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Página núm. 66                                             BOJA núm. 183                      Sevilla, 17 de septiembre 2010



CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN                                                                     DISPONGO
                                                                          Artículo 1. Objeto.
            ORDEN de 8 de septiembre de 2010, por la que                  La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento
       se establece el procedimiento para la gestión de las         que ha de seguirse por parte de las personas titulares de la direc-
       sustituciones del profesorado de los centros docentes        ción de los centros docentes públicos a que se refiere el artículo
       públicos dependientes de esta Consejería.                    2 y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente
                                                                    en materia de educación, en virtud de sus respectivas competen-
      La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de           cias, para la gestión de las sustituciones del profesorado.
Andalucía, dedica el Capítulo II del Título IV a regular la fun-
ción directiva en los centros docentes públicos, reforzando el           Artículo 2. Ámbito de aplicación.
papel protagonista que corresponde a los equipos directivos              La presente Orden será de aplicación en los centros do-
y, en particular, a las personas titulares de la dirección de los   centes públicos dependientes de la Consejería competente en
centros en la gestión y organización de toda la actividad peda-     materia de educación que imparten las enseñanzas del segundo
gógica y administrativa que estos desarrollan y aumentando          ciclo de educación infantil, educación primaria, educación se-
sus competencias.                                                   cundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional inicial.
      Así, el artículo 132.7 de la Ley 17/2007, de 10 de diciem-
bre, establece que los directores y directoras de los centros             Artículo 3. Presupuesto asignado a cada centro para sus-
docentes públicos tendrán competencia para tomar decisiones         tituciones del profesorado.
en lo que se refiere a las sustituciones que, por las ausencias           1. Cada uno de los centros docentes públicos a que se re-
del profesorado, se pudieran producir, de acuerdo con lo que        fiere esta Orden dispondrá de un presupuesto equivalente a un
a tales efectos se determine y respetando, en todo caso, los        número de jornadas completas de profesorado sustituto para
criterios establecidos para la provisión de puestos de trabajo      atender con personal externo las sustituciones de las ausencias
docentes.                                                           del profesorado que se produzcan a lo largo del curso escolar.
      La puesta en marcha durante el curso 2009/2010 de un                2. El número de jornadas se fijará con criterios objetivos,
procedimiento en 200 centros públicos de educación infantil         en función de los datos del personal docente que constituya
y primaria y de educación secundaria supuso una vía experi-         la plantilla de funcionamiento del centro. En este número
mental que, evaluada positivamente por la gran mayoría de las       no se incluirán las jornadas correspondientes a los períodos
personas titulares de la dirección de los mismos, se pretende       no lectivos de Navidad, Semana Santa y verano que pudieran
                                                                    corresponder al profesorado sustituto, que asumirá la Conse-
extender a la totalidad de los centros docentes públicos que        jería competente en materia de educación.
imparten las enseñanzas del segundo ciclo de educación in-                3. Con objeto de facilitar la consulta sobre la evolución del
fantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria,       estado de las sustituciones del profesorado disponible en cada
bachillerato y formación profesional inicial.                       momento del curso escolar, los centros docentes públicos podrán
      Con este modelo de gestión de las sustituciones del pro-      acceder a todos los datos relativos tanto a las propias sustitucio-
fesorado se persigue, por una parte, profundizar en la autono-      nes como al estado de las jornadas fijadas para cada curso aca-
mía organizativa y de gestión de los centros docentes públicos      démico, a través del sistema de información Séneca. Asimismo,
y, por otra, reforzar las competencias de la dirección de estos     las Delegaciones Provinciales podrán conocer la pertinente infor-
centros en dos aspectos tan esenciales como la organización         mación de los centros de su ámbito de gestión a través del sis-
pedagógica y la gestión de los recursos humanos disponibles.        tema integrado de gestión de recursos humanos (SIRhUS).
      Los Decretos 327/2010 y 328/2010, de 13 de julio, por
los que se aprueban los Reglamentos orgánicos de los institu-            Artículo 4. Competencias de la dirección.
tos de educación secundaria, por un lado, y de las escuelas              1. Las personas titulares de la dirección de los centros do-
infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación pri-      centes serán las competentes para decidir cuándo se sustituirán
maria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los    las ausencias del profesorado con personal externo y, por tanto,
centros públicos específicos de educación especial, por otro,       con cargo al número de jornadas completas de profesorado
regulan en los artículos 72.1.q) y 70.1.q), respectivamente, la     sustituto puesto a disposición del centro para esta función, y
potestad de las direcciones de los centros docentes públicos        cuándo se atenderán con los recursos propios del centro.
para decidir en lo que se refiere a las sustituciones del profe-         2. Una vez por trimestre se informará al Claustro de Pro-
sorado que se pudieran producir por enfermedad u otra causa         fesorado sobre las decisiones adoptadas.
de ausencia.
      Asimismo, las disposiciones finales sexta y quinta de los          Artículo 5. Procedimiento para cubrir las ausencias del
mencionados Decretos habilitan al Consejero de Educación            profesorado.
para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el de-            Para cubrir las ausencias del profesorado se seguirá el
sarrollo de lo dispuesto en los mismos.                             siguiente procedimiento:
                                                                         1. Las personas titulares de la dirección de los centros
      El modelo contempla la asignación a cada centro de un         docentes públicos objeto de la presente Orden podrán solici-
presupuesto equivalente a un número de jornadas completas           tar la sustitución de cualquier docente del centro, en los su-
de profesorado sustituto para atender con personal externo          puestos de permiso o licencia, por vía telemática, mediante la
las sustituciones del profesorado que se produzcan a lo largo       cumplimentación de un formulario que figurará en el sistema
del curso escolar. Dichas jornadas se distribuirán por parte de     de información Séneca. En dicho formulario se indicarán los
las personas titulares de la dirección que determinarán, en         datos personales y profesionales de la persona que haya de
función de las bajas sobrevenidas, las jornadas efectivas que       ser sustituida así como la fecha de inicio de la sustitución y, en
han de ser objeto de sustitución.                                   su caso, la de fin de la misma. En este último caso, no podrá
                                                                    proponerse una fecha de cese anterior a la fecha de incorpora-
     En su virtud, conforme a las facultades que me confiere        ción efectiva de la persona sustituida.
el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Go-             2. Las Delegaciones Provinciales, recibidas las solicitudes
bierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta           de sustitución a través del sistema integrado de recursos hu-
de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos        manos, comprobarán la existencia del permiso o licencia y,
Humanos,                                                            dentro de los cinco días lectivos siguientes a la fecha de la
Sevilla, 17 de septiembre 2010                               BOJA núm. 183                                           Página núm. 67



solicitud, procederán a la sustitución, si procede. Durante este      previsto en la disposición final segunda de la Ley 22/2007, de
período las personas titulares de la dirección de los centros         18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.
docentes deberán adoptar las medidas necesarias para la
atención del servicio educativo.                                           En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el
     3. Las Delegaciones Provinciales velarán por la observan-        artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de
cia de los criterios establecidos normativamente para la provi-       la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
sión de puestos de trabajo docentes.
     4. De cuantas actuaciones lleven a cabo sobre sustituciones                              DISPONGO
las distintas Delegaciones Provinciales tendrán conocimiento los
centros, a través del sistema de información Séneca.                      Primero. Anunciar la interposición de los citados
     5. Igual procedimiento al referido respecto a las solicitudes    recursos contencioso-administrativos números 1245/2010,
de sustituciones se seguirá para comunicar a las Delegaciones         1421/2010, 1434/2010, 1461/2010 y 1473/2010.
Provinciales las modificaciones en la duración probable de las
mismas y los ceses por incorporación de las personas sustitui-             Segundo. Ordenar la remisión del expediente administrativo
das. En este último caso, con objeto de evitar la simultaneidad       a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de personas en un mismo puesto, la dirección del centro, cono-        de Justicia de Andalucía con sede en Granada, Sección 1.ª/12.
cida la fecha de incorporación del personal ausente, comunicará
a la Delegación Provincial correspondiente el fin de la sustitución         Tercero. Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de
el mismo día que tenga conocimiento de la misma.                      la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas físicas y
                                                                      jurídicas, a cuyo favor hubieren derivado o derivaren derechos
     Artículo 6. Agotamiento del presupuesto asignado a cada          por la disposición impugnada, para que comparezcan y se per-
centro.                                                               sonen en autos ante la referida Sala de lo Contencioso-Adminis-
     En el supuesto de que en un centro docente se agotara el         trativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede
presupuesto disponible para atender las sustituciones del pro-        en Granada, Sección 1.ª/12, en el plazo de nueve días contados
fesorado antes de la finalización del curso escolar, la dirección     a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden.
del centro solicitará a la Delegación Provincial correspondiente
la ampliación del mismo, previa justificación de las causas por            Sevilla, 12 de agosto de 2010
las que se ha producido esta circunstancia.
                                                                                                       MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
      Disposición derogatoria única. Derogación normativa.                                                     Consejera de Salud
      Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o infe-
rior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden, sin
perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única.                  ORDEN de 2 de septiembre de 2010, por la que
                                                                             se modifica el artículo 7, apartado primero, de la Orden
      Disposición transitoria única.                                         de 16 de octubre de 2008, por la que se establecen las
      La aplicación del procedimiento para la gestión de las sus-            bases reguladoras del Certamen de Programas sobre
tituciones a que se refiere esta Orden tendrá carácter obligato-             Promoción de la Actividad Física y la Alimentación Equili-
rio a partir del 1 de octubre de 2010. Hasta dicha fecha, podrá              brada y se convoca la V edición del mismo, y se estable-
aplicarse el procedimiento que ha venido estando vigente.                    ce la Convocatoria del VI Certamen para el año 2010.
    Disposición final. Entrada en vigor.                                   Por Orden de 16 de octubre de 2008, de la Consejería de
    La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de         Salud, se establecen las bases reguladoras del Certamen de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.        Programas sobre Promoción de la Actividad Física y la Alimen-
                                                                      tación Equilibrada y se convoca la V edición del mismo (BOJA
     Sevilla, 8 de septiembre de 2010                                 núm. 219, de 4 de noviembre de 2008).
                                                                           De conformidad con el artículo 5.1 de la citada Orden,
                              FRANCISCO JOSÉ ÁLVAREZ DE LA CHICA      se establece que la convocatoria del Certamen de Promoción
                                     Consejero de Educación
                                                                      de la Actividad Física y la Alimentación Equilibrada se regirá
                                                                      por lo dispuesto en la misma y se efectuará con periodicidad
                                                                      anual en los sucesivos ejercicios mediante Orden de la per-
                                                                      sona titular de la Consejería de Salud.
CONSEJERÍA DE SALUD
                                                                           Por ello, de conformidad con lo previsto en el citado ar-
             ORDEN de 12 de agosto de 2010, por la que se             tículo 5.1 y el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octu-
       emplaza a terceros interesados en los recursos conten-         bre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
       cioso-administrativos núms. 1245/2010, 1421/2010,
       1434/2010, 1461/2010 y 1473/2010, ante la Sala de lo                                   DISPONGO
       Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus-
       ticia de Andalucía, con sede en Granada, Sección 1.ª/12.            Artículo 1. Modificación del apartado 1, artículo 7, de la Or-
                                                                      den de 16 de octubre de 2008, por la que se establecen las ba-
     «Plataforma para la defensa del modelo Mediterráneo de           ses reguladoras del Certamen de Programas sobre Promoción
Farmacia», Antonio Fernando López Peralta y otros, «Asocia-           de la Actividad Física y la Alimentación Equilibrada y se Convoca
ción Plataforma para la libre Apertura de Farmacias», Fran-           la V edición del mismo, cuyo contenido pasa a ser el siguiente:
cisco Javier Salas Navarro y otros, y Leticia Banqueri Bueno
han interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo             1. El programa deberá ser original y haberse desarrollado
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Gra-       al menos durante un año consecutivo.
nada, Sección 1.ª/12, respectivamente, los recursos números
1245/2010, 1421/2010, 1434/2010, 1461/2010 y 1473/2010                   Artículo 2. Convocatoria para el año 2010.
contra la Orden de 8 de abril de 2010, por la que se convoca             Se convoca para el año 2010 el sexto Certamen de Progra-
concurso público de oficinas de farmacia en desarrollo de lo          mas sobre Promoción de la Actividad Física y la Alimentación

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  • 1. Página núm. 66 BOJA núm. 183 Sevilla, 17 de septiembre 2010 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DISPONGO Artículo 1. Objeto. ORDEN de 8 de septiembre de 2010, por la que La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento se establece el procedimiento para la gestión de las que ha de seguirse por parte de las personas titulares de la direc- sustituciones del profesorado de los centros docentes ción de los centros docentes públicos a que se refiere el artículo públicos dependientes de esta Consejería. 2 y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de educación, en virtud de sus respectivas competen- La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de cias, para la gestión de las sustituciones del profesorado. Andalucía, dedica el Capítulo II del Título IV a regular la fun- ción directiva en los centros docentes públicos, reforzando el Artículo 2. Ámbito de aplicación. papel protagonista que corresponde a los equipos directivos La presente Orden será de aplicación en los centros do- y, en particular, a las personas titulares de la dirección de los centes públicos dependientes de la Consejería competente en centros en la gestión y organización de toda la actividad peda- materia de educación que imparten las enseñanzas del segundo gógica y administrativa que estos desarrollan y aumentando ciclo de educación infantil, educación primaria, educación se- sus competencias. cundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional inicial. Así, el artículo 132.7 de la Ley 17/2007, de 10 de diciem- bre, establece que los directores y directoras de los centros Artículo 3. Presupuesto asignado a cada centro para sus- docentes públicos tendrán competencia para tomar decisiones tituciones del profesorado. en lo que se refiere a las sustituciones que, por las ausencias 1. Cada uno de los centros docentes públicos a que se re- del profesorado, se pudieran producir, de acuerdo con lo que fiere esta Orden dispondrá de un presupuesto equivalente a un a tales efectos se determine y respetando, en todo caso, los número de jornadas completas de profesorado sustituto para criterios establecidos para la provisión de puestos de trabajo atender con personal externo las sustituciones de las ausencias docentes. del profesorado que se produzcan a lo largo del curso escolar. La puesta en marcha durante el curso 2009/2010 de un 2. El número de jornadas se fijará con criterios objetivos, procedimiento en 200 centros públicos de educación infantil en función de los datos del personal docente que constituya y primaria y de educación secundaria supuso una vía experi- la plantilla de funcionamiento del centro. En este número mental que, evaluada positivamente por la gran mayoría de las no se incluirán las jornadas correspondientes a los períodos personas titulares de la dirección de los mismos, se pretende no lectivos de Navidad, Semana Santa y verano que pudieran corresponder al profesorado sustituto, que asumirá la Conse- extender a la totalidad de los centros docentes públicos que jería competente en materia de educación. imparten las enseñanzas del segundo ciclo de educación in- 3. Con objeto de facilitar la consulta sobre la evolución del fantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, estado de las sustituciones del profesorado disponible en cada bachillerato y formación profesional inicial. momento del curso escolar, los centros docentes públicos podrán Con este modelo de gestión de las sustituciones del pro- acceder a todos los datos relativos tanto a las propias sustitucio- fesorado se persigue, por una parte, profundizar en la autono- nes como al estado de las jornadas fijadas para cada curso aca- mía organizativa y de gestión de los centros docentes públicos démico, a través del sistema de información Séneca. Asimismo, y, por otra, reforzar las competencias de la dirección de estos las Delegaciones Provinciales podrán conocer la pertinente infor- centros en dos aspectos tan esenciales como la organización mación de los centros de su ámbito de gestión a través del sis- pedagógica y la gestión de los recursos humanos disponibles. tema integrado de gestión de recursos humanos (SIRhUS). Los Decretos 327/2010 y 328/2010, de 13 de julio, por los que se aprueban los Reglamentos orgánicos de los institu- Artículo 4. Competencias de la dirección. tos de educación secundaria, por un lado, y de las escuelas 1. Las personas titulares de la dirección de los centros do- infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación pri- centes serán las competentes para decidir cuándo se sustituirán maria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los las ausencias del profesorado con personal externo y, por tanto, centros públicos específicos de educación especial, por otro, con cargo al número de jornadas completas de profesorado regulan en los artículos 72.1.q) y 70.1.q), respectivamente, la sustituto puesto a disposición del centro para esta función, y potestad de las direcciones de los centros docentes públicos cuándo se atenderán con los recursos propios del centro. para decidir en lo que se refiere a las sustituciones del profe- 2. Una vez por trimestre se informará al Claustro de Pro- sorado que se pudieran producir por enfermedad u otra causa fesorado sobre las decisiones adoptadas. de ausencia. Asimismo, las disposiciones finales sexta y quinta de los Artículo 5. Procedimiento para cubrir las ausencias del mencionados Decretos habilitan al Consejero de Educación profesorado. para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el de- Para cubrir las ausencias del profesorado se seguirá el sarrollo de lo dispuesto en los mismos. siguiente procedimiento: 1. Las personas titulares de la dirección de los centros El modelo contempla la asignación a cada centro de un docentes públicos objeto de la presente Orden podrán solici- presupuesto equivalente a un número de jornadas completas tar la sustitución de cualquier docente del centro, en los su- de profesorado sustituto para atender con personal externo puestos de permiso o licencia, por vía telemática, mediante la las sustituciones del profesorado que se produzcan a lo largo cumplimentación de un formulario que figurará en el sistema del curso escolar. Dichas jornadas se distribuirán por parte de de información Séneca. En dicho formulario se indicarán los las personas titulares de la dirección que determinarán, en datos personales y profesionales de la persona que haya de función de las bajas sobrevenidas, las jornadas efectivas que ser sustituida así como la fecha de inicio de la sustitución y, en han de ser objeto de sustitución. su caso, la de fin de la misma. En este último caso, no podrá proponerse una fecha de cese anterior a la fecha de incorpora- En su virtud, conforme a las facultades que me confiere ción efectiva de la persona sustituida. el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Go- 2. Las Delegaciones Provinciales, recibidas las solicitudes bierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de sustitución a través del sistema integrado de recursos hu- de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos manos, comprobarán la existencia del permiso o licencia y, Humanos, dentro de los cinco días lectivos siguientes a la fecha de la
  • 2. Sevilla, 17 de septiembre 2010 BOJA núm. 183 Página núm. 67 solicitud, procederán a la sustitución, si procede. Durante este previsto en la disposición final segunda de la Ley 22/2007, de período las personas titulares de la dirección de los centros 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía. docentes deberán adoptar las medidas necesarias para la atención del servicio educativo. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el 3. Las Delegaciones Provinciales velarán por la observan- artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de cia de los criterios establecidos normativamente para la provi- la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sión de puestos de trabajo docentes. 4. De cuantas actuaciones lleven a cabo sobre sustituciones DISPONGO las distintas Delegaciones Provinciales tendrán conocimiento los centros, a través del sistema de información Séneca. Primero. Anunciar la interposición de los citados 5. Igual procedimiento al referido respecto a las solicitudes recursos contencioso-administrativos números 1245/2010, de sustituciones se seguirá para comunicar a las Delegaciones 1421/2010, 1434/2010, 1461/2010 y 1473/2010. Provinciales las modificaciones en la duración probable de las mismas y los ceses por incorporación de las personas sustitui- Segundo. Ordenar la remisión del expediente administrativo das. En este último caso, con objeto de evitar la simultaneidad a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de personas en un mismo puesto, la dirección del centro, cono- de Justicia de Andalucía con sede en Granada, Sección 1.ª/12. cida la fecha de incorporación del personal ausente, comunicará a la Delegación Provincial correspondiente el fin de la sustitución Tercero. Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de el mismo día que tenga conocimiento de la misma. la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas físicas y jurídicas, a cuyo favor hubieren derivado o derivaren derechos Artículo 6. Agotamiento del presupuesto asignado a cada por la disposición impugnada, para que comparezcan y se per- centro. sonen en autos ante la referida Sala de lo Contencioso-Adminis- En el supuesto de que en un centro docente se agotara el trativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede presupuesto disponible para atender las sustituciones del pro- en Granada, Sección 1.ª/12, en el plazo de nueve días contados fesorado antes de la finalización del curso escolar, la dirección a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden. del centro solicitará a la Delegación Provincial correspondiente la ampliación del mismo, previa justificación de las causas por Sevilla, 12 de agosto de 2010 las que se ha producido esta circunstancia. MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Consejera de Salud Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o infe- rior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única. ORDEN de 2 de septiembre de 2010, por la que se modifica el artículo 7, apartado primero, de la Orden Disposición transitoria única. de 16 de octubre de 2008, por la que se establecen las La aplicación del procedimiento para la gestión de las sus- bases reguladoras del Certamen de Programas sobre tituciones a que se refiere esta Orden tendrá carácter obligato- Promoción de la Actividad Física y la Alimentación Equili- rio a partir del 1 de octubre de 2010. Hasta dicha fecha, podrá brada y se convoca la V edición del mismo, y se estable- aplicarse el procedimiento que ha venido estando vigente. ce la Convocatoria del VI Certamen para el año 2010. Disposición final. Entrada en vigor. Por Orden de 16 de octubre de 2008, de la Consejería de La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de Salud, se establecen las bases reguladoras del Certamen de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Programas sobre Promoción de la Actividad Física y la Alimen- tación Equilibrada y se convoca la V edición del mismo (BOJA Sevilla, 8 de septiembre de 2010 núm. 219, de 4 de noviembre de 2008). De conformidad con el artículo 5.1 de la citada Orden, FRANCISCO JOSÉ ÁLVAREZ DE LA CHICA se establece que la convocatoria del Certamen de Promoción Consejero de Educación de la Actividad Física y la Alimentación Equilibrada se regirá por lo dispuesto en la misma y se efectuará con periodicidad anual en los sucesivos ejercicios mediante Orden de la per- sona titular de la Consejería de Salud. CONSEJERÍA DE SALUD Por ello, de conformidad con lo previsto en el citado ar- ORDEN de 12 de agosto de 2010, por la que se tículo 5.1 y el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octu- emplaza a terceros interesados en los recursos conten- bre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cioso-administrativos núms. 1245/2010, 1421/2010, 1434/2010, 1461/2010 y 1473/2010, ante la Sala de lo DISPONGO Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus- ticia de Andalucía, con sede en Granada, Sección 1.ª/12. Artículo 1. Modificación del apartado 1, artículo 7, de la Or- den de 16 de octubre de 2008, por la que se establecen las ba- «Plataforma para la defensa del modelo Mediterráneo de ses reguladoras del Certamen de Programas sobre Promoción Farmacia», Antonio Fernando López Peralta y otros, «Asocia- de la Actividad Física y la Alimentación Equilibrada y se Convoca ción Plataforma para la libre Apertura de Farmacias», Fran- la V edición del mismo, cuyo contenido pasa a ser el siguiente: cisco Javier Salas Navarro y otros, y Leticia Banqueri Bueno han interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo 1. El programa deberá ser original y haberse desarrollado del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Gra- al menos durante un año consecutivo. nada, Sección 1.ª/12, respectivamente, los recursos números 1245/2010, 1421/2010, 1434/2010, 1461/2010 y 1473/2010 Artículo 2. Convocatoria para el año 2010. contra la Orden de 8 de abril de 2010, por la que se convoca Se convoca para el año 2010 el sexto Certamen de Progra- concurso público de oficinas de farmacia en desarrollo de lo mas sobre Promoción de la Actividad Física y la Alimentación