En esta Casación emitida por la Corte Suprema del Perú se indica que el Abogado puede presentar con su sola firma el escrito judicial de Subsanación de Demanda, no requiriendo para realizar de esta gestión de la firma del Demandante (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
En esta Casación emitida por la Corte Suprema del Perú se indica que el Abogado puede presentar con su sola firma el escrito judicial de Subsanación de Demanda, no requiriendo para realizar de esta gestión de la firma del Demandante (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La Corte Suprema de Justifica ha determinado que los periodos de 3 o 5 días de inactividad, como pueden ser considerados como tal, pues corresponden al mero formulismo del que se valió la emplazada con el objeto de impedir que el actor ingrese al ámbito de protección que dispensa la Ley N° 24041.
Consiga el reconocimiento judicial del embarazo, obtenga ud una pension de alimentos para su hijo, nostros le ayudamos, no aborte, no se asuste, hay solucion. Contacto litigiumasesores@gmail.com
Este libro en escaner, tiene todas las preguntas necesarias y más que básicas para dar un buen examen de grado.
no te olvides que cuando te preparas con meses de anticipación, cada pregunta tenes que actualizarla, ya que aveces por error de taipeo las preguntas y respuestas se cruzan.
este libro fue redactado por la Dra. Olga Gabriel, todo en base a las leyes bolivianas y la mayoría de los conceptos generales.
La Corte Suprema de Justifica ha determinado que los periodos de 3 o 5 días de inactividad, como pueden ser considerados como tal, pues corresponden al mero formulismo del que se valió la emplazada con el objeto de impedir que el actor ingrese al ámbito de protección que dispensa la Ley N° 24041.
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este libro fue redactado por la Dra. Olga Gabriel, todo en base a las leyes bolivianas y la mayoría de los conceptos generales.
1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANÍSTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO EN LÍNEA
Actividad # 1
TEMA:
Elaborar una presentación sobre: Escuela de Glosadores y Post Glosadores
.
ESTUDIANTE:
Mario Adolfo Ayala Velásquez
DOCENTE:
Ab. Giorgi Giordano Gorozabel Intriago, Mgs.
ASIGNATURA:
Derecho Internacional Privado
SEMESTRE:
Cuarto Paralelo “A”
FECHA:
03 de Mayo de 2024
2. La Evolución del Derecho Internacional
Privado
El Derecho Internacional Privado (DIP) ha evolucionado a lo largo de
la historia, desde sus orígenes en la antigüedad clásica hasta la
actualidad. En este recorrido, destacan los aportes de los Glosadores Y
Postglosadores, quienes sentaron las bases teóricas y prácticas de esta
rama del derecho.
3. Pluralidad Jurídica
en Roma
En la antigua Roma, el ius civile se aplicaba únicamente a los
ciudadanos romanos. Para regular las relaciones con los no ciudadanos,
se creó el ius gentium, un derecho material especial. Posteriormente, en
el siglo III el Edicto de Caracalla eliminó la distinción entre ciudadanos
y extranjeros, aplicando el ius civile a todos.
Invasiones Bárbaras
y Coexistencia de
Derechos
Las invasiones bárbaras trajeron consigo nuevos sistemas jurídicos, que
coexistieron con el derecho romano. Tras la conquista, cada pueblo se
regía por su propio derecho, lo que generó dificultades para determinar
qué ley aplicar en situaciones que involucraban a más de un grupo
étnico.
Aportes de la
Antigüedad Clásica
La antigüedad clásica sentó importantes precedentes para el DIP, como
la pluralidad jurídica en el derecho romano, la elaboración del ius
gentium con una visión universalista, y el concepto de derecho inherente
a la persona.
La Antigüedad Clásica
4. Interpretación y Aplicación del Derecho
1
Azon: Estatuto de la Ciudad
Azon propuso que el estatuto de la ciudad
se aplicara a todo litigante que aceptara la
jurisdicción de dicha ciudad. Esta idea
tuvo influencia en el derecho
angloamericano, donde quien elige el juez
elige la ley.
2 Aldrico: Enfoque Teleológico
Aldrico defendía la aplicación de la ley que al
juez le pareciera más fuerte y útil para la
solución más adecuada y justa del caso
concreto. Esta posición influyó en los enfoques
teleológicos del derecho angloamericano.
3
Balduini: Elementos
Ordenatorios y Decisorios
Balduini distinguió entre elementos
ordenatorios (lex fori) y elementos decisorios
(lex loci actus) en el juicio. Esta posición fue
recogida por el Tratado de Montevideo de
Derecho Procesal de 1889 y 1940, y es
importante para calificar las cuestiones como
procesales o de fondo. Ej. Prueba. Sustancial:
admisión y valoración. Procesal: plazo y forma
de diligenciamiento.
Escuela De Los Glosadores
• Principales Autores
5 Acursio: Glosa Ordinaria
Irnerio:
Considerado el fundador de la escuela
de los glosadores, se destacó por sus
comentarios y explicaciones sobre el
Corpus Iuris Civilis.
4
Es considerado el
referente principal de
esta escuela debido a su
contribución pionera en
el estudio y la
enseñanza del Derecho
Romano, sentando las
bases para el desarrollo
posterior de la
jurisprudencia.
5. Acursio y la Glosa Ordinaria
Acursio estableció que la ley
solo se aplicaba a los súbditos,
es decir, a los ciudadanos de la
ciudad que dictaba el estatuto.
Esto marcó un importante
precedente en la evolución del
DIP.
Las ideas de Acursio sobre la
aplicación de los estatutos
tuvieron una notable influencia
en el desarrollo del derecho
angloamericano, sentando las
bases para posteriores desarrollos
en esta área.
La Glosa Ordinaria de Acursio fue
objeto de estudio y de nuevas
glosas, lo que permitió mantener
un rigor científico en el análisis del
derecho romano y su aplicación
práctica.
Aplicación de la Ley a
los Súbditos
Rigor Científico y
Nuevas Glosas
Recopilación de los
Glosadores
Acursio recopiló la labor de los
glosadores en la Glosa Ordinaria,
que se convirtió en objeto de
estudio y de nuevas glosas.
Acursio consagró la personalidad
de los estatutos, imponiendo a los
tribunales de una ciudad el deber
de aplicar el estatuto de otra en
ciertos casos.
Influencia en el Derecho
Angloamericano
6. Escuela De Los Postglosadores:
Soluciones Prácticas y Estatutos
Los postglosadores
adoptaron una
metodología
unilateralista, enfocada
en determinar el ámbito
de aplicación de las
normas, en lugar de la
interpretación literal de
los textos romanos.
Jacobo de Rávena y
Bártolo de Sassoferrato
estudiaron los efectos de
los estatutos dentro y
fuera de la ciudad que
los dictó, distinguiendo
entre estatutos reales
(territoriales) y
personales.
Los aportes de los
postglosadores, como
Bártolo, dieron lugar a
la Escuela Estatutaria
Italiana, que desarrolló
diversas soluciones y
opiniones sobre la
aplicación de los
estatutos.
Las ideas de los
postglosadores,
especialmente de
Bártolo, tuvieron una
importante influencia en
el desarrollo posterior
del Derecho
Internacional Privado.
Metodología
Unilateralista
Efectos
Territoriales y
Personales
Escuela
Estatutaria
Italiana
Influencia en el
DIP
7. Jacobo de Rávena y Bártolo de
Sassoferrato
Jacobo de Rávena
Jacobo de Rávena estableció que los estatutos locales tenían efecto territorial si
disponían sobre bienes (estatuto real), y efecto extraterritorial si disponían sobre
las personas (estatuto personal).
Bártolo de Sassoferrato
Bártolo de Sassoferrato, basándose en las ideas de Jacobo de Rávena, estudió los
efectos de los estatutos dentro y fuera de la ciudad que los dictó, distinguiendo
entre estatutos reales, personales y formales.
Escuela Estatutaria Italiana
Los aportes de Bártolo y otros postglosadores dieron lugar a la Escuela Estatutaria
Italiana, que desarrolló diversas soluciones y opiniones sobre la aplicación de los
estatutos en el Derecho Internacional Privado.
Bartolo es considerado el referente principal de esta escuela debido a la profundidad y relevancia de
sus comentarios jurídicos, que ejercieron una influencia duradera en la jurisprudencia europea.
8. Legado de los Glosadores y
Postglosadores
1 Pluralidad Jurídica
Los glosadores reconocieron la
pluralidad jurídica en el derecho
romano, sentando las bases para la
coexistencia de diferentes sistemas
legales.
2 Ius Gentium y Derecho
Inherente a la Persona
La antigüedad clásica aportó el concepto
de ius gentium, un derecho material
uniforme, y la idea del derecho
inherente a la persona, ambos
fundamentales para el DIP.
3 Metodología Unilateralista y
Estatutos
Los postglosadores desarrollaron una
metodología unilateralista para
determinar el ámbito de aplicación de
los estatutos, distinguiendo entre
estatutos reales, personales y formales.
4 Influencia en el Derecho
Angloamericano
Las ideas de los glosadores y
postglosadores, como la aplicación del
estatuto de la ciudad y los enfoques
teleológicos, tuvieron una notable
influencia en el desarrollo del derecho
angloamericano.
9. Conclusión: La Herencia de los Glosadores
y Postglosadores
Pluralidad Jurídica Reconocimiento de la coexistencia de diferentes
sistemas legales en el derecho romano.
Ius Gentium y Derecho Inherente a la Persona Conceptos fundamentales aportados por la
antigüedad clásica para el desarrollo del DIP.
Metodología Unilateralista y Estatutos Aportes de los postglosadores para determinar el
ámbito de aplicación de los estatutos.
Influencia en el Derecho Angloamericano Las ideas de glosadores y postglosadores tuvieron
un impacto significativo en el desarrollo del
derecho angloamericano.
10. 1. ¿Por qué nace la glosa?
La glosa nace como una herramienta de interpretación del derecho romano, con el objetivo de aclarar y explicar los textos legales para su
aplicación práctica en situaciones concretas. Surgió para resolver las dificultades de comprensión y aplicación de las normas jurídicas romanas.
2. ¿Qué era el digesto y qué importancia tuvo para la glosa?
El Digesto era una recopilación de jurisprudencia romana compilada por orden del emperador Justiniano en el siglo VI d.C. Contenía extractos de
las obras de juristas romanos anteriores y tenía gran importancia para la glosa, ya que proporcionaba material jurídico para su análisis e
interpretación.
3. ¿Cuál fue el idioma original y al qué fue traducido posteriormente el digesto?
El Digesto originalmente estaba en latín y posteriormente fue traducido al griego, lo que facilitó su difusión y estudio en diferentes regiones del
Imperio Romano de Oriente.
4. ¿Cuál fue la época en la que influyeron cada glosador o post glosador?
Los glosadores tuvieron influencia principalmente en la Edad Media, mientras que los post glosadores surgieron en el siglo XIV, en un período de
decadencia del rigor científico y con la intención de encontrar soluciones prácticas a los problemas jurídicos de la época.
5. ¿Cuáles fueron los hechos históricos que se suscitaron con estas Escuelas?
Las Escuelas de Glosadores y Postglosadores estuvieron marcadas por hechos históricos como la recopilación del Corpus Iuris Civilis por
Justiniano, la influencia del derecho romano en Europa y la necesidad de adaptar el derecho a las realidades locales.
6. ¿Qué eran las summas?
Las summas eran resúmenes o compendios de las obras de los juristas romanos que servían como material de estudio y consulta para los
glosadores y post glosadores en su labor interpretativa del derecho romano.
7. ¿Cuáles son las principales diferencias entre los glosadores y post glosadores?
Las principales diferencias entre los glosadores y post glosadores radican en su enfoque interpretativo: los glosadores se centraban en la
interpretación literal de los textos romanos, mientras que los post glosadores buscaban soluciones prácticas para los problemas jurídicos
contemporáneos, alejándose del rigor científico de sus predecesores.
PREGUNTAS
11. Referencias Bibliográficas
Bonfanti, A. (2015). Storia del diritto internazionale privato. Giappichelli Editore.
Goldschmit, W. (2011). Derecho Internacional Privado. Argentina.
Holguín, D. J. (2012). Manual de derecho internacional privado Ecuatoriano. Quito, Ecuador: corporación de estudios y
Publicaciones.
Mazzarese, T. (2019). Storia del diritto internazionale privato. Giuffrè Editore.