegaciones provinciales, quienes asignarán el sustituto. Cada centro dispondrá de un presupuesto equivalente a un número de jornadas completas para cubrir las sustituciones.
Este documento presenta la convocatoria de becas para el curso académico 2013-2014 en España. Se convocan becas para estudios postobligatorios y universitarios, incluyendo diferentes cuantías fijas y una variable según la renta familiar y rendimiento académico. El presupuesto total es de 1.417,54 millones de euros. Se establecen requisitos como nacionalidad española o comunitaria y estar matriculado en enseñanzas reconocidas. El objetivo es promover la igualdad de oportunidades a través
Este documento presenta la convocatoria de becas para el curso académico 2013-2014 en España. Se destina un presupuesto de 1.417,54 millones de euros para becas, de los cuales 1.314,72 millones se asignan a esta convocatoria general. Se establecen los requisitos para ser beneficiario de becas y se especifican las cuantías disponibles para diferentes tipos de becas como la básica, las ligadas a la renta y residencia, y las cuantías variables. También se permite la colaboración con las com
Bases reguladoras becas comedor de verano 2016 2017cursoiaapfvas
Esta orden establece las bases para la concesión de becas para el uso del servicio de comedor escolar y durante el periodo no lectivo para alumnos de centros públicos en Aragón. Define los beneficiarios como alumnos de segundo ciclo de infantil y primaria con una renta familiar menor a dos veces el IPREM y residentes en Aragón. Establece también los requisitos como estar matriculado y asistir regularmente al comedor escolar. El objetivo es adaptar la regulación de estas becas al nuevo marco normativo y garantizar los derech
Este documento convoca ayudas para la adquisición de material curricular para alumnos escolarizados en centros públicos de Aragón para el curso 2013/2014. Establece las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas, asigna un presupuesto de 2,58 millones de euros, e incrementa los importes de ayuda respecto al curso anterior. También simplifica los requisitos para obtener una prioridad en la concesión de las ayudas.
Esta orden establece las bases para la concesión de subvenciones para la adquisición de materiales curriculares para alumnos matriculados en centros educativos públicos o privados concertados de Castilla-La Mancha para el curso 2013/2014. El crédito disponible asciende a 1.550.000 euros. La subvención será de 70 u 80 euros para alumnos de primero y segundo de primaria, y de 100 o 50 euros para alumnos de nuevos cursos de tercero a sexto de primaria y de la ESO, dependiendo de la
1) La orden establece las bases para la concesión de subvenciones para la adquisición de materiales curriculares para alumnos matriculados en centros educativos públicos o privados concertados de Castilla-La Mancha para el curso 2013/2014. 2) Los beneficiarios son el alumnado matriculado en 1o y 2o de primaria y alumnado matriculado en nuevos cursos de 3o a 6o de primaria y de 1o a 4o de la ESO creados en los cursos 2012/2013 y 2013/2014. 3) El
Documento oficial del Boletín Oficial del Estado (BOE) en el que se reconoce la asociación Castellví Solidari - Junts Podem como entidad de utilidad pública
Este documento establece la creación de los Premios Extraordinarios de Bachillerato en Canarias para reconocer el esfuerzo del alumnado con altos rendimientos académicos. Se actualiza la normativa anterior para adaptarla a los cambios legales y mejorar la experiencia. Podrán optar a estos premios los estudiantes que hayan finalizado Bachillerato con una nota media igual o superior a 8,75 puntos.
Este decreto modifica el decreto anterior sobre la admisión de alumnos en centros educativos públicos y privados concertados en Castilla-La Mancha de tres maneras: 1) define el área de influencia de los centros como la localidad donde se ubican, 2) actualiza los criterios de proximidad del domicilio en el baremo de admisión, y 3) establece que en caso de empate se resolverá mediante un sorteo regional.
La Universidad de Córdoba convoca 16 plazas de Técnico Auxiliar de Servicios de Conserjería mediante un concurso-oposición. El documento describe los requisitos para los aspirantes como la nacionalidad, edad, capacidad funcional, no haber sido separado del servicio público, y poseer el título de Bachiller Elemental o Formación Profesional de Primer Grado. También especifica que una plaza está reservada para personas con discapacidad y que las pruebas se regirán por las bases y anexos descritos para garantizar los principios
Este documento aprueba un nuevo Programa de Acción Social para el personal docente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2012. El programa incluye ayudas para formación, estudios, guardería, comedor escolar, discapacidad e infortunio. Se establecen los requisitos para solicitar las ayudas, la documentación requerida y los plazos. El órgano competente para resolver las solicitudes es la Dirección General con competencias en materia de personal docente.
Este documento regula las pruebas libres para obtener el título de bachiller en Castilla-La Mancha. Establece que cualquier persona mayor de 20 años que haya completado la educación secundaria obligatoria puede presentarse a las pruebas. Detalla los requisitos para inscribirse, la documentación requerida, la composición de los tribunales evaluadores y sus funciones. También especifica que las pruebas se celebrarán al menos una vez al año y que evalúan los objetivos y contenidos nacionales y regionales para el título de bachiller.
Este documento presenta el Estatuto del Docente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Establece los deberes y derechos del personal docente que trabaja en organismos educativos de la ciudad. Define las diferentes áreas educativas y las condiciones de trabajo del personal docente, como activa, pasiva o jubilada. Detalla los deberes de los docentes, que incluyen sustentar principios democráticos, respetar símbolos nacionales, mantener actualización pedagógica y cumplir horarios. También reglamenta
Subvencion educacion personas adultas boe a-2010-6538guest329b2d
Este documento convoca subvenciones para entidades privadas sin fines de lucro para la realización de congresos y jornadas sobre educación de personas adultas durante 2010. Establece los requisitos para solicitar las subvenciones, los criterios de evaluación de las solicitudes y el proceso de adjudicación. La financiación total es de 189.960 euros y cada proyecto puede recibir hasta 15.000 euros.
La orden convoca ayudas para financiar prácticas laborales formativas de jóvenes europeos en empresas privadas de Murcia a través del programa Eurodisea. Se establecen los requisitos, plazos de presentación de solicitudes, criterios de evaluación y concesión de las ayudas. La cuantía total es de 81.000 euros procedentes de fondos propios y del Fondo Social Europeo.
El documento presenta el Reglamento de Pasantías Educativas de la Universidad Nacional de Cuyo. Establece los objetivos de las pasantías, los tipos de convenios requeridos, los requisitos para las organizaciones e instituciones que ofrecen pasantías, el proceso administrativo, los requisitos para los estudiantes, las causas de rescisión de los acuerdos y estipula que los pasantes deben recibir una asignación estímulo por sus tareas. Además, determina los cupos máximos de pasantes según el tamaño de
Este documento aprueba un reglamento sobre el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de acuerdo con la Ley Orgánica de Educación. Establece los principios de igualdad, mérito y capacidad para los procesos de selección, y que serán convocados por las administraciones educativas correspondientes. Regula la constitución y funciones de los tribunales y comisiones de selección encargados de realizar los procesos selectivos.
Este documento establece la creación de bolsas de trabajo para el personal docente en Andalucía. Se crean bolsas para cada cuerpo y especialidad docente, integrando en ellas al personal funcionario interino con tiempo de servicio al 30 de junio de 2010, así como al personal sin tiempo de servicio según los listados publicados en septiembre de 2010. La permanencia en las bolsas y su ordenación se realizará de acuerdo a la legislación vigente. El acceso de nuevo personal a las bolsas se hará según los procedimientos de selección estable
Este documento establece las normas para formar listas de aspirantes a puestos docentes interinos en Ceuta y Melilla. Se crearán listas anuales por cada cuerpo y especialidad docente, ordenadas según puntuaciones obtenidas en un baremo de méritos. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos para el cuerpo correspondiente y acreditar la titulación necesaria para cada especialidad. Las listas se renovarán anualmente o se prorrogarán si no hay nuevas oposiciones.
El documento expresa preocupación sobre un decreto reciente de la Junta de Andalucía que crea dos bolsas separadas para profesores interinos basadas en la fecha en que comenzaron a trabajar. Esto contradice los principios de igualdad, mérito y capacidad. El autor solicita que todos los aspirantes e interinos tengan los mismos derechos independientemente de la fecha, y que la experiencia y formación continua se tengan en cuenta de manera uniforme.
El documento expresa la oposición a un decreto gubernamental que ordena las bolsas de interinos de una manera injusta, creando dos bolsas con criterios de acceso desiguales que van en contra de los principios de igualdad, mérito y capacidad. Se solicita que la ordenación de las bolsas siga criterios únicos e igualitarios para todos los aspirantes, sin importar la fecha de entrada, y que se tenga en cuenta la experiencia laboral adquirida.
Este documento describe un acuerdo entre la Consejería de Educación de Andalucía y la Federación de Trabajadores de la Enseñanza para mejorar el sistema educativo y regular el acceso a puestos docentes de forma interina. El acuerdo establece criterios para determinar las ofertas de empleo público docente, organizar las bolsas de trabajo interino por especialidad, y proveer los puestos de forma ágil considerando la experiencia y méritos de los docentes. Se creará una comisión para desarrollar y hacer seguimiento
Este documento presenta el Real Decreto 276/2007 que aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006 de Educación. Se establecen disposiciones transitorias para regular el ingreso durante la implantación de la ley y se derogan normas anteriores que se opongan a este reglamento. El reglamento garantiza los principios de igualdad, mérito y capacidad en los procedimientos de ingreso.
1. Página núm. 16 BOJA núm. 108 Sevilla, 4 de junio 2010
e) Los criterios de graduación de los posibles incumpli- CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
mientos de las condiciones impuestas con motivo de la conce-
sión de las subvenciones de acuerdo con lo establecido en el DECRETO 302/2010, de 1 de junio, por el que se
artículo 37.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. ordena la función pública docente y se regula la selec-
f) Si la subvención constituye ayuda de Estado en los ción del profesorado y la provisión de los puestos de
términos establecidos en la normativa comunitaria, se hará
mención a la decisión de la Comisión Europea que las haya trabajo docentes.
aprobado o al reglamento que exceptúe a las subvenciones de
que se trate de dicho régimen. La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la com-
g) Si se pretende que los rendimientos financieros de los petencia exclusiva para la aprobación de las directrices de
fondos librados a las personas beneficiarias no se apliquen a actuación en materia de recursos humanos en el ámbito edu-
la actividad subvencionada, deberá motivarse expresamente. cativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1
h) Si se establece la obligación de las personas beneficia- del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como la com-
rias de acreditar, antes de proponerse el pago, que se hallan petencia compartida para lo relativo a la política de personal
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias al servicio de la Administración educativa, de acuerdo con lo
y frente a la Seguridad Social así como que no tienen deudas establecido en el artículo 52.2 de dicho Estatuto, sin perjuicio
con la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de dere- de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, a
cho público, la imposición de dicha obligación de acreditación tenor del cual corresponde al Estado dictar las normas básicas
deberá ser justificada. de desarrollo del artículo 27 del texto constitucional, a fin de
i) En el supuesto de que se exija un importe o porcentaje garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes
de financiación propia de la persona beneficiaria para cubrir la públicos en esta materia.
actividad subvencionada, se deberá indicar expresamente. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
j) La compatibilidad o incompatibilidad con otras subven- en sus disposiciones adicionales sexta a decimotercera, esta-
ciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, blece la bases del régimen estatutario de la función pública
concedidos por cualesquiera Administraciones Públicas o en- docente, la ordenación y funciones de los cuerpos docentes,
tes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la los requisitos de ingreso en los mismos, las equivalencias de
misma finalidad. titulaciones del profesorado, así como el ingreso y la promo-
k) En el supuesto de que las subvenciones sean cofinan- ción interna en dichos cuerpos de funcionarios docentes. Asi-
ciadas con fondos europeos, debe indicarse la forma de in- mismo, el apartado 2 de la citada disposición adicional sexta
tervención comunitaria en la que esté recogida la línea o pro- de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, dispone que las
grama de subvenciones de que se trate. Comunidades Autónomas ordenarán su función pública do-
3. El plazo máximo para adoptar y notificar la resolución de cente en el marco de sus competencias, respetando en todo
estos procedimientos será de tres meses, así como el efecto des- caso las normas básicas dictadas por el Estado.
estimatorio que producirá el silencio administrativo, en su caso. La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de
4. Los órganos que, de conformidad con lo dispuesto en Andalucía, establece en el Capítulo II del Título I lo relativo a
el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la la ordenación de la función pública docente en Andalucía, a la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sean titulares de la selección del profesorado y a la provisión de los puestos de
competencia para la concesión de subvenciones, podrán, me- trabajo.
diante resolución motivada, exceptuar todas o algunas de las La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, Empleado Público, establece en su artículo 2.3 que el perso-
de 17 de noviembre, así como en el artículo 116.2 del propio nal docente se regirá por la legislación específica dictada por
Texto Refundido, para la obtención de la condición de persona el Estado y por las Comunidades Autónomas en el ámbito de
beneficiaria o entidad colaboradora. La mencionada resolu- sus respectivas competencias y por lo previsto en dicho Esta-
ción, que se fundamentará sólo en la naturaleza de la sub- tuto, excepto el capítulo II del Título III, salvo el artículo 20, y
vención, deberá adoptarse con carácter previo a la propuesta los artículos 22.3, 24 y 84.
de resolución del procedimiento de concesión y no podrá ser En desarrollo de la normativa citada, el presente Decreto
objeto de delegación. ordena la función pública docente en el ámbito de la Comuni-
dad Autónoma de Andalucía, al tiempo que regula de manera
Artículo 35. Normas especiales de la concesión de las singular los aspectos relacionados con la selección del profe-
subvenciones nominativas y de imposición legal. sorado y la provisión de los puestos de trabajo de los centros
1. El procedimiento para la concesión de las subvencio- docentes públicos, zonas y servicios educativos.
nes nominativas o impuestas por normas con rango de ley, se
iniciará de oficio por el órgano gestor del crédito presupuesta- En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación,
rio al que se imputa la subvención. El procedimiento también de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.9 de la Ley
podrá iniciarse a solicitud de la persona interesada, cuando 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Au-
así lo establezcan las normas en las que estén previstas estas tónoma de Andalucía, de acuerdo con el Consejo Consultivo
subvenciones. de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno en
2. Para que sea exigible el pago de las subvenciones su reunión del día 1 de junio de 2010,
impuestas por norma de rango de ley será necesaria la exis-
tencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente DISPONGO
ejercicio económico.
CAPÍTULO I
Artículo 36. Normas especiales de la concesión de las
subvenciones excepcionales. Disposiciones generales
En el procedimiento de concesión de las subvenciones ex-
cepcionales, que se iniciará mediante solicitud de la persona Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
interesada, se motivarán las razones de interés público, social, 1. El presente Decreto tiene por objeto la ordenación de
económico, humanitario u otras debidamente justificadas que la función pública docente, la selección del profesorado, la
dificulten su convocatoria pública, así como la inexistencia de determinación de los puestos de trabajo docentes en los cen-
bases reguladoras a las que puedan acogerse. tros públicos, zonas y servicios educativos dependientes de la
2. Sevilla, 4 de junio 2010 BOJA núm. 108 Página núm. 17
Consejería competente en materia de educación, así como la 2. La selección de este profesorado se llevará a cabo a
forma de provisión de los mismos. través de convocatorias públicas de la Consejería competente
2. Lo dispuesto en el presente Decreto será de aplicación en materia de educación, así como por convocatorias de otras
al personal docente que preste servicio en los centros públi- Administraciones públicas en el marco de convenios suscritos
cos, zonas y servicios educativos dependientes de la Conseje- al efecto.
ría competente en materia de educación. 3. Las funciones de este profesorado serán, entre otras,
las siguientes:
Artículo 2. Ordenación de la función pública docente.
1. La función pública docente se regirá en la Comunidad a) Impartir docencia en la enseñanza de idiomas extran-
Autónoma de Andalucía por: jeros.
b) Impartir materias no lingüísticas en idiomas extranjeros.
a) Las normas referidas a las bases del régimen estatuta- c) Práctica de la conversación oral, corrección fonética y
rio de la función pública docente incluidas en la Ley Orgánica gramatical y acercamiento del alumnado a la cultura del país
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en la restante norma- correspondiente.
tiva básica estatal.
b) Las disposiciones de la Ley 17/2007, de 10 de diciem-
bre, de Educación de Andalucía, el presente Decreto y las nor- 4. El profesorado de otros países que se incorpore a las
mas que se dicten en desarrollo de los mismos. funciones descritas en el apartado anterior lo hará:
c) Las normas incluidas en la Ley 7/2007, de 12 de abril,
del Estatuto Básico del Empleado Público, que sean de aplica- a) En régimen de contratación laboral, en los casos en
ción al personal docente. que se imparta docencia en idiomas o en áreas no lingüísti-
d) La normativa reguladora de la función pública de la cas. La duración de los contratos será la que se determine en
Administración de la Junta de Andalucía, en defecto de norma las convocatorias y, en su caso, en los convenios suscritos a
aplicable. tal fin.
b) Mediante ayudas individuales, en concepto de manu-
2. De conformidad con lo establecido en los artículos tención y alojamiento, en los casos de práctica de la conver-
13.2 y 143.2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, en la fun- sación oral.
ción pública docente se integra el personal funcionario de ca-
rrera de los cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, Artículo 5. Profesorado emérito.
de 3 de mayo. Se incluye, asimismo, el personal funcionario De conformidad con lo establecido en el artículo 13.14 de
en prácticas y el personal funcionario interino asimilado a los la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la Consejería competente
referidos cuerpos que prestan sus servicios en los centros, zo- en materia de educación podrá incorporar a las enseñanzas
nas y servicios educativos. artísticas superiores a profesorado, con la categoría de emé-
rito, de acuerdo con lo que a tales efectos se establezca en
Artículo 3. Personal en régimen de contratación laboral. desarrollo del artículo 96.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
1. De conformidad con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de de mayo.
mayo, y con la legislación de función pública de la Administra-
ción de la Junta de Andalucía, realizará funciones docentes en Artículo 6. Personal funcionario docente adscrito a la Ad-
régimen de contratación laboral el siguiente personal: ministración educativa.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de
a) El profesorado especialista a que se refieren los apar- la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la Consejería competente
tados 10 y 13 del artículo 13 de la Ley 17/2007, de 10 de en materia de educación podrá adscribir a sus distintos cen-
diciembre. tros directivos, en comisión de servicio, a personal docente
b) El personal laboral fijo al que se refiere la disposición funcionario de carrera para tareas específicas del ámbito edu-
transitoria quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, cativo.
no acogido a los procedimientos de funcionarización convoca- 2. Los puestos objeto de dicha adscripción figurarán
dos por la Consejería de Educación. como puestos referidos, indistintamente, a los subgrupos A1
2. De conformidad con el artículo 13.6 de Ley 17/2007, y A2 del grupo A del personal funcionario.
de 10 de diciembre, el personal docente en régimen laboral se 3. El complemento de destino de estos puestos será el
regirá por la legislación laboral, por lo establecido en el conve- que corresponda al cuerpo docente a que pertenezca el perso-
nio colectivo que le resulte de aplicación y por los preceptos nal funcionario que los ocupa.
de la normativa citada en el artículo 2 para el personal funcio- 4. La duración del nombramiento para la ocupación de
nario que así lo dispongan. los puestos de adscripción, en régimen de comisión de servi-
3. Al profesorado que imparta la enseñanza de las religio- cios, será de un curso académico, pudiéndose establecer la
nes en los centros públicos le será de aplicación lo establecido prórroga de dicha comisión de servicio.
en la disposición adicional cuarta de la Ley 17/2007, de 10 de 5. El régimen de jornada y horario del personal funcio-
diciembre, en la disposición adicional tercera de la Ley Orgá- nario docente en puestos de adscripción a la Administración
nica 2/2006, de 3 de mayo, en el Real Decreto 696/2007, de educativa será el que rija en los centros directivos de destino.
1 de junio, por el que se regula la relación laboral del profeso-
rado de religión prevista en la disposición adicional tercera de CAPÍTULO II
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en las
disposiciones que los desarrollen. Selección del profesorado
Artículo 4. Profesorado de otros países. Sección Primera
1. La Consejería competente en materia de educación,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.12 de la Ley Selección del personal funcionario de carrera
17/2007, de 10 de diciembre, podrá incorporar, para realizar
funciones docentes en las enseñanzas de idiomas o para im- Artículo 7. Régimen jurídico de selección del personal fun-
partir materias cuyos currículos se desarrollen en una lengua cionario.
extranjera, a profesorado de otros países, con la misma titula- La selección del personal funcionario para el ingreso en
ción que la requerida para el personal funcionario. los distintos cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgá-
3. Página núm. 18 BOJA núm. 108 Sevilla, 4 de junio 2010
nica 2/2006, de 3 de mayo, se llevará a cabo en la forma 3. Por Orden de su titular, la Consejería competente en
establecida en ésta, en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, materia de educación establecerá el procedimiento de desig-
en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que nación, los requisitos, obligaciones y reconocimientos adminis-
se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición trativos y profesionales del personal funcionario docente que
de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se dirija la fase de prácticas.
refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere Artículo 11. Curso de formación.
la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, en el 1. De acuerdo con lo recogido en el artículo 15.3 de la
presente Decreto y en las normas que los desarrollen. Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la fase de prácticas incluirá
la realización de un curso de formación, que será organizado
Artículo 8. Objetivos y duración de la fase de prácticas por los centros de profesorado que determine la Administra-
para el ingreso en los cuerpos docentes. ción educativa.
1. La fase de prácticas para el ingreso en los cuerpos 2. El curso de formación tendrá el diseño y duración que
docentes tendrá como objetivo proporcionar al profesorado de se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería
nuevo ingreso las herramientas necesarias para el desarrollo competente en materia de educación y contará con la partici-
de la función docente, así como las capacidades personales y pación del profesorado que dirija la fase de prácticas.
la competencia profesional precisas para liderar la dinámica En todo caso, los contenidos y las actividades que com-
del aula que requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje prenda dicho curso tendrán un enfoque práctico, estarán
del alumnado. basados en el contexto educativo y tendrán como objetivo
2. Asimismo, se promoverá la integración de este profe- la mejora de la práctica docente del personal funcionario en
sorado en la dinámica de trabajo en equipo, su relación con el prácticas. A tales efectos, el curso de formación contemplará
alumnado y sus familias y su participación activa en los órga- la presentación y difusión de modelos de buenas prácticas en
nos del centro de los que forme parte. el ámbito escolar, proporcionando estrategias metodológicas,
3. De conformidad con lo recogido en el artículo 15.2 de materiales y recursos que puedan facilitar el proceso de ense-
la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la fase de prácticas ten- ñanza-aprendizaje. Asimismo, favorecerá el trabajo en equipo.
drá una duración de un curso académico y comenzará una vez 3. La asistencia al curso de formación será obligatoria
concluidas las fases de oposición y de concurso del correspon- para el profesorado que realice la fase de prácticas y, al final
diente procedimiento selectivo para el ingreso en los cuerpos del mismo, se obtendrá la calificación de «apto» o «no apto».
docentes. Sin perjuicio de lo anterior, la Consejería competente en mate-
4. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar el aplaza- ria de educación podrá eximir de la realización de determina-
miento de incorporación a la fase de prácticas por un curso das partes de dicho curso al profesorado que cuente con una
escolar, por causas debidamente justificadas, en la forma y experiencia en alguno de los cuerpos docentes de, al menos,
plazos que establezca la Consejería competente en materia dos años de docencia.
de educación.
Artículo 12. Proyecto de trabajo personalizado y memoria
Artículo 9. Acreditación de centros para la fase de prác- final.
ticas. 1. El personal funcionario en prácticas realizará un pro-
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2 de la yecto de trabajo personalizado que deberá ser coherente con
Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la fase de prácticas se rea- la práctica docente en el aula y estar enmarcado en la labor
lizará en un centro docente público previamente acreditado, a del equipo docente en el que está integrado. Dicho proyecto
estos efectos, por la Administración educativa. incluirá los siguientes aspectos:
2. Por Orden de la persona titular de la Consejería compe-
tente en materia de educación se acreditará para la realización a) Fundamentos pedagógicos.
de la fase de prácticas a centros que desarrollen proyectos b) Referencias a la normativa que establece el currículo y
educativos de carácter innovador reconocidos por la misma y a la que regula la organización escolar de la etapa educativa.
que cuenten con equipos de profesorado comprometidos con c) Adaptación de la planificación al contexto del aula.
la mejora de la práctica docente y con la formación del profe- d) Propuesta didáctica específica dirigida a un grupo de
sorado. alumnos y alumnas o a una clase, en el marco de la programa-
3. En el procedimiento que se establezca por Orden de ción didáctica del equipo docente.
la persona titular de la Consejería competente en materia de e) Actividades a desarrollar a lo largo del curso.
educación se dispondrá la forma de acceso a la acreditación
de centros para la fase de prácticas y la vigencia de la misma. 2. El personal funcionario en prácticas elaborará, asi-
mismo, una memoria final de la fase de prácticas, que reco-
Artículo 10. Dirección de la fase de prácticas. gerá la descripción de las actividades llevadas a cabo y la valo-
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 15.4 ración personal que se hace de las mismas.
de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la dirección de la fase
de prácticas se encomendará al personal funcionario docente Artículo 13. Evaluación de la fase de prácticas.
designado por las personas titulares de las Delegaciones Pro- 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.5
vinciales de la Consejería competente en materia de educa- de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la evaluación de la
ción, a propuesta de los directores y directoras de los centros fase de prácticas se realizará atendiendo al desempeño de la
donde preste servicio, acreditados para esta función, sin per- función docente y al curso de formación realizado. Dicha eva-
juicio de lo establecido en el apartado 2.c) de la disposición luación garantizará que las personas aspirantes posean las ca-
adicional octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, pacidades didácticas necesarias para la docencia, de acuerdo
que atribuye con carácter preferente esta función al personal con lo recogido en el artículo 31.1 del Real Decreto 276/2007,
funcionario de los cuerpos de catedráticos. de 23 de febrero.
2. El personal funcionario que dirija la fase de prácticas 2. Para la evaluación de la fase de prácticas se constituirá
prestará especial atención a los aspectos relacionados con la una comisión de evaluación en cada uno de los centros, zonas
organización de los contenidos y la metodología en la práctica y servicios educativos en los que se encuentre destinado el
docente. personal funcionario en prácticas.
4. Sevilla, 4 de junio 2010 BOJA núm. 108 Página núm. 19
3. Al término de la fase de prácticas, y como resultado de Las comisiones de evaluación y provincial de coordina-
la valoración de los funcionarios en prácticas por la comisión ción de la fase de prácticas se atendrán a lo establecido para
de evaluación, se evaluará a cada aspirante en términos de los órganos colegiados en el Capítulo II del Título II de la Ley
«apto» o «no apto». La calificación de «no apto» deberá ser 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
motivada mediante informe anexo al acta de calificación. Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
4. El personal calificado como «apto» será nombrado fun- Común, y en la Sección Primera del Capítulo II del Título IV de
cionario de carrera del cuerpo docente que corresponda, una la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
vez comprobado que reúne los requisitos generales y especí- Junta de Andalucía.
ficos de participación establecidos en la convocatoria. Quien
sea calificado como «no apto» podrá repetir, por una sola vez, Sección Segunda
la fase de prácticas, incorporándose con las personas selec-
cionadas de la siguiente promoción, ocupando, en esta promo- Selección del personal funcionario interino
ción el número de orden siguiente al de la última persona se-
leccionada en su especialidad. Caso de no poder incorporarse Artículo 17. Acceso.
a la siguiente promoción por no haberse convocado ese año De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.6 de la
procedimiento selectivo de ingreso al mismo cuerpo y especia- Ley 17/2007, de 10 de diciembre, el acceso al desempeño
lidad, realizarán la fase de prácticas durante el curso siguiente de funciones docentes como personal funcionario interino se
a aquel en que fue calificado como «no apto». regirá por los principios de igualdad, mérito, capacidad y pu-
5. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8.4, el perso- blicidad.
nal que no se incorpore a la fase de prácticas o sea declarado
«no apto» por segunda vez perderá todos los derechos a su Artículo 18. Bolsas de trabajo.
nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera. A 1. Por Orden de su titular, la Consejería competente en
tal efecto, por el órgano correspondiente de la Consejería com- materia de educación creará bolsas de trabajo por cada una
petente en materia de educación se declarará, por resolución de las especialidades de los cuerpos docentes.
motivada, la pérdida de dichos derechos. 2. Las referidas bolsas estarán integradas por el personal
funcionario interino con tiempo de servicio a que se refiere la
Artículo 14. Comisiones de evaluación. disposición adicional cuarta, así como por el personal aspirante
1. Las comisiones de evaluación a las que se refiere el ar- a un puesto de trabajo en régimen de interinidad seleccionado
tículo 13.2 estarán compuestas por un inspector o una inspec- en la forma a que se refieren los artículos 19, 20 y 22.
tora de educación, que la presidirá, por la persona titular de 3. Las bolsas de trabajo se renovarán una vez concluido
la dirección del centro y por el personal funcionario de carrera cada procedimiento selectivo para el acceso a la función pú-
que dirija la fase de prácticas. blica docente establecido en el Real Decreto 276/2007, de 23
2. Por Orden de su titular, la Consejería competente en de febrero, realizado en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
materia de educación determinará el régimen de suplencias
de sus miembros, las funciones y el régimen de sesiones. Artículo 19. Acceso ordinario a las bolsas de trabajo.
Entre dichas funciones figurará, además de la propia función Accederá a las bolsas de trabajo previstas en el artículo
evaluadora, el asesoramiento metodológico, técnico y adminis- anterior el personal aspirante que haya superado una o varias
trativo al personal funcionario en prácticas, y la elaboración de pruebas de los procedimientos selectivos establecidos en el
los informes oportunos. Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en la última con-
vocatoria realizada en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Artículo 15. Comisión provincial de coordinación de la sin haber sido seleccionado, previa solicitud de las personas
fase de prácticas. interesadas.
1. En cada Delegación Provincial de la Consejería com-
petente en materia de educación se constituirá una comisión Artículo 20. Permanencia en las bolsas de trabajo.
provincial de coordinación de la fase de prácticas, presidida El personal integrante de una bolsa de trabajo podrá per-
por la persona titular de la jefatura del servicio competente manecer en la misma tras la realización de un nuevo proceso
en materia de inspección de educación y de la que formarán selectivo para el acceso a la función pública docente si alcanza
parte las personas titulares de los servicios competentes en una puntuación de, al menos, cinco puntos según un baremo
materia de gestión de recursos humanos y de la coordinación en el que se tendrán en cuenta el número de años completos
de formación, así como un inspector o inspectora pertene- de servicio, o la fracción correspondiente, en un centro do-
ciente al área específica de trabajo de evaluación del sistema cente público impartiendo enseñanzas del mismo nivel educa-
educativo. tivo, la calificación obtenida en la prueba o pruebas superadas
2. La referida comisión provincial de coordinación de la en la fase de oposición del último procedimiento selectivo rea-
fase de prácticas tendrá las siguientes funciones: lizado por cualquier Administración educativa para el acceso
a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de
a) La coordinación en el ámbito provincial del desarrollo la correspondiente bolsa y, en su caso, la formación realizada
de la fase de prácticas. durante los dos años inmediatamente anteriores al referido
b) La elaboración del informe final sobre la valoración de procedimiento selectivo.
la fase de prácticas y sus resultados en la provincia. En dicho baremo, que se establecerá por Orden de la per-
c) Cualquier otra función que se le atribuya por la Conse- sona titular de la Consejería competente en materia de educa-
jería competente en materia de educación. ción, la puntuación otorgada al tiempo de servicio como profe-
sor o profesora en un centro docente público y, en su caso, a
3. Por Orden de la persona titular de la Consejería com- la formación adquirida no podrá ser superior a tres puntos.
petente en materia de educación se establecerá el régimen de
suplencias de sus miembros y el de las sesiones de la citada Artículo 21. Ordenación en las bolsas de trabajo.
comisión provincial. El personal a que se refieren los dos artículos anteriores
se ordenará en la bolsa de trabajo correspondiente al cuerpo
Artículo 16. Normativa de aplicación para el funciona- y especialidad en función de la puntuación obtenida por la
miento de las comisiones de evaluación y provincial de coordi- aplicación del baremo que se establezca, a continuación del
nación de la fase de prácticas. personal al que se refiere la disposición adicional cuarta. En
5. Página núm. 20 BOJA núm. 108 Sevilla, 4 de junio 2010
caso de empate, se atenderá a la formación acreditada por el cente. Entre ellos se encuentran los puestos de carácter bi-
profesor o profesora y realizada durante los dos años inmedia- lingüe. Podrán ser cubiertos por profesorado de los cuerpos
tamente anteriores al último procedimiento selectivo para el docentes y especialidades que correspondan al puesto, que
acceso a la función pública docente en el cuerpo y especia- cumpla, además, los requisitos específicos exigidos para su
lidad de la correspondiente bolsa. De persistir el empate, se desempeño.
atenderá sucesivamente al mayor tiempo de servicios presta- 2. Los datos identificativos de los puestos de trabajo do-
dos en un centro docente público impartiendo enseñanzas del centes incluirán, en todo caso, el cuerpo, la especialidad, el
mismo nivel educativo y a la mayor puntuación obtenida en centro, zona o servicio educativo y la localidad a que están
el procedimiento selectivo al correspondiente cuerpo y espe- referidos.
cialidad. 3. La Consejería competente en materia de educación
Artículo 22. Acceso extraordinario a las bolsas de trabajo podrá incorporar a las plantillas información complementaria
y ordenación de sus integrantes. cuyo conocimiento se considere relevante para el profesorado
1. Por Orden de su titular, la Consejería competente en que participe en los distintos procedimientos de provisión. En
materia de educación establecerá las bases aplicables a las todo caso, se identificarán los puestos de trabajo itinerantes,
que habrán de atenerse las convocatorias extraordinarias para los que impliquen su desempeño en más de un centro y, en su
acceso a las bolsas de trabajo cuando se prevea que estas no caso, los que incorporen requisitos específicos.
cuentan con personal suficiente para la atención del servicio
educativo. En dichas convocatorias se establecerá la especiali- Artículo 25. Plantilla de los centros, zonas y servicios edu-
dad del cuerpo docente de que se trate, los requisitos de titula- cativos.
ción para el acceso a la bolsa correspondiente y el baremo de 1. Por Orden de la persona titular de la Consejería com-
méritos que haya de aplicarse al procedimiento. petente en materia de educación, se determinarán los puestos
2. La persona aspirante a funcionaria interina que acceda de trabajo docentes de cada uno de los centros, zonas y servi-
a la bolsa de trabajo correspondiente mediante convocatoria cios educativos dependientes de la misma, de acuerdo con los
extraordinaria quedará ordenado en las bolsas de las especia- criterios que al efecto se establezcan. Para ello se considerará
lidades de los cuerpos docentes en función de la puntuación lo dispuesto en el artículo 24 y se tendrán en cuenta las nece-
obtenida en la convocatoria, a continuación, en su caso, del sidades derivadas de la planificación educativa.
personal al que se refieren los artículos 19 y 20. 2. Los puestos de trabajo docentes dotados presupues-
3. La permanencia en las bolsas de trabajo del personal tariamente para cada año académico en cada uno de los cen-
que acceda a las mismas mediante el acceso extraordinario a tros, zonas y servicios educativos constituyen la plantilla de
que se refiere el presente artículo se regirá por lo dispuesto en funcionamiento de los mismos.
el artículo 20. 3. La plantilla orgánica de los centros, zonas y servicios
Artículo 23. Bases aplicables al profesorado interino. educativos está constituida por aquellos puestos de trabajo de
Por Orden de la persona titular de la Consejería com- la plantilla de funcionamiento que se consideran necesarios
petente en materia de educación se establecerán las bases para atender la escolarización del alumnado y sirven de base
aplicables al profesorado interino que conforma las bolsas para la cobertura con carácter definitivo. Dicha plantilla, así
de trabajo de las distintas especialidades de los cuerpos do- como las modificaciones o actualizaciones que sean necesa-
centes. En dichas bases figurarán, entre otros extremos, los rias para cada curso escolar, se publicará en el Boletín Oficial
siguientes: de la Junta de Andalucía.
4. La Consejería competente en materia de educación, al
a) Carácter de la ocupación del puesto, en vacante o sus- objeto de favorecer la estabilidad del personal funcionario de
titución. carrera en los puestos de trabajo, propiciará la convergencia
b) Nombramiento, toma de posesión, registro y cese. entre las plantillas orgánica y de funcionamiento de los cen-
c) Causas que pueden impedir la incorporación a la acti- tros, zonas y servicios educativos.
vidad docente.
d) Motivos de exclusión de las bolsas. CAPÍTULO IV
CAPÍTULO III Provisión de puestos de trabajo docentes
Puestos de trabajo docentes Sección Primera
Artículo 24. Distribución e identificación de los puestos de Procedimientos de provisión
trabajo docentes.
1. La Consejería competente en materia de educación dis- Artículo 26. Procedimientos.
tribuirá los puestos de trabajo docentes de la siguiente forma: 1. La Consejería competente en materia de educación lle-
vará a cabo la provisión de los puestos de trabajo docentes de
a) Puestos ordinarios: Son aquellos que pueden ser des-
empeñados por el profesorado de una determinada especiali- los centros, zonas y servicios educativos de acuerdo con lo es-
dad de un cuerpo docente. tablecido en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica
b) Puestos de profesorado especialista: Son aquellos a los 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo 16 de la Ley 17/2007, de
que, por las características de los mismos, es necesario incor- 10 de diciembre, en el presente Decreto y en las normas que
porar a profesionales cualificados que ejerzan su actividad en los desarrollen.
el ámbito laboral, artístico o deportivo, para impartir determi- 2. Los procedimientos de provisión de puestos de trabajo
nadas materias o módulos de las enseñanzas de formación docentes serán los siguientes:
profesional y de las enseñanzas artísticas y deportivas.
c) Puestos específicos: Son aquellos para cuya provi- a) Procedimientos de provisión de puestos con carácter
sión se podrá requerir experiencia docente, laboral, artística definitivo.
o deportiva, así como formación complementaria o titulación b) Procedimientos de provisión de puestos con carácter
distinta a la alegada para el ingreso en la función pública do- provisional.
6. Sevilla, 4 de junio 2010 BOJA núm. 108 Página núm. 21
Artículo 27. Procedimientos de provisión de puestos con provisional, de puestos vacantes de la plantilla de funciona-
carácter definitivo. miento por profesorado funcionario de carrera o por personal
1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicio- funcionario interino, con objeto de cubrir las necesidades de
nal sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el perso- los centros, zonas y servicios educativos.
nal funcionario de carrera accederá a puestos de trabajo de la 3. Asimismo, se podrán convocar concursos específicos
plantilla orgánica de los centros, zonas y servicios educativos para la cobertura, con carácter provisional, de puestos de pro-
a través de los concursos de traslados, de ámbito estatal o fesorado especialista y de puestos específicos que, figurando
autonómico, y de los procedimientos de redistribución o de en la plantilla de funcionamiento, se encuentren vacantes. En
recolocación. dichos concursos se indicarán los requisitos de especialización
2. Los concursos de traslados de ámbito estatal se convo- o capacitación profesional que se precisen para el desempeño
carán de conformidad con lo establecido en el apartado 3 de del puesto.
la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 4. Los destinos adjudicados por la participación en las
de mayo, y en la normativa que la desarrolle. convocatorias para la provisión de los puestos a que se re-
3. En virtud de lo establecido en el apartado 4 de la dis- fieren los apartados 2 y 3 de este artículo serán irrenuncia-
posición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de bles, salvo en los supuestos que se determine por Orden de
mayo, la Consejería competente en materia de educación la persona titular de la Consejería competente en materia de
podrá realizar convocatorias para la provisión de puestos de educación.
trabajo vacantes, en los centros, zonas y servicios educativos, 5. En las convocatorias de puestos de profesorado espe-
los cursos escolares en los que no se realice convocatoria de cialista, la Consejería competente en materia de educación
concurso de traslados de ámbito estatal. podrá eximir a los aspirantes del cumplimiento del requisito
4. La Consejería competente en materia de educación de titulación establecido con carácter general. En dichas con-
podrá organizar procedimientos de provisión de puestos de vocatorias se recogerán las características de los puestos de
trabajo docentes mediante la recolocación o la redistribución trabajo, así como la cualificación, experiencia o méritos de los
del personal funcionario de carrera como actuaciones com- profesionales, artistas o deportistas que aspiren a la ocupa-
plementarias a los concursos de traslados, tanto de ámbito ción de los mismos.
estatal como autonómico, en virtud de lo establecido en el
apartado 4 de la disposición adicional sexta de la citada Ley Artículo 29. Movilidad por razón de violencia de género.
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. 1. Las funcionarias víctimas de violencia de género que
5. En los casos en que concurran necesidades derivadas para hacer efectiva su protección o el derecho a la asisten-
de la planificación educativa o vinculadas a modificaciones del cia social integral, se vean obligadas a abandonar la plaza o
sistema educativo, y en el marco de la normativa básica de puesto donde venían prestando sus servicios, tendrán dere-
ámbito estatal que resulte de aplicación, la Consejería com- cho al traslado a otra plaza o puesto propio de su cuerpo, de
petente en materia de educación podrá recolocar en otros análogas características, sin necesidad de que sea vacante de
puestos del mismo centro, zona o servicio educativo donde necesaria cobertura. La Consejería competente en materia de
se tenga destino definitivo al personal funcionario afectado. El educación, estará obligada a comunicarle las vacantes ubica-
nuevo destino adjudicado tendrá también carácter definitivo, das en la misma localidad o en las localidades que la intere-
reconociéndose en el mismo la antigüedad generada desde sada expresamente solicite.
el anterior. 2. Si concurrieran las circunstancias previstas legalmente,
6. Asimismo, en los casos en los que la planificación edu- el órgano competente adjudicará una plaza o puesto propio de
cativa así lo exija o las necesidades originadas por modificacio- su cuerpo y especialidad. Esta adjudicación podrá tener carác-
nes del sistema educativo lo determinen, y en el marco de la ter definitivo cuando la plaza o puesto ocupado por la funcio-
normativa básica de ámbito estatal que resulte de aplicación, naria tuviera tal carácter.
la Consejería competente en materia de educación, mediante 3. En las actuaciones y procedimientos relacionados con
un procedimiento de redistribución, podrá destinar a plazas o la violencia de género se protegerá la intimidad de las victimas,
puestos de otros centros o servicios educativos de la misma en especial sus datos personales, los de sus descendientes y
localidad o zona educativa, al personal funcionario de carrera los de cualquier persona que esté bajo su guarda o custodia.
que, con carácter definitivo, viniera desempeñando su activi-
dad docente en los centros o servicios educativos afectados. Artículo 30. Reingreso o reincorporación a la actividad
Los nuevos destinos adjudicados tendrán también carácter de- docente.
finitivo, reconociéndose en los mismos la antigüedad generada 1. El personal funcionario docente que haya desempe-
desde el destino anterior. ñado un puesto de trabajo en otros ámbitos de la Administra-
7. La recolocación o redistribución se efectuará a puestos ción y que haya tenido su último destino docente en la Comu-
de trabajo docentes adscritos a los mismos cuerpos y especia- nidad Autónoma de Andalucía podrá solicitar a la Consejería
lidades que los de procedencia, o de las especialidades cuya competente en materia de educación el reingreso o la reincor-
titularidad o habilitación se tenga reconocida, y se aplicarán poración a la actividad docente. Este personal, en el supuesto
en el procedimiento criterios objetivos, entre los que, al me- que hubiera perdido la plaza docente que desempeñaba con
nos, figurarán los relacionados con la antigüedad en el centro carácter definitivo o el último destino docente desempeñado
de procedencia y en el cuerpo. En los casos de puestos do- no tuviera carácter definitivo, queda obligado a participar en
centes adscritos a más de un cuerpo, se tendrá en cuenta la los concursos que se convoquen hasta la obtención de un des-
antigüedad en cualquiera de ellos. tino definitivo.
2. En los supuestos en que exista reserva de plaza, el
Artículo 28. Procedimientos de provisión de puestos con reingreso o la asignación de plaza se efectuará directamente
carácter provisional. a la misma con carácter definitivo y, de haber sido ésta supri-
1. De conformidad con lo establecido en los apartados 2 mida, se realizará con carácter provisional a otra de las corres-
y 3 del artículo 16 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, los pondiente a su cuerpo y especialidad de la misma localidad o
concursos específicos para la provisión de puestos de trabajo zona educativa.
docentes con carácter provisional se realizarán conforme a los
principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Artículo 31. Comisiones de servicio.
2. La Consejería competente en materia de educación 1. La Consejería competente en materia de educación
podrá realizar convocatorias para la cobertura, con carácter podrá destinar en comisión de servicio a puestos de trabajo
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docentes de su ámbito de gestión al personal funcionario de gresado, siempre que al finalizar el curso escolar en el que se
carrera dependiente de la misma. realicen las convocatorias hayan transcurrido, al menos, dos
2. Asimismo, la Consejería competente en materia de años desde la toma de posesión del último destino que des-
educación podrá destinar en comisión de servicio a personal empeñen con carácter definitivo.
funcionario de carrera dependiente de otras Administraciones b) El personal funcionario de carrera que se encuentre en
educativas. Dichas comisiones de servicio, que deberán con- la situación de excedencia voluntaria prevista en el apartado
tar con la autorización de las referidas Administraciones edu- a) del artículo 89.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, siempre
cativas, obedecerán fundamentalmente a razones de oportu- que, en la misma fecha a que se refiere el apartado anterior,
nidad, a necesidades del servicio y estarán condicionadas, en hayan transcurrido, al menos, dos años desde que pasaron a
todo caso, a las previsiones de la planificación escolar. la citada situación.
3. Las comisiones de servicio se podrán conceder, entre 3. En todo caso, deberá participar en los concursos de
otros, por los siguientes motivos: traslados de ámbito estatal o autonómico, con carácter obliga-
torio, el siguiente personal:
a) Para el ejercicio de la dirección en centros o servicios
educativos. a) Personal funcionario de carrera titular de un puesto de
b) Por razones de cobertura de puestos en centros o trabajo que se haya suprimido.
servicios educativos de nueva creación. b) Personal funcionario de carrera que finalice el período
c) Por razones de salud propia del personal funcionario de tiempo para el que fue adscrito a puestos de trabajo docen-
de carrera. tes españoles en el extranjero.
d) Por concurrir en el personal funcionario de carrera la c) Personal funcionario de carrera que reingresa sin re-
condición de cargo electo en Corporaciones locales. serva de puesto de trabajo.
e) Por razones de salud de cónyuges, parejas de hecho o d) Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
familiares convivientes en primer grado de consanguinidad o afi- e) Personal funcionario en prácticas.
nidad del personal funcionario de carrera. f) Otro personal funcionario de carrera, cuando así se
f) Por concurrir en el personal funcionario de carrera la contemple en la correspondiente convocatoria.
circunstancia de ser cónyuge o pareja de hecho de altos car-
gos o titulares de puestos de libre designación en las Adminis- 4. El personal funcionario de carrera que tenga derecho
traciones públicas. preferente a obtener destino en una localidad o ámbito territo-
g) Para ocupar alguno de los puestos específicos a que se rial determinado, si desea hacer uso de este derecho, hasta
refiere el artículo 24.1.c). que alcance aquél, deberá participar en todas las convocato-
h) Para el desempeño de tareas específicas del ámbito rias que, a estos efectos, realice la Consejería competente en
educativo en centros directivos de la Consejería competente materia de educación, en la forma establecida en las mismas.
en materia de educación, de conformidad con lo establecido De no participar se le tendrá por decaído del citado derecho.
en el artículo 6. 5. Para los procedimientos de recolocación o de redistri-
i) Para ejercer la opción de cambio de centro de direc- bución de efectivos, la Consejería competente en materia de
tores y directoras de centros y servicios educativos, al fin de educación, a la vista de los centros afectados como conse-
su mandato, de conformidad con lo establecido en el artículo cuencia de la planificación educativa o de las necesidades vin-
134.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre. culadas a modificaciones del sistema educativo, establecerá
los puestos docentes que resulten afectados.
4. La efectividad de las comisiones de servicio concedi-
das quedará condicionada a la existencia de vacantes y a su Artículo 33. Provisión de puestos con carácter provisional.
adjudicación de acuerdo con el orden de prioridad que se esta- 1. Deberá participar en los procedimientos de provisión
blece en el artículo 36. de puestos con carácter provisional:
5. La duración de las comisiones de servicio que se con-
cedan al personal funcionario al que se refiere este artículo a) El personal funcionario de carrera titular de un puesto
será, con carácter general, de un curso académico. Las comi- de trabajo suprimido o desplazado por insuficiencia total de
siones de servicio podrán prorrogarse por períodos de igual horario de su centro docente, zona o servicio educativo que no
duración, a petición de las personas interesadas, cuando per- haya obtenido un destino definitivo.
sistan las circunstancias que motivaron su concesión. b) El personal funcionario de carrera que no tenga destino
6. Por Orden de la Consejería competente en materia de definitivo, por cualquier causa.
educación se regularán las situaciones y el procedimiento para c) El personal funcionario de carrera que haya obtenido
la concesión de comisiones de servicio. una comisión de servicios para el curso escolar correspon-
diente.
Sección Segunda d) El personal que haya sido seleccionado en las convoca-
torias de procedimientos selectivos de ingreso y, en su caso,
Personal funcionario participante en los procedimientos acceso a los cuerpos de la función pública docente y nom-
brado, en su caso, funcionario en prácticas.
Artículo 32. Concursos de traslados, recolocación y redis- e) El personal funcionario interino, en la forma que se de-
tribución. termine en la normativa específica de dicho personal.
1. En los concursos de traslados, tanto de ámbito estatal
como de ámbito autonómico, podrá participar el personal fun- 2. El personal a que se refiere el apartado 1.a) deberá
cionario que reúna los requisitos generales y los específicos participar en las convocatorias que se realicen para la provi-
que, de acuerdo con las respectivas plantillas, establezcan las sión de puestos vacantes, por todas las especialidades para
correspondientes convocatorias. las que esté habilitado, en el caso del cuerpo de maestros, y
2. Podrán participar en los concursos de traslados con por todas las especialidades de las que sea titular en los res-
carácter voluntario: tantes cuerpos docentes. Podrá solicitar puestos de trabajo en
cualquier centro docente público, zona o servicio educativo de
a) El personal funcionario de carrera de los cuerpos a los la Comunidad Autónoma de Andalucía.
que correspondan las vacantes ofertadas, cualquiera que sea 3. El personal a que se refiere el apartado 1.b) que nunca
la Administración de la que dependan o por la que hayan in- haya obtenido un destino definitivo deberá participar en las
8. Sevilla, 4 de junio 2010 BOJA núm. 108 Página núm. 23
convocatorias que se realicen para la provisión de puestos b) Personal funcionario de carrera desplazado de su cen-
vacantes por la especialidad de ingreso en la función pública tro de destino por insuficiencia total de horario.
docente. El resto del personal sin destino definitivo deberá c) Personal funcionario de carrera que se acoja a la op-
participar en las citadas convocatorias por todas las especia- ción a que se refiere el artículo 134.6 de la Ley 17/2007, de
lidades para las que esté habilitado, en el caso del cuerpo de 10 de diciembre.
maestros, y por todas las especialidades de las que sea titular d) Personal funcionario de carrera en el último año de
en los restantes cuerpos docentes. En ambos casos se po- adscripción en el extranjero.
drán solicitar puestos de trabajo en cualquier centro docente e) Personal funcionario de carrera que reingresa sin re-
público, zona o servicio educativo de la Comunidad Autónoma serva de puesto de trabajo.
de Andalucía. f) Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
4. El personal a que se refiere el apartado 1.c) deberá g) Personal funcionario de carrera que haya obtenido una
participar en las convocatorias que se realicen para la provi- comisión de servicio.
sión de puestos vacantes por la especialidad del puesto que h) Personal funcionario en prácticas.
ocupa como destino definitivo. No obstante, quienes hayan i) Personal integrado en las bolsas de trabajo a que se
obtenido una comisión de servicio por enfermedad propia, refiere el artículo 18.2.
podrán solicitar puestos de todas las especialidades para las
que estén habilitados, en el caso del cuerpo de maestros, y de 2. En los casos de empate, se aplicarán los criterios de
todas las especialidades de las que sean titulares en los res- desempate que establezca la Consejería competente en mate-
tantes cuerpos docentes Se podrá solicitar puestos de trabajo ria de educación en las correspondientes convocatorias.
en cualquier centro docente público, zona o servicio educativo 3. En los supuestos del personal a que se refieren los
de la Comunidad Autónoma de Andalucía. apartados 1.a) y b), de no participar o no obtener destino, la
5. El personal a que se refiere el apartado 1.d) deberá Consejería competente en materia de educación le adjudicará
participar en las convocatorias que se realicen para la provi- de oficio, con carácter provisional, un puesto de trabajo en la
sión de puestos vacantes, por la especialidad de ingreso en la misma localidad donde se ubica el centro o servicio educativo
función pública docente o de acceso al cuerpo docente de que de procedencia o, en su caso, en la misma zona educativa. De
se trate. Podrá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro no ser ello posible, se le adjudicará dicho puesto en otra locali-
docente público, zona o servicio educativo de la Comunidad dad cercana, hasta un límite máximo de cincuenta kilómetros.
Autónoma de Andalucía. Asimismo, el personal funcionario de carrera titular de un
puesto de trabajo suprimido o del que haya sido desplazado
Artículo 34. Personal funcionario de carrera de los cuer- por insuficiencia total de horario en un centro o servicio edu-
pos de catedráticos. cativo de una determinada localidad tendrá prioridad en la ad-
El personal funcionario de carrera de los cuerpos de Ca- judicación sobre el personal funcionario de carrera en idéntica
tedráticos de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales situación con destino en otras localidades.
de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño participará en los 4. Para la adjudicación de destinos en comisión de ser-
concursos de provisión de puestos, tanto definitivos como vicios, tendrá prioridad el personal funcionario de carrera del
provisionales, conjuntamente con el personal funcionario de ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de
carrera de los cuerpos de profesores de los niveles y especia- educación sobre el personal funcionario de carrera procedente
lidades correspondientes, a las mismas vacantes, sin perjuicio de otras Administraciones educativas.
de los méritos específicos que les sean de aplicación por su 5. La Consejería competente en materia de educación
pertenencia a los mencionados cuerpos de catedráticos. podrá establecer un orden de adjudicación prioritario para los
casos de las comisiones de servicio del artículo 31.3.c) que
CAPÍTULO V se cataloguen como muy graves. Las comisiones de servicio
del mencionado artículo 31.3.c) gozarán de prioridad sobre las
Adjudicación de destinos contempladas en los párrafos d), e) y f) del citado artículo, las
cuales, a su vez, tendrán entre sí la prioridad determinada por
Artículo 35. Resolución de los concursos de traslados y su orden de enumeración.
criterios de adjudicación de destinos.
1. Por Orden de la persona titular de la Consejería compe- Disposición adicional primera. Cursos primero y segundo
tente en materia de educación se resolverá el procedimiento de la educación secundaria obligatoria.
de los concursos de traslados, tanto de ámbito estatal como 1. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 de
autonómico, para los centros, zonas y servicios educativos de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006,
su ámbito de gestión. de 3 de mayo, la Consejería competente en materia de educa-
2. Los criterios para la adjudicación de los destinos serán ción determinará los requisitos de formación o titulación que
los fijados por la correspondiente Orden de convocatoria que, debe cumplir el personal funcionario de carrera de los cuerpos
en todo caso, se atendrá a lo establecido en la normativa bá- que imparten la educación secundaria obligatoria para impartir
sica estatal. enseñanzas de los dos primeros cursos de esta etapa corres-
3. La adjudicación de destino al personal funcionario pondientes a otra especialidad, de acuerdo con lo establecido
en prácticas estará supeditada a la superación de la fase de en el artículo 26.3 de la citada Ley Orgánica.
prácticas y a su posterior nombramiento como funcionario de 2. En la determinación de la plantilla orgánica y la plantilla
carrera. de funcionamiento de los centros, zonas y servicios educativos
a las que se refiere el artículo 25, se considerará lo estable-
Artículo 36. Criterios de adjudicación de destinos en los pro- cido en el apartado anterior. Asimismo, la formación requerida
cedimientos de provisión de puestos con carácter provisional. para impartir enseñanzas de los dos primeros cursos de la re-
1. La adjudicación de destinos en los procedimientos de ferida etapa correspondientes a otra especialidad será la que
provisión de puestos de trabajo docentes con carácter provi- se determine en cada caso.
sional se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente orden de
preferencia: Disposición adicional segunda. Adscripción a otras etapas
educativas.
a) Personal funcionario de carrera titular de un puesto de 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.8
trabajo suprimido. de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la Consejería compe-
9. Página núm. 24 BOJA núm. 108 Sevilla, 4 de junio 2010
tente en materia de educación podrá adscribir a maestros y se garantiza la estabilidad laboral al personal funcionario inte-
maestras especializados para la atención del alumnado con rino asimilado a los distintos cuerpos y especialidades docen-
necesidades educativas especiales a la educación secundaria tes que, durante los años de implantación de la Ley Orgánica
obligatoria, en los supuestos que se establezcan y en el marco 2/2006, de 3 de mayo, haya cumplido cincuenta y cinco años
de lo recogido en la disposición adicional séptima de la Ley de edad y tenga reconocido, al menos, cinco años de servicio
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. en las bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma de Anda-
2. Excepcionalmente, la Consejería competente en mate- lucía.
ria de educación podrá encomendar al personal funcionario 2. Los requisitos recogidos en el apartado anterior se en-
de carrera el desempeño de funciones en una etapa o, en su tenderán referidos al 31 de agosto de cada año.
caso, enseñanzas distintas de las asignadas, con carácter ge-
neral, al cuerpo docente al que pertenezca, de acuerdo con lo Disposición transitoria segunda. Personal funcionario inte-
que, a tales efectos, se determine reglamentariamente en el rino asimilado al cuerpo de profesores especiales de institutos
marco de lo establecido en la disposición adicional séptima de técnicos de enseñanzas medias.
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. 1. De conformidad con lo establecido en la disposición
transitoria tercera de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, se
Disposición adicional tercera. Enseñanzas artísticas supe- garantiza la estabilidad laboral al personal funcionario interino
riores y de idiomas. de la especialidad de educación física, asimilado al cuerpo de-
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.13 clarado a extinguir de profesores especiales de institutos técni-
de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, excepcionalmente, la cos de enseñanzas medias, que accedió a dicha situación con
Consejería competente en materia de educación podrá con- anterioridad al año 1990 y que permanecía en la misma a la
tratar para las enseñanzas artísticas superiores y para las en- entrada en vigor de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
señanzas de idiomas, como profesorado especialista, a profe- 2. La Consejería competente en materia de educación ga-
sionales de otros países, sin que necesariamente cumplan el rantizará la permanencia de este personal en su puesto y en el
requisito de titulación establecido con carácter general. centro o servicio educativo en el que se encuentre destinado.
2. Dicha contratación se realizará en régimen laboral y Para ello, tales circunstancias se considerarán al establecer la
deberá cumplirse lo recogido en el artículo 36 de la Ley Orgá- plantilla de funcionamiento a que se refiere el artículo 25.2.
nica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de
los extranjeros en España y su integración social, en la redac- Disposición transitoria tercera. Personal funcionario de
ción dada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, carrera del Cuerpo de Maestros en la educación secundaria
de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre obligatoria.
derechos y libertades de los extranjeros en España y su inte- 1. El personal funcionario de carrera del Cuerpo de
gración social, salvo en el caso de nacionales de los Estados Maestros que, en virtud del proceso establecido en el Decreto
miembros de la Unión Europea o de aquellos a quienes sea de 154/1996, de 30 de abril, por el que se regula el proceso de
aplicación el régimen comunitario de extranjería, de acuerdo adscripción de los maestros a los puestos de trabajo resultan-
con lo establecido en los artículos 96.4 y 97.2 de la Ley Orgá- tes de la nueva ordenación del sistema educativo, fue adscrito
nica 2/2006, de 3 de mayo. a puestos de trabajo de los cursos primero y segundo de la
educación secundaria obligatoria, podrá continuar en dichos
Disposición adicional cuarta. Personal funcionario interino puestos indefinidamente, así como ejercer la movilidad en re-
con tiempo de servicio. lación con las vacantes que, a tal fin, se determinen en las
El personal funcionario interino que tenga reconocido plantillas orgánicas de los centros públicos.
tiempo de servicio al día 30 de junio de 2010, se ordenará 2. En el supuesto de que dicho personal supere el proce-
en la bolsa de trabajo a la que pertenezca de acuerdo con la dimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Profesores de Ense-
normativa de aplicación al acceder a la misma. ñanza Secundaria o de Profesores de Artes Plásticas y Diseño,
por movilidad del subgrupo A2 al A1, podrá optar por perma-
Disposición adicional quinta. Teletramitación de procedi- necer en su mismo destino o acceder a los nuevos puestos
mientos. de trabajo del citado cuerpo, en la forma que la Consejería
En aplicación de lo recogido en la Ley 11/2007, de 22 de competente en materia de educación establezca.
junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios En todo caso, el destino en el que podrá permanecer ha-
públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 brá de ser un instituto de educación secundaria dependiente
de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, y en atención a lo dis- de la Consejería competente en materia de educación y la es-
puesto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se pecialidad a la que se acceda habrá de ser equivalente a la es-
regula la información y atención al ciudadano y la tramitación pecialidad del cuerpo de procedencia. A tal efecto, la referida
de los procedimientos administrativos por medios electrónicos Consejería establecerá las equivalencias de especialidades de
(internet), la Consejería competente en materia de educación ambos cuerpos así como otros requisitos que haya de reunir
establecerá las medidas oportunas tendentes a que los proce- dicho personal, entre los que figurará encontrarse en activo,
dimientos regulados en el presente Decreto puedan llevarse estar adscrito con carácter definitivo a un puesto docente en
a cabo mediante el uso generalizado de las tecnologías de la alguno de los dos primeros cursos de la educación secundaria
información y la comunicación. obligatoria, en la fecha de la oportuna convocatoria.
Disposición adicional sexta. Dotación presupuestaria de Disposición transitoria cuarta. Aplicación de normas vi-
puestos de profesorado de religión. gentes.
La Consejería competente en materia de educación do- En aquellas materias cuya regulación remite el presente
tará presupuestariamente los puestos de trabajo que ocupe Decreto a ulteriores disposiciones de desarrollo, y en tanto és-
el personal que imparta la enseñanza de las religiones en los tas no sean dictadas, serán de aplicación las normas que lo
centros públicos. venían siendo a la entrada en vigor del presente Decreto, siem-
pre que no se opongan a lo establecido en el mismo.
Disposición transitoria primera. Personal funcionario inte-
rino mayor de cincuenta y cinco años. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. De conformidad con lo establecido en la disposición Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o infe-
transitoria segunda de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, rior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.
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Disposición final primera. Prestación del tiempo de tra- Disposición final segunda. Desarrollo.
bajo, vacaciones, permisos, licencias y actuaciones relativas a Se habilita al Consejero de Educación para dictar cuantas
la conciliación de la vida familiar y profesional. disposiciones resulten necesarias para el desarrollo de lo dis-
1. La Consejería competente en materia de educación re- puesto en el presente Decreto.
gulará las diversas formas de prestación del tiempo de trabajo
del personal docente que preste servicio en los centros, zonas
o servicios educativos dependientes de la Consejería compe- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
tente en materia de educación, así como lo relacionado con El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de
las vacaciones, permisos y licencias. su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Asimismo, se regularán especialmente las medidas en
orden a la conciliación de la vida familiar y profesional del refe- Sevilla, 1 de junio de 2010
rido personal docente.
3. En todo caso, dicha regulación habrá de respetar la JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
normativa básica estatal, las normas de función pública de la Presidente de la Junta de Andalucía
Administración de la Junta de Andalucía que resulten de apli-
cación y tendrá en cuenta las especificidades de la función FRANCISCO JOSÉ ÁLVAREZ DE LA CHICA
pública docente. Consejero de Educación