SlideShare una empresa de Scribd logo
LEY DE CONCURSOS MERCANTILESLEY DE CONCURSOS MERCANTILES
Capítulo III
Del procedimiento para la declaración de concurso
mercantil
Artículo 20.- El Comerciante que considere que ha incurrido en
el incumplimiento generalizado de sus obligaciones en términos
de cualquiera de los dos supuestos establecidos en el artículo 10
de esta Ley, podrá solicitar que se le declare en concurso
mercantil, el cual, en caso de ser fundado, se abrirá en etapa de
conciliación, salvo que el Comerciante expresamente pida que
el concurso mercantil se abra en etapa de quiebra.
La solicitud de declaración de concurso mercantil presentada
por el propio Comerciante deberá contener:
 Nombre completo
 Denominación o razón social del comerciante
 El domicilio
 I. Los estados financieros del Comerciante, de los últimos tres años
 II. Una memoria en la que razone acerca de las causas que lo
llevaron al estado de incumplimiento en que se encuentra;
 III. Una relación de sus acreedores y deudores
 IV. Un inventario
 V. Una relación de los juicios
 VI. El ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de la solicitud,
la garantía a la que se refiere el artículo 24.
 La solicitud deberá tramitarse conforme a las disposiciones
subsiguientes relativas a la demanda.
 Artículo 21.- Podrán demandar la declaración de
concurso mercantil cualquier acreedor del Comerciante
o el Ministerio Público.
 Si un juez, durante la tramitación de un juicio mercantil,
advierte que un Comerciante se ubica en cualquiera de
los supuestos de los artículos 10 u 11, procederá de
oficio a hacerlo del conocimiento de las autoridades
fiscales competentes y del Ministerio Público para que,
en su caso, este último demande la declaración de
concurso mercantil. Las autoridades fiscales sólo
procederán a demandar el concurso mercantil de un
Comerciante en su carácter de acreedores.
Artículo 22.-Artículo 22.- La demanda de concurso mercantil deberáLa demanda de concurso mercantil deberá
ser firmada por quien la promueva y contener:ser firmada por quien la promueva y contener:
 I. El nombre del tribunal ante el cual se promueva;
 II. El nombre completo y domicilio del demandante;
 III. El nombre, denominación o razón social y el Domicilio del
Comerciante demandado incluyendo, cuando se conozcan, el de
sus diversas oficinas, plantas fabriles, almacenes o bodegas;
 IV. Los hechos que motiven la petición, narrándolos brevemente
con claridad y precisión;
 V. Los fundamentos de derecho, y
 VI. La solicitud de que se declare al Comerciante en concurso
mercantil.
Artículo 23.-Artículo 23.- La demanda que presente un acreedor, deberáLa demanda que presente un acreedor, deberá
acompañarse de:acompañarse de:
I.I. Prueba documental que demuestre que tiene tal calidad;Prueba documental que demuestre que tiene tal calidad;
II.II. El ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de laEl ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de la
demanda la garantía a la que se refiere el siguiente artículo, ydemanda la garantía a la que se refiere el siguiente artículo, y
III.III. Los documentos originales o copias certificadas que elLos documentos originales o copias certificadas que el
demandante tenga en su poder y que hayan de servir comodemandante tenga en su poder y que hayan de servir como
pruebas de su parte.pruebas de su parte.
Artículo 24.-Artículo 24.- En caso de oscuridad, irregularidad oEn caso de oscuridad, irregularidad o
deficiencia en el escrito o anexos de solicitud o demanda dedeficiencia en el escrito o anexos de solicitud o demanda de
concurso mercantil, el juez dictará acuerdo en el queconcurso mercantil, el juez dictará acuerdo en el que
señalará con precisión en qué consisten ellas previniendoseñalará con precisión en qué consisten ellas previniendo
para que se aclaren y subsanen en el mismo expediente en unpara que se aclaren y subsanen en el mismo expediente en un
plazo máximo de diez días y de no hacerlo, el juez desecharáplazo máximo de diez días y de no hacerlo, el juez desechará
y devolverá al interesado todos los documentos.y devolverá al interesado todos los documentos.
 Si el juez no encuentra motivo de improcedencia o
defecto en la solicitud o demanda de concurso mercantil,
o si fueren subsanadas las deficiencias ordenadas en la
prevención que haga el juez, admitirá aquélla. El auto
admisorio de la solicitud o demanda dejará de surtir sus
efectos si el actor no garantiza los honorarios del
visitador, por un monto equivalente a mil quinientos días
de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, dentro
de los tres días siguientes a la fecha en que se le notifique
el auto admisorio
 La garantía se liberará a favor del actor si el juez desecha
la solicitud o demanda o dicta sentencia que declare el
concurso mercantil.
 En caso de que la demanda la presente el Ministerio
Público no se requerirá la garantía a la que se refiere este
artículo.
 Si el juez no encuentra motivo de improcedencia o
defecto en la solicitud o demanda de concurso mercantil,
o si fueren subsanadas las deficiencias ordenadas en la
prevención que haga el juez, admitirá aquélla. El auto
admisorio de la solicitud o demanda dejará de surtir sus
efectos si el actor no garantiza los honorarios del
visitador, por un monto equivalente a mil quinientos días
de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, dentro
de los tres días siguientes a la fecha en que se le notifique
el auto admisorio
 La garantía se liberará a favor del actor si el juez desecha
la solicitud o demanda o dicta sentencia que declare el
concurso mercantil.
 En caso de que la demanda la presente el Ministerio
Público no se requerirá la garantía a la que se refiere este
artículo.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derecho Empresarial II P7
Derecho Empresarial II  P7Derecho Empresarial II  P7
Derecho Empresarial II P7
disenoinstruccional
 
Concurso mercantil
Concurso mercantilConcurso mercantil
Concurso mercantil
Rosario Canales
 
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES
LEY DE CONCURSOS MERCANTILESLEY DE CONCURSOS MERCANTILES
UNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTIL
UNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTILUNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTIL
UNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTIL
Jesús Sanz López - Procurador de Barcelona y L´hospitalet de Llobregat
 
Derecho concursar
Derecho concursarDerecho concursar
Derecho concursar
Diana Edith Gomez Hernandez
 
Sistema concursal
Sistema concursalSistema concursal
Sistema concursal
Luz Elena Lapa Ayquipa
 
Concursal
ConcursalConcursal
Concursal
lixita04
 
Derecho Concursal
Derecho ConcursalDerecho Concursal
Derecho Concursal
Yuly Garcia Reyes
 
Ensayo sobre la quiebra
Ensayo sobre la quiebraEnsayo sobre la quiebra
Ensayo sobre la quiebra
frankliin1
 
El derecho concursal
El derecho concursalEl derecho concursal
El derecho concursal
susejd
 
Derecho concursal
Derecho concursalDerecho concursal
Derecho concursal
delmar_95
 
Derecho concursal
Derecho concursalDerecho concursal
Derecho concursal
Yurbis Rodriguez
 
ley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagosley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagos
gryzzz
 
Derecho Concursal
Derecho ConcursalDerecho Concursal
Derecho Concursal
Marisela Sira
 
Mapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASO
Mapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASOMapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASO
Mapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASO
gabo0707
 
Soledad diapositiva
Soledad diapositivaSoledad diapositiva
Soledad diapositiva
emma120467
 

La actualidad más candente (20)

Parte general concurso mercantil
Parte general concurso mercantilParte general concurso mercantil
Parte general concurso mercantil
 
Derecho Empresarial II P7
Derecho Empresarial II  P7Derecho Empresarial II  P7
Derecho Empresarial II P7
 
Concurso mercantil
Concurso mercantilConcurso mercantil
Concurso mercantil
 
Concurso mercantil
Concurso mercantilConcurso mercantil
Concurso mercantil
 
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES
LEY DE CONCURSOS MERCANTILESLEY DE CONCURSOS MERCANTILES
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES
 
UNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTIL
UNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTILUNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTIL
UNIFICACIÓN DE CRITERIOS DE MAGISTRADOS Y SECRETARIOS JUDICIALES DE LO MERCANTIL
 
Derecho concursar
Derecho concursarDerecho concursar
Derecho concursar
 
Sistema concursal
Sistema concursalSistema concursal
Sistema concursal
 
Concursal
ConcursalConcursal
Concursal
 
Derecho Concursal
Derecho ConcursalDerecho Concursal
Derecho Concursal
 
Ensayo sobre la quiebra
Ensayo sobre la quiebraEnsayo sobre la quiebra
Ensayo sobre la quiebra
 
El derecho concursal
El derecho concursalEl derecho concursal
El derecho concursal
 
Derecho concursal
Derecho concursalDerecho concursal
Derecho concursal
 
Derecho concursal
Derecho concursalDerecho concursal
Derecho concursal
 
ley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagosley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagos
 
Derecho Concursal
Derecho ConcursalDerecho Concursal
Derecho Concursal
 
3.4 quiebra
3.4 quiebra3.4 quiebra
3.4 quiebra
 
Tribunal ..
Tribunal ..Tribunal ..
Tribunal ..
 
Mapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASO
Mapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASOMapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASO
Mapa conceptual del PROCEDIMIENTO DE ATRASO
 
Soledad diapositiva
Soledad diapositivaSoledad diapositiva
Soledad diapositiva
 

Similar a DERECHO MERCANTIL

Juicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantilJuicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantil
Irene Hdez
 
Ley nº 154 quiebras
Ley nº 154   quiebrasLey nº 154   quiebras
Ley nº 154 quiebras
herigonzalez
 
03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendida
03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendida03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendida
03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendidaRam Cerv
 
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebrasUnidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
Universidad del golfo de México Norte
 
Medios de defensa
Medios de defensaMedios de defensa
Medios de defensa
Rosario Canales
 
Contrato factorig
Contrato factorigContrato factorig
Contrato factorig
Felix Alexis Ruiz Rosales
 
Derecho Concursal
Derecho ConcursalDerecho Concursal
Derecho Concursal
Elimar Correa
 
Ejecución de garantías y Medidas de apremio
Ejecución de garantías y Medidas de apremioEjecución de garantías y Medidas de apremio
Ejecución de garantías y Medidas de apremio
Rosario Canales
 
Ley de-procedimientos-mercantiles
Ley de-procedimientos-mercantilesLey de-procedimientos-mercantiles
Ley de-procedimientos-mercantilesSave Solutions
 
Medios De Defensa Visitas Domiciliarias
Medios De Defensa Visitas DomiciliariasMedios De Defensa Visitas Domiciliarias
Medios De Defensa Visitas Domiciliariasreskate
 
ESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓN
ESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓNESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓN
ESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓN
Catarino Almazan
 
Esquema prof. jose malo fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352
Esquema prof. jose malo   fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352Esquema prof. jose malo   fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352
Esquema prof. jose malo fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352
Lenis Miser
 
Unidad 6 recurso de revocacion
Unidad 6 recurso de revocacionUnidad 6 recurso de revocacion
Unidad 6 recurso de revocacion
Universidad del golfo de México Norte
 
Infografia Titulo Ejecutivo
Infografia Titulo EjecutivoInfografia Titulo Ejecutivo
Infografia Titulo Ejecutivo
arochacarlos
 
Derecho Concursal Claudio
Derecho Concursal ClaudioDerecho Concursal Claudio
Derecho Concursal Claudio
bermy_y
 
LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015
LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015
LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015
Alejandra Torres
 
DERECHO CONCURSAL EL ATRASO
DERECHO CONCURSAL EL ATRASODERECHO CONCURSAL EL ATRASO
DERECHO CONCURSAL EL ATRASO
alcaldia de san cristobal
 

Similar a DERECHO MERCANTIL (20)

Juicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantilJuicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantil
 
Ley nº 154 quiebras
Ley nº 154   quiebrasLey nº 154   quiebras
Ley nº 154 quiebras
 
03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendida
03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendida03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendida
03. propiedad industrial creaciones-nuevas continuacion extendida
 
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebrasUnidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
 
Medios de defensa
Medios de defensaMedios de defensa
Medios de defensa
 
Contrato factorig
Contrato factorigContrato factorig
Contrato factorig
 
Derecho Concursal
Derecho ConcursalDerecho Concursal
Derecho Concursal
 
Ejecución de garantías y Medidas de apremio
Ejecución de garantías y Medidas de apremioEjecución de garantías y Medidas de apremio
Ejecución de garantías y Medidas de apremio
 
Ley de-procedimientos-mercantiles
Ley de-procedimientos-mercantilesLey de-procedimientos-mercantiles
Ley de-procedimientos-mercantiles
 
Medios De Defensa Visitas Domiciliarias
Medios De Defensa Visitas DomiciliariasMedios De Defensa Visitas Domiciliarias
Medios De Defensa Visitas Domiciliarias
 
Unidad 3 derecho empresarial
Unidad 3 derecho empresarialUnidad 3 derecho empresarial
Unidad 3 derecho empresarial
 
ESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓN
ESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓNESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓN
ESQUEMA DEL JUICIO HIPOTECARIO DESDE LA DEMANDA HASTA LA ADJUDICACIÓN
 
Unidad 4 derecho empresarial
Unidad 4 derecho empresarialUnidad 4 derecho empresarial
Unidad 4 derecho empresarial
 
Esquema prof. jose malo fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352
Esquema prof. jose malo   fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352Esquema prof. jose malo   fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352
Esquema prof. jose malo fases del proceso civil - lenis miser - v-18.542.352
 
Unidad 6 recurso de revocacion
Unidad 6 recurso de revocacionUnidad 6 recurso de revocacion
Unidad 6 recurso de revocacion
 
Infografia Titulo Ejecutivo
Infografia Titulo EjecutivoInfografia Titulo Ejecutivo
Infografia Titulo Ejecutivo
 
Derecho Concursal Claudio
Derecho Concursal ClaudioDerecho Concursal Claudio
Derecho Concursal Claudio
 
Unidad IV Derecho Comercial
Unidad IV Derecho ComercialUnidad IV Derecho Comercial
Unidad IV Derecho Comercial
 
LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015
LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015
LEY DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO LEY N° 20.720 CHILE 2015
 
DERECHO CONCURSAL EL ATRASO
DERECHO CONCURSAL EL ATRASODERECHO CONCURSAL EL ATRASO
DERECHO CONCURSAL EL ATRASO
 

DERECHO MERCANTIL

  • 1. LEY DE CONCURSOS MERCANTILESLEY DE CONCURSOS MERCANTILES Capítulo III Del procedimiento para la declaración de concurso mercantil Artículo 20.- El Comerciante que considere que ha incurrido en el incumplimiento generalizado de sus obligaciones en términos de cualquiera de los dos supuestos establecidos en el artículo 10 de esta Ley, podrá solicitar que se le declare en concurso mercantil, el cual, en caso de ser fundado, se abrirá en etapa de conciliación, salvo que el Comerciante expresamente pida que el concurso mercantil se abra en etapa de quiebra. La solicitud de declaración de concurso mercantil presentada por el propio Comerciante deberá contener:
  • 2.  Nombre completo  Denominación o razón social del comerciante  El domicilio  I. Los estados financieros del Comerciante, de los últimos tres años  II. Una memoria en la que razone acerca de las causas que lo llevaron al estado de incumplimiento en que se encuentra;  III. Una relación de sus acreedores y deudores  IV. Un inventario  V. Una relación de los juicios  VI. El ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de la solicitud, la garantía a la que se refiere el artículo 24.  La solicitud deberá tramitarse conforme a las disposiciones subsiguientes relativas a la demanda.
  • 3.  Artículo 21.- Podrán demandar la declaración de concurso mercantil cualquier acreedor del Comerciante o el Ministerio Público.  Si un juez, durante la tramitación de un juicio mercantil, advierte que un Comerciante se ubica en cualquiera de los supuestos de los artículos 10 u 11, procederá de oficio a hacerlo del conocimiento de las autoridades fiscales competentes y del Ministerio Público para que, en su caso, este último demande la declaración de concurso mercantil. Las autoridades fiscales sólo procederán a demandar el concurso mercantil de un Comerciante en su carácter de acreedores.
  • 4. Artículo 22.-Artículo 22.- La demanda de concurso mercantil deberáLa demanda de concurso mercantil deberá ser firmada por quien la promueva y contener:ser firmada por quien la promueva y contener:  I. El nombre del tribunal ante el cual se promueva;  II. El nombre completo y domicilio del demandante;  III. El nombre, denominación o razón social y el Domicilio del Comerciante demandado incluyendo, cuando se conozcan, el de sus diversas oficinas, plantas fabriles, almacenes o bodegas;  IV. Los hechos que motiven la petición, narrándolos brevemente con claridad y precisión;  V. Los fundamentos de derecho, y  VI. La solicitud de que se declare al Comerciante en concurso mercantil.
  • 5. Artículo 23.-Artículo 23.- La demanda que presente un acreedor, deberáLa demanda que presente un acreedor, deberá acompañarse de:acompañarse de: I.I. Prueba documental que demuestre que tiene tal calidad;Prueba documental que demuestre que tiene tal calidad; II.II. El ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de laEl ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de la demanda la garantía a la que se refiere el siguiente artículo, ydemanda la garantía a la que se refiere el siguiente artículo, y III.III. Los documentos originales o copias certificadas que elLos documentos originales o copias certificadas que el demandante tenga en su poder y que hayan de servir comodemandante tenga en su poder y que hayan de servir como pruebas de su parte.pruebas de su parte. Artículo 24.-Artículo 24.- En caso de oscuridad, irregularidad oEn caso de oscuridad, irregularidad o deficiencia en el escrito o anexos de solicitud o demanda dedeficiencia en el escrito o anexos de solicitud o demanda de concurso mercantil, el juez dictará acuerdo en el queconcurso mercantil, el juez dictará acuerdo en el que señalará con precisión en qué consisten ellas previniendoseñalará con precisión en qué consisten ellas previniendo para que se aclaren y subsanen en el mismo expediente en unpara que se aclaren y subsanen en el mismo expediente en un plazo máximo de diez días y de no hacerlo, el juez desecharáplazo máximo de diez días y de no hacerlo, el juez desechará y devolverá al interesado todos los documentos.y devolverá al interesado todos los documentos.
  • 6.  Si el juez no encuentra motivo de improcedencia o defecto en la solicitud o demanda de concurso mercantil, o si fueren subsanadas las deficiencias ordenadas en la prevención que haga el juez, admitirá aquélla. El auto admisorio de la solicitud o demanda dejará de surtir sus efectos si el actor no garantiza los honorarios del visitador, por un monto equivalente a mil quinientos días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se le notifique el auto admisorio  La garantía se liberará a favor del actor si el juez desecha la solicitud o demanda o dicta sentencia que declare el concurso mercantil.  En caso de que la demanda la presente el Ministerio Público no se requerirá la garantía a la que se refiere este artículo.
  • 7.  Si el juez no encuentra motivo de improcedencia o defecto en la solicitud o demanda de concurso mercantil, o si fueren subsanadas las deficiencias ordenadas en la prevención que haga el juez, admitirá aquélla. El auto admisorio de la solicitud o demanda dejará de surtir sus efectos si el actor no garantiza los honorarios del visitador, por un monto equivalente a mil quinientos días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se le notifique el auto admisorio  La garantía se liberará a favor del actor si el juez desecha la solicitud o demanda o dicta sentencia que declare el concurso mercantil.  En caso de que la demanda la presente el Ministerio Público no se requerirá la garantía a la que se refiere este artículo.