El documento describe las características de los delitos informáticos, incluyendo que pueden cometerse rápidamente y a distancia, tienden a evolucionar, y las evidencias electrónicas son intangibles. Explica los antecedentes legales de estos delitos en el código penal y leyes especiales de Perú. También presenta la Brigada de Investigación Tecnológica de la policía, encargada de investigar estos delitos, y clasifica los delitos informáticos en categorías como ataques a la privacidad, infracciones de propiedad
2. CARACTERÍSTICAS DE LOS
DELITOS INFORMÁTICOS* Son actos que pueden llevarse a cabo de forma rápida
y sencilla. En ocasiones estos delitos pueden cometerse en
cuestión de segundos, utilizando sólo un equipo
informático y sin estar presente físicamente en el lugar de
los hechos.
* Los delitos informáticos tienden a proliferar y
evolucionar, lo que complica aun más la identificación y
persecución de los mismos
* El continuo avance de las Tecnologías de la
información, está ocasionando, además de múltiples
beneficios para la sociedad, la proliferación de los
denominados delitos informáticos
* Las evidencias electrónicas son pruebas físicas aunque
de carácter intangible, ya que son rastros registrados en
equipos informáticos.
* Su inmaterialidad hace que, al adquirir y tratar la
evidencia electrónica, el perito deba regirse por la premisa
de la no alteración de la prueba y el principio de
imparcialidad.
3. ANTECEDENTES DE LOS DELITOS
INFORMATICOS
El delito informático, en un inicio se encontraba tipificado en el Art. 186° inc. 3,
segundo párrafo del Código Penal de 1991. Esta regulación no era propia de un
delito autónomo, sino como una agravante del delito de hurto.
En la actualidad, los delitos informáticos están previstos en el Capítulo X13 del CP:
los artículos 207°-A (interferencia, acceso o copia ilícita contenida en base de
datos), 207°-B (alteración, daño o destrucción de base de datos), 207°-C
(circunstancias cualificantes agravantes), 207°-D (tráfico ilegal de datos), y en las
leyes penales especiales.
Entre estas leyes penales especiales, se encuentra la Ley Nº 3009614 “Ley de
Delitos Informáticos”.
Esta Ley de Delitos Informáticos está conformado por siete capítulos que se
estructuran de la siguiente manera: finalidad y objeto de la ley (Cap. I), delitos
contra datos y sistemas informáticos (Cap. II), delitos informáticos contra la
indemnidad y libertad sexual (Cap. III), delitos informáticos contra la intimidad y el
secreto de las comunicaciones (Cap. IV), delitos informáticos contra el patrimonio
(Cap. V), delitos informáticos contra la fe pública (Cap. VI), disposiciones comunes
(Cap. VII).
4. LA BRIGADA DE INVESTIGACIÓN
TECNOLÓGICA
La Brigada de Investigación Tecnológica está
encuadrada en la Unidad de Delincuencia
Económica y Fiscal (UDEF) que es el órgano de la
Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil
encargado de la investigación y persecución de las
actividades delictivas, de ámbito nacional e
internacional, en materia de delincuencia
económica y fiscal, así como la coordinación
operativa y apoyo técnico a las respectivas
Unidades Territoriales.
Nuestra misión consiste en obtener las pruebas,
perseguir a los delincuentes y poner a unas y otros
a disposición judicial. Nuestras herramientas son la
formación continua de los investigadores, la
colaboración de las más punteras instituciones
públicas y privadas, la participación activa en los
foros internacionales de cooperación policial y la
colaboración ciudadana.
5. CLASIFICACION DE LOS
DELITOS INFORMATICOS
SEGÚN LA BIT• ATAQUES QUE SE PRODUCEN
CONTRA EL DERECHO A LA
INTIMIDAD
• INFRACCIONES A LA PROPIEDAD
INTELECTUAL A TRAVÉS DE LA
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
DE AUTOR
• FALSEDADES
• SABOTAJES INFORMÁTICOS
• FRAUDES INFORMÁTICOS
• AMENAZAS
• PORNOGRAFÍA INFANTIL