La ley 30096 de delitos informáticos, particularmente su artículo 7, penaliza la interceptación de datos en transmisiones privadas, pero no sanciona la difusión pública de esos datos, lo cual es común en las legislaciones penales. La confusión con la llamada 'ley mordaza' es infundada, ya que esta última sí sancionaba la difusión no relacionada con conductas punibles. La ley de delitos informáticos no requiere excepciones para el interés público en este contexto, ya que la difusión no está penalizada.